Digesto
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15923 Normativas
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CD-2020-RES-073 11/11/2020 (Carga: 30/11/2020) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 11 NOV 2020
VISTO: El contenido de la NOTA CUY: 9535/2020, en la que la Dirección General de la carrera Ingeniería de Petróleos solicita se designe al Ing. Fernando Javier SORIA en la Categoría de Profesor Invitado;
CONSIDERANDO: Que el mencionado profesional realizará actividades en la Asignatura Optativa “Operaciones en Yacimientos Off Shore”. Los antecedentes del profesional propuesto. Lo informado por la Profesora Titular de la mencionada asignatura. Lo establecido en el Artículo 52º del Estatuto Universitario. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS, y la Resolución N° 044/2020FI, ad referéndum del Consejo Directivo, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 25 de agosto del año 2020.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Designar, a partir del 26 de agosto del año 2020 y por el término de UN (1) año, al Ing. Fernando Javier SORIA (DNI: 25.329.669) en la Categoría de Profesor Invitado, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el TÍTULO IV – CAPÍTULO I Artículo 52º del Estatuto Universitario, para colaborar en la Asignatura Optativa “Operaciones en Yacimientos Off Shore” de la carrera de Ingeniería de Petróleos.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 073/2020
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2020-RES-072 11/11/2020 (Carga: 3/08/2021) |
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RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 11 NOV 2020
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 11546/2020, en la que Secretaría Académica plantea considerar la situación de las promociones directas pendientes del Ciclo Lectivo 2020; y:
CONSIDERANDO: Que fundamenta lo solicitado en la situación actual las condiciones derivadas de la pandemia por COVID19. Que la Resolución N° 183/2003CD, establece que los alumnos que se inscriban en una asignatura con el sistema de promoción directa, deben cumplir con las correlativas fuertes y débiles y, en sus inc. b) y c), establece que aquellas promociones obtenidas durante el cursado de una asignatura, cumpliendo con las correlatividades débiles y fuertes para acceder al cursado, deben permanecer vigentes durante un ciclo lectivo adicional, cuando los estudiantes no tengan aprobadas las correlativas débiles al momento de obtener la promoción. Agrega que serán cargadas sólo cuando durante ese ciclo lectivo adicional los estudiantes aprueben dicha correlativa débil. Que, en el actual contexto de pandemia, y dada la gran cantidad de promociones pendientes de carga, se dificulta la actualización de datos en el sistema SIU GUARANÍ. Que la Ordenanza N° 001/2020R, ratificada por la Ordenanza N° 017/2020CS, permite flexibilizar disposiciones académicas cuando el contexto de pandemia lo requiera. Que, por lo expuesto, Secretaría Académica sugirió no aplicar, excepcionalmente, para el Ciclo Lectivo 2020 el Artículo 1° inc. c y d) de la Resolución N° 183/2003CD, para todos los alumnos que alcancen la PROMOCIÓN en asignaturas durante el Ciclo Académico 2021. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD. Lo tratado y aprobado por este Cuerpo en sesión ordinaria del 10 de noviembre de 2020, por unanimidad de sus miembros. En uso de sus atribuciones. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Disponer la excepción de no aplicar, durante el actual Ciclo Lectivo 2020, el Artículo 1°, incisos c) y d) de la Resolución N° 183/2003CD a todos los alumnos que alcancen la promoción directa en asignaturas de las carreras de grado.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 072/2020CD _ _ _ _
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2020-RES-149 10/11/2020 (Carga: 2/12/2020) |
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RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 10 NOV 2020
VISTO: El contenido del EXPCUY: 5781/2020, en el que tramita la propuesta de la asignatura electiva “Taller de experimentación proyectual: Hacia una arquitectura humanizada”; y:
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 159/2018CD, el Consejo Directivo aprobó el Reglamento para elección y aceptación de asignaturas electivas en Carreras de Grado de esta Facultad. Que las asignaturas electivas aportan valor agregado al Plan de Estudios de la carrera, integran conocimientos curriculares pertenecientes a algunas de las áreas de formación de la carrera y orientan hacia su profundización complementando su formación profesional. Que la propuesta se encuentra alineada con las actividades que esta Casa de Estudios viene realizando en relación con la promoción de acciones que incorporen estudiantes en proyectos de investigación formalmente acreditados y ofrezcan certificación curricular (Resolución N° 188/2019CD), motivando e incentivando a estudiantes para que se inicien en el liderazgo de proyectos de investigación (Resolución N° 240/2019CD); políticas institucionales que están alineadas con los estándares para la acreditación de las carreras de Arquitectura (Resolución ME N° 498/2006), en tanto permiten transmitir las experiencias adquiridas a la vez que estimulan al estudiante en su iniciación en la investigación. Que se trata de una propuesta experimental que ofrece la posibilidad de incorporar estudiantes en el Proyecto de Investigación SIIP TIPO 1, de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo, Código B079, titulado “Aporte de la fenomenología arquitectónica a la enseñanza de la arquitectura en la etapa de generación de la idea en el proceso proyectual”, aprobado por Resolución N° 4142/2019R, con la posibilidad de ofrecer una certificación curricular, acreditable como Asignatura Electiva. Que a fs. 02/07 se incorpora el programa de la asignatura, incluyendo la presentación de la propuesta, el equipo de trabajo, la fundamentación y justificación, la contextualización de la misma en el Plan de Estudios de la carrera Arquitectura, los objetivos de la propuesta como asignatura electiva, los contenidos, la bibliografía, la metodología de enseñanza y el sistema de evaluación, calificación y acreditación. Los informes de la Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado, obrante a fs. 8; de la Dirección General de la Carrera Arquitectura, que incluye el de la Comisión Especial prevista para el reconocimiento como asignatura electiva, obrante a fs. 9; y de la Secretaría Académica, obrante a fs. 10. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario. En uso de sus atribuciones. EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar, como asignatura electiva, el “Taller de experimentación proyectual: Hacia una arquitectura humanizada”, como actividad con crédito académico, desarrollada en el marco del Proyecto de Investigación SIIP TIPO 1, de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo, Código B079, titulado “Aporte de la fenomenología arquitectónica a la enseñanza de la arquitectura en la etapa de generación de la idea en el proceso proyectual”, aprobado por Resolución N° 4142/2019R.
