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16501 Normativas
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RE-2021-CIR-005
5/03/2021
(Carga: 12/03/2021)
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Complementar aspectos procedimentales de mero trámite y ejecución de los concursos especiales que fueron acordados según consta en el Acta Paritaria Particular.
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CD-2021-RES-003
5/03/2021
(Carga: 16/03/2021)
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2021 AÑO HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN MENDOZA, 05 MAR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en el EXP_ECUY: 10596/2020, en las que el Ing. Jorge Claudio FERNANDEZ LLANO solicita permanecer en la actividad laboral, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 1º inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508; y:
CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 82/2009, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo ha fijado las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la Ley referida, que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal docente de las Universidades Nacionales, con vigencia a partir del 13 de setiembre del año 2009. Que de conformidad con el Artículo 6º de la mencionada Ordenanza, corresponde al Consejo Directivo de la Facultad, la atribución de resolver, mediante el dictado de un acto administrativo, sobre la opción planteada por el docente de permanecer en la actividad laboral. Lo informado por la Dirección de Personal, Secretaría Administrativa Económica Financiera y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 15 de diciembre del año 2020. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 1º Inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508, la permanencia del Ing. Jorge Claudio FERNANDEZ LLANO (D.N.I.: 11.264.008 – Legajo 19.419), en el siguiente cargo, a partir del 02 de enero de 2021: . Profesor Adjunto – Dedicación Semiexclusiva – Efectivo – Área 4 – OPERACIONES Y CONTROL – Asignatura: “Termodinámica General y Aplicada” y “Termodinámica y Máquinas Térmicas” e Investigación GESTAR (Grupo de Estudios para el tratamiento de Aguas Residuales) – Instituto de Medio Ambiente.
ARTÍCULO 2º. El Ing. FERNANDEZ LLANO cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriendo intimación previa alguna (Art. 8º de la Ordenanza Nº 82/2009CS).
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 003/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2021-RES-002
5/03/2021
(Carga: 16/03/2021)
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2021 AÑO HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 05 MAR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en el EXP_ECUY: 10613/2020, en las que el Ing. Daniel Eduardo GAÍDO solicita permanecer en la actividad laboral, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 1º inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508; y:
CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 82/2009, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo ha fijado las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la Ley referida, que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal docente de las Universidades Nacionales, con vigencia a partir del 13 de setiembre del año 2009. Que de conformidad con el Artículo 6º de la mencionada Ordenanza, corresponde al Consejo Directivo de la Facultad, la atribución de resolver, mediante el dictado de un acto administrativo, sobre la opción planteada por el docente de permanecer en la actividad laboral. Lo informado por la Dirección de Personal, Secretaría Administrativa Económica Financiera y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 15 de diciembre del año 2020. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 1º Inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508, la permanencia del Ing. Daniel Eduardo GAÍDO (DNI: 11.298.437 – Legajo 18.973), en el siguiente cargo, a partir del 17 de enero de 2021: . Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple – Efectivo – Área 9 – HIDRÁULICA – Asignatura: “Hidráulica General”.
ARTÍCULO 2º. El Ing. GAÍDO cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriendo intimación previa alguna (Art. 8º de la Ordenanza Nº 82/2009CS).
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 002/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2021-RES-001
5/03/2021
(Carga: 16/03/2021)
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2021 AÑO HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 05 MAR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en el EXP_ECUY: 10587/2020, en las que la Arq. Ana María VILLALOBOS solicita permanecer en la actividad laboral, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 1º inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508; y:
CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 82/2009, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo ha fijado las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la Ley referida, que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal docente de las Universidades Nacionales, con vigencia a partir del 13 de setiembre del año 2009. Que de conformidad con el Artículo 6º de la mencionada Ordenanza, corresponde al Consejo Directivo de la Facultad, la atribución de resolver, mediante el dictado de un acto administrativo, sobre la opción planteada por el docente de permanecer en la actividad laboral. Lo informado por la Dirección de Personal, Secretaría Administrativa Económica Financiera y Secretaría Académica. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 15 de diciembre del año 2020.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 1º Inc. a) Apartado 2º de la Ley 26.508, la permanencia de la Arq. Ana María VILLALOBOS (DNI: 11.827.376Legajo 30.960), en el siguiente cargo, a partir del 24 de abril de 2021: . Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple – Interino – Área 16 – HISTORIA Y TEORÍA – Asignatura: “Historia de la Arquitectura II” y Adicional por Carácter Crítico de la Función para cumplir funciones docentes como responsable de la asignatura: “Intervención en el Patrimonio” de la carrera de Arquitectura.
