Digesto
|
15580 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
FI-2024-RES-752 15/11/2024 (Carga: 26/11/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 15 NOV 2024
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 36780/2024, en las que los docentes Carlos Adrián CATANIA y Bruno Alejandro ROBERTI FERRI; y el Sr. Alfredo Daniel REZINOVSKY – Personal de Apoyo Académico, solicitan ayuda económica para asistir a la EKOPARTY SECURITY CONFERENCE, a realizarse en Buenos Aires los días 13,14 y 15 de noviembre de 2024;
CONSIDERANDO: La necesidad de garantizar la participación al evento “EKOPARTY SECURITY CONFERENCE” de interés para la carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, de los docentes y personal de apoyo académico mencionados. Que el pago de los pasajes ida y vuelta a Buenos Aires pueden ser viables a través de la partida destinada al Programa de Integración. Lo dispuesto por Ordenanza Nº 16/2009CS. Lo informado por la Secretaría Administrativa Económica Financiera.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Autorizar a los docentes Carlos Adrián CATANIA (DNI: 24.160.553 Legajo 29256) y. Bruno Alejandro ROBERTI FERRI (DNI: 23.796.483 Legajo 35318); y al agente Sr. Alfredo Daniel REZINOVSKY (DNI: 22.625.540 Legajo 24671), a participar de la EKOPARTY SECURITY CONFERENCE, los días 13, 14 y 15 de noviembre de 2024.
ARTÍCULO 2º. Tener por autorizada a Dirección General Económico Financiera de la Facultad, a abonar a cada uno de los docentes CATANIA, ROBERTI FERRI y al Sr. REZINOVSKY el siguiente importe, con afectación a la partida destinada al Programa de Integración: Pasaje ida y vuelta a Buenos Aires por un monto total de PESOS CIENTO VEINTISIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($127.500.).
ARTÍCULO 3º. Dentro de los DIEZ (10) días hábiles de finalizada esta misión, se deberá presentar los INFORMES FINANCIERO y ACADÉMICO, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 16/2009CS.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCION – FI Nº 752/2024
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2024-RES-751 15/11/2024 (Carga: 26/11/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 15 NOV 2024
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 36781/2024, en las que la Prof. Gladys Mabel BARSOTTI, solicita se deje sin efecto su renuncia condicionada;
CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 583/2023FI, se aceptó la Renuncia Condicionada a partir del día 01 de setiembre de 2023 a la mencionada profesional. Que la docente BARSOTTI informa que inició el trámite previsional en Anses y le denegaron el beneficio. Lo informado por la Dirección General Administrativa y Secretaría Administrativa Económica Financiera.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Dejar sin efecto el contenido de la Resolución Nº 583/2023FI, en la que se acepta la renuncia condicionada a la Prof. Gladys Mabel BARSOTTI, por las razones expuestas en los Considerandos de la presenta Resolución.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 751/2024
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2024-RES-750 15/11/2024 (Carga: 26/11/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 15 NOV 2024
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 35456/2024, en las que se tramita la baja de la Docente Mónica Liliana CARMONA en el cargo de Profesor Titular, con motivo de haber obtenido los beneficios de la jubilación;
CONSIDERANDO: Lo informado en las presentes actuaciones por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES). Lo informado por la Dirección de Personal y Dirección General Administrativa de esta Facultad. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 32/2016R, sus modificatorias Ordenanza Nº 04/2022R, Ordenanza Nº 44/2022R y del Artículo 62º b) del Decreto 1246/2015.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Disponer, el cese de funciones a partir del 01 de octubre del año 2024, de la Docente Mónica Liliana CARMONA (DNI: 11.964.118 – Legajo 26.035), en el cargo que se menciona a continuación, con motivo de haber obtenido los beneficios de la jubilación: . Profesor Titular, Dedicación Exclusiva, Carácter EFECTIVO, Área 7 – RESERVORIOS Y PRODUCCIÓN, asignaturas “Reservorios I” y “Reservorios II”, según Resolución Nº 301/2014CS; Área 8 ADMINISTRACION, ECONOMIA Y FINANZAS, asignatura “Introducción a la Ingeniería de Petróleos”, según Resolución Nº 516/2014FI y funciones en la asignatura “Reservorios III”, según Resolución Nº 770/2023FI.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones
RESOLUCIÓN FI Nº 750/2024
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-RES-281 14/11/2024 (Carga: 15/11/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 14 NOV 2024
