Digesto
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15933 Normativas
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CD-2020-RES-083 16/12/2020 (Carga: 30/11/2021) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 10651/2020, en la que la Ing. María Florencia CODINA, solicita se otorgue la baja como alumna de la carrera de posgrado “Doctorado en Ingeniería”; y:
CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 297/2010CD, la alumna fue autorizada a inscribirse en la mencionada carrera de posgrado. Lo informado por la Dirección General de Posgrado. Lo dispuesto por la Resolución Nº 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión ordinaria, en la modalidad a distancia, del día 06 de octubre de 2020.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Dar de baja, en calidad de alumna regular, de la carrera de posgrado “Doctorado en Ingeniería” a la Ing. María Florencia CODINA (DNI N° 31.123.931), a partir del 01 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 083/2020
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2020-RES-083 16/12/2020 (Carga: 8/03/2021) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 10651/2020, en la que la Ing. María Florencia CODINA, solicita se otorgue la baja como alumna de la carrera de posgrado “Doctorado en Ingeniería”; y:
CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 297/2010CD, la alumna fue autorizada a inscribirse en la mencionada carrera de posgrado. Lo informado por la Dirección General de Posgrado. Lo dispuesto por la Resolución Nº 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión ordinaria, en la modalidad a distancia, del día 06 de octubre de 2020.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Dar de baja, en calidad de alumna regular, de la carrera de posgrado “Doctorado en Ingeniería” a la Ing. María Florencia CODINA (DNI N° 31.123.931), a partir del 01 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 083/2020
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2020-RES-082 16/12/2020 (Carga: 13/05/2021) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: El contenido de la NOTA – CUY: 9376/2020, en la que la Dirección de la carrera de Posgrado “Maestría en Logística”, eleva la nómina de profesionales seleccionados para cursar la misma; y:
CONSIDERANDO: Las disposiciones de la Ordenanza N° 49/2003CS y la Resolución N° 160/2011Ministerio de Educación de la Nación. Lo informado por el Comité Académico de la citada Maestría y la Dirección General de Posgrado. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) y 8) del Estatuto Universitario Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión ordinaria, en la modalidad a distancia, del día 06 de octubre del año 2020.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, a Dirección General de Posgrado de esta Casa, a inscribir como alumnos de la carrera de Posgrado “Maestría en Logística” a los siguientes profesionales, de acuerdo al Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 95/2010CS y la Resolución N° 4289/2017ME, correspondientes a la 21ra. Cohorte:
CICLO LECTIVO 2020 . LOPEZ GIL, Manuel Alejandro DNI: 37.737.373 . ARANCIBIA GAMBOA, Camila Stephanie CI 18.783.5755 . ARGONES, Ezequiel Edgardo DNI: 27.298.269 . ARGUMEDO DUSSEL, Marcos DNI: 31.549.137 . ATENCIO, Marcelo Ismael DNI: 34.237.738 . CARDINALI, Andrés DNI: 29.176.131 . ETCHEGOYEN, Javier Oscar DNI: 17.011.970 . GALIANA, Agustina Micaela DNI: 37.519.068 . GARCIA GUTIÉRREZ, Adriana Katherine CI 0918503434 . GARCIA, Miguel Rubén DNI: 21.369.556 . GONZÁLEZ, Melisa Viviana DNI: 31.284.900 . GRUMELLI, Guillermo Maximiliano DNI: 20.002.452 . MARTÍNEZ, Alejandro Daniel DNI: 37.518.183 . MONJE BOTTINO, Mauro Damián DNI: 27.079.590 . OJEDA, Fernando Martín DNI: 25.176.166 . PADILLA, Pablo Guillermo Jesús DNI: 28.749.000 . PEREIRA, Luis Pablo DNI: 29.617.075 . SENA, Néstor Fabián DNI: 18.299.882 . TEJADA, María Belén DNI: 30.802.549 . VIVALDELLI, Pablo Agustín DNI: 36.766.949 . WILDE, Mauricio DNI: 27.144.806
Resol. – CD N° 082/2020
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
ARTÍCULO 2º. Otorgar a los profesionales detallados en el Artículo 1º de la presente Resolución un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumplan con la presentación, en Dirección General de Posgrado de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 082/2020
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2020-RES-080 16/12/2020 (Carga: 4/01/2021) |
► 2020: AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
