Digesto
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18227 Normativas
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MENDOZA, 22 ABR 2021
VISTO: El contenido del EXPCUY: 930/2021, en el que se tramita la solicitud efectuada por el Señor Secretario Académico, al Señor Decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, referida a la posibilidad de realizar, en el Primer Llamado Especial de Exámenes Finales, una convocatoria de Mesas de Exámenes Finales, en modalidad presencial, en asignaturas de características especiales y y:
CONSIDERANDO: Que en el marco de la pandemia declarada por la OMS en relación con el Coronavirus COVID19, la emergencia pública sanitaria establecida por la Ley N° 27541, y debido a la declaración de Emergencia Sanitaria y Epidemiológica decretada por DNU N° 260/2020 stes. y cctes., el DNU N° 297/2020 y normativas complementarias, se estableció la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, medida que fue prorrogada, conforme con la evolución de la pandemia, por los Decretos N° 325/2020, N° 355/2020, N° 408/2020, N° 459/2020, N°493/2020, N° 520/2020, N° 576/2020, N° 605/2020, N° 641/2020, N° 677/2020, N° 714/2020, N°754/2020 y N°792/2020, 814/2020 y 875/2020 que dispone, en su Artículo 25, evaluación para reinicio de clases presenciales y/o actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las Resoluciones N° 364 del 2 de julio de 2020 y N° 370 del 8 de octubre de 2020 del Consejo Federal de Educación, sus complementarias y modificatorias. En virtud de las Resoluciones del Consejo Federal de Educación mencionadas, si el riesgo fuere bajo, se podrán reanudar las clases presenciales de manera escalonada y progresiva en todos los niveles educativos y modalidades; y si el riesgo fuera mediano, se podrán organizar actividades educativas no escolares (artísticas, deportivas, recreativas, de apoyo escolar, u otras) en grupos de no más de diez (10) personas, preferentemente al aire libre, y organizar actividades presenciales de cierre del año lectivo para estudiantes del último año de los niveles primario, secundario y superior. En todos los casos se deberá actuar de acuerdo a los protocolos debidamente aprobados por las autoridades correspondientes. El Ministerio de Educación de la Nación, en el marco de las facultades que le confiere la normativa de emergencia, revisará y prestará conformidad a los planes jurisdiccionales de reanudación de clases, enmarcados en la regulación antes citada. Su efectiva reanudación será decidida por las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica, todo ello de conformidad con la normativa vigente. El personal directivo, docente y no docente y los alumnos y las alumnas y su acompañante en su caso, que asistan a clases presenciales y a actividades educativas no escolares presenciales que se hubieren reanudado, quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda y a este solo efecto, conforme con lo establecido en las resoluciones enunciadas precedentemente. Las personas alcanzadas por la presente medida, por sí, o por medio de sus acompañantes cuando no tuvieren edad suficiente para hacerlo en forma autónoma, deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación Emergencia COVID19”, que la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros pondrá a disposición
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el enlace: www.argentina.gob.ar/circular, con un campo específico denominado “escolar”. Que por Resolución N° 053/2020CD, el Consejo Directivo aprobó el Protocolo general COVID19 para la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, identificado con el Código PGFIPGCOVID19FI, elaborado por el Área Seguridad, Salud y Ambiente (ASSA) dependiente de la Secretaría de Vinculación de la Facultad de Ingeniería, examinado y evaluado por el Comité de Prevención Epidemiológica de la Universidad Nacional de Cuyo, dependiente de la Facultad de Ciencias Médicas con recomendación de Aprobación. Que por Resolución N° 054/2020CD, el Consejo Directivo autorizó la realización de exámenes finales, en la modalidad presencial, con las condiciones dispuestas en los considerandos de la presente resolución, y estricto cumplimiento del “Protocolo General COVID19 para la Facultad de Ingeniería”, aprobado por Resolución N° 053/2020CD, y los Procedimientos Operativos que se desprendan del mismo, elaborados por el Área Seguridad, Salud y Ambiente (ASSA), dependiente de la Secretaría de Vinculación de la Facultad de Ingeniería, mientras dure el estado de emergencia sanitaria en distanciamiento social preventivo y obligatorio, atendiendo a