Digesto
|
16202 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CD-2022-RES-226 16/06/2022 (Carga: 30/06/2022) |
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 16 JUN 2022
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP_ECUY: 20015/2022, en las que Secretaría Académica propone se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interino UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple del ÁREA 12: VÍAS DE COMUNICACIÓN, con "Topografía" como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interinos, en la categoría de Jefe de Trabajos Prácticos y Ayudantes de Primera Categoría, dispuesto por Ordenanza N° 003/2017CD. Las disposiciones de la Ordenanza N° 001/2021CD, por la cual se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Las disposiciones de la Ordenanza N° 026/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Que la convocatoria se realiza para un área y espacio curricular de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Lo informado por la Dirección General Económico Financiera respecto de la viabilidad presupuestaria para realizar la convocatoria. El informe de Secretaría Académica y el requerimiento de las Direcciones Generales de las Carreras Ingeniería Civil y Arquitectura. El protocolo general COVID19 para la Facultad de Ingeniería, aprobado por Resolución N° 053/2020CD, que establece las acciones a implementar con el propósito de disminuir el riesgo de contagio al efectuar tareas vinculadas a las actividades, en el marco de la pandemia por COVID19. Que se ha solicitado incluir en las funciones, del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto en la normativa que rige el concurso (Ordenanza N° 003/2017CD, Art. 30), con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Lo dispuesto por Resolución N° 197/2021CD, sobre la reproducción en papel, de la normativa emitida en formato digital, y su incorporación en el libro de resoluciones. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por unanimidad de los miembros de este Cuerpo en sesión ordinaria del día 31 de mayo de 2022.
En uso de sus atribuciones:
Resol. CD N° 226/2022
1 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +54‐261‐4494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 003/2017CD, para cubrir con carácter de Interino UN (1) cargo de Jefe Trabajos Prácticos Dedicación Simple del ÁREA 12: VÍAS DE COMUNICACIÓN, con la asignatura base de referencia "Topografía" como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2º. Autorizar que el concurso convocado en el artículo precedente, se tramite e implemente en la modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 001/2021CD, y la Resolución N° 066/2021CD. De modo particular y mientras las disposiciones sanitarias lo permitan, las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial.
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos para el espacio curricular, según los Planes de Estudios vigentes aprobado por la Ordenanza Nº 003/2003CS de la carrera Ingeniería Civil, Ordenanza Nº 124/2017CS de la carrera Arquitectura; condiciones particulares por el rediseño curricular en proceso y considerandos de la presente resolución, para el cargo que se convoca a concurso por el Artículo 1 de la presente Resolución:
Requisitos de formación y antecedentes exigidos Título de Grado: Ingeniero Agrimensor, Ingeniero Civil o Agrimensor (excluyente). En todos los requisitos que se enuncian a continuación, se requiere experiencia no menor a cinco (5) años, preferentemente, no excluyente. Experiencia docente universitaria con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional, en organizaciones públicas y/o privadas, en la disciplina de la temática de referencia. Experiencia en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia.
OBJETIVOS/EXPECTATIVAS DE LOGRO Y CONTENIDOS MÍNIMOS Ingeniería Civil Objetivos (en Plan de Estudios) Conocer conceptualmente las operaciones topográficas y geodésicas necesarias para las obras de Ingeniería Civil. Demostrar habilidad para el manejo de instrumentos topográficos y para interpretar, evaluar y utilizar información geodésica y topográfica. Manifestar curiosidad para investigar el manejo de instrumentos y las operaciones topográficas y geodésicas. Contenidos mínimos (en Plan de Estudios) Errores de observación, precisión de mediciones. Medición de ángulos y de distancias. Alineación. Poligonación. Nivelación. Taquimetría. Aplicaciones de la topogrametría a la Ingeniería Civil. Relevamientos. Replanteos.
Resol. CD N° 226/2022
2 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +54‐261‐4494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
Arquitectura Expectativas de logro (en Plan de Estudios) Adquirir conocimiento de instrumentos y métodos de planimetría, altimetría y planialtimetría, con vistas al estudio, la medición, el replanteo, la ejecución y el control de obras de Arquitectura. Complementar conocimientos adquiridos con el uso de instrumental topográfico de precisión y de última generación. Capacitarse en la búsqueda y utilización de información gráfica disponible en organismos públicos y privados que sea de utilidad para el Arquitecto. Demostrar habilidad para el manejo de instrumentos topográficos y para interpretar, evaluar y utilizar Información geodésica y topográfica. Contenidos Mínimos Contenidos mínimos (en Plan de Estudios) Definiciones básicas. Operaciones de planimetría y altimetría. Las curvas de nivel, definición, equidistancia entre curvas de nivel. Descripción del terreno mediante curvas, métodos. Métodos e instrumentos topográficos para determinar desniveles. Señalamiento de puntos. Operaciones de planimetría sencilla, replanteo y control. Diferencia entre levantamiento y replanteo. Cálculo de volúmenes de movimiento de suelo. Interpretación cartográfica. Levantamientos especiales en Arquitectura. Desarrollo y aplicación de los conceptos en el Taller de integración Proyectual.
