Digesto
|
15991 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
FI-2021-RES-337 19/08/2021 (Carga: 23/08/2021) |
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL DR. CÉSAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 19 AGO 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 22811/2021, en el que Secretaría Académica eleva informe sobre la evaluación de aprendizajes en actividades curriculares del primer semestre del 2021; y:
CONSIDERANDO: El DNU N° 260/2020 y sus respectivas actualizaciones en materia sanitaria. La Resolución ME Nº 104/2020, que recomendó a las instituciones universitarias adecuar las condiciones en que se desarrolla la actividad académica procurando garantizar el desarrollo del calendario académico, los contenidos mínimos de las asignaturas y su calidad y contempla entre las posibles medidas a adoptar la implementación transitoria de modalidades de enseñanza a través de los campus virtuales, medios de comunicación o cualquier otro entorno digital del que dispongan. La Resolución SPU Nº 012/2020, que recomendó la readecuación del calendario académico 2020, teniendo en cuenta la especificidad de la enseñanza universitaria, garantizando las cursadas en las modalidades periódicas que normalmente se desarrollan en un año académico, manteniendo la calidad del sistema universitario. Que las titulaciones de las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería se encuentran incluidas en el Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES) y sus planes de estudio corresponden a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio puede comprometer el interés público, poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad y los bienes de los habitantes. Que mediante nota NO202064213703APNCONEAU#ME, la CONEAU se expidió sobre el dictado virtual de carreras que cuentan con acreditación en su modalidad presencial y que están desarrollando sus actividades de manera virtual debido a las condiciones impuestas por la situación sanitaria. Que, en el marco de la nota referida en el considerando precedente, resulta conveniente diferenciar entre el desarrollo de prácticas educativas remotas de emergencia que, en las condiciones excepcionales que impuso la situación sanitaria, las instituciones adoptaron de manera transitoria para cumplir con el calendario académico de una carrera acreditada oportunamente en su modalidad presencial y el desarrollo de una carrera a distancia o con carga horaria de dictado a distancia. Si esas prácticas educativas remotas son medidas de carácter transitorio que sólo se sostendrán durante el período de emergencia sanitaria, no serán objeto de evaluación en el próximo proceso de acreditación al que se presente la carrera presencial, dado que lo que se acredita es la carrera en la modalidad de implementación regular. No obstante, el plexo normativo que regula los procesos de acreditación de las distintas carreras de grado que se imparten en esta Casa de Estudios, inclusive con los estándares de segunda generación vigentes, prevé la atención de aspectos atinentes a la permanencia, el desgranamiento y la deserción de estudiantes. Que, en pos de la mejora continua, se han revisado las actividades de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes y el trayecto académico de los mismos, con la premisa de no deteriorar la calidad académica en la formación de los estudiantes. Que, mediante Resolución N° 315/2021FI, ad referéndum del Consejo Directivo, ratificada por Resolución N° 264/2021CD de dicho Cuerpo, se encomendó a la Dirección General de Ciencias Básicas y a las Direcciones Generales de las Carreras de Grado, conjuntamente con los responsables de los espacios curriculares, proponer planes de mejora,
Resol. FI – N° 337/2021 1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL DR. CÉSAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
a implementar en lo inmediato, que tengan en cuenta los indicadores vinculados al desgranamiento de los estudiantes, habiéndose identificado la necesidad de revisar las actividades de evaluación de los aprendizajes, así como las actividades académicas y el trayecto de los estudiantes, como parte de la revisión y mejora continua. Que, conjuntamente con los representantes del Centro de Estudiantes, se han identificado las asignaturas cuyos regímenes de correlatividades tendrían un impacto significativo en el progreso de los estudios de las distintas carreras de grado de la Facultad. Que, a partir del análisis de los resultados de las evaluaciones de exámenes finales del primer semestre realizado con Secretaría Académica y las Direcciones Generales