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18134 Normativas
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FI-2026-RES-458
26/06/2026
(Carga: 29/07/2026)
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MENDOZA, 26 JUN 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente 17870/2026, en las que el Ing. Esteban Alejandro CORREA ROJAS DNI: 96.218.884, solicita la convalidación de título universitario de personas extranjeras provenientes de países con los cuales la República Argentina posee convenios de reconocimiento de estudios universitarios, en el marco de la Resolución ME Nº 3720/2017;
CONSIDERANDO: Que la República Argentina ha suscripto convenios bilaterales o multilaterales de reconocimiento de títulos universitarios y de educación superior con distintos países, que se encuentran vigentes. Que le corresponde al Ministerio de Educación elaborar normas generales sobre revalidación, equivalencia y reconocimiento de títulos expedidos y de estudios realizados en el extranjero, de acuerdo con el apartado 10 del Artículo 23 quater del Título V de la Ley de Ministerios sustituido por el Artículo 12 del Decreto N° 223 de fecha 19 de enero de 2016. Que el Artículo 7° de la Ley N° 24.521 establece que para ingresar a las Instituciones de Educación Superior se debe haber aprobado el nivel de Educación Secundaria. Que el Artículo 1° de la Resolución N° 3720/2017ME aprueba el procedimiento unificado para la convalidación de títulos universitarios, estableciendo la necesidad de convalidación indirecta, cuando los títulos universitarios extranjeros destinados al ejercicio profesional, no cuenten con acreditación vigente otorgada por los organismos oficiales competentes de acreditación. Que el Convenio con la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) detalla, en Acuerdo Plenario N°1048/2018, el proyecto de convenio marco para que el Consejo y la Secretaría de Políticas Universitarias declaren su voluntad de dirigir las acciones para la firma de convenios específicos entre esa cartera educativa y las instituciones universitarias que posibiliten el establecimiento de un “procedimiento unificado para la convalidación de los títulos universitarios”; que es facultad del Plenario “aprobar convenios o acuerdos de interés interuniversitario, educativo, científico, cultural o tecnológico con entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas” (Art 8°, Inc. n del Estatuto). Que, en dichos casos, resulta necesario la participación de Comisiones Universitarias de Expertos, para determinar la razonable equivalencia de la titulación universitaria extranjera con una titulación Argentina. Que la convalidación es iniciada por el profesional extranjero ante el Ministerio de Educación, eligiendo la Universidad Nacional que actuará. Que el Ing. Esteban Alejandro CORREA ROJAS optó al iniciar su trámite por la Universidad Nacional de Cuyo. Que por Resolución N° 62/2025CD, la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, actualizó la constitución de la Comisión Universitaria de Expertos. Que, mediante dictamen de la Comisión mencionada, emitido bajo la Dirección General de la Carrera de Ingeniería Mecatrónica, se considera que la diferencia observada en relación con la carga horaria y la cantidad de contenidos faltantes no puede ser subsanada mediante obligaciones académicas complementarias en un plazo razonable. En el marco de lo establecido por Resolución N° 3720/2017ME, Anexo I, artículos 11°, 12° y 13°, se concluye que no resulta posible establecer equivalencia para la convalidación del título. Que nuestra Casa de Altos Estudios remitió notificación electrónica, vía email, comunicando el acta de dictamen antes mencionada. Que, hasta la fecha, no se ha recibido respuesta ni acuse de recibo por parte del citado profesional. Lo informado por Secretaría Académica.
Resol. – FI N° 458/2026
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Adherir al Artículo 11° (Resolución N° 3720/2017ME) donde se especifica que las Comisiones serán constituidas por las instituciones universitarias, con el propósito de que el profesional extranjero sea evaluado a los fines de establecer la razonable equivalencia o no del título extranjero que desea convalidar, la Universidad informará mediante formato digital lo actuado a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y FISCALIZACIÓN UNIVERSITARIA.
ARTÍCULO 2°. Por lo establecido en el artículo precedente, y habiéndose notificado al profesional, se aconseja NO otorgar la convalidación del título de “Ingeniero Mecatrónico” al Ing. Esteban Alejandro CORREA ROJAS, DNI Nº 96.218.884, en virtud de que no reúne los contenidos académicos señalados por la Comisión de Expertos de esta Facultad, conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente de referencia.
