Digesto
|
15964 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
FI-2019-RES-655 28/11/2019 (Carga: 12/11/2024) |
El contenido de la NOTA-CUY: 20740/2018, en la que se tramita la prórroga de becas con Plan de Actividades para la Empresa Mendocina de Energía SA (EMESA);
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2019-RES-242 28/11/2019 (Carga: 21/04/2020) |
2019 AÑO DE LA EXPORTACIÓN
MENDOZA, 28 NOV 2019
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 2301/2019, en las cuales corren agregados los antecedentes relativos al concurso convocado por Resolución Nº 115/2019CD, para la provisión de UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple – Interino, del Área 1 – MATEMÁTICA, con “Álgebra” como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: Que al cierre de convocatoria del citado concurso se registró la inscripción de TRES (3) postulantes: Mgter. Luciano Iván ROBINO, Prof. Vanina Andrea IANNIZZOTTO y Lic. Yanina Anabel BOITEUX. Que la Comisión Asesora resolvió no convocar a la Clase Pública por no cumplir con los requisitos establecidos en la resolución de llamado a concurso, al Mgter. Luciano Iván ROBINO y a la Prof. Vanina Andrea IANNIZZOTTO por no acreditar experiencia en docencia, además la propuesta de planificación de trabajos prácticos de la Prof. IANNIZZOTTO no correspondía a la asignatura motivo del concurso. Que en el informe de fs. 36 la Dirección General Económico Financiera, certifica la existencia del cargo vacante y a fs. 333 obra la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. El dictamen de la Comisión Asesora que intervino en el referido concurso. Que a fs. 332 corre agregado el informe de la Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Que a fs. 335 y vta. se adjunta la correspondiente Declaración Jurada de cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado en fs. 336 por la Dirección de Personal de esta Facultad. Que a fs. 334, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013CS, la Lic. Yanina Anabel BOITEUX cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 22 de octubre de 2019.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Dar de baja, a partir del 01 de diciembre de 2019 a la Lic. Yanina Anabel BOITEUX (DNI: 33.052.004 – Legajo 34.385), en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple – Interino, Área 1 – MATEMÁTICA, asignatura “Álgebra” dispuesto por Resoluciones Nros. 110/2019CD y 419/2019FI, con motivo de haberse sustanciado el concurso convocado por Resolución Nº 115/2019CD.
ARTÍCULO 2º. Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por Resolución Nº 115/2019CD, para la provisión de UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple – Interino, del Área 1 – MATEMÁTICA, con “Álgebra” como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso y el siguiente Orden de Méritos: 1º BOITEUX, Yanina Anabel
Resol. CD Nº 242 / 19
1 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2019 AÑO DE LA EXPORTACIÓN
ARTÍCULO 3 º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y BOITEUX, Yanina Anabel Nombres Documento D.N.I. 33.052.004 Único: CUIL o CUIT 27330520049 Legajo n° 34.385
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación Jefe de Trabajos Prácticos del Cargo Dedicación Simple Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01122019 Hasta el 31122019 o hasta tanto el cargo sea concursado con carácter de Efectivo, lo que ocurra primero.
