Digesto
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CD-2015-RES-322 16/12/2015 (Carga: 19/02/2016) |
MENDOZA, 16 DIC 2015
VISTO: El contenido del EXP – FIN: 14276/2015, en el que la Arq. Eva Lorena GONZALEZ eleva su renuncia al cargo de Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple – Efectivo, a partir del 03 de noviembre del año 2015;
CONSIDERANDO: Las razones expuestas. Lo informado por las Direcciones Generales de las carreras de Arquitectura e Ingeniería Civil, Secretaría Administrativa Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del día 22 de setiembre del año 2015.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar, a partir del 03 de noviembre del año 2015, la renuncia presentada por la Arq. Eva Lorena GONZALEZ (DNI: 24.893.611 – Legajo 28.818), al cargo de Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple – Efectivo, del Área 11 CONSTRUCCIONES en la asignatura “Arquitectura” de la carrera de Ingeniería Civil, en el que fuera designada por Resolución Nº 218/2012-CD.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN - CD Nº 322 / 15
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CD-2015-RES-321 16/12/2015 (Carga: 9/03/2016) |
MENDOZA, 16 DIC 2015
VISTO: El contenido de la NOTA-FIN Nº 17615/2015, en la que la Dirección de Asuntos Estudiantiles eleva el Proyecto de Reglamento sobre el “Programa de Asignación de Fondos para Actividades Estudiantiles Extracurriculares” (PAFAEE);
CONSIDERANDO: Que los estudiantes de las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería, participan anualmente en diversas actividades extracurriculares que complementan y enriquecen su formación académica. Que en forma individual o colectiva, a través de organizaciones académicas los alumnos solicitan ayuda económica a esta Casa de Estudios para solventar los gastos que requiere dicha participación. Que el manejo de fondos de carácter público, genera la necesidad de adoptar las medidas tendientes a asegurar que su distribución se haga con responsabilidad, transparencia y sentido ético; buscando promover la igualdad de oportunidades. Que las particularidades y requerimientos propios de cada carrera generan la necesidad de delimitar los criterios que resulten más justos para la distribución de la ayuda económica. Que en los informes producidos por la Dirección de Asuntos Estudiantiles, se manifiesta haber elaborado y consensuado las políticas para la distribución de fondos contemplando las propuestas hechas a tal fin por los propios estudiantes de todas las carreras. Que es necesario reglamentar con pautas precisas el proceso a implementar para efectuar las ayudas económicas, determinando los requisitos y demás condiciones de acceso que deberán cumplir los postulantes. Lo aconsejado por las Comisiones de Interpretación y Reglamento y de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 10 de noviembre de 2015.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Reglamento del “Programa de Asignación de Fondos para Actividades Estudiantiles Extracurriculares” (PAFAEE) de la Facultad de Ingeniería, el que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar los Complementos del “Programa de Asignación de Fondos para Actividades Estudiantiles Extracurriculares” (PAFAEE) los que como ANEXOS II, III y IV forman parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 321 / 15
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ANEXO I Programa de Asignación de Fondos para Actividades Estudiantiles Extracurriculares
REGLAMENTO
CAPÍTULO 1. Consideraciones generales
ARTÍCULO 1. Objeto del Reglamento 1.1. El presente Reglamento tiene por objeto dar un Marco Normativo al Programa de Asignación de Fondos para Actividades Estudiantiles Extracurriculares, en adelante PAFAEE, cuyos objetivos abarcan los siguientes aspectos:
a) Facilitar a los estudiantes que presentan dificultades económicas la participación en actividades no obligatorias de aprendizaje, vinculación, investigación y divulgación que profundicen y complementen los contenidos mínimos contemplados en los planes de estudio. b) Promover la igualdad de oportunidades entre los estudiantes de la Facultad de Ingeniería. c) Promover la efectiva participación de alumnos en las actividades académicas, de investigación, extensión y/o vinculación, que lleva a cabo la Facultad de Ingeniería. d) Promover las actividades de investigación y divulgación a fin de generar nuevas alternativas en el futuro ejercicio profesional de los estudiantes, como es la de investigador en el área de las ingenierías. e) Promover en los estudiantes el sentimiento de pertenencia institucional.
