Digesto
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17315 Normativas
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CD-2026-RES-001 13/02/2026 (Carga: 23/02/2026) |
MENDOZA, 13 FEB 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 37604/2025, en las que la Dirección General de la carrera de Arquitectura propone la designación del docente Bernardo GONZÁLEZ IZCO, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple – Interino, para el ÁREA 14: DESARROLLO URBANO y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE, con “Arquitectura I Taller de Integración Proyectual”, como temática de referencia a los efectos de la designación;
CONSIDERANDO: Que se requiere atender la situación particular del espacio curricular “Arquitectura I Taller de Integración Proyectual” de la carrera de Arquitectura (Plan de Estudios Ordenanza Nº 124/2017CS). Que la propuesta de designación se solicita hasta que se sustancie el concurso correspondiente (Expediente: 37602/2025). Que el Arq. Bernardo GONZÁLEZ IZCO cumplió funciones como Auxiliar Adscripto Adhonorem en el espacio curricular “Arquitectura IV Taller de Integración Proyectual” (Resolución N° 29/2025FI). Los antecedentes del profesional propuesto. Que la Dirección General Económico Financiera certifica la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. Que en el informe de la Secretaría Académica de esta Unidad se detalla la descripción del título (carreras) y espacio curricular. Que se adjunta la correspondiente Declaración Jurada de Cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado por la Dirección de Personal de esta Facultad. Que, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013CS, el Arq. Bernardo GONZÁLEZ IZCO cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional Definitivo. Que por razones presupuestarias sólo se pueden realizar designaciones interinas hasta el 31 de diciembre del año 2026. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 27 de noviembre de 2025.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y GONZÁLEZ IZCO, Bernardo Nombres Documento D.N.I. 41.155.463 Único: CUIL o CUIT 20411554636 Legajo n°
Resol. – CD N° 001/2026
1 de 3 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Jefe de Trabajos Prácticos Cargo Dedicación Simple Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01022026 Hasta el 31122026 y/o hasta que se sustancie el concurso tramitado en Expediente N° 37602/2025, lo que ocurra primero.
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) ÁREA 14: DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUTECTÓNICO SUSTENTABLE 2) ASIGNATURA: “ARQUITECTURA I – TALLER DE INTEGRACIÓN PROYECTUAL” 3)
ARTÍCULO 2º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º forma parte del Plan de Estudios de las siguientes carreras, que a continuación se detallan: Lista de Títulos (o lista de Carreras) Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 201 ARQUITECTURA OTRAS CARRERAS DE GRADO DE LA FACULTAD (**) Porcentaje total 100% (*) Corresponde que el Área de Académica de la Facultad detalle el porcentaje de aporte a cada carrera o título, según el/los espacio/s curricular/es que dicte el docente designado. (**) Con movilidad en otras carreras de grado de la Facultad de Ingeniería, dentro del Área 14, por razones fundadas.
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA en Asignatura "Arquitectura I Taller De Integración Proyectual” (ARQ) 2 Funciones docentes por extensión en asignaturas del ÁREA 14 : DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUTECTÓNICO SUSTENTABLE 3 PARTICIPACIÓN ACTIVA Y COMPROMETIDA EN EL CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS INSTITUCIONALES VINCULADOS CON LOS PROCESOS PERIÓDICOS DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL Y AUTOEVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA CARRERA ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVESITARIA, EN EL MARCO DEL
ARTÍCULO 43º DE LA LEY 24.521 (LES) Y SISTEMA DE ACREDITACIÓN INTERNACIONAL.
Resol. – CD N° 001/2026
2 de 3 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
Teniendo en cuenta que los Planes de estudios de las Carreras de la Facultad de Ingeniería, se derogan progresivamente por la implementación de los nuevos Planes de Estudios, el profesional designado deberá desempeñar sus funciones, tanto en el Plan de Estudios que se deroga progresivamente como en el nuevo Plan de Estudios, considerando el periodo de transición de la carrera que corresponda, los cambios en las denominaciones de las asignaturas, sus programas, carga horaria y ubicación en el Plan de Estudios.
