Digesto
|
|
17947 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
CD-2011-RES-058 5/07/2011 (Carga: 27/09/2011) |
MENDOZA, 05 JUL 2011
VISTO: El Anexo II del EXP – FIN: 1001/2011, en el que obran las actuaciones relacionadas con el llamado a concurso convocado por Resolución Nº 29/2011-CD para proveer UN (1) cargo de Ayudante de Segunda para el Área 1 – MATEMÁTICA con “Calculo Numérico y Métodos Numéricos”/“Cálculo Numérico y Computación” como asignaturas bases de referencia y en forma alternada en el Laboratorio de Informática (DETI) o Proyectos vinculados a las asignaturas, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: Que la citada convocatoria se efectuó para cumplir funciones en el Laboratorio durante el segundo semestre del año 2011 y asignatura que se dicta en el primer semestre del 2012, por lo que corresponde que tal designación se efectúe desde la efectiva prestación de servicios hasta el 30 de agosto del año 2012. Que por razones presupuestarias sólo pueden realizar designaciones interinas hasta el 31 de diciembre del año 2011. Que se ha dado cumplimiento a las disposiciones de la Ordenanza Nº 03/2000-CD y su modificatoria 04/2010-CD y no se ha registrado observaciones ni impugnaciones alguna. El dictamen de la Comisión Asesora que obra a fs. 81/84, del mencionado Expediente. Que en el informe de fs. 89 la Dirección General Económico Financiera, certifica la existencia del cargo vacante con su respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. Que a fs. 88 corre agregado el informe de la Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Que a fs. 90 se adjunta la correspondiente declaración jurada de cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado en fs. 91 por la Dirección de Personal de esta Facultad. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 14 de junio del año 2011.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por Resolución Nº 29/2011-CD, para proveer UN (1) cargo de Ayudante de Segunda Interino para el Área 1 – MATEMÁTICA con “Calculo Numérico y Métodos Numéricos”/“Cálculo Numérico y Computación” como asignaturas bases de referencia y en forma alternada en el Laboratorio de Informática (DETI) o Proyectos vinculados a las asignaturas, a los efectos del concurso, y el siguiente Orden de Méritos: 1º- PORTILLO BARO, Agustín 2º- RIVAS AGOSTINI, Matías Emmanuel 3º- ALTAVA, Agostina 4º- BUSTOS SARMIENTO, Martín
ARTÍCULO 2º.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Nombres Señor Agustín PORTILLO BARO Documento Único: D.N.I. 35.925.082 CUIL o CUIT 20-35925082-8 Legajo N°
1
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Ayudante de Segunda Cargo Dedicación Carácter Interino 3. Término de la designación Desde el 01-09-2011 Hasta el 31-12-2011
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Area o Seminario o Taller): (*) 1) AREA 1 – MATEMÁTICA 2) 3)
ARTÍCULO 3º.- El espacio curricular mencionado en el Artículo 2º (cuadro 5), pertenece a:
Códigos Descripción
1 Disciplina: 0 7 Subdisciplina: 0 6 MÉTODOS NUMÉRICOS Y COMPUTACIÓN Especialidad:
ARTÍCULO 4º.- El espacio curricular mencionado en el Artículo 3º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla:
Lista de Títulos (o lista de Carreras) Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual
209 INGENIERÍA DE PETRÓLEOS 33 252 INGENIERÍA INDUSTRIAL 34 158 INGENIERÍA CIVIL 33
Porcentaje total 100%
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN CÁLCULO NUMÉRICO Y COMPUTACIÓN 2 DOCENCIA EN CÁLCULO NUMÉRICO Y MÉTODOS NUMÉRICOS 3 PROYECTO Home page de Cálculo Numérico 4
2
ARTÍCULO 5º.- El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen- Fuente Programa Subpro- Proyecto Activi- Obra Finali- Función Participación Porcentual Apartado dencia de grama dad dad Financia miento 09 0 11 34 3 0 99 0 3 4 100
100% Total de la distribución programática
