Digesto
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16117 Normativas
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CD-2021-RES-253 11/08/2021 (Carga: 13/08/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 11 AGO 2021
VISTO: El contenido de la NOTA–CUY: 9374/2020, en la que el Director de la carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería”, Dr. Ing. Jorge Horacio BARÓN, eleva la nómina de profesionales seleccionados para cursar la misma;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de las Resoluciones Nros. 191/2011CD, 69/2008CD y 160/2011 ME y las Ordenanzas Nros. 49/2003CS y 33/2012R. Lo informado por el Comité Académico de la citada carrera y la Dirección General de Posgrado. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 27 de julio de 2021.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, a Dirección General de Posgrado de esta Casa, a inscribir como alumnos de la carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería”, a los siguientes profesionales, de acuerdo al Plan de Estudios aprobado por Ordenanza N° 39/1996CS y Resolución N° 2374/2015 ME: AÑO 2020 . CUERVO, Facundo Ezequiel DNI: 39.225.580 . OJEDA, Juan Pablo DNI: 37.518.046 . VILLAFRANCA, Juan Cruz DNI: 39.239.738 . VITELLI, Pablo Franco DNI: 31.667.826
ARTÍCULO 2º. Aprobar, el Director, Codirector y Tema de Tesis, de los aspirantes que se mencionan a continuación, para cursar la carrera de posgrado “Doctorado en Ingeniería”, según el siguiente detalle: Ing. Facundo Ezequiel CUERVO
Director Codirector Tema de Tesis
Dr. Ing. Ricardo Daniel Dr. Ing. Martin Alternativas de protección sísmica de AMBROSINI Norberto DOMIZIO viviendas urbanas.
Ing. Juan Pablo OJEDA
Director Codirector Tema de Tesis
Desarrollo de fibras plásticas Dra. Ing. Fernanda Dra. Ing. Irma recicladas y su aplicación en María de BORBÓN Teresa MERCANTE materiales compuestos.
Resol. – CD N° 253/2021
1 de 2 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002.. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
Ing. Juan Cruz VILLAFRANCA
Director Codirector Tema de Tesis
Nanomateriales híbridos aplicados al Dra. Ing. Estefanía desarrollo de métodos de extracción Mabel MARTINIS en fase sólida.
Ing. Pablo Franco VITELLI
Director Codirector Tema de Tesis
Dr. Ing. Martín Estimador inteligente de estados Dr. Sebastián Ricardo Gonzalo MARCHETTA para sistemas de distribución SIMONDI FERNANDEZ eléctrica.
ARTÍCULO 3º. Otorgar a los profesionales detallados en el Artículo 1º de la presente Resolución un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumplan con la presentación, en Dirección General de Posgrado de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 4º. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida en soporte papel, con el mismo número, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 253/2021
2 de 2 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002.. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 11 AGO 2021
VISTO: El contenido de la NOTA–CUY: 1772/2021, en la que la Dirección de la carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental” solicita se autorice la readmisión de la Ing. Dora Fanny Andrea RIVAROLA y del Lic. Daniel Emilio GUZMÁN, para cursar la misma;
CONSIDERANDO: El Plan de Estudios de la carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental” aprobado por la Ordenanza N° 36/2015CS y la Resolución Nº 2014/2019ME. Las reglamentaciones vigentes establecidas en la Ordenanza N° 49/2003CS y la Resolución N° 160/2011 del Ministerio de Educación. Que la Ing. RIVAROLA fue inscripta en el año 2006 por Resolución Nº 164/2006CD y el Lic. GUZMÁN fue inscripto por Resolución Nº 244/2010CD. Lo informado por el Comité Académico de la carrera de posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental” y la Dirección General de Posgrado. Lo dispuesto por la Resolución N° 323/2020R, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 083/2020CS y la Resolución N° 044/2020FI, ad referéndum, ratificada por Resolución N° 025/2020CD. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 27 de julio de 2021.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, a Dirección General de Posgrado de esta Casa, a readmitir como alumnos de la carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental” a los profesionales que se mencionan a continuación, de acuerdo al Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 36/2015CS y Resol. Nº 2014/2019ME:
. RIVAROLA, Dora Fanny Andrea DNI: 24.461.715 . GUZMÁN, Daniel Emilio DNI: 17.006.088
ARTÍCULO 2º. Otorgar a los profesionales detallados en el Artículo 1º de la presente Resolución un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumplan con la presentación, en Dirección General de Posgrado de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida en soporte papel, con el mismo número, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 252/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu
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► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 11 AGO 2021
VISTO: Las actuaciones obrantes en el EXPECUY: 19299/2021, en las que el Sr. Decano, Ing. Daniel Santiago FERNÁNDEZ, eleva propuesta sobre pautas y políticas institucionales para orientar el rediseño curricular de las titulaciones, de las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería, y el proceso preparatorio para la acreditación en el marco de los estándares de segunda generación; y:
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución ME N° 1254/2018, fechada el 15 de mayo de 2018, el Ministerio de Educación resolvió determinar que los “alcances del título” (AATT) son aquellas actividades, definidas por cada institución universitaria, para las que resulta competente un profesional en función del perfil del título respectivo sin implicar un riesgo directo a los valores protegidos por el Artículo 43 de la Ley de Educación Superior, y que las “actividades profesionales reservadas exclusivamente al título” (AARR), fijadas y a fijarse por el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo de Universidades, son un subconjunto limitado dentro del total de alcances de un título, que refieren a aquellas habilitaciones que involucran tareas que tienen un riesgo directo sobre la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes. Que todos los títulos de las carreras de grado que se imparten en la Facultad de Ingeniería corresponden a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio puede comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes, o la formación de los habitantes (Artículo 43 de la Ley N° 24521 – LES). Que tres de las carreras impartidas han acreditado en las dos Fases previas de las convocatorias de la CONEAU: Ingeniería de Petróleos; Ingeniería Industrial e Ingeniería Civil. De modo particular, Ingeniería Industrial lo ha logrado en las dos convocatorias realizadas en el Sistema ARCUSUR. Que la carrera Ingeniería en Mecatrónica cuenta con el reconocimiento oficial del título (Resoluciones ME N° 323/2003 y N° 552/2010); y en el corto plazo será convocada por primera vez para acreditar ante la CONEAU. Que la más reciente de las carreras creadas en la Facultad es la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación y cuenta con el reconocimiento oficial del título. Que la Resolución ME N° 3432/2019 pone en vigor el uso del Sistema Informático de Evaluación para el Reconocimiento Oficial y Validez Nacional de Títulos Universitarios (SIRVAT) para toda presentación con ingreso posterior a esa fecha. Que la Universidad Nacional de Cuyo se encuentra en proceso de elaboración del Plan Estratégico 2030, que regirá el futuro de las políticas institucionales de la misma. Que la Universidad Nacional de Cuyo, mediante Ordenanza N° 075/2016CS, ha adoptado como el modelo educativo de diseño del currículum por competencias (FPC), que tiene como referencia el aprendizaje centrado en el estudiante (ACE), en línea con el Libro Rojo del CONFEDI y los estándares de segunda generación (ESG) a los efectos de la acreditación. Que se tiene la oportunidad de abordar integralmente, y para todas las carreras de grado, el aporte de las Ciencias Básicas de la Ingeniería a las competencias de egreso de cada titulación, teniendo en cuenta que podrán distribuirse libremente a lo largo del plan de estudios de la carrera, de forma tal que contribuyan a desarrollar las competencias mínimas e indispensables para el correcto ejercicio de las AARR. Resol. CD – N° 251/2021
1 de 19 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
Que los resultados de aprendizaje preliminares, de la inmovilidad física pandémica, advierten que las ofertas educativas presenciales no deben ser indiferentes a las posibilidades que las modalidades y tecnologías educativas ofrecen para incorporar complementos virtuales compatibles con las carreras presenciales. Que la Facultad de Ingeniería cuenta con más de veinte años de experiencia en la implementación de convenios de doble titulación con instituciones europeas y se tiene la oportunidad de implementar estrategias para la internacionalización del currículum de manera integral y en simultáneo para todas las carreras de grado. La Resoluciones ME N° 1538/2021 para Ingeniería de Petróleos; ME N° 1543/2021 para Ingeniería Industrial; ME N° 1549/2021 para Ingeniería Civil; ME N° 1553/2021 para la Licenciatura en Ciencias de la Computación; y Resolución ME N° 1626/2021 para Ingeniería en Mecatrónica. Que el aseguramiento de un perfil de egreso que cumpla con los AATT y las AARR requiere que las carreras definan sus currículos garantizando el desarrollo de los Contenidos Curriculares Básicos definidos por los ESG. El trabajo conjunto realizado con Secretaría Académica, Direcciones Generales de Carreras, Dirección General de Ciencias Básicas, y las observaciones realizadas por la Comisión de Asuntos Académicos. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD. Lo dictaminado por la Comisión de Asuntos Académicos, tratado y aprobado por este Cuerpo en sesión ordinaria del 10 de agosto de 2021, por unanimidad de sus miembros. En uso de sus atribuciones. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar las pautas y políticas institucionales que orienten el rediseño curricular de las titulaciones de las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería y el proceso preparatorio para la acreditación ante la CONEAU, incluidas en el ANEXO I de la presente resolución y que forma parte de la misma, en el marco de los estándares de segunda generación y la Ordenanza N° 075/2016CS.
ARTÍCULO 2. La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número en soporte papel cuando concluya la situación de emergencia y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 251/2021CD
2 de 19 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
ANEXO I Pautas y políticas institucionales para orientar el rediseño curricular de las titulaciones de las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería y el proceso preparatorio para la acreditación ante la CONEAU, en el marco de los estándares de segunda generación y la Ordenanza N° 075/2016CS.
