Digesto
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16202 Normativas
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FI-2017-RES-693 14/12/2017 (Carga: 13/03/2018) |
Aprobar el dictamen de ka Comisión Asesora encargada de evaluar los antecedentes de los postulantes inscriptos a la beca de Ayuda Económica entre estudiantes de Ingeniería Civil
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CD-2017-RES-364 14/12/2017 (Carga: 15/02/2018) |
MENDOZA, 14 DIC 2017
VISTO: El contenido de la NOTA–CUY: 42848/2017 en la que la Dirección de Asuntos Estudiantiles solicita se autorice la readmisión de la alumna Ana Cintia ROLDÁN quien registra Rendimiento Académico Negativo;
CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 608/17FI se autorizó a la alumna de referencia para que rinda un Examen Global, en el presente año académico, para ser readmitida como “Alumna Activa” de esta Facultad. Que a fs. 2 el Ing. Alfredo Alberto CABALLERO, Profesor Titular de la asignatura “Operaciones Unitarias”, informa que la citada estudiante ha rendido el Examen Global satisfactoriamente, por lo que corresponde dictar la Resolución con su readmisión. Lo establecido en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 24/2007CS. Lo informado por Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 28 de noviembre de 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Readmitir a la Señorita Ana Cintia ROLDÁN (Legajo 7668), por haber aprobado el Examen Global establecido en la Resolución Nº 608/17FI, como “Alumna Activa” de esta Facultad, conforme a lo establecido en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 24/2007CS:
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 364 / 17
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FI-2017-RES-681 13/12/2017 (Carga: 1/03/2018) |
2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
MENDOZA, 13 DIC 2017
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP CUY: 13726/2017, donde obran los antecedentes relacionados con el llamado a concurso CERRADO GENERAL de antecedentes, prueba de oposición, entrevista y plan de labor, para cubrir, con carácter de Efectivo, UN (1) cargo de Categoría DOS (2) del Agrupamiento Administrativo de la Planta de Personal de Apoyo Académico TRAMO MAYOR, para cumplir funciones de Director en la Dirección Alumnos de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo;
CONSIDERANDO: Que el pedido se efectúa en el marco de la Ordenanza Nº 03/2008CS, por la cual se aprobó la “REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO”, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nº 366/2006, cuyo texto fue acordado en Paritarias Particulares en Acta del 25 de febrero del año 2008, aprobada por Resolución Nº 43/2008CS. Que en el marco del Artículo 6º del ANEXO I de la Ordenanza Nº 03/2008CS, el Consejo Superior de la Universidad dictó la Resolución Nº 1242/2017 por la cual se autoriza a esta Facultad a convocar al presente concurso, de acuerdo con los datos detallados en el formulario previsto en la Circular Nº 34/2013 de Gestión Administrativa del Rectorado. Que por EXP – CUY: 21204/2017 se tramita la baja por jubilación de la Profesora María Cecilia SANDES, Jurado Titular del mencionado concurso, por lo que resulta necesario efectuar la sustitución y nombrar al Jurado Suplente que corresponda. Las atribuciones establecidas en al Artículo 6º del Anexo I de la Ordenanza Nº 03/2008CS.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA AD REFERENDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Convocar a concurso CERRADO GENERAL de antecedentes, prueba de oposición, entrevista y plan de labor para cubrir con carácter de Efectivo UN (1) cargo de la Planta Permanente de Personal de Apoyo Académico, Categoría DOS (2) del AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO – TRAMO MAYOR, del Escalafón aprobado por Decreto Nacional Nº 366/2006, para desempeñar funciones de Director en la Dirección Alumnos de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, cuyos datos se encuentran detallados en el ANEXO I de la presente Resolución, que consta de TRES (3) hojas y que fuera aprobada por Resolución Nº 1242/2017 por el Consejo Superior.
ARTÍCULO 2º. Difundir el presente llamado a concurso, durante QUINCE (15) días hábiles, en el período comprendido entre el CINCO (05) y el VEINTITRES (23) de marzo del año 2018, en el marco de lo establecido en el Artículo 7º del ANEXO I de la Ordenanza Nº 03/2008CS.
ARTÍCULO 3º. Publicar, en al menos un diario de mayor circulación de la Provincia, la presente convocatoria a concurso, especificándose los datos mínimos establecidos en el Artículo 8º del ANEXO I de la Ordenanza Nº 03/2008CS.
