Digesto
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18134 Normativas
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CD-2026-RES-161 28/05/2026 (Carga: 19/06/2026) |
MENDOZA, 28 MAY 2026
VISTO: El Expediente N° 16080/2026, mediante el cual la Secretaría General y de Evaluación y Planificación Institucional eleva la propuesta del documento complementario del Plan de Estudios III (2026) de la carrera Arquitectura: Sistema de correlatividades, elaborada conjuntamente con la Dirección General y la Comisión Asesora de la mencionada carrera; y:
CONSIDERANDO: Que el artículo 43 de la Ley de Educación Superior establece que los planes de estudio correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de las personas, deberán ajustarse a la carga horaria mínima, los contenidos curriculares básicos y los criterios relativos a la intensidad de la formación práctica que determine el Ministerio de Educación, con acuerdo del Consejo de Universidades. Que la carrera Arquitectura, en tanto comprendida en el artículo 43 de la Ley de Educación Superior, se encuentra sujeta a procesos periódicos de evaluación y acreditación ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) y en el ámbito regional del sistema ARCUSUR. Que la experiencia institucional acumulada en los procesos de evaluación, acreditación e implementación curricular evidencia la necesidad de contar con criterios de flexibilidad académica que permitan introducir adecuaciones durante la ejecución del plan de estudios, sin alterar su estructura sustantiva. Que la implementación de un enfoque curricular basado en competencias requiere mecanismos permanentes de seguimiento, evaluación y ajuste, orientados a garantizar la coherencia entre el diseño curricular, su desarrollo efectivo y los resultados formativos previstos. Que el Plan de Desarrollo de la carrera Arquitectura, aprobado por Resolución N° 195/2025CD, prevé la introducción de ajustes durante la implementación, conforme a los lineamientos institucionales vigentes. Que el Plan de Estudios III (2026) de la carrera Arquitectura, establece en su artículo 4 que la Facultad de Ingeniería es quien define el régimen de correlatividades correspondiente, con aprobación del Consejo Directivo. Que el sistema de correlatividades constituye un instrumento académico destinado a ordenar la secuencia formativa, promover la integración progresiva de saberes y resguardar la adecuada trazabilidad de las competencias de egreso previstas en el plan de estudios. Que los programas analíticos de los espacios curriculares deben incorporar y explicitar las articulaciones curriculares correspondientes, incluyendo las correlatividades previas y posteriores pertinentes. Que los informes derivados de los procesos de implementación, seguimiento y evaluación curricular podrán recomendar, de manera fundada, adecuaciones al sistema de correlatividades, tanto en lo referido a la secuencia cronológica de los espacios curriculares como a otros aspectos vinculados con la organización del trayecto formativo.
Res. CD – N° 161/2026
1 de 24 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
Que lo informado por la Secretaría Académica y lo dictaminado por la Comisión de Asuntos Académicos resultan favorables a la aprobación de la presente propuesta. Lo tratado y aprobado en sesión ordinaria de fecha 26 de mayo de 2026, por unanimidad de los miembros del Cuerpo. Que el artículo 34, inciso 11), y el artículo 20, inciso 14), del Estatuto Universitario confieren competencia para dictar la presente norma. En uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar el documento complementario del Plan de Estudios III (2026) de la carrera Arquitectura, denominado Sistema de Correlatividades, obrante en los ANEXOS I y II de la presente resolución, los cuales forman parte integrante de la misma.
ARTÍCULO 2. Establecer que el ANEXO I tiene carácter normativo y operativo, en tanto regula: a. Las condiciones de regularidad y acreditación requeridas para la inscripción a los distintos espacios curriculares de la carrera, conforme a los Cuadros 2.1 a 2.6. b. Las condiciones de regularidad y acreditación requeridas para la inscripción al cursado completo de cada año o semestre de la carrera, conforme a los Cuadros 3.1 a 3.6. c. Las condiciones particulares requeridas para la inscripción, presentación y evaluación del Trabajo Final, conforme al apartado 4 del ANEXO I.
ARTÍCULO 3. Disponer que los programas analíticos de los espacios curriculares incorporen y expliciten las correlatividades correspondientes, conforme a lo establecido en el ANEXO I.
ARTÍCULO 4. Establecer que los informes derivados de los procesos de implementación, seguimiento y evaluación del Plan de Estudios III (2026) podrán recomendar, de manera fundada, adecuaciones al sistema de correlatividades aprobado por la presente norma, sin alterar los alcances y competencias de egreso.
ARTÍCULO 5. Establecer que el ANEXO II contiene antecedentes normativos, criterios académicos y elementos de fundamentación vinculados con la formulación, implementación y seguimiento del sistema de correlatividades, tanto del Plan de Estudios III (2026) como de los planes de estudios en proceso de derogación progresiva.
ARTÍCULO 6. Encomendar a la Secretaría Académica la coordinación de los procesos de implementación, seguimiento y evaluación de la presente normativa, en articulación con la Dirección General de la Carrera y las instancias de gestión académica correspondientes.
ARTÍCULO 7. Comuníquese, publíquese, regístrese en el Libro de Resoluciones y archívese.
RESOLUCIÓN CD – N° 161/2026
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ANEXO I
Sistema de correlatividades
Plan de Estudios III (2026) CARRERA ARQUITECTURA
ANEXO I – Res. CD – N° 161/2026 – Sistema de correlatividades del Plan de Estudios III.
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ANEXO I SISTEMA DE CORRELATIVIDADES DEL PLAN DE ESTUDIOS III (2026) DE LA CARRERA ARQUITECTURA
1 OBJETO
El presente Anexo establece el sistema de correlatividades correspondiente al Plan de Estudios III (2026) de la carrera Arquitectura.
El sistema de correlatividades tiene por finalidad organizar la secuencia formativa de los espacios curriculares de la carrera, garantizar la progresión académica del estudiantado y asegurar la adecuada articulación e integración de saberes, competencias y capacidades previstas en el perfil de egreso.
Asimismo, el presente régimen procura fortalecer la coherencia entre el diseño curricular, la implementación efectiva del plan de estudios y las trayectorias académicas estudiantiles.
2 CRITERIOS GENERALES
La definición del sistema de correlatividades se sustenta en los siguientes criterios:
a. La secuencialidad pedagógica y disciplinar de los espacios curriculares.
b. La integración progresiva de saberes para el desarrollo de competencias.
c. La articulación entre espacios curriculares de formación proyectual, tecnológica, teórica, de gestión, e instrumental.
d. La trazabilidad de las competencias de egreso previstas en el plan de estudios.
e. El análisis de las trayectorias académicas estudiantiles y de la experiencia institucional acumulada en los procesos de implementación curricular y acreditación.
3 DEFINICIONES OPERATIVAS
Conforme a los lineamientos conceptuales sobre evaluación de los aprendizajes establecidos en la Ordenanza N° 108/2010CS, artículo 7, la Universidad Nacional de Cuyo adopta para el nivel superior los siguientes regímenes de acreditación y/o promoción:
ANEXO I – Res. CD – N° 161/2026 – Sistema de correlatividades del Plan de Estudios III.
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▶ Sistema de acreditación por examen final.
▶ Sistema de acreditación sin examen final.
En todos los casos, la modalidad adoptada deberá explicitarse previamente y con claridad en el programa analítico del espacio curricular.
A los fines de la presente norma, se establecen las siguientes definiciones y alcances:
Regularización de un espacio curricular
Regularizar un espacio curricular (materia, asignatura o taller) implica cumplir durante el cursado con las condiciones mínimas exigidas para obtener el derecho a rendir el examen final.
Implicancias de la regularización
▶ Otorga el derecho a acceder a la acreditación mediante examen final en los llamados establecidos por el calendario académico.
▶ La condición de regular en el espacio curricular posee un período de vigencia determinado por el régimen académico1. Dicho régimen establece, asimismo, las consecuencias derivadas de la pérdida de la regularidad.
▶ Habilita correlatividades, permitiendo cursar y rendir exámenes finales de otros espacios curriculares que tengan a este como correlativo.
Los programas analíticos deberán establecer los requisitos necesarios para regularizar cada espacio curricular, en concordancia con la normativa vigente de la Universidad y de la Facultad.
Acreditación de un espacio curricular
La acreditación de un espacio curricular (materia, asignatura o taller) supone evidenciar el logro de las competencias previstas para dicha unidad de aprendizaje, según lo establecido en el plan de estudios y sus documentos complementarios.
