Digesto
|
15808 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CD-2025-RES-003 12/02/2025 (Carga: 17/02/2025) |
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
MENDOZA, 12 FEB 2025
VISTO: Las actuaciones que obran en expediente: 40633/2023, en las que Dirección General de la carrera de Ingeniería Civil solicita se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interino UN (1) cargo de Profesor Titular Dedicación Simple – para el Área 8: ADMINISTRACIÓN, ECONOMÍA Y FINANZAS con “Economía en Ingeniería Civil” y “Administración y Economía”, como temáticas de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interino, en las categorías de Profesor Titular, Asociado y Adjunto, dispuesto por Ordenanza Nº 03/1986CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD. Que a los efectos de la organización de desagregado de los antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, regirá el ordenamiento de los ítems propuestos en la grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes de la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Que, a los efectos, se debe considerar los criterios para la evaluación de la calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del plan de actividades que rige en la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD, por la que se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Lo dispuesto por Resolución Nº 66/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Las disposiciones de la Ordenanza N° 26/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Que la convocatoria se realiza para un área y espacio curricular de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Que se ha solicitado incluir en las funciones del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Lo informado por Dirección General Económico Financiera y Secretaría Académica. Que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 22 de octubre del año 2024.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 03/86CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD, para cubrir con carácter de interino UN (1) cargo de Profesor Titular Dedicación Simple – para el Área 8: ADMINISTRACIÓN, ECONOMÍA Y FINANZAS con “Economía en Ingeniería Civil” y “Administración y Economía”, como temáticas de referencia, a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2º. Autorizar que el concurso convocado en el artículo precedente, se tramite e implemente en la modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD y la Resolución N° 66/2021CD. Las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial. Resol. – CD N° 003/2025 1 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos/expectativas de logro para los espacios curriculares, según los Planes de Estudios activos de la carrera de Ingeniería Civil; y considerandos de la presente Resolución, para el cargo que se convoca a concurso en el Artículo 1º de la misma: Requisitos de formación y antecedentes exigidos:
Título de Grado: Ingeniero/a (excluyente). Requisitos excluyentes: Experiencia docente universitaria mínima de cinco (5) años con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional mínima de cinco (5) años en organizaciones públicas y/o privadas, en el ámbito de proyectos y obras civiles vinculados a la temática de referencia.
Requisitos no excluyentes: Competencias específicas en la formulación y evaluación de proyectos civiles. Competencias específicas en la gestión de proyectos civiles, incluyendo manejo de metodologías y herramientas afines. Competencias específicas en el desarrollo, ejecución y control de costos y presupuestos de proyectos civiles. Manejo de herramientas informáticas de aplicación específica en la temática motivo del concurso. Experiencia en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia. Formación en enfoques curricular y pedagógico basados en competencias. Formación de aprendizajes centrado en el estudiante
Objetivos y contenidos mínimos:
CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL – Plan de Estudios vigente aprobado por Ordenanza N° 03/2003CS “ECONOMÍA EN INGENIERÍA CIVIL” Objetivos (en el Plan de Estudios): Objetivos: Conocer los conceptos fundamentales de la economía y su aplicación en obras de ingeniería civil. Demostrar habilidad para hacer el estudio económico, analizar los resultados y proponer opciones en obras sencillas. Manifestar preocupación por aspectos económicos en ingeniería civil y por la importancia económica del ingeniero civil.
Contenidos Mínimos (en el Plan de Estudios): Nociones generales de economía. Bienes. Mercado. Costos. Ecuación general de costos. Materiales y mano de obra. Financiamiento, renta y amortización. Computo métrico. Análisis de costos. Costos indirectos: Rentabilidad de equipos. Licitaciones y concursos. Ética empresarial.
