Digesto
|
15994 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
FI-2016-RES-637 16/12/2016 (Carga: 1/03/2017) |
MENDOZA, 16 DIC 2016
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 25162/2016, en las que el alumno Carlos Emanuel MAURE de la carrera de Ingeniería Industrial solicita equivalencias internas por “CAMBIO DE CARRERA”;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de las Resoluciones Nros. 172/84FI, 064/2014CD y 52/2016CD, que establecen las normas a las que deberán ajustarse las tramitaciones de cambio de carrera. Lo informado por la Dirección de Alumnos, Dirección de Asuntos Estudiantiles y Secretaría Académica.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar al alumno Carlos Emanuel MAURE (Legajo 8355) a inscribirse en la carrera de Ingeniería de Petróleos (Plan de Estudios Ord. Nº 02/2016CS) y simultáneamente la baja en la carrera de Ingeniería Industrial (Plan de Estudios Ord. Nº 110/2004CS), que cursaba hasta la fecha.
ARTÍCULO 2º. Otorgar al alumno Carlos Emanuel MAURE equivalencias internas “POR RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS” aprobadas en la carrera de Ingeniería Industrial con las correspondientes al Plan de Estudios de la carrera de Ingeniería de Petróleos, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Nº 064/2014CD (Anexo VIII). MATERIAS DE EQUIVALENCIA INTEGRAL Carrera Ingeniería de Petróleos Carrera de Origen . QUÍMICA ORGÁNICA por . QUÍMICA ORGÁNICA . CÁLCULO NUMÉRICO Y COMPUTACIÓN por . CÁLCULO NUMÉRICO Y MÉTODOS NUMÉRICOS . DIBUJO Y SISTEMAS DE por . SISTEMAS DE REPRESENTACIÓN Y REPRESENTACIÓN DIBUJO . INGLÉS NIVEL B 2 por . INGLÉS TÉCNICO E INGLÉS COLOQUIAL
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 637 / 16
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
|
Alumnos de grado y Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2016-RES-636 16/12/2016 (Carga: 3/03/2017) |
MENDOZA, 16 DIC 2016
VISTO: El contenido de la NOTA – CUY: 4410/2016, en la que el señor Rodrigo Fabián LUSCHINI solicita autorización para inscribirse en la asignatura “Química Analítica” que se dicta en la Facultad Regional Mendoza – Universidad Tecnológica Nacional, con carácter de electiva;
CONSIDERANDO: Que el señor LUCHINI es alumno de la carrera de Ingeniería Industrial de esta Facultad. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 110/2004CS. Lo informado por la Dirección General de la carrera de Ingeniería Industrial y Secretaría Académica.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar la inscripción del señor Rodrigo Fabián LUSCHINI (Legajo: 10.718 DNI: 38.756.631) en la asignatura “Química Analítica” que se dicta en la Facultad Regional Mendoza – Universidad Tecnológica Nacional, con carácter de electiva, la que deberá formalizar en Dirección Alumnos de acuerdo a lo dispuesto en las reglamentaciones vigentes.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 636 / 16
1 de 1
|
Alumnos de grado | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-268 16/12/2016 (Carga: 1/03/2017) |
MENDOZA, 16 DIC 2016
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP CUY: 19919/2016, en las que se tramita la adscripción del Ing. Darío Emilio PERALTA como Auxiliar Adscripto Adhonorem en la asignatura “Equipos e Instalaciones Industriales” de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que el pedido de adscripción está encuadrado en las disposiciones de la Ordenanza Nº 03/2015CD. El Plan de Labor fijado por la Comisión de Adscripción de la mencionada asignatura. Lo informado por Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 22 de noviembre del año 2016.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Adscribir por el término de UN (1) año, a partir del 01 de noviembre del año 2016, como Auxiliar Adscripto Adhonorem, al Ing. Darío Emilio PERALTA (DNI: 33.462.456), en la asignatura “Equipos e Instalaciones Industriales” de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º. El Ing. PERALTA deberá presentar en Dirección de Personal el Seguro de Riesgo del Trabajo, requisito indispensable para desempeñar la Adscripción citada en el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º. Una vez finalizada la presente Adscripción, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6º DEL TRÁMITE FINAL. CALIFICACIÓN, de la Ordenanza Nº 03/2015CD, para que la misma resulte aprobada.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 268 / 16
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
|
Personal y Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-267 16/12/2016 (Carga: 3/03/2017) |
MENDOZA, 16 DIC 2016
