Digesto
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17723 Normativas
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CD-2026-RES-183 10/06/2026 (Carga: 19/06/2026) |
MENDOZA, 10 JUN 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en expediente: 16031/2026, en las que la Dirección General de la carrera de Ingeniería Civil solicita se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interino UN (1) cargo de Profesor Titular Dedicación Simple – para el Área 11 CONSTRUCCIONES, con los espacios curriculares “Construcción de Edificios” y “Construcciones Civiles”, como temáticas de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interino, en las categorías de Profesor Titular, Asociado y Adjunto, dispuesto por Ordenanza Nº 03/1986CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD. Que a los efectos de la organización de desagregado de los antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, regirá el ordenamiento de los ítems propuestos en la grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes de la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Que, a los efectos, se debe considerar los criterios para la evaluación de la calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del plan de actividades que rige en la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD, por la que se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Lo dispuesto por Resolución Nº 66/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Las disposiciones de la Ordenanza N° 26/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Que la convocatoria se realiza para un área y espacios curriculares de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Que se ha solicitado incluir en las funciones del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Lo informado por Dirección General Económica Financiera y Secretaría Académica. Que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 26 de mayo del año 2026.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 03/86CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD, para cubrir con carácter de interino UN (1) cargo de Profesor Titular Dedicación Simple – para el Área 11 CONSTRUCCIONES, con los espacios curriculares “Construcción de Edificios” y “Construcciones Civiles”, como temáticas de referencia, a los efectos del concurso.
Resol. – CD N° 183/2026
1 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ARTÍCULO 2º. Autorizar que el concurso convocado en el artículo precedente, se tramite e implemente en la modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD y la Resolución N° 66/2021CD. Las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial.
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos/expectativas de logro para los espacios curriculares, según los Planes de Estudios aprobados por las Ordenanzas Nros.: 03/2003CS y 095/2023CS de la carrera de Ingeniería Civil; y considerandos de la presente Resolución, para el cargo que se convoca a concurso en el Artículo 1º de la misma: Requisitos de formación y antecedentes exigidos: Título de Grado: Ingeniera/o Civil, con carácter excluyente. En todos los requisitos que se enuncian a continuación, se requiere experiencia mínima de cinco (5) años con carácter excluyente: Experiencia docente universitaria con competencias pedagógicas y disciplinares en las temáticas de referencia. Experiencia profesional, en organizaciones públicas y/o privadas, en el ámbito de obras civiles relacionadas a las temáticas de referencia. Se valorarán los requisitos que se enuncian a continuación de carácter no excluyente: Experiencia en ejecución, conducción y/o dirección técnica de obras civiles (construcciones edilicias, infraestructura vial, obras hidráulicas). Manejo de herramientas informáticas de aplicación específica en la temática motivo del concurso. Antecedentes en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia. Formación en enfoques curricular y pedagógico basados en competencias y aprendizajes centrado en el estudiante.
Objetivos y contenidos mínimos:
“CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS” Plan de Estudios Ordenanza N° 03/2003CS – INGENIERÍA CIVIL
Objetivos (en el Plan de Estudios) Conocer los procesos y técnicas de obra para la construcción de edificios. Demostrar habilidad para desarrollar detalles constructivos, cómputo de materiales y estimaciones de costos en obras edilicias sencillas. Manifestar curiosidad, capacidad de observación y de análisis crítico de obras edilicias.
Contenidos Mínimos (en el Plan de Estudios): Proyecto de construcción. Reglamentaciones. Elementos de administración: análisis de costos, precios unitarios. Presupuestos. Equipos y maquinarias de construcción de edificios; tipos y selección. Procesos y técnicas constructivas. Replanteos, demoliciones, apuntalamientos, excavaciones, submuraciones, tablestacados, relleno y compactación, aislamientos, mamposterías, cerramientos, impermeabilizaciones, revoques, revestimientos, cielorrasos y pinturas. Planos de obra, especificaciones. Control de Calidad. Higiene y seguridad. Aspectos ambientales.
