CD-2022-RES-144
27/04/2022
(Carga: 27/04/2022)
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► 2022: LAS MALVINAS SON ARGENTINAS
MENDOZA, 27 ABR 2022
VISTO: El contenido del EXPECUY: 10559/2022, mediante el cual el Sr. Decano expone el trabajo conjunto realizado con Secretaría Académica, Direcciones Generales de Carreras de Grado, Dirección de Alumnos de Grado, Dirección de Asuntos Estudiantiles y la Coordinación de Tecnologías de Información y Comunicaciones, sobre situaciones particulares del estado académico de estudiantes de las carreras de grado al inicio del cursado del Ciclo Lectivo 2022; y:
CONSIDERANDO: Que durante 2020 y 2021, la Facultad de Ingeniería, como todas las instituciones universitarias del país, adoptó medidas de emergencia para sostener sus ciclos lectivos, en el marco de medidas sanitarias que impuso la pandemia por COVID19, respetando las disposiciones nacionales, provinciales, y las de la propia Universidad Nacional de Cuyo. Que se ha pasado de aquel aislamiento social preventivo y obligatorio1 que se impuso por el COVID19 en marzo de 2020, a la decisión del retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual en forma previa a la pandemia2. Que el inicio del Ciclo Lectivo 2022 se desarrolla en un contexto epidemiológico menos complejo, con una presencialidad plena que debe tener en cuenta los cuidados y previsiones pertinentes en relación con la salud. Que la CONEAU3 advierte que la planificación de las estrategias pedagógicas presenciales y virtuales, debe realizarse teniendo en cuenta su adecuación y pertinencia para el logro de los objetivos de aprendizaje, en el marco de los requerimientos propios de cada disciplina y de las exigencias y características de la formación práctica de cada carrera. Y que estos aspectos serán objeto de evaluación cuando la carrera deba presentarse nuevamente para su acreditación. Que, por lo expuesto en el considerando precedente, además de atender los cuidados de la salud que requiere el retorno a la presencialidad, y teniendo en cuenta que próximamente se deberá responder a las convocatorias para la acreditación de las carreras de grado, ya no es posible fundar medidas de flexibilización del régimen académico en las medidas de emergencia dispuestas para sostener los ciclos lectivos, en el marco de medidas sanitarias que impuso la pandemia.
1Decreto Nº 260/2020, fechado el 12 de marzo de 2020, y sus modificatorios, por el cual se amplió la emergencia pública sanitaria, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), en relación con el coronavirus COVID19, por el plazo de un año desde la sanción de la medida, y se establecieron los términos del aislamiento por COVID19. 2 Resolución N° 058/2022, de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete, por la cual se establece que "antes del 1º de mayo de 2022 cada jurisdicción, organismo y entidad de la administración pública nacional (...) deberá disponer el retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual en forma previa a la vigencia del Decreto Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios. 3 IF2021123533751APNCONEAU#ME. Documento de CONEAU, fechado el fechado el 20 de diciembre de 2021, referido a consideraciones sobre las estrategias de hibridación y estrategias para el retorno a la presencialidad que contemplen los cuidados y previsiones que requiere la mencionada situación y que integren nuevas alternativas de enseñanza en el marco de sus políticas de desarrollo institucional y de inclusión y retención de los estudiantes.
