Digesto
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17697 Normativas
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CD-2020-RES-090 16/12/2020 (Carga: 30/11/2021) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: Las actuaciones que obran en NOTACUY: 11549/2020 en la que el Dr. Pablo Javier VIDAL, solicita percibir el Incentivo para Docentes Investigadores con Dedicación Exclusiva; y:
CONSIDERANDO: Que el citado profesional cumple con las condiciones necesarias para recibir dicho beneficio, según lo dispuesto en el Artículo 40 inc. g) del Manual de Procedimientos del Programa de Incentivos de la Resolución N 1543/2014 del Ministerio de Educación de la Nación, en el marco del Decreto Nacional Nº 2427/93PEN. Que el Dr. Pablo Javier VIDAL se desempeña como Profesor Adjunto Interino con Dedicación Semiexclusiva en las asignaturas, “Paradigmas de Programación” y “Lenguajes Formales y Computabilidad” de la Carrera Licenciatura en Ciencias de la Computación de esta Casa de Estudios y es Investigador Asistente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) con lugar de trabajo en el Instituto Universitario para las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la UNCuyo (ITIC), Que participa actualmente en carácter de codirector de un proyecto de investigación financiado por la por Universidad Nacional de Cuyo. Además, demuestra formación de recursos humanos en investigación y publicaciones de artículos científicos en su área de experticia. Que el Dr. Pablo Javier VIDAL ha sido categorizado en el programa de incentivos con Categoría V, según resolución N°167/2013 de la Comisión Regional de Categorización. Que el mencionado docente manifiesta el pleno conocimiento de las normativas vigentes de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Facultad de Ingeniería, que establecen las funciones, obligaciones y exigencias de los Docentes con Dedicación Exclusiva. Lo informado por el Dr. Ing. Raúl Oscar CURADELLI, Secretario de Ciencia, Tecnología y Posgrado de esta Facultad. Las disposiciones de la Resolución Nº 572/2004R. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 24 de noviembre del año 2020.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Prestar conformidad para que el Dr. Pablo Javier VIDAL (Legajo Nº 33.971 – DNI Nº 31.474.928), perciba el Incentivo para Docentes Investigadores con Dedicación Exclusiva, según lo establecido en la Resolución N 1543/2014 del Ministerio de Educación de la Nación, en el marco del Decreto Nacional Nº 2427/93PEN, con lugar de trabajo en esta Casa de Estudios, asumiendo las obligaciones que la Universidad y esta Facultad exigen a los docentes con dicha dedicación.
ARTICULO 2º. Disponer que el Dr. Pablo Javier VIDAL (Legajo Nº 33.971) cumpla en esta Casa de Estudios, las funciones que a continuación se indican: Docencia en la Carrera de grado Licenciatura en Ciencias de la Computación. Investigación en Proyectos acreditados formalmente por Instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, entre otros) que se desarrollen en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
Resol. – CD N° 090/2020
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
ARTICULO 3º. Solicitar al señor Rector que, de acuerdo con la Resolución Nº 572/2004R, dicte el acto administrativo correspondiente, aprobando lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente Resolución y comunique lo resuelto al Programa de Incentivos.