las particularidades de cada actividad. Que la citada norma, en su artículo 2, delegó a la Secretaría Académica de la Facultad de Ingeniería la programación de los exámenes finales presenciales autorizados en la Resolución N° 054/2020CD, mientras dure el estado de emergencia sanitaria en distanciamiento social preventivo y obligatorio, atendiendo a las particularidades de la actividad y la evolución de las condiciones sanitarias en el contexto de pandemia, con la posibilidad de cancelar el/los llamado/s si cambiasen las condiciones sanitarias entre la instancia de la convocatoria y la fecha de los exámenes. Que, en estas condiciones actuales, la constitución de las mesas de exámenes finales tiene el carácter de excepcional y temporaria, mientras dure el distanciamiento social preventivo y obligatorio, y no tendrán el carácter de públicas; sólo podrán acceder los estudiantes inscriptos y el tribunal examinador. Que por Ordenanza N° 001/2020R del Sr. Rector ad referéndum, ratificada por Ordenanza N° 017/2020CS del Consejo Superior, se establece adoptar tecnologías de la información y la comunicación para instrumentarlos tanto en mesas especiales como en las ordinarias, dependiendo de las particularidades de los espacios curriculares en los que esto sea posible, debiendo reprogramarse en aquellos que indefectiblemente la presencialidad sea necesaria, y quedando sujeto a las disposiciones respecto al tiempo que se establezca el aislamiento social preventivo y obligatorio, emitidas por la autoridad competente. Que las evaluaciones se regirán conforme lo regulado por la Ordenanza N° 108/2010CS, con las adecuaciones que se proponen desde la unidad académica y resulten pertinentes en este contexto de pandemia, conforme lo autoriza el Artículo 12 de la misma. La delegación de competencia, dispuesta por Resolución N° 2100/2020R, del Rector, ad referéndum del Consejo Superior, de planificar, decidir y ejecutar las acciones posibles conducentes para reanudar las actividades presenciales, basada en la premisa general de ser parcial, gradual y escalonada. El informe producido por la Secretaría Académica de la Facultad de Ingeniería y lo dictaminado por la Comisión de Asuntos Académicos. Lo tratado y aprobado, por unanimidad de los miembros del Cuerpo, en sesión ordinaria del 20 de octubre de 2020. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R del Rector, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS del Consejo Superior.
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Lo dispuesto por Resolución N° 044/2020FI del Decano, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD del Consejo Directivo. La reglamentación de los exámenes finales establecida en el Título III del Anexo de la Ordenanza N° 002/2021CD. En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Habilitar en el Primer Llamado a Exámenes Finales de Mesas Examinadoras Especiales, establecido por Resolución N° 033/2021CD, en la modalidad presencial, en un todo de acuerdo con la Resolución N° 054/2020CD, a desarrollarse en el período comprendido entre el lunes 03 de mayo de 2021 y el sábado 08 de mayo de 2021, conforme el detalle de asignaturas y días que se detallan en el ANEXO I de la presente de resolución, en los términos del último programa vigente de la asignatura.
ARTÍCULO 2. Establecer el período de inscripción, según la fecha de examen de las asignaturas habilitadas, conforme el detalle que se indica a continuación:
Periodo de Inscripción Fecha de Examen
Desde Hasta VIE 23/04/2021 MAR 27/04/2021 LUN 03/05/2021 VIE 23/04/2021 MAR 27/04/2021 MAR 04/05/2021 VIE 23/04/2021 MAR 27/04/2021 MIE 05/05/2021 SAB 24/04/2021 MIE 28/04/2021 JUE 06/05/2021 DOM 25/04/2021 JUE 29/04/2021 VIE 07/05/2021
ARTÍCULO 3. La inscripción al examen final particular de las asignaturas habilitadas para evaluar en la modalidad presencial del presente llamado, debe realizarla el estudiante a través del sistema SIUGUARANI, habiendo actualizado sus datos de contacto en el sistema. El estudiante podrá anular su inscripción al examen hasta el 5to. día corrido anterior a la fecha programada para el examen final. A tal fin, deberá enviar un correo electrónico a la cuenta: clases@ingenieria.uncuyo.edu.ar, con copia a la vista a la cuenta de correo electrónico: direccion.alumnos@ingenieria.uncuyo.edu.ar. En el asunto del correo electrónico deberá indicar: “(APELLIDO y Nombre Completo), borrado a mesa de examen final de (nombre de la asignatura)”. Cualquier reclamo vinculado a la inscripción tramitada se deberá realizar enviando un correo electrónico a la cuenta: clases@ingenieria.uncuyo.edu.ar”.