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2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
ARTÍCULO 4º. Fijar como período de inscripción el comprendido entre el VEINTISEIS (26) de marzo y el CUATRO (04) de abril del año 2018, inclusive, en el cual los interesados deberán presentar su solicitud de inscripción en Mesa de Entradas de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, Centro Universitario – Ciudad Mendoza, de lunes a viernes, en horario de 8 a 12 horas.
ARTÍCULO 5º. Los aspirantes deberán acompañar a su solicitud de inscripción, su Currículum Vitae, con carácter de Declaración Jurada, con las debidas probanzas, acreditadas por autoridad competente. La falta de presentación de dicha documentación invalidará la inscripción del postulante al concurso (Artículo 9º Anexo I de la Ordenanza Nº 03/2008CS).
ARTÍCULO 6º. Establecer que la Prueba de Oposición a la que se hace referencia en el Artículo 1º de la presente Resolución, se llevará a cabo en la sede de la Facultad de Ingeniería, el día y la hora que determine el Jurado, integrado según el listado detallado en el ANEXO I de la presente Resolución, conforme con las atribuciones conferidas en el Artículo 12º Inciso b) del ANEXO I de la Ordenanza Nº 03/2008CS.
ARTÍCULO 7º. El temario de la Prueba de Oposición estará sujeto al detallado en el ANEXO I de esta Resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en el orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 8º. Remitir una copia certificada de la presente Resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, como así también copia de constancia del envío de un correo electrónico con archivo adjunto de la Resolución en formato Word, a la dirección rrhh@uncu.edu.ar a fin de difundirlo en la página Web de la Universidad, en virtud de lo establecido en el Artículo 8º último párrafo del ANEXO I de la Ordenanza Nº 03/2008CS.
ARTÍCULO 9º. Convocar, mediante notificación fehaciente que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, al Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC) a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante.
ARTÍCULO 10º. Disponer que, la notificación del Acta de Determinación de Aspirantes y Acta Final previstas en los Incisos a) y d), respectivamente, del Artículo 13º del ANEXO I de la Ordenanza Nº 03/2008CS, se realizarán mediante notificación en el expediente, las que se pondrán a disposición de los postulantes y aspirantes durante TRES (3) días hábiles, posteriores a su dictado, en Mesa de Entradas de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza. Los interesados deberán procurar regularmente la consulta sobre el estado de definición del concurso.
ARTÍCULO 11º. Los postulantes podrán obtener mayor información del presente llamado a concurso en Mesa de Entradas de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza o ingresando a las páginas: Web www.uncu.edu.ar (link – Concursos Personal de Apoyo Académico) y www.ingeniería.uncuyo.edu.ar/concursos.
ARTÍCULO 12º. Disponer que, finalizada la comunicación de la Resolución definitiva a los concursantes, los mismos tendrán un plazo de TREINTA (30) días para el retiro de la documentación presentada. Dicho retiro se realizará bajo constancia en Mesa de Entradas de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo Mendoza.
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2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
ARTÍCULO 13º. A los efectos de la tramitación del presente concurso se tendrán en cuenta las normas establecidas en la Ordenanza Nº 03/2008CS, en virtud de la cual se aprobó la “REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO”, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nº 366/2006.
