Digesto
|
16224 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
FI-2021-RES-006 19/02/2021 (Carga: 4/09/2024) |
Suspender para todos los estudiantes de las carreras de grado impartidas en Facultad de Ingeniería, el requisito de aprobar un coloquio, cuando hayan desaprobado dos exámenes finales en condición de regular; y puedan así inscribirse en condición de regular, a la tercera y última instancia de examen final, durante el ciclo académico 2021 o hasta tanto se emita el nuevo régimen académico, lo que ocurra primero.
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2021-RES-005 19/02/2021 (Carga: 22/02/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 19 FEB 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 0089/2021, en las que Secretaría Administrativa Económica Financiera solicita otorgar un Adicional por Carácter Crítico de la Función para el Ing. Aldo Luis TRILLINI; y:
CONSIDERANDO: Que la solicitud se debe a que el citado agente debió realizar actividades de apoyo extraordinarias, con extensión de su dedicación, en horarios no habituales, a fin de garantizar el normal funcionamiento de las actividades autorizadas en el marco de la Pandemia; debiendo prestar directa colaboración con el área de Área de Seguridad Salud y Ambiente para implementar en forma efectiva el Protocolo General para COVID19 en la Facultad de Ingeniería, aprobado por Res. N° 53/2020CD. Lo establecido en el Artículo 40º Inciso 2 del Estatuto Universitario. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 23/2015CS. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, al Ing. Aldo Luis TRILLINI (Legajo 30.349), con el período, objeto y monto que a continuación se indican:
Cargo: Categoría 2 – AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO Objeto: Actividades de apoyo extraordinarias, con mayor dedicación horaria, para garantizar la implementación del Protocolo General para COVID19 en la Facultad de Ingeniería. Período: desde el 01 de Enero al 31 de Marzo de 2021. Monto mensual: PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS CATORCE con 00/100 ($11.814,00).
ARTÍCULO 2º. El gasto del monto emergente de la aplicación del citado adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 3º. El gasto que demande ésta solicitud deberá financiarse con crédito del Presupuesto Ordinario y Economías del Inciso I – Gasto en Personal – Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 4º. El Decano podrá disponer la baja del adicional otorgado cuando se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 005/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2021-RES-004 19/02/2021 (Carga: 22/02/2021) |
2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 19 FEB 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP–CUY: 0088/2021, en las que Secretaría Administrativa Económica Financiera solicita otorgar un Adicional por Carácter Crítico de la Función para la señora Marcela Adriana QUERCETTI; y:
CONSIDERANDO: Que la solicitud se debe a que la citada agente debió realizar actividades de apoyo durante el mes de Diciembre del 2020, colaborando excepcionalmente con la Secretaría Administrativa Económica Financiera, en particular en actividades vinculadas al Proyecto de fortalecimiento de la capacidad de gestión administrativa y de servicios de apoyo. Lo establecido en el Artículo 40º Inciso 2 del Estatuto Universitario. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 23/2015CS. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la señora Marcela Adriana QUERCETTI, (Legajo 20.408), con el período, objeto y monto que a continuación se indican:
Cargo: Categoría 1 – AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO Objeto: Actividades de apoyo realizadas en diciembre del 2020 vinculadas al Proyecto de fortalecimiento de la capacidad de gestión administrativa y de servicios de apoyo Período: Desde el 01 al 28 de Febrero del 2021 Monto: PESOS ONCE MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS con 21/100 ($ 11.196,21)
ARTÍCULO 2º. El gasto del monto emergente de la aplicación del citado adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 3º. El gasto que demande ésta solicitud deberá financiarse con crédito del Presupuesto Ordinario y Economías del Inciso I – Gasto en Personal – Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 4º. El Decano podrá disponer la baja del adicional otorgado cuando se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 004/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2021-CIR-001 12/02/2021 (Carga: 12/02/2021) |
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN ► CIRCULAR DIGITAL
CIRCULAR ° 01 MENDOZA, 12 FEB 2021
Sr. Secretario/a; Coordinador/a; Director/a General:
Visto la delegación dispuesta por el Artículo 1 de la Resolución N° 2100/2020R, en relación con la competencia para planificar, decidir y ejecutar las acciones posibles conducentes para reanudar las actividades presenciales en el ámbito de la Facultad de Ingeniería. Y considerando que el retorno a las actividades presenciales debe basarse en la premisa general de ser parcial, gradual y escalonado. Que el Protocolo General COVID19 para la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, identificado con el Código PGFIPGCOVID19FI, fue aprobado por Resolución N° 053/2020CD. Que a partir del 17 de febrero de 2021 prácticamente todo el Personal de Apoyo Académico retomará sus actividades, luego del receso estival.
