Digesto
|
16570 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
FI-2020-RES-063 14/05/2020 (Carga: 12/11/2020) |
► 2020: AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 14 MAY 2020
VISTO: La Resolución N° 060/2020FI, mediante la cual se dejó a cargo del Decanato a la Sra. Vicedecana, Ing. Patricia Susana INFANTE, a partir del 7 de mayo de 2020, por ausencia del suscripto; y:
CONSIDERANDO: Que han declinado las causas que motivaron la emisión de la Resolución N° 060/2020FI, por lo que corresponde reasumir sus funciones. Lo dispuesto por las Resolución N° 323/2020R del Rector, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS del Consejo Superior, y por la Resolución N° 044/2020FI del Decano, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD del Consejo Directivo. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario. Por ello, en uso de sus atribuciones. EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Reasumir el Decanato, a partir de la hora 16:00 del día CATORCE (14) de mayo del año 2020, por haber declinado las causas que motivaron la emisión de la Resolución N° 060/2020FI.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 063/2020FI _ _ _ _
RES. N° 063/2020FI _ _ _ _
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2020-RES-062 14/05/2020 (Carga: 14/05/2020) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 14 MAY 2020
VISTO: El contenido de la NOTA–CUY: 28690/2019, en la que la Mgter. Ing. Elena Ester CALIGULI solicitó autorización para la realización del Curso “Caracterización de Yacimientos Tipo Shale”, en el marco de la carrera de Ingeniería de Petróleos;
CONSIDERANDO: Que el citado Curso tuvo por objetivo capacitar a los participantes en los fundamentos técnicos básicos para analizar y comprender las complejidades que presentan los yacimientos tipo Shale en cuanto a su caracterización, terminación y complementación. Los antecedentes de los profesionales propuestos para el dictado: Lic. Jorge ALBEIRO; Mgter. Ing. Evanna Emalui FUENMAYOR; Lic. Hernán LANZA y la Ing. Lourdes GUIÑAZU. Que la temática es de interés actual y está dirigido a estudiantes y egresados de las carreras de ingeniería de petróleo, geología, química industrial y otras carreras afines. Que el citado curso de extensión no es acreditable para las carreras de grado. Que el curso de referencia se dictó con modalidad a distancia del 22 de octubre al 15 de diciembre de 2019 y con un total de 50 horas. Lo informado por la Dirección de Extensión, Dirección de Movilidad y Tecnologías Educativas y Secretaría Académica.
En uso de sus atribuciones, LA VICEDECANA A CARGO DEL DECANATO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Tener por autorizado el dictado del Curso “Caracterización de Yacimientos Tipo Shale”, en el marco de la carrera de Ingeniería de Petróleos, cuyos objetivos, modalidad y metodología se encuentran detallados en el Anexo I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. La Dirección de Extensión actuará como coordinadora en las tareas que demande su organización, control de asistencia, extensión de certificados y toda otra gestión que asegure su normal desarrollo.
ARTÍCULO 3º. Autorizar la extensión de los Certificados de Aprobación, a las personas que se mencionan en el Anexo II de la presente Resolución, que participaron del Curso “Caracterización de Yacimientos Tipo Shale” del 22 de octubre al 15 de diciembre de 2019 y con un total de CINCUENTA (50) horas.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 062/2020
Dr. Ing. Aníbal Edmundo MIRASSO Ing. Patricia Susana INFANTE Secretario Académico Vice Decana A/C Decanato Facultad de Ingeniería Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
1 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
ANEXO I CURSO DESCRIPCIÓN
1) Título Caracterización de Yacimientos Tipo Shale 2) Responsables Mgter. Elena Ester CALIGULI – Directora de Modalidades y Tecnologías Educativas Mgter. Ing. Evanna Emalui FUENMAYOR 3) Modalidad Desarrollo e implementación del Curso con Modalidad a Distancia 4) Duración Cincuenta horas totales (50hs). 5) Fecha de realización Octubre, Noviembre y Diciembre de 2019 6) Objetivos Capacitar a los participantes en los fundamentos técnicos básicos para analizar y comprender las complejidades que presentan los yacimientos tipo Shale en cuanto a su caracterización, terminación y complementación. 7) Metodología de trabajo Los estudiantes cursarán a distancia en un entorno virtual de enseñanza con el uso de la plataforma Moodle. 8) Sistema de evaluación Asistencia, aprobación de actividades teóricas, prácticas y de comunicación e interacción establecidas para cada Módulo. Al finalizar cada Módulo, el estudiante deberá aprobar un coloquio integrador en línea con la metodología de videoconferencia. La aprobación de los cuatro Módulos dará la acreditación de un Certificado Institucional con la cantidad de horas y contenidos desarrollados.
