Digesto
|
15991 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
FI-2011-RES-343 24/11/2011 (Carga: 15/12/2011) |
MENDOZA, 24 NOV 2011
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP-FIN: 16219/2011, en las que obra el control de asistencia del personal de esta Facultad correspondiente al mes de setiembre del año 2011;
CONSIDERANDO: Los informes suministrados por los Directores correspondientes, en base a las disposiciones de la Circular Nº 03/2006-F.I.. Lo informado por la Dirección de Personal y Dirección General Económico Financiera de esta Facultad. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 06/2006-R.
En uso de sus atribuciones, EL VICE DECANO A CARGO DEL DECANATO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establecer la efectiva prestación de servicios del personal Docente y No Docente de la Facultad de Ingeniería, durante el período comprendido entre el 01 y el 30 de setiembre del año 2011, la que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Remitir la presente actuación a la Administración Central de la Universidad Nacional de Cuyo y a la Unidad de Auditoria Interna.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 343
HILDA INES HERRERA Ing. DANIEL SANTIAGO FERNANDEZ DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA VICEDECANO A/C. DECANATO
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2011-RES-342 24/11/2011 (Carga: 30/07/2013) |
MENDOZA, 24 NOV 2011
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP-FIN: 16219/2011, en las que obran los informes de Inasistencias a Consultas, Clases, Dedicaciones y Mesas Examinadoras correspondientes al mes de setiembre del año 2011;
CONSIDERANDO: Lo informado en cada caso y teniendo en cuenta las disposiciones de los Decretos Nacionales 3413/79, 894/82 y 234/86, Ordenanza 8/80 y reglamentarias. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 06/2006-R.
En uso de sus atribuciones, EL VICE DECANO A CARGO DEL DECANATO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- No justificar, las inasistencias en que incurrió el personal de la Facultad durante el mes de setiembre del año 2011, las que se detallan en el ANEXO I, el que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 342
HILDA INES HERRERA Ing. DANIEL SANTIAGO FERNANDEZ DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA VICEDECANO A/C. DECANATO
|
Personal | Mostrar 2 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2011-RES-341 24/11/2011 (Carga: 15/12/2011) |
MENDOZA, 24 NOV 2011
VISTO: Las actuaciones que obran en el EXP – FIN: 15426/2011, en las que el Ing. Ricardo Ángel POMBO eleva su renuncia, condicionada al Decreto Nº 8820/62, a partir del 01 de noviembre del año 2011;
CONSIDERANDO: Que, en virtud del Decreto Nº 8820/62, el citado profesional debe comenzar con los trámites jubilatorios. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 04/96-R. Lo informado por la Dirección de Personal de esta Facultad.
En uso de sus atribuciones, EL VICEDECANO A CARGO DEL DECANATO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar, a partir del 01 de noviembre del año 2011, la renuncia condicionada al Decreto Nº 8820/62, presentada por el Ing. Ricardo Ángel POMBO (LE: 7.990.560 – Legajo 18.648), al cargo de Profesor Titular -Dedicación Semiexclusiva- Interino – Área 6 – EXPLORACIÓN Y PERFORACIÓN – Asignaturas “Exploración Petrolera” y “Geología del Petróleo”.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 341
HILDA INES HERRERA Ing. DANIEL SANTIAGO FERNANDEZ DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA VICEDECANO A/C. DECANATO
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2011-RES-228 24/11/2011 (Carga: 1/12/2011) |
MENDOZA, 24 NOV 2011
VISTO: La Resolución N° 105/2011-CD que en su artículo N° 4 dispone que se arbitren los medios necesarios para la designación de una Inspección de Obra permanente en el lugar, en función de que se han iniciado los trabajos inherentes a la puesta en funcionamiento de la Central “La Lujanita”.
CONSIDERANDO Que es atribución y obligación de la Facultad de Ingeniería, como comitente, realizar la inspección de las obras correspondientes a la Central Hidroeléctrica “La Lujanita”. Que la Facultad de Ingeniería no tiene un representante propio en dichas obras. Que es necesario constituir un equipo de inspección, con la finalidad de que la tarea de seguimiento y control inherentes, sea integral en los aspectos hidromecánicos y civiles principalmente. Que dicho equipo esté constituido por profesionales cuyas incumbencias profesionales sean pertinentes a los fines del requerimiento de la obra, y que pertenezcan a la Facultad de Ingeniería, que desarrollen tareas dentro de cualquier ámbito de la misma: asignaturas, laboratorios, institutos, entre otros, para que se integren al proyecto mencionado en esta etapa de construcción, pero con vistas a la continuidad temporal en la etapa de operación de la central. Que el equipo de inspección debería estar formado por un inspector de obra y un conjunto de dos asesores ad honorem, pudiendo estos últimos ampliarse en cantidad de acuerdo a las necesidades. Lo tratado por este Cuerpo en sesión del día 08 de noviembre, y aprobado en sesión del día 22 de noviembre del año 2011.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Llamar a registro interno de postulantes en el ámbito de la Facultad de Ingeniería a los efectos de proceder a la elección y posterior designación, por parte del Consejo Directivo, de un Inspector de Obra para la Central Hidroeléctrica “La Lujanita”.
