Digesto
|
15995 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CD-2013-RES-327 5/12/2013 (Carga: 10/12/2013) |
MENDOZA, 05 DIC 2013
VISTO: El contenido de la NOTA–FIN: 25343/2013, en la que la Dirección General de la carrera de Ingeniería Civil propone modificar la secuencia semestral del dictado de las asignaturas y el sistema de correlativas correspondientes al Plan de Estudios de la carrera citada Ordenanza Nº 03/03 CS;
CONSIDERANDO: Que se ha dictado la Resolución Nº 326/13-CD, que establece la secuencia semestral para las asignaturas de la carrera de Ingeniería Civil y por lo tanto resulta necesario realizar ajustes al sistema de correlativas. Las consultas realizadas por la Dirección General de la Carrera de referencia, a la Comisión Asesora de la Carrera de Ingeniería Civil. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 24 de Septiembre de 2013.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar, el Sistema de Correlatividades de la carrera de Ingeniería Civil, del Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 03/03-CS, de acuerdo al Anexo I que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° Establecer, el 01 de Marzo de 2014 como fecha de aplicación del .“Sistema de Correlatividades” aprobado por el Artículo 1° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3° Derogar, la Resolución 17/08-CD, a partir del 01 de Marzo de 2014. .
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 327 / 13
1 de 3
ANEXO I Sistema de correlativIdades - Ingeniería Civil.- Plan Ord. 03/2003 CS
Correlativas Año Sem. Asignatura Asignatura que debe haber Asignaturas que debe haber regularizado para curzar - Corr. aprobado para curzar - Corr. Débil Fuerte 1 1 Análisis Matemático I Álgebra Geometría Analítica Introducción a la Ingeniería 2 Física I Análisis Matemático I Química General Sistema de Representación y Dibujo Álgebra Estudio del Medio Ambiente 2 3 Análisis Matemático II Análisis Matemático I Geometría Analítica Álgebra Estabilidad I Física I Sistema de Repres. y Dibujo Cálculo Numérico y Computación Álgebra Anal. Mat. I, Geom. Analit.
Física II Física I Análisis Matemático I 4 Estadística Técnica Análisis Matemático II Análisis Matemático I Álgebra Materiales de Construcción Estabilidad I Química General Introducción a la Ingeniería
Estabilidad II Estabilidad I Topografía Cálculo Numérico y Comput. Sistema de Repres. y Dibujo 3 5 Hidráulica General Topografía Análisis Matemático II Física I Construcción de Edificios Materiales de Construcción Análisis Estructural I Estabilidad II Cálculo Numérico y Comp. Tecnología del Hormigón Química General Est. del Medio Ambiente 6 Arquitectura Construcción de Edificios Materiales de Construcción Mecánica de Suelos y Rocas I Estabilidad II Materiales de Construcción Hormigón I Tecnología del Hormigón Análisis Estructural I Hidrología I Hidráulica General Plazo para la aprobación del examen de acreditación de conocimientos de Inglés 4 7 Vías de Comunicación Mecánica de Suelos y Rocas I Topografía Economía en Ing. Civil Estadística Técnica Construcción de Edificios Ingeniería Sismorresistente Análisis Estructural I Construcciones Metálicas y de Análisis Estructural I Estabilidad II Madera I
Anexo I – Resol. – CD Nº 327 / 13 2 de 3
8 Obras Hidráulicas I Mecánica de Suelos y Rocas I Hidráulica General Hidrología I Organización. de Proyectos y Obras Economía en Ing. Civil Construcción de Edificios Hormigón II Hormigón I Ingeniería Sismorresistente Mecánica de Suelos y Rocas I
Correlativas Año Sem. Asignatura Asignatura que debe haber Asignaturas que debe haber regularizado para curzar - Corr. aprobado para curzar - Corr. Débil Fuerte 5 9 Construcción de Carreteras Vías de Comunicación Hormigón I Transportes Economía en Ing. Civil Instalaciones I Arquitectura 10 Ingeniería Sanitaria Instalaciones I Hidráulica General Ingeniería Legal Organizac. de Proyectos y Obras
Admin. de Proyectos y Operaciones Organizac. de Proyectos y Obras Análisis Estructural II Análisis Estructural I Aprovechamientos. Hidráulicos Obras Hidráulicas I Caminos de Montaña Construcción de Carreteras Diseño Estructural Constr. Metálicas y de Madera I Hormigón I Asignaturas optativas
Equipos y Técnicas Constructivas Organizac. de Proyectos y Obras Estudios de Impacto Ambiental Organizac. de Proyectos y Obras Estudio del Medio Ambiente Estructuras Laminares Análisis Estructural I Ferrocarriles Vías de Comunicación Geología General y Aplicada Mecánica de Suelos y Rocas I Hidráulica Experimental Obras Hidráulicas I Hidrología II Hidrología I Instalaciones II Intalaciones I Organizac. de Proyectos y Obras Investigación en Ingeniería Hidráulica General, Construcción de Edificios, Análsis Estruct. I, Tecnología del Hormigón.