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup.. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 09 Desarrollo de la Ingeniería Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 815 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 7º.- De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos agregada a fs. 90 de estas actuaciones y lo informado a fs. 91 por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 8º.- Otorgar al señor Agustín PORTILLO BARO un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumpla con la presentación del Certificado Definitivo de Aptitud Psicofísica, de acuerdo a las disposiciones del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 16/87-CS, caso contrario se procederá a darle de baja automáticamente.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 58
3
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2011-RES-057 5/07/2011 (Carga: 27/09/2011) |
MENDOZA, 05 JUL 2011
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 9186/2011, en las que Secretaría Académica propone se convoque a inscripción de postulantes entre Docentes de la Universidad Nacional de Cuyo para desempeñarse en asignaturas de la carrera de Arquitectura;
CONSIDERANDO: La implementación de la carrera de Arquitectura (Ordenanza Nº 04/2011CS) y el Plan de Estudios (Ordenanza Nº 05/2011-CS), a partir del Ciclo Lectivo 2012. Que los requerimientos de preacreditación de la carrera, frente a CONEAU requiere tener conformado los equipos docentes de los primeros años y realizada una autoevaluación de la misma. Lo informado por la Dirección General de la carrera de Arquitectura. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del día 28 de junio del año 2011.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Convocar a registro de postulantes, entre los docentes de la Universidad Nacional de Cuyo para desempeñarse como Jefes de Trabajos Prácticos de asignaturas correspondientes al Plan de Estudios de la carrera de Arquitectura (Ordenanza Nº 05/2011-CS), según el siguiente detalle:
ÁREA 15.- REPRESENTACIÓN, COMUNICACIÓN Y FORMA - Morfología I – Sistemas de Comunicación Visual - Morfología II – Sistemas de Comunicación Digital I
ÁREA 16.- TEORÍA E HISTORIA - Teoría I: Arquitectura y Ambiente - Teoría II: Arquitectura y Ambiente
ÁREA 17.- CIENCIA, TECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN Y GESTIÓN - Matemática - Matemática - Física Aplicada - Diseño Estructural I - Diseño Estructural II - Topografía - Instalaciones II – Acondicionamiento Artificial - Estadística - Estadística
ARTÍCULO 2º.- Establecer los siguientes requisitos particulares de presentación, para el registro de postulantes, que se convoca por el Artículo 1º de la presente Resolución:
. Asignatura o asignaturas que desea participar . Currículum Vitae abreviado . Plan de Actividades de enseñanza aprendizaje
Los aspirantes que se presenten para cubrir el cargo deberán acompañar en sobre cerrado, el Plan de Actividades prácticas que en líneas generales propone desarrollar en el supuesto de ser seleccionado, en el marco del Plan de Estudios (Ordenanza Nº 05/2011-CS). El postulante que no presentare toda la documentación requerida no será considerado para continuar el trámite del concurso.
ARTÍCULO 3º.- El Coloquio incluirá el análisis del Plan de Actividades que el postulante pretende desarrollar, en el marco de la Ordenanza Nº 05/2011-CS (Plan de Estudios) – Resolución Nº 598/2006 del ANEXO III (Estándares de Arquitectura).
ARTÍCULO 4º.- El reconocimiento de servicio por esta actividad, se realizará al postulante seleccionado, a partir de la fecha de dictado de asignatura, por un período de un año calendario y por extensión de funciones o por el régimen de Función Crítica.
ARTÍCULO 5º.- Fijar como plazo de inscripción, el período comprendido entre el 08 y el 12 de agosto del año 2011, inclusive, en horario de 8 a 12. Los aspirantes presentarán sus solicitudes y antecedentes en Mesa de Entradas de esta Facultad – Centro Universitario – Parque General San Martín – Mendoza.
ARTÍCULO 6º.- Integrar la Comisión Asesora que entenderá en la selección de Jefes de Trabajos Prácticos a cargo, sobre títulos, antecedentes y condiciones de los candidatos, de la siguiente manera.
