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16304 Normativas
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CD-2013-RES-271
17/10/2013
(Carga: 26/02/2014)
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MENDOZA, 17 OCT 2013
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 4014/2013, en las que corren agregados los antecedentes relativos al concurso convocado con carácter CERRADO GENERAL, de antecedentes y prueba de oposición, por Resolución Nº 187/2013-CD para cubrir con carácter de Efectivo UN (1) cargo de Categoría 2 –TRAMO MAYOR del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo, para cumplir funciones en la Dirección del Centro de Información y Documentación del Área de Secretaría Académica, de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo;
CONSIDERANDO: Que en los informes de fs. 08 y 162 la Dirección General Económico Financiera, certifica la existencia del cargo vacante con su respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. El dictamen del Jurado que obra a fs. 156/159 de las presentes actuaciones. Que a fs. 163 se adjunta la correspondiente declaración jurada de cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado en fs. 164 por la Dirección de Personal de esta Facultad. Las disposiciones del Decreto Nacional Nº 366/2006 y de la Circular Nº 22/2008 – Gestión Administrativa del Rectorado. Que se ha dado cumplimiento a todas las disposiciones en vigor, específicamente la Ordenanza Nº 03/2008-CD. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 08 de octubre del año 2013.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por el Jurado que intervino en el concurso CERRADO GENERAL, de antecedentes y prueba de Oposición convocado por Resolución Nº 187/2013CD, para cubrir UN (1) cargo de Categoría DOS (2) – Efectivo -TRAMO MAYOR- del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones en la Dirección del Centro de Información y Documentación del Área de Secretaría Académica, de esta Facultad y el siguiente Orden de Méritos: 1º) SERRANO, Juan Daniel.
ARTÍCULO 2º.- Proponer al Consejo Superior la aprobación del siguiente Orden de Méritos para el concurso referido en el Artículo 1º de la presente Resolución:
1º.- SERRANO, Juan Daniel
ARTÍCULO 3º.- Solicitar al Consejo Superior la designación de:
1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Lic. Juan Daniel SERRANO Nombres Documento D.N.I. 12.609.282 Único: CUIL o CUIT 20-12609282-3 Legajo n° 15.392
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El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Categoría 2 – Agrupamiento Administrativo – TRAMO Cargo MAYOR – Director del Centro de Información y Documentación de la Facultad de Ingeniería Dedicación Carácter Efectivo
3. Término de la designación Desde el Hasta el
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
ARTÍCULO 4º.- El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen Fuente Programa Subpro- Proyecto Activi- Obra Finali- Función Participación Porcentual Apartado -dencia de grama dad dad Financia miento 09 0 11 34 0 0 7 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 34 Desarrollo de la Ingeniería Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón Personal Docente
Resol. – CD Nº 271 / 13
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ARTÍCULO 6º.- De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos agregada a fs. 163 de estas actuaciones y lo informado a fs. 164 por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 271 / 13
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Personal
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CD-2013-RES-270
17/10/2013
(Carga: 5/11/2013)
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MENDOZA, 17 OCT 2013
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP-FIN: 14275/2013, en las que la Secretaría Académica propone la designación de la Ing. Romina Daniela CALVO OLIVARES, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple – Interino en el Área MATEMÁTICA, para el Curso de Nivelación – Ingreso 2014 – carrera de Arquitectura;
CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 256/2013-CD se aprobó el Orden de Méritos del Registro de Postulantes convocado oportunamente para desempeñarse en el Área MATEMÁTICA, para la carrera de Arquitectura. Que a fs. 8 la Dirección General Económico Financiera, informa la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática del cargo. Que a fs. 7 corre agregado el informe de la Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Que a fs. 11 y 11 vta. se adjunta la correspondiente declaración jurada de cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado en fs. 12 por la Dirección de Personal de esta Facultad. Que Dirección General Económico Financiera informa que existe el crédito suficiente otorgado a esta Facultad, para atender la presente erogación por el FUNDAR. Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal y en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013-CS, la Ing. Romina Daniela CALVO OLIVARES cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional. Lo informado por la Dirección General de Ciencias Básicas. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 24 de setiembre de 2013.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Ing. Romina Daniela CALVO OLIVARES Nombres Documento D.N.I. 30.741.156 Único: CUIL o CUIT 27-30741156-9 Legajo n°
Resol. - CD Nº 270 / 13
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El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Jefe de Trabajos Prácticos Cargo Dedicación Simple Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 15-10-2013 Hasta el 31-12-2013