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) AREA 1 – MATEMÁTICA 2) 3)
ARTÍCULO 4º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 2º (cuadro 5), pertenece a: Códigos Descripción 1 Disciplina: 0 7 Subdisciplina:
Especialidad: 0 1 ÁLGEBRA
ARTÍCULO 5º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 2º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras) Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 209 INGENIERÍA DE PETRÓLEOS 25 252 INGENIERÍA INDUSTRIAL 30 158 INGENIERÍA CIVIL 25 5363 INGENIERÍA EN MECATRÓNICA 20 Porcentaje total 100%
Resol. CD Nº 242 / 19
2 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2019 AÑO DE LA EXPORTACIÓN
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN ÁLGEBRA 2 Actividades en proyectos institucionales, de investigación, de extensión y/o de vinculación formalmente acreditados por instituciones reconocidas que se desarrollen en el ámbito de Facultad de Ingeniería de UNCuyo. 3
ARTÍCULO 6º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. Subdepen Fuente Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función Participación o dencia de grama dad dad Porcentual Apartado Financiamiento 09 0 11 34 3 0 99 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 7º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 09 Facultad de Ingeniería Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 8º. De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos agregada a fs. 335 y vta. de estas actuaciones y lo informado a fs. 336 por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 9º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 242 / 19
3 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Concursos y Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2019-RES-241 28/11/2019 (Carga: 17/10/2024) |
➢ 2019 AÑO DE LA EXPORTACIÓN
MENDOZA,
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 10874/2019, en las cuales corren agregados los antecedentes relativos al concurso convocado por Resolución Nº 130/2019CD, para la provisión de UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple – Interino, del Área 8 – ADMINISTRACIÓN, ECONOMÍA Y FINANZAS, con “Industrias y Servicios I” como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: Que, al cierre de convocatoria del citado concurso se registró la inscripción de TRES (3) postulantes: Ing. Andrés Eduardo VALERO, Ing. Roberto Matías DUBANCED e Ing. Pablo Andrés CALZETTA BLOISE. Que la Comisión Asesora resolvió citar a Clase Pública y Coloquio al Ing. Pablo Andrés CALZETTA BLOISE y no convocar a los Ings. Andrés Eduardo VALERO y Roberto Matías DUBANCED, por no cumplir con los requisitos establecidos en la resolución de llamado a concurso al no acreditar desarrollo emprendedor en el ámbito de la industria y los servicios, además de no contar con nociones de gestión y administración de empresas. Que el dictamen de la Comisión Asesora interviniente, que obra a fs. 395 y 396 de las presentes actuaciones establece el siguiente Orden de Méritos: 1º) Ing. Pablo Andrés CALZETTA BLOISE. Que notificados los postulantes de dicho dictamen, el Ing. Andrés Eduardo VALERO presentó impugnación mediante NOTACUY: 44095/2019, (fs. 402/405). Que la citada Nota fue girada a la Comisión Asesora para ampliación de dictamen. El dictamen emitido por la Comisión Asesora (fs. 406/408) y en el que ratifica el Orden de Mérito emitido oportunamente. Que lo actuado fue elevado a la Comisión de Interpretación y Reglamento, la que en su informe expresa que el recurso de impugnación interpuesto por el Ing. Andrés Eduardo VALERO, se admite en lo formal y lo sustancial, considera que los argumentos son pertinentes y deben ser considerados y no comparte el criterio de ampliación del dictamen de la Comisión Asesora en relación a la fundamentación de la exclusión de los otros postulantes. Lo dispuesto la Ordenanza N° 03/17CD – Reglamento de Concursos. Lo tratado y aprobado por este Cuerpo en sesión del día 19 de noviembre de 2019. En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aceptar en lo formal y en lo sustancial la impugnación presentada por el Ing. Andrés Eduardo VALERO en las presentes actuaciones.
ARTÍCULO 2º. Dejar sin efecto el concurso convocado por Resolución Nº 130/2019CD para cubrir con carácter de Interino, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple, del Área 8 – ADMINISTRACIÓN, ECONOMÍA Y FINANZAS, con “Industrias y Servicios I” como temática de referencia, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2019-RES-240 27/11/2019 (Carga: 4/12/2019) |
ARTÍCULO 1º.- Convocar a docentes investigadores y estudiantes de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo a presentar proyectos de investigación, según los tipos de proyectos, montos, cantidad y criterios establecidos en el ANEXO I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- La recepción de los proyectos de investigación se hará en el Departamento de Mesa de Entradas y Archivo de la Facultad de Ingeniería, desde el 2 de diciembre de 2019 hasta el jueves 20 de febrero de 2020, de acuerdo a las instrucciones del ANEXO II de la presente Resolución de convocatoria.
ARTÍCULO 3º.- La fecha de inicio de los proyectos de investigación será el UNO (1) de abril de 2020; la fecha de presentación del informe de avance será el TREINTA (30) de setiembre de 2020, y la entrega del informe final el TREINTA Y UNO (31) de marzo de 2021.
ARTÍCULO 4º.- Los proyectos deberán desarrollarse en el ámbito de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 5º.- La evaluación de los proyectos de investigación se hará en dos etapas, según pautas definidas en el ANEXO III de la presente Resolución. En la primera etapa, la Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado, conjuntamente con la Secretaría Académica evaluarán la admisibilidad del proyecto y otorgarán el aval institucional para pasar a la segunda instancia de evaluación, a partir de la cual la Comisión Evaluadora propondrá un orden de mérito de los proyectos.