ARTÍCULO 4. La implementación de los exámenes finales del presente llamado, convocadas en el Artículo 1° de la presente resolución, se hará en un todo de acuerdo con el protocolo aprobado por Resolución N° 053/2020CD y lo dispuesto por Resolución N° 054/2020CD. Téngase presente que, sólo se autorizará a rendir las evaluaciones presenciales al estudiante que hayan realizado la capacitación obligatoria prevista en el protocolo.
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En caso de no haberla realizado, debe inscribirse completando el formulario electrónico disponible en el siguiente enlace: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSccpQcsCBG1HoWmu4qZ10nxCyCYcAMLnSf47au7icWa9UPHQ/viewform?vc=0&c=0&w=1&flr=0&gxids=7628
ARTÍCULO 5. La presente resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
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ANEXO I MESAS EXAMINADORAS ESPECIALES: 1° LLAMADO MAYO DE 2021 EN MODALIDAD PRESENCIAL Se presentan a continuación las Mesas de los Exámenes Finales, habilitadas en la modalidad presencial, correspondientes al Primer Llamado a Exámenes Finales de Mesas Examinadoras Especiales del mes de mayo de 2021, por día de la semana en que se constituye el tribunal examinador, y orden alfabético dentro del día de la semana correspondiente. Las mesas examinadoras se constituirán teniendo en cuenta las referencias usadas en la columna de observaciones (Obs.) de las siguientes tablas: Sin observación. Examen final habilitado para estudiantes con regularidad vigente, libres por pérdida de regularidad, y libres, en las condiciones especificadas en el programa de la asignatura del espacio curricular (Formulario P1). (*) Con un asterisco. Examen final habilitado sólo para estudiantes con regularidad vigente, en las condiciones especificadas en el programa de la asignatura del espacio curricular (Formulario P1). (**) Con dos asteriscos. Examen final habilitado para estudiantes con regularidad vigente, y libres por pérdida de regularidad, en las condiciones especificadas en el programa de la asignatura del espacio curricular (Formulario P1). (***) Con tres asteriscos. Examen final habilitado para estudiantes en condición de libres, en las condiciones especificadas en el programa de la asignatura del espacio curricular (Formulario P1), condicionado a la posibilidad de cumplimiento de los protocolos sanitarios.
CARRERA DÍA FECHA HORA ASIGNATURA Obs. CIV Lunes 03/05/2021 09:00 INGENIERÍA SANITARIA CIV Lunes 03/05/2021 15:00 MECÁNICA DE SUELOS Y ROCAS I (*) CIV Lunes 03/05/2021 15:00 MECÁNICA DE SUELOS Y ROCAS II (*) PET Lunes 03/05/2021 15:00 PERFORACIÓN I PET Lunes 03/05/2021 15:00 PERFORACIÓN II CIV Martes 04/05/2021 15:00 HIDROLOGÍA I CIV Martes 04/05/2021 15:00 HIDROLOGÍA II INDMEC Martes 04/05/2021 14:00 CIENCIA DE LOS MATERIALES PET CIVIND Martes 04/05/2021 09:00 ALGEBRA (***) MECPETLCC ARQ Miércoles 05/05/2021 09:00 CONSTRUCCIONES I ARQ Miércoles 05/05/2021 09:00 CONSTRUCCIONES II CIV Miércoles 05/05/2021 09:00 ESTABILIDAD II PET Miércoles 05/05/2021 15:00 PRODUCCIÓN I (**) ARQ Jueves 06/05/2021 09:00 DISEÑO ESTRUCTURAL II MEC Jueves 06/05/2021 09:00 MECÁNICA VIBRATORIA (*) PET Jueves 06/05/2021 15:00 GAS y GASOLINA PET Jueves 06/05/2021 15:00 PRODUCCIÓN II CIV Viernes 07/05/2021 09:00 INGENIERÍA SISMORRESITENTE (**) CIV Viernes 07/05/2021 14:00 CONSTRUCCION DE CARRETERAS CIV Viernes 07/05/2021 14:00 VIAS DE COMUNICACIÓN (**)
