CD-2024-RES-176
9/08/2024
(Carga: 15/08/2024)
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2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 09 AGO 2024
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 16771/2024, en las que el Docente Gustavo Alberto MASERA solicita permanecer en la actividad laboral, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 1º inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508;
CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 82/2009, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo ha fijado las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la Ley referida, que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal docente de las Universidades Nacionales, con vigencia a partir del 13 de setiembre del año 2009. Que de conformidad con el Artículo 6º de la mencionada Ordenanza, corresponde al Consejo Directivo de la Facultad, la atribución de resolver, mediante el dictado de un acto administrativo, sobre la opción planteada por la docente de permanecer en la actividad laboral. Lo informado por la Dirección de Personal y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 30 de julio del año 2024.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 1º Inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508, la permanencia del Docente Gustavo Alberto MASERA (D.N.I.: 12.954.325 – Legajo 29.054), en los siguientes cargos, a partir del 24 de mayo de 2025: . Profesor Adjunto Dedicación Semiexclusiva Carácter Efectivo del Área 8ADMINISTRACION, ECONOMIA Y FINANZAS en la asignatura “Técnicas y Herramientas Modernas”, según Resolución N° 261/2009CS (cargo en uso de licencia).
. Profesor Adjunto Dedicación Simple Carácter Interino del Área 8ADMINISTRACION, ECONOMIA Y FINANZAS en la asignatura “Técnicas y Herramientas Modernas I” y “Técnicas y Herramientas Modernas II”, según Resolución N° 347/2023CD.
ARTÍCULO 2º. El Docente MASERA cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriendo intimación previa alguna (Art. 8º de la Ordenanza Nº 82/2009CS).
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 176/2024
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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