RES. N° 149/2020FI _ _ _ _ 1 de 8
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El programa de la actividad curricular se incorpora en el ANEXO I y forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2. Designar como docente responsable, a cargo de la actividad curricular aprobada en el artículo precedente, a la Dra. Arq. Sandra Mabel NAVARRETE, DNI N° 16.868.456, Legajo N° 30.944, quien reviste en esta Casa de Estudios el cargo de Profesora Titular.
ARTÍCULO 3. Establecer como requisito para postular a la asignatura electiva: ser estudiante de la Carrera Arquitectura y estar cursando y/o haber aprobado asignaturas del segundo, tercero o cuarto año de la carrera Arquitectura.
ARTÍCULO 4. La docente responsable a cargo de la actividad curricular, conjuntamente con el equipo de trabajo, establecerán el orden de mérito de las postulaciones, teniendo en cuenta que como máximo se admitirán quince (15) postulaciones simultáneas, del ciclo de formación, de tercero y cuarto año de la carrera Arquitectura, que cumplan los requisitos curriculares vigentes.
ARTÍCULO 5. Los estudiantes interesados en cursar la asignatura electiva “Taller de experimentación proyectual: Hacia una arquitectura humanizada”, deberán presentar su postulación, en los términos previstos en la Resolución N° 159/2018CD, haciendo referencia a la presente norma.
ARTÍCULO 6. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 7. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 149/2020FI _ _ _ _
RES. N° 149/2020FI _ _ _ _ 2 de 8
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ANEXO I PROGRAMA DE LA ASIGNATURA
Asignatura electiva: TALLER DE EXPERIMENTACION PROYECTUAL: HACIA UNA ARQUITECTURA HUMANIZADA Docente responsable a cargo: Dra. Arq. Sandra NAVARRETE Carrera: Arquitectura Carga horaria total: sesenta (60) horas Año: 2020
PROPUESTA EXPERIMENTAL QUE OFRECE LA POSIBILIDAD INCORPORAR ESTUDIANTES EN PROYECTO DE INVESTIGACIÓN ACREDITADO CON CERTIFICACIÓN CURRICULAR
PRESENTACIÓN La propuesta surge a partir de las políticas institucionales que promueven el diseño de propuestas experimentales que incorporen estudiantes en proyectos de investigación formalmente acreditados y ofrezcan certificación curricular (Resolución N° 188/2019CD), motivando e incentivando a estudiantes para que se inicien en el liderazgo de proyectos de investigación (Resolución N° 240/2019CD). Tales políticas institucionales están alineadas con los estándares para la acreditación de las carreras de Arquitectura (Resolución ME N° 498/2006), en tanto permiten transmitir las experiencias adquiridas a la vez que estimulan al estudiante en su iniciación en la investigación. En una primera etapa, el equipo de investigación promovió la participación de estudiantes en la Convocatoria autorizada por Resolución N° 240/2019CD, logrando la aprobación y autorización de la ejecución del proyecto de investigación, Código C14FI, liderado por el estudiante Franco Martín SANDES (Resolución N° 064/2020FI), a quien se lo asiste con el asesoramiento requerido por la normativa. En esta oportunidad, en esta línea de trabajo, se ha elaborado una propuesta experimental que ofrece la posibilidad incorporar estudiantes en el Proyecto de Investigación SIIP TIPO 1, de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo, Código B079, titulado “APORTE DE LA FENOMENOLOGÍA ARQUITECTÓNICA A LA ENSEÑANZA DE LA ARQUITECTURA EN LA ETAPA DE GENERACIÓN DE LA IDEA EN EL PROCESO PROYECTUAL”, aprobado por Resolución N° 4142/2019R, con la posibilidad de ofrecer una certificación curricular, acreditable como Asignatura Electiva. En otro orden, se menciona que el equipo de investigación también ha desarrollado su experiencia en ámbito de la Diplomatura de Posgrado en Arquitectura Fenomenológica, aprobada por Resolución N° 060/2016CD del Consejo Directivo y ratificada por Ordenanza N° 053/2016CS del Consejo Superior, que se imparte en el ámbito de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Algunos módulos teóricos y proyectuales también se han impartido en el Doctorado en Arquitectura de la Universidad Nacional de San Juan.