TITULARES MARTINEZ, Hugo Héctor REGOLINI, Carlos Alberto ALÉ, Juan Carlos
SUPLENTES FERNANDEZ, Daniel Santiago CABALLERO, Alfredo Alberto
ARTÍCULO 7º.- Disponer que el presente llamado a registro de postulantes se difunda a través de los avisadores de esta Facultad y Dependencias de la Universidad Nacional de Cuyo
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese y archívese en el libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 57
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2011-RES-056 5/07/2011 (Carga: 27/09/2011) |
MENDOZA, 05 JUL 2011
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 9185/2011, en las que Secretaría Académica propone se convoque a inscripción de postulantes entre Docentes de la Universidad Nacional de Cuyo para desempeñarse en asignaturas de la carrera de Arquitectura;
CONSIDERANDO: La implementación de la carrera de Arquitectura (Ordenanza Nº 04/2011CS) y el Plan de Estudios (Ordenanza Nº 05/2011-CS), a partir del Ciclo Lectivo 2012. Que los requerimientos de preacreditación de la carrera, frente a CONEAU requiere tener conformado los equipos docentes de los primeros años y realizada una autoevaluación de la misma. Lo informado por la Dirección General de la carrera de Arquitectura. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del día 28 de junio del año 2011.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Convocar a registro de postulantes, entre los docentes de la Universidad Nacional de Cuyo para desempeñarse como Profesor a Cargo de asignaturas correspondientes al Plan de Estudios de la carrera de Arquitectura (Ordenanza Nº 05/2011-CS), según el siguiente detalle:
ÁREA 14 - DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE - Arquitectura I - Taller de Integración Proyectual
ÁREA 15 - REPRESENTACIÓN, COMUNICACIÓN Y FORMA - Morfología II – Sistemas de Comunicación Digital I - Morfología III – Sistemas de Comunicación Digital II
ÁREA 16 - TEORÍA E HISTORIA - Historia de la Arquitectura I - Historia de la Arquitectura II - Historia de la Arquitectura III - Análisis Antropológico del Hábitat
ÁREA 17 - CIENCIA, TECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN Y GESTIÓN - Matemática - Física Aplicada - Física Aplicada - Diseño Estructural I
- Diseño Estructural II - Topografía - Instalaciones II – Acondicionamiento Artificial - Construcciones I
ARTÍCULO 2º.- Establecer los siguientes requisitos particulares de presentación, para el registro de postulantes, que se convoca por el Artículo 1º de la presente Resolución:
. Asignatura o asignaturas que desea participar . Currículum Vitae abreviado . Plan de Actividades de enseñanza aprendizaje
Los aspirantes que se presenten para cubrir el cargo deberán acompañar en sobre cerrado, el Plan de Actividades de enseñanza-aprendizaje que en líneas generales propone desarrollar en el supuesto de ser seleccionados. Este Plan incluirá:
Programa del espacio curricular – motivo del concurso
1) FUNDAMENTACIÓN: en la que no podrá faltar el encuadre de la propuesta en relación con el perfil del egresado y la ubicación del espacio curricular en el Plan de Estudios. 2) OBJETIVOS: elaborados en función de las expectativas de logro a desarrollar por los alumnos. 3) DESARROLLO DE UNIDADES TEMÁTICAS: consistentes con los contenidos mínimos propuestos en el Plan de Estudios. 4) BIBLIOGRAFÍA: general y selección de lecturas obligatorias. 5) METODOLOGÍA: de desarrollo de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación.
El programa se presentará de acuerdo al formulario adjunto, el que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución. El postulante que no presentare toda la documentación requerida no será considerado para continuar el trámite del concurso.
ARTÍCULO 3º.- Disponer que los Contenidos Mínimos para los cargos que se convocan a concurso por el Artículo 1º de la presente Resolución, sean los establecidos por Ordenanza Nº 05/2011-CS.
ARTÍCULO 4º.- El Coloquio incluirá el análisis del Plan de Actividades que el postulante pretende desarrollar, en el marco de la Ordenanza Nº 05/2011-CS (Plan de Estudios) – Resolución Nº 598/2006 del ANEXO III (Estándares de Arquitectura).