ARTÍCULO 3º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subde Fuente de Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función ParticipaApartado penden Financia grama dad dad ción cia miento Porcentual 09 0 11 34 3 0 99 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 4º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla:
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 09 Facultad de Ingeniería Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 5º. De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos y lo informado por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 6º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 001/2026
3 de 3 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-006 10/02/2026 (Carga: 13/02/2026) |
MENDOZA, 10 FEB 2026
VISTO: El Expediente: 36669/2025, donde obra el pedido de “Solicitud de Pago de Adicional por Título de Posgrado”, presentado por el Docente Gustavo Adolfo CARTISANO;
CONSIDERANDO: Que el artículo 38° del Decreto Nacional Nº 1246/2015 prevé el pago del adicional por título de posgrado para aquellos docentes que poseen el título de Especialista, Magister o Doctor. Que el 2do. párrafo del Artículo 38º del Decreto Nacional Nº 1246/2015, establece que la acumulación de títulos no dará lugar a la acumulación de los porcentajes previstos para este adicional. Que este mismo artículo dispone que el pago del adicional se efectúe a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de las certificaciones respectivas. Que en NOTA: 238786/2025, corre agregado el informe favorable de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado del Rectorado. Que en NOTA: 209988/2025, corre agregado el informe de la Dirección de Personal de la Facultad, mediante el cual se detalla que el presente adicional corresponde que sea otorgado a partir del 01 de diciembre de 2025, teniendo en cuenta que la presentación del mismo tiene fecha 04 de noviembre de 2025, y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6° de la Ordenanza Nº 43/2022R., se entenderá como la fecha de presentación de las certificaciones respectivas, a la fecha del inicio del expediente electrónico que diera lugar a la solicitud del pago del “Adicional por Título de Posgrado” (Doctorado, Maestría o Especialización), por parte del peticionante. En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Otorgar a partir del 01 de diciembre de 2025 el Adicional por Título de Posgrado de Especialización en Producción de Petróleo y Gas conforme a los términos establecidos por el Artículo 38° del Decreto Nacional Nº 1246/2015, al siguiente Personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. Datos Personales del Docente Apellidos y Nombres CARTISANO, Gustavo Adolfo D.N.I 24.232.372 CUIL o CUIT 20242323727 Legajo N° 26.514
El cargo donde se solicita el presente adicional: CARGO N° 1: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Jefe de Trabajos Prácticos Cargo Dedicación(*) Simple Carácter (**) Interino Nº de Resolución 318/2024CD de designación (*) simple, semiexclusiva o exclusiva (**) (efectivo, interino, reemplazante, suplente o contratado)
Resol. – FI Nº 006/2026 1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
3. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*) 1) ÁREA 7: RESERVORIOS Y PRODUCCION 2) “Producción I” “Producción de Petróleo y Gas” 3) (*) Si no encuadra en ninguna de estas clasificaciones consigne la función que cumple.
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERÍA Subdependencia (*) (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
CARGO N° 2: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Jefe de Trabajos Prácticos Cargo Dedicación(*) Simple Carácter (**) Interino Nº de Resolución 318/2024CD de designación (*) simple, semiexclusiva o exclusiva (**) (efectivo, interino, reemplazante, suplente o contratado)
3. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*) 1) ÁREA 7: RESERVORIOS Y PRODUCCION 2) “Producción II” “Instalaciones de Superficie y Control de Producción” 3) (*) Si no encuadra en ninguna de estas clasificaciones consigne la función que cumple.
