Digesto
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15933 Normativas
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FI-2020-RES-132 13/10/2020 (Carga: 10/11/2020) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 13 OCT 2020
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP CUY: 5643/2020, en las que se tramita la adscripción de la Lic. Natalia Belén SALVI, como Auxiliar Adscripta Adhonorem en la asignatura “Geología I”, de la carrera de Ingeniería de Petróleos de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que el pedido de adscripción está encuadrado en las disposiciones de la Ordenanza Nº 03/2018CD. El Plan de Labor avalado por la Comisión de Adscripción de la mencionada asignatura. Lo informado por la Secretaría Académica. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA ADREFERENDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTICULO 1º. Adscribir por el término de UN (1) año, a partir del 13 de octubre del año 2020, como Auxiliar Adscripta Adhonorem a la Lic. Natalia Belén SALVI (DNI: 26.366.838), en la asignatura “Geología I” de la carrera de Ingeniería de Petróleos de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º. La Lic. SALVI deberá presentar en Dirección de Personal el Seguro de Riesgo del Trabajo, requisito indispensable para desempeñar la Adscripción citada en el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º. Una vez finalizada la presente Adscripción, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 9º EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO, de la Ordenanza Nº 03/2018CD, para que la misma resulte aprobada.
ARTÍCULO 4º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 132/2020
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2020-RES-131 13/10/2020 (Carga: 16/10/2020) |
► 2020: AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
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RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 13 OCT 2020
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 4826/2020, en la que tramita la solicitud efectuada por el Señor Secretario Académico, al Señor Decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo en la que expresa la posibilidad de instaurar la extensión las regularidades de las asignaturas que vencen el día 13 de octubre de 2020, con carácter excepcional, para acceder al cursado de las asignaturas del segundo semestre, y para rendir exámenes finales, hasta el fin del Ciclo Lectivo 2020; y:
CONSIDERANDO: Que en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020, emitido por el Presidente de la Nación y publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 12 de marzo del 2020, se decretó la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27541, en virtud de la Pandemia declarada por la OMS en relación con el coronavirus (COVID19), y stes. y cctes. N° 287/2020, N° 297/2020, N° 325/2020, N° 355/2020, N° 408/2020, N° 459/2020, N° 493/2020, N° 520/2020, N° 576/2020, N° 605/2020, N° 641/2020, N° 677/ 2020; N° 714/2020, y N° 754/2020. Que, asimismo la Universidad Nacional de Cuyo dispuso lo propio mediante Resoluciones N° 162/2020R; N° 231/2020R; N° 298/2020R; N° 325/2020R; N° 350/2020R; N° 485/2020R; N° 615/2020R; N° 715/2020R, dictadas por el Rector ad referéndum y ratificadas por Resolución N° 083/2020CS del Consejo Superior; la Resolución N° 815/2020R ratificada por la Resolución N° 087/2020CS; la Resolución N° 905/2020R ratificada por Resolución N° 098/2020CS, y la Resolución N° 1000/2020R, ratificada por Resolución N° 102/2020CS; la Resolución N° 1200/2020R, ratificada por Resolución N° 125/2020CS; las Resoluciones N° 1300/2020R, y N° 1400/2020, dictadas por el Rector ad referéndum del Consejo Superior; y la Ordenanza N° 001/2020R, dictada por el Rector ad referéndum y ratificada por Ordenanza N° 017/2020CS del Consejo Superior. Que en este entorno se impone la necesidad de tomar las medidas con carácter excepcional, conducentes a la adecuación y flexibilización de las exigencias académicas de los respectivos regímenes de enseñanza, que resulten de cumplimiento posible en el actual contexto, y mientras sea estrictamente necesario, para garantizar el derecho a la educación. Que el aislamiento/distanciamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, han afectado las clases y exámenes previstos en el calendario académico, por diversas dificultades de las/los estudiantes, ya sea por la falta de conectividad para acceder a los exámenes finales no presenciales, motivo por el cual se contempla el otorgamiento de posibilidades para el avance en las carreras que se imparten en esta Casa de Estudios. Que los motivos expuestos generan la necesidad de atender los inconvenientes que afectan al normal desenvolvimiento de las actividades académicas de los/las estudiantes. Que conforme lo dispuesto mediante Resolución N° 031/2020CD el inicio del segundo semestre del ciclo lectivo 2020 es el día 13 de octubre de 2020. Que de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 081/2012CD se vence la condición de alumno regular, en aquellas asignaturas que otorgaron dicha condición al finalizar el segundo semestre del ciclo lectivo 2018. Que la Resolución N° 031/2020CD dispuso la última adecuación del calendario académico del ciclo lectivo 2020, implementándose su inicio, el 2 de marzo de 2020, y el sábado 10 de octubre de 2020, seis llamados a mesas ordinarias, tres de los cuales fueron obligatorios para todas las asignaturas, en la modalidad no presencial.