VISTO: El contenido de la NOTA – CUY: 32493/2016, en la que el Comité Académico de la carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental”, solicita dejar sin efecto el contenido de la Resolución Nº 109/2016 dictada por el Consejo Directivo de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que dicha solicitud se fundamenta en una confusión que se produjo al tratar los pedidos de admisión a las carreras de posgrado de “Maestría en Ingeniería Ambiental” y “Especialización en Ingeniería Ambiental”. Que el Comité Académico analizó los perfiles de los profesionales que aspiran a cursar la carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental”. Que en los Curriculums Vitae presentados acreditan actividad profesional relacionada con el Medio Ambiente. Que por lo expuesto corresponde dejar sin efecto la Resolución Nº 109/2016CD y dictar una nueva disposición. Las disposiciones de la Resolución Nº 104/98CD. Lo informado por la Dirección de Posgrado y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 27 de setiembre del año 2016.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Dejar sin efecto el contenido de la Resolución Nº109/2016CD por las causales expuestas en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Autorizar, a Dirección Alumnos de esta Casa, a inscribir como alumnos de la carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental” a los siguientes profesionales, de acuerdo al Plan de Estudio aprobado por Ordenanza Nº 36/2015CS: AÑO 2016 . JAURRIETA, Lucía Beatriz 31.949.807 . MARRUGO GUARDO, Mayra Luz 95.528.294 . SEBÓK MARTIN, Alejandra 33.051.373
ARTÍCULO 3º. Otorgar a los profesionales detallados en el Artículo 1º de la presente Resolución un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumplan con la presentación, en Dirección Alumnos de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 267 / 16
1 de 1
|
Alumnos de Postgrado | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-266 16/12/2016 (Carga: 3/03/2017) |
MENDOZA, 16 DIC 2016
VISTO: El contenido de la NOTA – CUY: 29113/2016, en la que la Dirección de Servicio de Apoyo Pedagógico y Orientación al Estudiante (SAPOE) eleva el Proyecto “Comprendiendo la Ingeniería a través de sus textos”;
CONSIDERANDO: Que el mencionado Proyecto tiene por finalidad realizar un taller de comprensión de textos escritos dirigido a estudiantes de primer año de la carrera de Ingeniería de Petróleos. Que dicho Proyecto propone los siguientes objetivos: Contribuir a la mejora de la comprensión de textos de estudio en los estudiantes de primer año de la carrera de Ingeniería de Petróleos Promover en los estudiantes la concepción de la lectura como una interacción entre el lector y el texto Propiciar entre los estudiantes la toma de conciencia sobre las propias habilidades de comprensión lectora y la importancia de los conocimientos previos para lograr la comprensión de un texto de estudio Lo informado por el Director de la carrera de Ingeniería de Petróleos y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 23 de agosto del año 2016.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Proyecto de Comprensión de Textos Escritos “Comprendiendo la Ingeniería a través de sus textos” dirigido a alumnos de primer año de la carrera de Ingeniería de Petróleos y como complementario del curso “Expresión Oral y Escrita” que se dicta en la asignatura “Introducción a la Ingeniería de Petróleos”.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 266 / 16
1 de 1
|
Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-265 16/12/2016 (Carga: 1/03/2017) |
MENDOZA, 16 DIC 2016
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 27346/2016, en las que Secretaría Académica, propone la designación de la Dra. Ing. Carolina Soledad DÍAZ en el cargo de Profesor Adjunto – Dedicación Simple – Interino, con la temática de referencia “Robótica I”;
CONSIDERANDO: Que en el informe de la Dirección General Económico Financiera a fs. 3, obra la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. Que a fs. 2 corre agregado el informe de la Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Que a fs. 5 y 5 vta. se adjunta la correspondiente declaración jurada de cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado en fs. 6 por la Dirección de Personal de esta Facultad. Que a fs. 4, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013CS, la Dra. Ing. Carolina Soledad DÍAZ cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del día 23 de agosto de 2016.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Dra. Carolina Soledad DÍAZ Nombres Documento D.N.I. 27.042.478 Único: CUIL o CUIT 27270424789 Legajo n° 32.517 El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Profesor Adjunto Cargo Dedicación Simple Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 02012017 Hasta el 31122017 y/o hasta tanto el cargo sea concursado con carácter de Interino o Efectivo