de Carreras y de Ciencias Básicas, se evaluó la posibilidad de consultar a los docentes responsables de los espacios curriculares identificados, con el objeto de poner a consideración la posibilidad de admitir el cursado, de las asignaturas del segundo semestre del año en curso, habiendo logrado al menos la regularidad en las asignaturas previstas en el régimen de correlatividades del Plan de Estudios correspondiente. Que el resultado de la consulta permite proponer la flexibilización de admitir el cursado en las asignaturas con la regularidad vigente en las asignaturas previstas en el régimen de correlatividades del Plan de Estudios correspondiente en casi todas las asignaturas identificadas, con aval de los docentes responsables de las mismas y de las Direcciones Generales de Carrera y de Ciencias Básicas; así como conocer los fundamentos de no hacerlo en algunos espacios curriculares. Que, con el objeto de evaluar su impacto, se procedió a simular en el sistema SIUGUARANI la flexibilización referida en el considerando precedente, previo a tomar la decisión de implementarla. Que, en relación con las asignaturas del primer año de las carreras de grado, en general, el análisis de los resultados del cursado del primer semestre de 2021, muestra un comportamiento similar al obtenido en época pre pandemia; en tanto que los resultados de exámenes finales en algunas asignaturas en particular, ameritan tomar medidas preventivas y de acompañamiento a los estudiantes en tiempo de pandemia, sin dilaciones. Que, el obtener la regularidad en las asignaturas del primer año de las carreras de grado, habilita el cursado de las asignaturas del segundo semestre del mismo año. No obstante, y en respuesta a la instrucción encomendada por Resolución N° 315/2021FI, ratificada por Resolución N° 264/2021CD, la Dirección General de Ciencias Básicas elevó las propuestas resultantes del trabajo conjunto con los docentes responsables de los espacios curriculares, posibles de implementar en lo inmediato, en el marco de los protocolos por COVID19 y el apoyo institucional pertinente. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD. El informe producido por la Secretaría Académica. Lo dispuesto por el Artículo N° 40, inc. 2) del Estatuto Universitario. En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
Resol. FI – N° 337/2021 2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL DR. CÉSAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
ARTÍCULO 1. Disponer en el Ciclo Académico 2021, con carácter excepcional y en el contexto de pandemia por COVID19, implementar las acciones descriptas en el ANEXO I que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 337/2021FI _ _ _ _
Resol. FI – N° 337/2021 3 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL DR. CÉSAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
ANEXO I
1. TRAYECTOS EDUCATIVOS DE APOYO Autorizar a la Dirección General de Ciencias Básicas, en articulación con Secretaría Académica, Secretaría de Vinculación y Secretaría Administrativa Económica Financiera, en el marco de los protocolos por COVID19, la coordinación de las propuestas de trayectos educativos de apoyo a estudiantes presentadas por las personas responsables de las asignaturas: Álgebra, Análisis Matemático I, Análisis Matemático II, Física I, Química General, Química General e Inorgánica. Según las características particulares de las asignaturas y los resultados del proceso de enseñanza y de aprendizaje en cada una de ellas, las propuestas de los docentes responsables de los espacios curriculares, podrán incluir: encuentros presenciales con temario propuesto planificado en fechas y horarios, consultas presenciales con temarios propuestos, consultas presenciales espontáneas, simulacros de exámenes finales orales, clases y actividades en laboratorios en bimodalidad simultánea, actividades integradoras previas a evaluaciones parciales y/o exámenes finales, exámenes finales presenciales.
2. REGIMEN DE CORRELATIVIDADES INSCRIPCIÓN ESPECIAL Autorizar la inscripción especial para cursar las siguientes asignaturas del segundo semestre de 2021, mediante el sistema SIU GUARANI desde el 25 de agosto hasta el 29 de agosto de 2021 inclusive, a estudiantes que han logrado al menos la regularidad en las asignaturas previstas en el régimen de correlatividades del Plan de Estudios correspondiente:
Código Asignatura Carrera 20 Estadística Técnica CIV 20 Estadística Técnica PET 20 Estadística Técnica IND 20 Estadística Técnica MCTR 26 Química Orgánica PET 26 Química Orgánica IND 28 Termodinámica General PET 154 Termodinámica y Máquinas Térmicas IND 184 Termodinámica y Máquinas Térmicas MCTR 185 Electrotecnia y Máquinas Eléctricas IND 185 Electrotecnia y Máquinas Eléctricas MCTR 18 Electrónica General y Aplicada IND 18 Electrónica General y Aplicada MCTR 50 Operaciones Unitarias IND