A diferencia de la regularización —que únicamente certifica el cumplimiento de las condiciones de cursado—, la acreditación implica la aprobación definitiva del espacio curricular, el otorgamiento de los créditos correspondientes y la posibilidad de avanzar en el trayecto formativo.
Cada espacio curricular, en el marco del régimen académico vigente, deberá definir los requisitos de acreditación sin examen final y/o con examen final.
1 Ordenanza N° 002/2021CD, o la norma que la modifique, complemente o sustituya.
ANEXO I – Res. CD – N° 161/2026 – Sistema de correlatividades del Plan de Estudios III.
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Impacto en la trayectoria académica
La acreditación de un espacio curricular tiene los siguientes efectos en la trayectoria académica del estudiante:
▶ Otorga los créditos, horas u otras unidades de valoración académica requeridas para la obtención del título.
▶ Habilita las correlatividades correspondientes, permitiendo cursar y rendir espacios curriculares posteriores que dependan de su aprobación.
▶ Posee validez oficial y queda registrada de manera definitiva en la historia académica del estudiante en el sistema SIU GUARANÍ.
Correlatividad fuerte
Exigencia de acreditación previa de un espacio curricular para cursar y acreditar otro.
Correlatividad débil
Exigencia de regularidad previa de un espacio curricular para cursar y acreditar otro.
Regularidad vigente
Situación académica de regularidad mantenida dentro de los plazos establecidos por el régimen académico vigente.
4 ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE CORRELATIVIDADES
El sistema de correlatividades se organiza del siguiente modo:
▶ Correlatividades por espacio curricular.
▶ Condiciones para cursar semestres y años completos.
▶ Condiciones particulares para el Trabajo Final.
5 CORRELATIVAS POR ESPACIO CURRICULAR
En los apartados 5.1 a 5.6 se establecen las condiciones de regularidad y acreditación requeridas para la inscripción a cada espacio curricular del Plan de Estudios III (2026).
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5.1. Primer Año
# Para cursar # Asignaturas Regulares # Asignaturas Aprobadas Obs. 1 Arquitectura I: Taller de Integración Proyectual Ninguna Ninguna 2 Matemáticas Ninguna Ninguna 3 Morfología I: Sistemas de Comunicación Visual Ninguna Ninguna 4 Teoría I: El Proyecto de Arquitectura Ninguna Ninguna 5 Construcciones I Ninguna Ninguna 6 Física Aplicada 2 Matemática Ninguna 7 Historia de la Arquitectura I Ninguna Ninguna
5.2. Segundo Año
# Para cursar # Asignaturas Regulares # Asignaturas Aprobadas Obs. 8 Arquitectura II: Taller de Integración Proyectual 5 Construcciones I 1 Arquitectura I: Taller de Integración Proyectual 9 Construcciones II 5 Construcciones I 2 Matemáticas 10 Diseño Estructural I 6 Física Aplicada 11 Inglés I Ninguna Ninguna 12 Teoría II: Arquitectura, Entorno y Sostenibilidad 4 Teoría I: El Proyecto de Arquitectura 13 Diseño de Interiores 3 Morfología I: Sistemas de Comunicación Visual 14 Historia de la Arquitectura II 7 Historia de la Arquitectura I Morfología II: 15 3 Morfología I: Sistemas de Comunicación Visual Sistemas de Comunicación Digital I
ANEXO I – Res. CD – N° 161/2026 – Sistema de correlatividades del Plan de Estudios III.
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5.3. Tercer Año
Para cursar las asignaturas de Tercer Año, se deben tener acreditadas todas las asignaturas de Primer Año (#1 a #7).
# Para cursar # Asignaturas Regulares # Asignaturas Aprobadas Obs. 9 Construcciones II 16 Arquitectura III: Taller de Integración Proyectual 10 Diseño Estructural I 8 Arquitectura II: Taller de Integración Proyectual 13 Diseño de Interiores 17 Diseño Estructural II 10 Diseño Estructural I 18 Instalaciones I: Acondicionamiento Natural 19 Teoría III: Análisis del Hábitat y del Territorio 12 Teoría II: Arquitectura, Entorno y Sostenibilidad 20 Historia de la Arquitectura III 21 Inglés II 11 Inglés I 22 Instalaciones II: Acondicionamiento Artificial 18 Instalaciones I: Acondicionamiento Natural Morfología III: Morfología II: 23 15 Sistemas de Comunicación Digital II Sistemas de Comunicación Digital I
ANEXO I – Res. CD – N° 161/2026 – Sistema de correlatividades del Plan de Estudios III.
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5.4. Cuarto Año
Para cursar las asignaturas de Cuarto Año, es requisito haber acreditado la totalidad de las asignaturas correspondientes a Primero y Segundo Año (#1 a #15).
# Para cursar # Asignaturas Regulares # Asignaturas Aprobadas Obs. Diseño Estructural II 17 24 Arquitectura IV: Taller de Integración Proyectual Morfología III: 16 Arquitectura III: Taller de Integración Proyectual 23 Sistemas de Comunicación Digital II 25 Diseño del Paisaje 26 Diseño Estructural III 17 Diseño Estructural II 27 Diseño Urbano Sustentable I 28 Organización de Proyectos y Obras 29 Administración y Economía 28 Organización de Proyectos y Obras 30 Inglés III 21 Inglés II 31 Optativa / Electiva I Ref. #31 32 Vivienda de Interés Social 19 Teoría III: Análisis del Hábitat y del Territorio
Ref. #31. Para cursar el espacio curricular Optativa / Electiva I, es requisito haber acreditado la totalidad de las asignaturas correspondientes a Primero y Segundo Año (#1 a #15), así como cumplir con las condiciones particulares establecidas en la resolución del Consejo Directivo que propone la asignatura como optativa, o la autorización para acreditarla como electiva.
ANEXO I – Res. CD – N° 161/2026 – Sistema de correlatividades del Plan de Estudios III.
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5.5. Quinto Año
Para cursar las asignaturas de Quinto Año, es requisito haber acreditado la totalidad de las asignaturas correspondientes a Primero, Segundo y Tercer Año (#1 a #23).
# Para cursar # Asignaturas Regulares # Asignaturas Aprobadas Obs. 26 Diseño Estructural III 33 Arquitectura V: Taller de Integración Proyectual 24 Arquitectura IV: Taller de Integración Proyectual 27 Diseño Urbano Sustentable I 34 Diseño Urbano Sustentable II 27 Diseño Urbano Sustentable I 35 Instalaciones III: Iluminación y Acústica 28 Organización de Proyectos y Obras 36 Legislación y Ética Profesional 29 Administración y Economía 37 Optativa / Electiva II Ref. #37 28 Organización de Proyectos y Obras 38 Proyecto Ejecutivo 29 Administración y Economía 39 Diseño Estructural IV 26 Diseño Estructural III Ref. #39 40 Higiene y Seguridad 41 Práctica Profesional Supervisada 42 Seminario de Investigación
Ref. #37. Para cursar el espacio curricular Optativa / Electiva II, es requisito haber acreditado la totalidad de las asignaturas correspondientes a Primero, Segundo y Tercer Año (#1 a #23), así como cumplir con las condiciones particulares establecidas en la resolución del Consejo Directivo que propone la asignatura como optativa, o la autorización para acreditarla como electiva.
Ref. #39. Para cursar el espacio curricular Diseño Estructural IV, es requisito haber acreditado las asignaturas Diseño Estructural I y Diseño Estructural II, y tener vigente la regularidad de la asignatura Diseño Estructural III.
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5.6. Sexto Año
# Para cursar # Asignaturas Regulares # Asignaturas Aprobadas Obs. 43 Optativa / Electiva III Ref. #43 44 Práctica de Actividad Física Saludable Ninguna Ninguna Ref. #44 45 Trabajo Final 33 Arquitectura V: Taller de Integración Proyectual 42 Seminario de investigación Ref. #45
# Para el examen final y la presentación # Asignaturas Regulares # Asignaturas Aprobadas Obs. 45 Trabajo Final 33 El resto de los espacios curriculares de la carrera: Ref. #45 #1 a #44.
Ref. #43. Para cursar el espacio curricular Optativa / Electiva III, es requisito haber acreditado la totalidad de las asignaturas correspondientes a Primero, Segundo, Tercero y Cuarto Año (#1 a #32), así como cumplir con las condiciones particulares establecidas en la resolución del Consejo Directivo que propone la asignatura como optativa, o la autorización para acreditarla como electiva.