Mantenimiento de Obras Construcción de Edificios Mecánica de Suelos y Rocas II Mecánica de Suelos y Rocas I Obras Hidráulicas II Obras Hidráulicas I Hidrología I Planificación Territorial y de Estudio del Medio Ambiente Recursos Hídricos Hidrología I Tránsito y Vialidad Urbana Transportes Vías de Comunicación Aclaración: al momento de rendir el examen final, los alumnos deben haber aprobado todas las corrrelativas (Fuertes y Débiles)
ANEXO I –
RESOLUCIÓN – CD Nº 327 / 13
3 de 3
|
Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2013-RES-326 5/12/2013 (Carga: 10/12/2013) |
MENDOZA, 05 DIC 2013
VISTO: El contenido de la NOTA – FIN: 25343/2013, en la que la Dirección General de la carrera de Ingeniería Civil propone modificar la secuencia semestral del dictado de las asignaturas del Plan de Estudios de la carrera citada Ordenanza Nº 03/03-CS;
CONSIDERANDO: Que dicha propuesta se fundamenta en la necesidad de facilitar el cumplimiento de las actividades académicas de los alumnos. Que los procesos de autoevaluación, realizados en 2007 y 2009 para acreditación ante CONEAU, mostraron que los mayores índices de deserción se producen en correspondencia con el 4to semestre de la carrera. Además, las estadísticas indican que el porcentaje de alumnos que regularizan presentan valores significativamente inferiores en este semestre. Que el 4to semestre de la carrera es el único con 5 asignaturas y el de mayor carga horaria total, lo que impacta negativamente en el rendimiento académico de los alumnos de segundo año, quienes se encuentran aún en el proceso de adaptación a la vida universitaria. Las consultas realizadas por la Dirección General de la carrera de Ingeniería Civil a los profesores responsables de las asignaturas del 4to semestre, Estadística Técnica, Materiales de Construcción, Estabilidad II, Topografía y Tecnología del Hormigón, confirman los problemas detectados y validan la necesidad de reducir la carga horaria de dicho semestre. Que los alumnos de la carrera han manifiestado, a través de las encuestas que anualmente realiza la Facultad, las dificultades que surgen con el ordenamiento actual de asignaturas en el 4to semestre. Estas dificultades se traducen en una demora en el tiempo de egreso. Que los resultados del estudio “Una mirada introspectiva de los indicadores académicos que influyen tanto en el desempeño y el desgranamiento de los estudiantes como en la duración real de la carretera”, acreditado por la Secretaría de Ciencia, Técnica y Posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo, advierten sobre las dificultades observadas durante el cursado y han sido transferidos en el ámbito de la unidad académica, según lo evidencian las Resoluciones Nº 08/2011-CD y Nº 41/2011CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 24 de Septiembre de 2013.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar, para la Carrera de Ingeniería Civil la secuencia de asignaturas correspondientes al Plan de Estudios Ordenanza Nº 03/03-CS, de acuerdo con el Anexo I, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° Establecer, el 01 de Marzo de 2014 como fecha de inicio de las .actividades académicas de la Carrera de Ingeniería Civil, de acuerdo con la secuencia de asignaturas aprobada por el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y archívese en el libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 326 / 13
1 de 3
ANEXO I Secuencia Semestral de asignaturas - Ingeniería Civil - Plan Ord. 03/2003 CS
Horas Total Año Sem. Asignaturas Semanal Total Semestre
Análisis Matemático I 8 120
Algebra 7 105 1 Geometría Analítica 6 90
Introducción a la Ingeniería 3 45 360 1 Física I 8 120
Química General 6 90 2 Sistemas de Representación y Dibujo 7 105
Estudio del Medio Ambiente 3 45 360
Análisis Matemático II 6 90
Estabilidad I 7 105 3 Cálculo Numérico y Computación 5 75
Física II 7 105 375 2 Estadística Técnica 4 60
Materiales de Construcción 5 75 4 Estabilidad II 7 105
Topografía 5 75 315
3 Hidráulica General 7 105