RES. N° 131/2020FI _ _ _ _ 1 de 2
► 2020: AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
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RESOLUCIÓN DIGITAL
Que los citados tres llamados ordinarios en los que se convocó a todas las asignaturas de grado fueron el 4°, 5° y 6°, en la modalidad no presencial, y se implementaron en la última semana de agosto, la última de setiembre, y la primera de octubre de 2020, respectivamente. Que estos llamados ordinarios de mesas de exámenes finales, obligatorios para todas las asignaturas, son equivalentes a los tres llamados usuales de junio y julio en cualquier ciclo lectivo precedente con actividades presenciales. Que, inicialmente se llevaron adelante los otros tres de los seis llamados ordinarios convocados hasta el 10 de octubre de 2020, de mesas de exámenes finales, y otros dos de mesas especiales, todos en la modalidad a distancia, para aquellas asignaturas que pudieron adaptarse a la misma. Que no obstante presentarse un contexto excepcional, las oportunidades de evaluaciones finales en llamados ordinarios de mesas de exámenes finales, y de constitución obligatoria para todas las asignaturas, resultan que han sido durante el presente ciclo lectivo 2020 igual al de cualquier otro ciclo lectivo, y que se han efectuado cinco llamados adicionales a exámenes finales de constitución no obligatoria de todas las asignaturas. Que sin perjuicio de la situación actual mundial, regional y local de pandemia, se han respetado las instancias mínimas de evaluaciones finales en pleno cumplimiento de las reglamentaciones académicas vigentes, con un importante esfuerzo de los claustros de la Facultad de Ingeniería. Que lo planteado hace necesario adoptar acciones extraordinarias, a los fines de facilitar a los estudiantes la continuidad del desarrollo de sus respectivas carreras, protegiendo a la vez la salud de los distintos estamentos que componen nuestra comunidad educativa. Que estas acciones tienden a garantizar la permanencia de los estudiantes en el actual marco educativo. Que la urgencia en resolver la situación torna imprescindible dictar los actos administrativos necesarios que implementen las medidas a tal fin. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario. En uso de sus atribuciones. EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA AD REFERENDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Autorizar, con carácter excepcional, la extensión de las regularidades para todas las asignaturas cuyo vencimiento opera el día 13 de octubre de 2020, hasta el fin del Ciclo Lectivo 2020, tanto para acceder al cursado de las asignaturas del segundo semestre como para rendir exámenes finales, de las carreras de grado que se dictan en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, por los motivos expuestos.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 131/2020FI _ _ _ _
RES. N° 131/2020FI _ _ _ _ 2 de 2
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FI-2020-RES-130 9/10/2020 (Carga: 21/10/2020) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 09 OCT 2020
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – CUY: 5284/2020, en las que se propone la convocatoria especial de Becas de Ayuda Económica para estudiantes de la Facultad de Ingeniería, en el contexto de la pandemia;
CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 105/2020FI se autorizó la convocatoria para las mencionadas becas. El informe elaborado, a fs. 10/13 de las actuaciones de referencia, por la Licenciada en Trabajo Social Yemina FUNES CURADELLI. Que a fs 14/15, de las presentes actuaciones, consta el Acta de la Comisión Asesora, en el que se seleccionaron CUARENTA Y TRES (43) postulantes, sobre un total de SESENTA (60). Lo dispuesto por el Reglamento de Becas de la Facultad de Ingeniería (Res. 273/2015CD) y Ordenanza N° 79/2006CS. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el dictamen de la Comisión Asesora, designada por Resolución N° 105/2020FI, encargada de evaluar los antecedentes de los postulantes inscriptos a las becas de Ayuda Económica entre estudiantes de la Facultad de Ingeniería y el siguiente Orden de Mérito:
01. CORVALAN, Mauro Elian 02. ROSALES, Gabriela Lucía de Lourdes 03. BRUNI, Melina 04. BENITEZ, Lautaro Nicolas 05. RIVAS REZ MASUD, Mauro Omar Lorenzo 06. CLAROS, Maria Magdalena 07. MARTINEZ COYA, Melanie Belén 08. PEREZ ABALLAY, Luciana Nahir 09. MANQUEZ CAZAR, Sara Micaela 10. PARRA, Gloria Alejandra 11. GOMEZ PONCE, Maria Esperanza 12. NAHIM, Zulma Beatriz 13. ZÁRATE, María Belén 14. LOPEZ, Carla Sthefania 15. HERNANDEZ GRANDON, Soledad Edith 16. CHAVARRIA VILLAFUERTE, Celeste Janet 17. CORRAL, Rocío Belén 18. LOPEZ, Fernanda Marina 19. CABRERA SENDRA, Tomás Francisco 20. RUGGERI, Cristian Alejandro 21. RUGGERI, Matias Gabriel 22. RUGGERI, Paula Daniela
Resol. – FI Nº 130/2020
1 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
23. VILLAR, Carolina Shirley 24. PAIVA SARMIENTO, Agostina Paola 25. TABORDA LO RE, Juan Manuel 26. VALERO, Juan 27. CÁCERES CRUZ, Rocío Lourdes 28. SANTONI PAGANO, Franco Agustín 29. SALINAS, Alexis 30. VIDELA, Santiago 31. ROBLES, Paula 32. MARQUEZ, Facundo Nahuel 33. PIRAN DE LUCA, Julieta 34. DI BARI, Mateo Santiago 35. LÓPEZ CORDÁN, Yamila Delfina 36. CASTELLINO DELGADO, Selene Solange 37. DEL FIOL, Adriano Andrés 38. FERNÁNDEZ, Román Lisandro 39. RUIZ PIERANTONELLI, Renzo Emanuel 40. ALLENDE SABINA, Franco Leonel 41. CABALLERO CONSTANZO, Angélica Belén 42. HIDALGO, Julián 43. CISTERNA, Nicolás Daniel
ARTÍCULO 2°. Asignar a los estudiantes que se mencionan a continuación, una beca de Ayuda Económica TIPO I, con un importe mensual de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.), por TRES (3) meses, a partir del 01 de octubre del año 2020, según el siguiente detalle:
CORVALAN, Mauro Elian DNI: 43.943.694 ROSALES, Gabriela Lucía de Lourdes DNI: 41.365.060 BRUNI, Melina DNI: 43.156.665 BENITEZ, Lautaro Nicolas DNI: 36.686.602 RIVAS REZ MASUD, Mauro Omar Lorenzo DNI: 39.241.657 CLAROS, Maria Magdalena DNI: 39.602.436 MARTINEZ COYA, Melanie Belén DNI: 43.353.740 PEREZ ABALLAY, Luciana Nahir DNI: 41.338.566 MANQUEZ CAZAR, Sara Micaela DNI: 40.822.977 PARRA, Gloria Alejandra DNI: 21.373.843 GOMEZ PONCE, Maria Esperanza DNI: 38.910.564 NAHIM, Zulma Beatriz DNI: 39.018.063 ZÁRATE, María Belén DNI: 38.187.465 LOPEZ, Carla Sthefania DNI: 39.953.823 HERNANDEZ GRANDON, Soledad Edith DNI: 38.581.691 CHAVARRIA VILLAFUERTE, Celeste Janet DNI: 39.239.879 CORRAL, Rocío Belén DNI: 43.354.758 LOPEZ, Fernanda Marina DNI: 38.169.549 CABRERA SENDRA, Tomás Francisco DNI: 44.140.727 RUGGERI, Cristian Alejandro DNI: 43.543.590 RUGGERI, Matias Gabriel DNI: 42.403.337 RUGGERI, Paula Daniela DNI: 40.387.216 VILLAR, Carolina Shirley DNI: 39.240.736 PAIVA SARMIENTO, Agostina Paola DNI: 42.422.172 TABORDA LO RE, Juan Manuel DNI: 40.272.725 VALERO, Juan DNI: 42.976.316 CÁCERES CRUZ, Rocío Lourdes DNI: 39.377.258
Resol. – FI Nº 130/2020
2 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
ARTÍCULO 3°. Asignar a los estudiantes que se mencionan a continuación, una beca de Ayuda Económica TIPO II, con un importe mensual de PESOS DOS MIL ($ 2.000.), por TRES (3) meses, a partir del 01 de octubre del año 2020, según el siguiente detalle:
