Digesto
|
|
18134 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
CD-2026-RES-283 31/08/2026 (Carga: 14/09/2026) |
MENDOZA, 31 AGO 2026
VISTO: El contenido del Expediente: 28085/2023, sobre Instrumentos Académicos Complementarios al Plan de Estudios de la carrera «Ingeniería Industrial», donde en NOTA: 136488/2026 Secretaría Académica de esta Facultad propone la actualización matriz de correspondencia que aplica a la efectiva implementación del Plan de Estudios aprobado por Ordenanza N° 096/2023CS;
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 074/2024CD se estableció la matriz de correspondencia de la carrera Ingeniería Industrial. Las actualizaciones de la instrumentación académicos complementarios a los Planes de Estudios de las Carreras de Grado. La implementación del nuevo Plan de Estudios de la carrera Ingeniería Industrial. Que por lo expuesto corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 074/2024CD y dictar una nueva disposición. Que mediante Resolución Ministerial N° 1543/2021 y los anexos que son parte de la misma se definieron los contenidos curriculares básicos (ANEXO I), la carga horaria mínima (ANEXO II), los criterios de intensidad de la formación práctica (ANEXO III) y los estándares para la acreditación (ANEXO IV) de la carreara «Ingeniería Industrial». Que la citada Ordenanza 096/2023CS autoriza al Consejo Directivo a establecer los instrumentos académicos que ordenen las acciones necesarias para beneficiar, con las mejoras introducidas en el nuevo plan de estudios, a la mayor cantidad posible de estudiantes inscriptos en el plan de estudios anterior de la carrera. Que la propuesta de la matriz de correspondencia entre el Plan de Ingeniería Industrial, aprobado por Ordenanza N° 110/2004CS y el diseño curricular de la carrera Ingeniería Industrial, aprobado Ordenanza N° 096/2023CS se presenta en el Anexo I como una herramienta para el pasaje ordenado de los estudiantes al nuevo plan. Y como Anexo II los temas complementarios que el estudiante deberá aprobar, según cada caso. Que en la propuesta elevada por la Dirección General de la carrera «Ingeniería industrial» se indica que durante el proceso de rediseño curricular se completó la matriz de correspondencia entre planes. Que las solicitudes de cambio de Plan de Estudios se gestionan ante la Dirección de Alumnos de Grado durante los períodos de inscripción a cursadas de marzo y agosto, conforme a lo establecido en el Calendario Académico vigente, se solicita que la aplicación de esta disposición no tenga carácter retroactivo respecto de aquellos estudiantes que hayan tramitado previamente el mencionado cambio de Plan de Estudios. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos y aprobado por este Cuerpo en la sesión del día 11 de agosto del año 2026.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1°. Dejar sin efecto, a partir del 31 de agosto de 2026, el contenido de la Resolución N° 074/2024CD por las causales expuestas en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTICULO 2°. Establecer, a partir del 01 de setiembre de 2026, la Matriz de correspondencia entre el Plan de la carrera “Ingeniería Industrial", aprobado por Ordenanza N°110/2004CS y el Plan de Ingeniería Industrial aprobado por Ordenanza N° 096/2023CS que se detallan en los ANEXOS I y II, que forman parte de la presente Resolución.
ARTICULO 3°. Establecer que, a los efectos de la aplicación de la Matriz de Correspondencia aprobada en el artículo precedente, se reconocerán los siguientes tipos de equivalencia: Resol. – CD N° 283/2026 1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
a) Equivalencia Directa: Se otorga cuando el espacio curricular del Plan de Estudios anterior cubre de manera integral los contenidos mínimos del espacio curricular del nuevo Plan de Estudios, no requiriendo la acreditación de contenidos adicionales. (La calificación final del espacio curricular corresponderá a la nota de origen).
b) Equivalencia Parcial: Se otorga cuando el espacio curricular del Plan de Estudios anterior cubre parcialmente los contenidos del espacio curricular del nuevo Plan de Estudios. La aprobación definitiva queda sujeta a la evaluación favorable de los temas complementarios detallados en el Anexo II. (La calificación final del espacio curricular corresponderá a la nota de origen).