ARTÍCULO 2º. La Arq. VILLALOBOS cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriendo intimación previa alguna (Art. 8º de la Ordenanza Nº 82/2009CS).
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 001/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2021-RES-012
2/03/2021
(Carga: 27/10/2021)
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2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 02 MAR 2021
VISTO: El contenido de EXPECUY: 735/2021, en el que la Dirección de Extensión solicita el Aval de esta Casa de Estudios y la autorización para el dictado del “Curso de Procesamiento InSAR y Modelado de deformación de volcanes”, en el marco de la Asociación Latinoamericana de Geodesia Volcánica (GEOVOL);
CONSIDERANDO: Que el citado curso tiene como objetivo desarrollar la capacidad de obtener mapas de deformación cortical mediante InSAR y estimar parámetros de la fuente utilizando DMODELS. Que la importancia del tema radica en que permitirá formar las capacidades para utilizar una de las herramientas clave en monitoreo volcánico. Actualmente desde el CEDIAC se está trabajando en conjunto con los Observatorios Vulcanológicos de Latinoamérica en estas temáticas, que posiciona a la Facultad de Ingeniería como referente regional en el tema. Que la mencionada actividad está destinada a personal de Observatorios Vulcanológicos integrantes de la Asociación GEOVOL. Que se presenta una propuesta para el dictado del curso a cargo de los Doctores Pablo Andrés EUILLADES, Leonardo Daniel EUILLADES y Maurizio BATTAGLIA. Que la capacitación sería de manera virtual y está programada para realizarse entre el 22 y el 27 de marzo del presente año, con una carga horaria total de treinta (30) horas. Lo informado por la Secretaría de Relaciones Institucionales. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) y 8) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar el Aval Académico de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo para el “Curso de Procesamiento InSAR y Modelado de deformación de volcanes”, en el marco de la Asociación Latinoamericana de Geodesia Volcánica (GEOVOL).
ARTÍCULO 2º. Tener por autorizado el dictado del “Curso de Procesamiento InSAR y Modelado de deformación de volcanes” en el marco de la Asociación Latinoamericana de Geodesia Volcánica (GEOVOL), a cargo de los Doctores Pablo Andrés EUILLADES, Leonardo Daniel EUILLADES y Maurizio BATTAGLIA, entre el 22 y el 27 de marzo de 2021, con una carga horaria total de treinta (30) horas.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 012/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2021-RES-149
1/03/2021
(Carga: 17/06/2025)
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MENDOZA, 10 JUN2025
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 13534/2025, en las que Secretaría Académica eleva la propuesta de la Comisión Evaluadora encargada de evaluar al Docente Rodolfo David FRANSÓ CORDÓN, docente efectivo de los Espacios Curriculares de Ciencias Básicas e Ingeniería Civil de la Facultad de Ingeniería;
CONSIDERANDO: Que la citada propuesta se efectúa en cumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza Nº 91/2014CS. Que resulta conveniente formar la Comisión Evaluadora. Los profesionales propuestos para integrar la Comisión Evaluadora. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 27 de mayo del año 2025. En uso de sus atribuciones EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Convocar a evaluación docente por el periodo comprendido entre el 01 de marzo de 2021 y el 28 de febrero del año 2025 en los Espacios Curriculares de Ciencias Básicas e Ingeniería Civil, al docente efectivo que a continuación se menciona, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza N° 91/2014CS:
APELLIDO Área/Carre Espacio DEDICA Resolución LEGAJO Y DNI ra Curricular/ CARGO CIÓN de Efectivo NOMBRE Actividad Ciencias 26.975 FRANSÓ 13.996.541 Básicas “Física I” Jefe de Semiex 1096/2016CORDÓN, Trabajos clusiva CS Rodolfo Prácticos David Ingeniería “Equipos y Simple Civil Técnicas 1095/2016Constructivas CS ”