ANEXO I: RES. N° 149/2020FI _ _ _ _ 3 de 8
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EQUIPO DE TRABAJO El equipo de trabajo está integrado por docentes investigadores e integrantes del Proyecto de investigación aprobado por Resolución N° 4142/2019R, Código B079. Directora: Dra. Arq. Sandra NAVARRETE (Profesora Titular de la FIUNCuyo) CoDirector: Mgtr. Dis. Andrés ASARCHUK (Profesor Titular de la FIUNCuyo) Integrantes: Esp. Arq. Marcela BRKLJACIC (Docente Auxiliar de la FIUNCuyo) Esp. Arq. Emilio PIÑEIRO (Profesor Titular de la FIUNCuyo) Esp. Arq. Carina CROTTA (Docente Auxiliar de la FIUNCuyo) Dis. Macarena FERNANDEZ RABADAN (Egresada adscripta de la FADUNCuyo) Arq. Julia MANCHON GAYA (Egresada adscripta de la FIUNCuyo) Dis. Constanza PARTEMI (Egresada adscripta de la FADUNCuyo) Dra. Arq. Inés TONELLI (Prof. Consulto UNSJ)
FUNDAMENTACIÓN El siglo XX se ha caracterizado por la investigación proyectual en los ámbitos académicos más destacados a nivel mundial (claro ejemplo es la Bauhaus). Pero esta indagación se ha concentrado fundamentalmente en aspectos racionales, sin contemplar las necesidades humanas en todas sus dimensiones. La fenomenología arquitectónica es una tendencia en creciente desarrollo, que contempla los efectos físicos, emocionales, intelectuales y de percepción sensorial que generan una creativa interacción entre el arquitecto y quienes habitan la arquitectura con el fin de lograr un estado de mayor bienestar y dar respuesta a situaciones adversas para el desarrollo de las actividades para las que fue concebida. El proyecto de investigación en el que se desarrolla la propuesta (B079; Resolución N° 4142/2019R) propone demostrar que: “El enfoque de la arquitectura fenomenológica aplicado a la enseñanza aporta creatividad en la etapa de generación de la idea de investigación previa al proyecto a través de la incorporación de sus variables específicas en el marco del método abductivo”. Se hace necesario entonces realizar una experiencia proyectual con los estudiantes avanzados de la carrera a fin de observar el grado de aporte de las variables fenomenológicas con el fin de lograr una arquitectura humanizada.
JUSTIFICACIÓN La humanización de la arquitectura es imprescindible. En tiempos en los que empieza a hablarse de máquinas, robótica, inteligencias artificiales capaces de proyectar edificios, etc., también resulta natural que se vuelva la mirada hacia las personas y el humanismo. Los avances en neurociencia y diversas ramas de la medicina muestran la influencia de los espacios donde vivimos y trabajamos en nuestra salud.
ANEXO I: RES. N° 149/2020FI _ _ _ _ 4 de 8
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En edificios sanitarios, existen evidencias de que los pacientes se recuperan antes y mejor en ciertos ambientes más humanos. Los sistemas educativos más avanzados también implican el espacio donde se produce el proceso educativo en el éxito de éste. La humanización de la arquitectura, que siempre ha sido uno de los valores de nuestra profesión, se hace visiblemente necesaria hoy a ojos de arquitectos y de la sociedad. De allí que explorar las posibilidades de incorporar variables de humanización en los programas de necesidades, es un objetivo imprescindible en cualquier propuesta arquitectónica, tal como sostiene el Proyecto de Investigación en desarrollo (B079; Resolución N° 4142/2019R).
CONTEXTUALIZACIÓN EN EL PLAN DE ESTUDIOS Fortalecimiento de capacidades y destrezas: En el apartado final del Punto 3.2.3. Perfil de Ingreso se enuncia la necesidad de “Poseer imaginación creativa y disposición para percibir y crear formas y espacios”. En el Punto 3.3. Objetivos de las carreras y ciclos se propone “Aspirar a mejorar la calidad de la arquitectura en general y de la práctica de la profesión en particular”. Destinatarios: En la Organización General de la Carrera, Punto 3.3.2.2. El Ciclo de Formación general (que abarca 2°, 3° y 4° año) apunta a “Profundizar, diversificar y afianzar los contenidos básicos de la carrera desarrollando capacidades genéricas y específicas de la práctica proyectual. Proveer herramientas conceptuales y metodológicas básicas para la incorporación del estudiante a la formación especializada desarrollando capacidades y adquiriendo mayor destreza en los procesos de diseño arquitectónico”. En síntesis, podrán optar para la realización de esta asignatura electiva estudiantes en plena etapa de formación en diseño, con vocación por la investigación proyectual. Admisiones: para lograr un adecuado seguimiento y formación de un proceso proyectual con perspectiva fenomenológica de humanización de la arquitectura, se considera conveniente admitir la participación de no más de quince (15) estudiantes en simultáneo, del ciclo de formación, 3° y 4° año, que cumplan los requisitos curriculares vigentes.
PROPÓSITO DE ESTA ASIGNATURA ELECTIVA “El objetivo de las asignaturas electivas es permitir que el estudiante, cuando existen razones justificadas, realice estudios específicos que no se encuentran incluidos en el currículum de la carrera” (Plan de estudios de la Carrera de Arquitectura de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, aprobado el 15 de noviembre de 2010. Anexo 1, Punto 3.4.2.2. Los espacios curriculares optativos y electivos. Se considera que el enfoque que se plantea en esta materia tiende a fortalecer el proceso proyectual tradicional incorporando variables fenomenológicas con el fin de humanizar la arquitectura. Los resultados de la conceptualización y de la experiencia proyectual a realizar en esta materia electiva son herramientas fundamentales para el cumplimiento de los objetivos propuestos en esta investigación (Resolución N° 4142/2019R. Código de proyecto: B079).
