Digesto
|
|
16951 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
FI-2025-RES-613 18/08/2025 (Carga: 22/08/2025) |
MENDOZA, 18 AGO 2025
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 24139/2025, en las que se solicita otorgar al Dr. Ing. Gustavo GIOACCHINI un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”;
CONSIDERANDO: Que la solicitud se fundamenta en la necesidad de atender la situación particular de los espacios curriculares de la carrera Ingeniería en Petróleo. Que el Dr. Ing. GIOACCHINI está designado, por Resolución N° 254/2019CD en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Interino, para el ÁREA 10: ESTRUCTURAS en la asignatura “Estática y Resistencia de Materiales” y prorrogado por Resolución 318/2024CD, por el período comprendido entre el 01 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025. Los antecedentes del profesional propuesto. Que está garantizada la disponibilidad presupuestaria. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 23/2015CS. Lo informado por la Dirección General de la carrera de Ingeniería en Petróleo, Secretaría Académica y Secretaría Administrativa Económica Financiera. Lo dispuesto en el Artículo 40º Inciso 2 del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar, un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, al Dr. Ing. Gustavo GIOACCHINI (Legajo 34.625), por el período, objeto y monto que a continuación se indican: Cargo sobre el que se aplica el adicional: Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple. Objeto: Cumplir funciones docentes como Jefe de Trabajos – Dedicación Simple en el ÁREA 10: ESTRUCTURAS en la asignatura “Estabilidad” de la carrera Ingeniería en Petróleo Período: Desde el 01 al 31 de agosto del 2025. Monto Mensual: PESOS DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS CINCO con 57/100 ($219.505,57).
ARTÍCULO 2º. El gasto del monto emergente de la aplicación del citado adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 3º. El gasto que demande la presente solicitud, deberá financiarse con crédito del Presupuesto Ordinario y Economías del Inciso I – Gastos en Personal – Ejercicio 2025.
ARTÍCULO 4º. La Decana podrá disponer la baja del adicional otorgado cuando se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5°. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 613/2025
1 de 1 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FI-2025-RES-612 18/08/2025 (Carga: 22/08/2025) |
MENDOZA, 18 AGO 2025
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 24031/2025, en las que se solicita otorgar al Mgter. Luciano Iván ROBINO un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”;
CONSIDERANDO: Que la solicitud se fundamenta en la necesidad de atender la situación particular de los espacios curriculares “Inteligencia Artificial II” Y “Sistemas Inteligentes II” de la carrera Lic. en Ciencias de la Computación. Que el Mgter. ROBINO está designado, por Resolución N° 015/2025CD en un cargo de Ayudante de Primera– Dedicación Simple Carácter Interino para el ÁREA 22: “TEORÍA DE LA COMPUTACIÓN” en la asignatura “Lógica”. Los antecedentes del profesional propuesto. Que está garantizada la disponibilidad presupuestaria. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 23/2015CS. Lo informado por la Dirección General de la carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, Secretaría Académica y Secretaría Administrativa Económica Financiera. Lo dispuesto en el Artículo 40º Inciso 2 del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar, un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, al Mgter. Luciano Iván ROBINO (Legajo 35.912), por el período, objeto y monto que a continuación se indican: Cargo sobre el que se aplica el adicional: Ayudante de Primera Dedicación Simple. Objeto: Cumplir funciones como Ayudante de Primera Dedicación Simple para el Área 22 “TEORÍA DE LA COMPUTACIÓN” en las asignaturas “INTELIGENCIA ARTIFICIAL II”, y “SISTEMAS INTELIGENTES II” de la carrera Lic. en Ciencias de la Computación. Período: Desde el 01 al 31 de agosto del 2025. Monto Mensual: PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 98/100 ($ 183.377,98 ).
ARTÍCULO 2º. El gasto del monto emergente de la aplicación del citado adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 3º. El gasto que demande la presente solicitud, deberá financiarse con crédito del Presupuesto Ordinario y Economías del Inciso I – Gastos en Personal – Ejercicio 2025.