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Confección, envío digital, conservación y entrega de actas de exámenes finales particulares Las actas de exámenes serán enviadas por el Departamento de Clases y Exámenes, por correo electrónico, a la cuenta del Profesor Titular o docente responsable a cargo del espacio curricular correspondiente, al menos durante el cuatro (4) día anterior a la fecha fijada para el examen final, debiendo verificar fehacientemente la recepción de las actas. Una vez finalizado el examen y firmadas las actas por el tribunal examinador, el docente responsable de la asignatura deberá: Tomar una fotografía o escanear las actas y enviarlas por correo electrónico a la cuenta: clases@ingenieria.uncuyo.edu.ar, en un plazo no mayor a veinticuatro (24) horas de concluido el examen final correspondiente. Conservar en su poder las actas firmadas en papel que fueron enviadas al correo electrónico clases@ingenieria.uncuyo.edu.ar, para luego entregarlas en el Departamento de Clases y Exámenes de la Facultad de Ingeniería, una vez que se restablezca la actividad presencial.
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2021 AÑO HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 22 ABR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP CUY: 1779/2020, en las que se tramita la adscripción del Ing. Juan Pablo OJEDA como Auxiliar Adscripto Adhonorem en la asignatura “Estudio de Impacto Ambiental”, de la carrera de Ingeniería Civil de esta Facultad; y:
CONSIDERANDO: Que el citado profesional fue adscripto por Resolución Nº 016/2020CD por UN (1) año, a partir del 01 de marzo del año 2020. Que las reglamentaciones vigentes establecen que las adscripciones de profesionales pueden ser prorrogadas hasta TRES (3) veces por igual período (Artículo 2º Inciso 2.3 – Ordenanza Nº 03/2018CD). Que en las presentes actuaciones obra el informe elaborado por la Profesora Titular de la asignatura “Estudio de Impacto Ambiental”, avalado por el Director General de la carrera de Ingeniería Civil, en cumplimiento del Artículo 3º de la Resolución Nº 016/2020CD. El Plan de Labor fijado por la Profesora Titular de la mencionada asignatura, avalado por la Comisión Evaluadora de la misma, para el desempeño de la 1ra. renovación de adscripción. Lo informado por la Secretaría Académica. Lo dispuesto por la Resolución Nº 307/2018CD. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario. En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el informe presentado por la Profesora Titular de la asignatura “Estudio de Impacto Ambiental”, correspondiente al desempeño como Auxiliar Adscripto Adhonorem del Ing. Juan Pablo OJEDA, durante el período comprendido entre el 01 de marzo de 2020 y el 28 de febrero de 2021, con una calificación de “Satisfactorio”, en cumplimiento de lo requerido en el Artículo 9º Inciso 9.1. de la Ordenanza 03/2018CD.
ARTICULO 2º. Adscribir por el término de UN (1) año, a partir del 15 de marzo de 2021 (1ra. renovación), al Ing. Juan Pablo OJEDA (DNI: 37.518.046), como Auxiliar Adscripto Adhonorem en la asignatura “Estudio de Impacto Ambiental”, de esta Facultad.
ARTÍCULO 3º. El Ing. OJEDA deberá presentar en Dirección de Personal el Seguro de Riesgo del Trabajo, requisito indispensable para desempeñar la Adscripción citada en el Artículo 2º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º. Una vez finalizada la presente Adscripción, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 9º EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO, de la Ordenanza Nº 03/2018CD, para que la misma resulte aprobada.