ANEXO I: RES. N° 149/2020FI _ _ _ _ 5 de 8
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OBJETIVO PRINCIPAL En acuerdo con los objetivos de la investigación, la actividad curricular propone: Explorar las lógicas proyectuales fenomenológicas, capaces de generar ideas capaces de lograr una propuesta arquitectónica humanizada.
OBJETIVOS OPERACIONALES Realizar un análisis crítico del proceso de diseño tradicional en los cursos de la etapa de formación de la carrera Arquitectura. Proyectar espacios (interiores y exteriores) humanizados, a través de la incorporación de variables e indicadores fenomenológicos que incluyan las necesidades psicológicas y emocionales.
CONTENIDOS Módulo 1: La cultura del proyecto TEORÍA. Diferentes enfoques proyectuales y estrategias creativas. TALLER. Elementos predominantes del ejercicio proyectual. Análisis de casos. A cargo de los integrantes del equipo de investigación.
Módulo 2: Humanización del proceso de diseño TEORIA. Persona, proceso, producto y contexto. TALLER: Incorporación de variables fenomenológicas en la generación de ideas desde la subjetividad. Propuestas. A cargo de los integrantes del equipo de investigación.
Módulo 3: Lógicas Proyectuales humanizadas TEORIA: Enfoques proyectuales inclusivos. Las dimensiones emocionales en el Programa de Arquitectura. TALLER: Reformulación de principios de proyecto a partir de lo emocional y sensorial. A cargo de los integrantes del equipo de investigación.
BIBLIOGRAFÍA Campo Baeza, A. (2006). La idea construida. Buenos Aires: Editorial Nobuko. Campo Baeza, A. (2009). Pensar con las manos. Buenos Aires: Editorial Nobuko. Campo Baeza, A. (2012). Principia Architectonica. Ed. Mairea, España, 2012. Gimenez, C., Miras, M., Valentino, J. (2011). La arquitectura cómplice. Teorías de la arquitectura en la contemporaneidad. Buenos Aires: Editorial Nobuko. Heidegger, M. (1951 /1994). Construir, habitar, pensar. Barcelona: Ed. Serbal. Holl, Steven. (1993). Phenomena and Idea. Tokio: ADA Edita. GA Architect 11.
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Holl, S. (1997). Entrelazamientos. Barcelona, España: Gustavo Gilli. MerleauPonty, M. (1975). Fenomenología de la percepción. Barcelona, España: Península. Norberg Schulz, Ch. (1975). Existencia, Espacio y Arquitectura. Nuevos caminos de la arquitectura. Barcelona: Blume. Pallasmaa, J. (2014). Los ojos de la piel. La arquitectura y los sentidos. Barcelona: Ed. Gilli. PérezGómez, A. (1983). Arquitectura y la Crisis de Ciencia Moderna. Cambridge, Massachusetts: Prensa de MIT. Seamon, D., Mugerauer, R. 2000). Vivienda, Lugar y Ambiente: Hacia una Fenomenología de persona y el mundo. Martinus Nijhoff 1985/Krieger Publicación de Zumthor, P. (2003). Atmósferas. Entornos arquitectónicos – Las cosas a mi alrededor. Barcelona, España: Gustavo Gili. Zumthor, P. (2009). Pensar la arquitectura. Barcelona, España: Gustavo Gili.
METODOLOGÍA DE ENSEÑANZA Modalidad de enseñanza: La asignatura, inicialmente de carácter presencial, actualmente se ofrece en la modalidad a distancia. Se basa en una pedagogía de la investigación proyectual donde el taller es el espacio de construcción colectiva del conocimiento. Las clases consisten en un bloque de debates y conferencias a cargo de los investigadores del Proyecto de investigación: “Aporte de la fenomenología arquitectónica a la enseñanza de la arquitectura en la etapa de generación de la idea en el proceso proyectual”, aprobado por Resolución N° 4142/2019R, Código B079, que a partir de lecturas previas aportan a la construcción de un marco teórico conceptual. La actividad práctica de taller tiene correlación directa con la teoría, de modo de lograr la reafirmación conceptual y las destrezas de diseño fenomenológicas que posibilitan una arquitectura humanizada. Recursos didácticos: Para la afirmación conceptual se trabaja en la construcción colectiva del conocimiento, a partir de debates sobre temáticas de interés actual, y se realiza una base de datos muy amplia utilizando recursos digitales.
SISTEMA DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN Asignatura electiva promocional. Sistema de calificación: se regirá por una escala ordinal, de calificación numérica, en la que el mínimo exigible para aprobar equivaldrá al sesenta por ciento (60%). Este porcentaje se traducirá, en la escala numérica, a un seis (6), en los términos previstos por la Ordenanza N° 108/2010CS; Artículo 4. Régimen de acreditación y/o promoción: sistema sin examen final, con evaluación continua, de orientación y guía, sobre la base del análisis, la interpretación y apreciación de registros sistemáticos de observaciones efectuadas por el equipo docente respecto de conductas, procesos y producciones realizadas por los estudiantes en situaciones no
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puntuales de evaluación, conforme los términos de la Ordenanza N° 108/2010CS; Artículos 7 y 9; b). Para alcanzar la acreditación de la asignatura el estudiante deberá: 1) Cumplir los prerrequisitos de inscripción a la asignatura, de acuerdo a la normativa institucional vigente. 2) Asistir por lo menos al ochenta por ciento (80%) de los encuentros previstos. 3) Participar en actividades de formación teórica (lecturas previas, debates, entre otras). 4) Realizar las tres (3) actividades de taller proyectual, en tiempo y forma. 5) Lograr una calificación con resultado “APROBADO” (Ordenanza N° 108/2010CS; Artículo 4).
