Digesto
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FI-2026-RES-004 10/02/2026 (Carga: 13/02/2026) |
MENDOZA, 10 FEB 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente 42528/2023, en las que el Ing. Lanfranco MORMINO ALVARADO DNI: 95.997.926, solicita la convalidación de título universitario de personas extranjeras provenientes de países con los cuales la República Argentina posee convenios de reconocimiento de estudios universitarios, en el marco de la Resolución ME Nº 3720/2017;
CONSIDERANDO: Que la República Argentina ha suscripto convenios bilaterales o multilaterales de reconocimiento de títulos universitarios y de educación superior con distintos países, que se encuentran vigentes. Que le corresponde al Ministerio de Educación elaborar normas generales sobre revalidación, equivalencia y reconocimiento de títulos expedidos y de estudios realizados en el extranjero, de acuerdo con el apartado 10 del Artículo 23 quater del Título V de la Ley de Ministerios sustituido por el Artículo 12 del Decreto N° 223 de fecha 19 de enero de 2016. Que el Artículo 7° de la Ley N° 24.521 establece que para ingresar a las Instituciones de Educación Superior se debe haber aprobado el nivel de Educación Secundaria. Que el Artículo 1° de la Resolución ME N° 3720/2017 aprueba el procedimiento unificado para la convalidación de títulos universitarios, estableciendo la necesidad de convalidación indirecta, cuando los títulos universitarios extranjeros destinados al ejercicio profesional, no cuenten con acreditación vigente otorgada por los organismos oficiales competentes de acreditación. Que el Convenio con la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) detalla, en Acuerdo Plenario N°1048/2018, el proyecto de convenio marco para que el Consejo y la Secretaría de Políticas Universitarias declaren su voluntad de dirigir las acciones para la firma de convenios específicos entre esa cartera educativa y las instituciones universitarias que posibiliten el establecimiento de un “procedimiento unificado para la convalidación de los títulos universitarios”; que es facultad del Plenario “aprobar convenios o acuerdos de interés interuniversitario, educativo, científico, cultural o tecnológico con entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas” (Art 8°, Inc. n del Estatuto). Que, en dichos casos, resulta necesario la participación de Comisiones Universitarias de Expertos, para determinar la razonable equivalencia de la titulación universitaria extranjera con una titulación Argentina. Que la convalidación es iniciada por el profesional extranjero ante el Ministerio de Educación, eligiendo la Universidad Nacional que actuará. Que el Ing. Lanfranco MORMINO ALVARADO optó al iniciar su trámite por la Universidad Nacional de Cuyo. Que por Resolución N° 62/2025CD, la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, actualiza la constitución de la Comisión Universitaria de Expertos. Que, mediante Dictamen de la mencionada Comisión, emitida bajo la Dirección General de la Carrera Ingeniería Civil, se especifican temáticas a evaluar y que el solicitante fue notificado en diciembre 2023. Que esta Casa de Altos Estudios se comunicó, en el mes de diciembre de 2023, telefónicamente con el solicitante, a fin de informarle que se le había remitido una notificación electrónica, ante lo cual manifestó que se pondría en contacto con el Director General de la Carrera. Que, hasta la fecha, no se ha recibido respuesta por parte del citado profesional. Lo informado por Secretaría Académica.
Resol. – FI N° 004/2026
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Adherir a la Cláusula CUARTA (A.P N° 1048/2018) donde se especifica que transcurrido UN (1) año académico sin que la persona interesada haya completado las pruebas exigidas desde que estas les fueron notificadas, la Universidad informará mediante formato digital lo actuado a la Dirección Nacional de Gestión y Fiscalización Universitaria.
ARTÍCULO 2°. Por lo establecido en el Artículo precedente y habiéndose cumplido el plazo estipulado, corresponde dejar sin efecto lo solicitado por el Ing. Lanfranco MORMINO ALVARADO DNI: 95.997.926, en las actuaciones que obran en el Expediente de referencia.
