|
15923 Normativas
|
FI-2021-RES-188
3/05/2021
(Carga: 3/05/2021)
|
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 03 MAY 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 10036/2021, en el que el Sr. Decano de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria (FCAI), solicita se otorgue el Auspicio de esta Casa de Estudios, al Congreso Latinoamericano de Ingeniería y Ciencias Aplicadas “CLICAP 2022”, que se realizará los días 6 al 8 de abril de 2022, en la sede de la FCAI; y:
CONSIDERANDO: Que el congreso tiene como principal objetivo intercambiar conocimientos científicos y tecnológicos de las principales investigaciones en las diferentes áreas del evento. Que disertarán destacados profesionales extranjeros y de nuestro país, abordando temáticas actualizadas. Que se recibirán, además, trabajos de investigación bajo distintas modalidades de presentación (posters y ponencias orales) en las siguientes áreas: Ciencia e Ingeniería de los Alimentos; Ingeniería Química y Ciencias Ambientales; Ingeniería Mecánica y Ciencias de la Computación y Educación en Ciencias e Ingeniería. Lo dispuesto por Resolución N° 112/2015CD. En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Otorgar el Auspicio, de esta Facultad de Ingeniería, al Congreso Latinoamericano de Ingeniería y Ciencias Aplicadas “CLICAP 2022”, que se realizará los días 6, 7 y 8 de abril de 2022, en la sede de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria de la Universidad Nacional de Cuyo, en el Departamento de San Rafael, Provincia de Mendoza.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 188/2021FI _ _ _ _
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
|
Mostrar
1
|
FI-2021-RES-187
30/04/2021
(Carga: 3/05/2021)
|
2021 AÑO HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN MENDOZA, 30 ABR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP CUY: 23279/2019, en las que se tramita la adscripción de la Arq. Natalia Silvina DALDI como Auxiliar Adscripta Adhonorem en la asignatura “Teoría I: Arquitectura y Ambiente”, de la carrera de Arquitectura de esta Facultad; y:
CONSIDERANDO: Que la citada profesional fue adscripta por Resolución Nº 284/2019CD por UN (1) año, a partir del 01 de marzo del año 2020. Que las reglamentaciones vigentes establecen que las adscripciones de profesionales pueden ser prorrogadas hasta TRES (3) veces por igual período (Artículo 2º Inciso 2.3 – Ordenanza Nº 03/2018CD). Que en las presentes actuaciones obra el informe elaborado por la Profesora a cargo de la asignatura “Teoría I: Arquitectura y Ambiente”, avalado por el Director General de la carrera de Arquitectura, en cumplimiento del Artículo 3º de la Resolución Nº 284/2019CD. El Plan de Labor fijado por la Profesora a cargo de la mencionada asignatura, avalado por la Comisión Evaluadora de la misma, para el desempeño de la 1ra. renovación de adscripción. Lo informado por Secretaría Académica. Lo dispuesto por la Resolución Nº 307/2018CD. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario. En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el informe presentado por la Profesora a cargo de la asignatura “Teoría I: Arquitectura y Ambiente”, correspondiente al desempeño como Auxiliar Adscripta Adhonorem de la Arq. Natalia Silvina DALDI, durante el período comprendido entre el 01 de marzo de 2020 y el 28 de febrero de 2021, con una calificación de “Satisfactorio”, en cumplimiento de lo requerido en el Artículo 9º Inciso 9.1. de la Ordenanza 03/2018CD.
ARTICULO 2º. Adscribir por el término de UN (1) año, a partir del 29 de marzo de 2021 (1ra. renovación), a la Arq. Natalia Silvina DALDI (DNI: 31.029.067), como Auxiliar Adscripta Adhonorem en la asignatura “Teoría I: Arquitectura y Ambiente”, de esta Facultad.
ARTÍCULO 3º. La Arq. DALDI deberá presentar en Dirección de Personal el Seguro de Riesgo del Trabajo, requisito indispensable para desempeñar la Adscripción citada en el Artículo 2º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º. Una vez finalizada la presente Adscripción, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 9º EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO, de la Ordenanza Nº 03/2018CD, para que la misma resulte aprobada.