Resol. – CD N° 003/2025
2 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
Expectativas de logro y contenidos mínimos:
CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL – Plan de Estudios vigente aprobado por Ordenanza N° 095/2023CS “ADMINISTRACIÓN Y ECONOMÍA” Expectativas de logro (en el Plan de Estudios): Al acreditar el espacio curricular, las y los estudiantes serán capaces de: Entender los principios básicos de la microeconomía y la macroeconomía, y su aplicación a la industria de la construcción considerando el contexto regional, nacional y global. Desarrollar capacidad para realizar y analizar una formulación y evaluación económica de un proyecto civil, incluyendo análisis de alternativa de financiamiento. Analizar la conformación de costos y presupuestos en el ámbito de los proyectos civiles para definir necesidades y debatir grupalmente importancias e incidencias. Aplicar herramientas y buenas prácticas asociadas a la gestión de costos y presupuestos de proyectos civiles para sustentar su viabilidad y concreción. Comprender la conformación y particularidades operativas de las empresas constructoras para facilitar su inserción laboral y promover el espíritu emprendedor. Aplicar procedimientos de uso en la industria para seleccionar, a través de concursos o licitaciones, las propuestas más convenientes para la ejecución de los proyectos civiles. Implementar estrategias de trabajo en equipo para la resolución de actividades vinculadas al aprendizaje de la disciplina. Utilizar lenguaje técnico adecuado que facilite las producciones orales y escritas.
Contenidos Mínimos (en el Plan de Estudios): Nociones de microeconomía y macroeconomía. Formulación y evaluación de proyectos civiles. Indicadores económicos. Costos: clasificación, composición y análisis. Análisis de precios. Presupuesto de costos. Gastos generales. Gastos financieros. Presupuestos de proyectos y obras. Empresas constructoras. Organización. Procesos productivos. Gerenciamiento. Modalidades de ejecución de proyectos y obras. Concursos y licitaciones.
Funciones que desarrollará La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de las temáticas de referencia, y la evaluación de desempeño se hará conforme a la Dedicación en el cargo.
Funciones docentes en las temáticas de referencia, asignaturas: "Economía en Ingeniería Civil" mientras mantenga vigencia el Plan de Estudios aprobado por la Ordenanza N° 03/2003CS y en la asignatura “Administración y Economía” del nuevo Plan de Estudios aprobado por la Ordenanza N° 095/2023CS, acorde al Plan de Transición establecido. Participar activamente en el proceso de transición, adecuación y desarrollo de contenidos, considerando las asignaturas afines previstas en el nuevo Plan de Estudios de la carrera (ORD 095/2023 CS Rediseño curricular de la carrera Ingeniería Civil) identificadas como “Administración y Economía”, “Gestión de Proyectos” y “Proyecto Integrador”. Funciones docentes por extensión en asignaturas del ÁREA 8: ADMINISTRACIÓN, ECONOMÍA Y FINANZAS considerando los cambios y adecuaciones requeridos por la implementación del nuevo Plan de Estudios de la carrera. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES).
Resol. – CD N° 003/2025 3 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
Condiciones particulares por el rediseño curricular en proceso Teniendo en cuenta que los Planes de estudios de las Carreras de la Facultad de Ingeniería, se derogan progresivamente por la implementación de los nuevos Planes de Estudios, el postulante que sea seleccionado deberá desempeñar sus funciones, tanto en el Plan de Estudios que se deroga progresivamente como en el nuevo Plan de Estudios, considerando el periodo de transición de la carrera que corresponda, los cambios en las denominaciones de las asignaturas, sus programas, carga horaria y ubicación en el Plan de Estudios.
ARTÍCULO 4º. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera: TITULARES: . MORENO, Jorge Luis (Presidente) . IBÁÑEZ, Jorge Víctor . CANTÚ, Alejandro Domingo
SUPLENTES: . GOMENSORO, Fernando . GARBUIO, Oscar Martín
ARTÍCULO 5º. Fijar como plazo de inscripción el período comprendido entre la hora 08:00 del miércoles 05 y la hora 12:00 del martes 11 de marzo de 2025.
ARTÍCULO 6°. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle:
ETAPA I del proceso de inscripción a) Formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico. ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación, a saber:
a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción). b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas, de corresponder, podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Plan de actividades enseñanzaaprendizaje. La documentación (currículum vitae, antecedentes, probanzas, comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin y plan de actividades de enseñanzaaprendizaje), se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable») y tendrá carácter de declaración jurada. La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes: concurso.docente+406332023@ingenieria.uncuyo.edu.ar
Resol. – CD N° 003/2025 4 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción.
b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis de los antecedentes por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuestos en la Grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que obra en el Anexo II de la Ordenanza N° 23/2010CS.
