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16224 Normativas
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FI-2021-RES-014
5/03/2021
(Carga: 16/03/2021)
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2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 05 MAR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 10204/2020, en las que la Profesora Alejandra SEBÖK MARTÍN solicitó el otorgamiento de licencia “post maternidad”, del 31 de marzo al 29 de junio del año 2020; y:
CONSIDERANDO: Las disposiciones del Artículo 48° inciso b) ANEXO II Decreto Nacional 1246/2015 del Convenio Colectivo de Trabajo para los docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales. Lo informado por Dirección General de Personal del Rectorado y Dirección de Personal de la Facultad de Ingeniería. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones:
EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Tener por concedida, a la Profesora Alejandra SEBÖK MARTÍN (DNI: 33.051.373 Legajo 30.936), NOVENTA (90) días corridos de licencia post maternidad, con goce de haberes, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Interino Dedicación Simple, de acuerdo al Convenio Colectivo de Trabajo para los docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales (Artículo 48° Inciso b) – ANEXO II – Decreto Nacional 1246/2015) (Licencia postmaternidad), a partir del 31 de marzo del año 2020.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 014/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2021-RES-013
5/03/2021
(Carga: 26/10/2021)
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2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 05 MAR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 780/2021, en las que el alumno Matías Oscar VOLMAN STERN, de la carrera Ingeniería Industrial, solicita autorización para extender el periodo de su estadía en Alemania;
CONSIDERANDO: Que por NOTA Nº 41739/2019 se autorizó al mencionado alumno a participar del Programa de Intercambio, para cursar sus estudios en la Universidad Aalen Hochschule Alemania, en el año 2020. Que la mencionada solicitud se fundamenta en el hecho de que el señor VOLMAN STERN continuará realizando actividades en la Empresa Matworks GmbH, por un semestre más. Lo informado por la Dirección de Relaciones Nacionales e Internacionales. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, al alumno Matías Oscar VOLMAN STERN (Legajo 11.541), de la carrera Ingeniería Industrial, a extender el periodo de su estadía en Alemania para continuar desarrollando actividades en la Empresa Matworks GmbH, por un semestre más en el año 2021.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI – Nº 013/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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RE-2021-CIR-005
5/03/2021
(Carga: 12/03/2021)
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Complementar aspectos procedimentales de mero trámite y ejecución de los concursos especiales que fueron acordados según consta en el Acta Paritaria Particular.
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CD-2021-RES-003
5/03/2021
(Carga: 16/03/2021)
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2021 AÑO HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN MENDOZA, 05 MAR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en el EXP_ECUY: 10596/2020, en las que el Ing. Jorge Claudio FERNANDEZ LLANO solicita permanecer en la actividad laboral, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 1º inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508; y:
CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 82/2009, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo ha fijado las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la Ley referida, que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal docente de las Universidades Nacionales, con vigencia a partir del 13 de setiembre del año 2009. Que de conformidad con el Artículo 6º de la mencionada Ordenanza, corresponde al Consejo Directivo de la Facultad, la atribución de resolver, mediante el dictado de un acto administrativo, sobre la opción planteada por el docente de permanecer en la actividad laboral. Lo informado por la Dirección de Personal, Secretaría Administrativa Económica Financiera y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 15 de diciembre del año 2020. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 1º Inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508, la permanencia del Ing. Jorge Claudio FERNANDEZ LLANO (D.N.I.: 11.264.008 – Legajo 19.419), en el siguiente cargo, a partir del 02 de enero de 2021: . Profesor Adjunto – Dedicación Semiexclusiva – Efectivo – Área 4 – OPERACIONES Y CONTROL – Asignatura: “Termodinámica General y Aplicada” y “Termodinámica y Máquinas Térmicas” e Investigación GESTAR (Grupo de Estudios para el tratamiento de Aguas Residuales) – Instituto de Medio Ambiente.
ARTÍCULO 2º. El Ing. FERNANDEZ LLANO cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriendo intimación previa alguna (Art. 8º de la Ordenanza Nº 82/2009CS).