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RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: El contenido del EXPCUY: 6396/2020, en el que el Señor Secretario Académico eleva propuesta del Calendario Académico de la Facultad de Ingeniería para el año 2021, y:
CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto por el artículo 86 del Estatuto Universitario, la Facultad debe confeccionar su Calendario Académico. Que, a los fines de cumplir con los Planes de Estudios de las carreras de Ingeniería, Arquitectura y Licenciatura en Ciencias de la Computación, en modalidad presencial, se prevé un mínimo de quince semanas de clases. Que se han contemplado los feriados establecidos por el Ministerio del Interior y el Calendario Académico de la Universidad Nacional de Cuyo. Que, a los efectos de lograr un adecuado rendimiento académico de los estudiantes, resulta necesario disponer de tiempo suficiente entre turnos de exámenes. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R del Rector, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CS del Consejo Superior; y lo dispuesto por la Resolución N° 044/2020FI del Decano, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD del Consejo Directivo. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 15 de diciembre del año 2020. Lo dispuesto por el artículo 34, inc. 2) y 11) del Estatuto Universitario. En uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Establecer para el Ciclo Lectivo 2021 el CALENDARIO ACADÉMICO que se detalla en el Anexo I y el CALENDARIO DE EXÁMENES que se detalla en los Anexos II y III, los que forman parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2. Establecer que, mientras tengan vigencia las medidas de aislamiento / distanciamiento social preventivo y obligatorio, la Dirección de Alumnos de Grado dé curso a la inscripción para rendir las asignaturas en condición de regular, NOVENTA Y SEIS (96) horas antes de la fecha de cierre de inscripción al examen final correspondiente. Una vez levantadas las medidas de aislamiento / distanciamiento social preventivo y obligatorio, se dé curso a la inscripción, como mínimo, NOVENTA Y SEIS (96) horas antes de la fecha del examen final correspondiente.
ARTÍCULO 3. La presente resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo
ARTÍCULO 4. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
Sra. Elisabeth Nancy Dr. Ing. Aníbal Edmundo Ing. Daniel Santiago GONZÁLEZ MIRASSO FERNÁNDEZ A/C Directora General Administrativa Secretario Académico Decano Facultad de Ingeniería Facultad de Ingeniería Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RES. N° 080/2020CD _ _ _ _ 1 de 4
► 2020: AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
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RESOLUCIÓN DIGITAL
ANEXO I CALENDARIO ACADÉMICO 20212022
Cursado Primer Semestre
Cursado de Asignaturas Primer Semestre Período de Período de Inscripción Entrega de planillas Inscripción Cursado Presentación de Para todas 29/03/21 al 29/03/21 al Certificación de Trabajos Prácticos y Promoción las Carreras 09/04/21 03/07/21 Directa por los Docentes: Hasta el 03/07/21
Receso académico invernal: En coincidencia con lo que disponga la Dirección General de Escuelas del Gobierno de Mendoza.
Cursado Segundo Semestre
Cursado de Asignaturas del Segundo Semestre Período de Período de Inscripción Entrega de planillas Inscripción Cursado Presentación de Para todas 02/08/21 al 02/08/21 al Certificación de Trabajos Prácticos y Promoción las Carreras 13/08/21 06/11/21 Directa por los Docentes: Hasta el 06/11/21
Receso académico estival: Cuarenta y cinco (45) días, a definir entre el 20 de diciembre de 2021 y el 16 de febrero de 2022, teniendo en cuenta las mesas de exámenes finales de diciembre y de febrero.
Actividades especiales establecidas por Resolución de Calendario Académico UNCUYO Son días de eximición a las actividades académicas, para los casos que se indica, en las fechas a establecer en lo referente a: a) Bienvenida a los estudiantes ingresantes a Primer Año, sin actividades obligatorias a partir de las 12 horas para los estudiantes de primer año. b) Jornadas Institucionales obligatorias con la participación de docentes, estudiantes y personal de apoyo académico. c) Expo Educativa Central, eximir a los docentes y estudiantes de obligaciones académicas (parciales y finales) durante esos días. d) Expo Educativa Regionales sin actividades obligatorias para la participación de docentes, estudiantes y Personal de Apoyo académico, que participan en la Expo.