c) Plan de actividades de enseñanzaaprendizaje Todo aspirante que se presente, deberá acompañar el Plan de actividades que en líneas generales propone desarrollar en caso de obtener el cargo concursado, que incluirá el Programa del espacio curricular, motivo del concurso convocado, y deberá incluir: Fundamentación. En la que no podrá faltar el encuadre de la propuesta en relación con el perfil del egresado y la ubicación del espacio curricular en el Plan de Estudios. Objetivos. Deben ser elaborados en función de las expectativas de logro a desarrollar por los alumnos. Desarrollo de unidades temáticas. Consistentes con los contenidos mínimos propuestos en el Plan de Estudios. Metodología de desarrollo de los procesos de enseñanza–aprendizaje y de evaluación. Bibliografía general y selección de lecturas obligatorias. La calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del Plan de actividades será evaluada según los criterios desagregados en el Grilla para la descripción, el análisis y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que forman parte del Anexo II de la Ordenanza N° 023/2010CS.
ARTÍCULO 7°. Disponer que el concurso incluya un Coloquio que consistirá en una entrevista de los miembros de la Comisión Asesora con los aspirantes, con el objeto de valorar el dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica de los espacios curriculares a los que postulan. La Comisión Asesora tendrá en cuenta aspectos tales como: Competencias específicas en la temática motivo del presente concurso. Importancia relativa y la ubicación de su área en la currícula de la carrera. Visión de conjunto del estado actual del campo del conocimiento del espacio curricular concursado, conocimiento de los principales hitos en la construcción del conocimiento, dominio de los modos particulares de producción del conocimiento en el área disciplinar. Reconocimiento político y social de su campo disciplinar, profesional y docente. Grado de compromiso en el desarrollo del equipo docente del espacio curricular con la docencia, la innovación pedagógica, la producción del conocimiento y el crecimiento sociocultural. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8º. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el Artículo N°6.
Resol. – CD N° 003/2025 5 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
ARTÍCULO 9º. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice teniendo en cuenta lo estipulado en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 03/1986CD. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los concursos docentes, con visibilidad en la página de llamados a concursos del portal de la Universidad Transparente de la UNCuyo.
ARTÍCULO 10º. Disponer que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura.
ARTÍCULO 11°. Dejar sin efecto el contenido de la Resolución N° 152/2024CD, de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académico, aprobado por este Cuerpo.
ARTÍCULO 12º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD N° 003/2025
6 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2025-RES-002 12/02/2025 (Carga: 17/02/2025) |
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
MENDOZA, 12 FEB 2025
VISTO: Las actuaciones que obran en expediente: 37630/2024, en las que Dirección General de la carrera de Arquitectura solicita se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interino UN (1) cargo de Profesor Titular Dedicación Simple – para el Área 14 DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE con “Diseño de Interiores”, como temática de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interino, en las categorías de Profesor Titular, Asociado y Adjunto, dispuesto por Ordenanza Nº 03/1986CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD. Que a los efectos de la organización de desagregado de los antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, regirá el ordenamiento de los ítems propuestos en la grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes de la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Que, a los efectos, se debe considerar los criterios para la evaluación de la calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del plan de actividades que rige en la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD, por la que se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Lo dispuesto por Resolución Nº 66/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Las disposiciones de la Ordenanza N° 26/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Que la convocatoria se realiza para un área y espacio curricular de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Que se ha solicitado incluir en las funciones del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Lo informado por Dirección General Económico Financiera y Secretaría Académica. Que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 10 de diciembre del año 2024.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 03/86CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD, para cubrir con carácter de interino UN (1) cargo de Profesor Titular Dedicación Simple – para el Área 14 DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE con “Diseño de Interiores”, como temática de referencia, a los efectos del concurso.
Resol. – CD N° 002/2025
1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
ARTÍCULO 2º. Autorizar que el concurso convocado en el artículo precedente, se tramite e implemente en la modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD y la Resolución N° 66/2021CD. Las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial.
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos/expectativas de logro para el espacio curricular, según el Plan de Estudios aprobado por la Ordenanza N° 124/2017CS de la carrera de Arquitectura; y considerandos de la presente Resolución, para el cargo que se convoca a concurso en el Artículo 1º de la misma: Requisitos de formación y antecedentes exigidos:
Título de Grado: Arquitecto/a, Diseñador o Diseñadora de Interiores o Licenciado/a en Diseño de Interiores. (Excluyente). En todos los requisitos que se enuncian a continuación, se requiere experiencia mínima de cinco (5) años con carácter excluyente: Experiencia docente universitaria con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional, en organizaciones públicas y/o privadas, en la disciplina de la temática de referencia.