Ref. #44. La Práctica de Actividad Física Saludable podrá cursarse en cualquier año de la carrera, en el marco del reglamento particular vigente.
Ref. #45. Para la presentación del Trabajo Final es requisito haber acreditado el resto de los espacios curriculares de la carrera: #1 a #44.
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CONDICIONES PARA CURSAR SEMESTRES 6 Y AÑOS COMPLETOS
En los Apartados 6.1 a 6.6 se establecen las condiciones académicas requeridas para la inscripción al cursado completo de cada semestre y año de la carrera.
Las referencias utilizadas poseen el siguiente significado:
(A): espacio curricular acreditado
(B): espacio curricular regularizado
Las condiciones establecidas en el presente apartado tienen carácter organizativo y orientador de la trayectoria académica, implementándose operativamente mediante las correlatividades particulares definidas para cada espacio curricular y su correspondiente parametrización en el sistema SIU GUARANÍ.
6.1. Condiciones para cursar Primer Año
6.1.1. Condiciones para cursar el Semestre 1 de la carrera completo
Para cursar los espacios curriculares del Semestre 1 de la carrera se deben cumplir las condiciones de admisibilidad aprobadas por el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo.
Año A/S #EC ESPACIO CURRICULAR A1 A1S1 1 Arquitectura I: Taller de Integración Proyectual A1 A1S1 2 Matemáticas A1 A1S1 3 Morfología I: Sistemas de Comunicación Visual A1 A1S1 4 Teoría I: El Proyecto de Arquitectura
6.1.2. Condiciones para cursar el Semestre 2 de la carrera completo
Año A/S #EC ESPACIO CURRICULAR A1 A1S1 1 Arquitectura I: Taller de Integración Proyectual A1 A1S1 2 (R) Matemáticas A1 A1S1 3 Morfología I: Sistemas de Comunicación Visual A1 A1S1 4 Teoría I: El Proyecto de Arquitectura
A1 A1S2 5 Construcciones I A1 A1S2 6 Física Aplicada A1 A1S2 7 Historia de la Arquitectura I
ANEXO I – Res. CD – N° 161/2026 – Sistema de correlatividades del Plan de Estudios III.
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6.2. Condiciones para cursar Segundo Año completo
Año A/S #EC ESPACIO CURRICULAR A1 A1S1 1 (A) Arquitectura I: Taller de Integración Proyectual A1 A1S1 2 (R) Matemáticas A1 A1S1 3 (R) Morfología I: Sistemas de Comunicación Visual A1 A1S1 4 (R) Teoría I: El Proyecto de Arquitectura A1 A1S2 5 (R) Construcciones I A1 A1S2 6 (R) Física Aplicada A1 A1S2 7 (R) Historia de la Arquitectura I
A2 A2S3 8 Arquitectura II: Taller de Integración Proyectual A2 A2S3 9 Construcciones II A2 A2S3 10 Diseño Estructural I A2 A2S3 11 Inglés I A2 A2S3 12 Teoría II: Arquitectura, Entorno y Sostenibilidad A2 A2S4 13 Diseño de Interiores A2 A2S4 14 Historia de la Arquitectura II A2 A2S4 15 Morfología II: Sistemas de Comunicación Digital I
ANEXO I – Res. CD – N° 161/2026 – Sistema de correlatividades del Plan de Estudios III.
13 de 24 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
6.3. Condiciones para cursar el Tercer Año
6.3.1. Condiciones para cursar el Semestre 5 de la carrera completo
Año A/S #EC ESPACIO CURRICULAR A1 A1S1 1 (A) Arquitectura I: Taller de Integración Proyectual A1 A1S1 2 (A) Matemáticas A1 A1S1 3 (A) Morfología I: Sistemas de Comunicación Visual A1 A1S1 4 (A) Teoría I: El Proyecto de Arquitectura A1 A1S2 5 (A) Construcciones I A1 A1S2 6 (A) Física Aplicada A1 A1S2 7 (A) Historia de la Arquitectura I A2 A2S3 8 (A) Arquitectura II: Taller de Integración Proyectual A2 A2S3 9 (R) Construcciones II A2 A2S3 10 (R) Diseño Estructural I A2 A2S3 11 (R) Inglés I A2 A2S3 12 (R) Teoría II: Arquitectura, Entorno y Sostenibilidad A2 A2S4 13 (R) Diseño de Interiores A2 A2S4 14 Historia de la Arquitectura II A2 A2S4 15 (R) Morfología II: Sistemas de Comunicación Digital I
A3 A3S5 16 Arquitectura III: Taller de Integración Proyectual A3 A3S5 17 Diseño Estructural II A3 A3S5 18 Instalaciones I: Acondicionamiento Natural A3 A3S5 19 Teoría III: Análisis del Hábitat y del Territorio
6.3.2. Condiciones para cursar el Semestre 6 de la carrera completo
Año A/S #EC ESPACIO CURRICULAR A3 A3S5 16 Arquitectura III: Taller de Integración Proyectual A3 A3S5 17 Diseño Estructural II A3 A3S5 18 (R) Instalaciones I: Acondicionamiento Natural A3 A3S5 19 Teoría III: Análisis del Hábitat y del Territorio
A3 A3S6 20 Historia de la Arquitectura III A3 A3S6 21 Inglés II A3 A3S6 22 Instalaciones II: Acondicionamiento Artificial A3 A3S6 23 Morfología III: Sistemas de Comunicación Digital II
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6.4. Condiciones para cursar el Cuarto Año
6.4.1. Condiciones para cursar el Semestre 7 de la carrera completo
Año A/S #EC ESPACIO CURRICULAR A1 A1S1 1 (A) Arquitectura I: Taller de Integración Proyectual A1 A1S1 2 (A) Matemáticas A1 A1S1 3 (A) Morfología I: Sistemas de Comunicación Visual A1 A1S1 4 (A) Teoría I: El Proyecto de Arquitectura A1 A1S2 5 (A) Construcciones I A1 A1S2 6 (A) Física Aplicada A1 A1S2 7 (A) Historia de la Arquitectura I A2 A2S3 8 (A) Arquitectura II: Taller de Integración Proyectual A2 A2S3 9 (A) Construcciones II A2 A2S3 10 (A) Diseño Estructural I A2 A2S3 11 (A) Inglés I A2 A2S3 12 (A) Teoría II: Arquitectura, Entorno y Sostenibilidad A2 A2S4 13 (A) Diseño de Interiores A2 A2S4 14 (A)Historia de la Arquitectura II A2 A2S4 15 (A) Morfología II: Sistemas de Comunicación Digital I A3 A3S5 16 (A) Arquitectura III: Taller de Integración Proyectual A3 A3S5 17 (R) Diseño Estructural II A3 A3S5 18 Instalaciones I: Acondicionamiento Natural A3 A3S5 19 (R) Teoría III: Análisis del Hábitat y del Territorio A3 A3S6 20 Historia de la Arquitectura III A3 A3S6 21 (R) Inglés II A3 A3S6 22 Instalaciones II: Acondicionamiento Artificial A3 A3S6 23 (R) Morfología III: Sistemas de Comunicación Digital II
A4 A4S7 24 Arquitectura IV: Taller de Integración Proyectual A4 A4S7 25 Diseño del Paisaje A4 A4S7 26 Diseño Estructural III A4 A4S7 27 Diseño Urbano Sustentable I A4 A4S7 28 Organización de Proyectos y Obras
6.4.2. Correlativas para cursar el Semestre 8 de la carrera completo
Año A/S #EC ESPACIO CURRICULAR A4 A4S7 24 Arquitectura IV: Taller de Integración Proyectual A4 A4S7 25 Diseño del Paisaje A4 A4S7 26 Diseño Estructural III A4 A4S7 27 Diseño Urbano Sustentable I A4 A4S7 28 (R) Organización de Proyectos y Obras
A4 A4S8 29 Administración y Economía A4 A4S8 30 Inglés III A4 A4S8 31 Optativa/Electiva I A4 A4S8 32 Vivienda de Interés Social (PSE)
ANEXO I – Res. CD – N° 161/2026 – Sistema de correlatividades del Plan de Estudios III.