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FI-2020-RES-148 10/11/2020 (Carga: 10/11/2020) |
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RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 10 NOV 2020
VISTO: La Resolución N° 138/2020FI, mediante la cual se dejó a cargo del Decanato a la Sra. Vicedecana, Ing. Patricia Susana INFANTE, a partir del 26 de octubre de 2020, por ausencia del suscripto; y:
CONSIDERANDO: Que han declinado las causas que motivaron la emisión de la Resolución N° 138/2020FI, por lo que corresponde reasumir sus funciones. Por ello, en uso de sus atribuciones. EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Reasumir el Decanato, a partir del DIEZ (10) de noviembre del año 2020, por haber declinado las causas que motivaron la emisión de la Resolución N° 138/2020FI.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 148/2020FI _ _ _ _
RES. N° 148/2020FI _ _ _ _
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CD-2020-ACT-039 10/11/2020 (Carga: 8/12/2020) |
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A C T A N° 3 9
Siendo las dieciocho horas con catorce minutos del día diez de noviembre del año dos mil veinte (10/11/20), se reúne el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería, bajo la Presidencia del Sr. Decano, Ing. Daniel Santiago FERNÁNDEZ, en reunión a distancia, utilizando la herramienta Zoom. Están presentes: Por los Profesores Titulares: Dres. Francisco Javier CRISAFULLI, Lucía Inés BROTTIER y Selva Soledad RIVERA. Por los Profesores Adjuntos: Ing. María Teresa ÁLVAREZ. Por los Auxiliares de Docencia: Dra. Rebeca Laura PURPORA (1er. Suplente en reemplazo del Ing. Juan Carlos NAJUL). Por los Graduados: Ing. Lautaro JUANEDA (1er. Suplente en reemplazo del Ing. Jorge VIVALDELLI) Por los Alumnos: Srta. Martina MINGORANCE PORTILLO. Por el Personal de Apoyo Académico: Sr. Pablo TORNELLO (1er. Suplente en reemplazo de la Lic. Inés Beatriz STAGNARO GARCIA). Ausentes: Con aviso: Ing. María Susana BERNASCONI. Sin aviso: Lic. Gustavo Ernesto ZAREV, Ing. Pablo Alejandro ZANATELLO, Srta. María Paula MORALES y Sr. José María BAJINAY. Participan también: la Vicedecana, Ing. Patricia Susana INFANTE; el Secretario Académico, Dr. Aníbal Edmundo MIRASSO y la Coordinadora de Asuntos Legales, Abg. María Elena SOTTANO. Oficia de Secretaria de Actas la Sra. Elisabeth Nancy GONZALEZ, con quien colaboran la Sra. Silvia Elisabeth CÓRDOBA y la Lic. Sandra Mónica GIL. Comprobado el quorum reglamentario, da comienzo la reunión. Iniciando la reunión, el Ing. Daniel FERNÁNDEZ procede a exponer los temas detallados en el Orden del Día preparado al efecto y para los que fueron convocados a la presente reunión. 1. CONSIDERACIÓN DEL ACTA N° 38 A continuación, Presidencia pone a consideración el Acta N° 38 correspondiente a la sesión a distancia del 20 de octubre de 2020. Sometida a consideración resulta aprobada por unanimidad de los Consejeros participantes.
A continuación, el Ing. FERNANDEZ solicitó al Cuerpo el tratamiento, fuera del Orden del Día, la NOTACUY: 11546/2020 – S/Promociones pendientes en el Ciclo Lectivo 2020. Se autorizó, el mismo será tratado al final de la reunión. 2. INFORME DEL DECANO 2.1. REUNIÓN DE RECTOR Y DECANOS A continuación, el Ing. FERNÁNDEZ informa que, en reunión mantenida con el Sr. Rector y Decanos, durante el tiempo transcurrido entre la última reunión y la actual, se informó sobre avances en los siguientes temas: estabilidad laboral de docentes en la UNCUYO; certificados de jubilaciones: estado actual; y actividades presenciales en las universidades. 2.2. SPU en relación con las actividades en DISPO El Ing. FERNÁNDEZ informa que, en relación con lo solicitado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, en su dictamen del 19 de octubre de 2020, obrante en EXP
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CUY: 5470/2020; S/Prácticas Profesionales Supervisadas y Pasantías en DISPO, teniendo en cuenta las últimas disposiciones de la SPU; EXPCUY: 5612/2020; S/Exámenes finales en DISPO, lo informado, lo tratado y aprobado en sesión ordinaria del 20 de octubre de 2020, mediante NO202070039899APNSECPU#ME, en respuesta a la NOTA N° 552/2020 del CONFEDI, el Secretario de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Jaime PERCZYK, respondió: “De mi mayor consideración: Me dirijo a usted –Presidente del CONFEDI respecto a la nota mencionada en la referencia donde nos solicitan se permitan analizar los mecanismos para favorecer la culminación de los estudiantes próximos a graduarse de las carreras de Ingeniería. Al respecto le informo que son las propias Universidades, en el marco de su autonomía, las que deben analizar los mecanismos que crean conveniente para facilitar que los alumnos próximos a graduarse en las carreras de Ingeniería la culminación de las actividades curriculares previstas en los respectivos planes de estudio. Sin más lo saludo muy atentamente”. Lo expuesto se comunicó mediante correo electrónico