c) Correspondencias Múltiples o Combinadas: Se aplicarán cuando la equivalencia, ya sea directa o parcial, requiera la acreditación previa y conjunta de dos o más espacios curriculares del Plan de Estudios anterior. En estos casos, la calificación final del espacio curricular correspondiente será la más alta obtenida entre los espacios curriculares acreditados. Asimismo, cuando un único espacio curricular de origen acredite dos o más espacios curriculares del nuevo Plan de Estudios, la calificación final de cada una de ellas corresponderá a la nota obtenida en el espacio curricular de origen.
d) Sin Correspondencia: Aplica a los nuevos espacios curriculares incorporados en los planes de estudio que no poseen un antecedente en la estructura curricular anterior, o al espacio curricular del plan activo no vigente sin equivalencia asignada en el nuevo plan.
ARTICULO 4°. Establecer que la Secretaría Académica en conjunto con la Dirección de Carrera de Ingeniería Industrial y en función de las estadísticas académicas podrá analizar y proponer modificaciones a la matriz de correspondencia si resultara pertinente.
ARTICULO 5°. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 283/2026
2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ANEXO I
Matriz de Correspondencia Planes de Estudios Ord. N° 110/2004CS Ord. N° 96/2023CS Carrera Ingeniería Industrial
Anexo I – Resol. – CD N° 283/2026 3 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
Referencias (*1): Espacio curricular del Plan de Estudios Ord. 110/2004CS que se corresponde con dos espacios curriculares del Plan de Estudios Ord. 96/2023CS, ambos con equivalencia directa.
ANEXO I –
RESOLUCIÓN – CD N° 283/2026
4 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ANEXO II
El/la estudiante deberá aprobar, en una mesa de examen, los temas complementarios que se especifican en cada caso, si no aprueba el complemento se registrará en el espacio curricular como no aprobado. Estadística Técnica, tema complementario: Estadística para el Análisis y la Toma de Decisiones en Ingeniería Industrial.
ANEXO II –
RESOLUCIÓN – CD N° 283/2026
5 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Académicas | Mostrar 1
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-282 31/08/2026 (Carga: 14/09/2026) |
MENDOZA, 31 AGO 2026
VISTO: El contenido del Expediente: 28085/2026, sobre Instrumentos Académicos Complementarios al Plan de Estudios de la carrera Ingeniería Civil, donde en NOTA 136488/2026 Secretaría Académica de esta Facultad propone la actualización de la matriz de correspondencia que aplica a la efectiva implementación del Plan de Estudios aprobado por Ordenanza N° 095/2023CS;
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 124/2025CD se estableció la matriz de correspondencia de la carrera Ingeniería Civil. Las actualizaciones de la instrumentación académicos complementarios a los Planes de Estudios de las Carreras de Grado. La implementación del nuevo Plan de Estudios de la carrera Ingeniería Civil. Que por lo expuesto corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 124/2025CD y dictar una nueva disposición. Que mediante Resolución Ministerial N° 1549/2021 y los anexos que son parte de la misma se definieron los contenidos curriculares básicos (ANEXO I), la carga horaria mínima (ANEXO II), los criterios de intensidad de la formación práctica (ANEXO III) y los estándares para la acreditación (ANEXO IV) de la carreara «Ingeniería Civil». Que la citada Ordenanza 095/2023CS autoriza al Consejo Directivo a establecer los instrumentos académicos que ordenen las acciones necesarias para beneficiar, con las mejoras introducidas en el nuevo plan de estudios, a la mayor cantidad posible de estudiantes inscriptos en el plan de estudios anterior de la carrera. Que la propuesta de la matriz de correspondencia entre el Plan de Ingeniería Civil, aprobado por Ordenanza N° 003/2003CS y el