ARTÍCULO 14º. Otorgar, un plazo de VEINTE (20) días hábiles, para que se expida el Jurado, designado en el punto 12 del ANEXO I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 15º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
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ANEXO 2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
ANEXO I
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: FACULTAD DE INGENIERÍA b) Unidad Organizativa: c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: DIRECCIÓN ALUMNOS
2) Datos del concurso: a) Clase de Concurso: CERRADO GENERAL b) Mecanismo del Concurso: ANTECEDENTES, ENTREVISTA, PRUEBA DE OPOSICIÓN Y PLAN DE LABOR
3) Agrupamiento: ADMINISTRATIVO 4) Tramo: MAYOR 5) Categoría: DOS (2)
6) Detalles del cargo: DIRECTOR EN LA DIRECCIÓN ALUMNOS
Los datos del apartado a), b) y c), sólo deberán complementarse si el cargo a cubrir se encuentra previsto en la estructura orgánico – funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior a) Denominación del cargo: Director de la Dirección Alumnos b) Responsabilidades: .Planificar, organizar, dirigir, controlar y archivar la documentación y registración de las actividades académicas de los alumnos
c) Acciones: .Atender el registro de la actividad académica y la custodia de la documentación de egresados, alumnos de grado y posgrado .Elaborar constancias y certificados académicos .Atender la organización de mesas examinadoras, horarios de clases, listas de alumnos, actas y distribución de aulas .Atender la tramitación de diplomas .Apoyo administrativo en la provisión de material a las cátedras y a la distribución de aulas .Planificación y gestión de las actividades de clases exámenes, promociones y cursados especiales .Coordinar con las Direcciones de carreras en lo relativo al registro y archivos de las constancias de actividades para académicos
d) Funciones Específicas: Los datos del apartado d) corresponden a todos los cargos que no se encuentren previstos en la estructura orgánicofuncional respectiva aprobada por el Consejo Superior
7) Cantidad de cargos: UNO (1)
8) Horario de desempeño previsto: 7.00 a 14.00
9) Remuneración del cargo: La vigente al momento de la convocatoria
10) Bonificaciones Especiales
Anexo I – Resol. – FI Nº 681 / 17
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2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS a) Jurados Suplentes RENOVABLES
11) Lugar y horario en que los interesados deberán presentar la documentación: Mesa de Entradas de la Facultad de Ingeniería, de lunes a viernes en horario de 8.00 a 12.00
12) Nombre de los integrantes del Jurado del Concurso: b) Jurados Titulares Apellido y Nombres Cat. Agrupamiento Cargo que ocupa Título . SERRANO, Juan Daniel 2 Administrativo Dir. Centro Inf.y Doc. Lic.Adm. Púb. . TESTASECCA, Roberto 1 Administrativo Dir.Gral.Ec.Financ. Lic.Adm.Púb y C.P. . FERREIRA, María del Carmen 2 Administrativo Direc.Alumnos Secundario
Jurados Suplentes Apellido y Nombres Cat. Agrupamiento Cargo que ocupa Título . OYOLA, Liliana Beatriz 2 Administrativo Direc. Alumnos Secundario . BRONDO, Rafael Daniel 2 Administrativo Dir.Desp. y G. Adm. Secundario
13) Requisitos: Son aquéllos establecidos en el Título 3 – “Condiciones de Ingreso” artículo 21º del Decreto Nacional Nº 366/2006: Para ingresar como trabajador en una Institución Universitaria Nacional se requieren: . Las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan. . Cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente. . No estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria Nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria Nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme a lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aún cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena. 14) Condiciones Generales: Poseer Título afín al área concursada, acreditar capacitación y experiencia específica en los temas de la misma. Experiencia en manejo de personal y organización de grupos de trabajo en lugares afines al Área concursada.
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): Ejercer las funciones de Director en la Dirección Alumnos dependiente de la Secretaría Académica de la Facultad de Ingeniería Flexibilidad, Iniciativa de gestión y trabajo autónomo. Desarrollar el trabajo en equipo de la Dirección. Espíritu crítico, aprendizaje continuo y superación individual y de todo su personal Habilidades de comunicación y resolución constructiva de problemas Responsabilidad primaria: planificar, coordinar, organizar, dirigir, controlar y supervisar la documentación y registración de las actividades académicas de los alumnos
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Coordinar las registraciones de alumnos y egresados de los cursos regulares, complementarios y libres Colaborar con el Departamento de Clases y Exámenes para el desarrollo de las actividades académicas de grado. Analizar e informar solicitudes de alumnos y egresados: reinscripciones, exámenes, certificaciones, trabajos prácticos, cursado de materias, promoción, correlatividades, equivalencias, etc Dirigir la confección de constancias, certificados y diplomas Colaborar con la Secretaría Académica a través de la Secretaría de Asuntos Estudiantiles en la aplicación y control de las normas académicas que competen al Área Supervisar la atención al público, docentes, alumnos y egresados en cuanto a informes, exámenes, inscripciones y documentación en general Elaborar informes estadísticos en relación a los requerimientos del rectorado y del Ministerio de Educación Entender a todo lo referido al Sistema de Gestión de Alumnos de grado SIUGUARANÍ Ser responsable de los bienes patrimoniales que las autoridades dispongan a su cargo y de los correspondientes a su sector