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 40745/2023, en las que la Dirección General de la carrera de Ingeniería Civil solicita se convoque a concurso para cubrir UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Interino, para el Área 12: VÍAS DE COMUNICACIÓN con “Vías de Comunicación” y “Vías de Comunicación I” como asignaturas base de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interinos, en la categoría de Jefe de Trabajos Prácticos y Ayudantes de Primera Categoría, dispuesto por Ordenanza N° 03/2017CD. Las disposiciones de la Ordenanza N° 01/2021CD y su modificatoria Ordenanza Nº 02/2022CD, por la cual se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Las disposiciones de la Ordenanza N° 26/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Lo dispuesto por Resolución Nº 66/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Que la convocatoria se realiza para un área y espacios curriculares de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43º Ley 24.521 (LES). Lo informado por la Dirección General Económico Financiera respecto de la viabilidad presupuestaria para realizar la convocatoria. El informe de Secretaría Académica y el requerimiento de la Dirección General de la carrera de Ingeniería Civil. Que se ha solicitado incluir en las funciones, del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto en la normativa que rige el concurso (Ordenanza Nº 003/2017CD, Artículo 30º), con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesiones de los días 14 de diciembre del año 2023 y 22 de octubre de 2024.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza N° 03/2017CD, para cubrir UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Interino, para el ÁREA 12: VÍAS DE COMUNICACIÓN con “Vías de Comunicación” y con “Vías de Comunicación I” como asignaturas base de referencia, a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2º. Autorizar que la convocatoria al concurso del Artículo precedente se tramite e implemente en modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD y la Resolución N° 66/2021CD. Las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial.
Resol. – CD Nº 281/2024 1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos para los espacios curriculares, según Planes de Estudios vigentes aprobados por Ordenanzas Nros. 03/2003CS y 095/2023CS de la carrera de Ingeniería Civil; y considerandos de la presente Resolución, para el cargo que se convoca a concurso por el Artículo 1º de la misma: Requisitos de formación y antecedentes exigidos: Título de Grado: Ingeniero Civil (excluyente) Requisitos, preferentemente, NO excluyentes: Experiencia demostrable en uso de manejo de software específico asociado a las infraestructuras viales. Conocimientos o formación complementaria al grado vinculada a la temática de referencia (posgrados, especializaciones, maestrías). Experiencia docente universitaria con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional, en organizaciones públicas y/o privadas, en la disciplina de la temática de referencia Experiencia en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia Formación en enfoques curricular y pedagógico basados en competencias. Formación de aprendizajes centrado en el estudiante. Funciones que desarrollará: La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de la temática de referencia, y la evaluación de desempeño se hará conforme a la Dedicación en el cargo. Funciones docentes en las temáticas de referencia, Asignaturas: “Vías de Comunicación” y “Vías de Comunicación I”. Funciones docentes por extensión en asignaturas del ÁREA 12: VÍAS DE COMUNICACIÓN considerando los cambios y adecuaciones requeridos por la implementación del nuevo Plan de Estudios de la carrera. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Expectativas de logro y contenidos mínimos: INGENIERÍA CIVIL – Plan de Estudios vigente aprobado por Ordenanza Nº 03/2003CS. “VÍAS DE COMUNICACIÓN” Expectativas de logro (en Plan de Estudios): Conocer los conceptos básicos para el diseño geométrico de obras viales y las nociones elementales sobre el diseño geométrico de aeropuertos. Demostrar habilidad para realizar el diseño geométrico de obras viales y sus obras de arte complementarias. Manifestar preocupación por la importancia de las vías de comunicación y la función del ingeniero civil en este campo. Contenidos mínimos (en Plan de Estudios): Estudios técnicos de trazado de caminos. Factibilidad. Proyecto de obras viales. Resistencias al movimiento. Movimiento de suelos. Desagües y drenajes. Obras de Arte. Diseño de arterias urbanas y rurales. Criterios básicos para el diseño de aeropuertos.