ANEXO I –
RESOLUCIÓN – FI Nº 062/2020
Dr. Ing. Aníbal Edmundo MIRASSO Ing. Patricia Susana INFANTE Secretario Académico Vice Decana A/C Decanato Facultad de Ingeniería Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
2 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
ANEXO II CERTIFICADOS DE APROBACIÓN
Nombre y Apellido DNI
Juan Pablo ACIAR 37.224.900 Gerardo Enrique ACOSTA 34.913.816 Gonzalo Daniel BARAHONA 37.728.951 Valentina BIANCHINI 33.428.080 Sofía Carla BURGOS SQUIZZIATO 37.963.834 Matías CORTÉS 30.454.018 Exequiel Darío PÁEZ 36.629.085 Sofía Alejandra FERNÁNDEZ 38.587.346 Alejandro FERRECCIO 22.619.543 Brian Damián FLORES 37.227.227 Darío IACCINO 34.438.918 Franca LEDE 38.578.047 Jairo Jesús MARTÍNEZ 38.507.210 Ivana MOYANO 36.767.132 Luciano Matías PÉREZ PALLERES 37.963.714 Isaac REYES 33.574.768 Yael Soledad ROMANO D`ELIA 32.135.923 Rudy Adolfo SCHLENDER 34.824.164 Romina Fernanda ZAVALA 37.270.673
ANEXO II –
RESOLUCIÓN – FI Nº 062/2020
Dr. Ing. Aníbal Edmundo MIRASSO Ing. Patricia Susana INFANTE Secretario Académico Vice Decana A/C Decanato Facultad de Ingeniería Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
3 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2020-RES-061 11/05/2020 (Carga: 12/05/2020) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 11 MAY 2020
VISTO: El contenido del EXPCUY: 3874/2020, en el que Decanato de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo solicita al Señor Secretario Académico informar sobre la viabilidad de implementar el segundo llamado de mesas especiales en Mayo/2020 en el contexto de aislamiento social; así como la necesidad de adecuar el Calendario Académico vigente;
CONSIDERANDO: Que en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 260/2020 Emergencia Sanitaria Coronavirus (COVID19), emitido por el Presidente de la Nación, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 12 de marzo del 2020, y sus modificatorios y ampliatorios: N° 287/2020 del 17 de marzo de 2020, N° 297/2020 del 19 de marzo de 2020, N° 325/2020 del 31 de marzo de 2020 y N° 355/2020 del 11 de abril de 2020, como sus normas complementarias; y las disposiciones de la Universidad Nacional de Cuyo, Resoluciones N°.162R, N° 231R, su aclaratoria N° 298/2020R, N° 325/2020R, N° 350/2020R. y la Ordenanza N° 001/2020R, dictadas por el Rector Ad Referéndum del Consejo Superior. Que en la Ordenanza N° 001/2020R del 15 de abril de 2020, dictada Ad Rferéndum del Consejo Superior se han propuesto alternativas para la continuidad de la enseñanza y aprendizajes, a través de sistemas de educación no presencial con las respectivas herramientas disponibles de las tecnologías de información y comunicación. Que por el Artículo 8° de la mencionada Ordenanza N° 001/2020R, con relación a la evaluación, se establece adoptar tecnologías de la información y la comunicación para instrumentarlos tanto en mesas especiales como en las ordinarias, dependiendo de las particularidades de los espacios curriculares en los que esto sea posible, debiendo reprogramarse en aquellos que indefectiblemente la presencialidad sea necesaria, y quedando sujeto a las disposiciones respecto al tiempo que se establezca el aislamiento social preventivo y obligatorio, emitidas por la autoridad competente. Que las evaluaciones se regirán conforme lo regulado por la Ordenanza N° 108/2010 CS, con las adecuaciones que se proponen desde la unidad académica y resulten pertinentes en este contexto de pandemia, conforme lo autoriza el Artículo 12 de la misma. Lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 323/2020 y 324/2020, dictadas por el Rector de la Universidad Nacional de Cuyo Ad Referéndum del Consejo Superior, y la Resolución N° 044/2020 del Decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, Ad Referéndum del Consejo Directivo. Que por Resolución N° 046/2020 del Decano de la Facultad de Ingeniería Ad Referéndum del Consejo Directivo se dispuso adecuar las actividades académicas establecidas por el Calendario Académico, aprobado por Resolución N° 264/2019CD, así como los requisitos administrativos para el Ciclo Lectivo 2020. El informe producido por la Secretaría Académica de la Facultad de Ingeniería.