ARTÍCULO 4º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTICULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCION – CD Nº 090/2020
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2020-RES-090 16/12/2020 (Carga: 8/03/2021) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: Las actuaciones que obran en NOTACUY: 11549/2020 en la que el Dr. Pablo Javier VIDAL, solicita percibir el Incentivo para Docentes Investigadores con Dedicación Exclusiva; y:
CONSIDERANDO: Que el citado profesional cumple con las condiciones necesarias para recibir dicho beneficio, según lo dispuesto en el Artículo 40 inc. g) del Manual de Procedimientos del Programa de Incentivos de la Resolución N 1543/2014 del Ministerio de Educación de la Nación, en el marco del Decreto Nacional Nº 2427/93PEN. Que el Dr. Pablo Javier VIDAL se desempeña como Profesor Adjunto Interino con Dedicación Semiexclusiva en las asignaturas, “Paradigmas de Programación” y “Lenguajes Formales y Computabilidad” de la Carrera Licenciatura en Ciencias de la Computación de esta Casa de Estudios y es Investigador Asistente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) con lugar de trabajo en el Instituto Universitario para las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la UNCuyo (ITIC), Que participa actualmente en carácter de codirector de un proyecto de investigación financiado por la por Universidad Nacional de Cuyo. Además, demuestra formación de recursos humanos en investigación y publicaciones de artículos científicos en su área de experticia. Que el Dr. Pablo Javier VIDAL ha sido categorizado en el programa de incentivos con Categoría V, según resolución N°167/2013 de la Comisión Regional de Categorización. Que el mencionado docente manifiesta el pleno conocimiento de las normativas vigentes de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Facultad de Ingeniería, que establecen las funciones, obligaciones y exigencias de los Docentes con Dedicación Exclusiva. Lo informado por el Dr. Ing. Raúl Oscar CURADELLI, Secretario de Ciencia, Tecnología y Posgrado de esta Facultad. Las disposiciones de la Resolución Nº 572/2004R. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 24 de noviembre del año 2020.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Prestar conformidad para que el Dr. Pablo Javier VIDAL (Legajo Nº 33.971 – DNI Nº 31.474.928), perciba el Incentivo para Docentes Investigadores con Dedicación Exclusiva, según lo establecido en la Resolución N 1543/2014 del Ministerio de Educación de la Nación, en el marco del Decreto Nacional Nº 2427/93PEN, con lugar de trabajo en esta Casa de Estudios, asumiendo las obligaciones que la Universidad y esta Facultad exigen a los docentes con dicha dedicación.
ARTICULO 2º. Disponer que el Dr. Pablo Javier VIDAL (Legajo Nº 33.971) cumpla en esta Casa de Estudios, las funciones que a continuación se indican: Docencia en la Carrera de grado Licenciatura en Ciencias de la Computación. Investigación en Proyectos acreditados formalmente por Instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, entre otros) que se desarrollen en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
Resol. – CD N° 090/2020
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
ARTICULO 3º. Solicitar al señor Rector que, de acuerdo con la Resolución Nº 572/2004R, dicte el acto administrativo correspondiente, aprobando lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente Resolución y comunique lo resuelto al Programa de Incentivos.
ARTÍCULO 4º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTICULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCION – CD Nº 090/2020
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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2020 ‐ AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: Las actuaciones que obran en NOTACUY: 11548/2020 en la que la Dra. Ana Carolina OLIVERA, solicita percibir el Incentivo para Docentes Investigadores con Dedicación Exclusiva; y:
CONSIDERANDO: Que la citada profesional cumple con las condiciones necesarias para recibir dicho beneficio, según lo dispuesto en el Artículo 40 inc. g) del Manual de Procedimientos del Programa de Incentivos de la Resolución N 1543/2014 del Ministerio de Educación de la Nación, en el marco del Decreto Nacional Nº 2427/93PEN. Que la Dra. OLIVERA se desempeña como Profesora Titular Interina con Dedicación Semiexclusiva en las asignaturas, “Compiladores” y “Lenguajes Formales y Computabilidad” de la Carrera Licenciatura en Ciencias de la Computación de esta Casa de Estudios. Que es Investigadora Adjunta del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) con lugar de trabajo en el Instituto Universitario para las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la UNCuyo (ITIC). Que participa activamente en proyectos de investigación financiados por Organismos de Ciencia y Tecnología Nacionales y actualmente es Directora de un proyecto de investigación financiado por la Universidad Nacional de Cuyo. Además, demuestra formación de recursos humanos en investigación y publicaciones de artículos científicos en su área de experticia. Que la Dra. OLIVERA ha sido categorizada en el programa de incentivos con Categoría III, según Resolución N°1598 de la Comisión Regional de Categorización. Que la mencionada docente manifiesta el pleno conocimiento de las normativas vigentes de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Facultad de Ingeniería, que establecen las funciones, obligaciones y exigencias de los Docentes con Dedicación Exclusiva. Lo informado por el Dr. Ing. Raúl Oscar CURADELLI, Secretario de Ciencia, Tecnología y Posgrado de esta Facultad. Las disposiciones de la Resolución Nº 572/2004R. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 24 de noviembre del año 2020. En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Prestar conformidad para que la Dra. Ana Carolina OLIVERA (Legajo Nº 33.970 – DNI Nº 27.195.428), perciba el Incentivo para Docentes Investigadores con Dedicación Exclusiva, según lo establecido en la Resolución N 1543/2014 del Ministerio de Educación de la Nación en el marco del Decreto Nacional Nº 2427/93PEN, con lugar de trabajo en esta Casa de Estudios, asumiendo las obligaciones que la Universidad y esta Facultad exigen a los docentes con dicha dedicación.