Se instruye a Secretarios/as y Coordinadores/as que, en coordinación con Directores/as General/es, Directores/as y Responsable/s de área/s, planifiquen las acciones posibles conducentes para reanudar las actividades presenciales en el ámbito de la Facultad de Ingeniería, cada uno con el personal a cargo dentro de la Secretaría/Coordinación, a fin de ejecutar las acciones necesarias para lograrlo, en el marco del protocolo y la normativa vigente. Oportunamente, Secretarios/as y Coordinadores/as, con el apoyo de Directores/as General/es, Directores/as y Responsable/s de área/s, comunicarán al personal el plan de trabajo presencial en las áreas respectivas. Intertanto, aquellas actividades ya autorizadas continuarán desarrollándose presencialmente y el resto de ellas en la modalidad a distancia, hasta tanto se reciba la comunicación mencionada en el párrafo anterior.
La presente Circular que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por la autoridad, en soporte papel, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Sirva la presente de atenta nota.
Ing. Daniel Santiago FERNÁNDEZ Decano Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo
CIRCULAR N° 001/2021 _ _ _ _
|
Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
RE-2021-RES-033 8/02/2021 (Carga: 18/02/2021) |
Tomar conocimiento y ratificar el Acta Paritaria del personal no docente de esta Casa de Estudios, suscripta el VEINTINUEVE (29) de diciembre de 2020.
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2021-RES-003 8/02/2021 (Carga: 23/03/2021) |
2021 AÑO DEL HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 08 FEB 2021
VISTO: La solicitud presentada por la Dirección de Ingreso para la designación de (24) becarios con Plan de Actividades para colaborar durante los exámenes del Curso de Ingreso 2021 en la Facultad de Ingeniería, que se tomarán en el Estadio Arena Aconcagua, en la modalidad presencial, y en el contexto particular de pandemia por COVID19; y:
CONSIDERANDO: Que el 22 de enero 2021 fue publicada en la página de la Facultad de Ingeniería la convocatoria para (25) becas con Plan de Actividades con el objeto de colaborar en tareas relacionadas con el Ingreso 2021, en especial durante la toma de exámenes de Ingreso en el Estadio cubierto Aconcagua Arena. La necesidad de dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del Convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia –Subsecretaría de Deportes y la Facultad de Ingeniería de la UNCUYO, suscripto el 15 de Enero del 2021, con el objeto de poder viabilizar el uso de las instalaciones del Estadio Arena Aconcagua para la toma de examen de Ingreso para el ciclo 2021; posibilitando de ésta forma el cumplimiento de los Protocolos Generales para COVID19 de la Facultad de Ingeniería y la Universidad Nacional de Cuyo, aprobados por Res. N° 53/2020CD y Res. 1340/2020R AdReferéndum del Consejo Superior. Que la Comisión Asesora estableció el Orden de Mérito. Que con posterioridad a la selección, Secretaria Académica informa la renuncia de dos de los becarios seleccionados, el alumno D'ANNA, Leonardo y la alumna OGANDO SIBUET, Camila Sofía; subiendo en reemplazo el alumno CRESPO, Ignacio. Que considerando los tiempos y la necesidad de una capacitación específica, no fue posible reemplazar al segundo becario que renunciara, resultando finalmente 24 becarios, en lugar de 25 becarios. Que, en respuesta a lo solicitado, se implementaron actos útiles en coincidencia con el receso estival. Que por Resolución Nº 273/2015CD se aprobó el Reglamento de Becas de la Facultad de Ingeniería. Lo informado por la Secretaría Administrativa Económico Financiera y Dirección de Asuntos Estudiantiles.