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Area o Seminario o Taller): 1) ÁREA 1 – MATEMÁTICA 2) 3)
ARTÍCULO 2º.- El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º (cuadro 5), pertenece a: Códigos Descripción
1 Disciplina: 0 7 Subdisciplina:
Especialidad: 0 0 MATEMÁTICA
ARTÍCULO 3º.- El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras)
Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 201 ARQUITECTURA 100
Porcentaje total 100%
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Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN MATEMÁTICA CURSO DE NIVELACIÓN PARA EL INGRESO 2 3 4
ARTÍCULO 4º.- El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática:
Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subde- Fuente Programa Subpro- Proyecto Activi Obra Finali- Función ParticipaApartado penden- de grama -dad dad ción cia Financia Porcentual -miento 94 09 11 56 02 0 02 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 94 FUNDAR Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Temporario Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 6º.- De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos agregada a fs. 11 y 11 vta. de estas actuaciones y lo informado a fs. 12 por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN - CD Nº 270 / 13
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Concursos y Personal
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CD-2013-RES-269
17/10/2013
(Carga: 26/02/2014)
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MENDOZA, 17 OCT 2013
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 26911/2013, en las que Secretaría Académica propone el otorgamiento del “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al Ing. Mauro Hugo BLANCO;
CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 127/2013-CD se le otorgó al Ing. BLANCO el “Sistema de Asignación de Adicional por Carácter Crítico de la Función”, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos –Dedicación Semiexclusiva-, del 01 de enero al 31 de diciembre del año 2013. Que por resolución Nº 244/2013-CD, el profesional mencionado fue designado en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos –Dedicación Exclusiva. Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto, a partir del 01 de octubre del año 2013, la asignación otorgada por Resolución Nº 127/2013-CD y otorgar una nueva, a partir de la citada fecha. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 01/20013-CS. Lo informado por Dirección General Económico Financiera. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 08 de octubre del año 2013.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto, a partir del 01 de octubre el “Sistema de Asignación de Adicional por Carácter Crítico de la Función”, otorgado al Ing. Mauro Hugo BLANCO (Legajo 29.648) por Resolución Nº 127/2013-CD, por las causales expuestas en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Otorgar el “Sistema de Asignación de Adicional por Carácter Crítico de la Función” al Ing. Mauro Hugo BLANCO (Legajo 29.648), con el monto, porcentaje y período que a continuación se indica:
Importe mensual: $ 2.817.Porcentaje adicional: 40,77 % Período: del 01-10 al 31-12-2013
ARTÍCULO 3º.- El gasto del monto emergente de la aplicación del “Sistema de Asignación de Adicional por Carácter Crítico de la Función” reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente Asignación se imputará a la Partida Específica – Apartado 09 – Facultad de Ingeniería – Presupuesto Ordinario.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 269 / 13
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Personal
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CD-2013-RES-268
17/10/2013
(Carga: 13/11/2013)
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MENDOZA, 17 OCT 2013
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP - FIN: 14190/2013, en las que se tramita la adscripción del Arq. Matías Adrián CASCIOTTA como Auxiliar Docente Adscripto Ad-honorem en la asignatura “Morfología II – Sistemas de Comunicación Digital I”, de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que el pedido de adscripción está encuadrado en las disposiciones de la Ordenanza Nº 02/99-CD. El Plan de Labor fijado por el Profesor Titular de la mencionada asignatura, D.I. Andrés Gustavo ASARCHUK. Lo informado por la Comisión de Adscripción y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 08 de octubre del año 2013.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Adscribir por el término de UN (1) año, a partir del 01 de octubre del año 2013 (1er. período), como Auxiliar Docente Adscripto Ad-honorem, al Arq. Matías Adrián CASCIOTTA (DNI: 33.548.566), en la asignatura “Morfología II – Sistemas de Comunicación Digital I”, de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- El Arq. CASCIOTTA deberá presentar en Dirección de Personal el Seguro de Riesgo del Trabajo, requisito indispensable para desempeñar la Adscripción citada en el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Una vez finalizada la presente Adscripción, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el punto 4 DEL TRÁMITE FINAL, de la Ordenanza Nº 02/99-CD, requisito indispensable para que dicha Adscripción, sea reconocida como antecedente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN - CD Nº 268 / 13
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Personal
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CD-2013-RES-266
15/10/2013