ARTICULO 2º. Disponer que la Dra. Ana Carolina OLIVERA (Legajo Nº 33.970) cumpla en esta Casa de Estudios, las funciones que a continuación se indican: Docencia en la Carrera de grado Licenciatura en Ciencias de la Computación. Investigación en Proyectos acreditados formalmente por Instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, entre otros) que se desarrollen en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Resol. – CD N° 089/2020
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 ‐ AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
ARTICULO 3º. Solicitar al señor Rector que, de acuerdo con la Resolución Nº 572/2004R, dicte el acto administrativo correspondiente, aprobando lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente Resolución y comunique lo resuelto al Programa de Incentivos.
ARTÍCULO 4º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTICULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones. RESOLUCION – CD Nº 089/2020
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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2020 ‐ AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: Las actuaciones que obran en NOTACUY: 11548/2020 en la que la Dra. Ana Carolina OLIVERA, solicita percibir el Incentivo para Docentes Investigadores con Dedicación Exclusiva; y:
CONSIDERANDO: Que la citada profesional cumple con las condiciones necesarias para recibir dicho beneficio, según lo dispuesto en el Artículo 40 inc. g) del Manual de Procedimientos del Programa de Incentivos de la Resolución N 1543/2014 del Ministerio de Educación de la Nación, en el marco del Decreto Nacional Nº 2427/93PEN. Que la Dra. OLIVERA se desempeña como Profesora Titular Interina con Dedicación Semiexclusiva en las asignaturas, “Compiladores” y “Lenguajes Formales y Computabilidad” de la Carrera Licenciatura en Ciencias de la Computación de esta Casa de Estudios. Que es Investigadora Adjunta del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) con lugar de trabajo en el Instituto Universitario para las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la UNCuyo (ITIC). Que participa activamente en proyectos de investigación financiados por Organismos de Ciencia y Tecnología Nacionales y actualmente es Directora de un proyecto de investigación financiado por la Universidad Nacional de Cuyo. Además, demuestra formación de recursos humanos en investigación y publicaciones de artículos científicos en su área de experticia. Que la Dra. OLIVERA ha sido categorizada en el programa de incentivos con Categoría III, según Resolución N°1598 de la Comisión Regional de Categorización. Que la mencionada docente manifiesta el pleno conocimiento de las normativas vigentes de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Facultad de Ingeniería, que establecen las funciones, obligaciones y exigencias de los Docentes con Dedicación Exclusiva. Lo informado por el Dr. Ing. Raúl Oscar CURADELLI, Secretario de Ciencia, Tecnología y Posgrado de esta Facultad. Las disposiciones de la Resolución Nº 572/2004R. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 24 de noviembre del año 2020. En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Prestar conformidad para que la Dra. Ana Carolina OLIVERA (Legajo Nº 33.970 – DNI Nº 27.195.428), perciba el Incentivo para Docentes Investigadores con Dedicación Exclusiva, según lo establecido en la Resolución N 1543/2014 del Ministerio de Educación de la Nación en el marco del Decreto Nacional Nº 2427/93PEN, con lugar de trabajo en esta Casa de Estudios, asumiendo las obligaciones que la Universidad y esta Facultad exigen a los docentes con dicha dedicación.
ARTICULO 2º. Disponer que la Dra. Ana Carolina OLIVERA (Legajo Nº 33.970) cumpla en esta Casa de Estudios, las funciones que a continuación se indican: Docencia en la Carrera de grado Licenciatura en Ciencias de la Computación. Investigación en Proyectos acreditados formalmente por Instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, entre otros) que se desarrollen en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Resol. – CD N° 089/2020
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 ‐ AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
ARTICULO 3º. Solicitar al señor Rector que, de acuerdo con la Resolución Nº 572/2004R, dicte el acto administrativo correspondiente, aprobando lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente Resolución y comunique lo resuelto al Programa de Incentivos.