16) Temario General: conocimientos básicos sobre: Ley de Educación Superior N° 24.521 Estatuto Universitario Decreto Nacional N° 366/2006 Convenio Colectivo de Trabajo para el sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales Plan de Estudios vigente de las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería. Régimen de correlatividades Régimen académico de la Facultad de Ingeniería Condición de alumno y rendimiento académico negativo (Ord.24/2007CS) Evaluación de aprendizaje (Ord. Nº 108/2010CS) Pautas y procedimientos para las evaluaciones de las obligaciones curriculares Mesas Especiales (Resol. Nº 43/2016CD) Sistemas de licencias estudiantiles (Ord. 39/2013CS) Movilidad Estudiantil Condiciones básicas de ingreso a las carreras de grado de la UNCuyo (Ord. 31/2006CS) Pases y equivalencias (Ord. 61/91CS) Distinciones honoríficas y elección de abanderados y escoltas Alumno Vocacional Modelo de certificados (Ord. 05/2011R) Manejo de herramientas ofimáticas (Word, Excel, Internet y Correo Electrónico) Sistema de gestión SIUGUARANÍ
ANEXO I –
RESOLUCIÓN – FI Nº 681 / 17
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FI-2017-RES-680 13/12/2017 (Carga: 18/12/2017) |
MENDOZA, 13 DIC 2017
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 22960/2017, en las que obra el control de asistencia del personal de esta Facultad correspondiente al mes de setiembre del año 2017;
CONSIDERANDO: Los informes suministrados por los Directores correspondientes, en base a las disposiciones de la Circular Nº 03/2006F.I.. Lo informado por la Dirección de Personal y Dirección General Económico Financiera de esta Facultad. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 06/2006R.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Establecer la efectiva prestación de servicios del personal Docente y No Docente de la Facultad de Ingeniería, como así también de los que se encuentran en uso de licencia con goce de haberes, durante el período comprendido entre el 01 y el 30 de setiembre del año 2017, el que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Remitir la presente actuación a la Administración Central de la Universidad Nacional de Cuyo y a la Unidad de Auditoria Interna.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 680 / 17
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
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FI-2017-RES-679 13/12/2017 (Carga: 18/12/2017) |
MENDOZA, 13 DIC 2017
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 22960/2017, en las que obran los informes de Inasistencias a Consultas, Clases, Dedicaciones y Mesas Examinadoras correspondientes al mes de setiembre del año 2017;
CONSIDERANDO: Lo informado en cada caso y teniendo en cuenta las disposiciones del Decreto Nacional 1246 / 2015. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 06/2006R.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. No justificar, las inasistencias en que incurrió el personal de la Facultad durante el mes de setiembre del año 2017, las que se detallan en el ANEXO I, el que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 679 / 17
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
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CD-2017-RES-363 13/12/2017 (Carga: 28/06/2019) |
2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
MENDOZA, 13 DIC 2017
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 45083/2017, en la que se tramita la solicitud de la integración de un Comité de Higiene y Seguridad en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo,
CONSIDERANDO: Que el objeto que se persigue con la constitución de este equipo de trabajo es fortalecer una conciencia de la seguridad y sus implicancias en la Institución. Que en este sentido, se dispondrán de los procedimientos adecuados para avanzar en la aplicación de la Ley Nº 19587/72 y su Decreto Reglamentario Nº 351/79. Que el Comité de Higiene y Seguridad debe estar conformado por un número reducido de miembros que represente la participación de las Autoridades Superiores de todos los ámbitos que conforman la Facultad, para la ejecución y aplicación de la Ley Nº 19587/72 y su Decreto Reglamentario Nº 351/79. Que este Comité debe fiscalizar el cumplimiento de programas, elevar informes periódicos, así como cualquier otra acción que sea necesaria para el control del cumplimiento de la normativa prevista por el régimen vigente. Que la problemática que abarca la Higiene y Seguridad Laboral debe ser ampliamente difundida y deben tomar conciencia todos los integrantes de la Unidad Académica, sobre las consecuencias positivas de la aplicación de las normas como también de los perjuicios de sus incumplimientos. Que con la norma que se aprueba, la Facultad de Ingeniería reafirma un interés explícito por la Higiene y Seguridad Laboral y el compromiso de su aplicación. Que la finalidad de la implementación del Comité de Higiene y Seguridad es monitorear el área de seguridad, salud y ambiente en función de la misión, funciones y objetivos dispuestos para el área. Lo expuesto por la Secretaría Administrativa Económico Financiera, los representantes de la DETI y el área Gestión de Calidad. Lo dictaminado por la Coordinación de Asuntos Legales cuyos fundamentos se dan por reproducidos en base a la brevedad. Lo aprobado por este Cuerpo en la sesión del día 12 de diciembre de 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Disponer en el ámbito de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, el Comité de Higiene y Seguridad, el que deberá estar integrado por los representantes que se detallan a continuación:
1 Director de Dirección de Estudios Tecnológicos e Investigaciones. 2 Un Representante del Área de Seguridad, Salud y Ambiente. 3 Responsable del Área de Gestión de Calidad. 4 Director de Servicios Generales Producción y Mantenimiento. 5 Secretario Administrativo, Económico y Financiero. 6 Coordinador de Asuntos Legales.