Resol. – CD N° 183/2026
2 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
Expectativas de logro y contenidos mínimos:
“CONSTRUCCIONES CIVILES” Plan de Estudios Ordenanza N° 95/2023CS – INGENIERÍA CIVIL
Expectativas de logro (en el Plan de Estudios): Reconocer los procesos y técnicas básicas de construcción para poder evaluar su correcta ejecución. Lograr habilidad para desarrollar detalles constructivos de obras sencillas. Resolver detalles constructivos básicos para aplicarlos a la ejecución de obras según la técnica usual aplicada en el medio. Utilizar los códigos de construcción en vigencia. Evaluar en forma individual y en equipo distintas situaciones constructivas de obras civiles, basándose en la observación de obras ejecutadas y en el uso de bibliografía técnica especializada. Emplear vocabulario técnico específico, con precisión adecuada y basado en justificaciones teóricas. Redactar informes técnicos básicos, con lenguaje claro y preciso para poder comunicarse con eficiencia.
Contenidos Mínimos (en el Plan de Estudios): Proyectos y obras civiles, edilicias, hidráulicas, viales, portuarias, especiales. Aspectos comunes y particulares. Responsabilidad profesional. Procesos y técnicas constructivas. Reglamentaciones. Elementos de administración de obra. Tareas previas. Replanteo, demoliciones, excavaciones, relleno y compactación, fundaciones, aislaciones hidráulicas. Cerramientos verticales, mamposterías y carpinterías. Cerramientos horizontales. Entrepisos y cubiertas. Terminaciones y revestimientos. Construcción industrializada. Cómputo métrico. Control de Calidad. Equipos y maquinarias de construcción; tipos y selección.
Funciones que desarrollará La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de las temáticas de referencia, y la evaluación de desempeño se hará conforme a la Dedicación en el cargo. Funciones docentes en las siguientes temáticas de referencia: Espacios Curriculares: "Construcción de Edificios” mientras mantenga vigencia el Plan de Estudios Ordenanza N° 03/2003CS. “Construcciones Civiles" del Plan de Estudios Ordenanza N° 95/2023CS de la carrera de Ingeniería Civil, garantizando la transición y trazabilidad en el desarrollo de contenidos con asignaturas del área como Arquitectura (Plan 2003) y Arquitectura y Urbanismo (Plan 2023), Materiales de Construcción, etc. Participar activamente en los procesos de transición, adecuación y desarrollo de contenidos, considerando las asignaturas afines previstas en el nuevo Plan de Estudios de la carrera de Ingeniería Civil. Funciones docentes por extensión en asignaturas del ÁREA 11: CONSTRUCCIONES, considerando los cambios y adecuaciones requeridos por la implementación de los Planes de Estudios de las carreras. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Resol. – CD N° 183/2026
3 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
Condiciones particulares: Teniendo en cuenta que los Planes de estudios de las Carreras de la Facultad de Ingeniería, se derogan progresivamente por la implementación de los nuevos Planes de Estudios, el postulante que sea seleccionado deberá desempeñar sus funciones, tanto en el Plan de Estudios que se deroga progresivamente como en el nuevo Plan de Estudios, considerando el periodo de transición de la carrera que corresponda, los cambios en las denominaciones de las asignaturas, sus programas, carga horaria y ubicación en los Planes de Estudios.
ARTÍCULO 4º. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera:
TITULARES: . MORENO, Jorge Luis (Presidente) . CANTÚ, Alejandro Domingo . TAPIA, Hugo Fernando SUPLENTES: . GIUNTA, José Antonio . GOMENSORO, Fernando
ARTÍCULO 5º. Fijar como plazo de inscripción el período comprendido entre la hora 08:00 del lunes 29 de junio y la hora 12:00 del viernes 03 de julio de 2026.
ARTÍCULO 6°. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle: ETAPA I del proceso de inscripción a) Formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico. ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación, a saber: a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción). b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas, de corresponder, podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Plan de actividades enseñanzaaprendizaje. La documentación (currículum vitae, antecedentes, probanzas, comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin y plan de actividades de enseñanzaaprendizaje), se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable») y tendrá carácter de declaración jurada. La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes: concurso.docente+160312026@ingenieria.uncuyo.edu.ar En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción. Resol. – CD N° 183/2026 4 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis de los antecedentes por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuestos en la Grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que obra en el Anexo II de la Ordenanza N° 23/2010CS.
c) Plan de actividades de enseñanzaaprendizaje Todo aspirante que se presente para cubrir el cargo concursado deberá acompañar el Plan de actividades que en líneas generales propone desarrollar en caso de obtener el cargo concursado, que incluirá el Programa del espacio curricular, motivo del concurso convocado, y deberá incluir: Fundamentación. Deberá considerar el encuadre de la propuesta en relación con el perfil del egresado y la ubicación del espacio curricular en el Plan de Estudios. Objetivos. Deben ser elaborados en función de las expectativas de logro a desarrollar por los alumnos. Desarrollo de unidades temáticas. Consistentes con los contenidos mínimos propuestos en el Plan de Estudios (actual y a implementar de acuerdo al Plan de Transición aprobado para la carrera). Metodología de desarrollo de los procesos de enseñanza–aprendizaje y de evaluación. Bibliografía general y selección de lecturas obligatorias. La calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del Plan de actividades será evaluada según los criterios desagregados en el Grilla para la descripción, el análisis y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que forman parte del Anexo II de la Ordenanza N° 023/2010CS.