ARTÍCULO 4º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTICULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones. RESOLUCION – CD Nº 089/2020
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY 21258/2019, en las que se tramitó el llamado a concurso para cubrir cargos de Ayudantes de Segunda, destinados a los alumnos que cursan estudios en esta Facultad; y:
CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 239/2019CD se realizó la convocatoria, conforme a las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 03/2000CD y sus modificatorias, Ordenanzas Nros. 05/2003CD y 04/2010CD, para cubrir dichos cargos de Ayudantes de Segunda en Laboratorios o proyectos institucionales y en actividades académicas en el segundo semestre del presente año. Que estaba previsto que las tareas se desarrollaran desde el primer semestre del año 2020. Que durante el mes de marzo de 2020 se declaró la emergencia sanitaria a causa de la Pandemia Covid 19 y consecuentemente, se estableció en el ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo la interrupción de numerosos procesos administrativos, particularmente se suspendieron las pruebas de oposición en concursos docentes, Resolución N° 231/2020R Artículo 9 inc. e). Que por Ordenanza N° 26/2020CS, se dispuso la Notificación Electrónica aplicable en todo el ámbito de la gestión administrativa de la Universidad Nacional de Cuyo Que, por lo expuesto, Secretaría Académica solicitó se considere la posibilidad de continuar con el proceso de concursos de Ayudantes de Segunda, convocados por Resolución N° 239/2019CD, a partir del estado de situación actual y que en todos los casos el cumplimiento de tareas sea postergado un año; es decir, que las tareas se inicien desde el primer semestre del año 2021, en las mismas condiciones establecidas en la citada disposición. Lo informado por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes de esta Casa de Estudios. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 24 de noviembre de 2020.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Autorizar, a partir del estado de situación actual, la continuación del proceso de llamado a concurso para cubrir cargos de Ayudantes de Segunda convocados por Resolución N° 239/2019CD, conforme a las disposiciones reglamentarias contenidas en la Ordenanza Nº 003/2000CD y sus modificatorias, Ordenanza N° 005/2003CD y Ordenanza N° 004/2010CD.
ARTÍCULO 2°. Establecer en todos los casos que, el cumplimiento de tareas de los estudiantes designados, en los respectivos concursos, se inicie a partir del mes de marzo de 2021; de no resultar posible, desde la efectiva prestación de servicios.
Resol. – CD N° 088/2020
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 088/2020
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2020-RES-088 16/12/2020 (Carga: 8/03/2021) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY 21258/2019, en las que se tramitó el llamado a concurso para cubrir cargos de Ayudantes de Segunda, destinados a los alumnos que cursan estudios en esta Facultad; y:
CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 239/2019CD se realizó la convocatoria, conforme a las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 03/2000CD y sus modificatorias, Ordenanzas Nros. 05/2003CD y 04/2010CD, para cubrir dichos cargos de Ayudantes de Segunda en Laboratorios o proyectos institucionales y en actividades académicas en el segundo semestre del presente año. Que estaba previsto que las tareas se desarrollaran desde el primer semestre del año 2020. Que durante el mes de marzo de 2020 se declaró la emergencia sanitaria a causa de la Pandemia Covid 19 y consecuentemente, se estableció en el ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo la interrupción de numerosos procesos administrativos, particularmente se suspendieron las pruebas de oposición en concursos docentes, Resolución N° 231/2020R Artículo 9 inc. e). Que por Ordenanza N° 26/2020CS, se dispuso la Notificación Electrónica aplicable en todo el ámbito de la gestión administrativa de la Universidad Nacional de Cuyo Que, por lo expuesto, Secretaría Académica solicitó se considere la posibilidad de continuar con el proceso de concursos de Ayudantes de Segunda, convocados por Resolución N° 239/2019CD, a partir del estado de situación actual y que en todos los casos el cumplimiento de tareas sea postergado un año; es decir, que las tareas se inicien desde el primer semestre del año 2021, en las mismas condiciones establecidas en la citada disposición. Lo informado por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes de esta Casa de Estudios. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 24 de noviembre de 2020.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Autorizar, a partir del estado de situación actual, la continuación del proceso de llamado a concurso para cubrir cargos de Ayudantes de Segunda convocados por Resolución N° 239/2019CD, conforme a las disposiciones reglamentarias contenidas en la Ordenanza Nº 003/2000CD y sus modificatorias, Ordenanza N° 005/2003CD y Ordenanza N° 004/2010CD.