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 003/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2021-RES-002
5/03/2021
(Carga: 16/03/2021)
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2021 AÑO HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 05 MAR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en el EXP_ECUY: 10613/2020, en las que el Ing. Daniel Eduardo GAÍDO solicita permanecer en la actividad laboral, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 1º inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508; y:
CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 82/2009, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo ha fijado las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la Ley referida, que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal docente de las Universidades Nacionales, con vigencia a partir del 13 de setiembre del año 2009. Que de conformidad con el Artículo 6º de la mencionada Ordenanza, corresponde al Consejo Directivo de la Facultad, la atribución de resolver, mediante el dictado de un acto administrativo, sobre la opción planteada por el docente de permanecer en la actividad laboral. Lo informado por la Dirección de Personal, Secretaría Administrativa Económica Financiera y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 15 de diciembre del año 2020. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 1º Inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508, la permanencia del Ing. Daniel Eduardo GAÍDO (DNI: 11.298.437 – Legajo 18.973), en el siguiente cargo, a partir del 17 de enero de 2021: . Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple – Efectivo – Área 9 – HIDRÁULICA – Asignatura: “Hidráulica General”.
ARTÍCULO 2º. El Ing. GAÍDO cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriendo intimación previa alguna (Art. 8º de la Ordenanza Nº 82/2009CS).
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 002/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2021-RES-001
5/03/2021
(Carga: 16/03/2021)
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2021 AÑO HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 05 MAR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en el EXP_ECUY: 10587/2020, en las que la Arq. Ana María VILLALOBOS solicita permanecer en la actividad laboral, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 1º inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508; y:
CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 82/2009, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo ha fijado las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la Ley referida, que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal docente de las Universidades Nacionales, con vigencia a partir del 13 de setiembre del año 2009. Que de conformidad con el Artículo 6º de la mencionada Ordenanza, corresponde al Consejo Directivo de la Facultad, la atribución de resolver, mediante el dictado de un acto administrativo, sobre la opción planteada por el docente de permanecer en la actividad laboral. Lo informado por la Dirección de Personal, Secretaría Administrativa Económica Financiera y Secretaría Académica. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 15 de diciembre del año 2020.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 1º Inc. a) Apartado 2º de la Ley 26.508, la permanencia de la Arq. Ana María VILLALOBOS (DNI: 11.827.376Legajo 30.960), en el siguiente cargo, a partir del 24 de abril de 2021: . Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple – Interino – Área 16 – HISTORIA Y TEORÍA – Asignatura: “Historia de la Arquitectura II” y Adicional por Carácter Crítico de la Función para cumplir funciones docentes como responsable de la asignatura: “Intervención en el Patrimonio” de la carrera de Arquitectura.
ARTÍCULO 2º. La Arq. VILLALOBOS cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriendo intimación previa alguna (Art. 8º de la Ordenanza Nº 82/2009CS).
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 001/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2021-RES-012
2/03/2021
(Carga: 27/10/2021)
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2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 02 MAR 2021
VISTO: El contenido de EXPECUY: 735/2021, en el que la Dirección de Extensión solicita el Aval de esta Casa de Estudios y la autorización para el dictado del “Curso de Procesamiento InSAR y Modelado de deformación de volcanes”, en el marco de la Asociación Latinoamericana de Geodesia Volcánica (GEOVOL);
CONSIDERANDO: Que el citado curso tiene como objetivo desarrollar la capacidad de obtener mapas de deformación cortical mediante InSAR y estimar parámetros de la fuente utilizando DMODELS. Que la importancia del tema radica en que permitirá formar las capacidades para utilizar una de las herramientas clave en monitoreo volcánico. Actualmente desde el CEDIAC se está trabajando en conjunto con los Observatorios Vulcanológicos de Latinoamérica en estas temáticas, que posiciona a la Facultad de Ingeniería como referente regional en el tema. Que la mencionada actividad está destinada a personal de Observatorios Vulcanológicos integrantes de la Asociación GEOVOL. Que se presenta una propuesta para el dictado del curso a cargo de los Doctores Pablo Andrés EUILLADES, Leonardo Daniel EUILLADES y Maurizio BATTAGLIA. Que la capacitación sería de manera virtual y está programada para realizarse entre el 22 y el 27 de marzo del presente año, con una carga horaria total de treinta (30) horas. Lo informado por la Secretaría de Relaciones Institucionales. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) y 8) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar el Aval Académico de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo para el “Curso de Procesamiento InSAR y Modelado de deformación de volcanes”, en el marco de la Asociación Latinoamericana de Geodesia Volcánica (GEOVOL).
ARTÍCULO 2º. Tener por autorizado el dictado del “Curso de Procesamiento InSAR y Modelado de deformación de volcanes” en el marco de la Asociación Latinoamericana de Geodesia Volcánica (GEOVOL), a cargo de los Doctores Pablo Andrés EUILLADES, Leonardo Daniel EUILLADES y Maurizio BATTAGLIA, entre el 22 y el 27 de marzo de 2021, con una carga horaria total de treinta (30) horas.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 012/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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