ARTÍCULO 7°. Disponer que el concurso incluya un Coloquio que consistirá en una entrevista de los miembros de la Comisión Asesora con los aspirantes, con el objeto de valorar el dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica del espacio curricular al que postulan. La Comisión Asesora tendrá en cuenta aspectos tales como: Competencias específicas en la temática motivo del presente concurso. Importancia relativa y la ubicación de su área en la currícula de la carrera. Visión de conjunto del estado actual del campo del conocimiento del espacio curricular concursado, conocimiento de los principales hitos en la construcción del conocimiento, dominio de los modos particulares de producción del conocimiento en el área disciplinar. Reconocimiento político y social de su campo disciplinar, profesional y docente. Grado de compromiso en el desarrollo del equipo docente del espacio curricular con la docencia, la innovación pedagógica, la producción del conocimiento y el crecimiento sociocultural. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8º. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el Artículo N°6.
ARTÍCULO 9º. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice teniendo en cuenta lo estipulado en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 03/1986CD. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los concursos docentes, con visibilidad en la página de llamados a concursos del portal de la Universidad Transparente de la UNCuyo.
Resol. – CD N° 183/2026 5 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ARTÍCULO 10º. Disponer que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura.
ARTÍCULO 11º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD N° 183/2026
6 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2026-RES-182 10/06/2026 (Carga: 19/06/2026) |
MENDOZA, 10 JUN 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 15249/2026, en las que la Dirección General de la carrera de Arquitectura solicita se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interino UN (1) cargo de Profesor Adjunto Dedicación Simple – para el Área 11: CONSTRUCCIONES con el espacio curricular “Construcciones I”, como temática de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interino, en las categorías de Profesor Titular, Asociado y Adjunto, dispuesto por Ordenanza Nº 03/1986CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD. Que a los efectos de la organización de desagregado de los antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, regirá el ordenamiento de los ítems propuestos en la grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes de la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Que, a los efectos, se debe considerar los criterios para la evaluación de la calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del plan de actividades que rige en la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD, por la que se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Lo dispuesto por Resolución Nº 66/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Las disposiciones de la Ordenanza N° 26/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Que la convocatoria se realiza para un área y espacio curricular de carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Que se ha solicitado incluir en las funciones del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de las carreras ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Lo informado por Dirección General Económica Financiera y Secretaría Académica. Que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 26 de mayo del año 2026.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 03/86CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD, para cubrir con carácter de interino UN (1) cargo de Profesor Adjunto Dedicación Simple – para el Área 11: CONSTRUCCIONES con el espacio curricular “Construcciones I”, como temática de referencia, a los efectos del concurso.
Resol. – CD N° 182/2026
1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ARTÍCULO 2º. Autorizar que el concurso convocado en el artículo precedente, se tramite e implemente en la modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD y la Resolución N° 66/2021CD. Las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial.