Resol. – CD Nº 281/2024 2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
Expectativas de logro y contenidos mínimos: INGENIERÍA CIVIL – Plan de Estudios vigente aprobado por Ordenanza Nº 095/2023CS. “VÍAS DE COMUNICACIÓN I” Expectativas de logro (en Plan de Estudios): Interpretar los estudios de tránsito y determinar los parámetros de demanda para sustentar el diseño de caminos y carreteras. Diseñar soluciones ingenieriles para las vías de comunicación que comprendan la geometría, el drenaje y demás componentes del diseño, cumpliendo las recomendaciones y reglamentaciones vigentes. Generar y debatir alternativas para el diseño de vías de comunicación y obras de arte, así como intersecciones e intercambiadores viales. Desarrollar competencias específicas para identificar, analizar y sustentar los parámetros de diseño geométrico para proyectos de caminos, ferrocarriles y aeropuertos, considerando variables relevantes y riesgos asociados. Realizar informes técnicos básicos, con lenguaje específico y preciso para facilitar el entendimiento y las interrelaciones entre interesados. Generar conciencia ética sobre la responsabilidad en el diseño de las vías de comunicación que consideren a la seguridad, el medio ambiente y la sustentabilidad como parámetros directrices.
Contenidos mínimos (en Plan de Estudios): Estudios de tránsito: volumétricos y de clasificación. Censos de origen y destino. Tipos de vehículos: pesos, dimensiones, aptitud de circulación. Capacidad de carreteras y vías férreas. Trazado y particularidades de caminos, ferrocarriles y aeropuertos. Diseño planialtimétrico. Recomendaciones y normativa de aplicación. Análisis y selección de alternativas. Diseño de la sección transversal. Movimiento de suelos y su transporte. Proyectos. Definición y diseño de obras de arte. Intersecciones e Intercambiadores de tránsito. Elementos básicos del diseño de aeropuertos y vías férreas.
Condiciones particulares: Teniendo en cuenta que los Planes de estudios de las Carreras de la Facultad de Ingeniería, se derogan progresivamente por la implementación de los nuevos Planes de Estudios, el postulante que sea seleccionado deberá desempeñar sus funciones, tanto en el Plan de Estudios que se deroga progresivamente como en el nuevo Plan de Estudios, considerando el periodo de transición de la carrera que corresponda, los cambios en las denominaciones de las asignaturas, sus programas, carga horaria y ubicación en el Plan de Estudios.
ARTÍCULO 4º. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes, y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera:
TITULARES: . GIUNTA, José Antonio (Presidente) . PRIETO, Gustavo Orlando . OBREDOR, Alfredo Daniel
SUPLENTES: . MORENO, Jorge Luis . CRISAFULLI, Francisco Javier
Resol. – CD Nº 281/2024
3 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
ARTÍCULO 5º. Fijar como período de inscripción al comprendido entre la hora 08:00 del lunes 25 y la hora 12:00 del viernes 29 de noviembre del año 2024.
ARTÍCULO 6°. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle:
ETAPA I del proceso de inscripción a) Formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico.
ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación prevista en el Artículo Nº 11 de la Ordenanza Nº 003/2017CD, a saber: a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción). b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas. De corresponder, la certificación de las probanzas podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Propuesta de planificación de Trabajos Prácticos. La documentación se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable»), y tendrá carácter de declaración jurada.
La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes que se indica a continuación: concurso.docente+407452023@ingenieria.uncuyo.edu.ar En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción. b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis de los antecedentes por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuestos en el Artículo 11º, inciso b) de la Ordenanza N° 003/2017CD. c) Propuesta de planificación de Trabajos Prácticos Todo aspirante que se presente para cubrir el cargo concursado deberá acompañar, al momento de la inscripción, una propuesta de planificación de trabajos prácticos que describa en líneas generales las actividades prácticas a desarrollar en el marco del Programa vigente del espacio curricular motivo del concurso convocado, que se podrían poner a consideración de la persona responsable a cargo de la asignatura. La propuesta debería fundamentarse considerando el perfil del egresado, el plan de estudios, el programa vigente del espacio curricular motivo del concurso, la disponibilidad horaria esperada de los estudiantes, los criterios de evaluación y la bibliografía, entre otros aspectos.
Resol. – CD Nº 281/2024
4 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
Observaciones De modo particular, una vez conocido el tema sorteado, para el desarrollo de la Clase Pública, la persona postulante deberá tener en cuenta el nivel de detalle de lo dispuesto en el ANEXO II de la Ordenanza N° 003/2017CD, para la “OPOSICIÓN”. La Comisión Asesora deberá realizar la evaluación y dictamen conforme lo dispuesto en los Artículos 30° y 31° de la Ordenanza N° 003/2017CD.