Resol. – CD Nº 363 / 17
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
7 Un Representante del Personal de Apoyo Académico. 8 Un Representante Estudiantil por el Consejo Directivo. 9 Director de Personal.
ARTICULO 2º. Establecer que el Comité de Higiene y Seguridad deberá reunirse como mínimo TRES (3) veces al año, siendo necesarias UNA (1) reunión al inicio de cada semestre y otra al finalizar el año.
ARTICULO 3º. Establecer que las reuniones para sesionar deberán contar con la presencia de al menos TRES (3) miembros de los integrantes del Comité de Higiene y Seguridad.
ARTICULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 363 / 17
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
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CD-2017-RES-362 13/12/2017 (Carga: 20/02/2018) |
2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
MENDOZA, 13 DIC 2017
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 46757/2017, en la que la Coordinación de Asuntos Legales de la Facultad de Ingeniería emite dictamen respecto de lo resuelto por el Consejo Superior;
CONSIDERANDO: Que mediante NOTACUY: 28471/2017, titulada S/Compulsa penal y sumarios, la Facultad de Ingeniería comunicó al Sr. Rector, y por su intermedio al Honorable Consejo Superior, lo resuelto por el Cuerpo mediante Resoluciones Nros. 184/2017CD y 185/2017CD. Que mediante Resolución N° 184/2017CD, el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo resolvió “formular una compulsa penal a los fines de determinar las responsabilidades emergentes en todo lo referido a la tramitación, adjudicación y ejecución del Pequeño Aprovechamiento Hidroeléctrico La Lujanita y las derivaciones de dicho emprendimiento y su tramitación” (resolutivo 1° y ) “autorizar la contratación de un profesional especialista en derecho penal para llevar adelante la presentación precedente” (resolutivo 2° ). Que mediante Resolución N° 185/2017CD, el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo resolvió “Solicitar al Consejo Superior se ordene la instrucción de un sumario general amplio que, además de lo actuado e investigado en el EXPFIN: 4509/2014, aborde también los asuntos investigados por la Comisión encargada de realizar una Investigación Global de todos los aspectos vinculados a La Lujanita, cuya conformación fue definida por Resolución N° 3143/15R y todas aquellas derivaciones y consecuencias que resulten pertinentes” (resolutivo 1° ); “Solicitar al Consejo Superior se ordene un sumario administrativo al Abg. Juan Francisco VENTIMIGLIA por la excesiva demora y aparente falta de cumplimiento de sus funciones como Instructor en el EXPFIN: 4509/2014” (resolutivo 2° ). Que el asunto fue tratado en múltiples reuniones de la Comisión de Interpretación y Reglamento y, finalmente, en sesión ordinaria del 15 de noviembre de 2017, el Consejo Superior aprobó por mayoría de sus miembros (23/8) el dictamen propuesto por los representantes de la Facultad de Ingeniería. Que mediante Resolución N° 1239/2017CS, el Consejo Superior resolvió “Tomar conocimiento de la Resolución N° 184/2017CD del Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería de formular una Compulsa Penal a los fines de determinar las responsabilidades emergentes en todo lo referido a la tramitación, adjudicación y ejecución del Pequeño Aprovechamiento Hidroeléctrico La Lujanita (PAHLL) y las derivaciones de dicho emprendimiento” (resolutivo 1° “Tomar conocimiento de la ); Compulsa Penal realizada el treinta y uno de octubre de 2017, por el Ing. Ricardo UNGARO (M.I. 5.997.375) y la Ing. Patricia Susana INFANTE (M.I. 16.588.872), en la Fiscalía Federal de Mendoza, a los fines de determinar las responsabilidades emergentes en todo lo referido a la tramitación, adjudicación y ejecución del Pequeño Aprovechamiento Hidroeléctrico La Lujanita y las derivaciones de dicho emprendimiento” (resolutivo 2° “Avalar la Compulsa Penal realizada por el Ing. Ricardo UNGARO (M.I. ); 5.997.375) y la Ing. Patricia