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el dictamen de la Comisión encargada de evaluar los antecedentes de los postulantes inscriptos a las becas, con Plan de Actividades para que cumplan funciones en el Ingreso 2021 para las carreras de la Facultad y el siguiente Orden de Méritos: 1. ALFARO OJEDA, William Jesús Reinaldo 2. MOLINA, Ignacio Javier 3. BARBIERI, Paula
Resol. FI N° 003/2021
Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2021 AÑO DEL HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
4. PERESIN, Sol Yamila 5. QUINTIÁN, Juan Esteban 6. CORREA, Enrique Roberto 7. SANHUEZA ACOTTO, Maria Victoria 8. CARRO CHACÓN, Juan Manuel 9. PORCARIO, Florencia Lilén 10. MOLINA ALVAREZ, Carlos Antonio 11. RIESCO, Lucas Matías 12. LEMOS, Macarena Abigail 13. DA COL, Marco 14. FORNASIN, Javier Nicolás 15. RODRIGUEZ, Aldana 16. VALENTI, Carolina Edith 17. D'ANNA, Leonardo 18. CUEVAS FUENTES, Verenice Verónica 19. LAMEIRO GISBERT, Bárbara Quillén 20. PARRA, Gloria Alejandra 21. BASULTO, Barbara Emeli 22. CAMPUZANO FERNANDEZ, Micaela Miryan 23. OLIVARES, Yemina Lia 24. FLORES LUCERO, Lucas Nicolas 25. AMAYA CIEZA, Angel Abraham 26. OGANDO SIBUET, Camila Sofía 27. ALONSO MARTIN, Antonio Leonardo 28. CABEZAS SALVATIERRA, Marina Iara 29. LEZCANO, Agustín 30. CARRIZO, Jorge Luis 31. ARAUJO CROIZIER, Juan Ignacio 32. CRESPO , Ignacio 33. PIPPI TULIAN, Agustín Mario 34. MACELLO, Franco Claudio 35. OELSNER, Astrid 36. GATICA , Gabriel Joaquin Alejandro 37. SURBALLE BRAVI, Manuela 38. MIÑAURA CANTALOUBE, Candela Lourdes 39. GITTO, Valentina 40. AFFAR, Nabil 41. BUSTOS, Rocío Florentina 42. BEVILACQUA, Darío Héctor 43. VEGA, Lucas Emmanuel 44. RODRÍGUEZ, Francisco Agustín
ARTÍCULO 2°. Asignar a los estudiantes que se mencionan a continuación, una (1) beca con Plan de Actividades, para colaborar durante el Curso de Ingreso 2021, con un importe de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500), por un mes, a partir del 01 de Febrero del 2021, según el siguiente detalle:
ALFARO OJEDA, William Jesús Reinaldo (DNI 37.414.222) MOLINA, Ignacio Javier (DNI 35.514.833) QUINTIÁN, Juan Esteban (DNI 31.285.398) Resol. FI N° 003/2021
Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2021 AÑO DEL HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
CORREA, Enrique Roberto (DNI 32.241.620) SANHUEZA ACOTTO, Maria Victoria (DNI 39.767.625) CARRO CHACÓN, Juan Manuel (DNI 39.081.190) PORCARIO, Florencia Lilén (DNI 40.002.220) MOLINA ALVAREZ, Carlos Antonio (DNI 34.607.775) RIESCO, Lucas Matías (DNI 40.872.893) LEMOS, Macarena Abigail (DNI 38.757.979) DA COL, Marco (DNI 36.850.524) FORNASIN, Javier Nicolás (DNI 40.071.001) RODRIGUEZ, Aldana (DNI 40.690.366) CUEVAS FUENTES, Verenice Verónica (DNI 35.841.336) LAMEIRO GISBERT, Bárbara Quillén (DNI 39.788.048) PARRA, Gloria Alejandra (DNI 21.373.843) BASULTO, Barbara Emeli (DNI 34.488.983) CAMPUZANO FERNANDEZ, Micaela Miryan (DNI 39.768.403) OLIVARES, Yemina Lia (DNI 36.768.496) AMAYA CIEZA, Angel Abraham (DNI 40.218.418) ALONSO MARTIN, Antonio Leonardo (DNI 40.272.797) CABEZAS SALVATIERRA, Marina Iara (DNI 40.765.734) CARRIZO, Jorge Luis (DNI 39.084.447) CRESPO, Ignacio (DNI 38.708.099)
ARTÍCULO 3º. Designar al Lic. Cristian Patricio GAMBA como Tutor Institucional de los becarios designados.