CONTENIDO
1. MARCO REGULATORIO .................................................................................................... 4 1.1. ALCANCES Y ACTIVIDADES RESERVADAS DEL TÍTULO ...................................... 4 Resoluciones ME N° 1254/2018; ME N° 2983/2019 y ME N° 1626/2021 ................................. 4 1.2. ESTÁNDARES DE SEGUNDA GENERACIÓN ........................................................... 5 1.3. ACTUALIZACIÓN DE SISTEMAS, PROCEDIMIENTOS Y MODALIDADES .............. 5 1.3.1. Constatación documental ............................................................................................... 6 1.3.2. Evaluación de títulos y carreras universitaria ................................................................. 7 1.3.3. Plan de estudios; duración y carga horaria .................................................................... 7 1.3.4. Opción didáctica pedagógica ......................................................................................... 7 1.3.5. Alcances y actividades profesionales reservadas al título .............................................. 8 2. FUNDAMENTACIÓN DE LA FASE INICIAL DEL PROYECTO .......................................... 9 2.1. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO ............................................................................. 9 2.2. ESTADO DE SITUACIÓN DE LA UNIDAD ACADÉMICA ......................................... 10 2.3. VISIÓN, OBJETIVO Y ALCANCE DEL PROYECTO................................................. 13 Visión ..................................................................................................................................... 13 Objetivo General .................................................................................................................... 13 Alcance .................................................................................................................................. 13 2.4. PAUTAS GENERALES PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE MIGRACIÓN DEL DISEÑO CURRICULAR ............................................................................................ 13 2.4.1. Modalidad de la opción pedagógica didáctica .............................................................. 13 2.4.2. Modelo Educativo ......................................................................................................... 14 2.4.3. Modelo del ingeniero/licenciado de la Facultad de Ingeniería ...................................... 14 2.4.4. Modo de trabajo con asignaturas que son comunes a otras carreras .......................... 15 3. EQUIPO DE TRABAJO ..................................................................................................... 15 3.1. CRITERIO PARA LA CONFORMACIÓN DE LOS EQUIPOS ................................... 15 3.2. EQUIPO EJECUTIVO ................................................................................................ 15 3.3. EQUIPO DE TRABAJO DE CADA CARRERA .......................................................... 16 3.4. EQUIPOS DE TRABAJO TRANSVERSALES ........................................................... 16 4. DESARROLLO DEL PROYECTO ..................................................................................... 16 4.1. INFORMES Y ENTREGABLES ................................................................................. 17 5. SEGUIMIENTO DEL PROYECTO .................................................................................... 17 6. CRONOGRAMA ................................................................................................................ 17 7. RESUMEN DE PAUTAS Y POLÍTICAS INSTITUCIONALES ........................................... 17
ANEXO I – RESOL CD N° 251/2021
3 de 19 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
1. MARCO REGULATORIO El presente apartado tiene por objeto presentar un compendio del plexo normativo que constituye el marco que regula el rediseño curricular que se debe realizar, para las titulaciones correspondientes a las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería, en el marco de los estándares de segunda generación que regirá la próxima evaluación que hará CONEAU para la acreditación de las mismas.
1.1. ALCANCES Y ACTIVIDADES RESERVADAS DEL TÍTULO Resoluciones ME N° 1254/2018; ME N° 2983/2019 y ME N° 1626/2021 Mediante Resolución ME N° 1254/2018, fechada el 15 de mayo de 2018, el Ministerio de Educación resolvió determinar que los “alcances del título” (AATT) son aquellas actividades, definidas por cada institución universitaria, para las que resulta competente un profesional en función del perfil del título respectivo sin implicar un riesgo directo a los valores protegidos por el Artículo 43 de la Ley de Educación Superior, y que las “actividades profesionales reservadas exclusivamente al título” (AARR), fijadas y a fijarse por el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo de Universidades, son un subconjunto limitado dentro del total de alcances de un título, que refieren a aquellas habilitaciones que involucran tareas que tienen un riesgo directo sobre la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes. Asimismo, modificó las resoluciones ministeriales de la primera generación de estándares, en lo concerniente a las actividades profesionales reservadas a los títulos de ingeniero, y también de otras profesiones. La disposición alcanza a las siguientes titulaciones de las carreras que se imparten en la Facultad de Ingeniería; a saber: Ingeniería de Petróleos, Ingeniería Industrial, Ingeniería Civil y Licenciatura en Ciencias de la Computación. Dieciséis meses después de la resolución de marras, mediante Resolución ME N° 2983/2019, del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, fechada el 25 de setiembre de 2019, se declaró la inclusión del título Ingeniero Mecatrónico en la nómina del Artículo 43 de la Ley de Educación Superior (Ley N° 24.521). Veinte meses después, por Resolución ME N° 1626/2021, fechada el 21 de mayo de 2021, el Ministerio de Educación dispuso aprobar los contenidos curriculares básicos, carga horaria mínima, criterios de intensidad de la formación práctica, estándares para la acreditación de la carrera de Ingeniería en Mecatrónica, y actividades profesionales reservadas al título Ingeniero Mecatrónico que obran en el ANEXO V de la citada resolución. Surge del considerando 11, de la Resolución ME N° 1254/2018, que la Ley de Educación Superior (LES) reemplazó el término “incumbencias” por el de “actividades profesionales reservadas exclusivamente” para los títulos incluidos en la nómina del Artículo 43 de dicha Ley. Asimismo, de los considerandos 16 y 17, se desprende que todas y cada una de las carreras universitarias deben tener establecidos por la Universidad los AATT, los cuales deben dar cuenta en forma clara y explícita de lo que es capaz de hacer el profesional. Téngase presente que en algunos planes de estudio de las carreras de la Facultad persiste aún el uso del concepto de “incumbencias”.
ANEXO I – RESOL CD N° 251/2021
4 de 19 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
► 2021: AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
1.2. ESTÁNDARES DE SEGUNDA GENERACIÓN En sesión ordinaria que tuvo lugar el 1 de junio de 2021 se puso en conocimiento al Cuerpo sobre los denominados estándares de segunda generación (ESG). Esto es, el plexo normativo mediante el cual se aprueban los contenidos curriculares básicos, carga horaria mínima, criterios de intensidad de la formación práctica, estándares para la acreditación de las carreras específicas, en general; y las actividades profesionales reservadas al título que se emite para Ingeniería en Mecatrónica en particular. A saber: Resolución ME N° 1538/2021, para Ingeniería de Petróleos Resolución ME N° 1543/2021, para Ingeniería Industrial Resolución ME N° 1549/2021, para Ingeniería Civil Resolución ME N° 1553/2021, para la Licenciatura en Ciencias de la Computación Resolución ME N° 1626/2021, para Ingeniería en Mecatrónica Los párrafos segundo y tercero del Anexo I de los ESG, para las carreras de Ingeniería en general, disponen: Cada carrera de ingeniería definirá y explicitará sus propios Alcances, es decir el conjunto de actividades para las que habilita el título profesional específico. Esos Alcances deberán incluir, como un subconjunto, a las Actividades Profesionales Reservadas al título fijadas por el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo de Universidades. El aseguramiento de un Perfil de Egreso que cumpla con el Alcance y las Actividades Reservadas requiere que la carrera defina sus currículos garantizando el desarrollo de los Contenidos Curriculares Básicos definidos en la presente norma. De modo particular, las terminales de Ingeniería vinculadas al CONFEDI tienen desagregadas las AARR en Competencias Específicas de Egreso, según obran en los Anexos del denominado Libro Rojo. Lo expuesto precedentemente advierte la necesidad de adecuar los planes de estudio vigentes de las carreras de grado alcanzadas por los ESG por haber caducado la vigencia de las resoluciones de acreditación ante la CONEAU y haber sido prorrogadas hasta tanto realice la próxima e inminente convocatoria.
1.3. ACTUALIZACIÓN DE SISTEMAS, PROCEDIMIENTOS Y MODALIDADES En la próxima convocatoria que realice la CONEAU, la Facultad de Ingeniería tendrá sus primeras experiencias en la presentación de trámites con la normativa actualizada vigente para los procedimientos y modalidades, para cada una de sus titulaciones, así como a los criterios de evaluación y pautas vigentes, en los que Dirección Nacional de Gestión Universitaria (DNGU) cumple un rol importante. A saber: A partir del 4 de noviembre de 2019 ha entrado en vigencia la Resolución ME N° 3432/2019, que poner en vigor el uso del Sistema Informático de Evaluación para el Reconocimiento Oficial y Validez Nacional de Títulos Universitarios (SIRVAT) para toda presentación con ingreso posterior a esa fecha, sistema con el cual no ha interactuado la institución. El mismo mes y mediante Disposición DNGYFU N° 3049/2019, fechada el 27 de noviembre de 2019, se aprueba el Manual de Funciones y de los Criterios de Evaluación y Pautas
ANEXO I – RESOL CD N° 251/2021
5 de 19 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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obligatorias a seguir por parte del Área de Asesoramiento y Evaluación de Carreras y Titulaciones Universitarias de la Dirección Nacional de Gestión y Fiscalización Universitaria (hoy Dirección Nacional de Gestión Universitaria: DNGU) a fin del asesoramiento y evaluación de las carreras y titulaciones presentadas por las Instituciones Universitarias pertenecientes al Sistema Universitario Nacional. La disposición determina que es de aplicación obligatoria tanto a presentaciones previas a la entrada en vigencia de la Resolución Ministerial N° 3432/19 y que a la fecha no han sido evaluadas, como así también a presentaciones de Carreras y Titulaciones Universitarias posteriores a la fecha antes mencionada. Se desprende entonces que es el marco en el cual se realizarán las presentaciones de la Facultad de Ingeniería para cada una de las titulaciones, y la institución se prepara a tal fin. La disposición de marras incluye tanto a las titulaciones encuadradas en el Artículo 42 como en el Artículo 43 de la LES, estableciendo las diferencias procedimentales y de criterios para cada una de ellas. De su lectura se desprende que: Es requisito indispensable la incorporación al sistema, por parte de la Facultad de Ingeniería, para su constatación documental, instrumentos y datos a los fines de proceder a la evaluación de la carrera y su titulación, tendiente al reconocimiento oficial y su consecuente validez nacional: Indicación de la Resolución o Dictamen CONEAU por la que se otorgó acreditación con anterioridad a cada una de las titulaciones de nuestras carreras, todas alcanzadas por el Artículo 43 de la LES. Indicación de la Resolución Ministerial o Resolución SPU por la que se otorgó reconocimiento oficial y validez nacional con anterioridad a cada una de estas titulaciones, según corresponda. En relación con el Plan de Estudios de cada una de las titulaciones, serán evaluados como el conjunto de espacios académicos, materias, asignaturas y/o prácticas, guarde consistencia en relación al grado académico de la titulación propuesta y se establecen criterios de evaluación y recomendaciones. Desde la perspectiva de los AATT y las AARR, conforme la Resolución ME N° 1254/2018, y en función del Perfil del egresado, entendido como el conjunto de conocimientos y capacidades que se pretende posea el graduado y los Alcances que definirán el conjunto de actividades laborales de desempeño profesional para las que tiene competencias el poseedor de dicho título, la Facultad de Ingeniería debe diseñar y definir los contenidos curriculares de modo que, el futuro egresado, cuente con el conocimiento, habilidades, destrezas y competencias necesarias que le permitan realizar dichas actividades. Agrega que la fijación de las actividades profesionales que deban quedar reservadas a quienes obtengan los títulos incluidos o que se incluyan en el régimen del Artículo 43 de la LES, lo son sin perjuicio de que otros títulos incorporados o que se incorporen a la misma, puedan compartirlas.