Se valorarán los requisitos que se enuncian a continuación de carácter no excluyente: Experiencia en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia. Formación en enfoques curricular y pedagógico basados en competencias. Formación de aprendizajes centrado en el estudiante.
Expectativas de logro y contenidos mínimos:
“DISEÑO DE INTERIORES” Plan de Estudios Ordenanza N° 124/2017CS Expectativas de logro (en el Plan de Estudios):
Comprender y utilizar el poder semántico de los equipamientos en la conformación de los espacios interiores integrando los conceptos: espacio, ambientación y mobiliario. Diseñar espacios interiores y mobiliario de tipologías diversas según necesidades ergonómicas, ambientales, sensoriales y tecnológicas. Comprender la problemática de la forma de los objetos en relación con diferentes variables: lo funcional, el uso, lo tecnológico, lo expresivo, lo estético y lo simbólico. Adquirir una conducta metódica en el análisis de necesidades, de condiciones a cumplir, en la generación de ideas alternativas, en la factibilidad y en la resolución de problemas de diseño. Resolver problemas de Diseño de interior de mediana complejidad. Desarrollar un alto nivel en las representaciones bi y tridimensionales, y en la documentación de las propuestas, expresando gráficamente detalles secuenciales y escalas según criterio. Utilizar adecuadamente herramientas gráficas y sistemas de representación (dibujo técnico, mano alzada, maqueta) según corresponda a cada una de las etapas del proceso proyectual.
Resol. – CD N° 002/2025
2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
Contenidos Mínimos (en el Plan de Estudios): Necesidades humanas: biopsíquicas, estéticas y simbólicas. Grupo de usuarios genéricos y determinados. Equipamiento: consideración individual y como sistema. La función, subsistema funcional; conformación simple y compuesta, con componentes estándar y/ó específicos. Proceso proyectual: necesidades, requerimientos y condicionantes. El concepto de diseño. Generación de alternativas. Selección y factibilidad. Resolución formal. Factores concurrentes: funcionales, estructurales, tecnológicos, ergonómicos, estéticos y simbólicos. Desarrollo de prácticas proyectuales sobre equipamiento, a partir de requisitos preestablecidos, total o parcialmente, ubicados en un contexto socio cultural y tecnológico; con problemáticas funcionales de baja y mediana complejidad técnica y posibilidad de trabajo interdisciplinario con profesionales del Diseño.
Funciones que desarrollará La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de las temáticas de referencia, y la evaluación de desempeño se hará conforme a la Dedicación en el cargo. Funciones docentes en la temática de referencia, Asignatura: "DISEÑO DE INTERIORES”. Funciones docentes por extensión en asignaturas del ÁREA 14: DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Condiciones particulares: Teniendo en cuenta que los Planes de estudios de las Carreras de la Facultad de Ingeniería, se derogan progresivamente por la implementación de los nuevos Planes de Estudios, el postulante que sea seleccionado deberá desempeñar sus funciones, tanto en el Plan de Estudios que se deroga progresivamente como en el nuevo Plan de Estudios, considerando el periodo de transición de la carrera que corresponda, los cambios en las denominaciones de las asignaturas, sus programas, carga horaria y ubicación en el Plan de Estudios.
ARTÍCULO 4º. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera:
TITULARES: . PIÑEIRO, Emilio Enrique (Presidente) . ASARCHUK, Andrés Gustavo . SILVESTRO, José María
SUPLENTES: . EGÜES, Magdalena . PASTOR, Gabriela Claudia
ARTÍCULO 5º. Fijar como plazo de inscripción el período comprendido entre la hora 08:00 del miércoles 05 y la hora 12:00 del martes 11 de marzo de 2025.