ARTÍCULO 2. Tipos de asignaciones 2.1. Las asignaciones económicas podrán estar destinadas a cubrir costos de: a) Transporte. b) Ingreso a congresos, jornadas, seminarios, foros, talleres. c) Cursos. d) Alojamiento. e) Comida. f) Insumos y materiales La lista precedente es meramente enunciativa y no taxativa.
ARTÍCULO 3. Destinatarios 3.1. Serán destinatarios y sujetos beneficiarios de las ayudas económicas provenientes del PAFAEE los estudiantes regulares de grado de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
Anexo I – Resol. – CD Nº 321 / 15 2 de 9
ARTÍCULO 4. Presupuesto para el financiamiento del PAFAEE. 4.1. El Fondo General de Financiamiento estará constituido por:
a) Fondos específicos de la Institución. b) Aportes voluntarios provenientes de planes y/o programas propios de organizaciones en sus diferentes formas jurídicas: públicas, privadas, a nivel local, nacional o internacional. c) El producido de diferentes actividades a implementar y los aportes voluntarios provenientes de la Comunidad Universitaria. d) Aportes provenientes de Proyectos de Investigación, Transferencia CientíficoTecnológica y Servicios a Terceros de la Facultad de Ingeniería. e) Aportes voluntarios para becas provenientes de personas físicas u organizaciones en sus diferentes formas jurídicas: públicas, privadas, a nivel local, nacional o internacional, sin condicionamiento alguno de su aporte. La lista precedente es meramente enunciativa y no taxativa.
ARTÍCULO 5. Distribución del Fondo General de Financiamiento 5.1. El Fondo General de Financiamiento estará compuesto por tres partes: a) Parte general “proporcional” b) Parte general “igualitaria” c) Parte general “retributiva” 5.2. La distribución de fondos se realiza por carrera. A cada una le corresponderá un monto particular proveniente de cada una de las partes generales detalladas en el inciso 5.1. 5.3. Los ponderadores que establecen el tamaño relativo de cada una de las partes generales y el cálculo del monto particular anual a asignar a cada carrera figuran en el Anexo II del presente Reglamento. 5.4. La parte general retributiva podrá ser tenida en cuenta en el Fondo General de Financiamiento de un año determinado (con ponderador distinto de cero) recién cuando se haya implementado en la Facultad de Ingeniería durante el año anterior una política clara de cuantificación de la retribución. 5.5. En caso de que por algún motivo se disponga de un fondo particular asignado a una actividad o carrera específica a través de financiamiento externo, la ejecución de esos fondos no afectará al Fondo General de Financiamiento y podrán aplicarse las pautas de selección que figuran en el Capítulo 2 del presente Reglamento. 5.6. Se aceptarán desviaciones entre los tamaños relativos de cada una de los fondos particulares anuales presupuestados al comienzo del año para cada carrera respecto de los fondos efectivamente ejecutados una vez finalizado el año calendario cuando queden remanentes sin ejecutar. En estos casos, el remanente se redistribuirá en el presupuesto general del año siguiente entre todas las carreras. 5.7. En caso de existir un proyecto puesto a consideración de la Comisión Asesora que prevea el ahorro de fondos en determinado año para ser ejecutados con posterioridad, no se aplicará el inciso anterior.
Anexo I – Resol. – CD Nº 321 / 15
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CAPÍTULO 2. Proceso de asignación de fondos
ARTÍCULO 6. Comisión Asesora del PAFAEE 6.1. La constitución de la Comisión Asesora que intervendrá en el proceso de asignación de fondos que comprende el registro de actividades, avales, evaluación y selección de postulantes y propuesta del orden de mérito, estará a cargo de la Dirección de Asuntos Estudiantiles (DAE) de la Facultad de Ingeniería.
6.2. La Comisión Asesora deberá estar integrada por: el/la Secretario/a Administrativo – Financiero, los Directores Generales de Carrera, un estudiante preferentemente designado por el Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería, el/la Directora/a de la Dirección de Asuntos Estudiantiles y cualquier otro/s representante/s que la DAE considere pertinente. 6.3. La Comisión Asesora será coordinada por el/la Directora/a de la DAE de la Facultad de Ingeniería o quien la Dirección designe. 6.4. Toda situación vinculada al PAFAEE que revista un carácter excepcional será resuelta por la Comisión Asesora. 6.5. La Facultad de Ingeniería, a través de la DAE, tendrá a su cargo la difusión de convocatorias al registro de postulantes, la coordinación general del proceso de selección de los beneficiarios y la difusión de los resultados de las convocatorias.