15 de 24 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
6.5. Correlativas para cursar el Quinto Año completo
Año A/S #EC ESPACIO CURRICULAR A1 A1S1 1 (A) Arquitectura I: Taller de Integración Proyectual A1 A1S1 2 (A) Matemáticas A1 A1S1 3 (A) Morfología I: Sistemas de Comunicación Visual A1 A1S1 4 (A) Teoría I: El Proyecto de Arquitectura A1 A1S2 5 (A) Construcciones I A1 A1S2 6 (A) Física Aplicada A1 A1S2 7 (A) Historia de la Arquitectura I A2 A2S3 8 (A) Arquitectura II: Taller de Integración Proyectual A2 A2S3 9 (A) Construcciones II A2 A2S3 10 (A) Diseño Estructural I A2 A2S3 11 (A) Inglés I A2 A2S3 12 (A) Teoría II: Arquitectura, Entorno y Sostenibilidad A2 A2S4 13 (A) Diseño de Interiores A2 A2S4 14 (A)Historia de la Arquitectura II A2 A2S4 15 (A) Morfología II: Sistemas de Comunicación Digital I A3 A3S5 16 (A) Arquitectura III: Taller de Integración Proyectual A3 A3S5 17 (A) Diseño Estructural II A3 A3S5 18 (A) Instalaciones I: Acondicionamiento Natural A3 A3S5 19 (A) Teoría III: Análisis del Hábitat y del Territorio A3 A3S6 20 (A) Historia de la Arquitectura III A3 A3S6 21 (A) Inglés II A3 A3S6 22 (A) Instalaciones II: Acondicionamiento Artificial A3 A3S6 23 (A) Morfología III: Sistemas de Comunicación Digital II A4 A4S7 24 (A) Arquitectura IV: Taller de Integración Proyectual A4 A4S7 25 Diseño del Paisaje A4 A4S7 26 (R) Diseño Estructural III A4 A4S7 27 (R) Diseño Urbano Sustentable I A4 A4S7 28 (R) Organización de Proyectos y Obras A4 A4S8 29 (R) Administración y Economía A4 A4S8 30 Inglés III A4 A4S8 31 Optativa/Electiva I A4 A4S8 32 Vivienda de Interés Social (PSE)
A5 A5S9 33 Arquitectura V: Taller de Integración Proyectual A5 A5S9 34 Diseño Urbano Sustentable II A5 A5S9 35 Instalaciones III: Iluminación y Acústica A5 A5S9 36 Legislación y Ética Profesional A5 A5S9 37 Optativa/Electiva II A5 A5S9 38 Proyecto Ejecutivo A5 A5S10 39 Diseño Estructural IV A5 A5S10 40 Higiene y Seguridad A5 A5S10 41 Práctica Profesional Supervisada A5 A5S10 42 Seminario de Investigación
ANEXO I – Res. CD – N° 161/2026 – Sistema de correlatividades del Plan de Estudios III.
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6.6. Correlativas para cursar el Sexto Año completo
Año A/S #EC ESPACIO CURRICULAR A1 A1S1 1 (A) Arquitectura I: Taller de Integración Proyectual A1 A1S1 2 (A) Matemáticas A1 A1S1 3 (A) Morfología I: Sistemas de Comunicación Visual A1 A1S1 4 (A) Teoría I: El Proyecto de Arquitectura A1 A1S2 5 (A) Construcciones I A1 A1S2 6 (A) Física Aplicada A1 A1S2 7 (A) Historia de la Arquitectura I A2 A2S3 8 (A) Arquitectura II: Taller de Integración Proyectual A2 A2S3 9 (A) Construcciones II A2 A2S3 10 (A) Diseño Estructural I A2 A2S3 11 (A) Inglés I A2 A2S3 12 (A) Teoría II: Arquitectura, Entorno y Sostenibilidad A2 A2S4 13 (A) Diseño de Interiores A2 A2S4 14 (A) Historia de la Arquitectura II A2 A2S4 15 (A) Morfología II: Sistemas de Comunicación Digital I A3 A3S5 16 (A) Arquitectura III: Taller de Integración Proyectual A3 A3S5 17 (A) Diseño Estructural II A3 A3S5 18 (A) Instalaciones I: Acondicionamiento Natural A3 A3S5 19 (A) Teoría III: Análisis del Hábitat y del Territorio A3 A3S6 20 (A) Historia de la Arquitectura III A3 A3S6 21 (A) Inglés II A3 A3S6 22 (A) Instalaciones II: Acondicionamiento Artificial A3 A3S6 23 (A) Morfología III: Sistemas de Comunicación Digital II A4 A4S7 24 (A) Arquitectura IV: Taller de Integración Proyectual A4 A4S7 25 (A) Diseño del Paisaje A4 A4S7 26 (A) Diseño Estructural III A4 A4S7 27 (A) Diseño Urbano Sustentable I A4 A4S7 28 (A) Organización de Proyectos y Obras A4 A4S8 29 (A) Administración y Economía A4 A4S8 30 (A) Inglés III A4 A4S8 31 (A) Optativa/Electiva I A4 A4S8 32 (A) Vivienda de Interés Social (PSE) A5 A5S9 33 (R) Arquitectura V: Taller de Integración Proyectual A5 A5S9 34 Diseño Urbano Sustentable II A5 A5S9 35 Instalaciones III: Iluminación y Acústica A5 A5S9 36 Legislación y Ética Profesional A5 A5S9 37 Optativa/Electiva II A5 A5S9 38 Proyecto Ejecutivo A5 A5S10 39 Diseño Estructural IV A5 A5S10 40 Higiene y Seguridad A5 A5S10 41 Práctica Profesional Supervisada A5 A5S10 42 (A) Seminario de Investigación
A6 A6S11 43 Optativa/Electiva III A6 A6S11 44 Práctica de Actividad Física Saludable A6 A6S11 45 Trabajo Final
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7 CONDICIONES PARTICULARES PARA EL TRABAJO FINAL
Para la presentación y evaluación final del Trabajo Final se deberá haber acreditado previamente la totalidad de los restantes espacios curriculares del Plan de Estudios III (2026).
Año A/S #EC ESPACIO CURRICULAR A1 A1S1 1 (A) Arquitectura I: Taller de Integración Proyectual A1 A1S1 2 (A) Matemáticas A1 A1S1 3 (A) Morfología I: Sistemas de Comunicación Visual A1 A1S1 4 (A) Teoría I: El Proyecto de Arquitectura A1 A1S2 5 (A) Construcciones I A1 A1S2 6 (A) Física Aplicada A1 A1S2 7 (A) Historia de la Arquitectura I A2 A2S3 8 (A) Arquitectura II: Taller de Integración Proyectual A2 A2S3 9 (A) Construcciones II A2 A2S3 10 (A) Diseño Estructural I A2 A2S3 11 (A) Inglés I A2 A2S3 12 (A) Teoría II: Arquitectura, Entorno y Sostenibilidad A2 A2S4 13 (A) Diseño de Interiores A2 A2S4 14 (A) Historia de la Arquitectura II A2 A2S4 15 (A) Morfología II: Sistemas de Comunicación Digital I A3 A3S5 16 (A) Arquitectura III: Taller de Integración Proyectual A3 A3S5 17 (A) Diseño Estructural II A3 A3S5 18 (A) Instalaciones I: Acondicionamiento Natural A3 A3S5 19 (A) Teoría III: Análisis del Hábitat y del Territorio A3 A3S6 20 (A) Historia de la Arquitectura III A3 A3S6 21 (A) Inglés II A3 A3S6 22 (A) Instalaciones II: Acondicionamiento Artificial A3 A3S6 23 (A) Morfología III: Sistemas de Comunicación Digital II A4 A4S7 24 (A) Arquitectura IV: Taller de Integración Proyectual A4 A4S7 25 (A) Diseño del Paisaje A4 A4S7 26 (A) Diseño Estructural III A4 A4S7 27 (A) Diseño Urbano Sustentable I A4 A4S7 28 (A) Organización de Proyectos y Obras A4 A4S8 29 (A) Administración y Economía A4 A4S8 30 (A) Inglés III A4 A4S8 31 (A) Optativa/Electiva I A4 A4S8 32 (A) Vivienda de Interés Social (PSE) A5 A5S9 33 (A) Arquitectura V: Taller de Integración Proyectual A5 A5S9 34 (A) Diseño Urbano Sustentable II A5 A5S9 35 (A) Instalaciones III: Iluminación y Acústica A5 A5S9 36 (A) Legislación y Ética Profesional A5 A5S9 37 (A) Optativa/Electiva II A5 A5S9 38 (A) Proyecto Ejecutivo A5 A5S10 39 (A) Diseño Estructural IV A5 A5S10 40 (A) Higiene y Seguridad A5 A5S10 41 (A) Práctica Profesional Supervisada A5 A5S10 42 (A) Seminario de Investigación A6 A6S11 43 (A) Optativa/Electiva III A6 A6S11 44 (A) Práctica de Actividad Física Saludable A6 A6S11 45 Trabajo Final
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8 CONDICIONES PARTICULARES PARA ESPACIOS OPTATIVOS Y ELECTIVOS
Las condiciones de inscripción correspondientes a los espacios curriculares Optativos y Electivos deberán complementarse con los requisitos específicos establecidos mediante:
a. La resolución del Consejo Directivo que apruebe el espacio curricular como asignatura optativa.
b. La formalización de la autorización académica correspondiente, en caso de actividades electivas.