Resol. – FI N° 061/2020
1 de 6 Centro Universitario (M5502KFA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingeniería.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
Lo informado al Cuerpo en reunión en línea realizada el 14 de abril de 2020. Lo dispuesto por el art. 40, inc. a) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA VICEDECANA A CARGO DEL DECANATO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Habilitar la convocatoria a las Mesas Especiales del segundo llamado a exámenes finales del mes de mayo de 2020, a desarrollarse en el período comprendido entre el martes 26 de mayo de 2020 y el lunes 1 de junio de 2020, en un todo de acuerdo con el ANEXO II de la Resolución N° 046/2020FI, Ad Referéndum del Consejo Directivo, conforme el detalle de asignaturas y días que se detallan en el ANEXO I de la presente de Resolución, en los términos del último programa vigente de la asignatura.
ARTÍCULO 2°. Establecer el período de inscripción, según la fecha de examen de las asignaturas habilitadas, conforme el detalle que se indica a continuación:
PERÍODO DE INSCRIPCIÓN FECHA EXAMEN DESDE HASTA MAR 12/05/20 LUN 18/05/20 MAR 26/05/20 MIE 13/05/20 MAR 9/05/20 MIE 27/05/20 JUE 14/05/20 MIE 20/05/20 JUE 28/05/20 VIE 15/05/20 JUE 21/05/20 VIE 29/05/20 SAB 16/05/20 VIE 22/05/20 SAB 30/05/20 LUN 18/05/20 DOM 24/05/20 LUN 01/06/20
ARTÍCULO 3°. La inscripción al examen final de las asignaturas habilitadas para evaluar en la modalidad a distancia, se regirá por lo dispuesto en el ANEXO II de la Resolución N° 046/2020FI, Ad Referéndum del Consejo Directivo, cuyos términos se transcriben a continuación:
“La inscripción al examen final de las asignaturas habilitadas para evaluar en la modalidad a distancia se realizará a través del sistema SIUGUARANI, entre los días 14to y 8vo inclusive, contados como días corridos, anteriores a la fecha programada para el examen final, habiendo actualizado sus datos de contacto en el sistema. El estudiante podrá anular su inscripción al examen hasta el 5to día corrido anterior a la fecha programada para el examen final. A tal fin, deberá enviar un correo electrónico a la cuenta: clases@ingenieria.uncuyo.edu.ar, con copia a la vista a la cuenta de correo electrónico: direccion.alumnos@ingenieria.uncuyo.edu.ar. En el asunto del correo electrónico deberá indicar: “(APELLIDO y Nombre Completo), borrado a mesa de examen final de (nombre de la asignatura)”. Cualquier reclamo vinculado a la inscripción tramitada se deberá realizar enviando un correo electrónico a la cuenta: clases@ingenieria.uncuyo.edu.ar”.
Resol. – FI N° 061/2020
2 de 6 Centro Universitario (M5502KFA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingeniería.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
ARTÍCULO 4°. La implementación de los exámenes finales en la modalidad a distancia, de las Mesas Especiales convocadas en el Artículo 1° de la presente Resolución, se hará en un todo de acuerdo con el protocolo para exámenes a distancia de la Resolución N° 045/2020FI, y el marco de la Resolución N° 046/2020FI, Ad Referéndum del Consejo Directivo, y particularmente con lo regulado por el Artículo N° 4 de la misma.
ARTÍCULO 5°. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6°. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI N° 061/2020
Dr. Ing. Aníbal Edmundo MIRASSO Ing. Patricia Susana INFANTE Secretario Académico Vice Decana A/C Decanato Facultad de Ingeniería Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
3 de 6 Centro Universitario (M5502KFA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingeniería.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
ANEXO I MESAS EXAMINADORAS ESPECIALES: 1° LLAMADO MAYO DE 2020
Se presentan a continuación las Mesas Especiales habilitadas del segundo llamado a exámenes finales del mes de mayo de 2020, por carrera, por día de la semana en que se constituye el tribunal examinador, y orden alfabético dentro del día de la semana correspondiente.
El horario de la Mesa Especial se comunicará en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, antes del cierre del período de inscripción.