ARTÍCULO 3°. Remitir una copia de la presente Resolución a SECRETARÍA ACADÉMICA de la Universidad Nacional de Cuyo para la prosecución del trámite.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI N° 458/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Académicas
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FI-2026-RES-457
26/06/2026
(Carga: 29/07/2026)
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MENDOZA, 26 JUN 2026
VISTO: El contenido del Expediente: 18995/2026, en el que el estudiante Marcelo Javier GOTTARDINI, solicita la inscripción como Alumno Vocacional en asignatura de la carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que el Sr. GOTTARDINI es alumno de la carrera de Licenciatura en Ciencias Básicas con orientación en Física, de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales UNCuyo. Que se han cumplimentado todas las disposiciones de la Ordenanza Nº 002/2021CD (Régimen de estudiante regular, libre y vocacional). Lo informado por la Dirección General de la carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación y Secretaría Académica.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, la inscripción del estudiante Marcelo Javier GOTTARDINI (DNI: 42.507.361) como Alumno Vocacional en el espacio curricular “Sistemas Complejos” de la carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación de esta Facultad, la que deberá formalizar en Dirección de Alumnos de Grado, de acuerdo a lo dispuesto en las reglamentaciones vigentes.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 457/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Alumnos de grado
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FI-2026-RES-456
26/06/2026
(Carga: 29/07/2026)
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MENDOZA, 26 JUN 2026
VISTO: El Expediente: 412/2025, en el que los alumnos Julián Andrés RAYES CANO, Juan Cruz BAUDINO CASAIS, Facundo ARITO y Juan Marcos DE MIGUEL FUNES solicitan autorización para extender el período de movilidad en Francia, de agosto de 2026 hasta enero de 2027;
CONSIDERANDO: Que fundamenta lo solicitado el hecho de realizar sus Prácticas Profesionales Supervisadas en Francia. Que por Resolución Nº 048/2025FI, se autorizó a los mencionados alumnos a participar del Programa de Movilidad Académica – Doble Diploma en la Escuela Nacional de Ingenieros de Brest (ENIB) Francia, de febrero de 2025 a julio del año 2026. Lo informado por la Secretaría de Relaciones Institucionales, Dirección de Relaciones Nacionales e Internacionales, Dirección General de la carrera de Ingeniería Mecatrónica y Secretaría Académica. Lo establecido en la Resolución Nº 223/2018CD.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, a los siguientes alumnos de la carrera de Ingeniería Mecatrónica, a extender el período de movilidad en Francia para realizar las Prácticas Profesionales Supervisadas, hasta el 31 de enero de 2027 y/o hasta finalizar las citadas prácticas, lo que ocurra primero. A sus regresos, se evaluarán las prácticas realizadas a los efectos de considerar sus acreditaciones académicas: RAYES CANO, Julián Andrés (Legajo 13.256) BAUDINO CASAIS, Juan Cruz (Legajo 13.730) ARITO, Facundo (Legajo 13.645) DE MIGUEL FUNES, Juan Marcos (Legajo 13.673)
ARTÍCULO 2º. Disponer que, dado que la extensión del período de movilidad se realizará fuera de los compromisos asumidos inicialmente, éstos corren por sus exclusivas responsabilidades. Entre otros aspectos, deberán hacerse cargo de los gastos de estadía, manutención, seguros médicos y de vida.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 456/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Alumnos de grado
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FI-2026-RES-455
26/06/2026
(Carga: 29/07/2026)
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MENDOZA, 26 JUN 2026
VISTO: El contenido del Expediente: 4268/2026, en el que la Secretaría Académica solicita se autorice la readmisión de la alumna María Valentina CEREZO, quien registra Rendimiento Académico Negativo;
CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 335/2026FI se autorizó a la alumna de referencia para que rinda un Examen Global, en el presente año académico, para ser readmitida como “Alumna Activa” de esta Facultad. Que la Comisión Evaluadora de la carrera de Ingeniería Industrial informa que la citada estudiante ha rendido el Examen Global satisfactoriamente, por lo que corresponde dictar la Resolución con su readmisión. Lo establecido en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 24/2007CS.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Readmitir a la alumna María Valentina CEREZO (Legajo 11.029), por haber aprobado el Examen Global establecido en la Resolución Nº 335/2026FI, como “Alumna Activa” de esta Facultad, conforme a lo establecido en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 24/2007CS.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 455/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Alumnos de grado