ARTÍCULO 5º.- El reconocimiento de servicio por esta actividad, se realizará al postulante seleccionado, a partir de la fecha de dictado de asignatura, por un período de un año calendario y por extensión de funciones o por el régimen de Función Crítica.
ARTÍCULO 6º.- Fijar como plazo de inscripción, el período comprendido entre el 08 y el 12 de agosto del año 2011, inclusive, en horario de 8 a 12. Los aspirantes presentarán sus solicitudes y antecedentes en Mesa de Entradas de esta Facultad – Centro Universitario – Parque General San Martín – Mendoza.
ARTÍCULO 7º.- Integrar la Comisión Asesora que entenderá en la selección de Profesores a Cargo, sobre títulos, antecedentes y condiciones de los candidatos, de la siguiente manera.
TITULARES MARTINEZ, Hugo Héctor REGOLINI, Carlos Alberto ALÉ, Juan Carlos
SUPLENTES FERNANDEZ, Daniel Santiago CABALLERO, Alfredo Alberto
ARTÍCULO 8º.- Disponer que el presente llamado a registro de postulantes se difunda a través de los avisadores de esta Facultad y Dependencias de la Universidad Nacional de Cuyo
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese y archívese en el libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 56
|
Mostrar 2
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2011-RES-055 5/07/2011 (Carga: 27/09/2011) |
MENDOZA, 05 JUL 2011
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 9184/2011, en las que la Dirección General de la carrera de Arquitectura propone se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interinos cargos de Jefes de Trabajos Prácticos Dedicación Simple;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de la Ordenanza Nº 03/86-CD y sus modificatorias 01/88CD y 01/90-CD. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del día 28 de junio del año 2011.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 03/86-CD y sus modificatorias 01/88-CD y 01/90-CD, para cubrir, con carácter de Interinos cargos de Jefes de Trabajos Prácticos -Dedicación Simple de las Áreas y asignaturas que en cada caso se indica, como temática de referencia, a los efectos del concurso.
ÁREA 14.- DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE - Arquitectura I - Taller de Integración Proyectual - Arquitectura II - Taller de Integración Proyectual - Arquitectura III - Taller de Integración Proyectual - Diseño del Paisaje - Diseño de Interiores
ÁREA 15.- REPRESENTACIÓN, COMUNICACIÓN Y FORMA - Morfología III Sistemas de Comunicación Digital II
ÁREA 16.- TEORÍA E HISTORIA - Historia de la Arquitectura I - Historia de la Arquitectura II - Historia de la Arquitectura III - Análisis Antropológico del Habitat
ÁREA 17.- CIENCIA, TECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN Y GESTIÓN - Construcciones I - Construcciones II - Instalaciones I – Acondicionamiento Natural
ARTÍCULO 2º.- Establecer las funciones a desarrollar, los requisitos particulares del plan de actividades de enseñanza- aprendizaje y los requisitos particulares de designación para los cargos que se convocan a concurso por el Artículo 1º de la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle: Funciones que desarrollará: Docencia, Investigación. Extensión. Requisitos particulares de presentación: Del Plan de Actividades de enseñanza aprendizaje Los aspirantes que se presenten para cubrir el cargo deberán acompañar en sobre cerrado, el Plan de Actividades prácticas que en líneas generales propone desarrollar en el supuesto de obtener el cargo concursado, en el marco del Plan de Estudio Ord. 05/20011 CS. El postulante que no presentare toda la documentación requerida no será considerado para continuar el trámite del concurso. Requisitos particulares de designación: Mediante resolución del Consejo Directivo, referente al presente concurso, se concluirá el procedimiento administrativo del llamado a concurso. La efectiva prestación de servicio del postulante ganador del concurso, será establecida por resolución de Decanato, en condición de INTERINO, a partir de la fecha que la Institución disponga el crédito presupuestaria correspondiente. Por lo tanto la resolución del Consejo Directivo, referente al presente concurso, será dictada al solo efecto de concluir el procedimiento administrativo del llamado a concurso. Consecuentemente hasta tanto no se cumplimenten los requisitos particulares de designación aclarados precedentemente, vale decir que la institución disponga del crédito presupuestario correspondiente y se dicte la resolución de Decanato estableciendo la prestación efectiva del servicio docente, el presente concurso y su resultado no generará, significará o involucrará relación contractual del Docente con la institución. Tampoco le generará absolutamente ningún derecho a prestaciones dinerarias, en servicios, en especie, ni de ninguna otra naturaleza, como así tampoco el tiempo que transcurra desde la culminación del concurso hasta la resolución que disponga la prestación efectiva del servicio podrá computarse a los fines de la antigüedad docente, vacaciones, ni a favor de ningún otro rubro emergente de una relación laboral. Asimismo frente a la hipótesis que la institución nunca disponga de crédito presupuestario pertinente, la participación y eventual obtención del cargo por concurso no dará derecho a ningún tipo de reclamo indemnizatorio, cualquiera sea su naturaleza.