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos/expectativas de logro para el espacio curricular, según el Plan de Estudios aprobado por la Ordenanza N° 124/2017CS de la carrera de Arquitectura; y considerandos de la presente Resolución, para el cargo que se convoca a concurso en el Artículo 1º de la misma:
Requisitos de formación y antecedentes exigidos:
Título de Grado: Arquitecto, Ingeniero Civil o Ingeniero en Construcciones, con carácter excluyente. En todos los requisitos que se enuncian a continuación, se requiere experiencia mínima de cinco (5) años con carácter excluyente: Experiencia docente universitaria con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional, en organizaciones públicas y/o privadas, en el ámbito de obras civiles relacionadas a la temática de referencia. Los requisitos que se enuncian a continuación de carácter no excluyente: Experiencia en ejecución, conducción y/o dirección técnica de obras civiles (construcciones edilicias, infraestructura vial, obras hidráulicas). Manejo de herramientas informáticas de aplicación específica en la temática motivo del concurso. Antecedentes en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia. Formación en enfoques curricular y pedagógico basados en competencias y aprendizaje centrado en el estudiante
Expectativas de logro y contenidos mínimos: “CONSTRUCCIONES I” Plan de Estudios Ordenanza N° 124/2017CS – ARQUITECTURA Expectativas de logro: Comprender la obra de arquitectura como una unidad compleja, en la que se sintetizan variables de distinta naturaleza y a la tecnología como una de estas variables. Reconocer a los modos constructivos como formas de respuesta a problemas tecnológicos y arquitectónicos, con características que les son propias. Reconocer los tipos constructivos y/o estructurales como íntimamente unidos a las tipologías arquitectónicas. Adquirir y consolidar el vocabulario técnico específico, con precisión adecuada y basado en justificaciones teóricas. Comprender y aplicar las leyes y principios científicos necesarios como soporte de las decisiones tecnológicas. Desarrollar en el proyecto elaborado en el área de Arquitectura los conocimientos incorporados en la asignatura en lo referido a sistemas constructivos, elementos estructurales, cerramientos y materiales, comprensión de los requerimientos ambientales y recursos climáticos.
Resol. – CD N° 182/2026 2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
Comprender el problema estructural como un hecho unitario, sus elementos estructurales y materiales, los materiales de la construcción según su origen, grado de elaboración, usos principales y características sobresalientes, comprendiendo además sus propiedades físicas técnicas y mecánica. Desarrollar la integración de conocimientos, estimulando la transferencia de lo aprehendido con lo ejecutado en el Taller de integración proyectual.
Contenidos Mínimos: Sistema constructivo tradicional. Las fundaciones. Los tipos de suelos. Tipología de las fundaciones y criterios de selección. Construcción en hormigón armado, madera, mampostería y metal. Control de calidad y ensayo de materiales. Envolventes inferiores, laterales y superiores: requerimientos térmicos, hídricos y acústicos; materiales y técnicas. Tecnología de cubiertas de techo: materiales y técnicas. Estructura: muros portantes, estructura independiente, entrepisos y techos. Terminaciones: requerimientos, materiales y técnicas. Escaleras: aspectos ergonómicos y constructivos.
Funciones que desarrollará La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de la temática de referencia, y la evaluación de desempeño se hará conforme a la Dedicación en el cargo. Funciones docentes en la temática de referencia, espacio curricular: “Construcciones I” de la carrera de Arquitectura, considerando lo establecido en el Plan de Estudios Ordenanza N° 124/2017CS y los cambios propuestos en el nuevo Plan 2026 de la carrera (que mantiene el nombre del espacio curricular pero la semestraliza, previéndose el dictado en el 2° semestre de la carrera), garantizando la transición que demande el nuevo Plan. Funciones docentes por extensión en espacios curriculares del ÁREA 11: CONSTRUCCIONES, considerando los cambios y adecuaciones requeridos por la implementación de los Planes de Estudios de las carreras. Participar activamente en los procesos de transición, adecuación y desarrollo de contenidos, considerando las asignaturas afines previstas en el nuevo Plan de Estudios de la carrera de Ingeniería Civil y el próximo Plan de Estudios de la carrera de Arquitectura. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Condiciones particulares: Teniendo en cuenta que los Planes de estudios de las Carreras de la Facultad de Ingeniería, se derogan progresivamente por la implementación de los nuevos Planes de Estudios, el postulante que sea seleccionado deberá desempeñar sus funciones, tanto en el Plan de Estudios que se deroga progresivamente como en el nuevo Plan de Estudios, considerando el periodo de transición de la carrera que corresponda, los cambios en las denominaciones de las asignaturas, sus programas, carga horaria y ubicación en el Plan de Estudios.
ARTÍCULO 4º. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera:
TITULARES: . PIÑEIRO, Emilio Enrique (Presidente) . SALDAÑO, Héctor Horacio . TAPIA, Hugo Fernando
Resol. – CD N° 182/2026
3 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
SUPLENTES: . SANSONI, Eduardo José Luis . TOTTER, Eduardo
ARTÍCULO 5º. Fijar como plazo de inscripción el período comprendido entre la hora 08:00 del lunes 29 de junio y la hora 12:00 del viernes 03 de julio de 2026.