ARTÍCULO 6º.- El Director o estudiante Líder de Proyecto, con el aval del Asesor, según corresponda, deberán informar por nota, a la Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado de la Facultad de Ingeniería, las altas y bajas de integrantes del equipo de investigación, en un plazo no mayor a los DIEZ (10) días corridos de producirse la novedad. Solo se admitirán altas de nuevos integrantes hasta el 31 de julio de 2020.
ARTÍCULO 7º.- Una vez finalizados los proyectos, los participantes asumen el compromiso de realizar la presentación de los resultados de la investigación en las jornadas que la Facultad de Ingeniería implemente a tal fin, en los términos y condiciones que se establezcan oportunamente.
ARTÍCULO 8º.- El subsidio asignado a cada tipo de proyecto se entregará en dos cuotas iguales. La primera de ellas al inicio de la actividad; la segunda cuota una vez hecha la rendición de la primera. Por razones debidamente fundadas, a pedido del Director o Líder de Proyecto con aval del Asesor, según corresponda, se evaluará la posibilidad de entregar el total del subsidio en una única cuota, con el compromiso de efectuar la rendición de cuentas del subsidio total a más tardar el 30 de junio de 2020.
ARTÍCULO 9º.- La rendición de fondos correspondiente al 50% del subsidio (primera cuota) se deberá presentar en el Departamento de Mesa de Entradas y Archivo de la Facultad de Ingeniería a más tardar quince (15) días después de haber hecho uso del total de los fondos recibidos y/o hasta el 30 de junio de 2020, lo que ocurra primero. Del mismo modo, la rendición del 50% restante se deberá presentar a más tardar quince (15) días después de haber hecho uso de los fondos y/o hasta el 18 de diciembre de 2020 inclusive, lo que ocurra primero. La Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado de la Facultad de Ingeniería comunicará, al Director, Asesor y estudiante Líder de Proyecto, antes del 31 de marzo de 2020, las pautas a cumplir para realizar la rendición de los fondos, siguiendo instrucciones de la Secretaría Administrativa Económica Financiera.
ARTÍCULO 10º.- El control de la rendición de fondos lo realizará la Dirección General Económica Financiera, verificando el cumplimiento de la normativa vigente en los aspectos administrativos y contables. Una vez realizado dicho control, se notificará al interesado y a la Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado de la Facultad de Ingeniería, pudiendo resultar aprobada, observada y/o rechazada. En caso de ser la rendición observada, por aspectos formales y/o legales, los responsables deberán subsanar las observaciones en un plazo no mayor a los veinte (20) días hábiles administrativos.
ARTÍCULO 11º.- La presentación fuera de término, observación sin salvar, o desaprobación del informe de avance y/o informe final de un proyecto financiado, sin justificación fundada, implicará perder el derecho a presentarse en la próxima convocatoria, la suspensión del subsidio en el caso que corresponda, o la devolución de los fondos asignados, tanto para el Director, el Asesor, el estudiante Líder de Proyecto e integrantes del equipo de investigación. Lo mismo ocurrirá con las presentaciones fuera de término de las rendiciones de fondos, con la eventual medida correctiva que disponga el Consejo Directivo y/o el inicio de las acciones penales que resulten pertinentes.
Resol. - CD Nº 240 / 19
ARTÍCULO 12º.- Establecer que en todos los actos de divulgación de los resultados obtenidos en las investigaciones efectuadas con subsidios de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, se deberá mencionar en forma explícita el subsidio que lo ha facilitado y la dependencia de los autores respecto de la Institución, según lo dispuesto en la Resolución N° 2089/16-R.
ARTÍCULO 13º.- Cuando se origine algún invento, publicación, creación y desarrollo como resultado del trabajo subsidiado por la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, ésta se reserva la facultad de convenir con el investigador, en cada caso, su participación en los derechos emergentes, con el objeto de utilizarlos en la forma que mejor convenga al interés social y sin perjuicio del público reconocimiento del mérito del autor, según lo establecido en la Ordenanza N° 065/2009-CS y la Resolución N° 2244/16-R, relacionadas con la reglamentación sobre “Protección y propiedad de los resultados de la investigación y desarrollos tecnológicos en la Universidad Nacional de Cuyo”.