ANEXO I – RESOL. FI – N° 337/2021
4 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL DR. CÉSAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
Código Asignatura Carrera 50 Operaciones Unitarias PET 49 Mecánica de los Fluidos PET 49 Mecánica de los Fluidos MCTR 186 Mecánica de los Fluidos y Máquinas Hidráulicas IND 23 Instrumentación y Control Automático IND 23 Instrumentación y Control Automático PET 191 Industrias y Servicios I IND 25 Mecánica Aplicada PET 25 Mecánica Aplicada MCTR 37 Geología del Petróleo PET 63 Aguas Subterráneas PET 75 Reservorios II PET 29 Topografía CIV 24 Materiales de Construcción CIV 42 Arquitectura CIV 48 Mecánica de Suelos y Rocas I CIV 713 Instalaciones I Acondicionamiento Natural ARQ 725 Vivienda de Interés Social ARQ 733 Proyecto Ejecutivo ARQ 922 Arquitecturas Distribuidas LCC 238 Sistemas Neumáticos e Hidráulicos MCTR
3. MESAS ESPECIALES Habilitar, con carácter de excepción, la incorporación de las asignaturas “Álgebra”; “Análisis Matemático I” y “Análisis Matemático II” en los llamados a mesas examinadoras especiales que se implementarán en los períodos comprendidos entre el 06/09/21 al 11/09/21, y entre el 01/10/21 al 07/10/21; dejando sin efecto, para dichas asignaturas, el Art. A36 de Ordenanza N° 002/2021CD, en la modalidad presencial, en el marco de los protocolos por COVID19, siempre que las condiciones sanitarias por la pandemia lo permitan. Se insta a los estudiantes asumir con responsabilidad la decisión individual de inscribirse en alguno de los llamados especiales mencionados en el párrafo precedente, teniendo presente la posibilidad de aprovechar el refuerzo pedagógico propuesto por los equipos docentes de los espacios curriculares, sin desmedro de las exigencias de las asignaturas que se cursan en el segundo semestre y considerando que, además de las mesas especiales, en lo que resta del calendario académico 2021, disponen de siete llamados ordinarios a exámenes finales.
ANEXO I – RESOL. FI – N° 337/2021
5 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2021-RES-336 19/08/2021 (Carga: 23/08/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOVEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN
MENDOZA, 19 AGO 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 22376/2021, en las que se solicita otorgar a la Dra. Lic. Rebeca Laura PURPORA un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”; y:
CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 309/2021FI se designa a la mencionada profesional como Directora de Asuntos Estudiantiles, en reemplazo y mientras dure la licencia por enfermedad de la Dra. Lic. Mónica Beatriz GUITART CORIA. La necesidad de garantizar el normal funcionamiento de la Dirección de Asuntos Estudiantiles. Que está garantizada la disponibilidad presupuestaria. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 23/2015CS. Lo informado por Secretaría Administrativa Económica Financiera. Lo dispuesto en el Artículo 40º Inciso 2 del Estatuto Universitario. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS, y la Resolución N° 044/2020FI, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar, un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la Dra. Lic. Rebeca Laura PURPORA (Legajo 26.666), con el período, objeto y monto que a continuación se indican: Cargo sobre el que se aplica el adicional: Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación ExclusivaObjeto: Cumplir funciones como Directora de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Ingeniería, en reemplazo de la Dra. Lic. Mónica Beatriz GUITART CORIA Período: Del 01 de julio al 30 de septiembre del año 2021 (renovable mientras dure la Licencia de la Dra. Lic. GUITART CORIA. Monto: PESOS DIECISEIS MIL CIENTO SESENTA Y DOS con 34/100 ($16.162,34)
ARTÍCULO 2º. El gasto del monto emergente de la aplicación del citado adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 3º. El gasto que demande el presente adicional se financiará con crédito del Presupuesto Ordinario y Economías del Inciso I – Gasto en Personal – Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 4º. El Decano podrá disponer la baja del adicional otorgado cuando se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º. La presente Resolución, que se emite en formato digital será reproducida en soporte papel, con el mismo número, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad.
