Digesto
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16469 Normativas
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FI-2021-RES-243 2/06/2021 (Carga: 22/06/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 02 JUN 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 5285/2021, en las que se tramita la solicitud de acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo, por parte de la Dra. Ing. María José SANTILLÁN; y:
CONSIDERANDO: La Circular Nº 2/2021R; los Artículos 4° y 6° de la Resolución N° 2160/2020R, AdReferéndum del Consejo Superior y 1° de la Resolución N° 2100/2020R. Que la Dra. Ing. SANTILLÁN completó el formulario sobre la solicitud del acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo. Lo informado por la Dirección General Administrativa de esta Facultad y Dirección General de Personal del Rectorado. Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Medicina del Trabajo, la Dra. Ing. SANTILLÁN se encuentra comprendida en los Grupos de Riesgo definidos (Art. 10º de la Resolución 231/2020R, ratificada por Resolución Nº 83/2020CS; Art. 1º DNU 206/2020; Art. 1º Resolución 207/2020MT; Art. 3º Resolución Nº 627/2020MSN y Art. 1º Resolución 1541/2020MSN). Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aceptar la solicitud de acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo, de la Dra. Ing. María José SANTILLÁN (DNI: 21.754.644 Legajo: 25.756), en el marco de lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° de la Res. 2160/2020R AdReferéndum del Consejo Superior o aquella que se dicte en su reemplazo – y conforme a lo reglamentado en la Circular N° 2/2021 del Rectorado, por las razones expuestas en los considerandos de la presente norma, en el contexto de emergencia sanitaria en relación con la pandemia del coronavirus COVID19.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 243/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2021-RES-242 2/06/2021 (Carga: 22/06/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 02 JUN 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 4485/2021, en las que se tramita la solicitud de acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo, por parte de la Sra. Emilce Susana VUCIC; y:
CONSIDERANDO: La Circular Nº 2/2021R; los Artículos 4° y 6° de la Resolución N° 2160/2020R, AdReferéndum del Consejo Superior y 1° de la Resolución N° 2100/2020R. Que la Sra. VUCIC completó el formulario sobre la solicitud del acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo. Lo informado por la Dirección General Administrativa de esta Facultad y Dirección General de Personal del Rectorado. Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Medicina del Trabajo, la Sra. VUCIC se encuentra comprendida en los Grupos de Riesgo definidos (Art. 10º de la Resolución 231/2020R, ratificada por Resolución Nº 83/2020CS; Art. 1º DNU 206/2020; Art. 1º Resolución 207/2020MT; Art. 3º Resolución Nº 627/2020MSN y Art. 1º Resolución 1541/2020MSN). Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aceptar la solicitud de acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo, de la Sra. Emilce Susana VUCIC (DNI: 16.146.490 Legajo: 28.389), en el marco de lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° de la Res. 2160/2020R AdReferéndum del Consejo Superior o aquella que se dicte en su reemplazo – y conforme a lo reglamentado en la Circular N° 2/2021 del Rectorado, por las razones expuestas en los considerandos de la presente norma, en el contexto de emergencia sanitaria en relación con la pandemia del coronavirus COVID19.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 242/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2021-RES-241 2/06/2021 (Carga: 22/06/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 02 JUN 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 4096/2021, en las que se tramita la solicitud de acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo, por parte de la Srta. Irene Nancy ARGUELLO; y:
CONSIDERANDO: La Circular Nº 2/2021R; los Artículos 4° y 6° de la Resolución N° 2160/2020R, AdReferéndum del Consejo Superior y 1° de la Resolución N° 2100/2020R. Que la Srta. ARGUELLO completó el formulario sobre la solicitud del acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo. Lo informado por la Dirección General Administrativa de esta Facultad y Dirección General de Personal del Rectorado. Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Medicina del Trabajo, la Srta. ARGUELLO se encuentra comprendida en los Grupos de Riesgo definidos (Art. 10º de la Resolución 231/2020R, ratificada por Resolución Nº 83/2020CS; Art. 1º DNU 206/2020; Art. 1º Resolución 207/2020MT; Art. 3º Resolución Nº 627/2020MSN y Art. 1º Resolución 1541/2020MSN). Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aceptar la solicitud de acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo, de la Srta. Irene Nancy ARGUELLO (DNI: 16.172.811 Legajo: 23.690), en el marco de lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° de la Res. 2160/2020R AdReferéndum del Consejo Superior o aquella que se dicte en su reemplazo – y conforme a lo reglamentado en la Circular N° 2/2021 del Rectorado, por las razones expuestas en los considerandos de la presente norma, en el contexto de emergencia sanitaria en relación con la pandemia del coronavirus COVID19.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 241/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 02 JUN 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 4038/2021, en las que se tramita la solicitud de acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo, por parte de la Ing. Mariana Vanina VIDAL MAZZEO; y:
CONSIDERANDO: La Circular Nº 2/2021R; los Artículos 4° y 6° de la Resolución N° 2160/2020R, AdReferéndum del Consejo Superior y 1° de la Resolución N° 2100/2020R. Que la Ing. VIDAL MAZZEO completó el formulario sobre la solicitud del acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo. Lo informado por la Dirección General Administrativa de esta Facultad y Dirección General de Personal del Rectorado. Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Medicina del Trabajo, la Ing. VIDAL MAZZEO se encuentra comprendida en los Grupos de Riesgo definidos (Art. 10º de la Resolución 231/2020R, ratificada por Resolución Nº 83/2020CS; Art. 1º DNU 206/2020; Art. 1º Resolución 207/2020MT; Art. 3º Resolución Nº 627/2020MSN y Art. 1º Resolución 1541/2020MSN). Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS; y la Resolución N° 044/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aceptar la solicitud de acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo, de la Ing. Mariana Vanina VIDAL MAZZEO (DNI: 23.206.071 Legajo: 25.253), en el marco de lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° de la Res. 2160/2020R AdReferéndum del Consejo Superior o aquella que se dicte en su reemplazo – y conforme a lo reglamentado en la Circular N° 2/2021 del Rectorado, por las razones expuestas en los considerandos de la presente norma, en el contexto de emergencia sanitaria en relación con la pandemia del coronavirus COVID19.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 240/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2021-RES-068 2/06/2021 (Carga: 3/06/2021) |
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RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 2 JUN 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 13016/2021, en el que el Señor Secretario Académico de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, eleva la propuesta de constitución de Comisiones Universitarias de Expertos para actuar en las convalidaciones de títulos universitarios extranjeros, en el marco de la Resolución ME Nº 3720/2017; y:
CONSIDERANDO: Que la República Argentina ha suscripto convenios bilaterales o multilaterales de reconocimiento de títulos universitarios y de educación superior con distintos países que se encuentran vigentes. Que le compete al Ministerio de Educación elaborar normas generales sobre revalidación, equivalencia y reconocimiento de títulos expedidos y de estudios realizados en el extranjero de acuerdo al apartado 10 del artículo 23 quater del Título V de la Ley de Ministerios sustituido por el artículo 12 del Decreto N° 223 de fecha 19 de enero de 2016. Que el artículo 7° de la Ley N° 24.521 establece que para ingresar a las instituciones de Educación Superior se debe haber aprobado el nivel de Educación Secundaria. Que el artículo 29, inciso k) de la Ley N° 24.521 determina como atribución exclusiva de las Universidades Nacionales, la de revalidar títulos extranjeros Que el artículo 1° de la Resolución ME N° 3720/2017 aprueba el procedimiento unificado para la convalidación de títulos universitarios que como Anexo forma parte de la misma; estableciendo la necesidad de convalidación indirecta, cuando los títulos universitarios extranjeros destinados al ejercicio profesional, no cuenten con acreditación vigente otorgada por los organismos oficiales competentes de acreditación. Que, en dichos casos, resulta necesario la participación de Comisiones Universitarios de Expertos, para determinar la razonable equivalencia de la titulación universitaria extranjera con una titulación argentina. Que la convalidación es iniciada por el profesional extranjero ante Ministerio de Educación, eligiendo la Universidad Nacional que actúe, cuando deben actuar las Comisiones Universitarias de Expertos para determinar si existe razonable equivalencia entre los títulos universitarios extranjeros y los de la titulación argentina. Las solicitudes realizadas por Secretaría Académica de Universidad Nacional de Cuyo, a partir de los expedientes iniciados en Ministerio de Educación por los profesionales extranjeros. La propuesta de Secretaría Académica. Lo tratado y aprobado en sesión ordinaria del 1 de junio de 2021.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Autorizar la constitución de las siguientes Comisiones Universitarias de Expertos, en el ámbito de la Facultad de Ingeniería y por carrera, para determinar si existe razonable equivalencia entre los títulos universitarios extranjeros y los de la titulación argentina:
Resol. CD N° 068/2021