ARTICULO 2º.- A los efectos de dicha convocatoria los postulantes deberán cumplir con el perfil solicitado, que como Anexo I forma parte de la presente resolución, donde también se especifican las tareas y responsabilidades a tener en cuenta, como así también su dedicación.
ARTICULO 3º.- Fijar como plazo de inscripción el período comprendido entre el 01 y el 10 de diciembre del año 2011, inclusive, en horario de 8 a 12. Los aspirantes presentarán sus solicitudes y antecedentes en Mesa de Entradas de esta Facultad Centro Universitario – Ciudad de Mendoza - Mendoza.
ARTICULO 4º Integrar la Comisión Asesora que entenderá en la definición del orden de méritos correspondiente, teniendo en cuenta los antecedentes presentados, el perfil solicitado, tareas y responsabilidades que como Anexo I forman parte de esta resolución, de la siguiente manera:
TITULARES: . DI LELLO, Federico Antonio . INFANTE, Patricia Susana . VILLODAS, Ángel Rubén
SUPLENTES: . PUGLESI, Alfredo . SANCHIS, Jorge Horacio . MORENO, Jorge Luis
ARTÍCULO 5º.- Disponer que la presente convocatoria se difunda a través de los avisadores, correo electrónico institucional y de la página web de esta Facultad.
ARTICULO 6º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 228
HILDA INES HERRERA Ing. DANIEL SANTIAGO FERNANDEZ DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA VICEDECANO A/C. DECANATO
ANEXO I Teniendo en cuenta que la función de la inspección es la supervisión y control de los trabajos y provisiones, se establece el siguiente perfil y las tareas a desarrollar por el profesional designado.
Perfil solicitado: Ingeniero Civil, preferentemente con experiencia en inspección de obra pública como Ingeniero Inspector, en especial en obras hidráulicas. Matriculado y habilitado para ejercer la Profesión dentro del ámbito de la Provincia de Mendoza.
Dedicación al cargo y dependencia: dedicación full time en la obra. El inspector de obra dependerá directamente de la Comisión de Seguimiento del Proyecto de la Central Hidroeléctrica “La Lujanita”.
Tareas y responsabilidades: 1. Colaborar con la comisión de seguimiento especialmente en la revisión y posterior aprobación del Proyecto Ejecutivo. 2. Controlar que la obra se desarrolle de acuerdo al Proyecto Ejecutivo aprobado. 3. Coordinar el equipo de inspección de la Facultad de Ingeniería. 4. Ser el único nexo de comunicación con el operador Técnico o con cualquier Empresas Contratista en la forma que lo especifique el contrato de locación respectivo. 5. Elaborar y elevar un informe mensual de avance basado en el plan de obras aprobado previamente a la Comisión de Seguimiento del Proyecto de La Lujanita, designada según Resolución Nº 204/10-CD. 6. Deberá asistir a las reuniones de la Comisión de Seguimiento del Proyecto de La Lujanita cuando la misma lo convoque. 7. Organizar y presidir reuniones periódicas de coordinación de obra con todos los contratistas intervinientes en la misma. 8. Oficiar de Representante Técnico de la Facultad de Ingeniería ante Organismos Públicos con injerencia Directa y/o Indirecta en la Obra de la Central. 9. Ser la máxima autoridad de la obra, con poder para solicitar trabajos adicionales, o aprobarlos ad referéndum de la comisión de Seguimiento, ordenar y/o paralizar los trabajos aprobados dentro del proyecto ejecutivo cuando a su criterio la situación lo amerite, solicitar a los contratistas la elaboración de detalles constructivos, estudios o ensayos de los trabajos ejecutados tendientes a la aprobación de los mismos. Medición y certificación de los trabajos ejecutados en obra. Inspección en fábrica y/o taller de estructuras o máquinas cuyo destino final sea la obra de la central. Exigir a los contratistas, cuando corresponda los certificados de calidad y/o garantía y/o de buen funcionamiento de componentes de la obra que así lo ameriten. Controlar el correcto cumplimiento de los cronogramas de obra y plan de inversiones aprobados, ordenando las medidas correctivas y preventivas necesarias, cuando los mismos sufran variaciones.