ARTÍCULO 2º: Disponer la integración de la Comisión Evaluadora que tendrá a su cargo la evaluación del profesional mencionado en el Artículo 1° de la presente Resolución, según el siguiente detalle: Titulares:
• MARTÍNEZ, Hugo Héctor (FI UNCuyo) • VILLODAS, Ángel Rubén (FI UNCuyo) • INZIRILLO, Roberto Luis (FRM UTN)
Suplentes:
• GANDOLFO RASO, Ernesto Fabián (FI UNCuyo) • GARBUIO, Óscar Martín (FI UNCuyo) • CREMADES FERNÁNDEZ, María Hebe (FRM UTN)
ARTÍCULO 3º. Informar al Docente FRANSÓ CORDÓN que deberá presentar el “Informe integrador” del periodo en evaluación (01/03/2021 y el 28/02/2025) y la “Propuesta de Desarrollo Académico” para el periodo siguiente (01/03/2025 hasta el 28/02/2029) de acuerdo con lo establecido en Artículo N° 2 Anexo I de la Ordenanza N° 91/2014–CS. RESOL – CD Nº 149/2025
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ARTÍCULO 4º. Disponer, que la documentación (Informe integrador y Propuesta de Desarrollo Académico) se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable»), y tendrá carácter de declaración jurada. Dicha presentación se efectuará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período establecido, a la siguiente cuenta de correo electrónico:
evaluacion.docente@ingenieria.uncuyo.edu.ar
▪ Establecer como plazo máximo de presentación hasta el 04 de julio de 2025. En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período establecido.
ARTÍCULO 5º. Disponer la notificación del docente que corresponde evaluar y de los integrantes de la Comisión Evaluadora.
ARTÍCULO 6º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 149/2025
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2021-RES-011
25/02/2021
(Carga: 9/03/2021)
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► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 25 FEB 2021
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 280/2021, en el que se plantea la necesidad de reorganizar las funciones del personal del Área Prensa y Comunicación Institucional, dependiente de la Secretaria de Relaciones Institucionales de la Facultad de Ingeniería, y:
CONSIDERANDO: La necesidad de lograr un adecuado equilibrio entre la disponibilidad y flexibilidad horaria de las personas que cumplen funciones en el Área Prensa y Comunicación Institucional, dependiente de la Secretaria de Relaciones Institucionales de la Facultad de Ingeniería. Que mediante Resolución N° 090/2021R, el Sr. Rector ha designado a Leonardo Omar PIERGENTILI BIANCHETTI, en un cargo de Auxiliar de Gestión, Categoría A, para cumplir funciones en el Área Prensa y Comunicación Institucional. Que estos cargos fueron creados para retribuir el trabajo de apoyo directo a la gestión de autoridades universitarias en lo relativo a asistencia administrativa, técnica y de mantenimiento, en el marco de lo establecido por el Estatuto Universitario y el Inciso b) del Artículo 59 de la Ley 24521 de Educación Superior. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R del Rector, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS del Consejo Superior. Lo dispuesto por Resolución N° 044/2020FI del Decano, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD del Consejo Directivo. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario. En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Asignar al Leonardo Omar PIERGENTILI BIANCHETTI, Legajo N° 33.634 – DNI N° 31812557, la función de Responsable del Área Prensa y Comunicación Institucional de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, a efectos de coordinar las actividades de las personas afectadas al área, bajo la dependencia de la Secretaría de Relaciones Institucionales.
ARTÍCULO 2. Agradecer, a la Lic. Analía FRACCHIA, la colaboración y servicios prestados durante el cumplimiento de la función en el área.
ARTÍCULO 3. La presente resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 011/2021FI _ _ _ _
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