ARTÍCULO 7° Incluir en el Coloquio previsto en la normativa que rige el concurso (Ordenanza Nº 03/2017CD Artículo 30º), aspectos que la Comisión Asesora tendrá en cuenta tales como: Dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica de los espacios curriculares / área del conocimiento al que postula. Conocimiento del Plan de Estudios de la/s carrera/s de la/s cual/es forma/n parte la/s asignatura/s base de referencia a los efectos del concurso. Normativa institucional de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Facultad de Ingeniería vinculadas a la categoría del cargo al que postula, funciones y obligaciones inherentes al mismo. Grado de compromiso con la docencia, la innovación pedagógica, la adaptación a las nuevas tecnologías y modalidades educativas. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8º. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el Artículo N° 6 de la presente Resolución.
ARTÍCULO 9º. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice conforme lo estipulado en el Artículo 10º de la Ordenanza N° 03/2017CD. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los “Concursos docentes” y habilitar el formulario electrónico de inscripción durante el período de inscripción fijado en el Artículo 5º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 10º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD N° 281/2024
5 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-RES-280 14/11/2024 (Carga: 15/11/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 14 NOV 2024
VISTO: El Expediente: 12579/2024, en el que obran las actuaciones relacionadas con el llamado a concurso convocado por Resolución Nº 105/2024CD, para proveer UN (1) cargo de Ayudante de Segunda para el ÁREA 2: FÍSICA, con "Física II" como asignatura de referencia a los efectos del concurso y en forma alternada en actividades de Laboratorio, asignatura “Física II”;
CONSIDERANDO: Que la citada convocatoria se efectuó para cumplir funciones en Laboratorios o actividades de proyectos institucionales de investigación, de extensión y/o vinculación, formalmente acreditados por instituciones reconocidas que se desarrollen en el ámbito de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo, durante el segundo semestre de 2024 y en asignaturas que se dictan en el primer semestre de 2025, por lo que corresponde que tal designación se efectúe desde la efectiva prestación de servicios hasta el 31 de julio del año 2025. Que por razones presupuestarias sólo se pueden realizar designaciones interinas hasta el 31 de diciembre del año 2024. Que, al cierre de la convocatoria del citado concurso se registró la inscripción de TRES (3) postulantes: Sr. Alejandro Sebastián VILLEGAS, Sr. Manuel GUARESCHI PASCUAL y Sr. Mikael Samuel BERGAMIN MASTIHUBA. Que la Comisión Asesora, resolvió no citar al Señor Alejandro Sebastián VILLEGAS, porque, de acuerdo al informe aportado por la Dirección de Alumnos de Grado, el estudiante tiene aprobada la asignatura por Equivalencia, según Resol. Nº 145/2012FI. Al no tener una nota numérica, resulta imposible la aplicación de la fórmula requerida en la Ordenanza 03/2000CD para su evaluación. Que se ha dado cumplimiento a las disposiciones de la Ordenanza Nº 03/2000CD y sus modificatorias Nros.: 05/2003CD y 04/2010CD y no se han registrado observaciones ni impugnaciones alguna. El dictamen de la Comisión Asesora, que establece el siguiente orden de mérito: 1º Sr. Manuel GUARESCHI PASCUAL y 2º Sr. Mikael Samuel BERGAMIN MASTIHUBA. Que por Nota N° 130763/2024, Secretaría Académica informa que el alumno Manuel GUARESCHI PASCUAL, ha comunicado por correo electrónico, que renuncia a su designación con motivo de haber obtenido un cargo de Ayudante de Segunda en otro concurso. Que por lo expuesto corresponde designar en el cargo de referencia al alumno Mikael Samuel BERGAMIN MASTIHUBA, quien obtuvo el 2do. lugar en Orden de Mérito. Que el informe de Dirección General Económico Financiera, certifica la existencia de los cargos vacantes con su respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. Que Secretaría Académica de esta Unidad, detalla la descripción del título (carreras) y espacio curricular. Que se adjunta la correspondiente declaración jurada de cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado por la Dirección de Personal de esta Facultad. Que en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013CS, el Señor Mikael Samuel BERGAMIN MASTIHUBA cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional.