ARTÍCULO 6°. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle:
ETAPA I del proceso de inscripción a) Formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico. ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación, a saber: a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción). b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas, de corresponder, podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Plan de actividades enseñanzaaprendizaje. La documentación (currículum vitae, antecedentes, probanzas, comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin y plan de actividades de enseñanzaaprendizaje), se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable») y tendrá carácter de declaración jurada. La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes: concurso.docente+152492026@ingenieria.uncuyo.edu.ar En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción. b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis de los antecedentes por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuestos en la Grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que obra en el Anexo II de la Ordenanza N° 23/2010CS.
c) Plan de actividades de enseñanzaaprendizaje Todo aspirante que se presente para cubrir el cargo concursado deberá acompañar el Plan de actividades que en líneas generales propone desarrollar en caso de obtener el cargo concursado, que incluirá el desarrollo de una UNIDAD TEMÁTICA del Programa vigente del espacio curricular, motivo del concurso convocado, y deberá incluir:
Resol. – CD N° 182/2026 4 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
Fundamentación. En la que no podrá faltar el encuadre de la propuesta en relación con el perfil del egresado y la ubicación de los espacios curriculares en los Planes de Estudios. Objetivos. Deben ser elaborados en función de las expectativas de logro a desarrollar por los alumnos. Desarrollo de Unidades Temáticas: Consistentes con los contenidos mínimos propuestos en el Plan de Estudios (actual y a implementar de acuerdo al plan de transición aprobado por la carrera). Metodología de desarrollo de los procesos de enseñanza–aprendizaje y de evaluación. Bibliografía general y selección de lecturas obligatorias.
La calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del Plan de actividades será evaluada según los criterios desagregados en el Grilla para la descripción, el análisis y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que forman parte del Anexo II de la Ordenanza N° 023/2010CS.
ARTÍCULO 7°. Disponer que el concurso incluya un Coloquio que consistirá en una entrevista de los miembros de la Comisión Asesora con los aspirantes, con el objeto de valorar el dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica del espacio curricular al que postulan. La Comisión Asesora tendrá en cuenta aspectos tales como: Competencias específicas en la temática motivo del presente concurso. Importancia relativa del espacio curricular y la ubicación de su área en la currícula de la carrera. Visión de conjunto del estado actual del campo del conocimiento del espacio curricular concursado, conocimiento de los principales hitos en la construcción del conocimiento, dominio de los modos particulares de producción del conocimiento en el área disciplinar. Reconocimiento político y social de su campo disciplinar, profesional y docente. Grado de compromiso con la docencia, la innovación pedagógica, la producción del conocimiento y el crecimiento sociocultural. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8º. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el Artículo N°6.
ARTÍCULO 9º. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice teniendo en cuenta lo estipulado en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 03/1986CD. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los concursos docentes, con visibilidad en la página de llamados a concursos del portal de la Universidad Transparente de la UNCuyo.
ARTÍCULO 10º. Disponer que, en el caso de resultar ganador del concurso un integrante del Espacio Curricular, éste deberá optar por el cargo concursado o el designado, a fin de evitar superposición horaria en todas las actividades docentes de la Asignatura.
ARTÍCULO 11º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD N° 182/2026
5 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2026-RES-181 10/06/2026 (Carga: 19/06/2026) |