Funciones a desarrollar: La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de la temática de referencia y la evaluación de desempeño consecuente, se hará conforme a la dedicación en el cargo: Funciones docentes en la temática de referencia, asignatura: “Topografía”. Funciones docentes por extensión en asignaturas del Área 12: VÍAS DE COMUNICACIÓN. Participación en proyectos institucionales de extensión, vinculación, académicos y/o de investigación. Los proyectos deben estar acreditados formalmente por instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, entre otras) y desarrollarse en el ámbito de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la CONEAU, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES).
Condiciones particulares por el rediseño curricular en proceso Todo aspirante a la convocatoria debe conocer y tener en cuenta que la Facultad de Ingeniería se encuentra en proceso de rediseño curricular de sus carreras de grado en el marco de los estándares de segunda generación. Durante el proceso en curso, el Consejo Directivo ha aprobado las pautas y políticas institucionales para el rediseño curricular de las carreras de grado (Resolución Nº 251/2021CD), la propuesta preliminar de Perfil de Egreso y los Alcances de las Titulaciones de grado (Resolución N° 357/2021CD), y la propuesta preliminar de las competencias de egreso de las titulaciones de grado de las carreras con estándares de segunda generación (Resolución Nº 119/2022CD).
Resol. CD N° 226/2022
3 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +54‐261‐4494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
Lo expuesto, además de tenerse en cuenta durante el Coloquio, anticipa que la denominación de la asignatura, su programa, carga horaria y su ubicación en el Plan de Estudios podrían modificarse como consecuencia del rediseño curricular en curso.
ARTÍCULO 4º. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes, y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera:
Miembros de la Comisión Asesora e Institución a la que pertenecen TITULARES Dra. Ing. Agrim. María Virginia MACKERN OBERTI Facultad de Ingeniería (UNCUYO) (Presidente) Dra. Ing. María Laura MATEO Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Ing. José Antonio GIUNTA Facultad de Ingeniería (UNCUYO)
SUPLENTES Ing. Gustavo Orlando PRIETO Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Ing. Roberto Carlos SEGURO Facultad de Ingeniería (UNCUYO)
ARTÍCULO 5º. Fijar como período de inscripción al comprendido entre la hora 08:00 del lunes 1 de agosto de 2022 y la hora 12:00 del viernes 5 de agosto de 2022.
ARTÍCULO 6º. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle: ETAPA I del proceso de inscripción a) Solicitud: formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación prevista en el Artículo 11 de la Ordenanza N° 003/2017CD, a saber: a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción). b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas; de corresponder, podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Propuesta de planificación de trabajos prácticos.
La documentación se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable»), y tendrá carácter de declaración jurada.
Resol. CD N° 226/2022
4 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +54‐261‐4494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes: concurso.docente.20015.2022@ingenieria.uncuyo.edu.ar. En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción.
b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis del currículum vitae y los antecedentes, por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuesto en el Artículo 11, inciso b) de la Ordenanza N° 003/2017CD.
c) Propuesta de planificación de trabajos prácticos Todo aspirante que se presente para cubrir el cargo concursado deberá acompañar, al momento de la inscripción, una Propuesta de planificación de trabajos prácticos que describa en líneas generales las actividades prácticas a desarrollar en el marco del Programa vigente del espacio curricular motivo del concurso convocado, que se podrían poner a consideración de la persona responsable a cargo de la asignatura. La propuesta debería fundamentarse considerando el perfil de egresado, el plan de estudios, el programa vigente del espacio curricular motivo del concurso, la disponibilidad horaria esperada de los estudiantes, los criterios de evaluación, y la bibliografía, entre otros aspectos.
Observaciones De modo particular, una vez conocido el tema sorteado para la Clase Pública, para el desarrollo de la Clase Pública, la persona postulante deberá tener en cuenta el nivel de detalle de lo dispuesto en el ANEXO II de la Ordenanza N° 003/2017CD, para la “OPOSICIÓN”. La Comisión Asesora deberá realizar la evaluación y dictamen conforme lo dispuesto en los Artículos 30 y 31 de la Ordenanza N° 003/2017CD.
