Digesto
|
15933 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CD-2021-RES-086 4/06/2021 (Carga: 1/07/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 04 JUN 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 2843/2021 en las que se tramita la selección de DOS (2) estudiantes para participar del Programa de Intercambio ERASMUS con el Grupo Institut National de Sciences Appliquées (INSA) Francia, de la Facultad para el exterior;
CONSIDERANDO: El dictamen de la Comisión de Selección encargada de evaluar los antecedentes de los alumnos postulados para optar al citado Programa. Que la mencionada selección se realizó entre los alumnos postulantes de la carrera Ingeniería Industrial, a efectos de que cursen estudios en las sedes INSA de Strasbourg, Lyon, Val de Loire (Blois) y Toulousse – Francia. Los acuerdos de cooperación firmados oportunamente Lo informado por la Dirección General de la carrera Ingeniería Industrial y Dirección de Relaciones Nacionales e Internacionales. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, y lo tratado y aprobado por unanimidad de este Cuerpo, en sesión del día 27 de abril del año 2021.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Orden de Mérito, correspondiente al Programa de Intercambio ERASMUS con el Grupo INSA, propuesto por la Comisión de Selección de alumnos de la carrera de Ingeniería Industrial, a efectos de que cursen estudios en las sedes INSA de Strasbourg, Lyon, Val de Loire (Blois) y Toulousse Francia, según el siguiente detalle:
01 GONZALEZ, Facundo Hernán Legajo 12020 02 PIPPI TULIÀN, Agustín Mario Legajo 12212 03 MARTÌNEZ CANTALOUBE, Macarena Belén Legajo 10775 04 GITTO, Micaela Aldana Legajo 11679 05 RUÒTOLO, Ignacio Antonio Legajo 12258 06 FUGAZZOTTO, Noel Alejandro Legajo 12150 07 E PAOLIS, Eduardo Agustín Legajo 11223 08 BRONDO BRUNETTI, Juan Pablo Legajo 12310
Resol. – CD N° 086/2021 1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
ARTÍCULO 2º. Establecer, que por Resolución de Decanato se autorice oportunamente el intercambio, teniendo en cuenta los requisitos académicos mínimos que deben cumplir los estudiantes, al momento de participar del mismo.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en papel soporte cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la UNCUYO. ARTÌCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 086/2021
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-085 4/06/2021 (Carga: 23/09/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 04 JUN 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 2841/2021, en las que se tramita la selección de DOS (2) estudiantes para participar del Programa de Intercambio de alumnos doble diploma, de la Facultad para el exterior;
CONSIDERANDO: El dictamen de la Comisión de Selección encargada de evaluar los antecedentes de los alumnos postulados para optar al citado Programa. Que la mencionada selección se realizó entre los alumnos postulantes de la carrera de Ingeniería Industrial, a efectos de que cursen estudios en el Politécnico de Milán (POLIMI) Italia. Los acuerdos de cooperación firmados oportunamente (Resoluciones Nros. 639/2017CS y 640/2017CS). Lo informado por la Dirección General de la carrera Ingeniería Industrial y Dirección de Relaciones Nacionales e Internacionales. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo, en sesión del día 11 de mayo del año 2021.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Orden de Mérito correspondiente al Programa de Intercambio doble diploma, propuesto por la Comisión de Selección de alumnos de la carrera Ingeniería Industrial, para que cursen estudios en el Politécnico de Milán (POLIMI) Italia, según el siguiente detalle:
01. BRIGGS, Tomás Legajo 12118 02. FONTAINE NICOLA, Florencia Legajo 12148 03. CABA CHIÓFALO, Agustín Legajo 10964 04. REY TUDELA, Javier Francisco Legajo 11529 05. BERTOLOTTI BARÓN, Agustín Legajo 11151 06. FOURCADE FALASCHI, Julieta Legajo 12677
ARTÍCULO 2º. Establecer, que por Resolución de Decanato se autorice oportunamente el intercambio, teniendo en cuenta los requisitos académicos mínimos que deben cumplir los estudiantes, al momento de participar del mismo.
Resol. – CD N° 085/2021
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo.