ANEXO I. RES. N° 080/2020CD _ _ _ _ 2 de 4
► 2020: AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
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RESOLUCIÓN DIGITAL
ANEXO II EXÁMENES FINALES
Plazo de inscripción y anulación de inscripción a exámenes finales (Resolución N° 043/2016CD) Cuando la inscripción al examen final se haga de manera personal y presencial, deberá realizase durante las 48 horas hábiles anteriores a la constitución de la mesa examinadora correspondiente, en el horario de atención al público. Cuando la inscripción al examen final se haga a través del sistema SIU GUARANI, deberá realizarse durante las 72 horas hábiles anteriores al examen correspondiente. Las anulaciones de las inscripciones, sea de manera personal presencial o a través del sistema SIU GUARANI, se podrán realizar hasta la hora 09:00 del día hábil anterior de la mesa examinadora. ASPO/DISPO: Mientras tengan vigencia las medidas de aislamiento/distanciamiento social preventivo y obligatorio, regirá lo dispuesto por Resolución N° 045/2020FI o la que la reemplace en su defecto.
Fechas y letras sorteadas para definir el orden de llamado en los exámenes finales
Cuadro AII.1. Fechas y letras sorteadas de llamados a mesas ordinarias y especiales. Orden Mesas Ordinarias: Período de exámenes Letra sorteada Llamados 1° Exámenes 1° Llamado 26/07/21 al 31/07/21 J 2° Exámenes 2° Llamado 15/11/21 al 20/11/21 V 3° Exámenes 3° Llamado 29/11/21 al 4/12/21 E 4° Exámenes 4° Llamado 13/12/21 al 18/12/21 Q 5° Exámenes 5° Llamado 07/02/22 al 12/02/22 B 6° Exámenes 6° Llamado 21/02/22 al 26/02/22 S 7° Exámenes 7° Llamado 07/03/22 al 12/03/22 L 8° Exámenes 8° Llamado 21/03/22 al 26/03/22 G
Orden Mesas Especiales: Período de exámenes Letra sorteada Llamados 1° Mayo 2021 17/05/21 al 22/05/21 O 2° Setiembre 2021 27/09/21 al 02/10/21 C
Con carácter excepcional, teniendo en cuenta la situación particular de pandemia por COVID19, y el impacto que ha causado y que causa en el desarrollo del cursado y evaluaciones de las actividades curriculares, se habilitarán las mesas especiales de exámenes finales del cuadro precedente, procurando que la reducción del período de cursado, en este contexto particular de pandemia, se vea afectado de menor modo posible.
ANEXO II. RES. N° 080/2020CD _ _ _ _ 3 de 4
► 2020: AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
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RESOLUCIÓN DIGITAL
Rendimiento Académico 2020 A los efectos del cálculo del Rendimiento Académico Negativo (RAN), regido por las Ordenanzas N° 024/2007CS y 045/2016CS, no se computará el año académico 2020, que va desde el 1 de abril de 2020 hasta 31 de marzo de 2021.
Egresados Promoción 2020. Abanderados y Escoltas 2021 y Selección de alumnos de Ingeniería en Mecatrónica 2021. A tal fin se incluirán las asignaturas aprobadas hasta el 31 de marzo de 2020.
ANEXO II. RES. N° 080/2020CD _ _ _ _ 4 de 4
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CD-2020-ORD-004 16/12/2020 (Carga: 2/03/2021) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
ORDENANZA DIGITAL
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 6414/2020, en las que el Director General de la carrera Ingeniería en Mecatrónica, Mgtr. Ing. Eduardo Enrique IRIARTE propone crear Áreas para agrupar las asignaturas específicas de la citada carrera; y:
CONSIDERANDO: Que la carrera Ingeniería en Mecatrónica se creó incorporando asignaturas de las ingenierías preexistentes en la Facultad de Ingeniería. Que la Dirección General de la carrera Ingeniería en Mecatrónica, durante 2015, mantuvo reuniones y consultas con el Cuerpo Docente de la misma, y coincidieron en agrupar todas las asignaturas específicas de la carrera en una única área denominada “Mecatrónica”, luego denominada “Sistemas Mecatrónicos”. Que, posteriormente se analizó la conveniencia de desagregar dicha Área en grupos más específicos, para facilitar tareas de articulación de contenidos y constituir comisiones para concursos docentes. Que las Áreas constituidas son cercanas, pero no coincidentes con las que se consideran áreas disciplinares básicas de la Mecatrónica; a saber: Mecánica, Electrónica, Informática/Computación y Control. Que sólo se tuvo en cuenta aquellas asignaturas que no forman parte de las áreas existentes en la Facultad de Ingeniería, con antecedentes en Ordenanzas N° 005/2002CD; N° 002/2011CD; y N° 001/2017CD. El Reglamento que establece el funcionamiento de Áreas en esta Facultad, aprobado por Ordenanza N° 005/2002CD. El Plan de Estudios de la carrera Ingeniería en Mecatrónica, aprobado por Ordenanza N° 033/2009CS, con reconocimiento oficial y consecuente validez nacional del título dispuesta por Resolución N° 552/2010ME. Lo informado por Secretaría Académica. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 15 de diciembre de 2020. En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA ORDENA:
ARTÍCULO 1°. Disponer el Agrupamiento en Áreas de las Asignaturas específicas del Plan de Estudios de la carrera “Ingeniería en Mecatrónica”, aprobado por Ordenanza N° 033/2009CS, con reconocimiento oficial y consecuente validez nacional del título dispuesta por Resolución N° 552/2010ME, el que como ANEXO I forma parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2º. La presente Ordenanza que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Ordenanzas.