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERÍA Subdependencia (*) (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
ARTÍCULO 2°. Los datos del Título de Posgrado corresponde al siguiente detalle: Datos del Título de Posgrado del presente adicional Descripción del Título de Especialización en Producción de Petróleo y Gas educación Entidad otorgante Instituto Tecnológico de Buenos Aires
Fecha de emisión del título Noviembre de 2024 Número de resolución 155/2023 Ministerial
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 006/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-005 10/02/2026 (Carga: 13/02/2026) |
MENDOZA, 10 FEB 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente N° 42529/2023, en las que la Ing. Alejandra Yeniree PÉREZ QUINTERO DNI: 96.003.154, solicita la convalidación de título universitario de personas extranjeras provenientes de países con los cuales la República Argentina posee convenios de reconocimiento de estudios universitarios, en el marco de la Resolución ME Nº 3720/2017;
CONSIDERANDO: Que la República Argentina ha suscripto convenios bilaterales o multilaterales de reconocimiento de títulos universitarios y de educación superior con distintos países, que se encuentran vigentes. Que le corresponde al Ministerio de Educación elaborar normas generales sobre revalidación, equivalencia y reconocimiento de títulos expedidos y de estudios realizados en el extranjero, de acuerdo con el apartado 10 del Artículo 23 quater del Título V de la Ley de Ministerios sustituido por el Artículo 12 del Decreto N° 223 de fecha 19 de enero de 2016. Que el Artículo 7° de la Ley N° 24.521 establece que para ingresar a las Instituciones de Educación Superior se debe haber aprobado el nivel de Educación Secundaria. Que el Artículo 1° de la Resolución ME N° 3720/2017 aprueba el procedimiento unificado para la convalidación de títulos universitarios, estableciendo la necesidad de convalidación indirecta, cuando los títulos universitarios extranjeros destinados al ejercicio profesional, no cuenten con acreditación vigente otorgada por los organismos oficiales competentes de acreditación. Que el Convenio con la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) detalla, en Acuerdo Plenario N°1048/2018, el proyecto de convenio marco para que el Consejo y la Secretaría de Políticas Universitarias declaren su voluntad de dirigir las acciones para la firma de convenios específicos entre esa cartera educativa y las instituciones universitarias que posibiliten el establecimiento de un “procedimiento unificado para la convalidación de los títulos universitarios”; que es facultad del Plenario “aprobar convenios o acuerdos de interés interuniversitario, educativo, científico, cultural o tecnológico con entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas” (Art 8°, Inc. n del Estatuto). Que, en dichos casos, resulta necesario la participación de Comisiones Universitarias de Expertos, para determinar la razonable equivalencia de la titulación universitaria extranjera con una titulación Argentina. Que la convalidación es iniciada por el profesional extranjero ante el Ministerio de Educación, eligiendo la Universidad Nacional que actuará. Que la Ing. Alejandra Yeniree PÉREZ QUINTERO optó al iniciar su trámite por la Universidad Nacional de Cuyo. Que por Resolución N° 62/2025CD, la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, actualiza la constitución de la Comisión Universitaria de Expertos. Que, mediante Dictamen de la mencionada Comisión, emitida bajo la Dirección General de la Carrera Ingeniería Civil, se especifican temáticas a evaluar y que la solicitante fue notificada en 2023. Que esta Casa de Altos Estudios efectuó una comunicación, en el mes de noviembre de 2023, a través de correo electrónico. Sin embargo, hasta la fecha no se ha recibido respuesta ni constancia de acuse de recibo por parte de la mencionada profesional. Lo informado por Secretaría Académica. Resol. – FI N° 005/2026 1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Adherir a la Cláusula CUARTA (A.P N° 1048/2018) donde se especifica que transcurrido UN (1) año académico sin que la persona interesada haya completado las pruebas exigidas desde que estas les fueron notificadas, la Universidad informará mediante formato digital lo actuado a la Dirección Nacional de Gestión y Fiscalización Universitaria.
ARTÍCULO 2°. Por lo establecido en el Artículo precedente y habiéndose cumplido el plazo estipulado, corresponde dejar sin efecto lo solicitado por la Ing. Alejandra Yeniree PÉREZ QUINTERO DNI: 96.003.154, en las actuaciones que obran en el Expediente de referencia.