ARTÍCULO 3º.- Establecer los perfiles de cargos, que se detallan en el ANEXO I de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Dispone que los Contenidos Mínimos para los cargos que se convocan a concurso por el Artículo 1º de la presente Resolución, serán los establecidos por Ordenanza Nº 05/2011-CS.
Resol. Nº55
Artículo 5º.- El coloquio incluirá el análisis del Plan de Actividades que el postulante pretende desarrollar, en el marco de la Ord. 05/2011 CS (Plan de Estudio) Res. 598/2006 Anexo III (Estándares de Arquitectura).Artículo 6º .- Los postulantes al concurso, conjuntamente con la solicitud de inscripción, dejarán constancia por escrito, debidamente suscripta y en doble ejemplar de la aceptación de los requisitos particulares de presentación y de designación del Artículo 2º de la presente resolución, a la que se le dará el carácter de declaración jurada.
ARTÍCULO 7º.- Fijar como plazo de inscripción el período comprendido entre el 01 y el 05 de agosto del año 2011, inclusive, en horario de 8 a 12. Los aspirantes presentarán sus solicitudes y antecedentes en Mesa de Entradas de esta Facultad - Centro Universitario - Parque General San Martín - Mendoza.
ARTÍCULO 8º.- Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, antecedentes y condiciones de los candidatos de la siguiente manera:
TITULARES: . MARTINEZ, Hugo Héctor . REGOLINI, Carlos Alberto . ALÉ, Juan Carlos
SUPLENTES: . FERNANDEZ, Daniel Santiago . CABALLERO, Alfredo Alberto
ARTÍCULO 7º.- Disponer que el presente llamado se difunda a través de los avisadores de esta Facultad y solicitar al Diario “Los Andes” su publicación en Sección Universitaria.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 55
|
Mostrar 2
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2011-RES-054 5/07/2011 (Carga: 27/09/2011) |
MENDOZA, 05 JUL 2011
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 9183/2011, en las que la Dirección General de la carrera de Arquitectura propone se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interinos cargos de Profesores Titulares – Dedicación Simple;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de la Ordenanza Nº 03/86-CD y sus modificatorias 01/88CD y 01/90-CD. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del día 28 de junio del año 2011.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 03/86-CD y sus modificatorias 01/88-CD y 01/90-CD, para cubrir, con carácter de Interinos cargos de Profesores Titulares -Dedicación Simple- de las Áreas y asignaturas que en cada caso se indica, como temáticas de referencia, a los efectos del concurso.