MENDOZA, 10 JUN 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 2925/2025, en las cuales corren agregados los antecedentes relativos al concurso convocado por Resolución Nº 032/2026CD, para la provisión de UN (1) cargo de Ayudante de Primera Dedicación Simple – Interino, para el ÁREA 1: MATEMÁTICA, con "Matemática", como espacio curricular base de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: Que, al cierre de la convocatoria del citado concurso se registró la inscripción de OCHO (8) postulantes: María Fernanda CRIFO, Daniela Alejandra DE CARA RIQUELME, Laura Romina BIURRIARENA, Santiago Pablo GRECO BASTIANELLI, José Dario OROPEL, Nicolás Daniel AMADO ARANDA, Emmanuel Leandro Jesús ESCALONA y Silvina Alejandra LLORET. Que analizados los antecedentes presentados por los aspirantes, la Comisión Asesora resolvió, conforme a las disposiciones de la Ordenanza Nº 03/2017CD y la Ordenanza 001/2021CD con su modificatoria Ordenanza 002/2022CD, citar a los postulantes mencionados, para dictar una Clase Pública de treinta (30) minutos de duración y luego mantener un Coloquio de diez (10) minutos. Se deja constancia que los postulantes: Laura Romina BIURRIARENA, Santiago Pablo GRECO BASTIANELLI, Nicolás Daniel AMADO ARANDA, Emmanuel Leandro Jesús ESCALONA y Silvina Alejandra LLORET presentaron su correspondiente excusación, por lo que no participaron en la instancia de clase pública. El dictamen de la Comisión Asesora, en la que estableció el siguiente Orden de Mérito: 1º. María Fernanda CRIFO; 2º. José Dario OROPEL y 3°. Daniela Alejandra DE CARA RIQUELME. Que por Resolución N° 346/2026FI, a la docente María Fernanda CRIFO se le otorgó un Adicional por Carácter Crítico de la Función hasta tanto el mismo se sustanciara por concurso, que por lo expuesto correspondería dejar sin efecto dicho otorgamiento y designar a la Docente María Fernanda CRIFO en el cargo de referencia. Que la Dirección General Económica Financiera certifica la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. Que en el informe de la Secretaría Académica de esta Unidad se detalla la descripción del título (carreras) y espacio curricular. Que se adjunta la correspondiente Declaración Jurada de Cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado por la Dirección de Personal de esta Facultad. Que, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013CS, la Docente María Fernanda CRIFO cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 26 de mayo de 2026. En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Dar de baja, a partir del 01 de junio de 2026, a la docente María Fernanda CRIFO (D.N.I. 27.785.776 – Legajo: 30.625), en el Adicional por Carácter Crítico de la Función, otorgado por Resolución N° 346/2026FI.
ARTÍCULO 2°. Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por Resolución Nº 032/2026CD, para la provisión de UN (1) cargo de Ayudante de Primera Dedicación Simple – Interino, para el ÁREA 1: MATEMÁTICA, con "Matemática", como espacio curricular base de referencia, a los efectos del concurso y el siguiente Orden de Méritos:
Resol. CD Nº 181/2026 1 de 3 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
1º. María Fernanda CRIFO 2º. José Dario OROPEL. 3°. Daniela Alejandra DE CARA RIQUELME
ARTÍCULO 3º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y CRIFO, María Fernanda Nombres Documento D.N.I. 27.785.776 Único: CUIL o CUIT 27277857761 Legajo n° 30.625
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Ayudante de Primera Cargo Dedicación Simple Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01062026 Hasta el 31122026 y/o hasta tanto el cargo sea concursado con carácter de Efectivo, lo que ocurra primero.
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) ÁREA: 1 MATEMÁTICA. 2) ESPACIO/S CURRICULAR/ES: “MATEMÁTICA” 3)
ARTÍCULO 4º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 2º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras) Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual (*) 201 ARQUITECTURA
OTRAS CARRERAS DE GRADO DE LA FACULTAD (**) Porcentaje total 100%
(*) Corresponde que el Área de Académica de la Facultad detalle el porcentaje de aporte a cada carrera o título, según el/los espacio/s curricular/es que dicte el docente designado. (**) Con movilidad en otras carreras de grado de la Facultad de Ingeniería, dentro del Área 1, por razones fundadas.
Resol. CD Nº 181/2026 2 de 3 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA en espacio/s curricular/es: “MATEMÁTICA” (ARQ). 2 Funciones docentes por extensión en espacio/s curricular/es del ÁREA 1: MATEMÁTICA. 3 Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación universitaria, en el marco del Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES) y sistema de acreditación internacional.
Teniendo en cuenta que los Planes de estudios de las Carreras de la Facultad de Ingeniería, se derogan progresivamente por la implementación de los nuevos Planes de Estudios, el profesional designado deberá desempeñar sus funciones, tanto en el Plan de Estudios que se deroga progresivamente como en el nuevo Plan de Estudios, considerando el periodo de transición de la carrera que corresponda, los cambios en las denominaciones de las asignaturas, sus programas, carga horaria y ubicación en el Plan de Estudios.