Resol. CD Nº 265 / 16
1 de 3 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) ROBÓTICA I 2) 3)
ARTÍCULO 2º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º (cuadro 5), pertenece a: Códigos Descripción
2 Disciplina:
Subdisciplina: 2 0
Especialidad: 0 3 ROBÓTICA
ARTÍCULO 3º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras)
Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 5363 INGENIERÍA EN MECATRÓNICA 100
Porcentaje total 100%
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN ROBÓTICA I 2 3 4
ARTÍCULO 4º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subde Fuente Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función ParticipaApartado penden de grama dad dad ción cia Financia Porcentual miento 09 0 11 34 3 0 99 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
Resol. CD Nº 265 / 16
2 de 3 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
ARTÍCULO 5º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 09 Facultad de Ingeniería Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 812 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 6º. De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos agregada a fs. 5 y 5 vta. de estas actuaciones y lo informado a fs. 6 por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 7º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 265 / 16
3 de 3 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
|
Personal y Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-ORD-002 16/12/2016 (Carga: 3/03/2017) |
MENDOZA, 16 DIC 2016
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 6766/2014, en las que la Directora de Modalidades y Tecnologías Educativas eleva la propuesta de Reglamentación de espacios curriculares pertenecientes a carreras de grado, cuyo desarrollo implica cambio de modalidad educativa presencial a modalidad educativa a distancia.
CONSIDERANDO: Que son diversas las experiencias pedagógicas que se vienen realizando en esta Facultad desde hace años con el uso de tecnologías digitales y/o plataformas educativas, para el desarrollo curricular de espacios pertenecientes a carreras con modalidad presencial, tanto en carreras de grado como en el ingreso. Que resulta claramente ineludible diferenciar los alcances pedagógicos del uso de tecnologías digitales y/o de los entornos virtuales de enseñanza y aprendizaje para el desarrollo curricular. Que es necesario definir criterios académicos e institucionales para la Facultad, que encuadre esta experiencia cuando implique la utilización parcial o total de la modalidad virtual. Que la Ordenanza Nº 10/13CS, tiene como propósito institucionalizar las prácticas existentes según criterios académicos consistentes y a la vez, propiciar nuevos desarrollos que paulatinamente vayan consolidando una propuesta académica más flexible en relación a la gestión de tiempo y espacio por parte del alumno y del docente; en cuya elaboración participaron miembros representantes de todas las Unidades Académicas, a través de la Comisión de Educación a Distancia Rectoral. Que de acuerdo a lo expresado en la Ordenanza N° 57/15–CS, cuyo propósito es el de avanzar institucionalmente en la flexibilización de los procesos de enseñanza y de aprendizaje, pero no extendiéndolos por fuera de la carga horaria que especifica el diseño curricular. Que las horas no presenciales que requerirá el docente para el desarrollo de la actividad académica y que implican modalidad a distancia, en sus funciones pedagógicodidácticas, se consideran como parte de las horas de atención a las obligaciones docentes ordinarias y, por ende, ubicables en el plano de la presencialidad de la dedicación de cada docente, según lo establecido en la Ordenanza Nº 28/2000CS, Art. 3º, Punto A) y las normativas elaboradas en su marco en cada Unidad Académica. Que, en el Anexo I de la Resolución Nº 03/03CD se estableció la creación y funcionamiento de la Dirección de Modalidades y Tecnologías Educativas (MyTE), cuya responsabilidad primaria es mejorar la calidad de la enseñanza de los cursos de grado y posgrado mediante la creación de nuevas modalidades. Que la Unidad Académica se expidió mediante Resolución Nº 21/2008CD, que regula y autoriza el dictado de asignaturas en modalidades intensivas o especiales. Que, en este marco, es preciso contar con una normativa que reglamente la Ordenanza Nº 10/13CS, y sus modificaciones incluidas en la Ordenanza N° 57/15– CS que incorpora la adenda a dicha Ordenanza.