SANTONI PAGANO, Franco Agustín DNI: 41.369.137 SALINAS, Alexis DNI: 39.382.212 VIDELA, Santiago DNI: 40.765.867 ROBLES, Paula DNI: 39.381.044 MARQUEZ, Facundo Nahuel DNI: 42.863.098 PIRAN DE LUCA, Julieta DNI: 42.750.277 DI BARI, Mateo Santiago DNI: 42.468.652 LÓPEZ CORDÁN, Yamila Delfina DNI: 41.113.078 CASTELLINO DELGADO, Selene Solange DNI: 42.975.280 DEL FIOL, Adriano Andrés DNI: 38.758.084 FERNÁNDEZ, Román Lisandro DNI: 40.558.404 RUIZ PIERANTONELLI, Renzo Emanuel DNI: 39.953.071 ALLENDE SABINA, Franco Leonel DNI: 41.084.234 CABALLERO CONSTANZO, Angélica Belén DNI: 40.963.274 HIDALGO, Julián DNI: 40.102.212 CISTERNA, Nicolás Daniel DNI: 42.318.082
ARTICULO 4°. El gasto que demande el pago del beneficio indicado en los Artículos 2º y 3, deberá imputarse a la siguiente red programática: Unidad Principal: 33 Secretaría de Bienestar Universitario, Subunidad: 009 Facultad de Ingeniería, Programa: 04 Desarrollo del Bienestar Universitario, Subprograma: 01 – Estímulo y apoyo estudiantil.
ARTICULO 5°. La Beca a que se refiere el Artículo precedente, es incompatible con ser beneficiario de otras Becas otorgadas por la Secretaría de Bienestar de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6°. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 7º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 130/2020
3 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2020-RES-129 9/10/2020 (Carga: 30/11/2020) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 09 OCT 2020
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 10778/2020, en la que la alumna Julieta Beatriz BONILLA BULNES solicita autorización para extender el periodo de movilidad en Francia; y:
CONSIDERANDO: Que fundamenta lo solicitado el hecho de continuar su formación para realizar una Práctica Profesional Supervisada. Que por NOTACUY: 52140/2019 se tramitó la autorización de la mencionada alumna, de la carrera Ingeniería Civil, para participar del Programa de Movilidad Académica de Estudiantes de la UNCuyo – ARFITEC, de febrero a julio del año 2020, en Polytech Marseille Francia. Lo informado por la Dirección de Relaciones Nacionales e Internacionales y Secretaría SRRIIFIUNCuyo. Lo establecido por Resolución Nº 223/2018CD. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar la extensión del plazo de movilidad, a la alumna Julieta Beatriz BONILLA BULNES (Legajo 11.078) de la carrera Ingeniería Civil para realizar la Práctica Profesional Supervisada en Polytech Marseille – Francia, desde agosto de 2020 hasta abril del año 2021.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 129/2020
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2020-RES-128 9/10/2020 (Carga: 9/12/2020) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 09 OCT 2020
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 9119/2020, en la que la alumna Claribel Estefanía MANZANO solicita autorización para extender el periodo de movilidad en Francia; y:
CONSIDERANDO: Que fundamenta lo solicitado el hecho de realizar una pasantía en el IMT Atlantique Bretagne Pays de la Loire – Francia, en el segundo semestre del año 2020, con la finalidad de profundizar experiencias que contribuyan al desarrollo de su formación profesional. Que por NOTACUY: 52140/2019 se tramitó la autorización de la mencionada alumna para participar del Programa de Movilidad Académica de Estudiantes de la UNCuyoARFITEC, de febrero a julio del año 2020. Lo informado por el Profesor responsable de la asignatura Práctica Profesional Supervisada de la carrera Ingeniería en Mecatrónica, la Dirección de Relaciones Nacionales e Internacionales y Secretaría SRRIIFIUNCuyo. Lo establecido en la Resolución Nº 223/2018CD. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar a la alumna Claribel Estefanía MANZANO (Legajo 11.362) de la carrera Ingeniería en Mecatrónica, para realizar una pasantía en el IMT Atlantique Bretagne Pays de la Loire Francia, desde agosto hasta diciembre del año 2020, bajo su exclusiva responsabilidad; entre otros aspectos, haciéndose cargo de los gastos de estadía, manutención, seguros médicos y de vida, siendo evaluada con posterioridad la actividad académica para su acreditación.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 128/2020