La implementación operativa de dichas condiciones en el sistema SIU GUARANÍ se formalizará institucionalmente mediante la autorización académica específica.
9 IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO
La Secretaría Académica, en articulación con la Dirección General de la Carrera y las áreas de gestión académica correspondientes, coordinará los procesos de implementación, seguimiento y actualización técnica del presente sistema de correlatividades.
Los informes derivados de los procesos de seguimiento curricular podrán recomendar adecuaciones fundadas al presente régimen, sin alterar la estructura sustantiva del plan de estudios aprobado.
FUNDAMENTOS Y TRAZABILIDAD DEL SISTEMA DE 10 CORRELATIVIDADES
Los fundamentos y la trazabilidad del sistema de correlatividades correspondiente a los planes de estudio de la carrera Arquitectura podrán consultarse en el informe de autoevaluación elaborado en el marco del proceso para la acreditación de la carrera.
ANEXO I –
RESOLUCIÓN CD – N° 161/2026
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ANEXO II
Antecedentes normativos del sistema de correlatividades
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ANEXO II ANTECEDENTES NORMATIVOS DEL SISTEMA DE CORRELATIVIDADES
1 OBJETO
El presente Anexo tiene como finalidad sistematizar y documentar los antecedentes normativos y la evidencia institucional que sustentan la formulación del sistema de correlatividades.
2 ANTECEDENTES NORMATIVOS
2.1. Plan de Estudios I (2011)
En una primera etapa, la Resolución N° 083/2011CD estableció un régimen acotado a los tres primeros años de la carrera, en consonancia con la implementación progresiva del plan de estudios y a los efectos del reconocimiento oficial y la validez nacional del título.
Posteriormente, mediante la Resolución N° 379/2014CD, se aprobó un nuevo sistema integral de correlatividades, dejando sin efecto la normativa anterior.
Finalmente, las Resoluciones N° 188/2018CD y N° 008/2019CD introdujeron modificaciones parciales orientadas principalmente a adecuar requisitos vinculados a espacios curriculares específicos y al Trabajo Final, en el contexto de implementación del Plan de Estudios II (2017).
En consecuencia, desde el 22 de diciembre de 2014, el sistema de correlatividades del Plan de Estudios I (2011) quedó regulado por un conjunto de actos administrativos complementarios, conformado por las Resoluciones N° 379/2014CD, N° 188/2018CD y N° 008/2019CD.
En el Cuadro 1 se presenta un resumen de la descripción precedente.
2.2. Plan de Estudios II (2017)
El Plan de Estudios II (2017), aprobado mediante Ordenanza N° 124/2017CS, contó inicialmente con un único sistema de correlatividades establecido por Resolución N° 009/2019CD, vigente hasta el 1 de marzo de 2026.
En el marco del proceso de transición hacia el Plan de Estudios III (2026), se introdujeron modificaciones en el orden cronológico de los espacios curriculares a fin de implementar el dictado semestral de las asignaturas, con excepción de los Talleres de Integración Proyectual
ANEXO II – Res. CD – N° 161/2026 – Antecedentes normativos.
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y de los Diseños Urbanos Sustentables. Dichas modificaciones fueron aprobadas mediante Resolución N° 068/2026FI y posteriormente ratificadas por Resolución N° 083/2026CD.
La Resolución Nº 065/2026CD sustituyó operativamente el régimen de correlatividades previamente implementado para el Plan de Estudios II (2017), en el marco del proceso de semestralización.
En el Cuadro 2 se presenta un resumen de la descripción precedente.
Cuadro 1. Plan de Estudios I (2011). Ordenanza N° 005/2011CS. Fecha: 05/11/2011. # Resolución Fecha Aplica a: Descripción Trámite 1 N° 083/2011CD 09/09/2011 Plan I (2011) Sistema de correlatividades: NOTA FIN Años: A1A2A3 12521/2011 2 N° 379/2014CD 22/12/2014 Plan I (2011) Sistema de correlatividades. NOTA FIN 36372/2014 Deja sin efecto Resolución 083/2011CD. 3 N° 188/2018CD 30/08/2018 Plan I (2011) Correlatividades para: NOTA CUY Legislación; Administración Gerencial y 4505/2018 Economía; y Práctica Profesional Supervisada. Modifica parcialmente la Resolución N° 379/2014CD. Se fundamenta en la implementación del Plan II. 4 N° 008/2019CD 20/02/2019 Plan I (2011) Correlatividades para Trabajo Final. NOTA CUY 28461/2018 Modifica parcialmente la Resolución N° 188/2018CD.
Cuadro 2. Plan de Estudios II (2017). Ordenanza N° 124/2017CS. Fecha: 15/12/2017. # Resolución Fecha Aplica a: Descripción Trámite 1 N° 009/2019CD 20/02/2019 Plan II Sistema de correlatividades. Plan II (2017). NOTA FIN (2017) 28461/2018 2 N° 068/2026FI 27/02/2026 Plan II Modifica orden cronológico Plan II (2017): EXP (2017) semestralización. 1514/2026 N° 083/2026CD Ratificación CD. 14/04/2026 S/T 3 N° 065/2026CD 10/04/2026 Plan II Sistema de correlatividades Plan II (2017) EXP (2017) Semestral. 4333/2026 Vigencia: desde 02/03/2026. Sin referencias a la Resolución N° 009/2009CD.