Susana INFANTE (M.I. 16.588.872), en la Fiscalía Federal de Mendoza” (resolutivo 3° “Avalar la decisión de efectuar cualquier procedimiento judicial ); que tienda a esclarecer los hechos relacionados con el Artículo anterior, a los efectos de lograr la averiguación de la verdad en sede jurisdiccional y la determinación de eventuales responsables” (resolutivo 4° “No avalar la contratación de profesionales ); privados por parte de la Facultad de Ingeniería (Artículo 2° de la Resolución N° 184/2017CD), en la medida que la referida Unidad Académica y la Universidad posean servicios RESOL. – CD Nº 362 / 17 1 de 2
2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
jurídicos permanentes” (resolutivo 5° “Autorizar a la Oficina de Sumarios del Rectorado a ); la Instrucción de un Sumario Administrativo amplio y global de lo actuado en el Expediente FIN: 4509/2014 y de todos los aspectos vinculados al Pequeño Aprovechamiento Hidroeléctrico La Lujanita relacionados con la tramitación, adjudicación, ejecución, explotación y comercialización de lo producido por el PAHLL, que abarque lo estudiado por la Comisión que efectuó una investigación global definida por la Resolución N° 3143/2015R y Resolución N° 4472/2015R, y todas aquellas derivaciones y consecuencias que resulten pertinentes, debiendo comprender la investigación de los actos llevados a cabo por el Ing. Marcelo ESTRELLA ORREGO (M.I. 10.655.299)” (resolutivo 6° “Autorizar a la Oficina de sumarios del Rectorado a la Instrucción de un ); Sumario Administrativo al Abg. Juan Francisco VENTIMIGLIA (M.I. 16.470.558) por las eventuales y aparentes conductas que se detallan a continuación: Falta de impulso del Instructor Sumariante; ausencia de diligencia; excesiva demora y falta de cumplimiento de sus funciones como Instructor Sumariante en el Expediente FIN: 4509/2014, a los efectos de determinar el esclarecimiento de la verdad en sede administrativa” (resolutivo 7° ); “Aclarar que las resoluciones indicadas en los artículos precedentes no significan efectuar un eventual prejuzgamiento, ni dudas sobre la honorabilidad o buen nombre de persona alguna” (resolutivo 8°). El Dictamen N° 026/2017 de la Coordinación de Asuntos Legales. Lo tratado y aprobado en sesión ordinaria del 12 de diciembre de 2017, por unanimidad de los miembros del Cuerpo.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1° Tomar conocimiento de la Resolución N° 1239/2017CS, del Consejo .Superior de la Universidad Nacional de Cuyo, cuyos resolutivos se mencionan en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2° Tomar conocimiento de la Compulsa Penal realizada el treinta y uno .de octubre de 2017, por el Ing. Ricardo UNGARO (M.I. 5.997.375) y la Ing. Patricia Susana INFANTE (M.I. 16.588.872), en la Fiscalía Federal de Mendoza, con el N° 44674/2017, a los fines de determinar las responsabilidades emergentes en todo lo referido a la tramitación, adjudicación y ejecución del Pequeño Aprovechamiento Hidroeléctrico La Lujanita y las derivaciones de dicho emprendimiento.
ARTÍCULO 3° Avalar la Compulsa Penal realizada por el Ing. Ricardo UNGARO (M.I. .5.997.375) y la Ing. Patricia Susana INFANTE (M.I. 16.588.872), en la Fiscalía Federal de Mendoza, con el N° 44674/2017, mencionada en el artículo precedente.
ARTÍCULO 4° Avalar la decisión de efectuar cualquier procedimiento judicial que .tienda a esclarecer los hechos relacionados con el Artículo anterior, a los efectos de lograr la averiguación de la verdad en sede jurisdiccional y la determinación de eventuales responsables.
ARTÍCULO 5° Tomar conocimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, Artículo 5° .de la Resolución N° 1239/2017CS y, en consecuencia, no contratar a profesionales privados por parte de la Facultad de Ingeniería, en la medida que la Facultad y la Universidad posean servicios jurídicos permanentes.
ARTÍCULO 6° Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones. .
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