ARTÍCULO 5º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 187 / 2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
|
Mostrar
1
|
FI-2021-RES-186
30/04/2021
(Carga: 30/03/2022)
|
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 30 ABR 2021
VISTO: El contenido de los EXPECUY: 80172021, EXPECUY: 80182021 y EXPECUY: 80202021, en los cuales se plantea la situación de estudiantes de la carrera Ingeniería de Petróleos de Facultad de Ingeniería que adeudan la asignatura Práctica Profesional Supervisada, y pertenecen al Plan de Estudios fijado por Ordenanza N° 037/2001CS; y:
CONSIDERANDO: Las disposiciones de la Ordenanza Nº 0 24/2007CS, y su modificatoria la Ordenanza Nº 45/16CS, referidas a las condiciones para ser considerados alumnos y las normas sobre el rendimiento académico que permiten acceder a realizar actividades académicas. Lo dispuesto en la Ordenanza Nº 024/2007CS, Artículo 14, que contempla especialmente a estudiantes que han aprobado el ochenta por ciento (80%) del Plan de Estudios de una respectiva carrera. El Plan de Estudios de la carrera de Ingeniería de Petróleos establecido por Ordenanza N° 037/2001CS y su modificación realizada por Ordenanza N° 026/2011CS, constituyen actualmente un Plan activo no vigente, ya que el Plan de Estudios establecido por Ordenanza Nº 002/2016CS derogó progresivamente al antes mencionado. Que los estudiantes tratados en las actuaciones de referencia cumplen con el artículo 14 de la Ordenanza Nº 024/2007CS, y pertenecen al Plan de Estudios de Ingeniería de Petróleos activo, pero no vigente. Lo informado por Secretaría Académica. En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, excepcionalmente, que en el Primer Llamado Especial a Mesa de Examen Final establecido por Resolución N° 172/2021FI, en la modalidad a distancia, la asignatura Práctica Profesional Supervisada de Ingeniería de Petróleos constituya Tribunal Examinador el día viernes 7 de mayo de 2021, permitiendo la inscripción de alumnos en planes activos no vigentes en condición de Libres, que cumplan con el artículo 14 de la Ordenanza N° 024/2007CS, hasta el día 5 de mayo de 2021.
ARTÍCULO 2º. Incluir en los próximos llamados a Mesas de Exámenes Finales, del Ciclo Lectivo 2021, a la asignatura Práctica Profesional Supervisada de la carrera Ingeniería de Petróleos, permitiendo la inscripción de alumnos en planes activos no vigentes en condición de Libres, siempre que te tengan aprobadas al menos el ochenta por ciento (80%) de las exigencias de dicho Plan de Estudios.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 186/2021_ _ _ _
Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
|
Mostrar
1
|
FI-2021-RES-185
30/04/2021
(Carga: 13/05/2021)
|
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 30 ABR 2021
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 523/2021 donde obra renuncia presentada por el señor Santiago Daniel TEJERINA a la beca con Plan de Actividades otorgada para colaborar en el Hospital Universitario; y:
CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 50/2021FI se le asignó al citado estudiante una beca con plan de actividades para colaborar con el desarrollo de software en dicha Institución. Las razones expuestas por el señor TEJERINA. Que a fs. 21, de las presentes actuaciones, el señor Cristian Miguel SERRANO, quien ocupa el tercer lugar en el Orden de Mérito, presenta su renuncia a la beca de referencia por razones laborales por lo que se debe asignar al alumno Álvaro Agustín MARTÍNEZ RODRÍGUEZ que obtuvo el cuarto lugar. Lo dispuesto por Resolución Nº 273/2015CD (Reglamento de Becas de la Facultad de Ingeniería). El contenido de la Ordenanza N° 54/2009CS El contenido del Artículo 40º inciso 2 del Estatuto Universitario. Lo informado por la Dirección de Asuntos Estudiantiles. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. En uso de sus atribuciones:
EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aceptar la renuncia presentada por el señor Santiago Daniel TEJERINA (DNI: 43.485.984), a la beca con Plan de Actividades para colaborar en el desarrollo de software del Hospital Universitario, asignada por Resolución Nº 50/2021FI, a partir del 1 de abril del año 2021, por las causales expuestas en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Asignar al señor Álvaro Agustín MARTÍNEZ RODRÍGUEZ (DNI: 36.962.520) una beca con Plan de Actividades para colaborar en el desarrollo de software en el Hospital Universitario, con QUINCE (15) horas semanales, por un período de SEIS (6) meses y un importe de PESOS SEIS MIL ($ 6.000.), a partir del 01 de Mayo del 2021.