CARRERA DÍA ASIGNATURA ARQ 26/5/2020 ANÁLISIS ANTROPOLOGICO DEL HABITAT ARQ 26/5/2020 DISEÑO ESTRUCTURAL I ARQ 26/5/2020 DISEÑO ESTRUCTURAL III ARQ 26/5/2020 HISTORIA DE LA ARQUITECTURA I ARQ 26/5/2020 TEORÍA I ARQUITECTURA Y AMBIENTE ARQ 26/5/2020 TEORÍA II ARQUITECTURA Y AMBIENTE ARQ 26/5/2020 TOPOGRAFÍA ARQ 27/5/2020 ARQUITECTURA ITALLER DE INTEGRACIÓN PROYECTUAL ARQ 27/5/2020 ARQUITECTURA IVTALLER DE INTEGRACIÓN PROYECTUAL ARQ 27/5/2020 ARQUITECTURA VTALLER DE INTEGRACIÓN PROYECTUAL ARQ 27/5/2020 INSTALACIONES III ARQ 27/5/2020 MODELIZACIÓN DIGITAL ARQ 27/5/2020 PROYECTO EJECUTIVO ARQ 28/5/2020 ADMINISTRACION GERENCIAL Y ECONOMÍA ARQ 28/5/2020 HIGIENE ,SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE ARQ 28/5/2020 VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL ARQ 29/5/2020 CRÍTICA DE LA ARQUITECTURA ARQ 29/5/2020 DISEÑO DE INTERIORES ARQ 29/5/2020 LEGISLACION ARQ 29/5/2020 SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN APLICADO AL TRABAJO FINAL CIV 26/5/2020 MATERIALES DE CONSTRUCCION CIV 26/5/2020 OBRAS HIDRUALICAS I CIV 26/5/2020 PLANIFICACION DE RECURSOS HIDRICOS CIV 26/5/2020 TECNOLOGIA DEL HORMIGON CIV 27/5/2020 ANALISIS ESTRUCTURAL I CIV 27/5/2020 ECONOMIA EN INGENIERIA CIVIL CIV 27/5/2020 ESTRUCTURAS LAMINARES CIV 27/5/2020 ORGANIZACION DE PROYECTOS Y OBRAS CIV 29/5/2020 FERROCARRILES CIV 29/5/2020 INGENIERIA LEGAL CIV 29/5/2020 TRAFICO Y TRANSPORTE CIV 29/5/2020 TRANSPORTE CIV 1/6/2020 HIDRAULICA GENERAL Anexo I – Resol. FI N° 061/2020
4 de 6 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
CARRERA DÍA ASIGNATURA IND 26/5/2020 ADMINISTRACION DE OPERACIONES IND 26/5/2020 ESTATICA Y RESISTENCIA DE MATERIALES IND 26/5/2020 FISICO QUIMICA IND 26/5/2020 GESTION DE CALIDAD IND 26/5/2020 MECANICA Y MECANISMOS IND 26/5/2020 PLANEAMIENTO Y CONTROL DE OPERACIONES IND 26/5/2020 TECNICA Y HERRAMIENTAS MODERNAS II IND 26/5/2020 TECNICAS Y HERRAMIENTAS MODERNAS I IND 27/5/2020 HIGIENE ,SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE IND 27/5/2020 INDUSTRIAS Y SERVICIOS I IND 27/5/2020 INDUSTRIAS Y SERVICIOS II IND 27/5/2020 INSTRUMENTACION Y CONTROL AUTOMATICO IND 27/5/2020 INTRODUCCION A LA INGENIERIA IND 27/5/2020 INVESTIGACION OPERATIVA IND 27/5/2020 OPERACIONES UNITARIAS IND 27/5/2020 TECNOLOGIA INDUSTRIAL IND 28/5/2020 ELECTRONICA GENERAL Y APLICADA IND 28/5/2020 EQUIPO E INSTALACIONES INDUSTRIALES IND 28/5/2020 GESTION DE LAS PERSONAS IND 29/5/2020 CIENCIAS DE LOS MATERIALES IND 29/5/2020 INGENIERIA LEGAL IND 1/6/2020 ECONOMIA IND 1/6/2020 TERMODINAMICA Y MAQUINAS TERMICAS(1) (1) En el presente contexto social excepcional, y atendiendo las particularidades de la Asignatura, en el marco de las Res. N° 45/2020FI y Res. N° 46/2020FI, se prioriza la posibilidad de constituir Mesa Examinadora de Examen Final, dando lugar a la exclusión de alumnos en condición de LIBRE.