ARTÍCULO 7°. Incluir en el Coloquio previsto en la normativa que rige el concurso (Ordenanza N° 003/2017CD, Art. 30), los siguientes aspectos:
Dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica del espacio curricular / área del conocimiento al que postula. Conocimiento del Plan de Estudio de la/s carrera/s de la/s cual/es forma/n parte la/s asignatura/s base de referencia a los efectos del concurso. Normativa institucional de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Facultad de Ingeniería vinculadas a la categoría del cargo al que postula, funciones y obligaciones inherentes al mismo. Grado de compromiso con la docencia, la innovación pedagógica, la adaptación a las nuevas tecnologías y modalidades educativas. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES).
Resol. CD N° 226/2022
5 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +54‐261‐4494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8º. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el artículo precedente.
ARTÍCULO 9º. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice conforme lo estipulado en el Artículo 10 de la Ordenanza N° 003/2017CD, en el marco de la pandemia por COVID19. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los Concursos Docentes, con visibilidad en la página de Llamados a Concursos del portal Universidad Transparente de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 10°. Autorizar la reproducción, de la normativa emitida en formato digital, en papel y su incorporación en el libro de resoluciones, ordenanzas, circulares.
ARTÍCULO 11º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 226/2022
Resol. CD N° 226/2022
6 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +54‐261‐4494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-225 16/06/2022 (Carga: 30/06/2022) |
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 16 JUN 2022
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP_ECUY: 3360/2022, en las que Secretaría Académica propone se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interino UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos – Dedicación Simple – del ÁREA 7: RESERVORIOS Y PRODUCCIÓN, con "Técnicas de Operaciones en Yacimientos Maduros y No Convencionales" como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interinos, en la categoría de Jefe de Trabajos Prácticos y Ayudantes de Primera Categoría, dispuesto por Ordenanza N° 003/2017CD. Las disposiciones de la Ordenanza N° 001/2021CD, por la cual se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Las disposiciones de la Ordenanza N° 026/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Que la convocatoria se realiza para un área y espacio curricular de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Lo informado por la Dirección General Económico Financiera respecto de la viabilidad presupuestaria para realizar la convocatoria. El informe de Secretaría Académica y el requerimiento de la Dirección General de la Carrera Ingeniería de Petróleos. El protocolo general COVID19 para la Facultad de Ingeniería, aprobado por Resolución N° 053/2020CD, que establece las acciones a implementar con el propósito de disminuir el riesgo de contagio al efectuar tareas vinculadas a las actividades, en el marco de la pandemia por COVID19. Que se ha solicitado incluir en las funciones, del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto en la normativa que rige el concurso (Ordenanza N° 003/2017CD, Art. 30), con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Lo dispuesto por Resolución N° 197/2021CD, sobre la reproducción en papel, de la normativa emitida en formato digital, y su incorporación en el libro de resoluciones. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por unanimidad de los miembros de este Cuerpo en sesión ordinaria del día 8 de marzo de 2022.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
Resol. CD N° 225/2022
1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +54‐261‐4494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 003/2017CD, para cubrir con carácter de Interino UN (1) cargo de Jefe Trabajos Prácticos Dedicación Simple del ÁREA 7: RESERVORIOS Y PRODUCCIÓN, con "Técnicas de Operaciones en Yacimientos Maduros y No Convencionales" como como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2º. Autorizar que el concurso convocado en el artículo precedente, se tramite e implemente en la modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 001/2021CD, y la Resolución N° 066/2021CD. De modo particular y mientras las disposiciones sanitarias lo permitan, las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial.
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos para el espacio curricular, según el Plan de Estudios vigente aprobados por Ordenanza Nº 02/2016CS de la carrera Ingeniería de Petróleos, condiciones particulares por el rediseño curricular en proceso y considerandos de la presente resolución, para el cargo que se convoca a concurso por el Artículo 1 de la presente Resolución:
Requisitos de formación y antecedentes exigidos Título de Grado: Ingeniero de Petróleos (excluyente). En todos los requisitos que se enuncian a continuación, se requiere experiencia no menor a cinco (5) años, preferentemente, no excluyente. Experiencia docente universitaria con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional, en organizaciones públicas y/o privadas, en la disciplina de la temática de referencia. Experiencia en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia.
EXPECTATIVAS DE LOGRO Y CONTENIDOS MÍNIMOS
Ingeniería de Petróleos
Expectativas de logro (en Plan de Estudios): Adquirir los conocimientos necesarios para operar en yacimientos maduros y no convencionales. Comprender las particularidades de este tipo de operaciones.