Resol. – CD N° 144/2022 1 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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Que, no obstante, es innegable que el impacto de la pandemia ha traspuesto el umbral de la salud de las personas y ha trastocado el funcionamiento de las instituciones, la economía, el trabajo, la familia, el hogar, la salud mental de las personas, los vínculos familiares y, particularmente, de los estudiantes con la vida universitaria. Que, si bien se tiene la posibilidad de retomar la actividad presencial plena en la vida universitaria, se es consciente que no todas/os las/os estudiantes tienen las mismas posibilidades de retomar la actividad académica en las condiciones que era habitual previo a la pandemia y que entrara en vigencia el Decreto Nº 260/2020 y sus modificatorios. Que, en este contexto, el seguimiento del progreso de las/os estudiantes en las carreras de grado, en esta etapa del retorno a la presencialidad plena, prevé la necesidad de atender y tomar medidas tendientes a la retención de las/os estudiantes, mitigar el desgranamiento de la matrícula y la potencial deserción consecuente. Que, en el marco de sus políticas de desarrollo institucional, la Facultad de Ingeniería se aboca al estudio de situaciones particulares de trayectorias educativas de sus estudiantes, encuadrado en el Plan Estratégico 2030 de la Universidad Nacional de Cuyo4 (Apartado A1 del Anexo I de la presente resolución), y en el plexo normativo que rige para la acreditación de las carreras de grado (Apartado A2 del Anexo I de la presente resolución). Que, definido el encuadre del programa, se proponen pautas y criterios de aplicación a situaciones particulares de estudiantes que tengan en cuenta los saberes previos requeridos para el cursado y/o aprobación de las asignaturas, el volumen de trabajo para el Ciclo Lectivo 2022, el acompañamiento a estudiantes con becarios tutores, el compromiso formal que asumen los estudiantes con sus trayectorias educativas, y el seguimiento institucional del programa. Que, a modo de ejemplo, en las actuaciones obrantes en el expediente de marras, se presenta el estudio particular de diecisiete (17) trayectorias educativas de estudiantes de la carrera Arquitectura que ingresaron en el año 2019, con el Plan de Estudios aprobado por Ordenanza N° 124/2017CS, el sistema de cronología de dictado de las asignaturas, y el sistema de correlatividades establecido por Resolución N° 009/2019CD que, de cumplir con la normativa mencionada, en el Ciclo Lectivo 2022, deberían comenzar a cursar las asignaturas del 4° año del Plan de Estudios. Que las áreas vinculadas a la gestión académica se encuentran abocadas al análisis de más ciento treinta (130) trayectorias educativas particulares, de las carreras de grado que se imparten en la Facultad de Ingeniería, para definir sus situaciones particulares en el inicio del cursado del Ciclo Lectivo 2022. Que existen evidencias objetivas, trazables a partir de los actos administrativos emitidos, acerca del compromiso de la Facultad de Ingeniería con la mejora continua, la evaluación institucional y la acreditación de sus carreras de grado y posgrado, disponiendo medidas desde su órgano máximo de gobierno, las propias y las delegadas por dicho Cuerpo en el Decanato, todas ellas en el marco del proceso preparatorio a la autoevaluación para la acreditación de sus carreras. Lo recomendado por la Comisión de Asuntos Académicos, y lo tratado y aprobado por este Cuerpo en sesión ordinaria del 26 de abril de 2022, por unanimidad de sus miembros.
4Ordenanza N° 020/2022CS, fechada el 8 de abril de 2022. El Consejo Superior aprueba el Plan Estratégico 2030 para la Universidad Nacional de Cuyo.
Resol. – CD N° 144/2022 2 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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En uso de sus atribuciones. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar el programa de fortalecimiento y apoyo de las trayectorias educativas de la Facultad de Ingeniería (FATEFI), enmarcado en el objetivo estratégico “Enseñanza”, Línea Estratégica 4, Programa Estratégico 1.8; y en el Apartado 4, del Anexo IV de las Resoluciones Ministeriales de los estándares de acreditación para las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería “mecanismos de evaluación de las actividades académicas y sobre el trayecto de sus estudiantes, como parte de la revisión y mejora continua”, que como ANEXO I forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2. Delegar en el/la Decano/a la gestión académica, administrativa y la aplicación de pautas y criterios de aplicación a situaciones particulares de estudiantes que tengan en cuenta los saberes previos requeridos para el cursado y/o aprobación de las asignaturas, el volumen de trabajo para el Ciclo Lectivo 2022, el acompañamiento a estudiantes con becarios tutores, el compromiso formal que asumen los estudiantes con sus trayectorias educativas, y el seguimiento institucional del programa, con el objeto promover la retención, y mitigar el desgranamiento de la matrícula y la potencial deserción consecuente.
ARTÍCULO 3. Autorizar la reproducción, de la normativa emitida en formato digital, en papel y su incorporación en el libro de resoluciones, ordenanzas, circulares.
ARTÍCULO 4. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD N° 144/2022
Resol. – CD N° 144/2022 3 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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ANEXO I PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA (FATEFI)
AI.1 Encuadre del programa en el contexto del Plan Estratégico 2030 de la Universidad Nacional de Cuyo El programa de Fortalecimiento y Acompañamiento de las Trayectorias Educativas de la Facultad de Ingeniería (FATEFI), se encuentra alineado con el Plan Estratégico 2030 de la Universidad Nacional de Cuyo (PE 2030 UNCUYO), compartiendo la fundamentación y el objetivo del programa de fortalecimiento y acompañamiento de las trayectorias educativas propuesto para el ámbito general de la Universidad Nacional de Cuyo. En la figura siguiente se muestran los siete objetivos estratégicos, y las líneas estratégicas y programas estratégicos de cada uno de los objetivos, y se incorporan las definiciones correspondientes.