CARRERA DÍA ASIGNATURA MEC 26/5/2020 CONTROL Y SISTEMAS MEC 26/5/2020 ESTATICA Y RESISTENCIA DE MATERIALES MEC 26/5/2020 MECANICA APLICADA MEC 26/5/2020 TECNICA Y HERRAMIENTAS MODERNAS MEC 27/5/2020 INTRODUCCION A LA INGENIERIA MEC 27/5/2020 REALIDAD VIRTUAL MEC 28/5/2020 ELECTRONICA GENERAL Y APLICADA MEC 28/5/2020 INTELIGENCIA ARTIFICIAL I MEC 29/5/2020 CIENCIAS DE LOS MATERIALES MEC 29/5/2020 MICROCONTROLADORES Y ELECTRONICA DE POTENCIA MEC 1/6/2020 AUTOMATISMOS INDUSTRIALES MEC 1/6/2020 ECONOMIA MEC 1/6/2020 SISTEMAS DE AUTOMATIZACION
Anexo I – Resol. FI N° 061/2020 5 de 6 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
CARRERA DÍA ASIGNATURA PET 26/5/2020 ADMINISTRACION DE OPERACIONES PET 26/5/2020 FISICO QUIMICA PET 26/5/2020 GESTION DE SEGURIDAD, MEDIO AMBIENTE Y SALUD PET 26/5/2020 MECANICA APLICADA PET 27/5/2020 INFORMATICA APLICADA PET 27/5/2020 INSTRUMENTACION Y CONTROL AUTOMATICO PET 27/5/2020 INTRODUCCIÓN A LA INGENIERIA DE PETROLEOS PET 27/5/2020 PRODUCCION I PET 28/5/2020 ESTABILIDAD PET 28/5/2020 GAS Y GASOLINA PET 28/5/2020 PRODUCCION II PET 29/5/2020 AGUAS SUBTERRANEAS PET 29/5/2020 CIENCIAS DE LOS MATERIALES PET 29/5/2020 EXPLORACION PETROLERA PET 29/5/2020 GEOLOGIA DEL PETROLEO PET 29/5/2020 GEOLOGIA I PET 29/5/2020 LEGISLACION EN INGENIERIA PET 29/5/2020 OPERACIONES UNITARIAS PET 29/5/2020 PERFILAJES DE POZOS PET 29/5/2020 RESERVORIOS I PET 29/5/2020 RESERVORIOS II PET 29/5/2020 RESERVORIOS III PET 1/6/2020 ECONOMIA Y EVALUACION DE PROYECTOS PET 1/6/2020 MECANICA DE LOS FLUIDOS PET 1/6/2020 PERFORACION I PET 1/6/2020 PERFORACION II PET 1/6/2020 TERMODINAMICA GENERAL Y APLICADA(2) (2) En el presente contexto social excepcional, y atendiendo las particularidades de la Asignatura, en el marco de las Res. N° 45/2020FI y Res. N° 46/2020FI, se prioriza la posibilidad de constituir Mesa Examinadora de Examen Final, dando lugar a la exclusión de alumnos en condición de LIBRE.