ARTÍCULO 4°..Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 085/2021
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-084 3/06/2021 (Carga: 17/06/2021) |
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 3 JUN 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 11836/2021, en el que la docente María Lorena CÓRICA impulsa el inicio del procedimiento de convocatoria del Concurso Especial por Razones Extraordinarias provocadas por la Pandemia del COVID19 (CEREP.Cov), en el marco de la Paritaria Particular para el Personal Docente de la Universidad Nacional de Cuyo 2020; y:
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 265/2021CS, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias para el personal docente de esta Casa de Estudios, suscriptas los días veinticinco (25) y treinta (30) de noviembre de 2020, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), que aprueban los denominados “Procedimientos Especiales para la Evaluación y Control de Docentes Efectivos, Otorgamiento de Año Sabático y Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID19 para docentes interinos”. Que mediante Resolución N° 100/2021R, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 103/2021CS, se dispuso la habilitación del formulario electrónico on line para postular el inicio del procedimiento de convocatoria del CEREP.Cov, y se consideraron las condiciones mínimas para el inicio del procedimiento concursal especial. Que mediante Resolución N° 018/2021CD, fechada el 23 de marzo de 2021, el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería dispuso solicitar al Sr. Rector, convocar a paritaria del personal docente de la Universidad Nacional de Cuyo, con el objeto de solicitar autorización para efectivizar al personal docente interino que obtuvo su cargo por concurso y que las prórrogas posteriores de sus designaciones hayan sido aprobadas por el Consejo Directivo, con evaluación satisfactoria, siempre y cuando cumplan los requisitos esenciales de elegibilidad (Resolución N° 265/2020CS, Artículo 2°); y consecuentemente, las convocatorias de los CEREP.Cov queden acotadas a los concursos impulsados por docentes con designaciones interinas, sin concurso previo. Que mediante Resolución N° 197/2021CS y Resolución N° 198/2021CS, fechadas el 31 de mayo de 2021, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias de la Mesa Paritaria Docente de Nivel Particular de la UNCUYO, suscriptas los días nueve (9) y veintitrés (23) de abril de 2021, respectivamente, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), atribuyendo facultades suficientes al Cuerpo para determinar criterios y condiciones de efectivización del cargo de aquellos casos en el que los docentes postulantes hayan accedido al cargo interino mediante procesos de concursos interinos con clase pública, sin vulnerar o restringir los derechos reconocidos y acordados en el acta paritaria particular ratificada por Resolución N° 265/2020CS del Consejo Superior. Que conforme los informes de la Dirección de Personal, de la Dirección de Despacho y Gestión Administrativa, de la Dirección General Administrativa, de la Dirección General Económico Financiera, de la Secretaría Administrativa Económica Financiera, de la Dirección General de la Carrera Arquitectura y de la Secretaría Académica, la postulación cumple los requisitos formales y condiciones mínimas a los efectos del CEREP.Cov.
Resol. CD N° 084/2021CD
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
Lo dictaminado por la Comisión de Personal, tratado y aprobado, por unanimidad de los miembros de este Cuerpo, en sesión ordinaria del 1 de junio de 2021.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar lo actuado en el CEREP.Cov, impulsado por la Dra. Arq. María Lorena CÓRICA (DNI N° 23.059.343 Legajo N° 32.886), y proponer al Consejo Superior su designación en el cargo de JEFE DE TRABAJOS PRÁCTICOS, Dedicación Simple, Carácter Efectivo, en el ÁREA 14: DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE, con “Diseño Urbano Sustentable II” como asignatura base de referencia a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 084/2021CD _ _ _ _
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-083 3/06/2021 (Carga: 17/06/2021) |
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 3 JUN 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 11794/2021, en el que la docente Alejandra SEBÖK MARTÍN impulsa el inicio del procedimiento de convocatoria del Concurso Especial por Razones Extraordinarias provocadas por la Pandemia del COVID19 (CEREP.Cov), en el marco de la Paritaria Particular para el Personal Docente de la Universidad Nacional de Cuyo 2020; y:
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 265/2021CS, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias para el personal docente de esta Casa de Estudios, suscriptas los días veinticinco (25) y treinta (30) de noviembre de 2020, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), que aprueban los denominados “Procedimientos Especiales para la Evaluación y Control de Docentes Efectivos, Otorgamiento de Año Sabático y Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID19 para docentes interinos”. Que mediante Resolución N° 100/2021R, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 103/2021CS, se dispuso la habilitación del formulario electrónico on line para postular el inicio del procedimiento de convocatoria del CEREP.Cov, y se consideraron las condiciones mínimas para el inicio del procedimiento concursal especial. Que mediante Resolución N° 018/2021CD, fechada el 23 de marzo de 2021, el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería dispuso solicitar al Sr. Rector, convocar a paritaria del personal docente