A continuación, se rescatan y se adaptan a la idiosincrasia institucional los apartados que resultan pertinentes de la citada Disposición:
1.3.1. Constatación documental I. Nota del Rector solicitando el reconocimiento oficial y validez nacional del título. Cada carrera realiza el trámite de manera independiente. Facultad de Ingeniería deberá realizar
ANEXO I – RESOL CD N° 251/2021
6 de 19 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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cinco trámites prácticamente en simultáneo; uno para cada una de las carreras: PET; IND; CIV; MCTR; LCC. II. Resolución del Consejo Superior que aprueba el rediseño curricular de cada uno de los Planes de Estudios (cinco carreras). III. Resolución del Consejo Superior que incorporó las sugerencias realizadas por CONEAU en la acreditación previa. IV. Resolución o Dictamen de CONEAU por la que se otorgó la acreditación anterior a cada una de las titulaciones de las cinco carreras, según corresponda. V. Resolución Ministerial o Resolución de la SPU por la que se otorgó reconocimiento oficial y validez nacional con anterioridad a cada una de las titulaciones de las carreras, según corresponda. VI. Resolución o Dictamen de CONEAU (con estándares de segunda generación) por la que se otorgue acreditación a cada una de las titulaciones de las carreras.
La presentación/incorporación de los instrumentos y datos precedentes, por parte de la Facultad de Ingeniería, es requisito indispensable a los fines de que la DNGU proceda a la evaluación de la carrera y su titulación, tendiente al reconocimiento oficial y su consecuente validez nacional.
1.3.2. Evaluación de títulos y carreras universitaria En principio, no se advierten dificultades en relación con la denominación de los títulos y los criterios de evaluación que se aplicarán.
1.3.3. Plan de estudios; duración y carga horaria El Plan de Estudios de cada una de las titulaciones, así como la duración de la carrera y carga horaria, será evaluado como el conjunto de espacios académicos, materias, asignaturas y/o prácticas, de modo tal que guarde consistencia en relación al grado académico de la titulación propuesta. En relación con los criterios de evaluaciones y recomendaciones, para el caso de nuestras propuestas académicas, prácticamente quedarán reglados por los estándares de segunda generación. En línea con la Ordenanza N° 075/2016CS, la disposición de la DNGU, en el marco de la autonomía universitaria, recomienda emplear a la par de la carga horaria de asignaturas, espacios curriculares o prácticas en el Plan de Estudios y la carga horaria total de la carrera, otras unidades de medida de carácter académico que sean complementarias, por ejemplo, un sistema de créditos académicos, con lo cual se potencia la internacionalización del currículum, de las instituciones, así como de sus estudiantes y egresados. Agrega que cualquier modificación horaria (actuales y futuras), requiere Resolución de la SPU, conforme la Resolución ME 3432/2019.
1.3.4. Opción didáctica pedagógica Para carreras presenciales, se deberá verificar que el Plan de Estudios completo, cuente con el porcentual desarrollado bajo esta opción didáctica y pedagógica conforme la Resolución ME N° 2641/2017; particularmente, por ser parte de la oferta académica de la Universidad Nacional de Cuyo, se deberá tener en cuenta la Ordenanza N° 029/2021CS. En principio, la implementación de complementos virtuales que no superen el 30% de la carga horaria, no generará mayores obstáculos y podrán incorporarse sin mayores dificultades.
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1.3.5. Alcances y actividades profesionales reservadas al título Este apartado está intrínsecamente relacionado con el Apartado 1.1, en el que se expuso sobre las AATT y las AARR y su tratamiento en la Resolución ME N° 1254/2018. La disposición de la DGNU en línea con dicha norma y establece criterios de evaluación al respecto. A saber: I. La redacción de los AATT debe realizarse en términos de actividades de desempeño profesional para las que tienen competencia los egresados. II. Los AATT deben sostenerse en los contenidos a desarrollar en cada asignatura, materia, espacio curricular y/o prácticas incorporadas en el Plan de Estudios, pudiendo vincularse con los contenidos específicos que incentivan o preparan al graduado para su ejecución responsable. III. Las actividades de desempeño profesional formuladas en los alcances deben corresponderse con el tipo de titulación que se otorga. IV. Los AATT de la licenciatura y de las ingenierías debieran enfatizar en competencias de autonomía profesional. V. Los AATT con la misma denominación, pero con opción didáctica y pedagógica diferente (presencial y a distancia), deben ser iguales. VI. Los AATT no deben superponerse con AARR para títulos incluidos en la nómina del Artículo 43 de la LES. VII. Cuando los AATT colisionan con AARR exclusivamente a títulos incluidos en la nómina restrictiva de titulaciones del Artículo 43 de la LES, se recomienda utilizar en la redacción verbos que designen una responsabilidad compartida como colaborar, participar, etc., e incorporar en el acto jurídico o administrativo, previo a la enumeración de los alcances, el párrafo sugerido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos: “Se deja constancia, en forma expresa, que la responsabilidad primaria y la toma de decisiones la ejerce en forma individual y exclusiva el poseedor del título con competencia reservada, de acuerdo al régimen del Artículo 43 de la Ley de Educación Superior, de quien dependerá el poseedor del título de …, al cual, por sí, le estará vedado realizar dichas actividades”. VIII. La posible colisión debe surgir de modo expreso, no pudiendo ser observado un alcance propuesto por una Institución Universitaria por guardar una posible relación con una actividad profesional reservada establecida para una titulación incorporada al régimen del Artículo 43. IX. Cuando una carrera perteneciente al régimen del Artículo 42 de la LES no es el caso de las carreras de la Facultad de Ingeniería, se presente a evaluación por modificaciones, la carrera será evaluada conforme a las actividades profesionales reservadas que se encuentren vigentes al momento de la evaluación, atento a los posibles cambios y eventuales colisiones generadas por nuevas incorporaciones de titulaciones al régimen del Artículo 43 de la LES. Los criterios de evaluación de la DNGU respecto de las Actividades Profesionales correspondientes a las titulaciones de Carreras que han sido incluidas en el Artículo 43 de la LES, son los siguientes: I. Las AARR que se incluyan en los Planes de Estudio serán estrictamente las aprobadas por las Resoluciones Ministeriales (Resolución ME N° 1254/2018 para todas las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería, excepto Ingeniería en Mecatrónica para la cual corresponde la Resolución ME N° 1626/2021) correspondientes para cada titulación y
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deberán estar incluidas en el detalle de AATT que la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo defina para el título en el marco de su autonomía. II. Tanto las AARR como los AATT en general, deben guardar estricta relación con los contenidos curriculares definidos por la Institución, la carga horaria y la intensidad de la práctica de la propuesta académica. Se puede advertir que el marco dado por la Disposición DNGYFU N° 3049/2019 comprende todo lo que se ha expuesto sobre AATT y AARR en el Apartado 1.1, en el que se expuso sobre la Resolución ME 1254/2018. Sin embargo, es a esta normativa a la que hay que prestar especial atención debido a que es la DNGU la que revisará en última instancia los AATT de las carreras, tras lo cual, y como consecuencia de su juicio puede otorgar o no el reconocimiento oficial y validez nacional de los títulos, a partir de los criterios de evaluación enunciados en la Disposición. Para el caso de las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, todas las titulaciones están incluidas en la nómina del Artículo 43 de la LES, se deberán revisar, y actualizar si fuera el caso, los AATT tomando en cuenta las AARR de la Resolución ME 1254/2018. Es decir, establecer si los actuales AATT de cada carrera cubren las AARR y si, además, no se solapan con las AARR de otras terminales de Ingeniería del Artículo 43. El tercer párrafo del Anexo I de los ESG, para todas las terminales de Ingeniería, expresa: El aseguramiento de un Perfil de Egreso que cumpla con el Alcance y las Actividades Reservadas requiere que la carrera defina sus currículos garantizando el desarrollo de los Contenidos Curriculares Básicos definidos en la presente norma. El rediseño de los Planes de Estudios de nuestras carreras de grado, que serán convocadas por la CONEAU en el corto plazo, implicará establecer los AATT. Este hecho debe asumirse con la responsabilidad institucional que ello implica pues se trata ni más ni menos que definir el instrumento legal que habilita el ejercicio profesional de los graduados de nuestra Casa de Estudios, dado el valor legal agregado que tienen los AATT en tanto serán parte del contrato formal de la Institución con la sociedad.