ARTÍCULO 14º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
|
Académicas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2019-RES-654 26/11/2019 (Carga: 21/04/2020) |
2019 AÑO DE LA EXPORTACIÓN
MENDOZA, 26 NOV 2019
VISTO: El EXPCUY: 16736/2016, donde obra el pedido de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en un cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por el Dr. Ernesto Fabián GANDOLFO RASO, a partir del 01 de enero de 2019;
CONSIDERANDO: Que a fs. 14 corre agregado el Formulario Nº 17 de la Circular Nº 39/2015GP, informado por la Dirección de Personal de esta Facultad. Que a fs. 12 y 13 corre agregada la declaración jurada de cargos y funciones del Dr. Ernesto Fabián GANDOLFO RASO. Que a fs. 14 vta. corre agregado el Informe de la Dirección General de Personal del Rectorado. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 32/2016R (Anexo I – Apartado III).
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Conceder licencia sin goce de haberes por incompatibilidad, para desempeñarse en un cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, del siguiente Personal Docente Universitario:
1. Datos Personales del Docente Apellido y GANDOLFO RASO, Ernesto Fabián Nombres Documento D.N.I. 14.149.035 Único: CUIL o CUIT 20141490355 Legajo n° 19.361
2. Término de la Licencia por Incompatibilidad Desde el 01012019 Hasta el 31122019
3. Tipo de Incompatibilidad Por exceso de acumulación de cargos Por superposición horaria 4. Disposiciones Aplicables Artículo 49º Punto II inciso a) apartado 1.a) Anexo II del Decreto Nacional 1246/2015 Ordenanza Nº 28/2000CS. Ordenanza Nº 12/2000R. Ordenanza Nº 08/80R Ordenanza Nº 71/89R (de corresponder)
Resol. – FI Nº 654 / 19 1 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2019 AÑO DE LA EXPORTACIÓN
El cargo donde se solicita la licencia por incompatibilidad:
CARGO NÚMERO 1º
1.1. Descripción del Cargo: Denominación Jefe de Trabajos Prácticos del Cargo Dedicación Exclusiva Carácter Efectivo Nº de 032/2006FI y 258/2006FI Resolución de designación
1.2. Término de la última designación Desde el 01032006 Hasta el
1.3. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) FÍSICA I 2) FÍSICA II 3) Proyecto PROMEI 4) Investigación en proyectos acreditados formalmente por instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, PIN, entre otros) que se desarrollen en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
1.4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o FACULTAD DE INGENIERIA Facultad Subdependencia
CARGO DE MAYOR JERARQUÍA QUE PRODUCE INCOMPATIBILIDAD
1. Descripción del Cargo: Denominación Profesor Adjunto del Cargo Dedicación Simple Carácter Interino Nº de Cargo prorrogado por Resolución Nº 371/2018CD Resolución de designación
Resol. – FI Nº 654 / 19 2 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2019 AÑO DE LA EXPORTACIÓN
2. Término de la última designación Desde el 01012019 Hasta el 31122019
3. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) FÍSICA I (CARRERAS DE INGENIERÍA) 2) 3) 4)
4. Denominación de la Unidad Académica u Organismo Dependencia o FACULTAD DE INGENIERÍA Facultad Subdependencia
5. Tipo Organismo estatal donde pertenece el cargo que produce la incompatibilidad organismo público centralizado o descentralizado nacional X organismo público centralizado o descentralizado regional organismo público centralizado o descentralizado provincial organismo público centralizado o descentralizado municipal organismo internacional de naturaleza bilateral en el que participe el Estado Nacional en carácter de representante de éste organismo internacional de naturaleza multilateral en el que participe el Estado Nacional en carácter de representante de éste Escuelas privadas incorporadas a la enseñanza oficial
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 654 / 19
3 de 3 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2019-RES-653 26/11/2019 (Carga: 12/11/2024) |