ARTÍCULO 4º. La Decana podrá disponer la baja del adicional otorgado cuando se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5°. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 612/2025
1 de 1 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FI-2025-RES-611 18/08/2025 (Carga: 22/08/2025) |
MENDOZA, 18 AGO 2025
VISTO: El Expediente: 24455/2025, donde obra el pedido de renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/1962, solicitado a partir del 01 de setiembre de 2025, presentado por el docente Aníbal Edmundo MIRASSO, a los efectos de poder iniciar sus trámites jubilatorios;
CONSIDERANDO: Que corre agregado el Formulario Nº 1 de la Ordenanza Nº 44/2022R., donde el docente Aníbal Edmundo MIRASSO solicita a partir del 01 de setiembre de 2025 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/1962, en el cargo detallado en el mismo. Que corre agregado el Formulario Nº 2 de la Ordenanza Nº 44/2022R., donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista del Dr. Ing. MIRASSO. Que en Nota 140900/2025, corre agregado el informe de la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado. Las disposiciones del Artículo 9º de la Ordenanza Nº 32/2016R y sus modificatorias.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aceptar la RENUNCIA CONDICIONADA, conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional N° 8820/1962, del siguiente Personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. Datos Personales del Docente Apellidos y Nombres MIRASSO, Aníbal Edmundo D.N.I. 13.981.088 CUIL o CUIT 20139810881 Legajo N° 27.251
El cargo donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO NÚMERO 1º
2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación (*) Exclusiva Carácter (**) Efectivo Nº de Resolución 018/2005CS 105/2005CD 424/2005CS 42/2006FI ad de designación referendum del CD
Resol. – FI Nº 611/2025
1 de 2 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
3. Término de la última designación Desde 01112005 Hasta (***) (*) (Simple, semiexclusiva o exclusiva) (**) (Efectivo, interino, reemplazante, suplente o contratado) (***) (Sólo en el caso que el carácter de la designación fuese: interino, reemplazante, suplente o contratado)
4. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*)
1) “CÁLCULO NUMÉRICO Y COMPUTACIÓN” 2) 3) (*) Si no encuadra en ninguna de estas clasificaciones consigne la función que cumple.
5. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERÍA Subdependencia (*) (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
6. Fecha de la Renuncia Condicionada DIA (*) 01 (primero) MES (*) 09 (setiembre) AÑO (*) 2025 (dos mil veinticinco) (*) Es importante recordar que en aquellos casos de revistar en distintos cargos y en distintas Unidades Académicas, deberá impulsarse las tramitaciones individuales respectivas en cada una de ellas, donde la fecha de renuncia condicionada deberá ser coincidente, y a partir del 1º del mes de que se trate, no admitiéndose otra fecha que la antes señalada.
ARTÍCULO 2°. El docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales con la percepción de sus haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en el que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3°. El docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en que se desempeña, y que se encontrare bajo RENUNCIA CONDICIONADA, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el corresponde trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente. Por tanto, en estos casos no corresponderá solicitar la continuidad laboral.
ARTÍCULO 4°. Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia digital de la presente resolución, juntamente con el expediente mencionado en el visto.
ARTÍCULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 611/2025
2 de 2 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FI-2025-RES-610 18/08/2025 (Carga: 22/08/2025) |
MENDOZA, 18 AGO 2025
VISTO: El Expediente: 24453/2025, donde obra el pedido de renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/1962, solicitado a partir del 01 de setiembre de 2025, presentado por la docente Silvia Raquel RAICHMAN, a los efectos de poder iniciar sus trámites jubilatorios;
CONSIDERANDO: Que corre agregado el Formulario Nº 1 de la Ordenanza Nº 44/2022R., donde la docente Silvia Raquel RAICHMAN solicita a partir del 01 de setiembre de 2025 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/1962, en el cargo detallado en el mismo. Que corre agregado el Formulario Nº 2 de la Ordenanza Nº 44/2022R., donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista de la docente RAICHMAN. Que en Nota 140974/2025, corre agregado el informe de la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado. Las disposiciones del Artículo 9º de la Ordenanza Nº 32/2016R y sus modificatorias.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aceptar la RENUNCIA CONDICIONADA, conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional N° 8820/1962, del siguiente Personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. Datos Personales del Docente Apellidos y Nombres RAICHMAN, Silvia Raquel D.N.I. 16.068.406 CUIL o CUIT 27160684068 Legajo N° 27.250
El cargo donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO NÚMERO 1º
2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación (*) Exclusiva Carácter (**) Efectivo Nº de Resolución 019/2005CS 189/2005CS 105/2005CD 424/2005CS 44/2006de designación FI ad referendum del CD
Resol. – FI Nº 610/2025
1 de 2 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
3. Término de la última designación Desde 01112005 Hasta (***) (*) (Simple, semiexclusiva o exclusiva) (**) (Efectivo, interino, reemplazante, suplente o contratado) (***) (Sólo en el caso que el carácter de la designación fuese: interino, reemplazante, suplente o contratado)
4. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*)
1) “GEOMETRÍA ANALÍTICA” 2) 3) (*) Si no encuadra en ninguna de estas clasificaciones consigne la función que cumple.
5. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERÍA Subdependencia (*) (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
6. Fecha de la Renuncia Condicionada DIA (*) 01 (primero) MES (*) 09 (setiembre) AÑO (*) 2025 (dos mil veinticinco) (*) Es importante recordar que en aquellos casos de revistar en distintos cargos y en distintas Unidades Académicas, deberá impulsarse las tramitaciones individuales respectivas en cada una de ellas, donde la fecha de renuncia condicionada deberá ser coincidente, y a partir del 1º del mes de que se trate, no admitiéndose otra fecha que la antes señalada.
ARTÍCULO 2°. El docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales con la percepción de sus haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en el que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3°. El docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en que se desempeña, y que se encontrare bajo RENUNCIA CONDICIONADA, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el corresponde trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente. Por tanto, en estos casos no corresponderá solicitar la continuidad laboral.
ARTÍCULO 4°. Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia digital de la presente resolución, juntamente con el expediente mencionado en el visto.
ARTÍCULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 610/2025
2 de 2 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2025-RES-220 18/08/2025 (Carga: 22/08/2025) |
MENDOZA, 18 AGO 2025
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 21769/2025, en las que la Dirección General de la carrera de Ingeniería Mecatrónica, propone la designación del Docente Javier José ROSENSTEIN en el cargo de Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva – Interino, para el ÁREA 19: SOPORTE FÍSICO Y LÓGICO DE SISTEMAS MECATRÓNICOS, con “Informática y Programación” y para el ÁREA: 20 MODELADO Y CONTROL DE SISTEMAS MECATRÓNICOS, con “Realidad Virtual” como temáticas de referencia a los efectos de la designación;
CONSIDERANDO: La necesidad de fortalecer los espacios curriculares de la carrera de Ingeniería Mecatrónica. Que la propuesta de designación se solicita hasta que se sustancie el concurso correspondiente. Que por Resolución N° 283/2017CD, el Docente Javier José ROSENSTEIN fue designado en un cargo de Profesor Adjunto – Dedicación Simple – Interino en la asignatura “Realidad Virtual” y prorrogado por Resolución N° 318/2024CD. Que por lo expuesto corresponde darle de baja en el citado cargo y designarlo en el cargo de referencia. Los antecedentes del profesional propuesto. Que la Dirección General Económico Financiera certifica la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. Que en el informe de la Secretaría Académica de esta Unidad se detalla la descripción del título (carreras) y espacio curricular. Que se adjunta la correspondiente Declaración Jurada de Cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado por la Dirección de Personal de esta Facultad. Que, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013CS, el Docente Javier José ROSENSTEIN cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional Definitivo. Que por razones presupuestarias sólo se pueden realizar designaciones interinas hasta el 31 de diciembre del año 2025. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 29 de julio de 2025. En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Dar de baja, a partir del 01 de agosto de 2025, al docente Javier José ROSENSTEIN (DNI: 21.916.810 – Legajo: 32.421), en el cargo de Profesor Adjunto Dedicación Simple – Interino, para el ÁREA: 20 MODELADO Y CONTROL DE SISTEMAS MECATRÓNICOS, con “Realidad Virtual” como temática de referencia, designado por Resolución N° 283/2017CD y prorrogado el cargo mediante Resolución N° 318/2024CD.
ARTÍCULO 2º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y ROSENSTEIN, Javier José Nombres Documento D.N.I. 21.916.810 Único: CUIL o CUIT 20219168102 Legajo n° 32.421 Resol. CD Nº 220/2025 1 de 4 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002.. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Profesor Titular Cargo Dedicación Semiexclusiva Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01082025 Hasta el 31122025 y/o hasta tanto el cargo se concurse con carácter de Interino o Efectivo, lo que ocurra primero.