ANEXO I –
RESOLUCIÓN FI N° 061/2020
Dr. Ing. Aníbal Edmundo MIRASSO Ing. Patricia Susana INFANTE Secretario Académico Vice Decana A/C Decanato Facultad de Ingeniería Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
6 de 6 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Alumnos de grado y Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2020-RES-060 6/05/2020 (Carga: 12/11/2020) |
► 2020: AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 06 MAY 2020
VISTO: Que, por razones de salud, el suscripto se internará el jueves 7 de mayo de 2020; y:
CONSIDERANDO: Que se requiere garantizar el normal desarrollo de las actividades académicas e institucionales de esta Casa de Estudios. Lo dispuesto por las Resolución N° 323/2020R del Rector, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS del Consejo Superior, y por la Resolución N° 044/2020FI del Decano, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD del Consejo Directivo. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario. En uso de sus atribuciones. EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Dejar a cargo del Decanato a la señora Vicedecana de la Facultad de Ingeniería, Ing. Patricia Susana INFANTE (DNI: 16.588.872), a partir del jueves 7 de mayo de 2020, y mientras dure la ausencia del suscripto, por la causal expuesta en el Considerando de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 060/2020FI _ _ _ _
RES. N° 060/2020FI _ _ _ _
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2020-RES-058 5/05/2020 (Carga: 2/12/2020) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 05 MAY 2020
VISTO: El contenido de la NOTA–CUY: 3857/2020, en la que la Dirección de Extensión, dependiente de la Secretaría de Relaciones Institucionales de esta Facultad, solicitó la autorización para el dictado del Curso “AUTOCAD 2D Nivel Avanzado”; y:
CONSIDERANDO: Que la propuesta fue realizada por el Arq. Hugo Eduardo Claudio BARAGIOLA, Profesor Titular de la asignatura “Sistemas de Representación y Dibujo”. Que el mencionado Curso tiene como destinatarios los estudiantes de las carreras de Ingeniería Civil, Industrial y de Petróleos de la Facultad de Ingeniería, y se estableció como condición tener aprobada la citada asignatura. Que dicho curso permitirá al alumno el uso de esta herramienta de comunicación técnica, durante el desarrollo de su carrera y como futuro profesional. Que, ante la situación de emergencia y de aislamiento social, preventivo y obligatorio (COVID 19), se propone desarrollar el curso, excepcionalmente, en la modalidad a distancia, mediante la tecnología telemática que se dispone. Los antecedentes de las Profesionales propuestas para el dictado del Curso. Lo informado por las Direcciones Generales de las carreras de Ingeniería Industrial y Civil. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020 del Rector, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020 del Consejo Superior, y por la Resolución N° 044/2020FI del Decano, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020 del Consejo Directivo. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Tener por autorizado, el dictado del Curso “AUTOCAD 2D Nivel Avanzado”, a cargo de las Arquitectas Susana Frida WAJCHMAN y Ana Laura CASTILLO, durante el primer semestre de 2020, y con una duración total de VEINTE (20) horas.
ARTÍCULO 2. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 058/2020 _ _ _ _
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2020-RES-057 5/05/2020 (Carga: 5/05/2020) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 05 MAY 2020
VISTO: Las actuaciones que obran en NOTA CUY: 7429/2020 vinculada a la transferencia de fondos a los alumnos beneficiarios en el marco del Programa ARFITEC – Resolución N° 243/2019APNSECPUMECCYT;
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 243/2019 APNSECPUMECCYT, de fecha 12 de Setiembre del 2019, se aprueba la asignación y transferencia a las Universidades Nacionales de fondos para cofinanciar las movilidades estudiantiles y el apoyo para la formación lingüística de los estudiantes involucrados en el primer año de ejecución de los proyectos seleccionados, correspondiendo a la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo los Proyectos: ARFUBA2167 (CAFATIM), (1) movilidad estudiantil de Ingeniería en Mecatrónica, ARFUNR2146 (COFAIMM), (1) movilidad estudiantil de Ingeniería en Mecatrónica, ARFUNCU2165 (FINCAF), (1) movilidad estudiantil de Ingeniería Civil, ARFUNCU2170 (ICEH), (1) movilidad estudiantil de Ingeniería Civil, ARFUBA2152, (PARIBACOMENSAN), (1) movilidad estudiantil de Ingeniería en Petróleo en el marco de la 6° Convocatoria del PROGRAMA ARGENTINA FRANCIA INGENIEROS TECNOLOGÍA (ARFITEC), por un total de PESOS UN MILLÓN con 00/100 ($ 1.000.000,00). Que de acuerdo a lo estipulado en las bases de la 6° Convocatoria del Programa ARFITEC, se estimó el monto de cofinanciación para cada movilidad en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00). Que la Facultad de Ingeniería aprobó los órdenes de mérito correspondiente a los programas de intercambio estudiantiles en Francia mediante las Resoluciones Nros.: 227/2019CD; 228/2019CD; 229/2019CD y 230/2019CD. Que con fecha 22 de Noviembre 2019, la Universidad Nacional de Cuyo fue informada desde la Dirección del Programa que no se contaba con una fecha concreta para efectivizar la transferencia de fondos. Que como consecuencia de la demora en el envío de fondos, los alumnos debieron viajar sin haber podido acceder a los fondos dispuestos para su manutención semestral. Que habiéndose constatado la transferencia de fondos a la Universidad Nacional de Cuyo, se hace necesario proceder a la transferencia de los mismos a los alumnos beneficiarios y contar con un instrumento que autorice a la Dirección General Económico Financiera de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo a gestionar la operación. Lo informado por la Secretaría Administrativa Económica Financiera. Lo dispuesto en el Art. 40 – Inciso 2 del Estatuto Universitario. Lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 323/2020 y 324/2020, dictadas por el Rector de la Universidad Nacional de Cuyo Ad Referéndum del Consejo Superior. Lo dispuesto por la Resolución N° 044/2020 del Decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, dictada Ad Referéndum del Consejo Directivo.