ANEXO II –
RESOLUCIÓN CD – N° 161/2026
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ANEXO I: SISTEMA DE CORRELATIVIDADES DEL PLAN DE ESTUDIOS III (2026) DE LA CARRERA ARQUITECTURA........................................................................................................................................... 3
1. OBJETO.......................................................................................................................................................... 4
2. CRITERIOS GENERALES........................................................................................................................... 4
3. DEFINICIONES OPERATIVAS.................................................................................................................. 4
Regularización de un espacio curricular........................................................................................................ 5
Acreditación de un espacio curricular............................................................................................................. 5
Correlatividad fuerte..................................................................................................................................................6
Correlatividad débil....................................................................................................................................................6
Regularidad vigente...................................................................................................................................................6
4. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE CORRELATIVIDADES......................................................................6
5. CORRELATIVAS POR ESPACIO CURRICULAR.............................................................................................6
5.1. Primer Año............................................................................................................................................................... 7
5.2. Segundo Año......................................................................................................................................................... 7
5.3. Tercer Año................................................................................................................................................................8
5.4. Cuarto Año..............................................................................................................................................................9
5.5. Quinto Año............................................................................................................................................................ 10
5.6. Sexto Año................................................................................................................................................................ 11
6. CONDICIONES PARA CURSAR SEMESTRES Y AÑOS COMPLETOS..................................................12
6.1. Condiciones para cursar Primer Año.......................................................................................................12
6.1.1. Condiciones para cursar el Semestre 1 de la carrera completo.........................................................12
6.1.2. Condiciones para cursar el Semestre 2 de la carrera completo.......................................................12
6.2. Condiciones para cursar Segundo Año completo...........................................................................13
6.3. Condiciones para cursar el Tercer Año.................................................................................................. 14
6.3.1. Condiciones para cursar el Semestre 5 de la carrera completo...................................................... 14
6.3.2. Condiciones para cursar el Semestre 6 de la carrera completo.................................................... 14
CONTENIDO – Res. CD – N° 161/2026
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6.4. Condiciones para cursar el Cuarto Año.................................................................................................15
6.4.1. Condiciones para cursar el Semestre 7 de la carrera completo......................................................15
6.4.2. Correlativas para cursar el Semestre 8 de la carrera completo......................................................15
6.5. Correlativas para cursar el Quinto Año completo........................................................................... 16
6.6. Correlativas para cursar el Sexto Año completo.............................................................................. 17
7. CONDICIONES PARTICULARES PARA EL TRABAJO FINAL.........................................................18
8. CONDICIONES PARTICULARES PARA ESPACIOS OPTATIVOS Y ELECTIVOS.......................19
9. IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO..................................................................................................19
10. FUNDAMENTOS Y TRAZABILIDAD DEL SISTEMA DE CORRELATIVIDADES.......................19
ANEXO II: ANTECEDENTES NORMATIVOS DEL SISTEMA DE CORRELATIVIDADES ...................20
1. OBJETO.........................................................................................................................................................21
2. ANTECEDENTES NORMATIVOS............................................................................................................21
2.1. Plan de Estudios I (2011)...................................................................................................................................21
2.2. Plan de Estudios II (2017)................................................................................................................................21
CUADROS
Cuadro 1. Plan de Estudios I (2011). Ordenanza N° 005/2011CS. Fecha: 05/11/2011.....................................................22
Cuadro 2. Plan de Estudios II (2017). Ordenanza N° 124/2017CS. Fecha: 15/12/2017..................................................22
CONTENIDO –
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24 de 24 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Académicas | Mostrar 1
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CD-2026-RES-159 28/05/2026 (Carga: 29/05/2026) |
MENDOZA, 28 MAY 2026
VISTO: El Expediente 39571/2025, donde obran los antecedentes relacionados con el llamado a Concurso Abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter de efectivo, CUATRO (4) cargos Categoría SIETE (7) – Tramo Inicial del Agrupamiento Administrativo de la Planta de Personal de Apoyo Académico, para cumplir funciones en el Departamento de Ciencia, Tecnología y Posgrado (1); Dirección General Administrativa (1); Dirección de Ingreso (1) y Dirección de Asuntos Docentes, Departamento de Clases y Exámenes (1) (Turno Tarde), respectivamente, dependientes de la Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado; Secretaría Administrativa Económica Financiera y Secretaría Académica de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 091/2023CS;
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 355/2026 el Consejo Superior autoriza a esta Unidad Académica, a convocar el presente concurso de acuerdo con los datos detallados en el formulario previsto en la Circular N° 4/2024 del Rectorado. Que, el Art. 2°de la Resolución mencionada ut supra establece que, a los efectos del llamado a concurso, la Facultad de Ingeniería deberá ajustar su Resolución de convocatoria a lo establecido en la Ordenanza N° 91/23C.S., y la Circular N° 4/2024 del Rectorado. Que por Ordenanza N° 91/2023C.S., se aprobó la “REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DEL PERSONAL NO DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO”, en virtud de lo dispuesto en el Punto 2. a) del Acta Paritaria para el Personal No Docente, ratificada por Res. N° 220/2024C.S., derogando la Ordenanza N° 03/2008C.S. Que por Circular N° 4/2024 de Rectorado se establece el procedimiento administrativo para dichos concursos y sus correspondientes anexos. Lo aprobado por este Cuerpo, en sesión del día 26 de mayo de 2026.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1° Convocar a Concurso Abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter de efectivo, CUATRO (4) cargos Categoría SIETE (7) – Tramo Inicial del Agrupamiento Administrativo de la Planta de Personal de Apoyo Académico, para cumplir funciones en el Departamento de Ciencia, Tecnología y Posgrado (1); Dirección General Administrativa (1); Dirección de Ingreso (1) y Dirección de Asuntos Docentes, Departamento de Clases y Exámenes (1) (Turno Tarde), respectivamente, dependientes de la Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado; Secretaría Administrativa Económica Financiera y Secretaría Académica de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, de acuerdo a lo detallado en el Anexo Único de la presente Resolución que consta de CUATRO (4) fojas. De conformidad a lo dispuesto por la Ordenanza N° 091/2023CS y que fuera aprobada por Resolución Nº 355/2026 del Consejo Superior.
ARTÍCULO 2° Publicar la presente convocatoria a concurso en la página web de la Universidad y de la Facultad de Ingeniería, de acuerdo a lo establecido el Artículo 7º del Anexo I de la Ord. Nº 91/23 C.S. Resol. – CD N° 159/2026 1 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ARTÍCULO 3° Difundir el presente llamado a concurso, durante DIEZ (10) días hábiles, en el período comprendido entre el VEINTINUEVE (29) de Mayo y el Once (11) de Junio del año 2026, de acuerdo a lo establecido el Artículo 7º del Anexo I de la Ord. Nº 91/23 C.S.
ARTÍCULO 4° Publicar, en al menos un diario de mayor circulación de la Provincia (digital o papel), la presente convocatoria a concurso, especificándose los datos mínimos solicitados, de acuerdo a lo establecido el Artículo 7º del Anexo I de la Ord. Nº 91/23 C.S..
ARTÍCULO 5° Fijar como período de inscripción el comprendido entre las 08.00 horas del día viernes DOCE (12) de Junio y las 12.00 horas del día viernes DIECINUEVE (19) de Junio de 2026, inclusive, durante el cual los interesados deberán enviar la solicitud de inscripción para postular al concurso, siendo requisito excluyente el aceptar los términos y las condiciones de la convocatoria, completando el “Formulario Electrónico de Inscripción de Postulantes” (FEIP), el cual se pondrá a disposición de los interesados en formato PDF editable con 24 horas de anticipación a la apertura de la inscripción del presente concurso a través del siguiente enlace en la página web de la Facultad de Ingeniería: https://ingenieria.uncuyo.edu.ar/apoyoacademico
Adicionalmente, se deberá presentar la documentación que se especifica en el Artículo 6°.
ARTÍCULO 6°. Además de enviar la solicitud de inscripción (FEIP) en los términos indicados en el artículo precedente, los aspirantes deberán enviar la documentación que se menciona a continuación, desde el domicilio especial de notificación electrónica declarado en el FEIP, a la siguiente cuenta de correo electrónico: concurso.paa@ingenieria.uncuyo.edu.ar
Deberá consignarse en el “Asunto” del correo – (Ref: Concurso Categoría 7 Departamento de Ciencia, Tecnología y Posgrado; Dirección General Administrativa; Dirección de Ingreso y Dirección de Asuntos Docentes, Departamento de Clases y Exámenes) Formulario Electrónico de Inscripción de Postulantes (F.E.I.P.). Declaración Jurada de Antecedentes. Formulario de Adhesión a la Ord. N° 26/2020CS. DNI. Currículum vitae, con carácter de Declaración Jurada. Probanzas (certificaciones laborales y académicas). Título Secundario o Polimodal (Excluyente)
La documentación mencionada se debe presentar mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (Portable Document Format, “formato de documento portable”) y tendrá carácter de declaración jurada. La falta de presentación de dicha documentación invalidará la inscripción del postulante al concurso. No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción (Artículo 9°, Anexo I de la Ord. N° 91/23C.S.)
Resol. – CD N° 159/2026
2 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que haya declarado en el Formulario Electrónico de Inscripción de Postulantes (FEIP) y en el formulario de adhesión a la Ord N° 26/2020CS, el cual deberá coincidir con el correo electrónico del cual se remite la documentación.
ARTÍCULO 7° Establecer que la prueba de oposición, a la que se hace referencia en el artículo primero de la presente Resolución, se llevará a cabo en la sede de la Facultad de Ingeniería, el día y la hora que determine el Jurado, integrado según el listado detallado en el Anexo Único de esta Resolución, conforme con las atribuciones conferidas en el Artículo 13° inciso b) del Anexo I de la Ord. N° 91/23CS.
ARTÍCULO 8° El temario de la prueba de oposición estará sujeto al detallado en el Anexo Único de la presente Resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en el orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 9°Remitir una copia certificada de la presente Resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, como así también copia de constancia del envío de un correo electrónico con archivo adjunto de la Resolución en formato Word, a la dirección rrhh@uncu.edu.ar, a fin de difundirlo en la página web de la Universidad, en virtud de lo establecido en el Artículo 8º del Anexo I de la Ordenanza Nº 91/23C.S.
ARTÍCULO 10° Convocar, mediante notificación electrónica que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, al Sindicato del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo, a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante, según lo previsto en el Art. 11° del Anexo I de la Ordenanza N° 91/23C.S.