ARTÍCULO 5º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 170 / 2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
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MENDOZA, 22 ABR 2021
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 1454/2021, en la que la Dirección General de la carrera Ingeniería en Mecatrónica solicita se otorgue un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al Técnico Iván Eugenio SAITCEW; y:
CONSIDERANDO: Que el mencionado profesional colabora desde el 01 de marzo del presente año en la realización de las prácticas presenciales de la cohorte 2020 de la asignatura “Producmática”, en el Laboratorio de Metrología del Instituto Tecnológico Universitario, siguiendo los protocolos COVID19 aprobados por la Universidad Nacional de Cuyo, y continúa con la cohorte 2021 hasta el día 02 de julio de 2021. La necesidad de mantener la normal actividad de la asignatura de referencia. Que el citado agente se desempeña con un cargo de Ayudante de Primera en el Laboratorio de CNC del Instituto Tecnológico Universitario (ITU). Que se encuentra garantizada la disponibilidad presupuestaria. Lo informado por Secretaría Administrativa Económica Financiera. Lo establecido en el Artículo 40º Inciso 2 del Estatuto Universitario. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 23/2015CS. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA: RESUELVE:
ARTICULO 1º. Otorgar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al Técnico Iván Eugenio SAITCEW (Legajo: 33.119), por el período, objeto y monto que a continuación se detalla:
Cargo sobre el que se aplica el adicional: Ayudante de Primera Dedicación Exclusiva (ITU). Objeto: Asistencia en las prácticas de laboratorio de la asignatura Producmática, de la Carrera de Ingeniería Mecatrónica. Periodo: Desde 01 de Marzo al 30 de Junio del 2021. Monto: PESOS ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO con 26/100 ($ 11.335,26) mensuales.
ARTÍCULO 2º. El gasto del monto emergente de la aplicación del citado adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 3º. El gasto que demande ésta solicitud deberá financiarse con crédito del Presupuesto Ordinario y Economías del Inciso I – Gasto en Personal – Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 4º. El Decano podrá disponer la baja del adicional otorgado cuando se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 169/2021
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FI-2021-RES-168 22/04/2021 (Carga: 5/05/2021) |
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MENDOZA, 22 ABR 2021
VISTO: El contenido del EXP_ECUY: 8174/2021, en el que se presenta una propuesta que requiere autorizar una convocatoria para otorgar dos (2) becas con Plan de Actividades y de contar con la disponibilidad presupuestaria, se podrá designar uno o más becarios adicionales, siguiendo el orden de mérito aprobado; y:
CONSIDERANDO: Que mientras tengan vigencia las medidas dispuestas en el contexto de la pandemia por COVID19 y el distanciamiento social, la presente convocatoria para la designación de becarios con Plan de Actividades, se implementará en la modalidad a distancia, según el instructivo complementario que publicará la Dirección de Asuntos Estudiantiles. Que la propuesta promueve la efectiva participación de estudiantes en actividades académicas, de extensión y de vinculación que lleva cabo la Facultad de Ingeniería, de manera particular con estudiantes de la carrera Arquitectura. Que responde al estímulo de promover en los grupos de trabajo la incorporación y participación efectiva de los estudiantes en el desarrollo de proyectos institucionales, académicos, de investigación, de extensión y/o vinculación. Que la convocatoria se realiza en el marco del Reglamento de Becas de la Facultad de Ingeniería, aprobado por Resolución N° 273/2015CD, para de becas con Plan de Actividades (BeFIcPA). Que la viabilidad presupuestaria se funda en el marco del Acuerdo Específico celebrado entre la Facultad de Ingeniería y la Municipalidad de Lavalle, tramitado por EXPECUY: 6124/2021. Los valores máximos y mínimos de referencia para el estipendio correspondientes a las becas con Plan de Actividades dispuestos por Resolución N° 167/2021FI. Lo informado por la Dirección de Asuntos Estudiantiles y la Secretaría Administrativa Económica Financiera. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario. En uso de sus atribuciones. EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Autorizar la convocatoria para la designación de DOS (2) becarios con Plan de Actividades, para desarrollar actividades en el marco del Acuerdo Específico celebrado entre la Facultad de Ingeniería y la Municipalidad de Lavalle, tramitado por EXPECUY: 6124/2021, con los siguientes requisitos particulares: Alumno regular, inscripto en la carrera Arquitectura. Excluyente. Tener aprobada la asignatura Diseño Urbano Sustentable II. Excluyente. Manejo de Software QGIS. No excluyente. Experiencia en proyectos de investigación o extensión. No excluyente.