En uso de sus atribuciones, El DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Autorizar, a la Dirección General Económico Financiera de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo, a gestionar ante el Banco de la Nación Argentina las transferencias de las becas asignadas por el Programa ARFITEC, conforme a lo
Resol. – FI N° 057/2020 _ _ _ _
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
expuesto en los Considerandos de la presente Resolución, a los alumnos beneficiarios que a continuación se indican y por las sumas de dinero que se detallan seguidamente:
Resolución N° 227/2019–CD Escuela Nacional Superior de Artes y Oficios (ENSAM) – Francia Ingeniería de Petróleos CONDORI, Alexis Jesús (Legajo N° 10.689) – (DNI 36.760.105) Monto a transferir será el equivalente a $ 200.000 – convertidos a Euros según cotización oficial al momento de la transferencia.
Resolución N° 228/2019CD IMT – Atlantique Bretagne Pays de la Loire – Francia Ingeniería en Mecatrónica MANZANO, Claribel Estefanía (Legajo N° 11.362) – (DNI 40.001.388) Monto a transferir será el equivalente a $ 200.000 – convertidos a Euros según cotización oficial al momento de la transferencia.
Resolución N° 229/2019CD Polytech Marseille e Instituto Superior de Edificación y Obras Públicas de Aquitain (ISA BTP) Universidad de Pau y de los Países del Adour (UPPA) – Francia Ingeniería Civil BONILLA BULNES, Julieta Beatriz (Legajo N° 11.078) – (DNI 39.767.680) Monto a transferir será el equivalente a $ 200.000 – convertidos a Euros según cotización oficial al momento de la transferencia.
Resolución N° 230/2019CD Escuela Nacional de Ingenieros de Brest (ENIB) – Francia Ingeniería en Mecatrónica CORREA, Elías Martín (Legajo N° 10.767) – (DNI 38.889.546) Monto a transferir será el equivalente a $ 200.000 – convertidos a Euros según cotización oficial al momento de la transferencia.
ARTÍCULO 2° Los alumnos deberán remitir a la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, la información y comprobantes que se requieran a fin de poder cumplimentar en tiempo y forma las rendiciones de cuenta ante la Secretaría de Políticas Universitarias.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTICULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI N° 057/2020 _ _ _ _
Mgtr. Lic. María Silvana BRACELI Ing. Daniel Santiago FERNÁNDEZ Secretaria Administrativa Económica Financiera Decano Facultad de Ingeniería Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2020-RES-056 29/04/2020 (Carga: 27/05/2020) |
► 2020: AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 29 ABR 2020
VISTO: El contenido del EXPCUY: 3646/2020, en el que la Secretaria de Vinculación solicita al Señor Decano de la Facultad de Ingeniería, de la Universidad Nacional de Cuyo, se autorice a la Dirección de Estudios Tecnológicos e Investigaciones (DETI) a prestar servicios, con guardias mínimas, enmarcados en las actividades exceptuadas y expresadas en los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 260/2020; N° 297/2020; N° 325/2020, y normas consecuentes, en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio vigente; y:
CONSIDERANDO: Que en virtud del DNU N° 260/2020 emitido por el Presidente de la Nación, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 12 de marzo del 2020, se decreta la Emergencia Sanitaria, y las Resoluciones N° 162, 231 y su aclaratoria N° 298/2020R. Que el mencionado Decreto ha ampliado la emergencia pública en materia sanitaria dispuesta por Ley 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el COVID19. Que ante la emergencia nacional y regional dispuesta por la Ley 27.519: Emergencia alimentaria nacional, la Ley 27541: Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública, y enfrentando el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el DNU N° 297/2020 en el marco de la urgencia pandémica de carácter global, las respuestas en los circuitos administrativos deben ser necesariamente desburocratizadas para lograr una Administración universitaria ágil y eficiente. Que a través de los DNU N° 325/2020, N° 355/2020, y N° 408/2020 se instrumentaron las prórrogas a la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, en el último de ellos hasta el 10 de mayo de 2020. Que conforme las medidas dispuestas por dicha disposición oficial que se conceptualiza de orden público, Artículo N° 10 del DNU N° 408/2020, se prorrogaron las medidas dispuestas en la Universidad Nacional de Cuyo mediante Resoluciones N° 231/2020R; 298/2020R; 325/2020R; 350/2020R; y 485/2020R, ad referéndum del Consejo Superior. Que los laboratorios de la DETI realizan periódicamente actividades