diseño curricular de la carrera Ingeniería Civil, aprobado Ordenanza N° 095/2023CS se presenta en el Anexo I como una herramienta para el pasaje ordenado de los estudiantes al nuevo plan. Y como Anexo II los temas complementarios que el estudiante deberá aprobar, según cada caso. Que en la propuesta elevada por la Dirección General de la carrera «Ingeniería Civil» se indica que durante el proceso de rediseño curricular se completó la matriz de correspondencia entre planes. Que las solicitudes de cambio de Plan de Estudios se gestionan ante la Dirección de Alumnos de Grado durante los períodos de inscripción a cursadas de marzo y agosto, conforme a lo establecido en el Calendario Académico vigente, se solicita que la aplicación de esta disposición no tenga carácter retroactivo respecto de aquellos estudiantes que hayan tramitado previamente el mencionado cambio de Plan de Estudios. Que la matriz de correspondencia de la carrera Ingeniería Civil fue aprobada por Resolución N° 077/2024CD, que en el año 2025 ante una nueva actualización se dejó sin efecto la citada disposición y se dictó una nueva Resolución (124/2025CD). Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos y aprobado por este Cuerpo en la sesión del día 11 de agosto del año 2026.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1°. Dejar sin efecto, a partir del 31 de agosto de 2026, el contenido de la Resolución N° 124/2025CD por las causales expuestas en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTICULO 2°. Establecer, a partir del 01 de setiembre de 2026, la Matriz de correspondencia entre el Plan de la carrera “Ingeniería Civil", aprobado por Ordenanza N°003/2003CS y el Plan de Ingeniería Civil aprobado por Ordenanza N° 095/2023CS que se detallan en los ANEXOS I y II, que forman parte de la presente Resolución.
ARTICULO 3°. Establecer que, a los efectos de la aplicación de la Matriz de Correspondencia aprobada en el artículo precedente, se reconocerán los siguientes tipos de equivalencia: Resol. – CD N° 282/2026 1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
a) Equivalencia Directa: Se otorga cuando el espacio curricular del Plan de Estudios anterior cubre de manera integral los contenidos mínimos del espacio curricular del nuevo Plan de Estudios, no requiriendo la acreditación de contenidos adicionales. (La calificación final del espacio curricular corresponderá a la nota de origen).
b) Equivalencia Parcial: Se otorga cuando el espacio curricular del Plan de Estudios anterior cubre parcialmente los contenidos del espacio curricular del nuevo Plan de Estudios. La aprobación definitiva queda sujeta a la evaluación favorable de los temas complementarios detallados en el Anexo II. (La calificación final del espacio curricular corresponderá a la nota de origen).
c) Correspondencias Múltiples o Combinadas: Se aplicarán cuando la equivalencia, ya sea directa o parcial, requiera la acreditación previa y conjunta de dos o más espacios curriculares del Plan de Estudios anterior. En estos casos, la calificación final del espacio curricular correspondiente será la más alta obtenida entre los espacios curriculares acreditados. Asimismo, cuando un único espacio curricular de origen acredite dos o más espacios curriculares del nuevo Plan de Estudios, la calificación final de cada una de ellas corresponderá a la nota obtenida en el espacio curricular de origen.
d) Sin Correspondencia: Aplica a los nuevos espacios curriculares incorporados en los planes de estudio que no poseen un antecedente en la estructura curricular anterior, o al espacio curricular del plan activo no vigente sin equivalencia asignada en el nuevo plan.
ARTICULO 4°. Establecer que la Secretaría Académica en conjunto con la Dirección de Carrera de Ingeniería Civil y en función de las estadísticas académicas podrá analizar y proponer modificaciones a la matriz de correspondencia si resultara pertinente.