ARTÍCULO 5º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subde Fuente Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función ParticipaApartado penden de grama dad dad ción cia Financia Porcentual miento 09 0 11 34 3 0 99 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 09 Facultad de Ingeniería Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 814 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 7º. De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos y lo informado por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 8º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 181/2026
3 de 3 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-386 9/06/2026 (Carga: 19/06/2026) |
MENDOZA, 09 JUN 2026
VISTO: El Expediente: 17872/2026, donde obra el pedido de reconocimiento de antigüedad docente, formulado por el Docente Alejandro Raúl CANNATELLA dependiente de la Facultad de Ingeniería;
CONSIDERANDO: Que lo solicitado encuadra en lo dispuesto por el Artículo 36º del Decreto Nacional Nº 1246/15 (CCT) y Ordenanza Nº 45/97CS. Lo establecido en el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 32/16R, modificado por la Ordenanza Nº 04/2022R. Lo informado por la Dirección de Personal, Dirección General Administrativa y Secretaría Administrativa Económica Financiera.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Reconocer al Docente Alejandro Raúl CANNATELLA (C.U.I.L. Nº 20213694651 – Legajo 36.572), personal de la Facultad de Ingeniería, una antigüedad docente de SEIS (6) años, NUEVE (9) meses y UN (1) día al 31/05/2026, en el marco de lo establecido en el Artículo 36º del Decreto Nacional Nº 1246/15 (CCT) y Ordenanza Nº 45/97CS.
ARTÍCULO 2º. De acuerdo al marco jurídico mencionado en el artículo anterior, corresponde que el adicional o bonificación por antigüedad, según el cómputo detallado en el ANEXO ÚNICO y que forma parte de la presente Resolución, rija a partir de los haberes del mes de JULIO (07) del año 2026.
ARTÍCULO 3º. Corresponde otorgar a la licencia anual ordinaria (vacaciones), el cómputo antes detallado, a partir del receso estival que comienza en el mes de ENERO (01) del año 2027.
ARTÍCULO 4º. El presente COMPUTO DE ANTIGÜEDAD SÓLO TIENE EFECTOS JURÍDICOS PARA PAGO DEL ADICIONAL Y VACACIONES, los cuales en ningún caso producen efectos PREVISIONALES.
ARTÍCULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 386/2026
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ANEXO –
RESOLUCIÓN FI Nº 386/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-385 9/06/2026 (Carga: 12/06/2026) |
MENDOZA, 09 JUN 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 15598/2026, en las que el docente Diego Fernando MASONE, eleva su renuncia al cargo de Jefe de Trabajos Prácticos– Dedicación Simple – Interino – ÁREA 2: FÍSICA, en el espacio curricular: “Física I”, a partir del 01 de julio del año 2026;
CONSIDERANDO: Lo informado por la Dirección de Personal, Dirección General Administrativa y Secretaría Administrativa Económica Financiera. Lo dispuesto por la Resolución N° 196/2024CD.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aceptar, a partir del 01 de julio del año 2026, la renuncia presentada por el docente Diego Fernando MASONE (DNI: 27.417.865 – Legajo: 30.800), en el siguiente cargo: Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple – Interino – ÁREA 2: FÍSICA en el espacio curricular: “Física I”, en el que fuera designado por Resolución N° 217/2012CD y prorrogado por Resolución Nº 393/2025CD.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 385/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-384 9/06/2026 (Carga: 12/06/2026) |
MENDOZA, 09 JUN 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 17567/2026, en las que Dirección General de la carrera de Arquitectura solicita otorgar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al docente Hugo Fernando TAPIA;
CONSIDERANDO: Que la solicitud se fundamenta en la necesidad de cubrir el desempeño de funciones sustanciales de la Institución que revisten Carácter Crítico y que los mismos resultan necesarios para mantener el normal funcionamiento de las actividades de formación en el ámbito de la Facultad de Ingeniería. La necesidad de asignar un adicional por carácter crítico de la función para que el docente Hugo Fernando TAPIA cumpla funciones como Profesor Titular – Dedicación simple, Carácter Interino, para el ÁREA 8: ADMINISTRACIÓN, ECONOMÍA Y FINANZAS en el espacio curricular “Organización de Proyectos y Obras” como temática de referencia a los efectos de la función crítica. Los antecedentes del profesional propuesto. Lo informado por Secretaría Académica y Secretaría Administrativa Económica Financiera. Que está garantizada la viabilidad presupuestaria. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 23/2015CS. Lo dispuesto en el Artículo 40º Inciso 2 del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al docente Hugo Fernando TAPIA (Legajo 25.752), en el cargo, período, objeto y monto que a continuación se indican:
Cargo sobre el que se aplica el adicional: Profesor Titular – Dedicación Simple. Objeto: Cumplir funciones como Profesor Titular – Dedicación simple, Carácter Interino en el ÁREA 8: ADMINISTRACIÓN, ECONOMÍA Y FINANZAS en el espacio curricular “Organización de Proyectos y Obras”. Período: Del 01 de mayo al 31 de agosto de 2026. Monto: PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 00/100 ($ 388.958,00)
ARTÍCULO 2º. El gasto del monto emergente de la aplicación del citado adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 3º. El gasto que demande el presente adicional se financiará con recursos propios, provenientes de la Ordenanza N° 52/2009CS, en virtud de lo dispuesto por el Consejo Superior en la Resolución Nº 1132/2017.