ARTÍCULO 7. Registro de actividades y avales 7.1. La Comisión Asesora tendrá a su cargo un registro permanente en el que estudiantes y organizaciones estudiantiles podrán postular aquellas actividades extracurriculares en las que se pretende tener participación para obtener aval académico y económico. 7.2. Para efectivizar la postulación de una actividad será necesario presentar el formulario obrante en el Anexo III y acompañar al mismo con información complementaria que detalle el contenido académico a ser desarrollado en la actividad extracurricular. 7.3. La Comisión Asesora podrá brindar aval académico y/o económico para asignar aportes que emanen del Fondo General de Financiamiento. No se podrá dar aval económico sin aval académico previo. 7.4. Cuando una postulación sólo reciba aval académico de la Comisión Asesora, el estudiante postulante podrá solicitar a la Facultad de Ingeniería la emisión de una constancia del mismo para buscar financiamiento externo. 7.5. Para que una actividad cuente con aval económico de la Comisión Asesora para liberar fondos durante el primer semestre del año, deberá recibirse la postulación hasta el último día hábil del mes de febrero de dicho semestre. Para que una actividad cuente con aval económico de la Comisión Asesora para liberar fondos durante el segundo semestre del año, deberá recibirse la postulación hasta el último día hábil del mes de agosto de dicho semestre. 7.6. El aval económico a una postulación que no cumpla con las fechas de presentación previstas el inciso anterior queda a criterio de la Comisión Asesora cuando se tengan fundadas causas que revistan un caso excepcional.
Anexo I – Resol. – CD Nº 321 / 15
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ARTÍCULO 8. Convocatoria y postulación personal al PAFAEE 8.1. Las convocatorias al registro de postulaciones personales serán abiertas y debidamente difundidas por la Dirección de Asuntos Estudiantiles para el conocimiento de la población estudiantil destinataria, procurando favorecer la igualdad de oportunidades. 8.2. Los estudiantes podrán postular en forma personal para percibir ayudas económicas en aquellas actividades que cuenten con aval económico de la Comisión Asesora y para las que se haya abierto una convocatoria de registro de postulantes. 8.3. Las postulaciones personales deberán realizarse con una antelación no menor a 10 días hábiles previos a la fecha de inicio de la actividad para la que se solicita apoyo. 8.4. Las postulaciones personales que se reciban dentro del periodo de los 10 días hábiles previos a la fecha de realización del evento podrán ser tenidas en cuenta por la Comisión Asesora para realizar el proceso de selección si esta así lo considera adecuado. 8.5. Para efectivizar una postulación personal será necesario presentar el formulario obrante en el Anexo IV y acompañar al mismo con información complementaria cada vez que la convocatoria abierta por la Dirección de Asuntos Estudiantiles lo requiera. 8.6. No serán tenidas en cuenta postulaciones personales con fecha posterior a la realización de la actividad para la que se solicita la ayuda económica. 8.7. El estudiante postulante deberá ser alumno activo de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo al momento de la convocatoria y durante la realización de la actividad extracurricular para la que haya solicitado ayuda económica.
ARTÍCULO 9. Evaluación y orden de mérito para acceder a ayudas económicas 9.1. La Comisión Asesora podrá sugerir la cantidad de estudiantes a beneficiar y montos a entregar a cada uno, en función de la cantidad de postulaciones, relevancia de la actividad, necesidades a cubrir y demás factores que considere pertinentes. 9.2. La evaluación de los postulantes estará a cargo de la Comisión Asesora, pudiendo tomar como criterios para confeccionar un orden de mérito los siguientes antecedentes: - Certificado analítico provisorio con y sin aplazos, según corresponda. - Informe sobre el desempeño académico del estudiante dado por la Dirección de Alumnos, donde consten: cantidad de materias aprobadas, cantidad de aplazos, cantidad de materias que debería haber cursado, cantidad de materias restantes. - Informe socio-económico, en caso que corresponda. - Requisitos particulares de cada convocatoria. - Curriculum Vitae y carta motivacional La lista precedente es meramente enunciativa y no taxativa. 9.3. No podrán acceder al beneficio de la ayuda económica los postulantes que hayan perdido su condición de alumno activo. 9.4. Los estudiantes podrán ser beneficiarios de la ayuda económica en más de una oportunidad al año. Sin embargo la Comisión Asesora podrá priorizar a quienes no hayan obtenido ayuda económica en el transcurso del mismo.