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CESAR MILSTEIN ►
RESOLUCIÓN DIGITAL
Ingeniería de Petróleos Ingeniería Industrial Ing. Mario Carlos SANCHEZ Mgtr. Ing. Pablo Sebastián DE SIMONE Dr. Ing. Sandra Patricia IBAÑEZ Ing. Pablo Fernando MAUAD Lic. Gustavo Ernesto ZAREV Ing. Juan Carlos NAJUL Ing. Claudio Fabián RODRIGUEZ Dr. Ing. Ricardo Raúl PALMA Mgtr. Lic. Esther Bibiana CASTIGLIONE Ingeniería en Mecatrónica Mgtr. Ing. Eduardo Enrique IRIARTE Ingeniería Civil Ing. María Susana BERNASCONI Mgtr. Ing. Alejandro Domingo CANTÚ Dr. Ing. Francisco Javier CRISAFULLI Arquitectura Mgtr. Ing. Jorge Luis MORENO Esp. Arq. Emilio Enrique PIÑEIRO Mgtr. Ing. Patricia Susana INFANTE Dr. Arq. José María SILVESTRO Dr. Lic. Hugo Héctor MARTÍNEZ Dra. Arq. Sandra Mabel NAVARRETE
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 068/2021CD _ _ _ _
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2021-RES-067 2/06/2021 (Carga: 3/06/2021) |
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 02 JUN 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en el EXPECUY: 12822/2021, en las que el Señor Secretario Académico solicita la instrumentación del llamado a concurso para cubrir UN (1) cargo de Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Interino, para el ÁREA 12: VÍAS DE COMUNICACIÓN, con la asignatura de referencia "Construcción de Carreteras" a los efectos del concurso; y:
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interinos, en las categorías de Profesor Titular, Asociado y Adjunto, dispuesto por Ordenanza Nº 003/1986CD y su modificatoria Ordenanza N° 001/1988CD. Que, a los efectos de la organización del desagregado de los antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, regirá el ordenamiento de los ítems propuesto en la Grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes de la Ordenanza N° 023/2010CS, Anexo II. Que, a los efectos considerar los criterios para la evaluación de la calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del Plan de actividades, regirá la Ordenanza N° 023/2010CS, Anexo II. Las disposiciones de la Ordenanza N° 001/2021CD, por la cual se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Las disposiciones de la Ordenanza N° 026/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Que la convocatoria se realiza para un área y espacio curricular de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Lo informado por la Dirección General Económico Financiera respecto de la viabilidad presupuestaria para realizar la convocatoria. El requerimiento de la Dirección General de la Carrera Ingeniería Civil y el informe de Secretaría Académica. Que la convocatoria se realiza en el contexto de la pandemia por COVID19 y las restricciones dispuestas por las normas nacionales, provinciales e internas de la Universidad Nacional de Cuyo, como consecuencia de la misma. El protocolo general COVID19 para la Facultad de Ingeniería, aprobado por Resolución N° 053/2020CD, que establece las acciones a implementar con el propósito de disminuir el riesgo de contagio al efectuar tareas vinculadas a las actividades, en el marco de la pandemia por COVID19. Que se ha solicitado incluir en las funciones, del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la
Resol. CD N° 067/2021
1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
RESOLUCIÓN DIGITAL
carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto, con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Lo dictaminado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por unanimidad de los miembros de este Cuerpo en sesión ordinaria del 1 de junio de 2021. En uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Llamar a concurso, en el marco de las disposiciones de la Ordenanza N° 003/1986CD y su modificatoria Ordenanza N° 001/1988CD, para cubrir UN (1) cargo de Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Interino, para el ÁREA 12: VÍAS DE COMUNICACIÓN, con la asignatura de referencia "Construcción de Carreteras" a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2. Autorizar que el concurso convocado en el artículo precedente, se tramite e implemente en la modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 001/2021CD, y la Resolución N° 066/2021CD.
ARTÍCULO 3. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos para el espacio curricular, según Plan de Estudios vigente aprobado por Ordenanza Nº 003/2003CS, y considerandos de la presente resolución, para el cargo que se convoca a concurso por el Artículo 1 de la presente Resolución:
Requisitos de formación y antecedentes exigidos Título de Grado Universitario: Ingeniero/a Civil. Excluyente. En todos los requisitos que se enuncian a continuación, se requiere experiencia mínima de cinco (5) años con carácter excluyente, y preferentemente no menor a diez (10) años con carácter no excluyente. Experiencia docente universitaria con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional, en organizaciones públicas y/o privadas, en la disciplina de la temática de referencia. Experiencia en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia.