ARTÍCULO 3°. Remitir una copia de la presente Resolución a la Secretaría Académica de la Universidad Nacional de Cuyo para la prosecución del trámite.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI N° 005/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-004 10/02/2026 (Carga: 13/02/2026) |
MENDOZA, 10 FEB 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente 42528/2023, en las que el Ing. Lanfranco MORMINO ALVARADO DNI: 95.997.926, solicita la convalidación de título universitario de personas extranjeras provenientes de países con los cuales la República Argentina posee convenios de reconocimiento de estudios universitarios, en el marco de la Resolución ME Nº 3720/2017;
CONSIDERANDO: Que la República Argentina ha suscripto convenios bilaterales o multilaterales de reconocimiento de títulos universitarios y de educación superior con distintos países, que se encuentran vigentes. Que le corresponde al Ministerio de Educación elaborar normas generales sobre revalidación, equivalencia y reconocimiento de títulos expedidos y de estudios realizados en el extranjero, de acuerdo con el apartado 10 del Artículo 23 quater del Título V de la Ley de Ministerios sustituido por el Artículo 12 del Decreto N° 223 de fecha 19 de enero de 2016. Que el Artículo 7° de la Ley N° 24.521 establece que para ingresar a las Instituciones de Educación Superior se debe haber aprobado el nivel de Educación Secundaria. Que el Artículo 1° de la Resolución ME N° 3720/2017 aprueba el procedimiento unificado para la convalidación de títulos universitarios, estableciendo la necesidad de convalidación indirecta, cuando los títulos universitarios extranjeros destinados al ejercicio profesional, no cuenten con acreditación vigente otorgada por los organismos oficiales competentes de acreditación. Que el Convenio con la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) detalla, en Acuerdo Plenario N°1048/2018, el proyecto de convenio marco para que el Consejo y la Secretaría de Políticas Universitarias declaren su voluntad de dirigir las acciones para la firma de convenios específicos entre esa cartera educativa y las instituciones universitarias que posibiliten el establecimiento de un “procedimiento unificado para la convalidación de los títulos universitarios”; que es facultad del Plenario “aprobar convenios o acuerdos de interés interuniversitario, educativo, científico, cultural o tecnológico con entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas” (Art 8°, Inc. n del Estatuto). Que, en dichos casos, resulta necesario la participación de Comisiones Universitarias de Expertos, para determinar la razonable equivalencia de la titulación universitaria extranjera con una titulación Argentina. Que la convalidación es iniciada por el profesional extranjero ante el Ministerio de Educación, eligiendo la Universidad Nacional que actuará. Que el Ing. Lanfranco MORMINO ALVARADO optó al iniciar su trámite por la Universidad Nacional de Cuyo. Que por Resolución N° 62/2025CD, la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, actualiza la constitución de la Comisión Universitaria de Expertos. Que, mediante Dictamen de la mencionada Comisión, emitida bajo la Dirección General de la Carrera Ingeniería Civil, se especifican temáticas a evaluar y que el solicitante fue notificado en diciembre 2023. Que esta Casa de Altos Estudios se comunicó, en el mes de diciembre de 2023, telefónicamente con el solicitante, a fin de informarle que se le había remitido una notificación electrónica, ante lo cual manifestó que se pondría en contacto con el Director General de la Carrera. Que, hasta la fecha, no se ha recibido respuesta por parte del citado profesional. Lo informado por Secretaría Académica.
Resol. – FI N° 004/2026
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Adherir a la Cláusula CUARTA (A.P N° 1048/2018) donde se especifica que transcurrido UN (1) año académico sin que la persona interesada haya completado las pruebas exigidas desde que estas les fueron notificadas, la Universidad informará mediante formato digital lo actuado a la Dirección Nacional de Gestión y Fiscalización Universitaria.
ARTÍCULO 2°. Por lo establecido en el Artículo precedente y habiéndose cumplido el plazo estipulado, corresponde dejar sin efecto lo solicitado por el Ing. Lanfranco MORMINO ALVARADO DNI: 95.997.926, en las actuaciones que obran en el Expediente de referencia.