Construcción de Edificios 5 75 5 Análisis Estructural I 8 120
Tecnología del Hormigón 4 60 360
Arquitectura 5 75
Mecánica de Suelos y Rocas I 7 105 6 Hormigón I 7 105
Hidrología I 5 75 360
Anexo I – Resol. – CD Nº 326 / 13 2 de 3
Plazo para la aprobación del examen de acreditación de conocimientos de Inglés.
Vías de Comunicación 7 105
Construcciones Metálicas y de Madera 6 90 7 Ingeniería Sismorresistente 6 90
Economía en Ingeniería Civil 4 60 345 4 Obras Hidráulicas I 7 105
Organización de Proyectos y Obras 5 75 8 Hormigón II 7 105
Oprativa 5 75 360
Construcción de Carreteras 7 105
Transportes 5 75
9 Instalaciones I 5 75
Optativa 5 75
5 Optativa o Electiva 5 75 405
Ingeniería Sanitaria 7 105
Ingeniería Legal 5 75 10 Optativa 5 75
Optativa o Electiva 5 75 330
Práctica Profesional Supervisada 300 300
Total 3870
ANEXO I –
RESOLUCIÓN – CD Nº 326 / 13
3 de 3
|
Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2013-RES-052 5/12/2013 (Carga: 16/05/2018) |
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
MENDOZA, 18 ABR 208
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 1209/2018, en las que la Dirección General de la Carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, propone la designación del Mgter. Juan Sebastián ARBONA en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos– Dedicación Simple – Interino, Asignatura “Algoritmos y Estructuras de Datos II”, en el marco del convenio N° 151/14ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 05 de diciembre de 2013, cuyos objetivos son: garantizar el acceso a la Educación Superior Universitaria como ampliación de derecho a partir de la expansión territorial mediante la creación de carreras de grado y pre grado con pertinencia social, como así también, propiciar la innovación en la gestión política, institucional, académica, administrativa y comunicacional de las nuevas carreras, garantizando el desarrollo de saberes y competencias que permitan al estudiante universitario aprender a conocer y ejercer una profesión determinada con responsabilidad social y una sólida formación;
CONSIDERANDO: Que a partir del proceso sistemático de análisis que ha emprendido esta Universidad sobre las demandas y necesidades sociales del contexto, es que se han podido definir áreas formativas en las que la oferta pública de nivel superior provincial aún no da respuesta. Que las áreas que demandan respuestas educativas son: las problemáticas del ambiente, los recursos naturales y el agua, la producción en todas sus áreas, la prestación de servicios turísticos, la industria, el transporte y al logística, las ciencias de la tierra, el área de informática y computación, la gestión de políticas públicas, entre otras. Que la Universidad Nacional de Cuyo se propone llevar adelante y con una mirada prospectiva una transformación en cuanto a la creación de nuevas carreras distribuidas en el territorio de la provincia de Mendoza, a fin de garantizar la igualdad de posibilidades a los estudiantes que no pertenecen a la zona de influencia de las Unidades Académicas existentes. Que se requiere el desarrollo de un modelo de gestión del conocimiento innovador y pertinente a las áreas de formación. Que el modelo de gestión curricular de las nuevas carreras vincula la investigación, la formación y la extensión en las áreas del saber de las nuevas carreras. Que es necesario fortalecer los mecanismos de procesos institucionales transversales, plurales y participativos orientados a la satisfacción de demandas y necesidades sociales. Que se requiere promover la institucionalización de criterios y prácticas de articulación entre distintas unidades académicas para la creación, actualización y gestión del currículum. Que en el año 2017 comenzó el dictado de la Carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, para lo cual es necesario cubrir los cargos docentes necesarios. Lo informado por la Dirección General de Presupuesto de la Universidad Nacional de Cuyo acerca de la viabilidad presupuestaria y la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática.