de la Universidad Nacional de Cuyo, con el objeto de solicitar autorización para efectivizar al personal docente interino que obtuvo su cargo por concurso y que las prórrogas posteriores de sus designaciones hayan sido aprobadas por el Consejo Directivo, con evaluación satisfactoria, siempre y cuando cumplan los requisitos esenciales de elegibilidad (Resolución N° 265/2020CS, Artículo 2°); y consecuentemente, las convocatorias de los CEREP.Cov queden acotadas a los concursos impulsados por docentes con designaciones interinas, sin concurso previo. Que mediante Resolución N° 197/2021CS y Resolución N° 198/2021CS, fechadas el 31 de mayo de 2021, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias de la Mesa Paritaria Docente de Nivel Particular de la UNCUYO, suscriptas los días nueve (9) y veintitrés (23) de abril de 2021, respectivamente, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), atribuyendo facultades suficientes al Cuerpo para determinar criterios y condiciones de efectivización del cargo de aquellos casos en el que los docentes postulantes hayan accedido al cargo interino mediante procesos de concursos interinos con clase pública, sin vulnerar o restringir los derechos reconocidos y acordados en el acta paritaria particular ratificada por Resolución N° 265/2020CS del Consejo Superior. Que conforme los informes de la Dirección de Personal, de la Dirección de Despacho y Gestión Administrativa, de la Dirección General Administrativa, de la Dirección General Económico Financiera, de la Secretaría Administrativa Económica Financiera, de la Dirección General de Ciencias Básicas y de la Secretaría Académica, la postulación cumple los requisitos formales y condiciones mínimas a los efectos del CEREP.Cov.
Resol. CD N° 083/2021CD
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
Lo dictaminado por la Comisión de Personal, tratado y aprobado, por unanimidad de los miembros de este Cuerpo, en sesión ordinaria del 1 de junio de 2021.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar lo actuado en el CEREP.Cov, impulsado por la Bioq. Alejandra SEBÖK MARTÍN (DNI N° 33.051.373 Legajo N° 30.936), y proponer al Consejo Superior su designación en el cargo de JEFE DE TRABAJOS PRÁCTICOS, Dedicación Simple, Carácter Efectivo, en el ÁREA 03: QUÍMICA, con “Química Orgánica” como asignatura base de referencia a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 083/2021CD _ _ _ _
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-082 3/06/2021 (Carga: 17/06/2021) |
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 3 JUN 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 11757/2021, en el que el docente Adriano Ludovico Arturo SABEZ impulsa el inicio del procedimiento de convocatoria del Concurso Especial por Razones Extraordinarias provocadas por la Pandemia del COVID19 (CEREP.Cov), en el marco de la Paritaria Particular para el Personal Docente de la Universidad Nacional de Cuyo 2020; y:
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 265/2021CS, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias para el personal docente de esta Casa de Estudios, suscriptas los días veinticinco (25) y treinta (30) de noviembre de 2020, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), que aprueban los denominados “Procedimientos Especiales para la Evaluación y Control de Docentes Efectivos, Otorgamiento de Año Sabático y Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID19 para docentes interinos”. Que mediante Resolución N° 100/2021R, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 103/2021CS, se dispuso la habilitación del formulario electrónico on line para postular el inicio del procedimiento de convocatoria del CEREP.Cov, y se consideraron las condiciones mínimas para el inicio del procedimiento concursal especial. Que mediante Resolución N° 018/2021CD, fechada el 23 de marzo de 2021, el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería dispuso solicitar al Sr. Rector, convocar a paritaria del personal docente de la Universidad Nacional de Cuyo, con el objeto de solicitar autorización para efectivizar al personal docente interino que obtuvo su cargo por concurso y que las prórrogas posteriores de sus designaciones hayan sido aprobadas por el Consejo Directivo, con evaluación satisfactoria, siempre y cuando cumplan los requisitos esenciales de elegibilidad (Resolución N° 265/2020CS, Artículo 2°); y consecuentemente, las convocatorias de los CEREP.Cov queden acotadas a los concursos impulsados por docentes con designaciones interinas, sin concurso previo. Que mediante Resolución N° 197/2021CS y Resolución N° 198/2021CS, fechadas el 31 de mayo de 2021, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias de la Mesa Paritaria Docente de Nivel Particular de la UNCUYO, suscriptas los días nueve (9) y veintitrés (23) de abril de 2021, respectivamente, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), atribuyendo facultades suficientes al Cuerpo para determinar criterios y condiciones de efectivización del cargo de aquellos casos en el que los docentes postulantes hayan accedido al cargo interino mediante procesos de concursos interinos con clase pública, sin vulnerar o restringir los derechos reconocidos y acordados en el acta paritaria particular ratificada por Resolución N° 265/2020CS del Consejo Superior. Que conforme los informes de la Dirección de Personal, de la Dirección General Económico Financiera, de la Secretaría Administrativa Económica Financiera, y de la Secretaría Académica, la postulación cumple los requisitos formales y condiciones mínimas a los efectos del CEREP.Cov. Que mediante EXPECUY: 7553/2021 se tramita la baja por fallecimiento del Mgtr. Ing. Adriano Ludovico Arturo SABEZ.