recibido el 27 de octubre de 2020, en el cual el CONFEDI comunicó, la respuesta de la SPU en relación con las actividades académicas en DIPO para estudiantes de ingeniería, cuyo texto reproduce a continuación: “Estimada decana y estimado decano: Queremos informarle que recientemente el CONFEDI consultó a las autoridades de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación de la Nación, en relación a los mecanismos para favorecer la culminación de las actividades de los estudiantes próximos a graduarse de las carreras de ingeniería. Dado el contexto actual, existen estudiantes que se encuentran cursando las últimas obligaciones académicas de su plan de estudios y se ven impedidos de finalizarlos debido a la imposibilidad de concurrir presencialmente a las prácticas obligatorias. Por ello, hemos solicitado a la Secretaría establezca las condiciones para autorizar mecanismos que faciliten y que garanticen la culminación de las actividades curriculares y extracurriculares de los alumnos próximos por graduarse en ingeniería, entendiendo a esta disciplina de valor indiscutible en este contexto de pandemia mundial y en un futuro cercano, para el desarrollo de nuevos arquetipos que brinden soluciones a demandas que deberemos abordar de pospandemia”. Agrega el Sr. Decano que la información proporcionada al Cuerpo ha sido incorporada a actuaciones administrativas citadas y con ello se da respuesta a lo sugerido por la Comisión de Interpretación y Reglamento en oportunidad de tratarse el asunto. El Cuerpo tomó conocimiento y prestó conformidad. 2.3. PRORROGA DISTANCIAMIENTO SOCIAL HASTA EL MIE 11/11/20 A continuación, el Ing. FERNÁNDEZ informa que, por Resolución N° 1600/2020R ad referéndum del Consejo Superior; fechada el 28/10/20, el Sr. Rector prorrogó las medidas dispuestas por Resoluciones N° 231/2020R; N° 298/2020R; 325/2020R; 350/2020R; 485/2020R; N° 615/2020R; N° 715/2020R, que fueron ratificadas por Resolución N° 083/2020CS; N° 815/2020R; N° 905/2020R; N° 1000/2020R; N° 1200/2020; N° 1300/2020R, ad referéndum del Consejo Superior, ratificadas por las Resoluciones N° 087/2020CS; N° 098/2020CS; N° 102/2020CS; N° 125/2020CS; N° 130/2020CS y N° 143/2020CS, respectivamente; y la Resolución N° 1500/2020R del Sr. Rector ad referéndum, con las excepciones correspondientes, hasta el 11 de noviembre de 2020, inclusive. Prorroga también la suspensión de los plazos y procedimientos administrativos de la Universidad durante dicho período. El Cuerpo tomó conocimiento. Mantiene las excepciones dispuestas desde la Resolución N° 1300/2020R, respecto de la suspensión de plazos y dispone continuar con la habilitación de plazos y procedimientos administrativos relativos a concursos abreviados, sumarios administrativos, impugnaciones y notificaciones. Habilita también, a partir de la presente resolución, los plazos y procedimientos para los actos preparativos, respecto a concursos efectivos docentes regidos por la Ordenanza N° 023/2010CS, hasta la instancia de la autorización del Consejo Superior, sin incluir la publicación de la convocatoria propiamente dicha. El Cuerpo tomó conocimiento.
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2.4. NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA (Si N.E.) Acto seguido, el Sr. Decano informa que, mediante Ordenanza N° 026/2020CS, fechada el 22/10/20, el Consejo Superior aprobó el texto ordenado del Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica (SiNE), aplicable a todo el ámbito de la gestión administrativa de la Universidad Nacional de Cuyo. Resumidamente, define la constitución de domicilio especial, las formas, y la eficacia de las notificaciones electrónicas mediante correo electrónico. Incluye una cláusula transitoria que permite a las UUAA para arbitrar las medidas para obtener la adhesión de todos los interesados, en expedientes pendientes de tramitación por motivos vinculados a la notificación. El Cuerpo tomó conocimiento. 2.5. CONFEDI: 68° ASAMBLEA PLENARIA Acto seguido, Presidencia informa que el CONFEDI ha convocado a la 68° Asamblea Plenaria, que tendrá lugar entre el martes 24 de noviembre y el lunes 30 de noviembre, del año en curso, en la modalidad a distancia. La información de las actividades puede consultarse en el sitio web del Consejo Federal de Decanos de Ingeniería. El Cuerpo tomó conocimiento.2.6. CAPACITACIÓN SOBRE PROTOCOLO GENERAL COVID19 PARA FI El Sr. Decano informa que Secretaría Académica, mediante correo electrónico del 30 de octubre del año en curso, comunicó las medidas relacionadas con lo dispuesto por el Cuerpo, sobre la capacitación obligatoria, en el marco del PROTOCOLO GENERAL COVID19 PARA FI, aprobado mediante Resol. N° 053/2020CD. Agrega que la Capacitación se debe realizar previa a la actividad presencial habilitada; en este caso se trató de la actividad habilitada por el Consejo Directivo, mediante Resolución N° 055/2020CD, sobre exámenes finales en modalidad presencial, la que se programó tanto para estudiantes como docentes, entre el martes 3 de noviembre y el martes 10 del mismo mes. La capacitación obligatoria está a cargo del Área Seguridad, Salud y Ambiente (ASSA), dependiente de la Secretaría de Vinculación. El Cuerpo tomó conocimiento. 