Resol. CD Nº 052 / 18 1 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
Lo informado por Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Que a fs. 25, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013CS, el Mgter. Juan Sebastián ARBONA cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 12 de diciembre de 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Mgter. Juan Sebastián ARBONA Nombres Documento 29.649.545 Único: CUIL o CUIT 20296495450 Legajo n° El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01032018 Hasta el 31122018 y/o hasta tanto el cargo sea concursado con carácter de Interino o Efectivo
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) ALGORITMOS Y ESTRUCTURAS DE DATOS II 2) 3)
ARTÍCULO 2º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º (cuadro 5), pertenece a: Códigos Descripción
2 Disciplina:
Subdisciplina: 1 8
Especialidad: 0 2 COMPUTACIÓN
Resol. CD Nº 052 / 18
2 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 3º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras)
Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 2053 LICENCIATURA EN CIENCIAS DE LA COMPUTACION 100
Porcentaje total 100%
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN ALGORITMOS Y ESTRUCTURAS DE DATOS II
ARTÍCULO 4º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática:
Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subde Fuente Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función ParticipaApartado penden de grama dad dad ción cia Financia Porcentual miento 44 1 11 03 10 0 05 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica (Rectorado UNCuyo) Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Transitorio Partida Parcial 0 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 6° : Resol. CD Nº 052 / 18
3 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 6º. En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (DecretoLey N° 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente Resolución, para que regularice la misma.
ARTÍCULO 7° Se procederá a la baja de la función asignada si, vencido el plazo : establecido en el artículo precedente, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 8° Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones. :
RESOLUCIÓN CD Nº 052 / 18
4 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2013-RES-052 5/12/2013 (Carga: 16/05/2018) |
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
MENDOZA, 18 ABR 208
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 1209/2018, en las que la Dirección General de la Carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, propone la designación del Mgter. Juan Sebastián ARBONA en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos– Dedicación Simple – Interino, Asignatura “Algoritmos y Estructuras de Datos II”, en el marco del convenio N° 151/14ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 05 de diciembre de 2013, cuyos objetivos son: garantizar el acceso a la Educación Superior Universitaria como ampliación de derecho a partir de la expansión territorial mediante la creación de carreras de grado y pre grado con pertinencia social, como así también, propiciar la innovación en la gestión política, institucional, académica, administrativa y comunicacional de las nuevas carreras, garantizando el desarrollo de saberes y competencias que permitan al estudiante universitario aprender a conocer y ejercer una profesión determinada con responsabilidad social y una sólida formación;