ORDENANZA CD N° 004/2020
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
ORDENANZA DIGITAL
ANEXO I
ÁREA 18: ELEMENTOS FÍSICOS DE SISTEMAS MECATRÓNICOS
01 Concepción y Fabricación Asistida por Computador 02 Materiales 03 Producmática
ÁREA 19: SOPORTE FÍSICO Y LÓGICO DE SISTEMAS MECATRÓNICOS
01 Automatismos Industriales 02 Informática 03 Microcontroladores y Electrónica de Potencia 04 Programación Orientada a Objetos 05 Sistemas Neumáticos e Hidráulicos
ÁREA 20: MODELADO Y CONTROL DE SISTEMAS MECATRÓNICOS
01 Automática y Máquinas Eléctricas 02 Inteligencia Artificial I 03 Inteligencia Artificial II 04 Mecánica Vibratoria 05 Realidad Virtual 06 Sistemas de Automatización
ÁREA 21: INTEGRACIÓN DE SISTEMAS MECATRÓNICOS
01 Autómatas y Control Discreto 02 Control y Sistemas 03 Robótica I 04 Robótica II
ANEXO I –
ORDENANZA CD N° 004/2020
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2020-ORD-003 16/12/2020 (Carga: 18/03/2021) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: El EXPCUY: 6257/2020, en el que obran las actuaciones referidas a la modificación del Plan de Estudios de la carrera de posgrado “Doctorado en Ingeniería”, aprobado por Ordenanza Nº 039/1996CS;
CONSIDERANDO: Que esta presentación se lleva a cabo en el marco de la 5ta Convocatoria de Evaluación y Acreditación de Carreras de Posgrado en funcionamiento para el área disciplinar CIENCIAS APLICADAS convocada por CONEAU para el 2021. Que el presente proyecto cuenta con la evaluación favorable del Área de Evaluación Curricular y Acreditación de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado de la UNCuyo y de la Subcomisión del Consejo Asesor Permanente de Posgrado de la UNCuyo. Lo informado por Dirección General de Posgrado y el Comité de la carrera de posgrado “Doctorado en Ingeniería”. Lo establecido en las Ordenanzas Nros. 49/03CS, 43/06CS y la Resolución N° 160/2011ME. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 15 de diciembre de 2020.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA ORDENA:
ARTÍCULO 1°. Aprobar las modificaciones del Plan de Estudios de la Carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería” en el ámbito de la Facultad de Ingeniería, establecido por Ordenanza N° 39/96CS, las que como ANEXO I y ANEXO II forman parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2°. Las modificaciones aprobadas en el artículo precedente, entrarán en vigencia a partir de la emisión de la Resolución de Acreditación por parte de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, los estudiantes que inicien la carrera a partir de entonces, lo harán con el nuevo Plan de Estudios de la carrera, obrante en el ANEXO I que forma parte de la presente norma.
ARTÍCULO 3°. Disponer, para los estudiantes que se encuentran cursando la Carrera, la aplicación del Plan de Transición obrante en el ANEXO II, que forma parte de la presente norma.
ARTÍCULO 4°. Derogar progresivamente la Ordenanza N° 01/1996CD, ratificada por Ordenanza N° 39/1996CS.
ARTÍCULO 5°. Solicitar al Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo la consideración y ratificación de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 6°. La presente Ordenanza que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 7°. Comuníquese y archívese en el Libro de Ordenanzas.