ARTÍCULO 3°. Remitir una copia de la presente Resolución a la Secretaría Académica de la Universidad Nacional de Cuyo para la prosecución del trámite.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI N° 004/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-003 10/02/2026 (Carga: 13/02/2026) |
MENDOZA, 10 FEB 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente N° 42527/2023, en las que el Ing. Marcos Ramón MÁRQUEZ FERREIRA DNI: 96.004.622, solicita la convalidación de título universitario de personas extranjeras provenientes de países con los cuales la República Argentina posee convenios de reconocimiento de estudios universitarios, en el marco de la Resolución ME Nº 3720/2017;
CONSIDERANDO: Que la República Argentina ha suscripto convenios bilaterales o multilaterales de reconocimiento de títulos universitarios y de educación superior con distintos países, que se encuentran vigentes. Que le corresponde al Ministerio de Educación elaborar normas generales sobre revalidación, equivalencia y reconocimiento de títulos expedidos y de estudios realizados en el extranjero, de acuerdo con el apartado 10 del Artículo 23 quater del Título V de la Ley de Ministerios sustituido por el Artículo 12 del Decreto N° 223 de fecha 19 de enero de 2016. Que el Artículo 7° de la Ley N° 24.521 establece que para ingresar a las Instituciones de Educación Superior se debe haber aprobado el nivel de Educación Secundaria. Que el Artículo 1° de la Resolución ME N° 3720/2017 aprueba el procedimiento unificado para la convalidación de títulos universitarios, estableciendo la necesidad de convalidación indirecta, cuando los títulos universitarios extranjeros destinados al ejercicio profesional, no cuenten con acreditación vigente otorgada por los organismos oficiales competentes de acreditación. Que el Convenio con la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) detalla, en Acuerdo Plenario N°1048/2018, el proyecto de convenio marco para que el Consejo y la Secretaría de Políticas Universitarias declaren su voluntad de dirigir las acciones para la firma de convenios específicos entre esa cartera educativa y las instituciones universitarias que posibiliten el establecimiento de un “procedimiento unificado para la convalidación de los títulos universitarios”; que es facultad del Plenario “aprobar convenios o acuerdos de interés interuniversitario, educativo, científico, cultural o tecnológico con entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas” (Art 8°, Inc. n del Estatuto). Que, en dichos casos, resulta necesario la participación de Comisiones Universitarias de Expertos, para determinar la razonable equivalencia de la titulación universitaria extranjera con una titulación Argentina. Que la convalidación es iniciada por el profesional extranjero ante el Ministerio de Educación, eligiendo la Universidad Nacional que actuará. Que el Ing. Marcos Ramón MÁRQUEZ FERREIRA optó al iniciar su trámite por la Universidad Nacional de Cuyo. Que por Resolución N° 62/2025CD, la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, actualiza la constitución de la Comisión Universitaria de Expertos. Que, mediante Dictamen de la mencionada Comisión, emitida bajo la Dirección General de la Carrera Ingeniería Civil, se especifican temáticas a evaluar y que el solicitante fue notificado en diciembre 2023. Que esta Casa de Altos Estudios se comunicó, en el mes de febrero de 2024, mediante correo electrónico, a fin de brindarle la información pertinente respecto del examen, indicando que el plazo para rendir las temáticas especificadas se extendía
Resol. – FI N° 003/2026 1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
hasta el día 01 de marzo de 2025. Que, hasta la fecha, no se ha recibido respuesta ni acuse de recibo por parte del citado profesional. Lo informado por Secretaría Académica.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Adherir a la Cláusula CUARTA (A.P N° 1048/2018) donde se especifica que transcurrido UN (1) año académico sin que la persona interesada haya completado las pruebas exigidas desde que estas les fueron notificadas, la Universidad informará mediante formato digital lo actuado a la Dirección Nacional de Gestión y Fiscalización Universitaria.
ARTÍCULO 2°. Por lo establecido en el Artículo precedente y habiéndose cumplido el plazo estipulado, corresponde dejar sin efecto lo solicitado por el Ing. Marcos Ramón MÁRQUEZ FERREIRA DNI: 96.004.622, en las actuaciones que obran en el Expediente de referencia.