ARTÍCULO 6°. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle:
Resol. – CD N° 002/2025
3 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
ETAPA I del proceso de inscripción a) Formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico. ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación, a saber: a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción). b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas, de corresponder, podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Plan de actividades enseñanzaaprendizaje. La documentación (currículum vitae, antecedentes, probanzas, comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin y plan de actividades de enseñanzaaprendizaje), se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable») y tendrá carácter de declaración jurada. La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes: concurso.docente+376302024@ingenieria.uncuyo.edu.ar En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción. b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis de los antecedentes por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuestos en la Grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que obra en el Anexo II de la Ordenanza N° 23/2010CS.
c) Plan de actividades de enseñanzaaprendizaje Todo aspirante que se presente para cubrir el cargo concursado deberá acompañar el Plan de actividades que en líneas generales propone desarrollar en caso de obtener el cargo concursado, que incluirá el Programa del espacio curricular, motivo del concurso convocado, y deberá incluir: Fundamentación. En la que no podrá faltar el encuadre de la propuesta en relación con el perfil del egresado y la ubicación del espacio curricular en el Plan de Estudios. Objetivos. Deben ser elaborados en función de las expectativas de logro a desarrollar por los alumnos. Desarrollo de unidades temáticas. Consistentes con los contenidos mínimos propuestos en el Plan de Estudios. Metodología de desarrollo de los procesos de enseñanza–aprendizaje y de evaluación. Bibliografía general y selección de lecturas obligatorias. La calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del Plan de actividades será evaluada según los criterios desagregados en el Grilla para la descripción, el análisis y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que forman parte del Anexo II de la Ordenanza N° 023/2010CS.
Resol. – CD N° 002/2025
4 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
ARTÍCULO 7°. Disponer que el concurso incluya un Coloquio que consistirá en una entrevista de los miembros de la Comisión Asesora con los aspirantes, con el objeto de valorar el dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica del espacio curricular al que postulan. La Comisión Asesora tendrá en cuenta aspectos tales como: Importancia relativa y la ubicación de su área en la currícula de la carrera. Visión de conjunto del estado actual del campo del conocimiento del espacio curricular concursado, conocimiento de los principales hitos en la construcción del conocimiento, dominio de los modos particulares de producción del conocimiento en el área disciplinar. Reconocimiento político y social de su campo disciplinar, profesional y docente. Grado de compromiso en el desarrollo del equipo docente del espacio curricular con la docencia, la innovación pedagógica, la producción del conocimiento y el crecimiento sociocultural. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8º. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el Artículo N° 6.
ARTÍCULO 9º. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice teniendo en cuenta lo estipulado en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 03/1986CD. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los concursos docentes, con visibilidad en la página de llamados a concursos del portal de la Universidad Transparente de la UNCuyo.
ARTÍCULO 10º. Disponer que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura.
ARTÍCULO 11º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD N° 002/2025
5 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2025-RES-001 12/02/2025 (Carga: 17/02/2025) |
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
MENDOZA, 12 FEB 2025
VISTO: Las actuaciones que obran en expediente: 37628/2024, en las que Dirección General de la carrera de Arquitectura solicita se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interino UN (1) cargo de Profesor Titular Dedicación Simple – para el Área 16 TEORÍA DE LA ARQUITECTURA con “Seminario de Investigación Aplicado al Trabajo Final”, como temática de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interino, en las categorías de Profesor Titular, Asociado y Adjunto, dispuesto por Ordenanza Nº 03/1986CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD. Que a los efectos de la organización de desagregado de los antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, regirá el ordenamiento de los ítems propuestos en la grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes de la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Que, a los efectos, se debe considerar los criterios para la evaluación de la calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del plan de actividades que rige en la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD, por la que se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Lo dispuesto por Resolución Nº 66/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Las disposiciones de la Ordenanza N° 26/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Que la convocatoria se realiza para un área y espacio curricular de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Que se ha solicitado incluir en las funciones del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Lo informado por Dirección General Económico Financiera y Secretaría Académica. Que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 10 de diciembre del año 2024.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 03/86CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD, para cubrir con carácter de interino UN (1) cargo de Profesor Titular Dedicación Simple – para el Área 16 TEORÍA DE LA ARQUITECTURA con “Seminario de Investigación Aplicado al Trabajo Final”, como temática de referencia, a los efectos del concurso.
Resol. – CD N° 001/2025
1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
ARTÍCULO 2º. Autorizar que el concurso convocado en el artículo precedente, se tramite e implemente en la modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD y la Resolución N° 66/2021CD. Las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial.