ARTÍCULO 4º. Delegar a Dirección General Económico Financiera la gestión del pago de las becas de referencia, previa constancia de la cobertura del seguro.
ARTÍCULO 5º. Disponer que, las partes intervinientes firmen las Actas Acuerdo según se indica en el Anexo III de la Resolución Nº 273/2015FI (Reglamento de Becas de la Facultad de Ingeniería).
ARTÍCULO 6º. El gasto emergente de lo dispuesto en el Artículo 2º de la presente Resolución será financiado con fondos del presupuesto ordinario de la Facultad de Ingeniería Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 7º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 8º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI N° 003/2021
Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2021-RES-002 8/02/2021 (Carga: 9/02/2021) |
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
► RESOLICIÓN DIGITAL
MENDOZA, 08 FEB 2021
VISTO: El contenido del EXPCUY: 0063/2021, en el que el Señor Secretario Académico informa al Señor Decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo sobre la viabilidad de implementar el noveno llamado ordinario de exámenes finales, en la modalidad presencial, el período comprendido entre el 22 y el 27 de febrero de 2021; y:
CONSIDERANDO: Que en el marco de la pandemia declarada por la OMS en relación con el Coronavirus COVID19, la emergencia pública sanitaria establecida por la Ley N° 27541, y debido a la declaración de Emergencia Sanitaria y Epidemiológica decretada por DNU N° 260/2020 stes. y cctes., el DNU N° 297/2020 y normativas complementarias, se estableció la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, medida que fue prorrogada, conforme con la evolución de la pandemia, por los Decretos N° 325/2020, N° 355/2020, N° 408/2020, N° 459/2020, N°493/2020, N° 520/2020, N° 576/2020, N° 605/2020, N° 641/2020, N° 677/2020, N° 714/2020, N°754/2020 y N°792/2020, 814/2020 y 875/2020 que dispone, en su Artículo 25 “EVALUACIÓN PARA REINICIO DE CLASES PRESENCIALES Y/O ACTIVIDADES EDUCATIVAS NO ESCOLARES presenciales de acuerdo a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las Resoluciones N° 364 del 2 de julio de 2020 y N° 370 del 8 de octubre de 2020 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, sus complementarias y modificatorias. En virtud de las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN mencionadas, si el riesgo fuere bajo, se podrán reanudar las clases presenciales de manera escalonada y progresiva en todos los niveles educativos y modalidades; y si el riesgo fuera mediano, se podrán organizar actividades educativas no escolares (artísticas, deportivas, recreativas, de apoyo escolar, u otras) en grupos de no más de DIEZ (10) personas, preferentemente al aire libre, y organizar actividades presenciales de cierre del año lectivo para estudiantes del último año de los niveles primario, secundario y superior. En todos los casos se deberá actuar de acuerdo a los protocolos debidamente aprobados por las autoridades correspondientes. El MINISTERIO DE EDUCACIÓN de la Nación, en el marco de las facultades que le confiere la normativa de emergencia, revisará y prestará conformidad a los planes jurisdiccionales de reanudación de clases, enmarcados en la regulación antes citada. Su efectiva reanudación será decidida por las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica, todo ello de conformidad con la normativa vigente. El personal directivo, docente y no docente y los alumnos y las alumnas y su acompañante en su caso, que asistan a clases presenciales y a actividades educativas no escolares presenciales que se hubieren reanudado, quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda y a este solo efecto, conforme con lo establecido en las resoluciones enunciadas precedentemente. Las personas alcanzadas por la presente medida, por sí, o por medio de sus acompañantes cuando no tuvieren edad suficiente para hacerlo en forma autónoma, deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación Emergencia COVID19”, que la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS pondrá a disposición en un campo específico denominado ESCOLAR habilitado en el link:
RES. N° 002/2021FI _ _ _ _ 1 de 6
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
► RESOLICIÓN DIGITAL
www.argentina.gob.ar/circular”. Que por Resolución N° 053/2020CD, el Consejo Directivo aprobó el PROTOCOLO GENERAL COVID19 PARA LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO, identificado con el Código PGFIPGCOVID19FI, elaborado por el Área Seguridad, Salud y Ambiente (ASSA) dependiente de la Secretaría de Vinculación de la Facultad de Ingeniería, examinado y evaluado por el Comité de Prevención Epidemiológica de la Universidad Nacional de Cuyo, dependiente de la Facultad de Ciencias Médicas con recomendación de Aprobación. Que por Resolución N° 054/2020CD, el Consejo Directivo autorizó la realización de exámenes finales, en la modalidad presencial, con las condiciones dispuestas en los considerandos de la presente resolución, y estricto cumplimiento del “PROTOCOLO GENERAL COVID19 PARA FACULTAD DE INGENIERÍA”, aprobado por Resolución N° 053/2020CD, y los Procedimientos Operativos que se desprendan del mismo, elaborados por el Área Seguridad, Salud y Ambiente (ASSA), dependiente de la Secretaría de Vinculación de la Facultad de Ingeniería, mientras dure el estado de emergencia sanitaria en distanciamiento social preventivo y obligatorio, atendiendo a las particularidades de cada actividad. Que la citada norma, en su artículo 2, delegó a la Secretaría Académica de la Facultad de Ingeniería la programación de los exámenes finales presenciales autorizados en la Resolución N° 054/2020CD, mientras dure el estado de emergencia sanitaria en distanciamiento social preventivo y obligatorio, atendiendo a las particularidades de la actividad y la evolución de las condiciones sanitarias en el contexto de pandemia, con la posibilidad de cancelar el/los llamado/s si cambiasen las condiciones sanitarias entre la instancia de la convocatoria y la fecha de los exámenes. Que, en estas condiciones actuales, la constitución de las mesas de exámenes finales tiene el carácter de excepcional y temporaria, mientras dure el distanciamiento social preventivo y obligatorio, y no tendrán el carácter de públicas; sólo podrán acceder los estudiantes inscriptos y el tribunal examinador. Que por Ordenanza N° 001/2020R del Sr. Rector ad referéndum, ratificada por Ordenanza N° 017/2020CS del Consejo Superior, se establece adoptar tecnologías de la información y la comunicación para instrumentarlos tanto en mesas especiales como en las ordinarias, dependiendo de las particularidades de los espacios curriculares en los que esto sea posible, debiendo reprogramarse en aquellos que indefectiblemente la presencialidad sea necesaria, y quedando sujeto a las disposiciones respecto al tiempo que se establezca el aislamiento social preventivo y obligatorio, emitidas por la autoridad competente. Que las evaluaciones se regirán conforme lo regulado por la Ordenanza N° 108/2010CS, con las adecuaciones que se proponen desde la unidad académica y resulten pertinentes en este contexto de pandemia, conforme lo autoriza el Artículo 12 de la misma. La delegación de competencia, dispuesta por Resolución N° 2100/2020R, del Rector, ad referéndum del Consejo Superior, de planificar, decidir y ejecutar las acciones posibles conducentes para reanudar las actividades presenciales, basada en la premisa general de ser parcial, gradual y escalonada. El informe producido por la Secretaría Académica de la Facultad de Ingeniería y lo dictaminado por la Comisión de Asuntos Académicos. Lo tratado y aprobado, por unanimidad de los miembros del Cuerpo, en sesión ordinaria del 20 de octubre de 2020.