ARTÍCULO 10. Requisitos de rendición de gastos 10.1. El estudiante deberá cumplir satisfactoriamente los acuerdos establecidos y formalizados con la Dirección de Asuntos Estudiantiles en el momento de aprobarse la asignación de un beneficio. Anexo I – Resol. – CD Nº 321 / 15 5 de 9
10.2. Independientemente de si la ayuda económica es liberada a priori o a posteriori de la realización de la actividad, el estudiante beneficiario deberá presentar informes, certificaciones, probanzas, facturas y documentos que validen sus gastos en función de las asignaciones previstas en el artículo II del presente Reglamento en un plazo no mayor a DIEZ (10) días hábiles luego de la realización de la actividad, según requisitos establecidos en la convocatoria, definidos por la Secretaría Administrativa y Financiera de la Facultad de Ingeniería. 10.3. El incumplimiento de los incisos anteriores será motivo suficiente para: a) No entregar la ayuda económica solicitada, si no ha recibido los fondos solicitados con anterioridad. b) Solicitar la devolución de la ayuda económica anticipada, si recibió la ayuda económica con anticipación. c) Informar al Consejo Directivo la situación planteada a los efectos de evaluar la situación y disponer las medidas correctivas que corresponda. d) No admitir nuevas solicitudes de ayuda económica, hasta tanto el Consejo Directivo evalúe la situación y disponga las medidas correctivas que corresponda.
ARTÍCULO 11. Monto de las asignaciones económicas y cómputo presupuestario 11.1. Anualmente la Comisión Asesora sugerirá las asignaciones económicas individuales mínimas y máximas. 11.2. Los sujetos beneficiaros de la ayuda económica son los estudiantes y no la carrera estrechamente vinculada con la temática de la actividad en la que se participa, de modo que las ayudas económicas serán descontadas de la parte correspondiente a la carrera que se encuentra cursando el estudiante y no del porcentaje de la carrera vinculada directamente con la actividad.
ANEXO I –
RESOLUCIÓN – CD Nº 321 / 15
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ANEXO II
POLÍTICA DE DISTRIBUCIÓN DE FONDOS
Programa de Asignación de Fondos para Actividades Estudiantiles Extracurriculares Definiciones FGa = Fondo general de financiamiento anual del año “a” FPia = Fondo particular de financiamiento anual para la carrera “i” en el año “a” PPia = Parte proporcional correspondiente a la carrera “i” en el año “a” PIia = Parte igualitaria correspondiente a la carrera “i” en el año “a” PRia = Parte retributiva correspondiente a la carrera “i” en el año “a”
Ponderadores de la distribución general
Nomenclatura del Ponderador hasta el año Ponderar a partir del Parte ponderador 2016 inclusive año 2017 Parte proporcional (PP) A 0,6 0,4 Parte igualitaria (PI) B 0,4 0,4 Parte retributiva (PR) C 0,0 0,2
Expresiones de cálculo
De esta manera el fondo particular de financiamiento anual para la carrera i en el año a en términos absolutos se calcula de la siguiente manera:
FPia= PPia*A * FGa + PIia * B * FGa + PRia * C * FGa
ANEXO II –
RESOLUCIÓN – CD Nº 321 / 15
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ANEXO III FORMULARIO DE POSTULACIÓN DE ACTIVIDAD – PAFAEE
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES Nombres y Apellidos (En Imprenta Mayúscula y como aparece en el Documento)
DNI o Pasaporte Legajo Teléfono celular
Correo electrónico
Si pertenece a alguna organización estudiantil que organice o avale la actividad, indique a cuál:
Indique el cargo o rol que desempeña en dicha organización estudiantil:
Complete los campos que están a continuación y presente el formulario por Mesa de Entradas o Dirección Alumnos de la Facultad de Ingeniería.