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos/expectativas de logro para el espacio curricular, según el Plan de Estudios aprobado por la Ordenanza N° 124/2017CS de la carrera de Arquitectura; y considerandos de la presente Resolución, para el cargo que se convoca a concurso en el Artículo 1º de la misma: Requisitos de formación y antecedentes exigidos:
Título de Grado: Arquitecto/a (Excluyente). En todos los requisitos que se enuncian a continuación, se requiere experiencia mínima de cinco (5) años con carácter excluyente: Experiencia docente universitaria con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional, en organizaciones públicas y/o privadas, en la disciplina de la temática de referencia.
Se valorarán los requisitos que se enuncian a continuación de carácter no excluyente: Experiencia en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia. Formación en enfoques curricular y pedagógico basados en competencias. Formación de aprendizajes centrado en el estudiante.
Expectativas de logro y contenidos mínimos:
“SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN APLICADO AL TRABAJO FINAL” Plan de Estudios Ordenanza N° 124/2017CS Expectativas de logro (en el Plan de Estudios): Adquirir elementos teóricos, metodológicos y técnicos para la realización del Trabajo Final de Grado. Desarrollar el pensamiento sistemático, la capacidad crítica y el espíritu científico. Reconocer e interpretar las distintas fases y momentos del proceso de investigación aplicada a la realización de proyectos arquitectónicos. Conocer técnicas metodológicas aplicables al proceso de diseño. Distinguir y seleccionar los métodos y las técnicas más adecuados para alcanzar de manera creativa los objetivos propuestos en los distintos planteos del diseño. Elaborar estrategias propias de resolución, ordenamiento, decisión y control del proceso de diseño. Planificar, programar y controlar procesos de diseño en el tiempo. Reflexionar sobre la elaboración de estrategias teóricometodológicas para abordar investigaciones propias del campo académico y profesional de la Arquitectura. Integrar Teoría, Método y Técnica en la producción de conocimiento, observando la adecuación de la construcción del objetoproblema de investigación con el campo conceptual que lo origina y contextualiza. Lograr la definición del problema, tema y aproximación al programa del Trabajo Final de Grado. Resol. – CD N° 001/2025
2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
Contenidos Mínimos (en el Plan de Estudios): Investigación Científica e Investigación Aplicada en Arquitectura. Enfoques. Teoría de la metodología y metodología del diseño. Teoría de los modelos aplicada al diseño. Métodos sistemáticos de diseño y programación. Técnicas metodológicas. El programa de investigación. La exposición de los resultados. Elementos teóricos, metodológicos y técnicos necesarios para la elaboración de proyectos arquitectónicos.
Funciones que desarrollará La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de las temáticas de referencia, y la evaluación de desempeño se hará conforme a la Dedicación en el cargo. Funciones docentes en la temática de referencia, Asignatura: "SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN APLICADO AL TRABAJO FINAL”. Funciones docentes por extensión en asignaturas del ÁREA 16: TEORÍA DE LA ARQUITECTURA. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Condiciones particulares: Teniendo en cuenta que los Planes de estudios de las Carreras de la Facultad de Ingeniería, se derogan progresivamente por la implementación de los nuevos Planes de Estudios, el postulante que sea seleccionado deberá desempeñar sus funciones, tanto en el Plan de Estudios que se deroga progresivamente como en el nuevo Plan de Estudios, considerando el periodo de transición de la carrera que corresponda, los cambios en las denominaciones de las asignaturas, sus programas, carga horaria y ubicación en el Plan de Estudios.
ARTÍCULO 4º. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera:
TITULARES: . PIÑEIRO, Emilio Enrique (Presidente) . D’INCA, María Verónica . DURÁ GÚRPIDE, Isabel María
SUPLENTES: . BIANCHI PALOMARES, Pablo Federico Ricardo . ESTEVES, Matías José
ARTÍCULO 5º. Fijar como plazo de inscripción el período comprendido entre la hora 08:00 del miércoles 05 y la hora 12:00 del martes 11 de marzo de 2025.
ARTÍCULO 6°. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle: ETAPA I del proceso de inscripción a) Formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico.