ARTÍCULO 2°. Establecer en todos los casos que, el cumplimiento de tareas de los estudiantes designados, en los respectivos concursos, se inicie a partir del mes de marzo de 2021; de no resultar posible, desde la efectiva prestación de servicios.
Resol. – CD N° 088/2020
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 088/2020
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CD-2020-RES-087 16/12/2020 (Carga: 30/11/2021) |
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
MENDOZA, 16 DIC 2020
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 11320/2020, en la que la Dirección General de la Carrera Ingeniería Civil solicita autorización para que alumnos que cursan la asignatura “Equipos y Técnicas Constructivas” realicen visitas a obra; y:
CONSIDERANDO: Que fundamenta lo solicitado las características particulares de la asignatura y con el fin de cumplir con los objetivos académicos y pedagógicos. Que el Profesor a cargo de la asignatura ha expresado que, para cumplir el cometido, es necesario llevar a sus alumnos a diversas obras civiles, para mostrar en el sitio el funcionamiento, rendimiento y características de los equipos utilizados para tal fin, y que se han inscripto para el cursado la cantidad de 10 (DIEZ) alumnos, lo cual constituye un grupo poco numeroso y fácil de organizar en obra. Que, además, se propone implementar los protocolos establecidos por la Facultad de Ingeniería, para una actividad equivalente como es la Práctica Profesional Supervisada realizada por los alumnos en forma presencial, autorizada por Resolución N°057/2020CD. Que en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020, emitido por el Presidente de la Nación y publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 12 de marzo del 2020, se decretó la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27541, en virtud de la Pandemia declarada por la OMS en relación con el coronavirus (COVID19), y stes. y cctes. N° 287/2020, N° 297/2020, N° 325/2020, N° 355/2020, N° 408/2020, N° 459/2020, N° 493/2020, N° 520/2020, N° 576/2020, N° 605/2020, N° 641/2020, N° 677/ 2020; N° 714/2020, N° 754/2020, N° 792/2020, N° 814/2020 y N° 875/2020. Que el Ministerio de Educación de la Nación por Resolución N° 1084/2020, aprobó el Protocolo Marco y lineamientos generales para el retorno a las actividades académicas presenciales en las Universidades e Institutos Universitarios. Que en este sentido los planes de reanudación de clases y sus protocolos correspondientes, deben contar con el aval de las autoridades sanitarias de cada jurisdicción en que esté implantada la institución o sus sedes, o en la que despliegue actividades académicas la Universidad o Instituto Universitario, según corresponda. Que mediante Resolución N° 1340/2020R del Rector de la UNCUYO, ad referéndum del Consejo Superior, ratificada por Resolución N° 133/2020CS, se aprobó el Protocolo en el ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo para prevención del COVID19, el cual fue aprobado por el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes del Gobierno de la Provincia de Mendoza, Resolución N° 1945/2020. Que por Resolución N° 053/2020CD, el Consejo Directivo aprobó el PROTOCOLO GENERAL COVID19 PARA LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO, elaborado por el Área Seguridad, Salud y Ambiente (ASSA) dependiente de la Secretaría de Vinculación de la Facultad de Ingeniería, examinado y evaluado por el Comité de Prevención Epidemiológica de la Universidad Nacional de Cuyo, dependiente de la Facultad de Ciencias Médicas, con recomendación de Aprobación. Que se advierte, que resulta imperioso dar continuidad a los procesos educativos, debido a que existen estudiantes que se encuentran cursando obligaciones académicas de su plan de estudios y se ven impedidos de poderlos finalizarlas, por la imposibilidad de concurrir presencialmente a las visitas, por ello, resulta necesario facilitar a los mismos la culminación de las actividades curriculares previstas en los respectivos planes de estudios.