A) Denominación. (Nombre de la actividad que registra)
B) Duración. (Fechas y horarios de la actividad que desea registrar)
C) Lugar de realización. (Ciudad y el establecimiento donde se llevará a cabo la actividad)
D) Cantidad de asistentes. (Intervalo en el que estima estará comprendido el número de asistentes)
E) Roles. (Indique los roles que tendrían los potenciales asistentes a la actividad: expositores, asistentes, etc)
F) Costos por asistente. Concepto Cantidad [unidades] Costo unitario por persona [$/unidad] Costo total por persona [$] Transporte ida y vuelta Ingreso Workshop/talleres Comida Alojamiento Visitas Insumos / materiales Otro: Costo total por persona: Nota informativa: La presentación de este formulario en tiempo y forma es condición necesaria para solicitar el aval académico y económico de la Comisión Asesora, pero no suficiente. La postulación para obtener el aval académico y económico de la Comisión Asesora debe encuadrarse en el marco que establece el Reglamento de Asignación de Fondos para Actividades Estudiantiles Extracurriculares y requiere nota formal con información complementaria que detalle del contenido académico a ser desarrollado en la actividad extracurricular. Fecha: Firma:
ANEXO III –
RESOLUCIÓN – CD Nº 321 / 15 8 de 9
ANEXO IV
FORMULARIO DE POSTULACIÓN PERSONAL - PAFAEE
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES Nombres y Apellidos (En Imprenta Mayúscula y como aparece en el Documento)
DNI o Pasaporte Legajo Teléfono celular
Correo electrónico
Carrera que cursa en la Facultad de Ingeniería
Complete los campos que están a continuación y presente el formulario por Mesa de Entradas o Dirección Alumnos de la Facultad de Ingeniería.
A) Actividad para la que postula Describa a continuación la actividad extracurricular para la que solicita apoyo económico.
B) Rol del solicitante A continuación detalle su rol en la actividad para la que solicita apoyo. (Expositor, asistente, organizador, concursante, etc.)
C) Ayuda económica (COMPLETAR ÚNICAMENTE LOS DATOS DE LOS CONCEPTOS EN LOS QUE SOLICITA AYUDA ECONÓMICA) Concepto Cantidad [unidades] Costo unitario por persona [$/unidad] Costo total por persona [$] Transporte ida y vuelta Ingreso Workshop/talleres Comida Alojamiento Visitas Insumos / materiales Otro: Costo total:
Nota informativa: La presentación de este formulario es condición necesaria para incorporar al estudiante que firma al registro de postulantes de la Comisión Asesora. Para efectivizar la postulación, el formulario deberá acompañarse con información complementaria cada vez que la convocatoria lo requiera y el estudiante deberá encuadrarse en el marco que establece el Reglamento de Asignación de Fondos para Actividades Estudiantiles Extracurriculares.