Resol. CD Nº 280/2024
1 de 3 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002.. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 27 de agosto del año 2024. En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por Resolución Nº 105/2024CD, para proveer UN (1) cargo de Ayudante de Segunda, para el ÁREA 2: FÍSICA, con "Física II" como asignatura de referencia a los efectos del concurso y en forma alternada en actividades de Laboratorio, asignatura “Física II” y el siguiente Orden de Mérito:
1º Manuel GUARESCHI PASCUAL 2º Mikael Samuel BERGAMIN MASTIHUBA
ARTÍCULO 2°. Designar al siguiente Personal Docente Universitario, postulante que obtuvo el 2do. lugar en el Orden de Mérito, por las razones expuestas en los Considerandos de la presente Resolución:
1. Datos Personales del Agente designado Apellido y BERGAMIN MASTIHUBA, Mikael Samuel Nombres Documento D.N.I. 44.662.766 Único: CUIL o CUIT 20446627660 Legajo N°
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Ayudante de Segunda Cargo Dedicación Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 12112024 Hasta el 31122024
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*) 1) AREA 2: FÍSICA 2) ASIGNATURA: “FÍSICA II” 3)
ARTÍCULO 3º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 2º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Resol. CD Nº 280/2024 2 de 3 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002.. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
Lista de Títulos (o lista de Carreras) Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 209 INGENIERÍA EN PETRÓLEO 252 INGENIERÍA INDUSTRIAL 5323 INGENIERÍA MECATRÓNICA 158 INGENIERÍA CIVIL Porcentaje total 100%
Descripción de Tareas 1 Docencia en “FÍSICA II” 2 En forma alternada en Actividades de Laboratorio, asignatura “FÍSICA II”.
ARTÍCULO 4º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen Fuente de Programa Subpro Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado dencia Financiamiento grama Porcentual
09 0 11 34 3 0 99 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 09 Facultad de Ingeniería Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 815 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 6º. De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos y lo informado por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 7º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 280/2024
3 de 3 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002.. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-RES-279 14/11/2024 (Carga: 15/11/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 14 NOV 2024
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 30577/2024, en las que la Dirección de la carrera de Arquitectura solicita se convoque a concurso para cubrir UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Interino, para el Área 16: TEORÍA DE LA ARQUITECTURA con “Historia de la Arquitectura II” como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interinos, en la categoría de Jefe de Trabajos Prácticos y Ayudantes de Primera Categoría, dispuesto por Ordenanza N° 03/2017CD. Las disposiciones de la Ordenanza N° 01/2021CD y su modificatoria Ordenanza Nº 02/2022CD, por la cual se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Las disposiciones de la Ordenanza N° 26/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Lo dispuesto por Resolución Nº 66/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Que la convocatoria se realiza para un área y espacio curricular de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43º Ley 24.521 (LES). Lo informado por la Dirección General Económico Financiera respecto de la viabilidad presupuestaria para realizar la convocatoria. El informe de Secretaría Académica y el requerimiento de la Dirección General de la carrera de Arquitectura. Que se ha solicitado incluir en las funciones, del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto en la normativa que rige el concurso (Ordenanza Nº 003/2017CD, Artículo 30º), con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 08 de octubre del año 2024.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza N° 03/2017CD, para cubrir UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Interino, para el ÁREA 16: TEORÍA DE LA ARQUITECTURA con “Historia de la Arquitectura II” como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2º. Autorizar que la convocatoria al concurso del Artículo precedente se tramite e implemente en modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD y la Resolución N° 66/2021CD. Las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial.
Resol. – CD Nº 279/2024
1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos para el espacio curricular, según Plan de Estudios vigente aprobado por Ordenanza Nº 124/2017CS de la carrera de Arquitectura; y considerandos de la presente Resolución, para el cargo que se convoca a concurso por el Artículo 1º de la misma: Requisitos de formación y antecedentes exigidos: Título de Grado: Arquitecto/a (excluyente). En todos los requisitos que se enuncian a continuación, se requiere experiencia mínima de CINCO (5) años preferentemente, no excluyente. Experiencia docente universitaria con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional, en organizaciones públicas y/o privadas, en la disciplina de la temática de referencia. Experiencia en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia. Formación en enfoques curricular y pedagógico basados en competencias. Formación de aprendizajes centrado en el estudiante.