ANEXO I –
RESOLUCIÓN Nº 228 HILDA INES HERRERA Ing. DANIEL SANTIAGO FERNANDEZ DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA VICEDECANO A/C. DECANATO
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2011-RES-227 24/11/2011 (Carga: 28/06/2019) |
Designación Lic. Esther Bibiana CASTIGLIONE
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2011-RES-226 24/11/2011 (Carga: 15/12/2011) |
MENDOZA, 24 NOV 2011
VISTO: El EXP - FIN: 3514/2011, en el que se tramita la adscripción de la Lic. María Silvina EIRIN como Auxiliar Docente Adscripta ad-honorem en la asignatura “Economía”, de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que el pedido de adscripción está encuadrado en las disposiciones de la Ordenanza Nº 02/99-CD. El Plan de Labor fijado por el Profesor Titular de la mencionada asignatura, Dra. María Eugenia PÓSLEMAN de SÍCOLI Lo informado por la Dirección General de la carrera de Ingeniería Industrial y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos.ñ., aprobado por este Cuerpo en sesión del día 8 de noviembre del año 2011.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Adscribir por el término de UN (1) año, a partir del 9 de noviembre del año 2011, como Auxiliar Docente Adscripta ad-honorem, a la Lic. María Silvina EIRIN (DNI: 30.542.409), en la asignatura “Economía”, de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- La Lic. EIRIN deberá presentar en Dirección de Personal el Seguro de Riesgo del Trabajo, requisito indispensable para desempeñar la Adscripción citada en el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Una vez finalizada la presente Adscripción, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el punto 4 DEL TRÁMITE FINAL, de la Ordenanza Nº 02/99-CD, requisito indispensable para que dicha Adscripción, sea reconocida como antecedente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 226
HILDA INES HERRERA Ing. DANIEL SANTIAGO FERNANDEZ DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA VICEDECANO A/C. DECANATO
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2011-RES-225 24/11/2011 (Carga: 15/12/2011) |
MENDOZA, 24 NOV 2011
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 2350/2011, en las que corren agregados los antecedentes relativos al concurso convocado por Resolución Nº 32/2011-CD para la provisión de UN (1) cargo de Profesor Titular –Dedicación Simple – Interino, con “Mecánica Vibratoria” como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: Que al cierre del citado concurso se registró la inscripción de DOS (02) postulantes. Que a fs. 104/105 obra el dictamen de la Comisión Asesora interviniente que establece el siguiente Orden de Méritos: 1º) Dr. Raúl Oscar CURADELLI; 2º) DESIERTO. Que notificados los postulantes del citado dictamen a fs. 105 vta; el Dr. Emiliano Nehuén CAMPITELLI, presentó impugnación al mismo. Que a fs. 106 de las presentes actuaciones el Decano eleva las mismas a consideración de la Comisión de Interpretación y Reglamento, quien sugiere remitirlas a la Comisión Asesora que intervino en el concurso de referencia. Que la citada Comisión en su dictamen a fs. 108/109 expresa: “Ratificar la decisión adoptada de excluir al Dr. Emiliano Nehuén CAMPITELLI de la clase pública”. Que se ha dado cumplimiento a todas las disposiciones reglamentarias vigentes, específicamente a la Ordenanza Nº 03/86-CD y sus modificatorias Nros. 01/88-CD y 01/90CD. Que en los informes de fs. 04 y 113 la Dirección General Económico Financiera, certifica la existencia del cargo vacante con su respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. Que a fs. 112 corre agregado el informe de la Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Que a fs. 114 se adjunta la correspondiente declaración jurada de cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado en fs. 115 por la Dirección de Personal de esta Facultad. Lo aconsejado por las Comisiones de Personal y de Interpretación y Reglamento, tratado y aprobado por este Cuerpo en sesiones de los días 13 y 27 de setiembre del año 2011.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar formalmente y rechazar sustancialmente la impugnación presentada por el Dr. Emiliano Nehuén CAMPITELLI en la actuación de referencia por las causales expuestas en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por Resolución Nº 32/2011-CD, para proveer con carácter de interino UN (1) cargo de Profesor Titular –Dedicación Simple, con “Mecánica Vibratoria” como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso y el siguiente Orden de Meritos:
1º- Dr. Raúl Oscar CURADELLI 2º- DESIERTO
ARTÍCULO 3º.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario:
1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Dr. Raúl Oscar CURADELLI Nombres Documento DNI: 22.189.076 Único: CUIL o CUIT 20-22189076-1 Legajo n° 28.473
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Profesor Titular Cargo Dedicación Simple Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01-12-2011 Hasta el 31-12-2011 y/o hasta tanto se cubra por concurso con carácter de Efectivo
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Area o Seminario o Taller): (*) 1) Mecánica Vibratoria 2) 3)
ARTÍCULO 4º.- El espacio curricular mencionado en el Artículo 3º (cuadro 5), pertenece a:
Códigos Descripción
1 Disciplina: 0 3 Subdisciplina:
Especialidad: 9 9 Mecánica Vibratoria
ARTÍCULO 5º.- El espacio curricular mencionado en el Artículo 3º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras) Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 208 INGENIERÍA EN MECATRÓNICA 100
Porcentaje total 100%
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN MECÁNICA VIBRATORIA 2 3 4
ARTÍCULO 6º.- El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen Fuente Programa Subpro- Proyecto Activi- Obra Finali- Función Participación Porcentual Apartado -dencia de grama dad dad Financia miento 09 0 11 34 3 0 99 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup.. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 34 Desarrollo de la Ingeniería Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 810 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 8º.- De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos agregada a fs. 114 de estas actuaciones y lo informado a fs. 115 por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 225
HILDA INES HERRERA Ing. DANIEL SANTIAGO FERNANDEZ DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA VICEDECANO A/C. DECANATO
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||