ÁREA 14.- DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE - Arquitectura II - taller de integración proyectual - Diseño de Interiores - Arquitectura III- taller de integración proyectual - Diseño del Paisaje
ÁREA 15.- REPRESENTACIÓN, COMUNICACIÓN Y FORMA - Morfología I - Sistemas De Comunicación Visual
ÁREA 17.- CIENCIA, TECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN Y GESTIÓN - Construcciones II - Instalaciones I – Acondicionamiento Natural
ARTÍCULO 2º.- Establecer las funciones a desarrollar, los requisitos particulares del plan de actividades de enseñanza- aprendizaje y los requisitos particulares de designación para los cargos que se convocan a concurso por el Artículo 1º de la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle: Funciones que desarrollará: Docencia, Investigación. Extensión. Requisitos particulares de presentación: Del Plan de Actividades de enseñanza aprendizaje Los aspirantes que se presenten para cubrir los cargos deberán acompañar en sobre cerrado, el Plan de Actividades de enseñanza-aprendizaje que en líneas generales propone desarrollar en el supuesto de obtener el cargo concursado. Este Plan de Actividades de enseñanza- aprendizaje incluirá:
Programa del espacio curricular motivo del concurso El mismo deberá incluir: 1.) Fundamentación (en la que no podrá faltar el encuadre de la propuesta en relación con el perfil del egresado y la ubicación del espacio curricular en el plan de estudios); .2.) Objetivos (elaborados en función de las expectativas de logro a desarrollar por los alumnos); 3.) Desarrollo de unidades temáticas (consistentes con los contenidos mínimos propuestos en el plan de estudios); 4.) Bibliografía genera y selección de lecturas obligatorias; 5.) Metodología de desarrollo de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación. El programa se presentará de acuerdo al formulario adjunto. ANEXO I de la presente resolución El postulante que no presentare toda la documentación requerida no será considerado para continuar el trámite del concurso. Requisitos particulares de designación: Mediante resolución del Consejo Directivo, referente al presente concurso, se concluirá el procedimiento administrativo del llamado a concurso. La efectiva prestación de servicio del postulante ganador del concurso, será establecida por resolución de Decanato, en condición de INTERINO, a partir de la fecha que la Institución disponga el crédito presupuestaria correspondiente. Por lo tanto la resolución del Consejo Directivo, referente al presente concurso, será dictada al solo efecto de concluir el procedimiento administrativo del llamado a concurso. Consecuentemente hasta tanto no se cumplimenten los requisitos particulares de designación aclarados precedentemente, vale decir que la institución disponga del crédito presupuestario correspondiente y se dicte la resolución de Decanato estableciendo la prestación efectiva del servicio docente, el presente concurso y su resultado no generará, significará o involucrará relación contractual del Docente con la institución. Tampoco le generará absolutamente ningún derecho a prestaciones dinerarias, en servicios, en especie, ni de ninguna otra naturaleza, como así tampoco el tiempo que transcurra desde la culminación del concurso hasta la resolución que disponga la prestación efectiva del servicio podrá computarse a los fines de la antigüedad docente, vacaciones, ni a favor de ningún otro rubro emergente de una relación laboral. Asimismo frente a la hipótesis que la institución nunca disponga de crédito presupuestario pertinente, la participación y eventual obtención del cargo por concurso no dará derecho a ningún tipo de reclamo indemnizatorio, cualquiera sea su naturaleza
ARTÍCULO 3º.- Establecer los perfiles de cargos, que se detallan en el ANEXO II de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Disponer que los Contenidos Mínimos para los cargos que se convocan a concurso por el Artículo 1º de la presente Resolución, serán los establecidos por Ordenanza Nº 05/2011-CS.
ARTÍCULO 5º.- El coloquio incluirá el análisis del Plan de Actividades que el postulante pretende desarrollar, en el marco de la Ord. 05/2011 CS (Plan de Estudio) Res. 598/2006 Anexo III (Estándares de Arquitectura). Resol. Nº 54
ARTÍCULO 6º.- Los postulantes al concurso, conjuntamente con la solicitud de inscripción, dejarán constancia por escrito, debidamente suscripta y en doble ejemplar de la aceptación de los requisitos particulares de presentación y de designación del Artículo 2º de la presente resolución, a la que se le dará el carácter de declaración jurada.
ARTÍCULO 7º.- Fijar como plazo de inscripción el período comprendido entre el 01 y el 05 de agosto del año 2011, inclusive, en horario de 8 a 12. Los aspirantes presentarán sus solicitudes y antecedentes en Mesa de Entradas de esta Facultad Centro Universitario - Parque General San Martín - Mendoza.