2.7. RETORNO A LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS PRESENCIALES (DECAD N° 1995/20) A continuación, el Sr. Decano se refiere a la Decisión Administrativa N° 1995/2020, mediante la cual el Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación (DECAD20201995APNJMG), decidió revisar y prestar conformidad a los planes jurisdiccionales para el retorno a las actividades académicas presenciales en universidades. Dicha medida, delega a los gobernadores la reanudación de las actividades, así como suspenderlas y reiniciarlas, conforme la evolución de la situación epidemiológica; asimismo, la decisión establece además que docentes, no docentes, estudiantes y directivos universitarios podrán utilizar el transporte público, siempre y cuando no se cuente con medios alternativos. En relación con la decisión del Jefe de Gabinete de Ministros, el mismo 6 de noviembre, la UNCUYO publicó en su portal que “Debido a esto, la eventual vuelta a las clases presenciales en la UNCUYO queda supeditada a lo que defina el Gobierno de Mendoza. Hasta conocer las novedades, se respetará el calendario virtual vigente. El Cuerpo tomó conocimiento. 2.8. INFORME EN RELACIÓN CON EL ALUMNO DA COL Acto seguido, Presidencia recuerda a los miembros del Cuerpo que, en oportunidad de tomar conocimiento del avance de las actividades realizadas al 30 de junio de 2020, por el alumno Marco DA COL, en el marco de lo dispuesto por las Resoluciones N° 218/2019CD y N° 024/2020CD, por Resolución N° 036/2019CD, dispuso que el próximo informe de avance o informe final, según corresponda, sea presentado para ser considerado en la primera sesión ordinaria del Cuerpo del mes de noviembre de 2020, o antes que el estudiante DA COL rinda la última asignatura para su egreso como ingeniero, lo que ocurra primero. En relación con lo requerido por el Cuerpo en aquella oportunidad, el Ing. FERNÁNDEZ informa que, mediante correo electrónico recibido el 09/11/20, la Ing. María Teresa ÁLVAREZ,
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desde la Dirección del Proyecto de Desarrollo de Competencias Actitudinales (PRODeCA), ha informado que, hasta el momento, el alumno Marco DA COL ha cumplido con la tarea que se le ha solicitado. El Cuerpo tomó conocimiento. Por lo expuesto y teniendo en cuenta la vigencia de las medidas correctivas dispuestas por Resolución N° 218/2019CD, fechada el 06/11/2019, en particular lo concerniente al Artículo 2, por el término de un año, el Sr. Decano propone al Cuerpo considerar los informes presentados a la fecha y dar por concluidas las actividades asignadas en el Artículo 2 de la citada resolución, y dar por concluidas cumplidas las medidas correctivas aplicadas al estudiante. Puesto a consideración, se aprobó por unanimidad. 3. ASUNTOS ENTRADOS
Ratificación de la Resolución N° 132/2020FI, dictada por Decanato ad referéndum del Consejo Directivo (publicada en el digesto). A continuación, el Sr. Decano describió el acto administrativo citado: Resolución N° 132/2020FI. Adscribe por el término de UN (1) año, a partir del 13 de octubre del año 2020, como Auxiliar Adscripta Adhonorem a la Lic. Natalia Belén SALVI (DNI: 26.366.838), en la asignatura “Geología I” de la carrera de Ingeniería de Petróleos de esta Facultad. Puesto a consideración, se ratificó. 4. ASUNTOS CON DESPACHO DE COMISIÓN Comisión de Interpretación y Reglamento Por dicha Comisión informó su Presidente, Dra. Lucía BROTIER, sobre los temas considerados por la misma: NOTACUY: 11320/2020 DIRECCIÓN GENERAL DE INGENIERÌA CIVIL S/Autorización para visita de obra. Considerada la nota presentada, la Comisión sugirió se autoricen las visitas presenciales a las obras solicitadas por el Profesor Responsable de la asignatura optativa “Equipos y Técnicas Constructivas”, con el consentimiento expreso de los alumnos. Además, reiteró la necesidad de realizar las tramitaciones ante los organismos que correspondan para obtener las autorizaciones necesarias. El Cuerpo prestó acuerdo por unanimidad de sus miembros presentes. Acto seguido, teniendo en cuenta lo informado precedentemente, en el Apartado 2.2, respecto de la gestión realizada ante el CONEFEDI, y por su intermedio ante la SPU, el Sr. Decano pone a consideración lo solicitado en relación con las tramitaciones ante los organismos que corresponda para obtener las autorizaciones necesarias. El Cuerpo prestó acuerdo por unanimidad de sus miembros presentes. Comisión de Asuntos Académicos Por dicha Comisión informó su Presidente, Dr. Francisco Javier CRISAFULLI, sobre los temas considerados por la misma: EXP_ECUY: 5685/2020 DIRECCION GENERAL DE POSGRADO – S/Reconocimiento designación del Dr. Ing. Juan Carlos MICHALUS como CoDirector de la Carrera de Posgrado "Doctorado en Ingeniería Industrial".