ARTÍCULO 11° Disponer que la notificación del Acta de Determinación de Aspirantes y Acta Final establecidas en el Artículo 13° del Anexo I de la Ordenanza N° 91/2023C.S., se realizará electrónicamente en el domicilio electrónico constituido al efecto.
ARTÍCULO 12° Los postulantes podrán obtener mayor información del presente llamado a concurso en Mesa de Entradas de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza, o ingresando a la página Web de la Universidad Nacional de Cuyo o de la Facultad de Ingeniería: https://ingenieria.uncuyo.edu.ar/apoyoacademico https://www.uncuyo.edu.ar/concursos
ARTÍCULO 13° A los efectos de la tramitación del presente concurso se tendrán en cuenta las normas establecidas en la Ord. Nº 91/2023C.S., en virtud de la cual se aprobó la “REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO”, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nº 366/06.
ARTÍCULO 14°: Comuníquese e archívese en el libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD N° 159/2026
3 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ANEXO ÚNICO
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Ingeniería b) Unidad Organizativa: Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado, Secretaría Administrativa Económica Financiera y Secretaría Académica. c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Departamento de Ciencia, Tecnología y Posgrado (1); Dirección General Administrativa (1); Dirección de Ingreso (1) y Dirección de Asuntos Docentes, Departamento de Clases y Exámenes (1) (Turno Tarde), respectivamente. 2) Datos del Concurso: a) Clase de Concurso: Abierto b) Metodología de Evaluación: Evaluación de Antecedentes, Entrevista Personal y Prueba de Oposición. 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: SIETE (7) EFECTIVA 6) Detalles del Cargo: Los datos de los apartados a), b) y c), sólo deberán completarse si el cargo a cubrir se encuentra previsto en la estructura orgánico – funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior. a) Denominación del Cargo: b) Responsabilidades: c) Acciones: Los datos del apartado d) corresponden a todos los cargos que no se encuentren previstos en la estructura orgánico funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior. d) Funciones Específicas: Colaboración y apoyo en las actividades administrativas de las Direcciones Departamentos. Ejecución de actividades administrativas vinculadas con el apoyo a la función de las Secretarías, para su normal funcionamiento, que le sean encomendadas. Colaboración y apoyo en la tarea administrativa, para la concreción de las actividades de cada sector. Colaboración con áreas pertinentes a la Estructura Orgánico Funcional del Personal de Apoyo Académico, en la elaboración y actualización de bases de datos e informes. Colaboración con áreas pertinentes a la Estructura Orgánico Funcional del Personal de Apoyo Académico, en relación a la protección y buen uso de mobiliario e insumos. 7) Cantidad de Cargos: 4 (CUATRO) 8) Horario de desempeño previsto: 35 hs. Semanales Lunes a Viernes – Turno Mañana: 7:00 a 14:00 y Turno Tarde de 14:00 a 21:00 hs (Departamento de Clases y Exámenes). Anexo – Resol. – CD N° 159/2026 4 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
9) Remuneración del cargo: Importe vigente a la fecha de llamado a concurso 10) Bonificaciones especiales: …………………………………………..….……………… 11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: La inscripción será de manera electrónica al correo de Mesa de Entradas de la Facultad de Ingeniería, en el periodo comprendido entre las 08.00 horas del día viernes DOCE (12) de Junio y las 12.00 horas del día viernes DIECINUEVE (19) de Junio de 2026, inclusive, plazo establecido en el Artículo 5° de la presente Resolución, al siguiente correo electrónico: concurso.paa@ingenieria.uncuyo.edu.ar
12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso:
Jurados Titulares
Apellido y Nº de Nº Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Nombre Legajo Documento
ALONSO, 31.201 24.973.456 CUATRO (4) Administrativo Departamento de María Laura Ciencia, Tecnología y Posgrado – Facultad de Ingeniería
SILIONI, 31.199 30.510.408 SIETE (7) Administrativo Dirección de Personal – María Laura Facultad de Ingeniería
TANCREDI, 28.388 29.224.617 CINCO (5) Administrativo Departamento de Clases Ana Liliana y Exámenes – Facultad de Ingeniería
Jurados Suplentes Apellido y Nº de Nº Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Nombre Legajo Documento Auxiliar Operativo de la ARRIAGADA, Dirección de Despacho 28.726 23.386.415 SEIS (6) Administrativo Silvana Paola у Gestión Administrativa Facultad de Ingeniería Auxiliar Operativo del ESCUDERO, Departamento de 31.858 16.843.837 SEIS (6) Administrativo Rubén Alberto Liquidación de Haberes Facultad de Ingeniería Departamento de Administración REYNOSO, 24.332 20.810.533 CUATRO (4) Administrativo Secretaría de Silvina Vinculación Facultad de Ingeniería
Anexo – Resol. – CD N° 159/2026 5 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional Nº 366/06. Dichos requisitos deberán transcribirse en las resoluciones de llamado a concurso.
“Art. 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena.”
14) Condiciones Generales: Mayor de 18 Años Secundario Completo o Polimodal (Excluyente) 15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): a) Actitudes necesarias para los cargos que se concursan: Proactividad e iniciativa. Trabajo en equipo. Gestión del tiempo. Polivalencia administrativa. Comunicación y escucha efectiva. Puntualidad. Superación continua. Buenas prácticas conductuales en el trabajo. b) Aptitudes necesarias para el cargo que se concursa: Tener capacidad expeditiva y eficiente en resolver una labor encomendada, haciendo una buena gestión del tiempo para ello. Entender la necesidad de mantenerse actualizado sobre las tendencias administrativas. Entender la responsabilidad del resguardo de datos personales y confidencialidad de la información referida a las actividades de cada sector. Entender la importancia del resguardo patrimonial. Entender la importancia de las buenas prácticas conductuales en el trabajo. Saber de la importancia de una buena comunicación en la transmisión de información. Saber de la importancia del manejo eficiente de la información. Saber de la importancia que reviste el compromiso en el trabajo.
Anexo – Resol. – CD N° 159/2026
6 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
16) Temario General:
Estatuto Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo Ordenanza N° 2/2013 A.U. y su modificatoria Ordenanza N° 1/2014A.U. Decreto Nacional Nº 366/06 Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No docente. Decreto Nacional N° 336/2017 Lineamientos para la Redacción y Producción de Documentos Administrativos. Ordenanza Nº 002/2017C.D. ratificada por la Ordenanza Nº 84/2017C.S. y Ordenanza N° 001/2022C.D. ratificada por la Ordenanza N° 07/2023C.S. Estructura Orgánico Funcional de la Facultad de Ingeniería. Ordenanza Nº 91/2023C.S. Reglamentación del Régimen de Concursos para cubrir cargos vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo. Ley N° 24.521 de Educación Superior. Ley Nº 19.549 de Procedimiento Administrativo y Decreto Reglamentario Nº 1759/1972. Ley N° 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública y su modificatoria Ley N° 26.857. Decreto N° 41/99 Código de Ética de la Función Pública. Ley Micaela Nº 27.499/2018 Capacitación Obligatoria en la Temática de Género y Violencia contra las Mujeres. Ley N° 24.766/1996 y sus modificatorias. Ley de Confidencialidad. Ley N° 25.326/2000 у sus modificatorias. Protección de los Datos Personales. Ordenanza Nº 05/2010C.D. Identidad Visual Institucional de la Facultad de Ingeniería. Conocimientos de Ofimática (Word, Excel, Correos Electrónicos).