ORDENANZA – CD Nº 003/2020
1 de 8 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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ANEXO I
DOCTORADO EN INGENIERÍA
Plan de Estudios 1. INTRODUCCIÓN La Carrera de Doctorado en ingeniería surge como una necesidad de ofrecer formación académica de postgrado en ingeniería, con niveles de excelencia, en el ámbito regional, provincial y en particular dentro de Ia Universidad Nacional de Cuyo (UNCUYO). La presente Carrera enfatiza el desarrollo de un trabajo de investigación que pueda constituir una Tesis original y de excelencia académica. Atributos a ser garantizados por el único medio considerado válido: tribunal examinador con excelencia académica, el juicio de los pares, expresado a través de referatos a publicaciones y conferencias, con nivel internacional. Por otro lado, y dadas las características puramente académicas del grado de Doctor en ingeniería (título no habilitante), se motivará a los doctorados a desarrollar una gran vocación por Ia investigación científica, y se estima como indispensable Ia inserción de los mismos en laboratorios o grupos de trabajo de excelencia. Asimismo, se espera que el grupo de doctorandos interesado en esta Carrera, provenga de distintas áreas de las Ingenierías o Ciencias afines, y por ello Ia Carrera está planteada como genérica, no especializada. La formación del cuerpo de profesores (con títulos máximos en ingeniería o Ciencias afines) garantiza, por otro lado, Ia excelencia académica en el dictado de clases y Ia dirección de las Tesis
2. FUNDAMENTACIÓN Esta carrera otorga el grado académico máximo de la Universidad Nacional de Cuyo. A través de la Facultad de Ingeniería, se propone brindar aportes originales en aspectos básicos y aplicados de las Ciencias de la Ingeniería. La carrera se fundamenta en Ia necesidad de ofrecer a los profesionales de ingeniería y ciencias afines Ia oportunidad de ampliar sus conocimientos a través de una carrera de postgrado de alto nivel. Esta formación es, al presente, requerida por un grupo creciente de profesionales con vocación en investigación, desarrollo científico y tecnológico y docencia que se desempeñan en el medio local y nacional. La carrera del doctorado en ingeniería es una manera de fomentar y contribuir a Ia participación en docencia con el más alto nivel y en Ia investigación básica como la aplicada en el ámbito científico y tecnológico a través del ensanchamiento de las fronteras del conocimiento y el aporte de soluciones creativas a los problemas de la sociedad. Esta carrera es sustentada por una masa crítica considerable de Doctores especializados en distintas áreas de conocimiento con prestigio internacional y con una destacada trayectoria en investigación y formación de recursos humanos radicados en la región y por la extensa infraestructura provista por la Universidad Nacional de Cuyo. Es importante mencionar que la carrera desde sus comienzos en 1996 ha tenido un impacto importantísimo en cuanto a la provisión de profesionales especializados actualmente desempeñándose en la industria local y como docentes investigadores Anexo I – Ord. – CD N° 003/2020 2 de 8 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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con el más alto nivel de formación aportando al crecimiento de la ciencia en nuestro país. Por lo expuesto se considera de suma importancia dar continuidad a la carrera de posgrado DOCTORADO EN INGENIERÍA como una oferta educativa determinante en la región.
3. TÍTULO QUE OTORGA LA CARRERA Doctor/a en Ingeniería otorgado por la Universidad Nacional de Cuyo.
4. OBJETIVOS DE LA CARRERA
El objetivo principal de Ia presente Carrera “Doctorado en Ingeniería” es:
Formar doctores en el estado del conocimiento de cualquiera de las áreas de la Ingeniería con el mayor nivel académico.
Ello implica tener objetivos específicos tales como:
Formar recursos humanos capaces de analizar y proponer soluciones de problemas complejos, tendientes a Ia satisfacción de las necesidades de Ia industria y sociedad coherentes con el avance tecnológico. Formar recursos humanos en docencia e investigación que enriquezcan el sistema Científico Académico en el área de Ias ingenierías y que contribuyan al mejoramiento de su enseñanza. Contribuir a ampliar las fronteras del conocimiento, por medio deI desarrollo de la investigación científica y tecnológica.