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FI-2026-RES-454
26/06/2026
(Carga: 29/07/2026)
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MENDOZA, 26 JUN 2026
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 19090/2026, en las que el Director de la carrera de posgrado “Maestría en Logística”, solicita acreditación de cursos por equivalencia para la estudiante Jesica Celeste VARGA, alumna de la mencionada carrera;
CONSIDERANDO: Que la citada estudiante, ha tramitado el cambio de Plan de Estudio vigente mediante Resolución N° 176/2026CD. Que la Carrera de Posgrado “Maestría en Logística” dispone de un Plan de Estudios estructurado, aprobado por Ordenanza N° 095/2010CS. Que la Ordenanza N° 49/2003CS en su Art. III.7.2, Anexo I, permite en Carreras de Posgrado con Modalidad Estructurada la posibilidad de reconocer como equivalencias, asignaturas, cursos o módulos aprobados con anterioridad en Carreras de Posgrado bajo la condición que los objetivos, contenidos, carga horaria y bibliografía sea similar a los establecidos en el Plan de Estudios de la Carrera donde se considere su acreditación. Que la Ordenanza N° 49/2003CS, en su Art. III.7.3, Anexo I, establece que el Comité Académico de cada Carrera analiza y determina por acta fundada la viabilidad total o parcial de la acreditación de cursos. Que la Ordenanza Nº 49/2003CS en su Art. III.4., (Anexo I y Anexo II, Reglamento de Carreras de posgrado con modalidad estructurada y personalizada, respectivamente), junto a la Resolución Nº 69/2008CD, en su Art.13 establecen que la supervisión académica de las Carreras de Posgrado está a cargo del Comité Académico. Que por Resolución N° 322/2022CD Art. 1 se aprueba el “Instructivo para la Gestión Académica de Posgrado”, detallando en su CS Anexo I (3.8.1) el procedimiento para la acreditación de cursos realizados en otras Carreras de Posgrados o Instituciones Universitarias reconocidas, bajo el aval del Comité Académico de la carrera de posgrado. Que la Ordenanza N° 38/2012CS en su ANEXO I y la Ordenanza N° 33/2012R en su ANEXO II promueven un sistema flexible de equivalencias para convalidar cursos de posgrado que se dictan en el marco de las Carreras de Especialización, Maestría y Doctorado ofrecidos por las diferentes Unidades Académicas de la Universidad Nacional de Cuyo. Que el Comité Académico de la Carrera de referencia reconoce por equivalencia y avala la acreditación de todos los cursos que conforman completamente el Plan de Estudios vigente aprobado por Ordenanza Nº 06/2010CD y ratificado por Ordenanza Nº 95/2010CS (Resolución Nº 4/2023ME), por los correspondientes cursos aprobados por la estudiante bajo el Plan de Estudios, no vigente, aprobado por Ordenanza Nº 03/1997CD y ratificado por Ordenanza Nº 01/1998CS (Resolución Nº 603/2001ME). Lo informado por la Dirección General de Posgrados y Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) y 8) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar a la alumna Jesica Celeste VARGA (DNI: 32.212.094) equivalencias de cursos aprobados en la carrera de posgrado “Maestría en Logística” (Plan de Estudios Ordenanza Nº 01/1998CS), con los correspondientes al Plan de Estudios Ordenanza Nº 95/2010CS.
Resol. – FI N° 454/2026 1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
EQUIVALENCIA DE CURSOS
MAESTRÍA EN LOGÍSTICA CARRERA DE ORIGEN (PLAN DE ESTUDIOS ORD. Nº 95/2010CS) PLAN DE ESTUDIOS ORD. 01/1998CS) . TECNOLOGÍAS INFORMÁTICAS EN por .TECNOLOGÍAS INFORMÁTICAS EN ENTORNOS INDUSTRIALES ENTORNOS INDUSTRIALES . LOGÍSTICA INDUSTRIAL por . LOGÍSTICA INDUSTRIAL . CALIDAD DE LA INVESTIGACIÓN Y por . CALIDAD DE LA I+D DESARROLLO . ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS por . ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS . GESTIÓN DE STOCKS por . GESTIÓN DE STOCKS . SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO Y por . SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO Y MANUTENCIÓN MANUTENCIÓN . PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE LA por . PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE LA PRODUCCIÓN PRODUCCIÓN . GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN DE por . GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN DE PROYECTOS TECNOLÓGICOS PROYECTOS TECNOLÓGICOS . INFORMATIZACIÓN DE por . INFORMATIZACIÓN DE LA PRODUCCIÓN LA PRODUCCIÓN . GESTIÓN DE CALIDAD por . GESTIÓN DE CALIDAD . MERCADOS Y MERCADOTECNIA por . MERCADOS Y MERCADOTECNIA . COMERCIO INTERNACIONAL por . COMERCIO INTERNACIONAL . LOGÍSTICA DEL TRANSPORTE por . LOGÍSTICA DEL TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN . INFORMÁTICA (EXTRACURRICULAR) por . INFORMÁTICA (EXTRACURRICULAR)