2. FUNDAMENTACIÓN DE LA FASE INICIAL DEL PROYECTO El presente apartado tiene por objeto definir pautas y políticas institucionales que orienten el desarrollo del proceso de discusión que dará lugar al rediseño curricular de las titulaciones correspondientes a las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería en el marco descripto en el Apartado 1.
2.1. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO El mundo cambió significativamente en el último año como consecuencia de la pandemia por COVID 19. Fue un año bisagra para reflexionar acerca de los escenarios que debemos proponer a futuro para una mejor calidad de formación de los profesionales que egresan de nuestra Casa de Estudios. Los resultados de aprendizaje preliminares, de la inmovilidad física pandémica, advierten que las ofertas educativas presenciales no deben ser indiferentes a las posibilidades que las modalidades y tecnologías educativas ofrecen para incorporar complementos virtuales compatibles con las carreras presenciales; tampoco deben ser indiferentes a la posibilidad de
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implementar estrategias para la internacionalización del currículum que permitan trasponer el umbral de la cooperación internacional y la movilidad física de las personas, y promuevan el desarrollo de competencias interculturales en los estudiantes que se evidencien desde la estructura curricular misma, y en las propias actividades de enseñanza y aprendizaje; así como la perspectiva de género. La valoración de la mejora continua, y de la cultura de la evaluación, ha sido y es una constante en el ámbito de la Facultad de Ingeniería. De cara a la inminente convocatoria de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, se tiene el desafío adicional de acreditar las carreras de grado en el marco de los estándares de segunda generación, teniendo en cuenta el marco conceptual propuesto por el Consejo Federal de Decanos de Ingeniería en el denominado Libro Rojo del CONFEDI, impulsando reformas profundas hacia un modelo educativo de diseño del currículum por competencias, que tiene como referencia el aprendizaje centrado en el estudiante, alineado con el enfoque que adopta la propia Universidad Nacional de Cuyo para el diseño curricular de nuevas carreras y para la actualización de planes de formación de grado en desarrollo (Ordenanza N° 075/2016CS).
2.2. ESTADO DE SITUACIÓN DE LA UNIDAD ACADÉMICA El acto de buscar una solución a un problema puede ser definido como “el proceso de identificar una diferencia entre el estado actual de las cosas y el estado deseado, y luego emprender acciones para reducir y eliminar la diferencia1”. En esta línea de pensamiento, resulta necesario identificar el estado actual y constituirlo en nuestro punto de partida para el proceso preparatorio para la Autoevaluación que corresponda a las convocatorias que se prevé hará la CONEAU en el corto plazo. Asumimos así que esta actividad tiene connotaciones semejantes, pero no iguales, a las autoevaluaciones que se realizan para la acreditación de carreras de Ingeniería por la CONEAU, en tanto tendrán como resultado el rediseño curricular de cada una de las titulaciones de las carreras de grado de la Facultad, en el marco de los estándares de segunda generación (ESG) recientemente aprobados. Aspectos que hacen a la oportunidad del proceso preparatorio: Todos los títulos de las carreras de grado que se imparten en la Facultad de Ingeniería corresponden a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio puede comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes, o la formación de los habitantes (Artículo 43 de la Ley N° 24521 – LES). Tres de las carreras impartidas han acreditado en las dos Fases previas de las convocatorias de la CONEAU: Ingeniería de Petróleos; Ingeniería Industrial e Ingeniería Civil. De modo particular, Ingeniería Industrial lo ha logrado en las dos convocatorias realizadas en el Sistema ARCUSUR. La carrera Ingeniería en Mecatrónica cuenta con el reconocimiento oficial del título (Resoluciones ME N° 323/2003 y N° 552/2010); y en el corto plazo será convocada por primera vez para acreditar ante la CONEAU; el hecho de estar inmersa en el ámbito de la Facultad, su Cuerpo Docente es consciente de la importancia de lograr su acreditación. Desde su creación a la fecha, la carrera Ingeniería en Mecatrónica ha desarrollado el carácter y temperamento propios de una carrera joven adulta que estaría en condiciones analizar la posibilidad de que sus aspirantes se inscriban a la misma desde el primer año.
1 Anderson et al. (2011)
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La más reciente de las carreras creadas en la Facultad es la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación (LCC), cuenta con el reconocimiento oficial del título, se encuentra en desarrollo el cursado del quinto año de la primera cohorte. Posibilidad de abordar integralmente y para todas las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería el aporte de las Ciencias Básicas de la Ingeniería a las competencias de egreso de cada titulación, teniendo en cuenta que podrán distribuirse libremente a lo largo del plan de estudios de la carrera, de forma tal que contribuyan a desarrollar las competencias mínimas e indispensables para el correcto ejercicio de las AARR al título. La Universidad Nacional de Cuyo, mediante Ordenanza N° 075/2016CS, ha adoptado como el modelo educativo de diseño del currículum por competencias (FPC), que tiene como referencia el aprendizaje centrado en el estudiante (ACE), en línea con el Libro Rojo del CONFEDI y los estándares de segunda generación (ESG). La Universidad Nacional de Cuyo se encuentra en proceso de elaboración del Plan Estratégico 2030, que regirá el futuro de las políticas institucionales de la misma.
Aspectos que contribuyen a fortalecer el proceso preparatorio: Cultura institucional respecto de la valoración de los procesos de evaluación y acreditación de carreras, desde la primera convocatoria realizada por la CONEAU en el año 2002. En el marco del Plan de Desarrollo Institucional, el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería ha aprobado líneas de acción para la mejora continua, vinculadas a procesos preparatorios a la autoevaluación de carreras, autorizando la asignación de fondos, tendientes al cumplimiento de los estándares definidos por la CONEAU Y ARCUSUR, con el objeto de facilitar el logro de los objetivos estratégicos del Plan Estratégico 2021 de la Universidad Nacional de Cuyo, con alcance del personal docente, estudiantes y personal de apoyo académico. El siguiente listado de resoluciones, que no es exhaustivo, evidencia lo expuesto: Resolución N° 059/2016CD; Resolución N° 116/2016CD; Resolución N° 586/2016FI; Resolución N° 059/2017CD PDI IND; Resolución N° 061/2017CD PDI MCTR; Resolución N° 111/2017CD PDI transversal; Resolución N° 356/2018FI CB; Resolución N° 357/2018FI CB; Resolución N° 286/2018CD acervo bibliográfico; Resolución N° 290/2018CD Graduados; Resolución N° 067/2018FI y N° 207/2018FI estrategias didácticas en la Educación Superior; Resolución N° 058/2018CD PDI CIV; Resolución N° 060/2018CD PDI PET; Resolución N° 062/2018CD PDI LCC; Resolución N° 063/2018CD PDI CB; Resolución N° 064/2018CD PDI Ingreso; Resolución N° 123/2019CD PDI consolidación del área Seguridad, Salud y Ambiente (ASSA); Resolución N° 124/2019CD PDI Graduados; Resolución N° 125/2019CD Extensión; Resolución N° 126/2019CD PDI TICs; Resolución N° 127/2019CD PDI Asuntos Estudiantiles; Resolución N° 128/2019CD PDI Aseguramiento de la Calidad; Resolución N° 041/2020CD PDI Graduados. Participación de la conducción académica de la Facultad de Ingeniería Decano, Secretario Académico y Direcciones Generales de Carrera en el proceso de construcción del denominado Libro Rojo del CONFEDI, cuya propuesta final fue aprobada por la 64° Asamblea del Consejo Federal de Decanos de Ingeniería de la República Argentina, en la ciudad de Córdoba, el 2 de noviembre de 2018, y presentada ante el Ministerio de Educación, el Consejo Interuniversitario Nacional y el Consejo de Rectores de Universidades Privadas, el 6 de junio de 2018, en coincidencia con el Día de la Ingeniería Argentina, como un aporte de CONFEDI a la mejora de la Ingeniería Argentina.
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Participación de la conducción académica de la Facultad de Ingeniería en jornadas de sensibilización durante el proceso de elaboración del Libro Rojo del CONFEDI y de la Resolución Ministerial sobre las AARR, con la participación del Ing. Daniel Morano como invitado, en agosto y diciembre de 2018. Implementación de acciones tendientes a la promoción y compromiso en la capacitación de la conducción académica y el cuerpo docente de la Facultad en la temática de la Formación por Competencias y el Aprendizaje Centrado en el Estudiante. A la fecha, más de cien personas capacitadas en la temática. Formalización de Acuerdos con la institución2 cuyos referentes asesoran al Ministerio de Educación y a la CONEAU y lidera la formación en el país y en el ámbito del ARCUSUR en aspectos pedagógicos y didácticos vinculados a las actualizaciones que los estándares de segunda generación comprometen a las instituciones formadoras de ingenieros y las consecuentes estrategias para la migración de los diseños curriculares hacia el modelo educativo de formación por competencias (Resoluciones N° 019/2021CD y N° 020/2021CD). Capacitación a las personas responsables de la conducción académica de la Facultad de Ingeniería en Estrategias para la Migración de un Diseño Curricular hacia un Modelo de Formación por Competencias. Siete personas en formación. Experiencia en la movilidad internacional y convenios de doble titulación con instituciones europeas, consolidada y sostenida en el tiempo por más de veinte años. Formación de docentes en internacionalización del currículum. Cuatro docentes en formación. Participación del equipo de gestión y docentes en la elaboración del Plan Estratégico 2030 de la Universidad Nacional de Cuyo (en proceso). El Consejo Directivo ha aprobado la incorporación de consignas claras y explícitas en las convocatorias de concursos docentes respecto del compromiso asumido por ser parte del Cuerpo Docente de espacios curriculares de títulos cuyas carreras se encuentran alcanzadas por el Artículo 43 de la LES, y consecuentemente la responsabilidad y el compromiso de una participación activa y productiva en los procesos preparatorios para las autoevaluaciones y acreditaciones de carreras de grado (Resoluciones N° 025/2021CD; N° 042/2021CD; N° 043/2021CD; N° 063/2021CD; N° 064/2021CD; N° 065/2021CD; Resolución N° 067/2021CD). El Consejo Directivo ha aprobado la incorporación de consignas claras y explícitas en las convocatorias de los procesos de evaluación para la efectivización de docentes interinos, respecto de la propuesta de desarrollo académico para los próximos cuatro años, y la consideración de estos aspectos por parte de la Comisión Evaluadora, por ser parte del Cuerpo Docente de espacios curriculares de títulos cuyas carreras se encuentran alcanzadas por el Artículo 43 de la LES, y consecuentemente la responsabilidad y el compromiso de una participación activa y productiva en los procesos preparatorios para las autoevaluaciones y acreditaciones de carreras de grado (Resoluciones N° 192/2021CD; N° 193/2021CD; 194/2021CD; 195/2021CD; 196/2021CD).