Resol. CD N° 082/2021CD
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
Lo dictaminado por la Comisión de Personal, tratado y aprobado, por unanimidad de los miembros de este Cuerpo, en sesión ordinaria del 1 de junio de 2021.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar lo actuado en el CEREP.Cov, impulsado por el Mgtr. Ing. Adriano Ludovico Arturo SABEZ (DNI N° 26.400.749 Legajo N° 32.147), y proponer al Consejo Superior dejar sin efecto su postulación por fallecimiento del causante.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 082/2021CD _ _ _ _
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-081 3/06/2021 (Carga: 17/06/2021) |
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 3 JUN 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 11750/2021, en el que la docente Clara Belén PERA impulsa el inicio del procedimiento de convocatoria del Concurso Especial por Razones Extraordinarias provocadas por la Pandemia del COVID19 (CEREP.Cov), en el marco de la Paritaria Particular para el Personal Docente de la Universidad Nacional de Cuyo 2020; y:
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 265/2021CS, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias para el personal docente de esta Casa de Estudios, suscriptas los días veinticinco (25) y treinta (30) de noviembre de 2020, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), que aprueban los denominados “Procedimientos Especiales para la Evaluación y Control de Docentes Efectivos, Otorgamiento de Año Sabático y Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID19 para docentes interinos”. Que mediante Resolución N° 100/2021R, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 103/2021CS, se dispuso la habilitación del formulario electrónico on line para postular el inicio del procedimiento de convocatoria del CEREP.Cov, y se consideraron las condiciones mínimas para el inicio del procedimiento concursal especial. Que mediante Resolución N° 018/2021CD, fechada el 23 de marzo de 2021, el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería dispuso solicitar al Sr. Rector, convocar a paritaria del personal docente de la Universidad Nacional de Cuyo, con el objeto de solicitar autorización para efectivizar al personal docente interino que obtuvo su cargo por concurso y que las prórrogas posteriores de sus designaciones hayan sido aprobadas por el Consejo Directivo, con evaluación satisfactoria, siempre y cuando cumplan los requisitos esenciales de elegibilidad (Resolución N° 265/2020CS, Artículo 2°); y consecuentemente, las convocatorias de los CEREP.Cov queden acotadas a los concursos impulsados por docentes con designaciones interinas, sin concurso previo. Que mediante Resolución N° 197/2021CS y Resolución N° 198/2021CS, fechadas el 31 de mayo de 2021, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias de la Mesa Paritaria Docente de Nivel Particular de la UNCUYO, suscriptas los días nueve (9) y veintitrés (23) de abril de 2021, respectivamente, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), atribuyendo facultades suficientes al Cuerpo para determinar criterios y condiciones de efectivización del cargo de aquellos casos en el que los docentes postulantes hayan accedido al cargo interino mediante procesos de concursos interinos con clase pública, sin vulnerar o restringir los derechos reconocidos y acordados en el acta paritaria particular ratificada por Resolución N° 265/2020CS del Consejo Superior. Que conforme los informes de la Dirección de Personal, de la Dirección de Despacho y Gestión Administrativa, de la Dirección General Administrativa, de la Dirección General Económico Financiera, de la Secretaría Administrativa Económica Financiera, de la Dirección General de Ciencias Básicas y de la Secretaría Académica, la postulación cumple los requisitos formales y condiciones mínimas a los efectos del CEREP.Cov.