ARTÍCULO 4º. La Decana podrá disponer la baja del adicional otorgado cuando se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI N° 384/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-383 9/06/2026 (Carga: 12/06/2026) |
MENDOZA, 09 JUN 2026
VISTO: El contenido del Expediente: 16406/2026, donde se tramitan las prórrogas de Adicionales por Carácter Crítico de la Función al personal docente de la carrera de Arquitectura;
CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 346/2026FI se prorrogó el Adicional por Carácter Crítico de la Función, al Personal Docente de la carrera de Arquitectura de esta Facultad. Que, en la mencionada Resolución, se otorgó a las docentes Natalia Silvina DALDI y Ana Liliana TANCREDI un adicional por carácter critico en sus respectivos cargos y por un error involuntario se colocó incorrectamente el objeto y monto del citado adicional. Que por lo expuesto corresponde rectificar parcialmente el contenido del “Anexo I” de la Resolución N° 346/2026FI, en lo que se refiere al Objeto y Monto del Adicional por Carácter Critico de la Función otorgados a las docentes DALDI y TANCREDI. Que las consideraciones expuestas, han sido consensuadas con la Dirección General Económico Financiera y Secretaría Administrativa Económica Financiera, cuyos informes se encuentran adjuntos a la presente. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 23/2015–CS. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) y 8) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Rectificar, parcialmente, el contenido del “Anexo I” de la Resolución N° 346/2026FI, en lo que se refiere al Objeto del Adicional por Carácter Critico de la Función otorgado a las docentes Natalia Silvina DALDI (Legajo N° 36.401) y Ana Liliana TANCREDI (Legajo N° 28.388) desde el 01 de mayo y hasta el 31 de agosto de 2026, por las causales expuestas en los Considerandos de la presente Resolución, según el siguiente detalle:
DONDE DICE:
Importe CARGOS/el que se LEGAJO NOMBRE OBJETO DE LA FUNCIÓN CRÍTICA mensual hasta aplica el adicional 31082026
Cumplir funciones como Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple en el ÁREA 16 HISTORIA Y Jefe de Trabajos TEORÍA en el espacio curricular "Historia de la DALDI, 36.401 Prácticos Dedicación Arquitectura I" y en el ÁREA 14: DESARROLLO $ 521.166,00 Natalia Silvina Simple URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE en el espacio curricular “Arquitectura IV Taller de Integración Proyectual¨.
Cumplir funciones como Jefe de Trabajos Prácticos Jefe de Trabajos TANCREDI, Dedicación Simple en el ÁREA 8: ADMINISTRACIÓN, 28.388 Prácticos Dedicación $ 260.580,00 Ana Liliana ECONOMÍA Y FINANZAS en el espacio curricular Simple "Legislación".
Resol. – FI N° 383/2026 1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
DEBE DECIR:
Importe CARGOS/el que se LEGAJO NOMBRE OBJETO DE LA FUNCIÓN CRÍTICA mensual hasta aplica el adicional 31082026
Cumplir funciones como Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple en el ÁREA 16: HISTORIA Y TEORÍA en el espacio curricular "Historia de la Jefe de Trabajos DALDI, Arquitectura I" y como Jefe de Trabajos Prácticos – 36.401 Prácticos Dedicación $ 521.166,00 Natalia Silvina Dedicación Simple en el ÁREA 14: DESARROLLO Simple URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE en el espacio curricular “Arquitectura V Taller de Integración Proyectual¨.
Cumplir funciones como Profesor Titular – Jefe de Trabajos TANCREDI, Dedicación Simple en el ÁREA 8: ADMINISTRACIÓN, 28.388 Prácticos Dedicación $ 388.958,00 Ana Liliana ECONOMÍA Y FINANZAS en el espacio curricular Simple "Legislación".
ARTÍCULO 2º. El gasto que demande el presente adicional se financiará con recursos propios, provenientes de la Ordenanza N° 52/2009CS, en virtud de lo dispuesto por el Consejo Superior en la Resolución Nº 1132/2017.
ARTÍCULO 3º. El citado adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 4º. La Decana podrá disponer la baja del adicional otorgado, cuando se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 383/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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