ARTÍCULO 3°. Remitir una copia de la presente Resolución a la Secretaría Académica de la Universidad Nacional de Cuyo para la prosecución del trámite.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI N° 004/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-003 10/02/2026 (Carga: 13/02/2026) |
MENDOZA, 10 FEB 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente N° 42527/2023, en las que el Ing. Marcos Ramón MÁRQUEZ FERREIRA DNI: 96.004.622, solicita la convalidación de título universitario de personas extranjeras provenientes de países con los cuales la República Argentina posee convenios de reconocimiento de estudios universitarios, en el marco de la Resolución ME Nº 3720/2017;
CONSIDERANDO: Que la República Argentina ha suscripto convenios bilaterales o multilaterales de reconocimiento de títulos universitarios y de educación superior con distintos países, que se encuentran vigentes. Que le corresponde al Ministerio de Educación elaborar normas generales sobre revalidación, equivalencia y reconocimiento de títulos expedidos y de estudios realizados en el extranjero, de acuerdo con el apartado 10 del Artículo 23 quater del Título V de la Ley de Ministerios sustituido por el Artículo 12 del Decreto N° 223 de fecha 19 de enero de 2016. Que el Artículo 7° de la Ley N° 24.521 establece que para ingresar a las Instituciones de Educación Superior se debe haber aprobado el nivel de Educación Secundaria. Que el Artículo 1° de la Resolución ME N° 3720/2017 aprueba el procedimiento unificado para la convalidación de títulos universitarios, estableciendo la necesidad de convalidación indirecta, cuando los títulos universitarios extranjeros destinados al ejercicio profesional, no cuenten con acreditación vigente otorgada por los organismos oficiales competentes de acreditación. Que el Convenio con la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) detalla, en Acuerdo Plenario N°1048/2018, el proyecto de convenio marco para que el Consejo y la Secretaría de Políticas Universitarias declaren su voluntad de dirigir las acciones para la firma de convenios específicos entre esa cartera educativa y las instituciones universitarias que posibiliten el establecimiento de un “procedimiento unificado para la convalidación de los títulos universitarios”; que es facultad del Plenario “aprobar convenios o acuerdos de interés interuniversitario, educativo, científico, cultural o tecnológico con entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas” (Art 8°, Inc. n del Estatuto). Que, en dichos casos, resulta necesario la participación de Comisiones Universitarias de Expertos, para determinar la razonable equivalencia de la titulación universitaria extranjera con una titulación Argentina. Que la convalidación es iniciada por el profesional extranjero ante el Ministerio de Educación, eligiendo la Universidad Nacional que actuará. Que el Ing. Marcos Ramón MÁRQUEZ FERREIRA optó al iniciar su trámite por la Universidad Nacional de Cuyo. Que por Resolución N° 62/2025CD, la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, actualiza la constitución de la Comisión Universitaria de Expertos. Que, mediante Dictamen de la mencionada Comisión, emitida bajo la Dirección General de la Carrera Ingeniería Civil, se especifican temáticas a evaluar y que el solicitante fue notificado en diciembre 2023. Que esta Casa de Altos Estudios se comunicó, en el mes de febrero de 2024, mediante correo electrónico, a fin de brindarle la información pertinente respecto del examen, indicando que el plazo para rendir las temáticas especificadas se extendía
Resol. – FI N° 003/2026 1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
hasta el día 01 de marzo de 2025. Que, hasta la fecha, no se ha recibido respuesta ni acuse de recibo por parte del citado profesional. Lo informado por Secretaría Académica.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Adherir a la Cláusula CUARTA (A.P N° 1048/2018) donde se especifica que transcurrido UN (1) año académico sin que la persona interesada haya completado las pruebas exigidas desde que estas les fueron notificadas, la Universidad informará mediante formato digital lo actuado a la Dirección Nacional de Gestión y Fiscalización Universitaria.
ARTÍCULO 2°. Por lo establecido en el Artículo precedente y habiéndose cumplido el plazo estipulado, corresponde dejar sin efecto lo solicitado por el Ing. Marcos Ramón MÁRQUEZ FERREIRA DNI: 96.004.622, en las actuaciones que obran en el Expediente de referencia.