CONSIDERANDO: Que a partir del proceso sistemático de análisis que ha emprendido esta Universidad sobre las demandas y necesidades sociales del contexto, es que se han podido definir áreas formativas en las que la oferta pública de nivel superior provincial aún no da respuesta. Que las áreas que demandan respuestas educativas son: las problemáticas del ambiente, los recursos naturales y el agua, la producción en todas sus áreas, la prestación de servicios turísticos, la industria, el transporte y al logística, las ciencias de la tierra, el área de informática y computación, la gestión de políticas públicas, entre otras. Que la Universidad Nacional de Cuyo se propone llevar adelante y con una mirada prospectiva una transformación en cuanto a la creación de nuevas carreras distribuidas en el territorio de la provincia de Mendoza, a fin de garantizar la igualdad de posibilidades a los estudiantes que no pertenecen a la zona de influencia de las Unidades Académicas existentes. Que se requiere el desarrollo de un modelo de gestión del conocimiento innovador y pertinente a las áreas de formación. Que el modelo de gestión curricular de las nuevas carreras vincula la investigación, la formación y la extensión en las áreas del saber de las nuevas carreras. Que es necesario fortalecer los mecanismos de procesos institucionales transversales, plurales y participativos orientados a la satisfacción de demandas y necesidades sociales. Que se requiere promover la institucionalización de criterios y prácticas de articulación entre distintas unidades académicas para la creación, actualización y gestión del currículum. Que en el año 2017 comenzó el dictado de la Carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, para lo cual es necesario cubrir los cargos docentes necesarios. Lo informado por la Dirección General de Presupuesto de la Universidad Nacional de Cuyo acerca de la viabilidad presupuestaria y la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática.
Resol. CD Nº 052 / 18 1 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
Lo informado por Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Que a fs. 25, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013CS, el Mgter. Juan Sebastián ARBONA cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 12 de diciembre de 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Mgter. Juan Sebastián ARBONA Nombres Documento 29.649.545 Único: CUIL o CUIT 20296495450 Legajo n° El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01032018 Hasta el 31122018 y/o hasta tanto el cargo sea concursado con carácter de Interino o Efectivo
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) ALGORITMOS Y ESTRUCTURAS DE DATOS II 2) 3)
ARTÍCULO 2º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º (cuadro 5), pertenece a: Códigos Descripción
2 Disciplina:
Subdisciplina: 1 8
Especialidad: 0 2 COMPUTACIÓN
Resol. CD Nº 052 / 18
2 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 3º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras)
Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 2053 LICENCIATURA EN CIENCIAS DE LA COMPUTACION 100
Porcentaje total 100%
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN ALGORITMOS Y ESTRUCTURAS DE DATOS II
ARTÍCULO 4º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática:
Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subde Fuente Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función ParticipaApartado penden de grama dad dad ción cia Financia Porcentual miento 44 1 11 03 10 0 05 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica (Rectorado UNCuyo) Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Transitorio Partida Parcial 0 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 6° : Resol. CD Nº 052 / 18
3 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 6º. En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (DecretoLey N° 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente Resolución, para que regularice la misma.