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Visto el Expediente y lo previsto en el Reglamento de la citada carrera, la Comisión recomendó autorizar la designación al Dr. Ing. Juan Carlos MICHALUS como CoDirector de la Carrera de Posgrado "Doctorado en Ingeniería Industrial". Se autorizó. NOTACUY: 11478/2020 SECRETARIA ACADEMICA – S/Dictado de asignaturas en Ingeniería de Petróleos. Analizado lo solicitado, la Comisión recomendó autorizar el dictado de la Asignatura Electiva “Operaciones en Yacimientos de Crudos Pesados y Extra Pesados” en la carrera de Ingeniería de Petróleos, y que el Programa se presente en el formulario correspondiente que posee la Facultad. Se autorizó. NOTACUY: 11320/2020 DIRECCION GENERAL DE INGENEIRIA CIVIL S/Autorización para visita de obra. La Comisión adhirió al dictamen emitido por la Comisión de Interpretación y Reglamento. El Cuerpo prestó acuerdo.
Finalizando la reunión y con la autorización otorgada, se consideró, sobre tablas, el siguiente tema: NOTACUY: 11546/2020 – S/Promociones pendientes en el Ciclo Lectivo 2020. Expresó el Ing. FERNANDEZ que Secretaría Académica manifestó que han quedado expuestas las condiciones de Promoción que están asociadas a la Resolución N° 183/2003CD en el Articulo 1 incisos b) y c) que establecen, que aquellas Promociones obtenidas durante el cursado de una asignatura cumpliendo con las correlatividades débiles y fuertes para acceder al cursado deben permanecer vigentes durante el ciclo lectivo adicional cuando los estudiantes no tengan aprobadas las correlativas débiles al momento de obtener la promoción, y serán cargas en el Sistema SIU GUARANI sólo cuando durante este Ciclo Lectivo adicional los estudiantes aprueben dicha correlatividad. Que el análisis efectuado por Secretaría Académica surge por la cantidad de solicitudes presentadas por estudiantes con situaciones particulares y que pertenecen al 2° Ciclo de 2019 y 1° Ciclo de 2020; cantidades de casos que deben monitorearse al finalizar cada llamado a examen y que deben ser cargados en forma manual e individual. Que se propone exceptuar, con carácter excepcional, y sólo para este Ciclo Lectivo de 2020 la aplicación de los Incisos b) y c) de la Resolución N° 183/2003CD hasta que se puedan cargar las Promociones en el Sistema SIU GUARANÍ y que se acrediten dichas Promociones pendientes con correlatividad débil. Al respecto, se refirió el Secretario Académico. Por otra parte, el Dr. Francisco CRISAFULLI hizo hincapié en que la medida tenga el carácter de excepcional y transitoria. Puesta la propuesta a consideración, el Cuerpo prestó acuerdo por unanimidad de los miembros presentes. Siendo la hora 19:11 se da por terminada la sesión.
Ing. Daniel Santiago FERNÁNDEZ Decano Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo
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MENDOZA, 27 OCT 2020
VISTO: El contenido de la NOTA–CUY: 9546/2020, en la que el Director de la carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental”, Prof. Ing. Jorge Norberto FUENTES BERAZATEGUI, eleva la nómina de profesionales seleccionados para cursar la misma;
CONSIDERANDO: El Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 36/2015CS y Resolución Nº 2014/2019 del Ministerio de Educación de la Nación. Las disposiciones de la Ordenanza N° 49/2003CS y la Resolución N° 160/2011ME. Lo informado por el Comité Académico de la citada carrera y la Dirección General de Posgrado. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS, y la Resolución N° 044/2020FI, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 25 de agosto del año 2020.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, a Dirección General de Posgrado de esta Casa, a inscribir como alumnos de la carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental” a los siguientes profesionales, de acuerdo al Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 36/2015CS y Resolución Nº 2014/2019ME: AÑO 2020 . CARRIZO MERCAU, María Laura 26.838.333 . FRAU, Facundo Agustín 36.419.389 . GALLARDO DEMA, Ramón Juan María 33.959.930 . ROBINO, Diego Ernesto 14.311.184
ARTÍCULO 2º. Otorgar a los profesionales detallados en el Artículo 1º de la presente Resolución un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumplan con la presentación, en Dirección General de Posgrado de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 71/2020
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu
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RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 27 OCT 2020
VISTO: El contenido de la NOTA–CUY: 9379/2020, en la que la Dirección de la carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental” eleva la nómina de profesionales seleccionados para cursar la misma; y:
CONSIDERANDO: El Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 36/2015CS y Resolución Nº 2014/2019 del Ministerio de Educación de la Nación. Las disposiciones de la Ordenanza N° 49/2003CS y la Resolución N° 160/2011ME. Lo informado por la Dirección General de Posgrado y el Comité Académico de la citada carrera. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS, y la Resolución N° 044/2020FI, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 25 de agosto del año 2020.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, a Dirección General de Posgrado de esta Casa, a inscribir como alumnos de la carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental” a los siguientes profesionales, de acuerdo al Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 36/2015CS y Resolución Nº 2014/2019 ME: AÑO 2020 . MOSSO, Fabrizio 34.068.176 . CABALLERO, Gustavo Ezequiel 29.008.254
ARTÍCULO 2º. Otorgar a los profesionales detallados en el Artículo 1º de la presente Resolución un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumplan con la presentación, en Dirección General de Posgrado de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 70/2020
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu
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