Resol. – CD N° 087/2020
1 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
Que por la situación expuesta, el estudiante que libremente y en forma voluntaria opte por la realización de las visitas, en la modalidad presencial, exprese su compromiso en forma escrita, declarando que conoce los riesgos y que acepta participar de las actividades presenciales, como parte de las prácticas de la carrera que cursa, luego de haber conocido y comprendido en su totalidad, la información sobre dicha actividad y los riesgos directos e indirectos de su participación debido a la circulación comunitaria del COVID19, comprometiéndose a completar los formularios con carácter de declaración jurada, responsablemente, con el objeto de no generar un perjuicio a la empresa o establecimiento donde deba realizar la visita y, a su vez, deslindando a la Facultad de Ingeniería y a la Universidad Nacional de Cuyo de toda responsabilidad por los eventuales riesgos que pudieran sufrir durante la práctica en relación con el COVID19, así como sus consecuencias. Que también se sugirió, dejar constancia que el estudiante, habiendo sido informado sobre la posibilidad de realizar las actividades en otro momento, opta por efectuarlas en la situación actual de distanciamiento social preventivo y obligatorio, cumpliendo los protocolos preventivos elaborados para la actividad presencial en el ámbito de la organización o institución donde realice las visitas. Lo informado por la Coordinación de Asuntos Legales de esta Facultad. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por las Comisiones de Interpretación y Reglamento, y de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión ordinaria, en la modalidad a distancia, del día 10 de noviembre de 2020.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Autorizar, a los estudiantes inscriptos en la Asignatura Optativa “Equipos y Técnicas Constructivas”, de la carrera Ingeniería Civil, realizar visitas a obras en ámbitos externos a esta Casa de Estudios, mientras dure el estado de emergencia sanitaria, en los términos que se establecen en el artículo siguiente y acreditando la documentación complementaria de carácter obligatorio que se establece en el Anexo I de la presente resolución y que forma parte de la misma.
ARTÍCULO 2. Determinar que los estudiantes que por voluntad propia opten por realizar las visitas a obras en manera presencial, mientras dure la emergencia sanitaria por COVID19, deberán manifestar fehacientemente, conforme el Anexo I, el compromiso de cumplimiento de actividades académicas presenciales cuando le sea requerido por la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, debidamente firmado, acreditando su identidad, con aval de la Secretaría de Vinculación.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD N° 087/2020
2 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
ANEXO I
COMPROMISO VOLUNTARIO PARA REALIZAR VISITAS DE OBRA PRESENCIALES
En el marco de la pandemia declarada por la OMS en relación con el Coronavirus COVID19 y la emergencia pública sanitaria establecida por la Ley N° 27541, el DNU N°260/2020 stes. y cctes., y de acuerdo a la Resolución N° 077/2020CD, del Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, sobre la autorización de actividades académicas presenciales, asumo el siguiente compromiso: Yo «APELLIDO/S y Nombre/s del estudiante», DNI N° «número de DNI del estudiante», Legajo N° «número de legajo del estudiante», estudiante de la carrera Ingeniería Civil, inscripto en la “Asignatura Optativa “Técnicas y Constructivas”, acepto, por mi propia voluntad, realizar la actividad académica en la organización/institución/empresa, presencialmente, luego de haber conocido y comprendido en su totalidad la información sobre dicha actividad y los riesgos directos e indirectos a los que me expongo debido a la circulación comunitaria del COVID19, y me comprometo a: 1. Conocer y cumplir los protocolos preventivos elaborados para la actividad presencial en el ámbito de la organización/institución/empresa donde realice la actividad. 2. Tratar, dentro de mis posibilidades, de no utilizar el transporte público de pasajeros para dirigirme al lugar de realización de la actividad. 3. No asistir a la actividad en caso de presentar sintomatología sugestiva de COVID19 o ser contacto estrecho de caso positivo. 4. Habiendo tomado conocimiento fehaciente sobre el contenido del “Protocolo General COVID19 para FI” (Resol.N°053/2020CD), me obligo a respetar las medidas preventivas del mismo en el lugar en donde se realicen las actividades. Atento a tratarse de una actividad riesgosa y voluntaria, me responsabilizo personalmente de las posibles consecuencias dañinas ocasionadas por el COVID19, y habiendo sido debidamente asesorado al respecto, renuncio por lo anterior a realizar reclamo alguno a las instituciones participantes de las actividades (Facultad de Ingeniería, Universidad Nacional de Cuyo, Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza, organización/institución/empresa, entre otros) en caso de contagio por COVID19, de mi persona y/o grupo familiar conviviente.
Firma: ....................................................................... Aclaración: ............................................................... DNI: .......................................................................... Lugar y fecha: Mendoza, ___/___/_____
ANEXO I RESOLUCIÓN N° 087/2020CD _ _ _ _
3 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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