ARTICULO 5°. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 282/2026
2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ANEXO I
Matriz de Correspondencia Planes de Estudios Ord. N° 03/2003CS Ord. N° 95/2023CS Carrera Ingeniería Civil
Anexo I – Resol. – CD N° 282/2026
3 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
Referencias (*1): Espacio curricular del Plan de Estudios Ord. 03/2003CS que se corresponde con dos espacios curriculares del Plan de Estudios Ord. 95/2023CS, ambos con equivalencia parcial. (*2): Dos espacios curriculares del Plan de Estudios Ord. 03/2003CS que se corresponde con un único espacio curricular del Plan de Estudios Ord. Ord. 95/2023CS. La equivalencia será directa únicamente cuando ambos espacios curriculares del Plan de Estudios aprobado por Ord. N.º 03/2003CS se encuentren debidamente acreditados. ANEXO I –
RESOLUCIÓN – CD N° 282/2026
4 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ANEXO II
El/la estudiante deberá aprobar, en una mesa de examen, los temas complementarios que se especifican en cada caso, si no aprueba el complemento se registrará en el espacio curricular como no aprobado. Arquitectura y Urbanismo, tema complementario: Urbanismo. Geología y Mecánica de Rocas, tema complementario: Geología. Administración y Economía, tema complementario: Administración: conceptos generales, integralidad, alcance, costos y presupuesto. Mecánica de Suelos y Geotecnia, tema complementario: Modelos Geotécnicos. Vías de Comunicación II, tema complementario: Introducción al Diseño y Ejecución de Infraestructura Ferroviaria. Legislación y Ética Profesional, tema complementario: Ética. Gestión de Proyectos: en caso de no contar como APROBADO el Espacio Curricular Optativo Administración de Proyectos y Operaciones, el/la estudiante deberá aprobar los temas complementarios: Conceptos y aplicaciones vinculados a la Gestión Integral de Proyectos y Obras.
ANEXO II –
RESOLUCIÓN – CD N° 282/2026
5 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Académicas | Mostrar 1
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FI-2026-RES-583 28/08/2026 (Carga: 15/09/2026) |
MENDOZA, 28 AGO 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 32103/2026, en las que Secretaría Académica solicita incorporar al alumno Matías Exequiel BARIFFUZA GENTILE al Programa de Fortalecimiento y Apoyo de las trayectorias educativas de la Facultad;
CONSIDERANDO: Que la incorporación del estudiante mencionado se realiza dentro de los términos del programa FATEFI, aprobado por Resolución Nº 144/2022CD y la delegación del Cuerpo dispuesta en el Artículo 2º de la presente Resolución. Lo informado por Secretaría Académica, Dirección General de la Carrera de Ingeniería Civil y Dirección de Asuntos Estudiantiles.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Incorporar al Programa de Fortalecimiento y apoyo de las trayectorias educativas de la Facultad de Ingeniería (FATEFI), al alumno Matías Exequiel BARIFFUZA GENTILE – Legajo 13.165 , conforme los términos definidos en el ANEXO I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Notificar, para su efectiva implementación, al señor BARIFFUZA GENTILE a efectos de tomar conocimiento y prestar conformidad a los términos y condiciones de ANEXO I.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 583/2026
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ANEXO I
Estudiante: BARIFFUZA GENTILE, Matías Exequiel Legajo: 13.165 Año de ingreso: 2019 Carrera: Ingeniería Civil Plan de Estudios: Ordenanzas Nros. 01/2003CD y 03/2003CS
Se autoriza al estudiante: 1) El cursado del espacio curricular “Obras Hidráulicas I” en carácter de alumno condicional durante el segundo semestre del ciclo lectivo 2026. 2) La inscripción en las mesas especiales del segundo semestre del calendario académico 2026 para rendir el espacio curricular “Hidráulica General”. 3) De aprobar el espacio curricular en las condiciones del punto 2) se autoriza registrar en SIU GUARANÍ la inscripción y situación alcanzada en el espacio curricular “Obras Hidráulicas I”. Condiciones: 1) Cumplir con el resto de las exigencias establecidas por el régimen de correlatividades dispuesto por Resolución Nº 266/2014CD y el régimen académico de la Ordenanza Nº 002/2021CD.
Compromisos que asume el estudiante: 1) Aprobar en las mesas especiales del segundo semestre del calendario académico 2026 el espacio curricular “Hidráulica General”. 2) Dar respuesta y cumplimentar todo aquello que le sea solicitado en el marco del seguimiento del programa FATEFI y de los términos particulares de la presente Resolución. 3) En caso de no dar cumplimiento a los compromisos asumidos, el estudiante no podrá solicitar nuevamente ser incorporado al programa de fortalecimiento y apoyo de las trayectorias educativas de la Facultad de Ingeniería (FATEFI).