5. PERFIL DEL EGRESADO El doctor egresará con las siguientes competencias como mínimo:
Habilidad y capacidad para formular, dirigir y ejecutar en forma independiente proyectos de investigación originales. Capacidad para divulgar resultados de su investigación a la comunidad científica y académica a través de publicaciones y congresos de la especialidad. Capacidad para implementar transferencia de tecnología a través de mecanismos de innovación y nuevas tecnologías en el ámbito de las Ingenierías o Ciencias afines. Capacidad para identificar y resolver en forma autónoma problemas originales en su área de especialización. Capacidad para liderar e interactuar con grupos interdisciplinarios de investigación en Ingeniería o Ciencias afines. Capacidad para formar recursos humanos de calidad en su área de especialización. Capacidad para brindar servicio de asesoramiento y consultoría en su área de experticia. Capacidad para diseñar políticas en investigación y desarrollo, tanto del sector público como privado.
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6. ORGANIZACIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS La Carrera de Doctorado en Ingeniería propone un plan de estudios semiestructurado con modalidad presencial, flexible respecto a las asignaturas electivas que el doctorando y director de tesis decidan incorporar en el itinerario curricular del doctorando. El estudiante deberá acreditar como mínimo un total de 400 horas reloj de cursos aprobados, distribuidas en dos (2) módulos, más la elaboración y aprobación de una Tesis Doctoral.
Módulo I Básico: es estructurado y consta de tres asignaturas obligatorias (Total 180 hs). Tiene como objeto construir un soporte básico sobre el que se sustentará la formación académica específica del Doctorando desarrollada en el Módulo II. Módulo II Específico: es personalizado y consta de asignaturas electivas y actividades de investigación (cursos, pasantías, etc.) definidas en el plan de trabajo aprobado por el Comité Académico de la Carrera (Con un mínimo de 220 hs reloj de cursos aprobados). Tiene como objeto ampliar la formación académica del Doctorando en temas específicos vinculados a su trabajo de investigación. Cada curso realizado y aprobado por cada doctorando deberá ser analizado y aprobado por el Comité Académico, para garantizar el nivel, profundidad y pertinencia al plan de doctorado específico de cada doctorando. Elaboración y defensa oral y pública del trabajo de Tesis Doctoral. La Carrera de Doctorado culmina con la presentación escrita de una Tesis de Doctorado original y la defensa oral y pública de su trabajo de investigación.
7. DURACIÓN La Carrera de Doctorado en Ingeniería tiene una duración máxima de cinco (5) años. La duración podrá ser prorrogada supeditado a la aprobación del Comité Académico.
8. ESPACIOS CURRICULARES
MÓDULOS Y ESPACIOS Carga CURRICULARES Horaria [hs] Teóricas Prácticas Totales MÓDULO I: BÁSICO ASIGNATURAS OBLIGATORIAS Metodología de la Investigación Científica 50 10 60 Métodos Matemáticos 45 15 60 Métodos Numéricos I 45 15 60 Total de horas Módulo I 180 MÓDULO II: PERSONALIZADO ASIGNATURAS ELECTIVAS Total de horas Módulo II 220 TOTAL DE HORAS 400
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MÓDULO I: BÁSICO
Espacio Curricular: Metodología de la Investigación Científica o Carácter: obligatorio o Carga horaria: 60 hs o Objetivos: ▪ Comprender conceptualmente las características sustantivas de la actividad científica y tecnológica, y su repercusión en la sociedad. ▪ Analizar los métodos a aplicar en el desarrollo de la actividad de investigación. ▪ Comprender el proceso para diseñar, desarrollar y comunicar un proyecto de investigación básica y/o aplicada en el ámbito de las Ingenierías, incluido la tesis doctoral. ▪ Conocer los requerimientos para la elaboración y divulgación de resultados producto de la investigación científica (artículos científicos, tesis, exposiciones, etc.). o Contenidos mínimos: Introducción a la epistemología. Relación entre ciencia y la sociedad. Dimensiones éticas de la ciencia. El conocimiento científico. Metodología de la investigación. El marco teórico. Objetivos e hipótesis. Revisión bibliográfica. Diseño de experimentos. Observación. Muestreo. La recolección y el procesamiento de los datos. Análisis de los resultados. Producto de la Investigación. Indicadores e índices. Publicaciones. Taller sobre formulación de proyecto y tesis.
Espacio Curricular: Métodos Matemáticos o Carácter: obligatorio o Carga horaria: 60 hs o Objetivos: ▪ Unificar, ampliar y relacionar los contenidos de las asignaturas formativas en matemáticas estudiadas durante el pregrado, con el objetivo de utilizarlas en Ia resolución de problemas de ingeniería en el transcurso del Doctorado o Contenidos mínimos: Introducción al cálculo de variaciones. Mínimo de un funcional cuadrático. Ecuaciones diferenciales en derivadas parciales de segundo orden. Ecuaciones de tipo elíptico., hiperbólico y parabólico.