ARTÍCULO 8º.- Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, antecedentes y condiciones de los candidatos de la siguiente manera:
TITULARES: . MARTINEZ, Hugo Héctor . REGOLINI, Carlos Alberto . ALÉ, Juan Carlos
SUPLENTES: . FERNANDEZ, Daniel Santiago . CABALLERO, Alfredo Alberto
ARTÍCULO 9º.- Disponer que el presente llamado se difunda a través de los avisadores de esta Facultad y solicitar al Diario “Los Andes” su publicación en Sección Universitaria.
ARTÍCULO 10º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 54
|
Mostrar 3
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2011-RES-053 5/07/2011 (Carga: 27/09/2011) |
MENDOZA, 05 JUL 2011
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 8695/2011, en las que Secretaría Académica propone la nómina de asignaturas de la carrera de Arquitectura que integran las Direcciones de Ciencias Básicas y de la citada carrera;
CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 23/98-CD se distribuyeron las asignaturas de los Planes de Estudios de las carreras que se dictan en esta Casa, en las Direcciones de Carrera, a los fines de facilitar la gestión académica. La creación de la carrera de Arquitectura, aprobada por la Ordenanza Nº 04/2011-CS y el Plan de Estudios por Ordenanza Nº 05/2011-CS. Lo informado por la Dirección General de la carrera de Arquitectura. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 28 de junio del año 2011.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Disponer la distribución de asignaturas del Plan de Estudios de la carrera de Arquitectura (Ordenanza Nº 05/2011-CS), en las Direcciones Generales que a continuación se indican:
DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA
• ARQUITECTURA I – TALLER DE INTEGRACIÓN PROYECTUAL • MORFOLOGÍA I – SISTEMAS DE COMUNICACIÓN VISUAL • TEORÍA I: ARQUITECTURA Y AMBIENTE • HISTORIA DE LA ARQUITECTURA I • CONSTRUCCIONES I • ARQUITECTURA II – TALLER DE INTEGRACIÓN PROYECTUAL • DISEÑO DE INTERIORES • MORFOLOGÍA II – SISTEMAS DE COMUNICACIÓN DIGITAL I • HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II • DISEÑO ESTRUCTURAL I • CONSTRUCCIONES II • INSTALACIONES I – ACONDICIONAMIENTO NATURAL • TEORIA II: ARQUITECTURA Y AMBIENTE • ARQUITECTURA III – TALLER DE INTEGRACIÓN PROYECTUAL • DISEÑO DEL PAISAJE • MORFOLOGÍA III – SISTEMAS DE COMUNICACIÓN DIGITAL II • HISTORIA DE LA ARQUITECTURA III • ANÁLISIS ANTROPOLÓGICO DEL HÁBITAT • DISEÑO ESTRUCTURAL II • TOPOGRAFÍA • INSTALACIONES II – ACONDICIONAMIENTO ARTIFICIAL
• ARQUITECTURA IV – TALLER DE INTEGRACIÓN PROYECTUAL • DISEÑO URBANO SUSTENTABLE I • VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL • DISEÑO ESTRUCTURAL III • ORGANIZACIÓN DE PROYECTOS Y OBRAS • INSTALACIONES III • ARQUITECTURA V – TALLER DE INTEGRACIÓN PROYECTUAL • DISEÑO URBANO SUSTENTABLE II • SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN APLICADA AL TRABAJO FINAL • HIGIENE, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE • LEGISLACIÓN • ADMINISTRACIÓN GERENCIAL Y ECONOMÍA • PROYECTO EJECUTIVO • PRÁCTICA PROFESIONAL SUPERVISADA • PROYECTO FINAL • ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL • ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA • MODELIZACIÓN DIGITAL • GRÁFICA ARQUITECTÓNICA • MATEMÁTICA FINANCIERA • DESARROLLOS INMOBILIARIOS • TASACIÓN, MEDIACIÓN Y PERITAJE • TALLER DE DISEÑO ESTRUCTURAL • CRÍTICA DE LA ARQUITECTURA • INTERVENCIÓN EN EL PATRIMONIO • METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIAS BÁSICAS