ANEXO I –
RESOLUCIÓN – FI Nº 583/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Alumnos de grado | Mostrar 1
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FI-2026-RES-582 28/08/2026 (Carga: 15/09/2026) |
MENDOZA, 28 AGO 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 32104/2026, en las que Secretaría Académica solicita incorporar al alumno Isael Jesús GOMEZ al Programa de Fortalecimiento y Apoyo de las trayectorias educativas de la Facultad;
CONSIDERANDO: Que la incorporación del estudiante mencionado se realiza dentro de los términos del programa FATEFI, aprobado por Resolución Nº 144/2022CD y la delegación del Cuerpo dispuesta en el Artículo 2º de la presente Resolución. Lo informado por Dirección General de la carrera de Arquitectura y Dirección de Asuntos Estudiantiles.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Incorporar al Programa de Fortalecimiento y apoyo de las trayectorias educativas de la Facultad de Ingeniería (FATEFI), al alumno Isael Jesús GOMEZ Legajo 14.817 , conforme los términos definidos en el ANEXO I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Notificar, para su efectiva implementación, al señor GOMEZ a efectos de tomar conocimiento y prestar conformidad a los términos y condiciones de ANEXO I.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 582/2026
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ANEXO I
Estudiante: GOMEZ, Isael Jesús Legajo: 14.817 Año de ingreso: 2024 Carrera: Arquitectura Plan de Estudios: Ordenanzas Nros. 08/2017CD y 124/2017CS
Se autoriza al estudiante: 1) El cursado del espacio curricular “Instalaciones II Acondicionamiento Artificial” en carácter de alumno condicional durante el segundo semestre del ciclo lectivo 2026. 2) La inscripción en la mesa especial de octubre del calendario académico 2026 para rendir el espacio curricular “Instalaciones IAcondicionamiento Natural”. 3) De aprobar el espacio curricular en las condiciones del punto 2) se autoriza continuar el cursado del espacio curricular “Instalaciones II Acondicionamiento Artificial”, registrando en SIU GUARANÍ la inscripción y situación alcanzada.
Condiciones: 1) Cumplir con el resto de las exigencias establecidas por el régimen de correlatividades dispuesto por Resolución N° 065/2026CD y el régimen académico de la Ordenanza N° 002/2021CD.
Compromisos que asume el estudiante: 1) Aprobar en la mesa especial de octubre del calendario académico 2026 el espacio curricular “Instalaciones I Acondicionamiento Natural” para continuar con el cursado del espacio curricular “Instalaciones II Acondicionamiento Artificial”. 2) Dar respuesta y cumplimentar todo aquello que le sea solicitado en el marco del seguimiento del programa FATEFI y de los términos particulares de la resolución correspondiente. 3) En caso de no dar cumplimiento a los compromisos asumidos, el estudiante no podrá solicitar nuevamente ser incorporado al programa de fortalecimiento y apoyo de las trayectorias educativas de la Facultad de Ingeniería (FATEFI).
ANEXO I –
RESOLUCIÓN – FI Nº 582/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Alumnos de grado | Mostrar 1
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FI-2026-RES-581 28/08/2026 (Carga: 15/09/2026) |
MENDOZA, 28 AGO 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 32105/2026, en las que Secretaría Académica solicita incorporar a la alumna Ana Paula FERREYRA al Programa de Fortalecimiento y Apoyo de las trayectorias educativas de la Facultad;
CONSIDERANDO: Que la incorporación de la estudiante mencionada se realiza dentro de los términos del programa FATEFI, aprobado por Resolución Nº 144/2022CD y la delegación del Cuerpo dispuesta en el Artículo 2º de la presente Resolución. Lo informado por Dirección General de la carrera de Arquitectura y Dirección de Asuntos Estudiantiles.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Incorporar al Programa de Fortalecimiento y apoyo de las trayectorias educativas de la Facultad de Ingeniería (FATEFI), a la alumna Ana Paula FERREYRA – Legajo 14.216 , conforme los términos definidos en el ANEXO I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Notificar, para su efectiva implementación, a la señorita FERREYRA a efectos de tomar conocimiento y prestar conformidad a los términos y condiciones de ANEXO I.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 581/2026
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ANEXO I
Estudiante: FERREYRA, Ana Paula Legajo: 14.216 Año de ingreso: 2022 Carrera: Arquitectura Plan de Estudios: Ordenanzas Nros. 08/2017CD y 124/2017CS
Se autoriza a la estudiante:
1) El cursado de los espacios curriculares “Instalaciones III”, “Vivienda de Interés Social”, “Crítica de la Arquitectura” y “Modelización Digital” en carácter de alumna condicional durante el segundo semestre del ciclo lectivo 2026. 2) La inscripción en las mesas especiales del segundo semestre del calendario académico 2026 para rendir el espacio curricular “Historia de la Arquitectura II”. 3) De aprobar el espacio curricular en las condiciones del punto 2) se autoriza continuar el cursado de los espacios curriculares “Instalaciones III”, “Vivienda de Interés Social”, “Crítica de la Arquitectura” y “Modelización Digital”, registrando en SIU GUARANÍ la situación alcanzada.