Espacio Curricular: Métodos Numéricos I o Carácter: obligatorio o Carga horaria: 60 hs o Objetivos: ▪ Reforzar en el conocimiento y utilización de métodos numéricos modernos orientados a la resolución de problemas de ciencia e ingeniería. o Contenidos mínimos: Aritmética con punto flotante en Ia Computadora. Raíces de ecuaciones de una variable, interpolación, integración y diferenciación numérica. Cuadratura numérica. Solución de sistemas de ecuaciones lineales. Autovalores y autovectores. Descomposición en valores singulares (SVD). Ecuaciones diferenciales ordinarias.
Anexo I – Ord. – CD N° 003/2020 5 de 8 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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MÓDULO II: PERSONALIZADO
o Carácter: obligatorio o Carga horaria total: 220hs o Objetivos: ▪ Formar académicamente al Doctorando en temas vinculados a su trabajo de Tesis Doctoral. Los espacios curriculares seleccionados en conformidad con el Director de tesis serán propuestos a través del Plan de Trabajo que deberá ser aprobado por el Comité Académico de la Carrera de acuerdo a la reglamentación de la carrera.
TESIS
o Carácter: obligatorio o Objetivo general: ▪ Realizar un aporte original al estado de conocimiento de la Ingeniería, donde se reflejen las capacidades desarrolladas por el doctorando en lo metodológico, y su solvencia teórica; propios del campo disciplinar en el que se enmarca la tesis. o Objetivos específicos: ▪ Manifestar habilidades de condensar y describir la formulación del problema a investigar, con la rigurosidad propia del método científico, e identificación clara del aporte original a realizar. ▪ Expresar justificadamente la metodología empleada para la resolución del problema investigado. ▪ Transmitir los resultados del trabajo de investigación en foros de la especialidad sometidos a juicio de pares.
Aprobados los dos primeros módulos (carga horaria de 400hs), la Carrera de Doctorado culmina con la presentación escrita y la defensa oral y pública de la Tesis de Doctorado original ante un jurado designado adhoc.
ANEXO I –
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6 de 8 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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ANEXO II
PLAN DE TRANSICIÓN
En adelante se utilizan las siguientes denominaciones
Plan Anterior: Plan de Estudios de la carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería”, que se dicta en el ámbito de la Facultad de Ingeniería, aprobado por Ordenanza N° 039/1996CS del Consejo Superior. Plan Nuevo: Plan de Estudios de la carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería”, que se dicta en el ámbito de la Facultad de Ingeniería, aprobado por Ordenanza N° 003/2020CD del Consejo Directivo, que se solicita ratificar por el Consejo Superior.
II.1. DIRECCIÓN GENERAL DE POSGRADO La Dirección General de Posgrado de la Facultad de Ingeniería deberá notificar y emplazar a los estudiantes actualmente inscriptos en el Plan Anterior para que puedan optar, voluntariamente, por alguna de las siguientes alternativas: a) Solicitar la baja en el Plan Anterior y solicitar la inscripción en el Plan Nuevo, en los términos que se indica a continuación. b) Permanecer en el Plan Anterior, en los términos que se indica a continuación. Cuando el estudiante omita presentar, en tiempo y forma, la solicitud de baja en el Plan Anterior y la inscripción en el Plan Nuevo, en el plazo estipulado en la notificación, se asumirá que el estudiante opta por permanecer en el Plan Anterior.
II.2. ESTUDIANTES
II.2.1 Estudiantes que soliciten la baja en el Plan Anterior y continúen con el Plan Nuevo
El procedimiento a seguir, cuando el estudiante actualmente inscripto en el Plan Anterior opte por continuar con el Plan Nuevo, es el siguiente:
a) El estudiante debe solicitar la baja en el Plan Anterior y su inscripción para continuar cursando la carrera con el Plan Nuevo, formalmente, mediante nota dirigida al Director de carrera. Evaluada la solicitud, el Director de carrera hace lo propio, con el aval el Comité Académico de la carrera, mediante nota dirigida al Sr. Decano por Mesa de Entradas de la Facultad de Ingeniería. b) El Decano considera la solicitud del estudiante, solicita informe a la Dirección General de Posgrado y, producido el informe, remite las actuaciones al Consejo Directivo para su consideración. c) El Consejo Directivo resuelve sobre la baja en el Plan Anterior y la inscripción en el Plan Nuevo.