Objetivos (en Plan de Estudios) Conocer los conceptos físicos de los métodos para el diseño y construcción de terraplenes y pavimentos. Demostrar habilidad para el diseño, especificación y control de construcción de caminos de todo tipo. Reconocer la importancia de los procesos constructivos y de la necesidad de investigar nuevos métodos para las obras viales.
Resol. CD N° 067/2021
2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
RESOLUCIÓN DIGITAL
Contenidos Mínimos (en Plan de Estudios) Suelos. Materiales pétreos. Caminos de tierra. Construcción de obras básicas. Pavimentos. Estabilización de suelos. Pavimentos de hormigón. Materiales bituminosos. Tratamientos bituminosos superficiales. Estabilización bituminosa. Calzadas de mezcla asfáltica. Diseño estructural de pavimentos flexibles. Diseño de pavimentos para aeropuertos. Conservación y refuerzo de pavimentos. Aspectos ambientales de las obras viales
Funciones a desarrollar La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de la temática de referencia, y la evaluación de desempeño consecuente, se hará conforme a la Dedicación en el cargo: Funciones docentes en la temática de referencia, Asignatura: Construcción de Carreteras. Funciones docentes por extensión en asignaturas del ÁREA 12: VÍAS DE COMUNICACIÓN. Participación en proyectos institucionales de extensión, vinculación, académicos y/o de investigación. Los proyectos deben estar acreditados formalmente por instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, entre otras) y desarrollarse en el ámbito de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES).
ARTÍCULO 4. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes, y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera:
Miembros de la Comisión Asesora e Institución a la que pertenecen TITULARES: Ing. Roberto Carlos SEGURO Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Ing. Alejandro Domingo CANTU (Presidente) Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Ing. Pablo Ricardo CRUZ Facultad de Ingeniería (UNCUYO) SUPLENTES: Ing. José Antonio GIUNTA Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Dra. María Virginia MACKERN OBERTI Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Dr. Francisco Antonio MINGORANCE Facultad de Ingeniería (UNCUYO)
ARTÍCULO 5. Fijar como período de inscripción al comprendido entre la hora 08:00 del lunes 28 de junio de 2021 y la hora 12:00 del viernes 02 de julio de 2021.
ARTÍCULO 6. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: a) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; b) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle:
Resol. CD N° 067/2021
3 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico.
Currículum vitae, antecedentes, plan de actividades de enseñanzaaprendizaje Para el análisis de los antecedentes por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuesto en la Grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que obra en el Anexo II de la Ordenanza N° 023/2010CS. Plan de actividades de enseñanzaaprendizaje Todo aspirante que se presente para cubrir el cargo concursado deberá acompañar el Plan de actividades que en líneas generales propone desarrollar en caso de obtener el cargo concursado, que incluirá el Programa del espacio curricular, motivo del concurso convocado, y deberá incluir: Fundamentación. En la misma no podrá faltar el encuadre de la propuesta en relación con el perfil del egresado y la ubicación del espacio curricular en el Plan de Estudios. Objetivos: Deben ser elaborados en función de las expectativas de logro a desarrollar por los estudiantes. Desarrollo de unidades temáticas: Consistentes con los contenidos mínimos propuestos en el Plan de Estudios. Metodología de desarrollo de los procesos de enseñanzaaprendizaje y de evaluación. Bibliografía general y selección de lecturas bibliográficas.
La calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del Plan de actividades será evaluada según los criterios desagregados en el Grilla para la descripción, el análisis y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que forman parte del Anexo II de la Ordenanza N° 023/2010CS.
Presentación de la documentación La documentación (currículum vitae, antecedentes, probanzas, comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin, y plan de actividades de enseñanzaaprendizaje), se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable»), y tendrá carácter de declaración jurada. La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes: concurso.docente.12822.2021@ingenieria.uncuyo.edu.ar. En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción.