ARTÍCULO 3°. Remitir una copia de la presente Resolución a la Secretaría Académica de la Universidad Nacional de Cuyo para la prosecución del trámite.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI N° 003/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-002 10/02/2026 (Carga: 23/02/2026) |
MENDOZA, 10 FEB 2026
VISTO: El Expediente: 160/2026, en el que el egresado Facundo Leónidas Valentín CONSIGLI ROBLES solicita la extensión de su Diploma de “Especialista en Ingeniería Ambiental”;
CONSIDERANDO: Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 13/14 registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudios de la carrera de posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental”, aprobado por Ordenanza Nº 37/15CS.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Expedir a nombre del egresado Facundo Leónidas Valentín CONSIGLI ROBLES (DNI: 26.611.701), nacido el 18 de junio de 1978 en San Juan – República Argentina, el Diploma de “Especialista en Ingeniería Ambiental” de la carrera de posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental”, con fecha de egreso el 17 de noviembre del año 2025.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 002/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Alumnos de Postgrado | Mostrar 1
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FI-2026-RES-001 6/02/2026 (Carga: 13/02/2026) |
MENDOZA, 06 FEB 2026
VISTO: El contenido del Expediente: 40559/2025, donde se tramitan las prórrogas de Adicionales por Carácter Crítico de la Función al personal docente de la carrera de Arquitectura;
CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 981/2025FI se otorgó el mencionado Adicional, desde el 01 de enero y hasta el 30 de abril de 2026, al personal docente de la carrera de Arquitectura. Que, por un error involuntario se le otorgó a la docente Ana Liliana TANCREDI (Legajo N° 28.388) un adicional por carácter critico de la función con el objeto de cumplir funciones como Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple en el espacio Curricular “Legislación”, cuando en realidad correspondía que cumpla funciones como Profesor Titular – Dedicación Simple en el mencionado espacio curricular de la Carrera de Arquitectura. Que por lo expuesto corresponde rectificar parcialmente el contenido del “Anexo I” de la Resolución N° 981/2025FI, en lo que se refiere al Objeto y Monto del Adicional por Carácter Critico de la Función otorgada a la docente TANCREDI. Que las consideraciones expuestas, han sido consensuadas con la Dirección General Económico Financiera y Secretaría Administrativa Económica Financiera, cuyos informes se encuentran adjuntos a la presente. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 23/2015–CS. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) y 8) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Rectificar, parcialmente, el contenido del “Anexo I” de la Resolución N° 981/2025FI, en lo que se refiere al Objeto y Monto del Adicional por Carácter Critico de la Función otorgado a la docente Ana Liliana TANCREDI (Legajo N° 28.388) desde el 01 de enero de 2026 y hasta el 30 de abril de 2026, por las causales expuestas en los Considerandos de la presente Resolución, según el siguiente detalle: DONDE DICE: CARGO S/el que se Monto hasta Legajo NOMBRE OBJETO DE LA FUNCIÓN CRÍTICA aplica el adicional 30042026
Cumplir funciones como Jefe de trabajos prácticos Dedicación TANCREDI, J.T.P. Dedicación 28.388 simple en el área 8: ADMINISTRACIÓN, ECONOMIA Y FINANZAS $ 239.092,00 Ana Liliana Simple en el espacio Curricular Legislación
DEBE DECIR:
CARGO S/el que se Monto hasta Legajo NOMBRE OBJETO DE LA FUNCIÓN CRÍTICA aplica el adicional 30042026
Cumplir funciones como Profesor Titular Dedicación Simple en TANCREDI, J.T.P. Dedicación 28.388 el área 8: ADMINISTRACIÓN, ECONOMIA Y FINANZAS en el $ 356.884,00 Ana Liliana Simple espacio Curricular Legislación
Resol. – FI N° 001/2026 1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ARTÍCULO 2º. El gasto que demande el presente adicional se financiará con recursos propios, provenientes de la Ordenanza N° 52/2009CS, en virtud de lo dispuesto por el Consejo Superior en la Resolución Nº 1132/2017.
ARTÍCULO 3º. El citado adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 4º. La Decana podrá disponer la baja del adicional otorgado, cuando se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 001/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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