OBJETIVO ESTRATÉGICO: ENSEÑANZA Impulsar el acceso a la educación preuniversitaria y universitaria de calidad, pertinente, innovadora, inclusiva, intercultural, diversa, acompañando integralmente a estudiantes y docentes.
ANEXO I. Resol. CD – N° 144/2022 Encuadre del Programa de Fortalecimiento y Acompañamiento de las Trayectorias Educativas de la Facultad de Ingeniería, en el Plan Estratégico 2030 de la Universidad Nacional de Cuyo, y en la normativa vigente para la acreditación de las carreras de grado.
4 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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LÍNEA ESTRATÉGICA 4: Acompañamiento académico integral de estudiantes mediante la obtención, sistematización, y publicación de datos agregados sobre los diversos tramos formativos, analizando aspectos integrales de los procesos de enseñanza y de aprendizaje.
PROGRAMA ESTRATÉGICO 1.8. Fortalecimiento y acompañamiento de las trayectorias educativas Objetivo del programa: Realizar un acompañamiento integral de las trayectorias académicas educativas, en los diferentes tramos de las carreras, a través del trabajo articulado entre diferentes áreas institucionales y dispositivos de intervención, con equipos fortalecidos. Resumen: Una de las problemáticas más relevantes que se aborda a través de este Programa es la gran brecha existente entre la duración teórica y la duración real de las carreras. Esta problemática es multicausal, y según la autoevaluación institucional realizada a nivel Universidad Nacional de Cuyo “persiste la problemática de demora en las carreras en algunas áreas del conocimiento (…), en donde se observa una diferencia significativa respecto de los años establecidos en los planes de estudio. Se busca: Mejorar los resultados de los indicadores académicos relativos a la trayectoria académica y el conocimiento integral de la problemática estudiantil respecto a la continuidad de las trayectorias académicas, para poder otorgar respuestas tanto institucionales como individuales a la medida de dichas situaciones. Lograr un acompañamiento integral y sistemático de trayectorias académicas. Crear de dispositivos específicos de seguimiento e interpretación de conclusiones de los relevamientos estudiantil y docente.
AI.2. Encuadre del programa en el contexto de acreditación de las carreras de grado
AII.2.1. Resolución ME N° 1051/2019 – ANEXO: Documento de estándares de aplicación general para la acreditación de carreras de grado Los estándares expresan las condiciones básicas que deben cumplir las carreras incluidas en las normas del Artículo 43 de la LES. Estas condiciones establecen los requisitos que se consideran mínimos e indispensables para una formación profesional que garantice el resguardo del interés público. La primera de las cinco dimensiones en que se agrupan las condiciones citadas, se refiere a las condiciones curriculares, y se complementan con los requisitos establecidos en el Artículo 43. De modo particular, el tercero de los tres componentes de la citada dimensión se refiere a la evaluación del currículo y su desarrollo. A saber: I. CONDICIONES CURRICULARES I.3. Evaluación del currículo y su desarrollo Identificar la existencia o implementación de cualquier tipo de mecanismo o instancias institucionalizadas, permanentes o ad hoc, o prácticas sistemáticas para evaluar el plan de estudios, los espacios curriculares y su desarrollo.
ANEXO I. Resol. CD – N° 144/2022 Encuadre del Programa de Fortalecimiento y Acompañamiento de las Trayectorias Educativas de la Facultad de Ingeniería, en el Plan Estratégico 2030 de la Universidad Nacional de Cuyo, y en la normativa vigente para la acreditación de las carreras de grado.
5 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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III. CONDICIONES PARA LA ACTIVIDAD DE LOS ESTUDIANTES III.1. Regulaciones sobre la actividad académica de los estudiantes Se trata de identificar las normas que regulan las formas de acceso, regularidad y promoción y su accesibilidad por parte de los interesados; y la provisión de información académica oportuna a los estudiantes. III.2. Acceso a sistemas de apoyo académico Incluye las diversas formas en que la carrera y/o unidad académica en la que ésta se desenvuelve, realizan acciones de apoyo y orientación a la formación de los estudiantes, complementarias a las actividades curriculares planificadas, con el propósito de mejorar sus desempeños, orientar sus trayectos, fortalecer su capacidad académica, planificar sus actividades o acceder a ámbitos y recursos que apoyen sus tareas. La carrera informa las actividades e instancias previstas en el cumplimiento del criterio.