2 Laboratorio MECEK, con sede en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Misiones.
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La Universidad Nacional de Cuyo, mediante Ordenanza N° 029/2021CS, ha el procedimiento para la implementación de complementos virtuales en propuestas de la oferta académica educativa presencial. Existencia formal en la estructura orgánica funcional del área correspondiente al Servicio de Apoyo Pedagógico al Docente (SAPDOC), con la misión de asesorar, orientar y acompañar a docentes y equipos de gestión a través de acciones tendientes a una mejora continua en la calidad de los procesos de enseñanza y de aprendizaje a los efectos de contribuir con la misión de la Secretaría Académica (Ordenanza N° 002/2017CD). Más de cuarenta personas del cuerpo docente tienen título de posgrado en docencia universitaria; dos de ellas con doctorado en educación. Acuerdos institucionales formalizados para la capacitación del personal de la Facultad de Ingeniería en temática afines al proyecto: Resultados de Aprendizaje; Aprendizaje Centrado en el Estudiante; Evaluación de Competencias; Planificación de Asignaturas; Internacionalización del Currículum.
2.3. VISIÓN, OBJETIVO Y ALCANCE DEL PROYECTO Visión Disponer el rediseño curricular de las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, resultante del compromiso conjunto de la Comunidad Educativa de la Casa de Estudios y aprobado por el Consejo Directivo, en el plazo establecido por el Equipo Ejecutivo, en acuerdo con los Equipos de Trabajo de las Carreras de grado.
Objetivo General Elaborar y ejecutar las acciones que permitan el rediseño curricular de las carreras de grado, en el plazo establecido por el Equipo Ejecutivo, en acuerdo con los Equipos de Trabajo de las Carreras de grado de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, en el marco de los estándares de segunda generación y adoptando el modelo de diseño del currículum por competencias, que tiene como referencia el aprendizaje centrado en el estudiante, alineados con la normativa del Consejo Superior.
Alcance Carreras de grado de la Facultad de Ingeniería que cuentan con estándares de segunda generación: Ingeniería de Petróleos; Industrial; Civil; Mecatrónica y Licenciatura en Ciencias de la Computación.
2.4. PAUTAS GENERALES PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE MIGRACIÓN DEL DISEÑO CURRICULAR 2.4.1. Modalidad de la opción pedagógica didáctica Se adopta la modalidad presencial como opción pedagógica didáctica para las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería. Se transcribe a continuación el Artículo 2°, apartado 3.2.1. de la Resolución N° 2641/2017, del Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, para las carreras presenciales:
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“Carreras presenciales: las actividades académicas previstas en el plan de estudio –materias, asignaturas, cursos, módulos, seminarios, talleres u otros espacios académicos se desarrollan en un mismo espacio/tiempo, pudiendo incorporar el uso de tecnologías de la información y comunicación como apoyo y/o complemento a las actividades presenciales sin que ello implique un cambio de modalidad de la carrera. En estas carreras, la carga horaria mínima presencial deberá ser superior al cincuenta por ciento (50%) de la carga horaria total, pudiendo el porcentaje restante ser dictado a través de mediaciones no presenciales. Sin embargo, en las carreras en las que la cantidad de horas no presenciales se encontrara entre el treinta por ciento (30%) y el cincuenta por ciento (50%) del total, deberán someter a evaluación el Sistema Institucional de Educación a Distancia, tal como se señala en el acápite siguiente. En aquellos casos en que se opte por no cumplir con el cien por ciento (100%) de las horas presenciales, se harán explícitas en el plan de estudios las previsiones de índole metodológica que garanticen la cobertura de las horas no presenciales con actividades académicas. Del mismo modo, en aquellos casos en que el cumplimiento del cien por ciento (100%) de las horas presenciales se concrete bajo un formato intensivo, concentrando varias horas de dictado en un mismo día, se harán explícitas las previsiones metodológicas que se han tenido en cuenta para garantizar en el desarrollo de las clases la participación atenta y activa de los alumnos”. En línea con la Resolución Ministerial N° 2641/2017, el Consejo Superior aprobó, mediante Ordenanza N° 029/2021CS, el procedimiento para reglamentar la implementación de complementos virtuales en propuestas de la oferta educativa presencial de la Universidad Nacional de Cuyo. En el marco expuesto, rescatando la experiencia forzada que nos deja la pandemia, y considerando las tendencias en la enseñanza en la educación superior, se propone considerar la posibilidad y conveniencia de implementar complementos virtuales con tecnologías educativas que promuevan aprendizajes actualizados de las herramientas de la ingeniería.
2.4.2. Modelo Educativo La Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, a los fines del Proyecto, adopta el modelo educativo de diseño del currículum por competencias, que tiene como referencia el aprendizaje centrado en el estudiante, en línea con los estándares de segunda generación para la acreditación de las carreras de grado y la normativa del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo que reglamenta, para la actualización de las carreras de grado, el enfoque curricular basado en competencias (Ordenanza N° 075/2016CS).
2.4.3. Modelo del ingeniero/licenciado de la Facultad de Ingeniería El enunciado siguiente de ninguna manera debe ser interpretado como el perfil de egreso del ingeniero/licenciado formado en la Facultad de Ingeniería, lo cual surgirá como producto final del rediseño curricular de cada una de las titulaciones de las carreras de grado. Constituye una pauta a tener en cuenta durante el proceso general del rediseño curricular. A saber: El ingeniero/licenciado formado en la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Cuyo es un profesional con las competencias necesarias para el ejercicio de la profesión. Adicionalmente, la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo ofrece a sus estudiantes la posibilidad de elegir trayectos académicos alternativos y opcionales para una formación propedéutica en la investigación científica.
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2.4.4. Modo de trabajo con asignaturas que son comunes a otras carreras Con el objeto de lograr un análisis integral de las carreras de grado, que permita considerar aspectos tales como los espacios curriculares comunes a más de una carrera, el uso eficiente de recursos materiales, infraestructura, equipamiento, y del talento humano, teniendo en cuenta los derechos y la estabilidad laboral lograda por el cuerpo docente, se proponen las siguientes pautas generales de trabajo: Desarrollar el Proyecto del rediseño curricular de todas las cinco titulaciones de las carreras de grado con estándares de segunda generación en paralelo. Arbitrar los medios necesarios para que los contenidos de las Ciencias Básicas, de las Ciencias y Tecnologías Complementarias, y de las Tecnologías Básicas, comunes a más de una carrera, atiendan los requerimientos particulares para la construcción de las competencias de egreso de cada titulación. Flexibilizar el desarrollo de los contenidos de las Ciencias Básicas en actividades/espacios curriculares formativos a lo largo de la carrera; lo cual implica: Reubicar algunos contenidos de las Ciencias Básicas, y también de las Ciencias y Tecnologías Complementarias, en simultáneo con espacios curriculares de las Tecnologías Básicas y/o Tecnologías Aplicadas; así como: Modificar el año/semestre en que se imparten actualmente los contenidos de las Ciencias Básicas, las Ciencias y Tecnologías Complementarias y las Tecnologías Básicas; y: Aumentar o disminuir los créditos horarios de los actuales espacios curriculares, para distribuirlos a lo largo de la carrera, en nuevas actividades/espacios curriculares con nuevas denominaciones, a definir durante el proceso del rediseño curricular. Disponer que, tanto las asignaturas de las Ciencias Básicas, como las de las de las Ciencias y Tecnologías Complementarias, y de las Tecnologías Básicas, se desarrollen teniendo en cuenta la tributación para la construcción de las competencias de egreso, así como el nivel en que lo hacen, promoviendo un espacio de reflexión, durante el proceso del rediseño curricular, que permita definir los contenidos esenciales para lograr el perfil de egreso de cada titulación. Tener presente que, todas y cada una de las propuestas anteriores, deben resguardar la estabilidad laboral lograda por el cuerpo docente y el cumplimiento de funciones acorde a la dedicación en cargo. Desarrollar un trabajo articulado de las Direcciones Generales de Carreras y la Dirección de Ciencias Básicas, coordinado por Secretaría Académica y Decanato.
3. EQUIPO DE TRABAJO
3.1. CRITERIO PARA LA CONFORMACIÓN DE LOS EQUIPOS Los equipos de trabajo de cada carrera y los equipos de trabajo transversales, además de los referentes del equipo de gestión, incorporan representantes de los claustros docente, estudiantes, graduados y personal de apoyo académico.
3.2. EQUIPO EJECUTIVO Decano
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Vicedecana Secretaria Académica Direcciones Generales de Carrera y Dirección General de Ciencias Básicas
3.3. EQUIPO DE TRABAJO DE CADA CARRERA Dirección General de Carrera (Responsable del rediseño curricular de Carrera) Comisión Asesora de Carrera Coordinación de Áreas Dirección General de Ciencias Básicas
3.4. EQUIPOS DE TRABAJO TRANSVERSALES Las áreas que conforman los equipos de trabajo transversales, y que se enuncian a continuación, asistirán al Equipo Ejecutivo y al Equipo de Trabajo de cada Carrera, en toda consulta y aporte que le sea requerido.
Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado Secretaría de Vinculación Secretaría de Relaciones Institucionales Secretaría Administrativa Económica Financiera Coordinación de Tecnologías de la Información y Comunicación Coordinación de Planificación y Evaluación Coordinación de Asuntos Legales Dirección de Asuntos Estudiantiles Dirección General de Gestión Académica Servicio de Asesoría Pedagógica al Docente (SAPDOC) Servicio de Apoyo y Orientación al Estudiante (SAPOE) Dirección de Modalidades y Tecnologías Educativas Dirección de Relaciones Nacionales e Internacionales (DRNI) Dirección de Extensión Dirección de Graduados Dirección de Ingreso
4. DESARROLLO DEL PROYECTO El rediseño curricular se realizará en un período de tiempo acorde a la importancia del trabajo y a los compromisos que la institución deba asumir en las próximas convocatorias de la CONEAU, a definir por el Equipo Ejecutivo, en acuerdo con Equipos de Trabajo de cada Carrera, y el Cronograma general para todas las carreras de grado. Una vez constituidos los equipos de trabajo de cada Carrera, se lo informará al Consejo Directivo, así como la descripción del alcance de los informes de avance y entregables que surjan del análisis conjunto a realizar, para el desarrollo en paralelo, del rediseño curricular de las cinco titulaciones de grado de la Facultad de Ingeniería con estándares de segunda generación.
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16 de 19 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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A modo ilustrativo, se presenta a continuación un listado preliminar de informes y entregables, que servirá para la planificación de las actividades de los Equipos de Trabajo de todas las Carreras.
4.1. INFORMES Y ENTREGABLES Equipos de trabajo por Carrera y equipos transversales Nuevos Alcances del Título para cada Carrera Nuevo Perfil de Egreso para cada Carrera Nueva redacción de competencias específicas y las asociadas al Alcance de egreso para cada Carrera Equipos capacitadores y modalidad de capacitación Plan de capacitación en Resultados de Aprendizaje Plan de capacitación en Aprendizaje Centrado en el Estudiante Plan de capacitación en Evaluación de Competencias Plan de capacitación en Planificación de Asignaturas Resultados de Aprendizaje para cada asignatura de acuerdo con los Programas Analíticos vigentes. Listado de asignaturas que se harán cargo de las Competencias Genéricas Matriz de Tributación actual para cada carrera Trazabilidad de los Resultados de Aprendizaje Sobrantes y faltantes en las Asignaturas Resultados de Aprendizaje finales para cada asignatura Matriz de Tributación final para cada asignatura Modelo de Programa Institucional Programa de cada asignatura Verificación del cumplimiento de los nuevos estándares de acreditación para cada carrera
5. SEGUIMIENTO DEL PROYECTO El Equipo Ejecutivo realizará el seguimiento del cumplimiento del Cronograma de actividades y mantendrá informado al Consejo Directivo sobre el avance del rediseño curricular.
6. CRONOGRAMA El Consejo Directivo delega en el Equipo Ejecutivo, en acuerdo con los Equipos de Trabajo de cada Carrera, la definición del Cronograma de actividades.
7. RESUMEN DE PAUTAS Y POLÍTICAS INSTITUCIONALES Teniendo en cuenta lo expuesto y la fundamentación precedente, conforme el
ARTÍCULO 1 de la presente resolución, se resumen a continuación las pautas y políticas institucionales que orienten el rediseño curricular de las titulaciones, de las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería, y el proceso preparatorio para la acreditación en el marco de los estándares de segunda generación:
ANEXO I – RESOL CD N° 251/2021
17 de 19 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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1. Modalidad de la opción pedagógica didáctica Adoptar la modalidad presencial como opción pedagógica didáctica para las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería.
2. Visión, objetivo general y alcance del Proyecto. Visión: Disponer el rediseño curricular de las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, resultante del compromiso conjunto de la Comunidad Educativa de la Casa de Estudios y aprobado por el Consejo Directivo, en el plazo establecido por el Equipo Ejecutivo, en acuerdo con los Equipos de Trabajo de las Carreras de grado. Objetivo: Elaborar y ejecutar las acciones que permitan el rediseño curricular de las carreras de grado, en el plazo establecido por el Equipo Ejecutivo, en acuerdo con los Equipos de Trabajo de las Carreras de grado de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, en el marco de los estándares de segunda generación y adoptando el modelo de diseño del currículum por competencias, que tiene como referencia el aprendizaje centrado en el estudiante, alineados con la normativa del Consejo Superior. Alcance: Carreras de grado de la Facultad de Ingeniería que cuentan con estándares de segunda generación; a saber: Ingeniería de Petróleos; Ingeniería Industrial; Ingeniería Civil; Ingeniería en Mecatrónica, y Licenciatura en Ciencias de la Computación. 3. Modelo educativo La Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, adopta el modelo educativo de diseño del currículum por competencias, que tiene como referencia el aprendizaje centrado en el estudiante, en línea con los estándares de segunda generación para la acreditación de las carreras de grado y la normativa del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo que reglamenta, para la actualización de las carreras de grado, el enfoque curricular basado en competencias (Ordenanza N° 075/2016CS). 4. Modelo del ingeniero/licenciado de la Facultad de Ingeniería A los fines del Proyecto se tiene en cuenta que, el ingeniero/licenciado formado en la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Cuyo es un profesional con las competencias necesarias para el ejercicio de la profesión. Adicionalmente, la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo ofrece a sus estudiantes la posibilidad de elegir trayectos académicos alternativos y opcionales para una formación propedéutica en la investigación científica. 5. Desarrollar el Proyecto del rediseño curricular de todas las cinco titulaciones de las carreras de grado con estándares de segunda generación en paralelo. 6. Resguardar la estabilidad laboral lograda por el cuerpo docente y el cumplimiento de funciones acorde a la dedicación en cargo. 7. Satisfacer el principio de eficiencia, en el uso de los recursos materiales y económicos, así como el talento humano, en la composición de los equipos docentes de los espacios curriculares comunes a más de una carrera. 8. Arbitrar los medios necesarios para que los contenidos de las Ciencias Básicas, de las Ciencias y Tecnologías Complementarias, y de las Tecnologías Básicas, comunes a más de una carrera, atiendan los requerimientos particulares para la construcción de las competencias de egreso de cada titulación.
ANEXO I – RESOL CD N° 251/2021
18 de 19 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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9. Promover la flexibilidad necesaria para desarrollar los contenidos de las Ciencias Básicas en actividades/espacios curriculares formativos a lo largo de la carrera; lo cual implica: 10. Reubicar algunos contenidos de las Ciencias Básicas, y de las Ciencias y Tecnologías Complementarias, en simultáneo con espacios curriculares de las Tecnologías Básicas y/o Tecnologías Aplicadas; así como: 11. Modificar el año/semestre en que se imparten actualmente los contenidos de las Ciencias Básicas, las Ciencias y Tecnologías Complementarias y las Tecnologías Básicas; y: 12. Aumentar o disminuir los créditos horarios de los actuales espacios curriculares, para distribuirlos a lo largo de la carrera, en nuevas actividades/espacios curriculares con nuevas denominaciones, a definir durante el proceso del rediseño curricular. 13. Disponer que, tanto las asignaturas de las Ciencias Básicas, como las de las de las Ciencias y Tecnologías Complementarias, y de las Tecnologías Básicas, se desarrollen teniendo en cuenta la tributación para la construcción de las competencias de egreso, así como el nivel en que lo hacen, promoviendo un espacio de reflexión, durante el proceso del rediseño curricular, que permita definir los contenidos esenciales para lograr el perfil de egreso de cada titulación. 14. Delegar en el Equipo Ejecutivo la conformación de los Equipos de Trabajo de cada Carrera, y disponer que los Equipos Transversales presten asistencia en toda consulta y aporte que les sea requerido. 15. Delegar al Equipo Ejecutivo, en acuerdo con los Equipos de Trabajo de cada Carrera, la definición del Cronograma de actividades.
ANEXO I – RESOL CD N° 251/2021
19 de 19 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2021-ACT-053 10/08/2021 (Carga: 3/09/2021) |
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A C T A N° 5 3
Siendo las dieciocho horas con tres minutos, del día diez de agosto de dos mil veintiuno (10/08/21), se reúne el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería, bajo la Presidencia del Sr. Decano, Ing. Daniel Santiago FERNÁNDEZ, en reunión a distancia, utilizando la herramienta Zoom. Están presentes: Por los Profesores Titulares: Dres. Francisco Javier CRISAFULLI, Lucía Inés BROTTIER, Selva Soledad RIVERA y Lic. Gustavo ZAREV. Por los Profesores Adjuntos: Ings. María Teresa ALVAREZ y Alejandro Jesús Omar FARA (1er. Suplente en reemplazo de la Ing. María Susana BERNASCON). Por los Auxiliares de Docencia: Dra. Rebeca Laura PURPORA (1er. Suplente en reemplazo del Ing. Juan Carlos NAJUL). Por los Graduados: Ing. Lautaro JUANEDA (1er. Suplente en reemplazo del Ing. Jorge VIVALDELLI). Por los Alumnos: Sr. José María BAJINAY. Ausentes: Con aviso: Sr. Pablo TORNELLO. Sin aviso: Ing. Pablo Alejandro ZANATELLO y Srta. María Paula MORALES. Participan también: la Vicedecana, Ing. Patricia Susana INFANTE; el Secretario Académico, Dr. Aníbal Edmundo MIRASSO, la Coordinadora de Asuntos Legales, Abg. María Elena SOTTANO, y el Coordinador de Tecnologías de Información y Comunicaciones, Ing. Roque D’AMBROSIO. Oficia de Secretaria de Actas la Sra. Elisabeth Nancy GONZALEZ, con quien colaboran la Sra. Silvia Elizabeth CORDOBA y la Lic. Sandra Mónica GIL. Comprobado el quórum reglamentario, da comienzo la reunión. Iniciando la sesión, el Ing. Daniel Santiago FERNÁNDEZ procedió a considerar los temas detallados en el Orden del Día preparado al efecto y para los que fueron convocados a la presente reunión: 1. CONSIDERACIÓN DEL ACTA N° 52 A continuación, Presidencia pone a consideración el Acta N° 52 correspondiente a la sesión a distancia del 27 de julio de 2021. Sometida a consideración resulta aprobada por unanimidad de los Consejeros participantes. Seguidamente, el Ing. FERNANDEZ solicitó autorización para tratar un tema fuera del Orden del Día y que lo incluyó en la Comisión de Personal porque se refiere a un Expediente de concurso CEREPCov, solicitándole a la Presidencia de la Comisión de Personal el análisis del mismo, previo a la sesión del día de la fecha. Se autorizó. 2. INFORME DEL DECANO Siendo la hora 18:05 se incorpora a la reunión la Srta. Martina MINGORANCE PORTILLO. Acto seguido, el Ing. FERNÁNDEZ informó a los miembros del Cuerpo que el lunes 16 de agosto a la hora 21:30, y en el marco de la celebración del 82 Aniversario de la Universidad Nacional de Cuyo, tendrá lugar el concierto presencial de la Orquesta Sinfónica, con público, en la Nave UNCUYO. Asimismo, hace extensiva a los miembros del Cuerpo, la invitación del Sr. Rector, a participar del acto que por tal motivo se realizará el martes 17 de agosto de 2021, a la hora 11, en la Sala Chalo Tulián de la Nave UNCUYO.