Ord. – CD Nº 002 / 16
1 de 6 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 28 de junio del año 2016.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA ORDENA:
ARTÍCULO 1° Establecer, para las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería la .opción de desarrollar hasta el 25 % del total de la carga horaria del Plan de Estudios en modalidad a distancia, de acuerdo a las pautas y procedimientos de gestión administrativa y académica indicados en el Anexo I, y el modelo de nota de elevación de propuesta que figura en el Anexo II, que forman parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Ordenanzas.
ORDENANZA – CD Nº 002 / 16
2 de 6 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
ANEXO I Procedimiento de gestión administrativa y académica para el desarrollo de espacios curriculares, pertenecientes a carreras de grado presenciales que impliquen cambio de modalidad educativa a distancia.
Los procedimientos de la gestión serán articulados, conjuntamente, entre las Direcciones Generales de Carreras y la Dirección de Modalidades y Tecnologías Educativas
1. Procedimiento General a) El Docente titular o responsable de asignatura presentará al Director General de Carrera, la propuesta que incluya modalidad virtual, formulada conforme a la documentación requerida en el Anexo II. La propuesta deberá presentarse con antelación suficiente para su tratamiento. b) El Director General de la Carrera deberá: b.1 Analizar la viabilidad de la propuesta en relación al Plan de Estudios vigente. b.2 Solicitar un informe, si lo considera pertinente, al Director de la Dirección de Modalidades y Tecnologías Educativas a los efectos de conocer las posibilidades de implementación de la propuesta. c) El Director de Modalidades y Tecnologías Educativas deberá: Realizar el informe solicitado (punto b.2) y elevarlo al Director General de Carrera, brindando el asesoramiento pertinente. d) El Director General de la Carrera aprobará la implementación de la propuesta, con el aval de la Comisión Asesora de la Carrera, en el caso de que sea viable. e) Aprobada la propuesta se procederá al diseño e implementación de la misma.
2. Documentación a presentar por el Profesor Titular o Responsable de Asignatura Se deberá presentar: a) Nota dirigida al Director General de Carrera ingresada por Mesa de Entradas. b) Propuesta de innovación pedagógicodidáctica, el que se especificará: b.1 Integrantes del equipo docente. b.2 Breve fundamento de la innovación pedagógicodidáctica. b.3 Especificación de contenidos a abordar. b.4 Especificar el porcentaje de carga horaria de la asignatura que implica modalidad a distancia.
La información requerida en el punto b) deberá ser incluida en el Programa y Planificación didáctica de la asignatura, en cumplimiento de la normativa vigente en la Unidad Académica.
3. Responsabilidades de los equipos docentes en la implementación de la propuesta
a. Solicitar la apertura del entorno virtual de enseñanza y aprendizaje a la Dirección de Modalidades y Tecnologías Educativas. b. El docente titular o responsable de asignatura debe diseñar, coordinar y realizar el seguimiento de las tareas que se realicen en el mismo, especificando las responsabilidades de cada docente. Anexo I – Ord. – CD Nº 002 / 16
3 de 6 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
c. Para seleccionar el contenido específico, desarrollar el material de enseñanza y aprendizaje, el docente podrá contar con el asesoramiento y acompañamiento de la Dirección. Deberá respetarse las leyes y reglamentaciones vigentes nacionales respecto a la propiedad intelectual del material didáctico utilizado. d. Explicitar en el Informe anual de la asignatura, el impacto de la innovación pedagógicadidáctica.
4. Los docentes y el cumplimiento de la carga horaria
La Secretaría Académica informará al área administrativa responsable, lo referente a la nómina de espacios curriculares y carga horaria de los docentes, en las que se implementará esta modalidad de trabajo. Por cuanto esta innovación pedagógica trabaja sobre la concepción de una presencialidad resignificada desde las posibilidades que brindan las nuevas tecnologías digitales, en general, y los entornos virtuales de enseñanza y aprendizaje, en particular, no es obligación que los docentes las cumplan dentro de las instalaciones de la Unidad Académica, exceptuando lo indicado en el Apartado 6 y otras actividades, de carácter institucional, tales como concursos docentes, reuniones de claustro, reuniones de área, entre otras. 4.1 La Facultad de Ingeniería implementará los siguientes procedimientos: a. La Dirección de Modalidades y Tecnologías Educativas en consonancia con la propuesta de innovación pedagógicodidáctica implementada en el EVEA, realizará un informe técnico. b. El informe técnico será elevado a Dirección Clases para su posterior tratamiento administrativo.