Funciones que desarrollará: La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de la temática de referencia, y la evaluación de desempeño se hará conforme a la Dedicación en el cargo. Funciones docentes en la temática de referencia, Asignatura: "Historia de la Arquitectura II”. Funciones docentes por extensión en asignaturas del ÁREA 16: TEORÍA DE LA ARQUITECTURA. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Expectativas de logro y contenidos mínimos:
“HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II” Plan de Estudios vigente aprobado por Ordenanza N° 124/2017CS Expectativas de logro en el Plan de Estudios: Comprender la complejidad cultural de la Edad Moderna y su trascendencia sobre la conformación intelectual y arquitectónica del mundo actual. Comprender el hecho arquitectónico moderno y su inserción en la complejidad cultural de su etapa histórica. Conocer y reflexionar sobre los aportes de la producción arquitectónica reconociendo las características materiales de las edificaciones representativas de cada momento, relacionándolas con el contexto urbano, físico y socio cultural. Introducirse en el pensamiento crítico mediante ejercicios de análisis de obras arquitectónicas representativas comparando la Historia de la Arquitectura Europea y la Historia de la Arquitectura Americana. Conocer y analizar los diversos intentos de construir la Historia de la Arquitectura Americana a partir de los modelos historiográficos europeos. Manifestar respeto ante las creencias religiosas y sus manifestaciones arquitectónicas.
Resol. – CD Nº 279/2024
2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
Contenidos mínimos: Barroco europeo, barroco tardó y rococó. Barroco americano y sus variantes regionales. La ciudad barroca en América. Misiones jesuíticas como modelo de adaptación de la cultura europea en América. La vigencia cultural precolombina en la arquitectura colonial. El Romanticismo: la arquitectura neogótica y la fascinación medieval; historicismo y eclecticismo en los países europeos. Neo clasismo y romanticismo en Europa y América. Arquitectos clasicistas en Europa: Italia, Francia, Alemania; y los clasicistas en Argentina. El eclecticismo en Argentina. El mundo de las revoluciones: francesa, industrial, nuevos espacios, nuevos materiales, ciudades industriales en Europa, sus repercusiones en América, adaptación al modelo económico de América. La inmigración, el puerto, el ferrocarril. Los nuevos materiales, la técnica. Modernismo, art noveau. La Bauhaus. Movimientos nacionalistas en Europa. El surgimiento de lo neocolonial y las expresiones de regionalismo en América. Condiciones particulares: Que por Resolución N° 2501/2023 del Ministerio de Educación se aprobaron los contenidos curriculares básicos, carga horaria mínima, criterios sobre intensidad de la formación práctica y estándares para la acreditación de la carrera de Arquitectura. Que la Facultad de Ingeniería dictó la Resolución N° 753/2023FI donde aprueba el inicio del proceso de rediseño curricular de la carrera de Arquitectura. Que el Consejo Directivo a través de la Resolución N° 010/2024 aprobó las pautas y políticas institucionales para el rediseño curricular de la mencionada carrera. Que todo docente debe conocer lo aprobado y desempeñarse considerando que lo expuesto anticipa que la denominación de la asignatura, su programa, carga horaria y su ubicación en el Plan de Estudios podrían modificarse como consecuencia del rediseño curricular en curso.
ARTÍCULO 4º. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes, y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera:
TITULARES: . ARRANZ, Cristina Leonor (Presidente) . BIANCHI PALOMARES, Pablo Federico Ricardo . GARCIA, Celia Elizabeth
SUPLENTES: . DURÁ GÚRPIDE, Isabel María . ESTEVES, Matías José
ARTÍCULO 5º. Fijar como período de inscripción al comprendido entre la hora 08:00 del lunes 25 y la hora 12:00 del viernes 29 de noviembre del año 2024.
ARTÍCULO 6°. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle:
ETAPA I del proceso de inscripción a) Formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico.
Resol. – CD Nº 279/2024
3 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación prevista en el Artículo Nº 11 de la Ordenanza Nº 003/2017CD, a saber: a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción). b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas. De corresponder, la certificación de las probanzas podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Propuesta de planificación de Trabajos Prácticos. La documentación se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable»), y tendrá carácter de declaración jurada.