ARTÍCULO 2. Fijar el periodo de inscripción entre la hora 09:00 del 3 de mayo de 2021 hasta la hora la hora 12:00 del 7 de mayo de 2021.
ARTÍCULO 3. Determinar que la solicitud de inscripción, currículum vitae con carácter de declaración jurada e historia académica de los postulantes, se reciban en la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Asuntos Estudiantiles: asuntos.estudiantiles@ingenieria.uncuyo.edu.ar.
ARTÍCULO 4. Disponer que, a los efectos de la presente convocatoria, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida a los efectos de la convocatoria.
Resol. FI N° 168/2021
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► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
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ARTÍCULO 5. Establecer los siguientes aspectos a tener en cuenta en la evaluación de antecedentes para la selección: Promedio de calificaciones, sin aplazos. Nota obtenida, en la escala numérica, en la asignatura Diseño Urbano Sustentable II. Conocimiento y manejo del software QGIS. Participación en proyectos de investigación y/o extensión acreditados formalmente. Una vez evaluados los antecedentes, de considerarlo necesario, la Comisión Asesora podrá solicitar una entrevista personal, con los estudiantes que decida, para definir el orden de méritos.
ARTÍCULO 6. Conformar la Comisión Asesora, para realizar la evaluación y proponer el orden de mérito de los postulantes, del siguiente modo: GUITART CORIA, Mónica Beatriz. Directora de Asuntos Estudiantiles. GÓMEZ PIOVANO, María Jimena. Profesora Titular de la asignatura Diseño Urbano Sustentable II. Tutor institucional de los becarios. ZUMEL, Raquel Graciela. Directora del SAPOE. Un (1) estudiante de la carrera Arquitectura propuesto por el Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería. A los efectos de la presente convocatoria, los miembros de la Comisión Asesora constituyen domicilio especial de notificación electrónica en sus cuentas institucionales con dominio ingenieria.uncuyo.edu.ar; a excepción del estudiante designado por el CEI, quien deberá constituir domicilio especial de notificación electrónica (Ordenanza N° 026/2021CS).
ARTÍCULO 7. Asignar a cada becario seleccionado, un estipendio mensual de pesos doce mil ($12.000), con una dedicación semanal de doce (12) horas, durante un período de cuatro (4) meses.
ARTÍCULO 8. De contar con la disponibilidad presupuestaria, se podrá designar uno o más becarios adicionales, siguiendo el orden de mérito aprobado.
ARTÍCULO 9. Delegar a la Dirección de Asuntos Estudiantiles la implementación de la convocatoria, en la modalidad a distancia, y la coordinación general de las siguientes actividades: Publicación de la convocatoria en el sitio web y medios institucionales de la Facultad de Ingeniería el instructivo de la convocatoria y la presente resolución. Habilitar el formulario de inscripción electrónico para la solicitud de inscripción, durante el período de inscripción. Recepción de la documentación: CV actualizado con carácter de declaración jurada e historia académica. Coordinar el proceso de evaluación y la elaboración del acta con el orden de mérito propuesto por la Comisión Asesora.
ARTÍCULO 10. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 11. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 168/2021FI
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FI-2021-RES-167 21/04/2021 (Carga: 26/04/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 21 ABR 2021
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 1469/2021, en la que la Secretaría Administrativa Económica Financiera eleva la propuesta de actualización de valores mínimos y máximos para las Becas con Plan de Actividades de esta Casa de Estudios; y:
CONSIDERANDO: Las disposiciones del Reglamento General de Becas de la Facultad de Ingeniería, aprobado por Resolución N° 273/2015CD. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. El Artículo 40º Inciso 2 del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Establecer los siguientes montos mínimos y máximos de referencia, para el estipendio correspondiente a las becas con Plan de Actividades de la Facultad de Ingeniería, para el ejercicio 2021:
Referencia Valor Dedicación Valor Mínimo $ 3.000 10 horas de dedicación semanal o su proporcional por menor cantidad de horas semanales. Valor Máximo $ 6.000 10 horas de dedicación semanal o su proporcional hasta 20 horas de dedicación semanal.