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 454/2026
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Académicas
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FI-2026-RES-453
25/06/2026
(Carga: 29/07/2026)
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MENDOZA, 25 JUN 2026
VISTO: El contenido del Expediente: 17824/2026, en el que Secretaría Académica solicita la gestión de Suplemento al Título de las actividades curriculares cumplimentadas por el Ing. Ulises QUESADA LECEA;
CONSIDERANDO: Que el Ing. QUESADA LECEA, egresado de la carrera de Ingeniería Industrial de esta Facultad, realizó diversas actividades académicas por Movilidad en la Universidad Montanuniversität Leoben Austria, para que sean acreditadas como “Suplemento al Título”. Que Secretaría Académica del Rectorado, a través de la Dirección de Egresos, es la dependencia encargada de implementar la certificación del “Suplemento al Título”, en el que se incluirán las actividades de docencia, investigación, extensión y vinculación, de innovación, de investigación, de gestión, artísticas y culturales, formación en lenguas extranjeras e interculturalidad, de acuerdo con la Ordenanza Nº 12/2020CS. Lo dispuesto por Resolución Nº 262/2022CD por la que se resuelve la implementación del Suplemento al Título de las carreras de grado que se imparten en esta Casa de Estudios y se puede reconocer trayectos formativos al graduado. Lo dispuesto por Ordenanza Nº 75/2016CS. Lo informado por la Comisión Especial y Dirección General de la carrera de Ingeniería Industrial.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar el certificado del “Suplemento al Título”, al Ing. Ulises QUESADA LECEA (Legajo 13.520) egresado de la carrera de Ingeniería Industrial de esta Facultad, con motivo de haber realizado diversas actividades académicas por Movilidad, llevadas a cabo en la Universidad Montanuniversität Leoben Austria, de acuerdo con el siguiente detalle:
Ciencia de Datos para ingenieros I Gestión de proyectos en Logística Simulación de planificación de producción y Logística Portugués Nivel B1
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 453/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Alumnos de grado
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FI-2026-RES-452
24/06/2026
(Carga: 29/07/2026)
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MENDOZA, 24 JUN 2026
VISTO: El contenido del Expediente: 23101/2026, en el que Secretaría Académica de esta Facultad solicita la gestión de Suplemento al Título de las actividades curriculares cumplimentadas por el Ing. Leandro Nicolás GONZALEZ RUIZ;
CONSIDERANDO: Que el Ing. GONZALEZ RUIZ, egresado de la carrera de Ingeniería de Petróleos de esta Facultad, realizó diversas actividades académicas, para que sean acreditadas como “Suplemento al Título”. Que Secretaría Académica del Rectorado, a través de la Dirección de Egresos, es la dependencia encargada de implementar la certificación del “Suplemento al Título”, en el que se incluirán las actividades de docencia, investigación, extensión y vinculación, de innovación, de investigación, de gestión, artísticas y culturales, formación en lenguas extranjeras e interculturalidad, de acuerdo con la Ordenanza Nº 12/2020CS. Lo dispuesto por Resolución Nº 262/2022CD por la que se resuelve la implementación del Suplemento al Título de las carreras de grado que se imparten en esta Casa de Estudios y se puede reconocer trayectos formativos al graduado. Que la Resolución Nº 263/2022CD define el trayecto formativo “Aspectos modernos de la industria del petróleo” como “Suplemento al Título” correspondiente al plan estudio establecido por las Ordenanzas 37/2001CS y 26/2011CS. Lo dispuesto por Ordenanza Nº 75/2016CS.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar el certificado del “Suplemento al Título”, al Ing. Leandro Nicolás GONZALEZ RUIZ (Legajo N° 12.312) egresado de la carrera de Ingeniería de Petróleos de esta Facultad, con motivo de haber realizado diversas actividades académicas, llevadas a cabo en esta Universidad, de acuerdo con el siguiente detalle: Comportamiento Organizacional Técnicas de Operación en Yacimientos Maduros y No Convencionales Operaciones en Yacimientos de Crudos Pesados y Extra Pesados Operaciones OffShore
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 452/2026
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Alumnos de grado
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