ARTÍCULO 3°. Remitir una copia de la presente Resolución a la Secretaría Académica de la Universidad Nacional de Cuyo para la prosecución del trámite.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI N° 003/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-002 10/02/2026 (Carga: 23/02/2026) |
MENDOZA, 10 FEB 2026
VISTO: El Expediente: 160/2026, en el que el egresado Facundo Leónidas Valentín CONSIGLI ROBLES solicita la extensión de su Diploma de “Especialista en Ingeniería Ambiental”;
CONSIDERANDO: Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 13/14 registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudios de la carrera de posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental”, aprobado por Ordenanza Nº 37/15CS.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Expedir a nombre del egresado Facundo Leónidas Valentín CONSIGLI ROBLES (DNI: 26.611.701), nacido el 18 de junio de 1978 en San Juan – República Argentina, el Diploma de “Especialista en Ingeniería Ambiental” de la carrera de posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental”, con fecha de egreso el 17 de noviembre del año 2025.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 002/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2026-RES-001 6/02/2026 (Carga: 13/02/2026) |
MENDOZA, 06 FEB 2026
VISTO: El contenido del Expediente: 40559/2025, donde se tramitan las prórrogas de Adicionales por Carácter Crítico de la Función al personal docente de la carrera de Arquitectura;
CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 981/2025FI se otorgó el mencionado Adicional, desde el 01 de enero y hasta el 30 de abril de 2026, al personal docente de la carrera de Arquitectura. Que, por un error involuntario se le otorgó a la docente Ana Liliana TANCREDI (Legajo N° 28.388) un adicional por carácter critico de la función con el objeto de cumplir funciones como Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple en el espacio Curricular “Legislación”, cuando en realidad correspondía que cumpla funciones como Profesor Titular – Dedicación Simple en el mencionado espacio curricular de la Carrera de Arquitectura. Que por lo expuesto corresponde rectificar parcialmente el contenido del “Anexo I” de la Resolución N° 981/2025FI, en lo que se refiere al Objeto y Monto del Adicional por Carácter Critico de la Función otorgada a la docente TANCREDI. Que las consideraciones expuestas, han sido consensuadas con la Dirección General Económico Financiera y Secretaría Administrativa Económica Financiera, cuyos informes se encuentran adjuntos a la presente. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 23/2015–CS. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) y 8) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Rectificar, parcialmente, el contenido del “Anexo I” de la Resolución N° 981/2025FI, en lo que se refiere al Objeto y Monto del Adicional por Carácter Critico de la Función otorgado a la docente Ana Liliana TANCREDI (Legajo N° 28.388) desde el 01 de enero de 2026 y hasta el 30 de abril de 2026, por las causales expuestas en los Considerandos de la presente Resolución, según el siguiente detalle: DONDE DICE: CARGO S/el que se Monto hasta Legajo NOMBRE OBJETO DE LA FUNCIÓN CRÍTICA aplica el adicional 30042026
Cumplir funciones como Jefe de trabajos prácticos Dedicación TANCREDI, J.T.P. Dedicación 28.388 simple en el área 8: ADMINISTRACIÓN, ECONOMIA Y FINANZAS $ 239.092,00 Ana Liliana Simple en el espacio Curricular Legislación
DEBE DECIR:
CARGO S/el que se Monto hasta Legajo NOMBRE OBJETO DE LA FUNCIÓN CRÍTICA aplica el adicional 30042026
Cumplir funciones como Profesor Titular Dedicación Simple en TANCREDI, J.T.P. Dedicación 28.388 el área 8: ADMINISTRACIÓN, ECONOMIA Y FINANZAS en el $ 356.884,00 Ana Liliana Simple espacio Curricular Legislación
Resol. – FI N° 001/2026 1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ARTÍCULO 2º. El gasto que demande el presente adicional se financiará con recursos propios, provenientes de la Ordenanza N° 52/2009CS, en virtud de lo dispuesto por el Consejo Superior en la Resolución Nº 1132/2017.
ARTÍCULO 3º. El citado adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 4º. La Decana podrá disponer la baja del adicional otorgado, cuando se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 001/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2025-RES-015 30/12/2025 (Carga: 13/02/2026) |
MENDOZA, 30 DIC 2025
VISTO: El contenido del Expediente: 41182/2025, en el que la Dirección de Extensión, dependiente de la Secretaría de Relaciones Institucionales de la Facultad de Ingeniería, solicita autorización para el dictado del curso “Capacitación en Mantenimiento e Integridad en Instalaciones Petroleras”;
CONSIDERANDO: Que la propuesta de la actividad de extensión fue presentada por el Secretario de Vinculación de nuestra Casa de Estudios, la cual estuvo a cargo del Licenciado en Ciencias Químicas Eduardo CURCI, egresado de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Buenos Aires y Especialista en Ingeniería Ambiental de la UNCuyo. Que el Programa de Capacitación estuvo orientado a profesionales, técnicos y estudiantes avanzados de las carreras de Ingeniería en Petróleos, Ingeniería Industrial y disciplinas afines. Que se dictó en esta Facultad, los días jueves del 13 de noviembre al 04 de diciembre de 2025, en modalidad presencial, con una carga horaria de 12 hs. Que la Dirección de Extensión fue la responsable de coordinar la organización, la difusión, el control de asistencia y del informe final, así como de la tramitación de Certificados y toda otra gestión necesaria para garantizar el desarrollo de la actividad. Que la Dirección General de la carrera de Ingeniería en Petróleo avaló la realización de la citada propuesta. Lo dispuesto por el Artículo 40º, inc. 2) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Tener por autorizado, el dictado del curso “Capacitación en Mantenimiento e Integridad en Instalaciones Petroleras”, a cargo del Lic. Eduardo CURCI, que se dictó los días jueves del 13 de noviembre al 04 de diciembre de 2025, con una carga horaria total de 12 horas.