ARTÍCULO 7° Se procederá a la baja de la función asignada si, vencido el plazo : establecido en el artículo precedente, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 8° Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones. :
RESOLUCIÓN CD Nº 052 / 18
4 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2013-RES-052 5/12/2013 (Carga: 23/07/2018) |
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
MENDOZA, 18 ABR 208
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 1209/2018, en las que la Dirección General de la Carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, propone la designación del Mgter. Juan Sebastián ARBONA en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos– Dedicación Simple – Interino, Asignatura “Algoritmos y Estructuras de Datos II”, en el marco del convenio N° 151/14ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 05 de diciembre de 2013, cuyos objetivos son: garantizar el acceso a la Educación Superior Universitaria como ampliación de derecho a partir de la expansión territorial mediante la creación de carreras de grado y pre grado con pertinencia social, como así también, propiciar la innovación en la gestión política, institucional, académica, administrativa y comunicacional de las nuevas carreras, garantizando el desarrollo de saberes y competencias que permitan al estudiante universitario aprender a conocer y ejercer una profesión determinada con responsabilidad social y una sólida formación;
CONSIDERANDO: Que a partir del proceso sistemático de análisis que ha emprendido esta Universidad sobre las demandas y necesidades sociales del contexto, es que se han podido definir áreas formativas en las que la oferta pública de nivel superior provincial aún no da respuesta. Que las áreas que demandan respuestas educativas son: las problemáticas del ambiente, los recursos naturales y el agua, la producción en todas sus áreas, la prestación de servicios turísticos, la industria, el transporte y al logística, las ciencias de la tierra, el área de informática y computación, la gestión de políticas públicas, entre otras. Que la Universidad Nacional de Cuyo se propone llevar adelante y con una mirada prospectiva una transformación en cuanto a la creación de nuevas carreras distribuidas en el territorio de la provincia de Mendoza, a fin de garantizar la igualdad de posibilidades a los estudiantes que no pertenecen a la zona de influencia de las Unidades Académicas existentes. Que se requiere el desarrollo de un modelo de gestión del conocimiento innovador y pertinente a las áreas de formación. Que el modelo de gestión curricular de las nuevas carreras vincula la investigación, la formación y la extensión en las áreas del saber de las nuevas carreras. Que es necesario fortalecer los mecanismos de procesos institucionales transversales, plurales y participativos orientados a la satisfacción de demandas y necesidades sociales. Que se requiere promover la institucionalización de criterios y prácticas de articulación entre distintas unidades académicas para la creación, actualización y gestión del currículum. Que en el año 2017 comenzó el dictado de la Carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, para lo cual es necesario cubrir los cargos docentes necesarios. Lo informado por la Dirección General de Presupuesto de la Universidad Nacional de Cuyo acerca de la viabilidad presupuestaria y la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática.
Resol. CD Nº 052 / 18 1 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
Lo informado por Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Que a fs. 25, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013CS, el Mgter. Juan Sebastián ARBONA cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 12 de diciembre de 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Mgter. Juan Sebastián ARBONA Nombres Documento 29.649.545 Único: CUIL o CUIT 20296495450 Legajo n° El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01032018 Hasta el 31122018 y/o hasta tanto el cargo sea concursado con carácter de Interino o Efectivo
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) ALGORITMOS Y ESTRUCTURAS DE DATOS II 2) 3)
ARTÍCULO 2º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º (cuadro 5), pertenece a: Códigos Descripción
2 Disciplina:
Subdisciplina: 1 8
Especialidad: 0 2 COMPUTACIÓN
Resol. CD Nº 052 / 18
2 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 3º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras)
Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 2053 LICENCIATURA EN CIENCIAS DE LA COMPUTACION 100
Porcentaje total 100%
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN ALGORITMOS Y ESTRUCTURAS DE DATOS II
ARTÍCULO 4º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática:
Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subde Fuente Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función ParticipaApartado penden de grama dad dad ción cia Financia Porcentual miento 44 1 11 03 10 0 05 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica (Rectorado UNCuyo) Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Transitorio Partida Parcial 0 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 6° : Resol. CD Nº 052 / 18
3 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 6º. En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (DecretoLey N° 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente Resolución, para que regularice la misma.