Resol. – CD N° 001/2025 3 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación, a saber: a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción). b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas, de corresponder, podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Plan de actividades enseñanzaaprendizaje. La documentación (currículum vitae, antecedentes, probanzas, comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin y plan de actividades de enseñanzaaprendizaje), se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable») y tendrá carácter de declaración jurada. La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes: concurso.docente+376282024@ingenieria.uncuyo.edu.ar En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción. b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis de los antecedentes por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuestos en la Grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que obra en el Anexo II de la Ordenanza N° 23/2010CS.
c) Plan de actividades de enseñanzaaprendizaje Todo aspirante que se presente para cubrir el cargo concursado deberá acompañar el Plan de actividades que en líneas generales propone desarrollar en caso de obtener el cargo concursado, que incluirá el Programa del espacio curricular, motivo del concurso convocado, y deberá incluir: Fundamentación. En la que no podrá faltar el encuadre de la propuesta en relación con el perfil del egresado y la ubicación del espacio curricular en el Plan de Estudios. Objetivos. Deben ser elaborados en función de las expectativas de logro a desarrollar por los alumnos. Desarrollo de unidades temáticas. Consistentes con los contenidos mínimos propuestos en el Plan de Estudios. Metodología de desarrollo de los procesos de enseñanza–aprendizaje y de evaluación. Bibliografía general y selección de lecturas obligatorias. La calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del Plan de actividades será evaluada según los criterios desagregados en el Grilla para la descripción, el análisis y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que forman parte del Anexo II de la Ordenanza N° 023/2010CS.
ARTÍCULO 7°. Disponer que el concurso incluya un Coloquio que consistirá en una entrevista de los miembros de la Comisión Asesora con los aspirantes, con el objeto de valorar el dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica del espacio curricular al que postulan. La Comisión Asesora tendrá en cuenta aspectos tales como: Importancia relativa y la ubicación de su área en la currícula de la carrera.
Resol. – CD N° 001/2025 4 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2025 AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
Visión de conjunto del estado actual del campo del conocimiento del espacio curricular concursado, conocimiento de los principales hitos en la construcción del conocimiento, dominio de los modos particulares de producción del conocimiento en el área disciplinar. Reconocimiento político y social de su campo disciplinar, profesional y docente. Grado de compromiso en el desarrollo del equipo docente del espacio curricular con la docencia, la innovación pedagógica, la producción del conocimiento y el crecimiento sociocultural. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8º. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el Artículo N° 6.
ARTÍCULO 9º. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice teniendo en cuenta lo estipulado en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 03/1986CD. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los concursos docentes, con visibilidad en la página de llamados a concursos del portal de la Universidad Transparente de la UNCuyo.
ARTÍCULO 10º. Disponer que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura.
ARTÍCULO 11º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD N° 001/2025
5 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2024-RES-860 30/12/2024 (Carga: 24/02/2025) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 30 DIC 2024
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 11309/2024, en las que Secretaría Administrativa Económica Financiera de la Facultad de Ingeniería propuso una convocatoria de capacitación destinada al Personal de Apoyo Académico (PAA) de esta Casa de Estudios;
CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Nº 505/2024FI se autorizó la citada convocatoria enmarcada en el Programa 01: Fortalecimiento Institucional de la Facultad de Ingeniería y el Proyecto PDI: 01.01 FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y SERVICIOS DE APOYO, correspondiente al Objetivo 7 (Gestión Institucional) del Plan Estratégico 2030 de la UNCuyo; y la Resolución N° 548/2024FI que prorrogó la fecha de inscripción. Que, de acuerdo a las especificaciones de la convocatoria, el monto asignado a cada incentivo a la capacitación será el correspondiente al 50% de la matrícula del curso de capacitación, con un límite de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($75.000.). Que la convocatoria de capacitación cuenta con el apoyo económico de la Asociación Cooperadora de la Facultad de Ingeniería (ACOFI). Que se han considerado los antecedentes de los solicitantes, como así también la pertinencia de la capacitación propuesta en sus puestos de trabajo. Que la iniciativa busca continuar promoviendo el fortalecimiento de la capacidad de gestión administrativa y de servicios de apoyo, a través de la formación de competencias orientadas a un mejor cumplimiento de las funciones que desarrollan las diferentes áreas de trabajo en la Facultad de Ingeniería, contribuyendo al cumplimiento de la misión de la Unidad Académica e impactando positivamente en el desarrollo de todas las carreras. Que la propuesta se encuentra en línea con el trabajo que se viene realizando para el fortalecimiento de las diferentes dimensiones que son tenidas en cuenta, tanto en los procesos de acreditación de las carreras de la Facultad como en los de evaluación institucional de la UNCuyo. Que mediante Resolución N° 187/2019CD se ha declarado de interés el proceso preparatorio para la autoevaluación de acreditación de las carreras de grado de esta Facultad. Lo informado por Secretaría Académica. Lo informado por la Comisión Evaluadora sobre las postulaciones para el incentivo a la Capacitación del Personal de Apoyo Académico (PAA).