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) AREA 19: SOPORTE FÍSICO Y LÓGICO DE SISTEMAS MECATRÓNICOS. 2) ASIGNATURA: “INFORMÁTICA Y PROGRAMACIÓN” 3) AREA 20: MODELADO Y CONTROL DE SISTEMAS MECATRÓNICOS. 4) ASIGNATURA: “REALIDAD VIRTUAL”
ARTÍCULO 3º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º forma parte del Plan de Estudios de las siguientes carreras, que a continuación se detallan:
Lista de Títulos (o lista de Carreras) Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 252 INGENIERÍA INDUSTRIAL 5323 INGENIERÍA MECATRÓNICA OTRAS CARRERAS DE GRADO DE LA FACULTAD (**) Porcentaje total 100% (*) Corresponde que el Área de Académica de la Facultad detalle el porcentaje de aporte a cada carrera o título, según el/los espacio/s curricular/es que dicte el docente designado. (**) Con movilidad en otras carreras de grado de la Facultad de Ingeniería, dentro del Área 19 y Área 20, por razones fundadas.
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA en Asignatura/s: “INFORMÁTICA Y PROGRAMACIÓN” (IND) (MCT) “REALIDAD VIRTUAL” (MCT) 2 Funciones docentes por extensión en asignaturas del 19: SOPORTE FÍSICO Y LÓGICO DE SISTEMAS MECATRÓNICOS.
3 Funciones docentes por extensión en asignaturas del 20: MODELADO Y CONTROL DE SISTEMAS MECATRÓNICOS.
Resol. CD Nº 220/2025
2 de 4 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002.. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
4 PARTICIPACIÓN ACTIVA Y COMPROMETIDA EN EL CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS INSTITUCIONALES VINCULADOS CON LOS PROCESOS PERIÓDICOS DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL Y AUTOEVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA CARRERA ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVESITARIA, EN EL MARCO DEL
ARTÍCULO 43º DE LA LEY 24.521 (LES) Y SISTEMA DE ACREDITACIÓN INTERNACIONAL. 5 PARTICIPACIÓN EN PROYECTOS INSTITUCIONALES DE EXTENSIÓN, VINCULACIÓN, ACADÉMICOS Y/O DE INVESTIGACIÓN. LOS PROYECTOS DEBEN ESTAR ACREDITADOS FORMALMENTE POR INSTITUCIONES RECONOCIDAS (UNIVERSIDADES NACIONALES, CONICET, AGENCIA, ENTRE OTRAS) Y DESARROLLARSE EN EL ÁMBITO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO. Teniendo en cuenta que los Planes de estudios de las Carreras de la Facultad de Ingeniería, se derogan progresivamente por la implementación de los nuevos Planes de Estudios, el profesional designado deberá desempeñar sus funciones, tanto en el Plan de Estudios que se deroga progresivamente como en el nuevo Plan de Estudios, considerando el periodo de transición de la carrera que corresponda, los cambios en las denominaciones de las asignaturas, sus programas, carga horaria y ubicación en el Plan de Estudios
ARTÍCULO 4º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria)
Depend. o Subde Fuente Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función ParticipaApartado penden de grama dad dad ción cia Financia Porcentual miento 09 0 11 34 3 0 99 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla:
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 09 Facultad de Ingeniería Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 805 Escalafón Personal Docente
Resol. CD Nº 220/2025 3 de 4 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002.. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ARTÍCULO 6º. De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos y lo informado por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 7º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 220/2025
4 de 4 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002.. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FI-2025-RES-609 14/08/2025 (Carga: 22/08/2025) |
MENDOZA, 14 AGO 2025
VISTO: El Expediente: 24142/2025, en el que el egresado Rolando JIMENEZ VACA solicita la extensión de su Diploma de “Ingeniero de Petróleos”;
CONSIDERANDO: Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 34/36 registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudios de esta Facultad.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Expedir a nombre del egresado Rolando JIMENEZ VACA (DNI: 95.664.226), nacido el 04 de diciembre de 1997 en Santa Cruz – Bolivia, el Diploma de “Ingeniero de Petróleos” de la carrera de grado “Ingeniería de Petróleos”, con fecha de egreso el 03 de febrero del año 2025.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 609/2025
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FI-2025-RES-608 14/08/2025 (Carga: 22/08/2025) |
MENDOZA, 14 AGO 2025
VISTO: El Expediente: 24143/2025, en el que el egresado Matías Alejandro RODRIGUEZ LÓPEZ solicita la extensión de su Diploma de “Ingeniero de Petróleos”;
CONSIDERANDO: Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 20/22 registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudios de esta Facultad.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Expedir a nombre del egresado Matías Alejandro RODRIGUEZ LÓPEZ (DNI: 43.280.246), nacido el 04 de febrero de 2001 en Mendoza – República Argentina, el Diploma de “Ingeniero de Petróleos” de la carrera de grado “Ingeniería de Petróleos”, con fecha de egreso el 28 de marzo del año 2025.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 608/2025
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||