RES. N° 002/2021FI _ _ _ _ 2 de 6
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
► RESOLICIÓN DIGITAL
Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R del Rector, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS del Consejo Superior. Lo dispuesto por Resolución N° 044/2020FI del Decano, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD del Consejo Directivo. Lo dispuesto por el Art. 34, inc. 2) del Estatuto Universitario. En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Habilitar la convocatoria a las Mesas Ordinarias del noveno llamado a exámenes finales del mes de febrero de 2021, a desarrollarse en la modalidad presencial, en el período comprendido entre el lunes 22 de febrero de 2021 y el sábado 27 de febrero de 2021, en un todo de acuerdo con el ANEXO II de la Resolución N° 031/2020CD del Consejo Directivo, conforme el detalle de asignaturas y días que se detallan en el ANEXO I de la presente de resolución, en los términos del último programa vigente de la asignatura.
ARTÍCULO 2. Establecer el período de inscripción, según la fecha de examen de las asignaturas habilitadas, conforme el detalle que se indica a continuación:
Periodo de Inscripción Fecha de Examen
Desde Hasta LUN 08/02/2021 DOM 14/02/2021 LUN 22/02/2021 MAR 09/02/2021 LUN 15/02/2021 MAR 23/02/2021 MIE 10/02/2021 MAR 16/02/2021 MIE 24/02/2021 JUE 11/02/2021 MIE 17/02/2021 JUE 25/02/2021 VIE 12/02/2021 JUE 18/02/2021 VIE 26/02/2021
ARTÍCULO 3. La inscripción al examen final de las asignaturas habilitadas para evaluar en la modalidad presencial del presente llamado, debe realizarla el estudiante a través del sistema SIUGUARANI, entre los días 14to y 8vo inclusive, contados como días corridos, anteriores a la fecha programada para el examen final, habiendo actualizado sus datos de contacto en el sistema. El estudiante podrá anular su inscripción al examen hasta el 5to día corrido anterior a la fecha programada para el examen final. A tal fin, deberá enviar un correo electrónico a la cuenta: clases@ingenieria.uncuyo.edu.ar, con copia a la vista a la cuenta de correo electrónico: direccion.alumnos@ingenieria.uncuyo.edu.ar. En el asunto del correo electrónico deberá indicar: “(APELLIDO y Nombre Completo), borrado a mesa de examen final de (nombre de la asignatura)”. Cualquier reclamo vinculado a la inscripción tramitada se deberá realizar enviando un correo electrónico a la cuenta: clases@ingenieria.uncuyo.edu.ar”.
ARTÍCULO 4. La implementación de los exámenes finales del presente llamado, de las Mesas Ordinarias convocadas en el Artículo 1° de la presente resolución, se hará en un todo de acuerdo con el protocolo aprobado por Resolución N° 053/2020CD, y lo dispuesto por la Resolución N° 054/2020CD, del Consejo Directivo.