• MATEMÁTICA • FÍSICA APLICADA • ESTADÍSTICA • INGLÉS TÉCNICO • INGLÉS COLOQUIAL
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 53
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2011-ORD-002 5/07/2011 (Carga: 24/05/2012) |
MENDOZA, 05 JUL 2011
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 8694/2011, en las que Secretaría Académica propone el Agrupamiento en Áreas de asignaturas de la carrera de “Arquitectura”;
CONSIDERANDO: Que el Reglamento que establece el funcionamiento de Áreas en esta Facultad fue aprobado por Ordenanza Nº 05/2002-CD. Que el citado mecanismo permite la movilidad y perfeccionamiento de los docentes, al ser designados en una determinada Área. La creación de la carrera de Arquitectura, aprobada por la Ordenanza Nº 04/2011-CS y el Plan de Estudios por Ordenanza Nº 05/2011-CS. Lo informado por la Dirección General de la carrera de Arquitectura y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 28 de junio del año 2011.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- Establecer a todos los fines académicos y administrativos el AGRUPAMIENTO EN ÁREAS de las ASIGNATURAS del Plan de Estudios de la CARRERA DE ARQUITECTURA, el que como ANEXO I forman parte de la presente Ordenanza, cuyo Reglamento fuera dispuesto por Ordenanza Nº 05/2002CD.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de ordenanzas.
ORDENANZA Nº 02
ANEXO I
ÁREA 14 - DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE
01- Arquitectura I– taller de integración proyectual 02- Arquitectura II - taller de integración proyectual 03- Arquitectura III- taller de integración proyectual 04- Arquitectura IV- taller de integración proyectual 05- Arquitectura V - taller de integración proyectual 06- Diseño de Interiores 07- Diseño del Paisaje 08- Diseño Urbano Sustentable I 09- Diseño Urbano Sustentable II 10- Vivienda de Interés Social 11- Proyecto Final 12- Estudio de Impacto Ambiental 13- Arquitectura Bioclimática
ÁREA 15 - REPRESENTACIÓN, COMUNICACIÓN Y FORMA
01- Morfología I- Sistemas de Comunicación Visual 02- Morfología II – Sistemas de Comunicación Digital I 03- Morfología III Sistemas de Comunicación Digital II 04- Inglés Técnico 05- Inglés Coloquial 06- Modelización Digital 07- Gráfica Arquitectónica
ÁREA 16 - TEORÍA E HISTORIA
01- Historia de la Arquitectura I 02- Historia de la Arquitectura II 03- Historia de la Arquitectura III 04- Teoría I: Arquitectura y Ambiente 05- Teoría II: Arquitectura y Ambiente 06- Análisis Antropológico del Habitat 07- Seminario de Investigación Aplicada al Trabajo Final 08- Crítica de la Arquitectura 09- Intervención en el Patrimonio 10- Metodología de la Investigación Científica
Anexo I - Ord. Nº 02
ÁREA 17 - CIENCIA, TECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN Y GESTIÓN
01- Matemática 02- Física Aplicada 03- Estadística 04- Construcciones I 05- Construcciones II 06- Topografía 07- Diseño Estructural I 08- Diseño Estructural II 09- Diseño Estructural III 10- Instalaciones I – Acondicionamiento Natural 11- Instalaciones II– Acondicionamiento Artificial 12- Instalaciones III 13- Organización de Proyectos y Obras 14- Higiene, Seguridad y Medio Ambiente 15- Legislación 16- Administración Gerencial y Economía 17- Proyecto Ejecutivo 18- Práctica Profesional Supervisada 19- Matemática Financiera 20- Desarrollos Inmobiliarios 21- Tasación, Mediación y Peritaje 22- Taller de Diseño Estructural
ANEXO I –
ORDENANZA Nº 02
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||