Condiciones: 1) Cumplir con el resto de las exigencias establecidas por el régimen de correlatividades dispuesto por Resolución N° 065/2026CD y el régimen académico de la Ordenanza N° 002/2021CD.
Compromisos que asume la estudiante: 1) Aprobar en las mesas especiales del segundo semestre del calendario académico 2026 el espacio curricular “Historia de la Arquitectura II” para continuar con el cursado de los espacios curriculares “Instalaciones III”, “Vivienda de Interés Social”, “Crítica de la Arquitectura” y “Modelización Digital”. 2) Dar respuesta y cumplimentar todo aquello que le sea solicitado en el marco del seguimiento del programa FATEFI y de los términos particulares de la resolución correspondiente. 3) En caso de no dar cumplimiento a los compromisos asumidos, la estudiante no podrá solicitar nuevamente ser incorporada al programa de fortalecimiento y apoyo de las trayectorias educativas de la Facultad de Ingeniería (FATEFI).
ANEXO I –
RESOLUCIÓN – FI Nº 581/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Alumnos de grado | Mostrar 1
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FI-2026-RES-580 28/08/2026 (Carga: 15/09/2026) |
MENDOZA, 28 AGO 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 32224/2026, en las que el docente Mariano Gabriel LOPEZ GARCIA eleva la renuncia al Adicional por Carácter Crítico de la Función, a partir del 01 de agosto del año 2026;
CONSIDERANDO: Las razones expuestas. Que el citado adicional fue otorgado por Resolución Nº 345/2026FI, hasta el 31 de agosto del año 2026. Lo informado por Dirección General de la carrera de Ingeniería en Petróleo, Secretaría Académica y Secretaría Administrativa Económica Financiera.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Dar de baja, el Adicional por Carácter Crítico de la Función otorgado al docente Mariano Gabriel LOPEZ GARCIA (Legajo 30.777), a partir a partir del 01 de agosto del año 2026, que le fuera otorgado por Resolución Nº 345/2026FI.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 580/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-281 28/08/2026 (Carga: 15/09/2026) |
MENDOZA, 28 AGO 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 32203/2026, en las que la Decana de esta Facultad, Ing. Patricia Susana INFANTE, eleva la propuesta de tres Consejeros Reemplazantes para los casos de vacancia, conforme a lo previsto en el Artículo Nº 38 del Estatuto Universitario;
CONSIDERANDO: Lo establecido en la Ordenanza Nº 008/2014 del Consejo Superior que aprueba el texto correspondiente al Reglamento de Reemplazo por Vacancia de Rector/a, Vicerrector/a, Decano/a, Vicedecano/a. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del día 25 de agosto del año 2026.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar, TRES (3) Consejeros Reemplazantes para los casos de vacancia contemplados en el Artículo 38º del Estatuto Universitario, según el Reglamento de Reemplazo por Vacancia de Rector/a, Vicerrector/a, Decano/a, Vicedecano/a, con el siguiente orden de prelación:
1º. CRISAFULLI, Francisco Javier DNI Nº 14.781.243 2º. RODRIGUEZ, Sara DNI Nº 16.114.056 3º. VILLODAS, Ángel Rubén DNI Nº 16.114.063
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 281/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||