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2020-RES-052 9/10/2020 (Carga: 26/05/2021) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 09 OCT 2020
VISTO: El contenido de la Resolución Nº 088/2020 del Decanato, dictada AdReferéndum del Consejo Directivo, la que debe ser ratificada por el mismo; y:
CONSIDERANDO: Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del día 15 de setiembre del año 2020.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Ratificar el contenido de la Resolución Nº 088/2020 dictada por el Decanato de esta Facultad, en la que se autoriza, excepcionalmente en la modalidad a distancia, el dictado del Curso de Posgrado “Inteligencia de Negocios en la Cadena de Suministro Global”, en el marco de la carrera de posgrado “Doctorado en Ingeniería Industrial”, a cargo de la Dra. Ing. Lorena Andrea BEARZOTTI, cuyos objetivos, modalidad, contenidos y metodología se encuentran detallados en el Anexo I de la citada Resolución.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emiten en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 052/2020
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2020-RES-051 9/10/2020 (Carga: 3/12/2020) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
, MENDOZA, 09 OCT 2020
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 488/2020, en la que el Director de la carrera de Posgrado “Maestría en Logística”, Dr. Ing. Raymundo Quilez FORRADELLAS, propone el Jurado encargado de evaluar el trabajo de Tesis del Lic. Nicolás Alberto GUERRA; y:
CONSIDERANDO: Que la citada propuesta se realiza conforme a las reglamentaciones vigentes (Artículo V 4.1 del Anexo I de la Ordenanza Nº 49/2003CS y Resolución Nº 2385/2011 que modifica el punto 8.1, Titulo II, Anexo I de la Resolución Ministerial 160/2011) y con el objeto de que dicho profesional defienda la Tesis presentada, a efectos de obtener el grado de “Magíster en Logística”. Lo informado por el Comité Académico de la citada carrera y la Dirección General de Posgrado. La Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OSM) en relación con el COVID19 y lo establecido en la Ley 27.541, el DNU del Poder Ejecutivo Nacional N° 260 y sus modificatorios y ampliatorios Nros. 287, 297, 325, 355, 408, 459 y 493/2020. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo tratado y aprobado por este Cuerpo en sesión ordinaria, a distancia, del día 30 de junio de 2020.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Designar a los siguientes profesionales, para que integren el Jurado encargado de evaluar el Trabajo de Tesis “Metodología Logística a partir del Análisis de Costos”, presentado por el Lic. Nicolás Alberto GUERRA, para obtener su título de “Magíster en Logística”, cuyo Director de Tesis es el Dr. Ing. Raymundo Quilez FORRADELLAS:
TITULARES: . Mgtr. Hugo Fernando TAPIA (Facultad de Ingeniería UNCuyo) . Dr. Orlando Dante BOITEUX (Facultad de Ingeniería UNCuyo) . Mgtr. Darío MARTÍN (Externo INTA)
SUPLENTES: . Dr. Ricardo Raúl PALMA (Facultad de Ingeniería UNCuyo) . Mgtr. Sandra Elizabeth OVIEDO (UNSJ – San Juan)
Resol. – CD N° 51/2020
1 de 2 Centro Universitario (M5502KFA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 51/2020
2 de 2 Centro Universitario (M5502KFA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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