ARTÍCULO 3º. Delegar a Dirección General Económico Financiera la gestión y trámite del pago de la asignación de becas autorizadas por el Artículo 2º de la presente Resolución, previa constancia de cobertura del seguro emitida por la Dirección de Administración de Seguros del Rectorado.
ARTÍCULO 4º. Disponer que las partes intervinientes firmen el Acuerdo de la beca según indica el ANEXO II de la Ordenanza Nº 54/2009CS.
ARTÍCULO 5º. El gasto emergente de lo dispuesto en el Artículo 2º será financiado con fondos remanentes correspondientes al Fondo Compensador para Becas, debiendo imputarse a la siguiente red presupuestaria: Unidad principal: 33 Secretaría de Bienestar Universitario Subunidad: 009 Facultad de Ingeniería Programa: 04 Desarrollo del Bienestar Universitario Subprograma: 01 – Estímulo y apoyo estudiantil
Resol. – FI Nº 185/2021
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
ARTÍCULO 6º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 7º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 185/2021
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
|
Mostrar
1
|
FI-2021-RES-184
29/04/2021
(Carga: 30/04/2021)
|
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 29 ABR 2021
VISTO: El contenido de la EXPCUY: 959/2021, en la que tramita la solicitud efectuada por el Señor Director General de la Carrera Ingeniería de Petróleos, al Señor Decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, en la que solicita contemplar la excepción, por este año y por única vez, de la exigencia de tener aprobado el nivel B2 de Inglés para cursar el Décimo Semestre de la Carrera Ingeniería de Petróleos; y:
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 060/2020CD, el Consejo Directivo autorizó, excepcionalmente y para el Ciclo Lectivo 2020, la liberación de la Correlativa Fuerte “Inglés” para acceder al cursado de asignaturas del último año de la carrera Ingeniería de Petróleos, por los motivos expuestos en los considerandos de la citada norma, y de acuerdo a lo establecido en el Plan de Estudios Ordenanza N° 002/2016CS. Que, en el año 2020, se fundamentó lo solicitado en el hecho que, en el segundo semestre se dictarían por primera vez las asignaturas correspondientes al Décimo Semestre del Plan de Estudios de la carrera Ingeniería de Petróleos, aprobado Ordenanza N°02/2016CS y su Ordenamiento Cronológico establecido por Resolución N° 324/2016CD. Que existían alumnos que no habían alcanzado la acreditación del nivel de inglés exigido por el mencionado Plan de Estudios. Que dicho Plan de Estudios es el único vigente y ha derogado al anterior Plan de Estudios fijado por Ordenanza N° 37/2001CS y Ordenanza N° 26/2011CS. Que en el punto 3.4 “Distribución curricular” de la citada Ordenanza N° 02/2016CS se desprende que, el estudiante de Ingeniería de Petróleos debe acreditar conocimiento del idioma inglés, en un Nivel B2 o equivalente, según el Marco Común Europeo de Referencia. Que el cumplimiento de la exigencia deberá constatarse en el Certificado Analítico de Egreso de cada estudiante y se reflejará mediante APROBADO de la asignatura “Ingles”, la cual no aportará al promedio de calificaciones en el egreso del estudiante. En uso de sus atribuciones. EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Prorrogar, con carácter excepcional y por última vez, en el presente Ciclo Lectivo 2021, la liberación de la Correlativa Fuerte “Inglés” para acceder al cursado y acreditación, por promoción o examen final, de asignaturas del último año de la carrera Ingeniería de Petróleos, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y de acuerdo a lo establecido en el Plan de Estudios Ordenanza N° 002/2016CS.
ARTÍCULO 2. Encomendar a la Dirección General de la Carrera Ingeniería de Petróleos la revisión de fondo de los motivos y circunstancias que dan lugar al requerimiento, a los efectos de evitar solicitudes de excepción por las razones invocadas.