Las actuaciones que obran en EXP-CUY: 3759/2018, en las que se tramita la adscripción de la señorita Sabrina Constanza ORITJA como Ayudante Alumna Adscripta Ad honorem en la asignatura "Ciencia de los Materiales", de esta Facultad;
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2019-RES-239 26/11/2019 (Carga: 28/11/2019) |
Llamar a concurso entre los estudiantes de la Facultad, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 03/2000-CD y sus modificatorias, Ordenanzas Nros. 05/2003-CD y 04/2010-CD, para cubrir cargos de Ayudantes de Segunda en Laboratorios o actividades en proyectos institucionales de investigación, de extensión y/o de vinculación formalmente acreditados por instituciones reconocidas que se desarrollen en el ámbito de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo durante el primer semestre de 2020 y en asignaturas que se dictan en el segundo semestre del año 2020, según el siguiente detalle:
CIENCIAS BÁSICAS:
. UN (1) cargo para el Área 2 - FÍSICA con “Física I” como asignatura base de
referencia y en forma alternada en laboratorio de Física
. UN (1) cargo para el Área 3 - QUÍMICA con “Química General e Inorgánica” como
asignatura base de referencia y en forma alternada en Laboratorio de Química
INGENIERIA DE PETRÓLEOS:
. UN (1) cargo para el Área 6 - EXPLORACIÓN Y PERFORACIÓN con “Geología del
Petróleo” como asignatura base de referencia y en forma alternada en Proyecto
ProDeCA
. UN (1) cargo para el Área 8 - ADMINISTRACIÓN, ECONOMÍA Y FINANZAS con
“Economía y Evaluación de Proyectos” como asignatura base de referencia y en forma
alternada en Proyecto ProDeCA
INGENIERÍA INDUSTRIAL
. UN (1) cargo para el Área 4 - OPERACIONES Y CONTROL con “Electrónica General y
Aplicada” como asignatura base de referencia y en forma alternada en Laboratorio de
Electrónica
. UN (1) cargo para el Área 8 - ADMINISTRACIÓN, ECONOMÍA Y FINANZAS con
“Administración de Operaciones” como asignatura base de referencia y en forma alternada
en Proyecto de asignatura “Administración de Operaciones”
Resol. – CD Nº 239 / 19
1 de 2
INGENIERIA CIVIL
. UN (1) cargo para el Área 10 - ESTRUCTURAS con “Mecánica de Suelos y Rocas I” como
asignatura base de referencia y en forma alternada en Laboratorio de Geotecnia
. UN (1) cargo para el Área 9 - HIDRÁULICA con “Hidrología I” como asignatura base
de referencia y en forma alternada en Laboratorio de Hidráulica
INGENIERÍA EN MECATRÓNICA
. UN (1) cargo para “Programación Orientada a Objetos” como asignatura base de
referencia y en forma alternada en Proyecto de asignatura “Programación Orientada a
Objetos”
. UN (1) cargo para “Automática y Máquinas Eléctricas” como asignatura base de
referencia y en forma alternada en Proyecto de asignatura “Automática y Máquinas
Eléctricas”
ARQUITECTURA
. UN (1) cargo para el Área 16 – HISTORIA Y TEORÍA DE LA ARQUITECTURA Y EL
URBANISMO con “Historia de la Arquitectura I” como asignatura base de referencia y en forma alternada en “Historia de la Arquitectura I”
. UN (1) cargo para el Área 14 – DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO
SUSTENTABLE con “Diseño del Paisaje” como asignatura base de referencia y en forma
alternada en Proyecto de asignatura “Diseño del Paisaje”
ARTÍCULO 2º.- Fijar como período de inscripción el comprendido entre el 02 y el 06 de diciembre del año 2019 inclusive, en horario de 8 a 12.
ARTÍCULO 3º.- Los aspirantes presentarán en Mesa de Entradas de esta Facultad - Centro Universitario - Mendoza la siguiente documentación:
• Nota presentación.
• Currículum Vitae con carácter de Declaración Jurada.
• Certificado Analítico.
• Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
• Antecedentes.
Además deberán ajustarse a las condiciones de ingreso a la Administración Pública Nacional establecidas en el Régimen Jurídico Básico de la Función Pública (Ley 22.140).
La falta de presentación de dicha documentación invalidará la inscripción del aspirante al concurso.
|
Concursos y Alumnos de grado | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||