ARTÍCULO 6°. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 336/2021
Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2021-RES-335 18/08/2021 (Carga: 20/08/2021) |
2021 AÑO HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 18 AGO 2021
VISTO: El EXPECUY: 21357/2021, en el que el egresado Fernando Antonio RUSSO solicita la extensión de su Diploma de “Ingeniero Industrial”;
CONSIDERANDO: Que el citado egresado, según informe que obra a fs 12/13 registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudios de la carrera de Ingeniería Industrial de esta Facultad. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Expedir a nombre del egresado Fernando Antonio RUSSO (DNI: 39.089.581), nacido el 02 de julio de 1995 en Mendoza República Argentina, el Diploma de “Ingeniero Industrial” de la carrera de grado “Ingeniería Industrial”, con fecha de egreso el 02 de noviembre del año 2020.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emiten en formato digital, será reproducida en soporte papel, con el mismo número, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 335/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-268 18/08/2021 (Carga: 27/08/2021) |
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 18 AGO 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 11693/2021, en el que la docente Mercedes LARRIQUETA impulsa el inicio del procedimiento de convocatoria del Concurso Especial por Razones Extraordinarias provocadas por la Pandemia del COVID19 (CEREP.Cov), en el marco de la Paritaria Particular para el Personal Docente de la Universidad Nacional de Cuyo 2020; y:
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 265/2021CS, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias para el personal docente de esta Casa de Estudios, suscriptas los días veinticinco (25) y treinta (30) de noviembre de 2020, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), que aprueban los denominados “Procedimientos Especiales para la Evaluación y Control de Docentes Efectivos, Otorgamiento de Año Sabático y Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID19 para docentes interinos”. Que mediante Resolución N° 100/2021R, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 103/2021CS, se dispuso la habilitación del formulario electrónico on line para postular el inicio del procedimiento de convocatoria del CEREP.Cov, y se consideraron las condiciones mínimas para el inicio del procedimiento concursal especial. Que mediante Resolución N° 018/2021CD, fechada el 23 de marzo de 2021, el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería dispuso solicitar al Sr. Rector, convocar a paritaria del personal docente de la Universidad Nacional de Cuyo, con el objeto de solicitar autorización para efectivizar al personal docente interino que obtuvo su cargo por concurso y que las prórrogas posteriores de sus designaciones hayan sido aprobadas por el Consejo Directivo, con evaluación satisfactoria, siempre y cuando cumplan los requisitos esenciales de elegibilidad (Resolución N° 265/2020CS, Artículo 2°); y consecuentemente, las convocatorias de los CEREP.Cov queden acotadas a los concursos impulsados por docentes con designaciones interinas, sin concurso previo. Que mediante Resolución N° 197/2021CS y Resolución N° 198/2021CS, fechadas el 31 de mayo de 2021, el Consejo Superior tomó conocimiento y ratificó las Actas Paritarias de la Mesa Paritaria Docente de Nivel Particular de la UNCUYO, suscriptas los días nueve (9) y veintitrés (23) de abril de 2021, respectivamente, entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), atribuyendo facultades suficientes al Cuerpo para determinar criterios y condiciones de efectivización del cargo de aquellos casos en el que los docentes postulantes hayan accedido al cargo interino mediante procesos de concursos interinos con clase pública, sin vulnerar o restringir los derechos reconocidos y acordados en el acta paritaria particular ratificada por Resolución N° 265/2020CS del Consejo Superior. Que conforme los informes de la Dirección de Personal, de la Dirección de Despacho y Gestión Administrativa, de la Dirección General Administrativa, de la Dirección General Económico Financiera, de la Secretaría Administrativa Económica Financiera, de la Dirección General de Ciencias Básicas, y de la Secretaría Académica, la postulación cumple los requisitos formales y condiciones mínimas a los efectos del CEREP.Cov.
Resol. CD N° 268/2021CD
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
La organización de los espacios curriculares en áreas disciplinares definida por Ordenanza N° 006/2021CD, y lo dispuesto por Resolución N° 057/2021CD. Lo dictaminado por la Comisión de Personal, tratado y aprobado, por unanimidad de los miembros de este Cuerpo, en sesión ordinaria del 10 de agosto de 2021.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar lo actuado en el CEREP.Cov, impulsado por la Mgtr. Prof. Mercedes LARRIQUETA (DNI N° 22.237.609 – Legajo N° 24.778), y proponer al Consejo Superior su designación en el cargo de PROFESOR TITULAR, Dedicación Exclusiva, Carácter Efectivo, en el ámbito del ÁREA 1: MATEMÁTICA, con “Análisis Matemático I” y “Análisis Matemático II” (dos Comisiones) como asignaturas base de referencia a los efectos del concurso, e Investigación.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 268/2021CD _ _ _ _
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-267 18/08/2021 (Carga: 27/09/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 18 AGO 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 20549/2021, donde el Director de la Carrera de Posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental”, eleva la nómina de profesionales sugeridos a integrar el Comité Académico de la mencionada carrera;
CONSIDERANDO: Que corresponde ratificar al director y a los miembros del Comité Académico de la citada carrera, designados por Resoluciones Nros. 280/2016CD; 32/2019CD; 176/2012CD; 31/2013CD. Que resulta necesario disponer del acto administrativo correspondiente, a efectos de ser incorporada en la presentación ante CONEAU dentro del actual proceso de acreditación y evaluación de las carreras de posgrado. Los antecedentes profesionales y académicos de los docentes propuestos Las disposiciones de las Ordenanzas Nros. 49/2003CS y 43/2006CS y la Resolución N° 69/2008CD. Lo informado por la Dirección General de Posgrado. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 10 de agosto de 2021.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Ratificar a los siguientes profesionales como miembros del Comité Académico de la Carrera de Posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental”: Dra. Lic. Mónica Beatriz GUITART CORIA DNI: 17.252.307 Mgtr. Ing. José Alberto FLORES DNI: 12.053.115 Esp. Ing. Gonzalo Manuel DÁVILA DNI: 13.806.805 Dra. Ing. Sandra Patricia IBAÑEZ DNI: 17.257.402 Dr. Lic. Mario Alberto SALOMÓN DNI: 14.730.580
ARTICULO 2°. Ratificar en las funciones de Director de la carrera de posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental”, al Prof. D.E.A. Ing. Jorge Norberto FUENTES BERAZATEGUI (DNI: 8.150.598).