IV. CONDICIONES DE EVALUACIÓN IV.2. Análisis del avance, rendimiento y egreso de los estudiantes El componente se refiere a la existencia de actividades, mecanismos y/o instancias para la sistematización de información académica sobre el trayecto de los estudiantes y su uso, a efectos de estudiar y evaluar el flujo de alumnos, sus rendimientos y graduación y su incorporación como elemento para la evaluación de los procesos de formación.
AII.2.2. Resoluciones Ministeriales particulares de cada carrera: estándares de segunda generación para la acreditación de carreras de grado En la presente resolución, se denominan estándares de segunda generación (ESG) al plexo normativo mediante el cual se aprueban los contenidos curriculares básicos, carga horaria mínima, criterios de intensidad de la formación práctica, estándares para la acreditación de las carreras específicas, en general; y las actividades profesionales reservadas al título que se emite para Ingeniería en Mecatrónica en particular. A saber: Resolución ME N° 1538/2021, para Ingeniería de Petróleos Resolución ME N° 1543/2021, para Ingeniería Industrial Resolución ME N° 1549/2021, para Ingeniería Civil Resolución ME N° 1553/2021, para la Licenciatura en Ciencias de la Computación Resolución ME N° 1626/2021, para Ingeniería en Mecatrónica En los estándares de segunda generación para las carreras de grado de la Facultad de Ingeniería, se prevé que las carreras deben contar con mecanismos de evaluación de las actividades académicas y sobre el trayecto de sus estudiantes, como parte de la revisión y mejora continua (Resolución ME N° 1538/2021, Anexo IV, Apartado 4; Ingeniería en Petróleos; Resolución ME N° 1543/2021, Anexo IV, Apartado 4, Ingeniería Industrial; Resolución ME N° 1549/2021, Anexo IV, Apartado 4, Ingeniería Civil; Resolución ME N° 1553/2021, Anexo IV, Apartado 4, Licenciatura en Ciencias de la Computación; Resolución ME N° 1626/2021, Anexo IV, Apartado 4; Ingeniería Mecatrónica). Consecuentemente, el programa aporta evidencias de las actividades realizadas, durante el proceso preparatorio para la autoevaluación y evaluación de las carreras de grado.
ANEXO I. Resol. CD – N° 144/2022 Encuadre del Programa de Fortalecimiento y Acompañamiento de las Trayectorias Educativas de la Facultad de Ingeniería, en el Plan Estratégico 2030 de la Universidad Nacional de Cuyo, y en la normativa vigente para la acreditación de las carreras de grado.
6 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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AII.3. Anexo IV de las Resoluciones Ministeriales particulares de cada carrera A continuación, se transcriben los apartados del Anexo IV, común a los estándares para la acreditación de las carreras de grado que se imparten en la Facultad de Ingeniería, relacionados con el programa de fortalecimiento y acompañamiento de las trayectorias educativas: 1. Condiciones curriculares 1.3. La carrera cuenta con mecanismos o instancias, o realiza prácticas con el objetivo de evaluar el plan de estudios, el desarrollo curricular, el perfil de egreso y su actualización. 3. Condiciones para la actividad de los estudiantes 3.3. La carrera cuenta con mecanismos e instancias de apoyo y orientación académica, profesional y de movilidad dirigidos a los estudiantes. 4. Condiciones de Evaluación 4.2. La carrera cuenta con mecanismos de evaluación de las actividades académicas y sobre el trayecto de sus estudiantes, como parte de la revisión y mejora continua. 4.3. La carrera cuenta o tiene acceso a información actualizada respecto de las características del programa formativo, su desarrollo y sus resultados, incluyendo la relativa a los procesos de seguimiento y de acreditación.
AII.4. Anexo IV Resolución N° 498/2006. Estándares para la acreditación de la carrera Arquitectura IV. Estudiantes y graduados IV.4. Deben explicitarse los mecanismos de seguimiento de los estudiantes, medidas efectivas de retención y análisis de la información sobre rendimiento, retraso y egreso.
ANEXO I. Resol. CD – N° 144/2022 Encuadre del Programa de Fortalecimiento y Acompañamiento de las Trayectorias Educativas de la Facultad de Ingeniería, en el Plan Estratégico 2030 de la Universidad Nacional de Cuyo, y en la normativa vigente para la acreditación de las carreras de grado.
7 de 7 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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