Fecha: Firma:
ANEXO IV –
RESOLUCIÓN – CD Nº 321 / 15
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CD-2015-RES-320 16/12/2015 (Carga: 19/02/2016) |
MENDOZA, 16 DIC 2015
VISTO: El contenido de la NOTA – FIN: 35227/2015, en la que el Director de la carrera de posgrado “Maestría en Logística”, Dr. Raymundo Quilez FORRADELLAS propone el Jurado encargado de evaluar el Trabajo de Tesis del Lic. Gastón SEMINARA;
CONSIDERANDO: Que la citada propuesta se realiza teniendo en cuenta las disposiciones de la Ordenanza Nº 49/2003-CS, Ordenanza N° 33/2012-RE y Resolución N° 191/2011-CD y con el objeto de que dicho profesional defienda la Tesis presentada, a efectos de obtener el grado de “Magíster en Logística”. Lo informado por el Comité Académico de la Maestría en Logística, la Dirección de Posgrado y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 15 de diciembre del año 2015.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Designar a los siguientes profesionales, para que integren el Jurado encargado de evaluar el trabajo de Tesis “Estrategia de Gestión Integral en Empresa de Distribución Mayorista” presentado por el Lic. Gastón SEMINARA, para obtener su título de “Magíster en Logística”, siendo su Directora de Tesis la Mag. María Claudia GOMEZ (UNSJ):
Titulares: . Dr. Raymundo Quilez FORRADELLAS . Mag. Hugo TAPIA . Mag. Daniel GOMEZ (UNSJ)
Suplente: . Dr. Ricardo PALMA . Dr. Juan GIMENEZ (UNSJ)
ARTÍCULO 2º.- Fijar el día 18 de diciembre del año 2015, para que el Lic. Gastón SEMINARA defienda su Trabajo de Tesis, ante el Jurado designado en el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
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CD-2015-RES-319 16/12/2015 (Carga: 9/03/2016) |
MENDOZA, 16 DIC 2015
VISTO: El contenido de la NOTA – FIN: 34376/2015, en la que la Dirección de la carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería” propone el Jurado encargado de evaluar el Trabajo de Tesis del Ing. Gabriel Horacio PESSANO;
CONSIDERANDO: Que la citada propuesta se realiza teniendo en cuenta las disposiciones de la Ordenanza Nº 49/2003-CS, Ordenanza Nº 33/2012-RE y Resolución Nº 191/2011-CD y con el objeto de que dicho profesional defienda la Tesis presentada, a efectos de obtener el grado de “Doctor en Ingeniería”. Lo informado por el Comité Académico de la citada carrera, Dirección de Posgrado y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 24 de noviembre de 2015.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Designar a los siguientes profesionales, para que integren el Jurado encargado de evaluar el trabajo de Tesis “Influencia de las Ondas de Gravedad en la Formación de Tormentas de Granizo en Mendoza”, presentado por el Ing. Gabriel Horacio PESSANO, para obtener su título de “Doctor en Ingeniería”, cuyo Director de Tesis es el Dr. Alejandro de la TORRE:
Titulares . Dr. Enrique PULIAFITO (Facultad Regional Mendoza - UTN) . Dr. Huego Héctor MARTINEZ (Facultad de Ingeniería – UNCuyo) . Dr. Federico NORTE (IANIGLA - CONICET) . Dr. Eldo Edgardo ÁVILA (Facultad de Matemática, Astronomía y Física – UNC) . Dr. Alejandro de la TORRE (Director de tesis – con voz y sin voto)
Suplentes . Dr. Ricardo Daniel AMBROSINI (Facultad de Ingeniería – UNCuyo) . Dr. Anibal Edmundo MIRASSO (Facultad de Ingeniería – UNCuyo)
ARTÍCULO 2º.- Fijar el día 14 de diciembre del año 2015, para que el Ing. Gabriel Horacio PESSANO defienda su Trabajo de Tesis, ante el Jurado designado en el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 319 / 15
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CD-2015-RES-318 16/12/2015 (Carga: 9/03/2016) |
MENDOZA, 16 DIC 2015
VISTO: El contenido de la NOTA – FIN: 26817/2015, en la que la Dirección de la carrera de posgrado “Maestría en Energía”, propone el Jurado encargado de evaluar el Trabajo de Tesis del Ing. Luis Rafael ROMITO;
CONSIDERANDO: Que la citada propuesta se realiza teniendo en cuenta las disposiciones de las Ordenanzas Nros. 49/2003-CS y 33/2012-R y Resolución Nº 191/2011-CD y con el objeto de que dicho profesional defienda la Tesis presentada, a efectos de obtener el grado de “Magíster en Energía”. Lo informado por el Comité Académico de la Maestría en Energía, la Dirección de Posgrado y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 10 de noviembre del año 2015.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Designar a los siguientes profesionales, para que integren el Jurado encargado de evaluar el trabajo de Tesis “Eficiencia Energética y su aplicación en la industria vitivinícola argentina” de la “Maestría en Energía”, presentado por el Ing. Luis Rafael ROMITO, para obtener su título de “Magíster en Energía”, siendo su Director de Tesis el Ing. Mauricio OLMEDO y Co Director Ing. Guillermo NADAL:
Titulares . Esp. Ing. Jorge Félix FERNANDEZ . Esp. Ing. Laura Viviana ALTURRIA . Ing. Ana Carla ARUANI
Suplentes . Mgtr. Ing. Enrique GARCIA . Dr. Ing. Jorge Eduardo NUÑEZ MC LEOD
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 318 / 15
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CD-2015-RES-317 16/12/2015 (Carga: 9/03/2016) |
MENDOZA, 16 DIC 2015
VISTO: El contenido de la NOTA – FIN: 26818/2015, en la que la Dirección de la carrera de posgrado “Maestría en Energía”, propone el Jurado encargado de evaluar el Trabajo de Tesis del Ing. Eduardo Fernando AMÍN;
CONSIDERANDO: Que la citada propuesta se realiza teniendo en cuenta las disposiciones de las Ordenanzas Nros. 49/2003-CS y 33/2012-R y Resolución Nº 191/2011-CD y con el objeto de que dicho profesional defienda la Tesis presentada, a efectos de obtener el grado de “Magíster en Energía”. Lo informado por el Comité Académico de la Maestría en Energía, la Dirección de Posgrado y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 06 de octubre del año 2015.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Designar a los siguientes profesionales, para que integren el Jurado encargado de evaluar el trabajo de Tesis “Fundamentos para un proyecto de ley del derecho a la energía eléctrica domiciliaria” de la “Maestría en Energía”, presentado por el Ing. Eduardo Fernando AMÍN, para obtener su título de “Magíster en Energía”, siendo su Director de Tesis el Dr. Edgardo DIAZ ARAUJO y Co Directora Mgtr. Lic. Ana Graciela BURGARDT:
Titulares . Mgtr. Ing. Gerardo RABINOVICH . Mgtr. Abg. Facundo DIAZ ARAUJO . Ing. Osvaldo AÑÓ
Suplentes . Mgtr. Lic. Sebastián SEVERINO . Ing. Dante Guillermo BRAGONI
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 317 / 15
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FI-2015-RES-601 14/12/2015 (Carga: 19/02/2016) |
MENDOZA, 14 DIC 2015
VISTO: La necesidad de regularizar la situación de revista del Ing. Sergio Ramón SCATTOLÓN, en el Área de Higiene y Seguridad;
CONSIDERANDO: Que según Resol. Nº 822/2009-R, el Ing. SCATTOLÓN, cumplió la función de Representante de la Universidad Nacional de Cuyo ante la Subsecretaria de Trabajo y Seguridad Social del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos del Gobierno de Mendoza, y de Asesor de esta Universidad en lo que respecta a Higiene y Seguridad del Trabajo, hasta el 31 de diciembre del año 2009, en el marco de lo establecido por la Ord. Nº 007/1995-CS y la Resol. Nº 470/1995-R ratificada por Resol. Nº 156/1995-CS Que el mencionado profesional es quien firma el registro de Libro de Higiene y Seguridad como Responsable del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, ante la Subsecretaria de Trabajo y Seguridad Social del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos del Gobierno de Mendoza. Lo dispuesto por Resol. Nº 397/2013-FI. Que por Resol. Nº 366/2014-CD, a dicho profesional, se le prorrogó el cargo de Profesor Titular, Interino - Dedicación Semiexclusiva – del Área 5 – MEDIO AMBIENTE, con “Higiene, Seguridad y Medio Ambiente” como temática de referencia.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Asignar la función de Responsable de Higiene, Seguridad y Ambiente de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, desde el 01 y hasta el 31 de diciembre del 2015, al Ing. Sergio Ramón SCATTOLÓN (DNI 8.154.370 – Legajo Nº 14.424)
ARTÍCULO 2º.- Establecer que el Responsable de Higiene, Seguridad y Ambiente de la Facultad sea el Presidente de la Comisión ad hoc de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, creada por Resol. Nº 91/2006-CD y sea el responsable de coordinar la realización de las reuniones de la mencionada Comisión, en el marco de la Política de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente de la Facultad de Ingeniería.
ARTÍCULO 3º.- Disponer que el Ing. Sergio Ramón SCATTOLÓN desempeñe la función asignada en el Artículo 1º de la presente Resolución, con el cargo de Profesor Titular, Interino – Dedicación Semiexclusiva – del Área 5 – MEDIO AMBIENTE, con “Higiene, Seguridad y Medio Ambiente” como temática de referencia.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 601 / 15
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