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida en soporte papel, con el mismo número, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 267/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-266 18/08/2021 (Carga: 27/09/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 18 AGO 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 20549/2021, donde el Director de la Carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental”, eleva la nómina de profesionales sugeridos a integrar el Comité Académico de la mencionada carrera;
CONSIDERANDO: Que corresponde ratificar al director y a los miembros del Comité Académico de la citada carrera, designados por Resoluciones Nros. 281/2016CD; 33/2019CD; 176/2012CD; 31/2013CD. Que resulta necesario disponer del acto administrativo correspondiente, a efectos de ser incorporada en la presentación ante CONEAU dentro del actual proceso de acreditación y evaluación de las carreras de posgrado. Los antecedentes profesionales y académicos de los docentes propuestos Las disposiciones de las Ordenanzas Nros. 49/2003CS y 43/2006CS y la Resolución N° 69/2008CD. Lo informado por la Dirección General de Posgrado. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 10 de agosto de 2021.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Ratificar a los siguientes profesionales como miembros del Comité Académico de la Carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental”: Dra. Lic. Mónica Beatriz GUITART CORIA DNI: 17.252.307 Mgtr. Ing. José Alberto FLORES DNI: 12.053.115 Esp. Ing. Gonzalo Manuel DÁVILA DNI: 13.806.805 Dra. Ing. Sandra Patricia IBAÑEZ DNI: 17.257.402 Dr. Lic. Mario Alberto SALOMÓN DNI: 14.730.580
ARTICULO 2°. Ratificar en las funciones de Director de la carrera de posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental”, al Prof. D.E.A. Ing. Jorge Norberto FUENTES BERAZATEGUI (DNI: 8.150.598).
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida en soporte papel, con el mismo número, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 266/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-265 18/08/2021 (Carga: 27/09/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 18 AGO 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 21389/2021, en el que el Director de la carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería Industrial”, Dr. Ing. Raymundo Quilez FORRADELLAS, eleva los antecedentes de la profesional seleccionada para cursar la misma;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de las Resoluciones Nros. 191/2011CD y 69/2008CD y las Ordenanzas Nros. 49/2003CS y 33/2012R. Lo informado por el Comité Académico Interinstitucional de la citada carrera y la Dirección General de Posgrado. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 10 de agosto de 2021.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, a Dirección General de Posgrado de esta Casa, a inscribir como alumna de la carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería Industrial”, a la siguiente profesional, de acuerdo al Plan de Estudios aprobado por Ordenanza N° 36/2014CS: AÑO 2021 . VITERI SÁNCHEZ, Cristina Belén CI 715.638.373
ARTÍCULO 2º. Aprobar, el Director, Codirector y Tema de Tesis, de la aspirante mencionada en el artículo precedente de la presente Resolución, para cursar la carrera de posgrado “Doctorado en Ingeniería Industrial”, según el siguiente detalle: Ing. Cristina Belén VITERI SÁNCHEZ
Director Codirector Tema de Tesis
Dra. Sylvia Mercedes Modelo de gestión por procesos de Dr. Orlando Dante NOVILLO VILLEGAS negocio para las PyMEs industriales BOITEUX (Universidad de Las orientado a un entorno de cadena de (UNCuyo) Américas (UDLA) suministro 4.0 Quito, Ecuador).
ARTÍCULO 3º. Designar a los siguientes profesionales para integrar la Comisión de Supervisión: . Dr. Orlando Dante BOITEUX– Director . Dra. Sylvia Mercedes NOVILLO VILLEGAS – Codirectora . Dr. José Luis ZACUR MARTÍNEZ (UNJu) – Evaluador . Dr. Mario José MANTULAK (UNaM) Evaluador
Resol. – CD N° 265/2021
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002.. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
ARTÍCULO 4º. Otorgar a la profesional detallada en el Artículo 1º de la presente Resolución un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumpla con la presentación, en Dirección General de Posgrado de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 5º. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida en soporte papel, con el mismo número, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 265/2021
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002.. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||