RES. N° 002/2021FI _ _ _ _ 3 de 6
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
► RESOLICIÓN DIGITAL
ARTÍCULO 5. La presente resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 002/2021FI _ _ _ _
RES. N° 002/2021FI _ _ _ _ 4 de 6
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
► RESOLICIÓN DIGITAL
ANEXO I MESAS EXAMINADORAS ORDINARIAS: 9° LLAMADO FEBRERO DE 2021 EN MODALIDAD PRESENCIAL Se presentan a continuación las Mesas Ordinarias habilitadas del noveno llamado a exámenes finales, del mes de febrero de 2021, por carrera, por día de la semana en que se constituye el tribunal examinador, y orden alfabético dentro del día de la semana correspondiente. El horario de la Mesa Ordinaria se comunicará en el sitio web de la Facultad de Ingeniería. Las mesas examinadoras se constituirán teniendo en cuenta las referencias usadas en la columna de observaciones (Obs.) de las siguientes tablas: Sin observación. Examen final habilitado para estudiantes con regularidad vigente, libres por pérdida de regularidad, y libres, en las condiciones especificadas en el programa de la asignatura del espacio curricular (Formulario P1). (*) Con un asterisco. Examen final habilitado sólo para estudiantes con regularidad vigente, en las condiciones especificadas en el programa de la asignatura del espacio curricular (Formulario P1). (**) Con dos asteriscos. Examen final habilitado para estudiantes con regularidad vigente, y libres por pérdida de regularidad, en las condiciones especificadas en el programa de la asignatura del espacio curricular (Formulario P1).
CARR DÍA FECHA HORA ASIGNATURA Obs. CIV LUN 22/02/2021 9:00 INGENIERÍA SANITARIA CIV LUN 22/02/2021 9:00 MECÁNICA DE SUELOS Y ROCAS I (*) CIV LUN 22/02/2021 9:00 MECÁNICA DE SUELOS Y ROCAS II (*) PET LUN 22/02/2021 15:00 PERFORACIÓN I PET LUN 22/02/2021 15:00 PERFORACIÓN II INDMECPET MAR 23/02/2021 14:00 CIENCIA DE LOS MATERIALES CIVINDMECPET MAR 23/02/2021 9:00 ALGEBRA (***) ARQ MIE 24/02/2021 9:00 CONSTRUCCIONES I ARQ MIE 24/02/2021 9:00 CONSTRUCCIONES II CIV MIE 24/02/2021 9:00 ESTABILIDAD II (*) CIV MIE 24/02/2021 9:00 HORMIGON II (**) ARQ JUE 25/02/2021 9:00 DISEÑO ESTRUCTURAL II MEC JUE 25/02/2021 9:00 MECÁNICA VIBRATORIA (*) PET JUE 25/02/2021 15:00 GAS y GASOLINA PET JUE 25/02/2021 15:00 PRODUCCIÓN II CIV VIE 26/02/2021 9:00 INGENIERÍA SISMORRESITENTE (**) CIV VIE 26/02/2021 14:00 CONSTRUCCION DE CARRETERAS CIV VIE 26/02/2021 14:00 VIAS DE COMUNICACIÓN (**)
ANEXO I RES. N° 002/2021FI _ _ _ _ 5 de 6
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
► RESOLICIÓN DIGITAL
Confección, envío digital, conservación y entrega de actas de exámenes finales particulares Las actas de exámenes serán enviadas por el Departamento de Clases y Exámenes, por correo electrónico, a la cuenta del Profesor Titular o docente responsable a cargo del espacio curricular correspondiente, al menos durante el cuatro (4) día anterior a la fecha fijada para el examen final, debiendo verificar fehacientemente la recepción de las actas. Una vez finalizado el examen y firmadas las actas por el tribunal examinador, el docente responsable de la asignatura deberá: Tomar una fotografía o escanear las actas y enviarlas por correo electrónico a la cuenta: clases@ingenieria.uncuyo.edu.ar, en un plazo no mayor a veinticuatro (24) horas de concluido el examen final correspondiente. Conservar en su poder las actas firmadas en papel que fueron enviadas al correo electrónico clases@ingenieria.uncuyo.edu.ar, para luego entregarlas en el Departamento de Clases y Exámenes de la Facultad de Ingeniería, una vez que se restablezca la actividad presencial o le sea requerida por la Facultad.
ANEXO I RES. N° 002/2021FI _ _ _ _ 6 de 6
|
Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||