ARTÍCULO 7° Se procederá a la baja de la función asignada si, vencido el plazo : establecido en el artículo precedente, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 8° Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones. :
RESOLUCIÓN CD Nº 052 / 18
4 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2013-RES-325 4/12/2013 (Carga: 10/12/2013) |
MENDOZA, 04 DIC 2013
VISTO: El Anexo XIII del EXP – FIN: 7021/2013, en el que obran las actuaciones relacionadas con el llamado a concurso convocado por Resolución Nº 134/2013-CD para proveer UN (1) cargo de Ayudante de Segunda para el Área 12 – VÍAS DE COMUNICACIÓN con “Vías de Comunicación” como asignatura base de referencia y en forma alternada en Proyecto de cátedra, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: Que la citada convocatoria se efectuó para cumplir funciones en Laboratorios o Proyectos, correspondientes al segundo semestre del año 2013 y asignaturas que se dictan en el primer semestre del 2014, por lo que corresponde que tal designación se efectúe desde la efectiva prestación de servicios hasta el 31 de julio del año 2014. Que por razones presupuestarias sólo se pueden realizar designaciones interinas hasta el 31 de diciembre del año 2013. Que se ha dado cumplimiento a las disposiciones de la Ordenanza Nº 03/2000-CD y no se han registrado observaciones ni impugnaciones alguna. El dictamen de la Comisión Asesora que obra a fs. 27 y 28, del mencionado Expediente. Que en el informe de fs. 32 la Dirección General Económico Financiera, certifica la existencia del cargo vacante con su respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. Que a fs. 31 corre agregado el informe de la Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Que a fs. 34 y 34 vta. se adjunta la correspondiente declaración jurada de cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado en fs. 36 por la Dirección de Personal de esta Facultad. Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal y en cumplimiento de la Ordenanza N° 68/2013-CS, el señor Martín Miguel GARCÍA cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 24 de setiembre del año 2013.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por Resolución Nº 134/2013-CD para proveer UN (1) cargo de Ayudante de Segunda para el Área 12 – VÍAS DE COMUNICACIÓN con “Vías de Comunicación” como asignatura base de referencia y en forma alternada en Proyecto de cátedra, y el siguiente Orden de Méritos: 1º- GARCÍA, Martín Miguel
Resol.-CD Nº 325 / 13
1 de 3
ARTÍCULO 2º.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Sr. Martín Miguel GARCÍA Nombres Documento D.N.I. 31.429.679 Único: CUIL o CUIT 20-31429679-7 Legajo N°
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Ayudante de Segunda Cargo Dedicación Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 20-11-2013 Hasta el 31-12-2013
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Area o Seminario o Taller): (*) 1) ÁREA 12 – VÍAS DE COMUNICACIÓN 2) 3)
ARTÍCULO 3º.- El espacio curricular mencionado en el Artículo 2º (cuadro 5), pertenece a: Códigos Descripción
2 Disciplina: 1 7 Subdisciplina:
Especialidad: 0 6 VÍAS DE COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 4º.- El espacio curricular mencionado en el Artículo 2º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras) Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 158 INGENIERÍA CIVIL 100
Porcentaje total 100%
Resol.-CD Nº 325 / 13 2 de 3
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN VÍAS DE COMUNICACIÓN 2 PROYECTO DE CÁTEDRA VÍAS DE COMUNICACIÓN 3 4
ARTÍCULO 5º.- El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen- Fuente Programa Subpro- Proyecto Activi- Obra Finali- Función Participación Porcentual Apartado dencia de grama dad dad Financia miento 09 0 11 34 3 0 99 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla:
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 09 Desarrollo de la Ingeniería Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 815 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 7º.- De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos agregada a fs. 34 y 34 vta. de estas actuaciones y lo informado a fs. 36 por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN - CD Nº 325 / 13
3 de 3
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2013-RES-324 4/12/2013 (Carga: 1/07/2019) |
MENDOZA, 04 DIC 2013
VISTO: El contenido de la NOTA FIN: 29583/2013, en la que Secretaría Académica propone prorrogar el plazo establecido en la Resolución Nº 81/2012CD;
CONSIDERANDO: Que el período fijado para evaluar la conveniencia de “regularidad por dos años” con respecto al régimen anterior, no ha permitido llegar a una conclusión que permita establecer un régimen permanente. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 12 de noviembre del año 2013.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Prorrogar por DOS (2) años académicos (2014 y 2015) la aplicación de la Resolución Nº 81/2012CD.
ARTÍCULO 2º. Disponer que Secretaría Académica, una vez cumplido el período establecido por el Artículo 1º de la presente Resolución, realice una evaluación del Rendimiento Académico de los alumnos, a los fines de que el Consejo Directivo determine la continuidad de la norma.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 324 / 13
1 de 1
|
Alumnos de grado y Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||