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar el pago de incentivos a la capacitación para el Personal de Apoyo Académico que se detalla a continuación:
TORNELLO, Pablo DNI: 31.902.547 $ 13.707,37. FAZIO, Claudio Ceferino DNI: 23.387.527 $ 24.500,00.
Resol. – FI Nº 860/2024
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
ARTÍCULO 2º. Los beneficiarios detallados en el artículo precedente, deberán presentar el certificado de aprobación y asistencia de la capacitación, y coordinar la actividad de transferencia con el Jefe de Área y la Secretaría donde cumplen sus funciones, antes del 31 de diciembre del año 2024.
ARTÍCULO 3º. Delegar a la Asociación Cooperadora de la Facultad de Ingeniería (ACOFI) el trámite de los pagos referidos en el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 860/2024
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2024-RES-859 30/12/2024 (Carga: 25/02/2025) |
Concede licencia con goce de haberes al personal de la Facultad.
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2024-RES-858 30/12/2024 (Carga: 25/02/2025) |
Concede licencia con goce de haberes por enfermedad de largo tratamiento al personal de la Facultad.
Concede licencia con goce de haberes por enfermedad de largo tratamiento al personal de la Facultad.
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2024-RES-857 30/12/2024 (Carga: 25/02/2025) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 30 DIC 2024
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 44990/2024, en las que la Dirección General de Contrataciones de la Universidad Nacional de Cuyo solicita designar una Comisión de Recepción de la prestación del Servicio de Limpieza en la Facultad de Ingeniería;
CONSIDERANDO: La Resolución N° 3928/2024RE, tramitada mediante LPU Nº 02/2024 E16870/2024, sobre la contratación del Servicio de Limpieza de Edificios. Que, a su vez, tal lo dispone la mencionada Resolución en su Artículo 11°, donde solicita se designe los integrantes de la Comisión de Recepción conforme lo dispuesto en el DR 1030/2016 en sus Artículo 84° y Artículo 85°: “Artículo 84°. Designación de los Integrantes de las Comisiones de Recepción: Los integrantes de las Comisiones de Recepción, así como los respectivos suplentes, deberán ser designados mediante un acto administrativo emanado de la autoridad competente para autorizar la convocatoria o aprobar el procedimiento, con la única limitación de que esa designación no deberá recaer en quienes hubieran intervenido en el procedimiento de selección respectivo, pudiendo no obstante, requerirse su asesoramiento.” “Artículo 85°. Integración de las Comisiones de Recepción. Las Comisiones de Recepción deberán estar integradas por TRES (3) miembros y sus respectivos suplentes.” Que posteriormente se convocará a la Comisión de Recepción designada, a fin de que se expida según las responsabilidades asignadas mediante Artículo 86° del DR 1030/2016. “Artículo 86°. Funciones de las Comisiones de Recepción. Las Comisiones de Recepción tendrán la responsabilidad de verificar si la prestación cumple o no las condiciones establecidas en los documentos del llamado, así como en los que integren el contrato.” Lo informado por la Secretaría Administrativa Económica Financiera.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Crear, en el ámbito de esta Casa de Estudios, una Comisión de Recepción de la prestación del Servicio de Limpieza en la Facultad de Ingeniería, de acuerdo con lo establecido y en cumplimiento del Artículo 11° de la Resolución N° 3928/2024R y conforme lo dispuesto por el Decreto Nacional N° 1030/2016 en sus Artículos Nros. 84° y 85°, integrada por los siguientes miembros:
Integrantes Titulares Aldo Luis TRILLINI (Director de Infraestructura y Servicios Generales) Irene Nancy ARGÜELLO (Jefa del Departamento de Compras y Suministros – A cargo Dirección de Planificación y Gestión Presupuestaria) María Silvana BRACELI (Secretaria Administrativa Económica Financiera)
Integrantes Suplentes Silvia Viviana MEZZANO (Jefa del Área de Calidad) María Lourdes A. MONTIVERO (Categoría 7 Administrativa Departamento de Compras y Suministros) Lucas Germán VIÑALS (Secretario de Vinculación)
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 857/2024
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||