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El Programa incluye: recepción de autoridades, interpretación de Himnos, palabras del Rector, intervención artística a cargo del Coro de Cámara, del Ballet de la UNCUYO; la inauguración del Espacio de Arte “Luis Quesada” y el recorrido de la Muestra de Afiches “Viajar”. El Cuerpo tomó conocimiento. 3. ASUNTOS ENTRADOS
Ratificación Resolución N° 315/2021FI, dictada por Decanato, y publicada en el digesto de la Facultad de Ingeniería. A continuación, el Sr. Decano describió el acto administrativo citado, por el cual, en su Artículo 1 autoriza a Dirección de Alumnos de Grado, con carácter de excepción, a registrar las promociones directas obtenidas durante los Ciclos Lectivos 2019, 2020 y 2021, sin que sean condicionadas por el régimen de correlatividades de cada carrera. Mientras que en su Artículo 2 encomienda a la Dirección General de Ciencias Básicas y Direcciones Generales de Carreras, conjuntamente con los docentes responsables de los espacios curriculares, revisar las actividades de evaluación de los aprendizajes, así como las actividades académicas y el trayecto de los estudiantes, en pos de la mejora continua, y proponer un plan de mejora, a implementar en lo inmediato, que tenga en cuenta los indicadores vinculados al desgranamiento de los estudiantes. Puesto a consideración, se ratificó. 4. ASUNTOS CON DESPACHO DE COMISIÓN
Comisión de Personal Por dicha Comisión informó su Presidente, Dra. Lucía Inés BROTTIER, sobre los temas considerados por la misma: EXP_ECUY: 21300/2021 – SECRETARIA ACADEMICA – S/Designación del Ing. Claudio RODRIGUEZ en UN cargo de PROF TIT –D. EXC Interino ÁREA 6: EXPLORACIÓN Y PERFORACIÓN con Perforación I y Perforación II, y ÁREA 8: ADMINISTRACIÓN ECONOMÍA Y FINANZAS con PPS, como asignaturas de referencia e Investigación. Analizado el Expediente de referencia, la Comisión sugirió autorizar la designación del Ing. Claudio RODRIGUEZ en el cargo de Profesor Titular –Dedicación Exclusiva Interino y que se instrumente el concurso del ÁREA 8: ADMINISTRACIÓN ECONOMÍA Y FINANZAS con PPS, como asignatura de referencia cuando sea posible. Se autorizó. EXP_ECUY: 21302/2021 SECRETARIA ACADEMICA – S/Designación Ing MARTÍNEZ en UN cargo de PROF ADJ DEXC INT, ÁREA 1: MATEMÁTICA con "Estadística Técnica", "Estadística", "Probabilidad y Estadística" y "Análisis Matemático I" como asignaturas de referencia, e Investigación, a los efectos de la designación. Considerado el citado Expediente, la Comisión sugirió autorizar la designación del Ing. Julián MARTÍNEZ en el cargo de Profesor Adjunto Dedicación Exclusiva Interino con "Estadística Técnica", "Estadística", "Probabilidad y Estadística" y "Análisis Matemático I" como asignaturas de referencia y continuar con el concurso que se ha iniciado mediante EXPECUY: 20939/2021. Se autorizó. EXP_ECUY: 21358 /2021 – SECRETARIA ACADEMICA – S/Designación Lic. Jorge Luis GUERRA TORRES en UN cargo de Profesor Adjunto –Dedicación Simple Interino en el
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AREA: 22 TEORIA DE LA COMPUTACIÓN, con “Inteligencia Artificial II” como asignatura de referencia a los efectos de la designación. Visto el Expediente mencionado, la Comisión sugirió autorizar la designación del Lic. Jorge Luis GUERRA TORRES en el cargo de Profesor Adjunto – Dedicación Simple Interino en el AREA: 22 TEORÍA DE LA COMPUTACIÓN, con “Inteligencia Artificial II” como asignatura de referencia y continuar con el llamado a concurso que se ha iniciado mediante EXPECUY: 21878/2021. Se autorizó. EXP_ECUY: 11747/2021 SECRETARÍA ACADÉMICA CEREPCov. RODRIGUEZ, Sara. ADJ. DSEMI. Hidráulica General e Hidrología I. ÁREA 09. La Comisión, teniendo en cuenta la postulación presentada en el Expediente de referencia, sugirió aprobar dicha postulación al CEREPCov impulsada por la Ing. Sara RODRIGUEZ en el cargo de Profesor Adjunto –Dedicación Semiexclusiva ÁREA: 09 HIDRÁULICA, con “Hidráulica General” e “Hidrología I” como asignaturas base de referencia a los efectos del concurso; autorizar la elaboración de la convocatoria del citado concurso y comunicar lo resuelto al Consejo Superior. Se aprobó. EXP_ECUY: 11696/2021 SECRETARÍA ACADÉMICA CEREPCov. JAUREGUI, José María. TIT. DSIM. Geología del Petróleo. ÁREA 06. La Comisión, teniendo en cuenta la postulación presentada en el Expediente de referencia, sugirió aprobar dicha postulación al CEREPCov impulsada por el Lic. José María JAUREGUI en el cargo de Profesor Adjunto –Dedicación Simple ÁREA: 06 – EXPLORACIÓN Y PERFORACIÓN, con “Geología del Petróleo” como asignatura base de referencia a los efectos del concurso; autorizar la elaboración de la convocatoria del citado concurso y comunicar lo resuelto al Consejo Superior. Se aprobó. EXP_ECUY: 11699/2021 SECRETARIA ACADEMICA CEREPCov. HAIST, Evelina Raquel. JTP. DSIM. Gestión en Seguridad, Medio Ambiente y Salud. ÁREA 05. Esta Comisión de acuerdo a lo obrante en el expediente sugiere dejar sin efecto la postulación de la Psicopedagoga Evelina HAIST, en la asignatura de Gestión en Seguridad, Medio Ambiente y Salud, por haber renunciado a dicho cargo. El Cuerpo atento a la duda planteada por la Ing. María Teresa ALVAREZ, prestó acuerdo en que la actuación se mantenga en Comisión. EXP_ECUY: 19527/2021 SECRETARIA ACADEMICA CEREPCov. EGÜES, Magdalena. JTP. DSIM. Arquitectura V Taller de Integración Proyectual. ÁREA 14. La Comisión, teniendo en cuenta la postulación presentada en el Expediente de referencia, sugirió efectivizar, en el marco del CEREPCov, la designación interina de la Arq. Magdalena EGÜES en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple en el ÁREA: 14 – DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE, con “Arquitectura V Taller de Integración Proyectual” como asignatura base de referencia a los efectos del concurso. Se aprobó. EXP_ECUY: 10970/2021 SECRETARIA ACADEMICA CEREPCov. ALÉ, Juan Carlos (1). TIT. DSIM. Arquitectura I Taller de Integración Proyectual. ÁREA 14. La Comisión, teniendo en cuenta la postulación presentada en el Expediente de referencia, sugirió dejar sin efecto dicha postulación impulsada por el Arq. Juan Carlos ALE en
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“Arquitectura I Taller de Integración Proyectual” – ÁREA: 14, porque el docente reviste un cargo de Profesor Titular Dedicación Simple Efectivo por Concurso en el ÁREA: 11 – CONSTRUCCIONES, con “Instalaciones I” según Resolución 396/2006 con Licencia sin goce por Incompatibilidad. Se aprobó. EXP_ECUY: 10969/2021 SECRETARIA ACADEMICA CEREPCov. ALÉ, Juan Carlos (2). TIT. DSIM. Arquitectura IV Taller de Integración Proyectual. ÁREA 14. La Comisión, teniendo en cuenta la postulación presentada en el Expediente de referencia, sugirió dejar sin efecto la citada postulación impulsada por el Arq. Juan Carlos ALE en “Arquitectura IV Taller de Integración Proyectual” – ÁREA: 14, porque el docente reviste un cargo de Profesor Titular Dedicación Simple Efectivo por Concurso en el ÁREA: 11 – CONSTRUCCIONES, con “Instalaciones I” según Resolución 396/2006 con Licencia sin goce por Incompatibilidad. Se aprobó. EXP_ECUY: 10968/2021 SECRETARIA ACADEMICA CEREPCov. ALÉ, Juan Carlos (3). TIT. DSIM. Instalaciones I: Acondicionamiento Natural. ÁREA 17. La Comisión, teniendo en cuenta la postulación presentada en el Expediente de referencia, sugirió efectivizar, en el marco del CEREPCov, la designación interina del Arq. Juan Carlos ALÉ en el cargo de Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva en el ÁREA: 11 – CONSTRUCCIONES, con “Instalaciones I: Acondicionamiento Natural” en la carrera Arquitectura, e “Instalaciones I” en la carrera Ingeniería Civil, como asignaturas base de referencia a los efectos del concurso. Además, dar de baja en el cargo de Profesor Titular –Dedicación Simple Carácter Efectivo – ÁREA: 11 – CONSTRUCCIONES, con “Instalaciones I” de la carrera Ingeniería Civil, designado por Resolución 396/2006, actualmente en licencia, y poner en conocimiento al Consejo Superior lo resuelto. Puesto a consideración del Cuerpo, se aprobó. Acto seguido, con la autorización otorgada, se considera el siguiente Expediente: EXP_ECUY: 11693/2021 –SECRETARIA ACADÉMICA CEREPCov. LARRIQUETA, Mercedes. TIT. DEXC. Análisis Matemático. ÁREA 01. La Comisión, teniendo en cuenta la postulación presentada en el Expediente de referencia, sugirió efectivizar, en el marco del CEREPCov, la designación interina de la Prof. Mercedes LARRIQUETA en el cargo de Profesor Titular Dedicación Exclusiva en el ÁREA: 01 – MATEMÁTICA, con “Análisis Matemático I” y “Análisis Matemático II” (dos Comisiones) como asignaturas base de referencia a los efectos del concurso. Se aprobó. Comisión de Asuntos Académicos Por dicha Comisión informó su Presidente, Dr. Francisco Javier CRISAFULLI, sobre los temas considerados por la misma: EXP_ECUY: 10572/2021 – FACULTAD DE INGENIERIA S/Convocatoria movilidades del Programa IDEAR Universidad de Kassel (Alemania). Analizado el Expediente, la Comisión recomendó aprobar el orden de mérito propuesto por la Comisión de Selección de Becas para participar en el Programa de intercambio IDEAR con la Universidad de Kassel – Alemania, que contempla TRES (3) movilidades para alumnos de la carrera de Ingeniería Civil. Se aprobó.