(Carga: 13/11/2013)
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MENDOZA, 15 OCT 2013
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 14311/2012, en las que Dirección de Personal de esta Facultad, eleva el pedido de permanencia en la actividad laboral del Ing. José Orlando ROBLES de acuerdo con lo previsto en el Artículo 1º - inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508;
CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 82/2009, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo ha fijado las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la ley referida, la que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal docente de las Universidades Nacionales, con vigencia a partir del 13 de setiembre del año 2009. Que de conformidad con el Artículo 6º de la mencionada Ordenanza, corresponde al Consejo Directivo de la Facultad, la atribución de resolver, mediante el dictado de un acto administrativo, sobre la opción planteada por el docente de permanecer en la actividad laboral. Lo informado por Secretaría Académica de la Facultad y la Dirección de Asuntos Jurídicos del Rectorado. Lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 8 de octubre del año 2013.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1º - Inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508, la permanencia del Ing. José Orlando ROBLES (DNI: 7.498.425 – Legajo 20.717), en el siguiente cargo, a partir del 18 de octubre del año 2012:
• Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple – Efectivo del ÁREA 1 – MATEMÁTICA asignatura “Dibujo”.
ARTÍCULO 2º.- El Ing. José Orlando ROBLES cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriendo intimación previa alguna.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN-CD Nº 266 / 13
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Personal
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CD-2013-RES-265
15/10/2013
(Carga: 13/11/2013)
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MENDOZA, 15 OCT 2013
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 13423/2013, en las que Dirección de Personal de esta Facultad, eleva el pedido de permanencia en la actividad laboral del Ing. Luis Alberto OLIVENCIA de acuerdo con lo previsto en el Artículo 1º - inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508;
CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 82/2009, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo ha fijado las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la ley referida, la que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal docente de las Universidades Nacionales, con vigencia a partir del 13 de setiembre del año 2009. Que de conformidad con el Artículo 6º de la mencionada Ordenanza, corresponde al Consejo Directivo de la Facultad, la atribución de resolver, mediante el dictado de un acto administrativo, sobre la opción planteada por el docente de permanecer en la actividad laboral. Lo informado por Secretaría Académica de la Facultad. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 8 de octubre del año 2013.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1º - Inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508, la permanencia del Ing. Luis Alberto OLIVENCIA (L.E.: 7.341.574 – Legajo 19.771), en el siguiente cargo, a partir del 13 de enero del año 2014:
• Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Semiexclusiva – Efectivo del ÁREA 10 – ESTRUCTURAS asignaturas “Estabilidad I” y “Estabilidad”.
ARTÍCULO 2º.- El Ing. Luis Alberto OLIVENCIA cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriendo intimación previa alguna.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN-CD Nº 265 / 13
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CD-2013-RES-264
15/10/2013
(Carga: 13/11/2013)
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MENDOZA, 15 OCT 2013
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 14114/2013, en las que Dirección de Personal de esta Facultad, eleva el pedido de permanencia en la actividad laboral del Señor Antolín PORRAS de acuerdo con lo previsto en el Artículo 1º - inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508;
CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 82/2009, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo ha fijado las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la ley referida, la que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal docente de las Universidades Nacionales, con vigencia a partir del 13 de setiembre del año 2009. Que de conformidad con el Artículo 6º de la mencionada Ordenanza, corresponde al Consejo Directivo de la Facultad, la atribución de resolver, mediante el dictado de un acto administrativo, sobre la opción planteada por el docente de permanecer en la actividad laboral. Lo informado por Secretaría Académica de la Facultad. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 8 de octubre del año 2013.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1º - Inciso a) – Apartado 2º de la Ley 26.508, la permanencia del Señor Antolín PORRAS (DNI: 13.912.493 – Legajo 18.308), en el siguiente cargo, a partir del 13 de setiembre del año 2014:
• Ayudante de Primera – Dedicación Exclusiva – Interino con funciones en los Laboratorios de la D.E.T.I.
ARTÍCULO 2º.- El Señor Antolín PORRAS cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriendo intimación previa alguna.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN-CD Nº 264 / 13
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Personal
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