ARTÍCULO 2º. Autorizar, se extiendan los Certificados de Asistencia y Aprobación, según corresponda, a las personas que a continuación se mencionan, que participaron y aprobaron los contenidos del curso “Capacitación en Mantenimiento e Integridad en Instalaciones Petroleras”:
CERTIFICADOS DE ASISTENCIA Y APROBACIÓN MEDINA, Cristian DNI: 34.642.147 RODRÍGUEZ, Matías DNI: 43.280.246 APAZA ALARCÓN, Carlos DNI: 42.010.736 MAMANI, Nancy DNI: 25.935.483 ARANDA, Priscila DNI: 39.237.560 SOMONTE, Alejandra DNI: 20.449.524
Resol. – FI Nº 1015/2025
1 de 2 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
GALVEZ, José Antonio DNI: 17.151.453 MARTÍNEZ, Roberto DNI: 42.307.380 TRINKA, Juan DNI: 32.162.977 GERVILLA, Jonathan DNI: 35.861.309 LUCERO, Arístides DNI: 43.544.257 RENZI, Milca DNI: 24.640.829 MENESES, Laura DNI: 29.036.775 QUIROGA, Adrián DNI: 31.834.035 MAMANI, Romina DNI: 31.331.590 FIGUEROA, Enrique DNI: 22.901.200 GALLARDO, Juan DNI: 36.592.102 VELEZ, Evangelina DNI: 23.725.028 FERNÁNDEZ, Gastón DNI: 34.917.926
CERTIFICADOS DE ASISTENCIA NUÑEZ, Nicolás DNI: 33.384.419 GARRADO, Gustavo DNI: 41.816.464 CICCHITTI, Luciano DNI: 44.878.286 ARCHUA, Luis DNI: 31.011.955 MATURANO, Silvia Alejandra DNI: 18.079.522 DÍAZ FERNÁNDEZ, Adrián DNI: 39.013.385 BRITO, Ramiro DNI: 36.712.494 FERRER, Liliana DNI: 22.905.128 OHANIAN, Gabriela DNI: 13.968.439 ORO, Martín DNI: 28.757.042 RICARTE, Agostina DNI: 40.661.270 MARTÍNEZ, Mauricio DNI: 37.513.154 PAREDES, Juan DNI: 31.371.142 GONZÁLEZ, Alexis DNI: 29.101.521 MARTINIS, Estefanía DNI: 29.617.672 BARBEITO, María Luisa DNI: 4.113.577 VILLAFRANCA, Juan Cruz DNI: 39.239.738 MARRUGO, Mayra DNI: 95.528.294 ZAREV, Facundo DNI: 33.291.997 OCHOA, Matías DNI: 41.819.777 ABRAHAN, Leonardo DNI: 39.531.415 BAZAN, Carolina DNI: 22.059.898
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 1015/2025
2 de 2 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2025-RES-013 30/12/2025 (Carga: 24/02/2026) |
MENDOZA, 30 DIC 2025
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 26363/2025, en las que Dirección de Asuntos Estudiantiles solicita renovar UNA (1) beca con Plan de Actividades;
CONSIDERANDO: Que se asignó una beca BeFIcPA a la alumna Alejandra Sonia QUECAÑO mediante Resolución N° 672/2025FI, dicha beca está destinada a estudiantes de todas las carreras de la Facultad, para realizar tareas de gestión académica, administrativa, operativa y de comunicación. Que la estudiante becaria ha cumplido en tiempo y forma con las actividades propuestas y solicitadas pero el cúmulo de información a relevar ha superado el tiempo disponible y acordado para el trabajo en el Proyecto. Que se solicita la renovación de la beca a fin de realizar tareas de apoyo a actividades administrativas en el marco del PD 2: “Plan de Desarrollo de la Secretaría Administrativa Económica Financiera”, con el objeto de promover el fortalecimiento de la capacidad de gestión administrativa y servicios de apoyo en la Institución. El informe de actividades por parte de la Tutora de los Proyectos. Lo informado por Secretaría Administrativa Económica Financiera, Dirección General Económico Financiera y Dirección de Gestión Contable. Que se encuentra garantizada la viabilidad presupuestaria. Lo aprobado por Resoluciones Nros.: 273/2015CD (Reglamento de becas de la Facultad de Ingeniería) y 631/2024FI. Lo dispuesto en el Artículo 40º Inciso 2 del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Tener por asignada, a la estudiante que se menciona a continuación, una beca BeFIcPA con Plan de Actividades, para realizar tareas de gestión académica, administrativa, operativa y de comunicación, con una carga horaria de DIEZ (10) horas semanales, durante SEIS (6) meses, a partir del 01 de febrero del año 2026 y una asignación mensual de PESOS OCHENTA MIL ($80.000.), según el siguiente detalle:
QUECAÑO, Alejandra Sonia DNI: 40.726.476 Legajo 12.051 – Arquitectura. Secretaría Administrativa Económica Financiera
ARTÍCULO 2º. Disponer que las partes intervinientes firmen las Actas Acuerdo según se indica en el ANEXO III de la Resolución Nº 273/2015CD (Reglamento de Becas de la Facultad de Ingeniería).