5. Los estudiantes y las formas de cumplimentar la carga horaria virtual
En estos casos no implicará la presencia de los mismos en la Unidad Académica, excepto para todas las instancias de evaluaciones parciales o finales y horarios de consultas, las que serán presenciales. En este sentido:
a. El docente titular o responsable del espacio curricular, deberá explicitar a los estudiantes: actividades a realizar, procesos de evaluación y cronograma de actividades; utilizando para ello los recursos de comunicación de la plataforma educativa y otros que considere pertinentes. b. Los alumnos deberán cumplimentar con carácter obligatorio, las exigencias especificadas en tiempo y forma.
Finalmente, el docente titular o responsable de asignatura deberá explicitar en el informe anual de asignatura, la efectividad del proceso formativo de la innovación pedagógicadidáctica del EVEA, establecido en el punto 3.d.
Anexo I – Ord. – CD Nº 002 / 16
4 de 6 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
6. Evaluación del aprendizaje de los estudiantes
Se debe explicitar en los procesos de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes, fundamentalmente, de las condiciones de seguridad y confiabilidad de los exámenes de aprobación de cada asignatura. En todos los casos, deberá existir instancia de evaluación presencial en relación a evaluaciones parciales o finales, en correspondencia a lo que establece la Ordenanza N° 108/2010CS. Complementariamente, se podrán incorporar las propuestas de evaluación del proceso de aprendizaje, en lo cognitivo y actitudinal.
7. Evaluación de las condiciones académicas para las intervenciones educativas con modalidad a distancia.
Los procesos educativos, incluido el de evaluación, en la implementación de una propuesta virtual; quedan enmarcados en el modelo pedagógico de interacción cognitiva y social (Anexo I de la Ordenanza 10/2013CS), y deberán cumplir tres funciones básicas:
a) Función informativa: como administración, distribución, y sistematización y disponibilidad de información. b) Función cognitiva: como escenario para el procesamiento y comprensión de la información. c) Función comunicativa: como espacio de interacción entre los diferentes actores, recursos y herramientas.
Considerando dichas funciones, el seguimiento y control de las actividades que se desarrollen deben cumplir los siguientes aspectos:
a) Capacitación del docente en la modalidad a distancia. b) Adecuación de los recursos didácticos utilizados. c) Relación número de alumnos/tutor. d) Planteo de actividades que promuevan el desarrollo de las tres funciones del modelo pedagógico, mediante el desarrollo de diferentes estrategias de aprendizaje, implicando participación, interacción y colaboración; desarrollo y mediación de foros con temáticas disciplinares y sociales de apoyo y motivación; planteo, acompañamiento y evaluación de trabajos individuales y grupales, entre otras. e) El recurso tecnológico, utilizado para el desarrollo académico en la modalidad a distancia, deben suministrar reportes automáticos para permitir el seguimiento de las actividades que desarrollan los alumnos y los docentes: participación en foros, duración de los mismos, frecuencia de ingreso al sistema, entre otras. La infraestructura tecnológica debe disponer de políticas que garanticen razonablemente: la operación, la escalabilidad, la accesibilidad, la seguridad, el resguardo y privacidad de información.
ANEXO I –
ORDENANZA – CD Nº 002 / 16
5 de 6 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
ANEXO II Modelo de nota
Mendoza,…….de….………de……. Señor Director General de Carrera Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo Nombre del Director General de Carrera
Quien suscribe,..………………………., DNI Nº...…………….., tiene el agrado de dirigirse a usted con el objeto de presentar: Propuesta de innovación pedagógicadidáctica, en la modalidad a distancia, correspondiente a la asignatura: .........................................................................................…………………………........ La propuesta se presenta conforme al punto 2 b) de la presente normativa. Se adjunta a la propuesta los formularios P1 y P2.
Sin otro particular saludo atentamente.
Firma del Docente Titular o responsable de asignatura
ANEXO II –
ORDENANZA – CD Nº 002 / 16
6 de 6 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
|
Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||