ARTÍCULO 2°. Disponer que los valores citados en el Artículo precedente, entrarán en vigencia para todas las becas con Plan de Actividades que se otorguen a partir de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI N° 167/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2021-RES-166 21/04/2021 (Carga: 23/04/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 21 ABR 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 8642/2021, donde la Dirección General Económico Financiera y la Secretaría Administrativa Económica Financiera proponen la ampliación, hasta el 30 de abril del año 2021, del plazo de adicionales por carácter crítico de la función con vencimiento el 31 de marzo de 2021; y:
CONSIDERANDO: Que existe personal docente, personal de gestión y personal de apoyo académico que está siendo remunerado para cumplir diferentes funciones a través del Régimen de Adicional por carácter crítico de la Función y se ha constatado la necesidad de continuar con dicha asignación, para mantener el normal funcionamiento de las actividades de formación en el ámbito de la Facultad de Ingeniería. Que en función de las pautas impartidas en el marco de la Ordenanza N° 40/2020CS, a la fecha aún no se cuenta con información suficiente para fijar criterios respecto del financiamiento de los citados adicionales por un plazo mayor. Que, con el objeto de garantizar la sustentabilidad, en el marco del actual contexto económico y sanitario, se considera prudente prorrogar los citados adicionales hasta el 30 de abril del 2021. Que existe viabilidad presupuestaria. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 023/2015CS. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Prorrogar el plazo dispuesto por las Resoluciones Nros. 306/2020FI, 307/2020FI, 308/2020FI, 309/2020FI, 310/2020FI, 311/2020FI, 312/2020FI, 313/2020FI, 314/2020FI, 316/2020FI, 317/2020FI, 318/2020FI y 005/2021FI hasta el 30 de abril del 2021.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 166/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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2021 AÑO HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 21 ABR 2021
VISTO: El EXPECUY: 7540/2021, donde obra el pedido de renuncia condicionada presentado por la Arq. Gisela HASSEKIEFF, conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/1962, solicitado a partir del 01 de abril de 2021 a los efectos de poder iniciar sus trámites jubilatorios; y:
CONSIDERANDO: El Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/2016 de Gestión de Personal, donde la Arq. HASSEKIEFF solicita a partir del 01 de abril de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/1962, en el cargo detallado en el mismo. El Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/2016 de Gestión de Personal, donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista de la Arq. HASSEKIEFF. Lo informado por la Dirección General de Personal de la Universidad Nacional de Cuyo. Las disposiciones del Artículo 9º de la Ordenanza Nº 32/2016R. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad Referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aceptar la RENUNCIA CONDICIONADA, conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/1962, del siguiente Personal Docente: 1. Datos Personales del Docente Apellido y Nombres HASSEKIEFF, Gisela Documento Único: D.N.I. 10.564.887 CUIL o CUIT 27105648877 Legajo N° 30.773 El cargo donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO NÚMERO 1º
2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación Simple Carácter Interino Nº de Resolución de designación 092/2020CD
3. Término de la última designación Desde el 01012021 Hasta el 31122021
Resol. – FI Nº 165/2021
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2021 AÑO HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
4. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) “SISTEMAS DE REPRESENTACIÓN Y DIBUJO” 2) “DIBUJO”
5. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
6. Fecha de la Renuncia Condicionada DÍA 01 (primero) MES 04 (abril) AÑO 2021 (dos mil veintiuno)
ARTÍCULO 2º. La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales con la percepción de sus haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en el que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3º. El docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en que se desempeña, y que se encontrare bajo Renuncia Condicionada, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el correspondiente trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente, todo ello en virtud de lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ordenanza Nº 48/2004CS
ARTÍCULO 4º. Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado DOS (2) copias certificadas de la presente Resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el visto.
ARTÍCULO 5º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 165/2021
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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