ARTÍCULO 3º. Designar a la Mgter. María Silvana BRACELI como Tutora Institucional de la becaria asignada en el artículo 1° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º. Que el gasto total para atender a la presente solicitud asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($480.000,00) pudiendo financiarse con presupuesto ordinario de la Facultad de Ingeniería Ejercicio 2026 e imputarse al PDI de la Secretaría Administrativa Económica Financiera.
Resol. – FI N° 1013/2025 1 de 2 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ARTÍCULO 5º. En el caso de un apartamiento significativo de los compromisos académicos por parte de la estudiante, el área de becas estudiantiles informará a Secretaría Académica, a los fines de solicitar la baja de las mismas.
ARTÍCULO 6º. Disponer, que al finalizar el periodo de la beca y habiendo efectuado las actividades acordadas, el Área de Becas Estudiantiles elevará a la autoridad correspondiente un informe final sobre el cumplimiento de la misma a fin de emitir el certificado respectivo.
ARTÍCULO 7º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 1013/2025
2 de 2 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2025-RES-012 30/12/2025 (Carga: 24/02/2026) |
MENDOZA, 30 DIC 2025
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 41204/2025, en las que el Director General de la carrera de Arquitectura, Esp. Arq. Emilio Enrique PIÑEIRO, solicita renovar la Beca con Plan de Actividades de la señorita Juliana Jael CABRERA MINGORANCE, alumna de la carrera de Arquitectura de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 731/2024FI se asignó a la citada estudiante una Beca con Plan de Actividades (BeFIcPA), para realizar tareas de gestión académica, administrativa, operativa y de comunicación, por un periodo de SEIS (6) meses, a partir del 01 de noviembre de 2024. Que por Resolución Nº 469/2025FI se prorrogó, la citada Beca con Plan de Actividades (BeFIcPA), por un periodo de SEIS (6) meses, a partir del 01 de julio de 2025. Que, según el informe de actividades presentado por el Tutor Institucional de la mencionada Beca, las actividades fueron desarrolladas por la alumna de forma satisfactoria. El contenido de la Resolución N° 273/2015CD (Reglamento de Becas Facultad de Ingeniería). Lo dispuesto por Resolución N° 631/2024FI. El informe del Área de Becas de la Dirección de Asuntos Estudiantiles. Lo informado por Secretaría Administrativa Económica Financiera y Secretaría Académica. El contenido del Artículo 40º inciso 2 del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Prorrogar a la señorita Juliana Jael CABRERA MINGORANCE (DNI: 44.308.838 Legajo 13.312), UNA (1) Beca con Plan de Actividades (BeFIcPA) para realizar tareas de gestión académica, administrativa, operativa y de comunicación, con una asignación mensual de PESOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 80.000.), con una carga horaria de DIEZ (10) horas semanales, durante SEIS (6) meses a partir del 01 de febrero del año 2026.
ARTÍCULO 2º. Delegar a Dirección General Económica Financiera la administración de los fondos, para realizar el pago de la beca de referencia, una vez tramitadas las actuaciones pertinentes.
ARTÍCULO 3º. El gasto emergente de lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente Resolución, deberá imputarse al presupuesto ordinario de la Facultad de Ingeniería 2026 y aplicarse al PDI de la carrera de Arquitectura.
ARTÍCULO 4º. Disponer que las partes intervinientes firmen las Actas Acuerdo según se indica en el ANEXO III de la Resolución Nº 273/2015CD (Reglamento de Becas de la Facultad de Ingeniería).
ARTÍCULO 5°. La becaria designada con Plan de Actividades deberá contar con un Seguro de Accidentes.
ARTÍCULO 6°. Designar al Esp. Arq. Emilio Enrique PIÑEIRO como Referente Institucional de la citada becaria.
ARTÍCULO 7º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 1012/2025
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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