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EXP_ECUY: 10573/2021 – FACULTAD DE INGENIERIA S/Convocatoria movilidades 2021 del Programa IDEAR Universidad de Dresden (Alemania). Visto el Expediente, la Comisión recomendó aprobar el orden de mérito propuesto por la Comisión de Selección de Becas para participar en el Programa de intercambio IDEAR con la Universidad de Dresden Alemania, que contempla TRES (3) movilidades para alumnos de la carrera Ingeniería Civil. Se aprobó. EXP_ECUY: 20549/2021 – DIRECCIÓN GENERAL DE POSGRADO S/Ratificación de Director y miembros del Comité Académico de la ESPECIALIZACIÓN EN INGENIERÍA AMBIENTAL Y MAESTRÍA EN INGENIERÍA AMBIENTAL. Considerada la solicitud, la Comisión recomendó ratificar al Director y a los miembros del Comité Académico de las carreras de posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental” y “Maestría en Ingeniería Ambiental”. Se aprobó. EXP_ECUY: 19299/2021 DECANATO – S/Pautas y políticas institucionales para orientar el rediseño curricular de las titulaciones, de las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería, y el proceso preparatorio para la acreditación en el marco de los estándares de segunda generación. La Comisión analizó la propuesta presentada y recomendó, aprobar las pautas y políticas institucionales indicadas en la Sección 7: Solicitud (pág. 15), puntos 1 a 13, y realizó las siguientes observaciones: En punto 2, sugirió eliminar fechas y plazos, los cuales serán establecidos por el Equipo Ejecutivo, en acuerdo con los Equipos de Trabajo de cada carrera. En cuanto al punto 14, recomendó además autorizar la conformación de los equipos de trabajo, salvo el equipo transversal que se sugiere sean áreas consultivas. En el punto 15, consideró que el cronograma es un aspecto operativo por lo que propuso que el mismo sea definido por el Equipo Ejecutivo, en acuerdo con los Equipos de Trabajo. El Cuerpo, luego de escuchar lo informado, prestó acuerdo por unanimidad de sus miembros. EXP_ECUY: 21389/2021 – DIRECCIÓN DOCTORADO EN INGENIERIA INDUSTRIAL S/Inscripción Inga. Cristina Belén VITERI SÁNCHEZ al Doctorado en Ingeniería Industrial. Visto el citado Expediente, la Comisión recomendó autorizar la inscripción de la Ing. Cristina Belén VITERI SÁNCHEZ para cursar la carrera de posgrado “Doctorado en Ingeniería Industrial”. Se autorizó.
Finalizando la reunión el alumno Sr. José María BAJINAY consultó sobre las normativas de promociones y correlativas, dichos temas fueron ampliamente informados por el Ing. FERNÁNDEZ. Por otra parte, el estudiante también solicitó información sobre la situación de la carrera Licenciatura en Ciencias de la Computación respecto de la disponibilidad presupuestaria y designación del personal docente de los últimos años; con autorización del Cuerpo, sobre el tema brindó información el Secretario Académico, Dr. Aníbal MIRASSO.
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Siendo la hora 19:27 se levanta la sesión.
Ing. Daniel FERNÁNDEZ Decano Facultad de Ingeniería Universidad Nacional de Cuyo
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MENDOZA, 06 AGO 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 18715/2021, en las que el Director de la carrera de posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental”, solicita la inscripción del Ing. Pablo Elías JIRALA como Alumno Vocacional de la mencionada carrera para cursas dos de sus asignaturas, que se dicta en esta Facultad; y:
CONSIDERANDO: Que el Ing. JIRALA es estudiante de la carrera de posgrado “Maestría en Energía” de esta Casa de Estudios. Lo informado por el Comité Académico de la citada carrera y Dirección General de Posgrado. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar la inscripción del Ing. Pablo Elías JIRALA (DNI: 30.837.450) como Alumno Vocacional en las asignaturas que se indican a continuación, de la carrera de Posgrado “Maestría en Ingeniería Ambiental” de esta Facultad, la que deberá formalizar en Dirección General de Posgrado, de acuerdo a lo dispuesto en las reglamentaciones vigentes:
“Regulación Ambiental del Espacio Físico” “Planificación Ambiental del Recurso Hídrico”
La autorización otorgada lo habilita sólo para las asignaturas mencionadas.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida en soporte papel, con el mismo número, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 331/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2021-RES-330 6/08/2021 (Carga: 12/08/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 06 AGO 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 16354/2021, en las que la Dirección de Extensión eleva propuesta de capacitación, en el marco del “Programa de Empleabilidad para Técnicos – YPF”; y:
CONSIDERANDO: Que el objetivo del mencionado curso es capacitar a los técnicos en los conocimientos básicos de equipos y operaciones de una Refinería. Que el mencionado curso está dirigido a Técnicos aspirantes a operadores de una refinería de petróleo y egresados de escuelas técnicas (cuyo egreso no sea mayor a seis (6) años del corriente). Que la capacitación se realizará en la modalidad virtual a través de la plataforma Aula Abierta. Los antecedentes de los profesionales propuestos para el dictado del citado curso. Que la Dirección de Extensión es la responsable de coordinar la organización, la difusión, el control de asistencia y del informe final, así como de la tramitación de Certificados y toda otra gestión necesaria para garantizar el desarrollo de la actividad. Lo informado por la Secretaria de Relaciones Institucionales y Dirección de Extensión. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) y 8) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, el dictado del “Curso: UNCuyo Programa de Empleabilidad para Técnicos – YPF”, a cargo de los Ingenieros Alfredo Alberto CABALLERO, Jorge NOZICA, Héctor Armando PÉREZ y Daniel Alejandro GROSSO, que se realizará en modalidad virtual a través de la plataforma Aula Abierta, entre el 07 de junio y el 10 de setiembre de 2021, con una carga horaria total de DOSCIENTAS OCHENTA (280) horas.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida en soporte papel, con el mismo número, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 330/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2021-RES-329 6/08/2021 (Carga: 12/08/2021) |
2021 AÑO DE HOMENAJE AL PREMIO NOBEL DE MEDICINA DR. CÉSAR MILSTEIN
MENDOZA, 06 AGO 2021
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPECUY: 12156/2021, en las que el Dr. Ing. Raúl Oscar CURADELLI, solicita autorización para el dictado del “Curso de Solidedge para Diseño de Ortesis”;
CONSIDERANDO: Que esta actividad de extensión fue presentada por el Dr. Ing. CURADELLI como Director del Proyecto de Investigación, SIIP Tipo IV titulado “Diseño y fabricación asistido por computadora de ortesis y prótesis de miembro inferior”, donde se dictó un curso solidedge para diseño de ortesis. Que el objetivo del mencionado curso es modelar en 3D piezas constitutivas de ortesis de miembro inferior (de plástico impreso en 3D y de acero templado), modificar modelos 3D de ortesis para adecuarlos a pacientes en particular y exportar modelos para impresión en 3D y fabricación de resortes de acero templado. Que el mencionado curso estuvo dirigido a Técnicos en Ortopedia y Kinesiólogos. Que la Dirección de Extensión es la responsable de coordinar la organización, la difusión, el control de asistencia y del informe final, así como de la tramitación de Certificados y toda otra gestión necesaria para garantizar el desarrollo de la actividad. Lo informado por la Secretaria de Relaciones Institucionales y Dirección de Extensión. Lo dispuesto por Resolución N° 323/2020R, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 83/2020CS y la Resolución N° 44/2020FI, Ad referéndum, ratificada por Resolución N° 25/2020CD. Lo dispuesto por el Art. 40, inc. 2) y 8) del Estatuto Universitario.
En uso de sus atribuciones: EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Tener por autorizado, el dictado del “Curso de Solidedge para Diseño de Ortesis”, a cargo del Ing. José Roberto MORÁN y del Dr. Ing. Hernán GARRIDO, que se realizó en el Servicio de Rehabilitación del Hospital LENCINAS, entre marzo y mayo de 2021, con una carga horaria total de VEINTISEIS (26) horas.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida en soporte papel, con el mismo número, cuando concluya la situación de emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 329/2021
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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