ARTÍCULO 3. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 184/2021FI _ _ _ _
1 de 1
|
|
Mostrar
1
|
FI-2021-RES-183
29/04/2021
(Carga: 29/04/2021)
|
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 29 ABR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 599/2021, en las que Secretaría Académica solicita se modifique el contenido parcial de la Resolución N° 051/2021FI; y:
CONSIDERANDO: Que dicha solicitud se justifica en el hecho de que por un error involuntario se le otorgó al alumno Matías BUSAJM SANJUAN, equivalencia externa por “PASE DE OTRA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA”, aprobada en la carrera de Ingeniería Química de la Facultad Regional Mendozade la Universidad Tecnológica Nacional, con la correspondiente al Plan de Estudios de la carrera de Ingeniería de Petróleos (Plan de Estudios Ord. Nº 02/2016CS), en la asignatura “Física I” en lugar de “Física II”. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 61/91CS que establecen las normas a las que deberán ajustarse las tramitaciones de equivalencias de materias. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Modificar, parcialmente, el contenido del Artículo 1° de la Resolución N° 051/2021FI, en lo que se refiere a la equivalencia externa otorgada al alumno Matías BUSAJM SANJUAN (DNI: 41.284.877), por “PASE DE OTRA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA”, aprobada en la carrera de Ingeniería Química de la Facultad Regional Mendozade la Universidad Tecnológica Nacional, con la correspondiente al Plan de Estudios de la carrera de Ingeniería de Petróleos (Plan de Estudios Ord.Nº 02/2016CS), de la siguiente manera:
DONDE DICE: MATERIAS DE EQUIVALENCIA INTEGRAL Carrera de Ingeniería de Carrera de Origen Petróleos
…. FÍSICA I por FÍSICA I ….
DEBE DECIR: MATERIAS DE EQUIVALENCIA INTEGRAL Carrera de Ingeniería de Carrera de Origen Petróleos
…. FÍSICA II por FÍSICA II ….
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 183/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
|
Mostrar
1
|
FI-2021-RES-182
29/04/2021
(Carga: 1/05/2021)
|
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 29 ABR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 2198/2021, en las que la Secretaría de Relaciones Institucionales, solicita la inscripción de estudiantes extranjeros, como Alumnos Vocacionales de esta Facultad; y:
CONSIDERANDO: El Programa de Intercambio Académico Latinoamericano de la red PILA, que consiste en intercambios académicos virtuales auspiciados por la SIIPUNCUYO. Que en el mes de setiembre del año 2020 se llevó a cabo una convocatoria para que docentes sumen cátedras virtuales a la oferta internacional latinoamericana de la red PILA, presentándose en dicha ocasión las asignaturas “Diseño Urbano Sustentable II”, “Arquitectura Bioclimática” y “Topografía” de la carrera de Arquitectura y con posterioridad se recibieron las mencionadas postulaciones que corresponden a la citada carrera. Que el Director General de la carrera de Arquitectura sugiere no aceptar la inscripción en la asignatura “Diseño Urbano Sustentable II”, puesto que, al ser una asignatura anual, no corresponde una evaluación de contenido parcial en el primer semestre del ciclo 2021. Lo informado por la Dirección de Relaciones Nacionales e Internacionales, la Profesora Titular de la asignatura “Ingeniería de Software I”, la Dirección General de la carrera Licenciatura en Ciencias de la Computación y Secretaría Académica. Las disposiciones de la Ordenanza N° 002/2021CD (Título I – punto 3. Estudiante en Condición de Vocacional en Espacios Curriculares). Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Autorizar, la inscripción de los siguientes estudiantes extranjeros como Alumnos Vocacionales de esta Facultad, para que cursen en la modalidad a distancia las asignaturas y carreras que se mencionan a continuación, durante el primer semestre del ciclo lectivo 2021, la que deberán formalizar en Dirección de Alumnos de Grado, de acuerdo a lo dispuesto en las reglamentaciones vigentes, en el marco del Programa de Intercambio Académico Latinoamericano de la red PILA: Carrera: Arquitectura Asignatura: “ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA” GRANIEL LEYVA, Abril Guadalupe Pasaporte N° G37504658 (Universidad Autónoma de Yucatán México) Carrera: Licenciatura en Ciencias de la Computación Asignatura: “INGENIERÍA DE SOFTWARE I” CAVRENNE, Simon Philippe B Documento N° 592957091102 (Universidad de Namur – Bélgica)
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3°. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 182/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
|
Mostrar
1
|