Resol. CD N° 067/2021
4 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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ARTÍCULO 7. Disponer que el concurso incluya un Coloquio que consistirá en una entrevista de los miembros de la Comisión Asesora con los aspirantes, con el objeto de valorar el dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica del espacio curricular al que postula. La Comisión Asesora tendrá en cuenta aspectos tales como: Importancia relativa y la ubicación de su área en el currículum de la carrera. Visión de conjunto del estado actual del campo del conocimiento del espacio curricular concursado, conocimiento de los principales hitos en la construcción del conocimiento, dominio de los modos particulares de producción del conocimiento en el área disciplinar. Reconocimiento político y social de su campo disciplinar, profesional y docente. Grado de compromiso con la docencia, la innovación pedagógica, la producción del conocimiento y el crecimiento sociocultural. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el artículo precedente.
ARTÍCULO 9. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice teniendo en cuenta lo estipulado en el Artículo 4 de la Ordenanza N° 003/1986CD, en el marco de la pandemia por COVID19. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los Concursos Docentes, con visibilidad en la página de Llamados a Concursos del portal Universidad Transparente de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 10. La presente Resolución que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 11. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD N° 067/2021
Resol. CD N° 067/2021
5 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2021-RES-066 2/06/2021 (Carga: 3/06/2021) |
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MENDOZA, 2 JUN 2021
VISTO: El contenido del EXPECUY: 12695/2021, en el que el Señor Decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, Ing. Daniel Santiago FERNÁNDEZ, propone considerar aspectos relacionados con la certificación requerida para las probanzas presentadas en postulaciones a concursos docentes tramitados en la modalidad a distancia; y:
CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto por Ordenanza N° 001/2021CD, Anexo I, inc. A1.2, sobre la inscripción y presentación de documentación de los postulantes, “… Las probanzas deberán certificarse por autoridad competente”. Que, por DNU N° 334/2021 del Poder Ejecutivo de la Nación, al que la Provincia de Mendoza adhirió, se han dispuesto restricciones de circulación y de actividades que da cuenta la disposición legal en todo el ámbito de la Provincia de Mendoza, desde las 00:00 horas del sábado 22 de mayo de 2021 y por el plazo de nueve días corridos, culminando el 31 de mayo de 2021. Que, a tal efecto, se prorroga el DNI N° 287/2021 y el plazo establecido en su artículo 30 y sus normas complementarias, hasta el día 11 de junio de 2021, inclusive. Que, para los Departamentos, Partidos o Aglomerados, que se encuentren en situación de “Alto riesgo epidemiológico y sanitario” o en situación de “Alarma epidemiológica y sanitaria”, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° del DNU N° 287/2021, se aplicarán, además de las suspensiones de actividades y restricciones de circulación que rigen de conformidad con el citado decreto para los lugares en alarma epidemiológica, las medidas propuestas, todo ello hasta el día 30 de mayo de 2021 inclusive, y los días 5 y 6 de junio de 2021. Que la intermitencia de las medidas dispuestas con relación a la amenaza y al riesgo sanitario que enfrenta el país, resulta necesaria para proteger la salud pública. Que, en vista a la situación epidemiológica planteada, en el marco de las medidas restrictivas dispuestas, se propone adecuar los procedimientos referidos a los concursos del personal docente, en la modalidad a distancia, con el fin de facilitar la presentación del trámite administrativo en esta Casa de Estudios. Lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, aprobado por este Cuerpo en sesión ordinaria del 1 de junio de 2021.
En uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Autorizar, con carácter excepcional, que los postulantes a concursos docentes implementados en la modalidad a distancia, presenten la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente, cuando las restricciones de circulación en contexto de pandemia lo permitan y estén habilitadas las actividades para tramitarlas.
Resol. CD N° 066/2021
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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ARTÍCULO 2. Disponer que, el postulante que haga uso de la excepción autorizada en el artículo precedente, presente la documentación requerida a los efectos de su inscripción en el concurso, con carácter de declaración jurada, asumiendo la responsabilidad legal y administrativa que pudieran derivar de su actuar, respecto a la veracidad de la información y la autenticidad de los documentos originales que obran en su poder.
ARTÍCULO 3. El Consejo Directivo podrá disponer la designación interina del postulante que haga uso de la excepción autorizada por el Artículo 1, condicionada a la efectiva presentación de la certificación de probanzas, especificando el plazo otorgado para presentarlas.
ARTÍCULO 4. Una vez que el postulante designado condicionadamente haya presentado la certificación de probanzas, en tiempo y forma, se dará vista a la Comisión Asesora interviniente en el concurso docente con el objeto de verificar las certificaciones pendientes de las probanzas y, según corresponda, informar al Cuerpo si corresponde convalidar o no convalidar la designación en el cargo.
ARTÍCULO 5. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 066/2021CD _ _ _ _
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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