Anexo II – Ord. – CD N° 003/2020 d) Una vez emitida la resolución del Consejo Directivo aprobando lo solicitado 7 de 8 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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en el inciso a), el estudiante, respecto de las asignaturas del Plan Anterior, podrá optar por una de las siguientes alternativas: d1. Solicitar, formalmente, mediante nota dirigida al Director de carrera, la homologación de las asignaturas del Plan Anterior aprobadas para que le sean acreditadas en el Plan Nuevo. A tal fin, el Director de carrera debe incorporar la grilla de homologación de asignaturas entre el Plan Anterior y el Plan Nuevo, avalada por el Comité Académico de la carrera y elevar la misma solicitud al Sr Decano por Mesa de Entradas de la Facultad de Ingeniería. El Decano considera la solicitud del estudiante, solicita informe a la Dirección General de Posgrado y, producido el informe, se expide sobre lo peticionado mediante resolución. d2. Rendir o recursar, con el programa vigente del Plan Nuevo, las asignaturas cursadas con el Plan Anterior y se encuentren pendientes de aprobación. De optar por rendir sin recursar la asignatura, podrá solicitar a los docentes responsables la tutoría en aquellos contenidos complementarios del Plan Nuevo.
II.2.2 Estudiantes que permanezcan en el Plan Anterior por opción u omisión
a) Al estudiante que permanezca en el Plan Anterior, las autoridades de la carrera le deben garantizar la apertura de mesas examinadoras y el cursado regular, por única vez, de las actividades curriculares pendientes y pertenecientes al Plan Anterior. b) El estudiante que permanezca en el Plan Anterior y no logre la aprobación de las actividades curriculares pendientes, en el plazo estipulado en el artículo precedente, será inscrito de forma en el Plan Nuevo.
II.3. SITUACIONES NO PREVISTAS Cualquier situación no prevista en la presente normativa será resuelta por las autoridades de la carrera, en común acuerdo con la Dirección General de Posgrado de la Facultad de Ingeniería, teniendo en cuenta las particularidades y cronograma académico de cada carrera.
ANEXO II –
ORDENANZA – CD N° 003/2020
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FI-2020-RES-236 15/12/2020 (Carga: 18/12/2020) |
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MENDOZA, 15 DIC 2020
VISTO: El EXPECUY: 10524/2020, donde obra el pedido de renuncia condicionada presentado por el Ing. Roberto Carlos SEGURO, conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/1962, solicitado a partir del 01 de marzo de 2021 a los efectos de poder iniciar sus trámites jubilatorios; y:
CONSIDERANDO: El Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/2016 de Gestión de Personal, donde el Ing. SEGURO solicita a partir del 01 de marzo de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/1962, en el cargo detallado en el mismo. El Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/2016 de Gestión de Personal, donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista del Ing. SEGURO. Lo informado por la Dirección General de Personal de la Universidad Nacional de Cuyo. Las disposiciones del Artículo 9º de la Ordenanza Nº 32/2016R. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aceptar la RENUNCIA CONDICIONADA, conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/1962, del siguiente Personal Docente: 1. Datos Personales del Docente Apellido y SEGURO, Roberto Carlos Nombres Documento D.N.I. 11.406.450 Único: CUIL o CUIT 20114064506 Legajo n° 22.789 El cargo donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO NÚMERO 1º
2. Descripción del Cargo: Denominación del Profesor Titular Cargo Dedicación Semiexclusiva Carácter Efectivo Nº de Resolución 385/2008CS de designación
Resol. – FI Nº 236/2020 1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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3. Término de la última designación Desde el 03042008 Hasta el
4. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS (INGENIERÍA CIVIL) 2) 3) 4)
5. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
6. Fecha de la Renuncia Condicionada DÍA 01 (primero) MES 03 (marzo) AÑO 2021 (dos mil veintiuno)
ARTÍCULO 2º. El docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales con la percepción de sus haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en el que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3º. El docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en que se desempeña, y que se encontrare bajo Renuncia Condicionada, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el correspondiente trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente, todo ello en virtud de lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ordenanza Nº 48/2004CS
ARTÍCULO 4º. Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado DOS (2) copias certificadas de la presente Resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el visto.
ARTÍCULO 5º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 236/2020
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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