La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes que se indica a continuación: concurso.docente+305772024@ingenieria.uncuyo.edu.ar En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción. b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis de los antecedentes por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuestos en el Artículo 11º, inciso b) de la Ordenanza N° 003/2017CD. c) Propuesta de planificación de Trabajos Prácticos Todo aspirante que se presente para cubrir el cargo concursado deberá acompañar, al momento de la inscripción, una propuesta de planificación de trabajos prácticos que describa en líneas generales las actividades prácticas a desarrollar en el marco del Programa vigente del espacio curricular motivo del concurso convocado, que se podrían poner a consideración de la persona responsable a cargo de la asignatura. La propuesta debería fundamentarse considerando el perfil del egresado, el plan de estudios, el programa vigente del espacio curricular motivo del concurso, la disponibilidad horaria esperada de los estudiantes, los criterios de evaluación y la bibliografía, entre otros aspectos. La calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del Plan de actividades prácticas será evaluada según los criterios desagregados en el Grilla para la descripción, el análisis y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que forman parte del Anexo II de la Ordenanza N° 003/2017CD.
Observaciones De modo particular, una vez conocido el tema sorteado, para el desarrollo de la Clase Pública, la persona postulante deberá tener en cuenta el nivel de detalle de lo dispuesto en el ANEXO II de la Ordenanza N° 003/2017CD, para la “OPOSICIÓN”. La Comisión Asesora deberá realizar la evaluación y dictamen conforme lo dispuesto en los Artículos 30° y 31° de la Ordenanza N° 003/2017CD.
ARTÍCULO 7° Incluir en el Coloquio previsto en la normativa que rige el concurso (Ordenanza Nº 03/2017CD Artículo 30º), aspectos que la Comisión Asesora tendrá en cuenta tales como:
Resol. – CD Nº 279/2024
4 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
Dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica del espacio curricular / área del conocimiento al que postula. Conocimiento del Plan de Estudios de la carrera de la cual forman parte la asignatura base de referencia a los efectos del concurso. Normativa institucional de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Facultad de Ingeniería vinculadas a la categoría del cargo al que postula, funciones y obligaciones inherentes al mismo. Grado de compromiso con la docencia, la innovación pedagógica, la adaptación a las nuevas tecnologías y modalidades educativas. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8º. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el Artículo N° 6 de la presente Resolución.
ARTÍCULO 9º. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice conforme lo estipulado en el Artículo 10º de la Ordenanza N° 03/2017CD. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los “Concursos docentes” y habilitar el formulario electrónico de inscripción durante el período de inscripción fijado en el Artículo 5º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 10º. Disponer que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura.
ARTÍCULO 11º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 279/2024
5 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2024-RES-749 13/11/2024 (Carga: 15/11/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 13 NOV 2024
VISTO: El pedido de equivalencias internas “POR RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS”, formulado en Expediente: 36599/2024, por la señorita Sandra Gabriela BERTI, alumna de la carrera de Ingeniería Civil de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que la Srta. BERTI fue readmitida por Resolución N° 665/2021FI, como Alumna Activa de esta Facultad, en la carrera de Ingeniería Civil (Plan de Estudios establecido por la Ordenanza N° 03/2003CS). Lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución N° 429/2021FI – Asignaturas aprobadas por equivalencia con su historia académica. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 61/91CS que establecen las normas a las que deberán ajustarse las tramitaciones de equivalencias de materias. Lo informado por la Dirección de Alumnos de Grado, la Dirección General de la carrera de Ingeniería Civil y Secretaría Académica.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar a la señorita Sandra Gabriela BERTI (Legajo 4605) equivalencias internas “POR RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS”, aprobadas en la carrera de Ingeniería Civil de esta Casa de Estudios, según lo establecido por el Artículo 3° de la Resolución N° 429/2021FI: AÑO ACADÉMICO: 2024 MATERIA DE EQUIVALENCIA INTEGRAL CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL CARRERA DE ORIGEN . ORGANIZACIÓN DE PROYECTOS Y OBRAS por Asignaturas aprobadas . OBRAS HIDRÁULICAS I según lo establecido por el . TECNOLOGÍA DEL HORMIGÓN Artículo 3° de la Resolución . INSTALACIONES II (OPTATIVA III) N° 429/2021FI. . FERROCARRILES (OPTATIVA IV) . APROVECHAMIENTOS HIDRÁULICOS (OPTATIVA V)
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 749/2024
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Alumnos de grado | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||