de vinculación para el control, monitoreo y estado de distintos productos, insumos y actividades encuadradas en diferentes incisos del Artículo N° 6 del DNU N° 297/2020. Que en el marco de acuerdos de la Facultad de Ingeniería con la Dirección de Protección Ambiental de la Provincia de Mendoza (DPA) y el Departamento General de Irrigación (DGI), se deben realizar informes sobre el control, monitoreo y estado de las aguas posiblemente impactadas con la actividad minera, según el Artículo N° 1 de la Decisión Administrativa N° 429/2020; así como actividades de extracción de muestras y análisis sobre la calidad de aguas, que forman parte del monitoreo de la actividad petrolera y el seguimiento de la remediación de acuíferos impactados. Que la Facultad de Ingeniería debe dar respuesta a requerimientos incoados por Juzgados Federales, con sede en la Provincia de Mendoza, para decidir, entre otros aspectos, sobre la privación de la libertad de personas involucradas. Que los laboratorios de la DETI que realizan actividades incluidas en las excepciones previstas en los DNU N° 260/2020; N° 297/2020; N° 325/2020; DNU N° 355/2020; DNU N° 408/2020, y normas consecuentes, deben elaborar sus procedimientos/protocolos de acción frente al COVID19. Que el Área de Seguridad, Ambiente y Salud (ASSA) de la Facultad de Ingeniería, dependiente de la Secretaría de Vinculación, tiene la responsabilidad de asesorar, revisar y visar los procedimientos/protocolos para el funcionamiento de las distintas áreas/laboratorios, así como realizar las inspecciones que correspondan.
RES. N° 056/2020FI _ _ _ _
► 2020: AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
►
RESOLUCIÓN DIGITAL
Que la Secretaría de Vinculación, conjuntamente con la Secretaría Administrativa, Económica y Financiera y la Coordinación de Asuntos Legales de la Facultad de Ingeniería, articulan acciones para garantizar un adecuado servicio de personal, de los Institutos, de limpieza, de seguridad y del personal de servicios generales, para el funcionamiento de la DETI durante el aislamiento social preventivo y obligatorio, cumpliendo las medidas particulares a tener en cuenta por el COVID19. Que el personal debe prestar servicios en horarios autorizados, movilizarse en un todo de acuerdo a las normas vigentes y disponer de certificados de circulación correspondientes. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R del Rector de la Universidad Nacional de Cuyo, ad referéndum del Consejo Superior; y la Resolución N° 044/2020FI del Decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, ad referéndum del Consejo Directivo. Lo informado al Consejo Directivo en reuniones del 14 de abril de 2020 (Acta N° 29) y del 28 de abril de 2020 (Acta N° 30). Lo dispuesto por el art. 39, inc. 11 y art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario. En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA AD REFERENDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Autorizar la prestación de servicios de los Institutos de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, a través de sus áreas de trabajo, laboratorios y grupos de estudio, para atender actividades y servicios declarados esenciales en la Emergencia Sanitaria durante el aislamiento social preventivo y obligatorio, con desplazamientos limitados al estricto cumplimiento de tales actividades y servicios. Esta disposición se adopta en el marco de la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Emergencia Sanitaria ampliada por el DNU N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y su modificatorio, y en atención a la evolución de la situación epidemiológica, con relación al CORONAVIRUS COVID19.
ARTÍCULO 2. Encomendar a la Secretaría de Vinculación de la Facultad de Ingeniería la coordinación de las acciones necesarias para implementar la prestación de servicios autorizados en el Artículo 1, garantizando las condiciones de limpieza, higiene, seguridad, sanitización, elementos de protección personal y medidas preventivas que surjan durante la evolución del aislamiento social preventivo y obligatorio, establecidas por el Ministerio de Salud y/o autoridad competente, para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.
ARTÍCULO 3. La presente resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
Sra. Elisabeth Nancy Mgtr. Lic. María Silvana Ing. Daniel Santiago GONZÁLEZ BRACELI FERNÁNDEZ A/C Dirección General Administrativa Secretaria Administrativa Económica Decano Facultad de Ingeniería Financiera Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RES. N° 056/2020FI _ _ _ _
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||