Resol. CD N° 081/2021CD
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
Lo dictaminado por la Comisión de Personal, tratado y aprobado, por unanimidad de los miembros de este Cuerpo, en sesión ordinaria del 1 de junio de 2021.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar lo actuado en el CEREP.Cov, impulsado por la Prof. Clara Belén PERA (DNI N° 33.576.822 Legajo N° 32.603), y proponer al Consejo Superior su designación en el cargo de JEFE DE TRABAJOS PRÁCTICOS, Dedicación Simple, Carácter Efectivo, en el ÁREA 13: IDIOMAS, con “Inglés Coloquial” como asignatura base de referencia a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 081/2021CD _ _ _ _
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-080 3/06/2021 (Carga: 17/06/2021) |
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 3 JUN 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 11749/2021, en el que el docente Emilio Enrique PIÑEIRO impulsa el inicio del procedimiento de convocatoria del Concurso Especial por Razones Extraordinarias provocadas por la Pandemia del COVID19 (CEREP.Cov), en el marco de la Paritaria Particular para el Personal Docente de la Universidad Nacional de Cuyo 2020; y:
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 265/2021CS, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias para el personal docente de esta Casa de Estudios, suscriptas los días veinticinco (25) y treinta (30) de noviembre de 2020, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), que aprueban los denominados “Procedimientos Especiales para la Evaluación y Control de Docentes Efectivos, Otorgamiento de Año Sabático y Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID19 para docentes interinos”. Que mediante Resolución N° 100/2021R, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 103/2021CS, se dispuso la habilitación del formulario electrónico on line para postular el inicio del procedimiento de convocatoria del CEREP.Cov, y se consideraron las condiciones mínimas para el inicio del procedimiento concursal especial. Que mediante Resolución N° 018/2021CD, fechada el 23 de marzo de 2021, el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería dispuso solicitar al Sr. Rector, convocar a paritaria del personal docente de la Universidad Nacional de Cuyo, con el objeto de solicitar autorización para efectivizar al personal docente interino que obtuvo su cargo por concurso y que las prórrogas posteriores de sus designaciones hayan sido aprobadas por el Consejo Directivo, con evaluación satisfactoria, siempre y cuando cumplan los requisitos esenciales de elegibilidad (Resolución N° 265/2020CS, Artículo 2°); y consecuentemente, las convocatorias de los CEREP.Cov queden acotadas a los concursos impulsados por docentes con designaciones interinas, sin concurso previo. Que mediante Resolución N° 197/2021CS y Resolución N° 198/2021CS, fechadas el 31 de mayo de 2021, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias de la Mesa Paritaria Docente de Nivel Particular de la UNCUYO, suscriptas los días nueve (9) y veintitrés (23) de abril de 2021, respectivamente, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), atribuyendo facultades suficientes al Cuerpo para determinar criterios y condiciones de efectivización del cargo de aquellos casos en el que los docentes postulantes hayan accedido al cargo interino mediante procesos de concursos interinos con clase pública, sin vulnerar o restringir los derechos reconocidos y acordados en el acta paritaria particular ratificada por Resolución N° 265/2020CS del Consejo Superior. Que conforme los informes de la Dirección de Personal, de la Dirección de Despacho y Gestión Administrativa, de la Dirección General Administrativa, de la Dirección General Económico Financiera, de la Secretaría Administrativa Económica Financiera y de la Secretaría Académica, la postulación cumple los requisitos formales y condiciones mínimas a los efectos del CEREP.Cov.
Resol. CD N° 080/2021CD
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
Lo dictaminado por la Comisión de Personal, tratado y aprobado, por unanimidad de los miembros de este Cuerpo, en sesión ordinaria del 1 de junio de 2021.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar lo actuado en el CEREP.Cov, impulsado por el Arq. Emilio Enrique PIÑEIRO (DNI N°12.609.229 Legajo N° 33.097), y proponer al Consejo Superior su designación en el cargo de Profesor Titular, Dedicación Simple, Carácter Efectivo, en el ÁREA 14: DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE, con “Proyecto Final” como asignatura base de referencia a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 080/2021CD _ _ _ _
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||