ANEXO –
RESOLUCIÓN – CD N° 159/2026
7 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-354 27/05/2026 (Carga: 4/06/2026) |
MENDOZA, 27 MAY 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 4595/2026, en las que la alumna Ana Valentina ALARCÓN ARREGHINI, de la carrera de Ingeniería Mecatrónica, solicita se otorgue el reconocimiento de espacio curricular aprobado;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de la Ordenanza Nº 061/1991CS. Lo informado por la Dirección de Alumnos de Grado, Dirección General de la carrera de Ingeniería Mecatrónica y Secretaría Académica.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar a la alumna Ana Valentina ALARCÓN ARREGHINI (Legajo 13.829) equivalencia interna “POR RECONOCIMIENTO DE ESPACIO CURRICULAR”, aprobado en la carrera de Ingeniería Industrial (Plan de Estudios Ordenanza Nº 110/2004CS) con el correspondiente al Plan de Estudios de la carrera de Ingeniería Mecatrónica (Ordenanza Nº 33/2009CS): AÑO ACADÉMICO: 2026 ESPACIO CURRICULAR DE EQUIVALENCIA INTEGRAL CARRERA INGENIERÍA MECATRÓNICA CARRERA DE ORIGEN . GESTIÓN AMBIENTAL (OPTATIVA) por . ESTUDIO DEL MEDIO AMBIENTE
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 354/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-353 27/05/2026 (Carga: 4/06/2026) |
MENDOZA, 27 MAY 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 7991/2025, en las que Secretaría Académica solicita rectificar parcialmente el contenido de la Resolución N° 227/2025FI, en el cual se disponen las funciones a cumplir por la docente Lucía Antonia CORTÉS;
CONSIDERANDO: Que el Artículo 2° de la Resolución N° 227/2025FI, dispone que, a partir del 01 de marzo de 2025, la docente CORTÉS en su cargo de Profesor Adjunto – Dedicación Semiexclusiva – Efectivo, cumpla nuevas funciones con el mencionado cargo. Que por un error involuntario, se consignaron funciones que no corresponden, por lo que resulta necesario rectificar parcialmente el Artículo 2° de la Resolución N° 227/2025FI. Lo dispuesto en el Artículo 40º Inciso 2 del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Rectificar parcialmente el Artículo 2° de la Resolución N° 227/2025FI, en lo referido a las funciones de la docente Lucía Antonia CORTÉS (DNI: 18.436.444 – Legajo 32.518) en el cargo de Profesor Adjunto – Dedicación Semiexclusiva – Efectivo según el siguiente detalle:
DONDE DICE:
Docencia en la asignatura “Algoritmos y Estructura de Datos I” (LCC) Funciones docentes por extensión en asignaturas del Área 23: ALGORITMOS Y LENGUAJES DE SOFTWARE, BASE DE DATOS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN Docencia en la asignatura “Ingeniería del Software II” (LCC) (MCT) Docencia en la asignatura “Proyecto I” (LCC) Funciones docentes por extensión en asignaturas del Área 25: INGENIERÍA DE SOFTWARE, BASE DE DATOS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES) Investigación en proyectos acreditados formalmente por instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, PIN, entre otros) que se desarrollen en la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Cuyo.
Resol. – FI Nº 353/2026
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
DEBE DECIR: Docencia en el espacio curricular “Ingeniería de Software II” (Ordenanza N° 40/2017CS) / (Ordenanza N° 93/2023CS) Carrera Licenciatura en Ciencias de la Computación. Docencia en el espacio curricular “Proyecto I” (Ordenanza N° 40/2017CS) / “Proyecto de Software” (Ordenanza N° 93/2023CS) Carrera Licenciatura en Ciencias de la Computación. Funciones docentes por extensión en espacios curriculares del Área 25: INGENIERÍA DE SOFTWARE, BASES DE DATOS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES) y sistema de acreditación internacional. Investigación en proyectos acreditados formalmente por instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, PIN, entre otros) que se desarrollen en la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Cuyo.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 353/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-352 27/05/2026 (Carga: 4/06/2026) |
MENDOZA, 27 MAY 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 16411/2026, en las que Secretaría Académica de la UNCuyo solicita la designación de un/a referente institucional de la Facultad de Ingeniería, que integrará el Grupo de Referentes Institucionales para el Uso Responsable de la Inteligencia Artificial Generativa (IAG) de la UNCuyo;
CONSIDERANDO: Que el Grupo de Referentes Institucionales para el Uso Responsable de la Inteligencia Artificial Generativa (IAG) de la UNCuyo, fue creado por el Artículo 5º de la Resolución Nº 262/2026CS. Que la conformación de este Grupo resulta necesaria para avanzar en la implementación efectiva de la Guía, en tanto la inteligencia artificial generativa constituye una tecnología de creciente impacto en las prácticas de enseñanza, aprendizaje, evaluación, investigación, gestión institucional y producción académica. Que su incorporación ofrece oportunidades relevantes para la innovación, la accesibilidad, la personalización de apoyos, la mejora de procesos y el fortalecimiento de las competencias digitales, pero también plantea desafíos vinculados a la integridad académica, la autoría, la verificación de la información, los sesgos, la protección de datos, la equidad en el acceso y la supervisión humana de decisiones relevantes. Que el Grupo tendrá un rol clave en el acompañamiento de la puesta en funcionamiento de la Guía, la identificación de necesidades de sensibilización y formación, la revisión periódica de los criterios y herramientas, la actualización de las orientaciones institucionales y la atención de las solicitudes formales de la comunidad universitaria. Su integración plural permitirá articular una política común sobre el uso responsable de la IAG, sin desconocer las particularidades disciplinares, pedagógicas, investigativas, administrativas y organizacionales de cada Unidad Académica, escuela, claustro o dependencia. Que el mismo será coordinado por la Secretaría Académica de la UNCuyo. Lo informado por Secretaría Académica. Los antecedentes de los profesionales propuestos por esta Casa de Estudios: como Referente Titular: Dr. Ing. Jorge Eduardo NUÑEZ MC LEOD y como Referente Suplente: Dr. Ing. Carlos Hernán GARRIDO. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) y 8) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar como Referentes de esta Casa de Estudios a los siguientes profesionales, para integrar el Grupo de Referentes Institucionales para el Uso Responsable de la Inteligencia Artificial Generativa (IAG) de la UNCuyo: Titular: Dr. Ing. Jorge Eduardo NUÑEZ MC LEOD DNI: 18.837.437 Suplente: Dr. Ing. Carlos Hernán GARRIDO DNI: 30.509.138
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 352/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2026-RES-158 27/05/2026 (Carga: 4/06/2026) |
MENDOZA, 27 MAY 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 15478/2026, en las que el Comité Académico de la carrera de Posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental”, eleva los antecedentes de la profesional seleccionada para cursar la misma;
CONSIDERANDO: El Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 44/2021CS. Las disposiciones de la Ordenanza N° 49/2003CS y Resolución 322/2022CD. Lo informado por el Comité Académico de la citada carrera, la Dirección General de Posgrados y la Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 13 de mayo de 2026.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, a Dirección General de Posgrados de esta Casa, a inscribir como alumna de la carrera de Posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental” a la siguiente profesional, de acuerdo al Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 44/2021CS:
AÑO 2026 . SILLONE Andrea Susana DNI: 23.093.491
ARTÍCULO 2º. Otorgar a la profesional detallada en el Artículo 1º de la presente Resolución un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumpla con la presentación, en Dirección General de Posgrados de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 158/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2026-RES-157 27/05/2026 (Carga: 4/06/2026) |
MENDOZA, 27 MAY 2026
VISTO: El contenido del Expediente: 15486/2026, en el que el Mgter. Arq. Jorge Oscar GONELLA, Director de la Diplomatura de Posgrado en “Iluminación y Acústica Arquitectónica”, eleva la nómina de profesionales seleccionados para cursar la citada carrera;
CONSIDERANDO: El Plan de Estudios de la citada diplomatura de posgrado, aprobada por Ordenanza Nº 65/2017CS. Las disposiciones de la Ordenanza N° 002/2015CS. Lo informado por el Comité Académico de la diplomatura de posgrado de referencia, la Dirección General de Posgrados y Secretaría de Ciencia Tecnología y Posgrado. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 13 de mayo del año 2025.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, a Dirección General de Posgrados de esta Casa, a inscribir como alumnos de la Diplomatura de Posgrado en “Iluminación y Acústica Arquitectónica” a los siguientes profesionales, de acuerdo con el Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 65/2017CS: AÑO 2026 . BERTOLDI, Dalia Surena DNI 19.049.485 . CORSETTI, Julieta Romina DNI 36.266.352 . GARCIA, María Inés DNI 42.890.886 . KIMMEL, Jennifer Huilen DNI 37.395.517 . MANRIQUE, Nahir Amira DNI 38.416.398 . NORTE, Victoria DNI 40.515.604 . PICARDI, Agostina Samira DNI 39.410.865 . REYNALS, Cristina DNI 32.370.251 . RIFFO, Nahir Yamila DNI 39.649.897 . ROMERO PAREDES, Andrea Milagros CI 4876893 . SUELDO FREDES, Carolina DNI 32.800.364 . VARGAS SANTA MARIA, Catalina DNI 44.140.465
ARTÍCULO 2º. Otorgar a los profesionales detallados en el Artículo 1º de la presente Resolución, un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumplan con la presentación, en Dirección General de Posgrados de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 157/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Alumnos de Postgrado | Mostrar 1
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