Contenidos mínimos (en Plan de Estudios): Definición de Yacimientos maduros. Dificultades como consecuencia de la baja presión de formación. Dificultades en Perforación para minimizar el daño a la formación. Materiales y herramientas adecuadas. Condiciones para producir Yacimientos maduros. Definición de Yacimientos no convencionales. Formaciones de tight oil/gas y shale oil/gas. Condiciones y operaciones para su perforación y producción. Fracking. Seguridad y Medio ambiente. Funciones a desarrollar: La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de las temáticas de referencia y la evaluación de desempeño consecuente, se hará conforme a la dedicación en el cargo:
Resol. CD N° 225/2022
2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +54‐261‐4494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
Funciones docentes en la temática de referencia, asignatura: “Técnicas de Operaciones en Yacimientos Maduros y No Convencionales”. Funciones docentes por extensión en asignaturas del Área 7: RESERVORIOS Y PRODUCCIÓN. Participación en proyectos institucionales de extensión, vinculación, académicos y/o de investigación. Los proyectos deben estar acreditados formalmente por instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, entre otras) y desarrollarse en el ámbito de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la CONEAU, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Condiciones particulares por el rediseño curricular en proceso Todo aspirante a la convocatoria debe conocer y tener en cuenta que la Facultad de Ingeniería se encuentra en proceso de rediseño curricular de sus carreras de grado en el marco de los estándares de segunda generación. Durante el proceso en curso, el Consejo Directivo ha aprobado las pautas y políticas institucionales para el rediseño curricular de las carreras de grado (Resolución Nº 251/2021CD), la propuesta preliminar del perfil de egreso y alcances de las titulaciones (Resolución Nº 357/2021CD), y la propuesta preliminar de las competencias de egreso de las titulaciones de grado de las carreras con estándares de segunda generación (Resolución Nº 119/2022CD). Lo expuesto, además de tenerse en cuenta durante el Coloquio, anticipa que la denominación de la asignatura, su programa, carga horaria y su ubicación en el Plan de Estudios podrían modificarse como consecuencia del rediseño curricular en curso.
ARTÍCULO 4º. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes, y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera: Miembros de la Comisión Asesora e Institución a la que pertenecen TITULARES Mgtr. Ing. Evanna Emaluí FUENMAYOR MIRANDA Facultad de Ingeniería (UNCUYO) (Presidente) Lic. Gustavo Ernesto ZAREV Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Ing. Claudio Fabián RODRÍGUEZ Facultad de Ingeniería (UNCUYO)
SUPLENTES Ing. Mario Carlos SÁNCHEZ Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Ing. Marcelo Horacio BIRITOS Facultad de Ingeniería (UNCUYO)
ARTÍCULO 5º. Fijar como período de inscripción al comprendido entre la hora 08:00 del lunes 1 de agosto de 2022 y la hora 12:00 del viernes 5 de agosto de 2022.
ARTÍCULO 6º. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle: ETAPA I del proceso de inscripción
Resol. CD N° 225/2022
3 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +54‐261‐4494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
a) Solicitud: formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación prevista en el Artículo 11 de la Ordenanza N° 003/2017CD, a saber: a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción). b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas; de corresponder, podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Propuesta de planificación de trabajos prácticos. La documentación se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable»), y tendrá carácter de declaración jurada. La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes: concurso.docente.3360.2022@ingenieria.uncuyo.edu.ar. En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción.
b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis del currículum vitae y los antecedentes, por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuesto en el Artículo 11, inciso b) de la Ordenanza N° 003/2017CD.
c) Propuesta de planificación de trabajos prácticos Todo aspirante que se presente para cubrir el cargo concursado deberá acompañar, al momento de la inscripción, una Propuesta de planificación de trabajos prácticos que describa en líneas generales las actividades prácticas a desarrollar en el marco del Programa vigente del espacio curricular motivo del concurso convocado, que se podrían poner a consideración de la persona responsable a cargo de la asignatura. La propuesta debería fundamentarse considerando el perfil de egresado, el plan de estudios, el programa vigente del espacio curricular motivo del concurso, la disponibilidad horaria esperada de los estudiantes, los criterios de evaluación, y la bibliografía, entre otros aspectos.
Observaciones De modo particular, una vez conocido el tema sorteado para la Clase Pública, para el desarrollo de la Clase Pública, la persona postulante deberá tener en cuenta el nivel de detalle de lo dispuesto en el ANEXO II de la Ordenanza N° 003/2017CD, para la “OPOSICIÓN”. La Comisión Asesora deberá realizar la evaluación y dictamen conforme lo dispuesto en los Artículos 30 y 31 de la Ordenanza N° 003/2017CD.
Resol. CD N° 225/2022
4 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +54‐261‐4494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
ARTÍCULO 7°. Incluir en el Coloquio previsto en la normativa que rige el concurso (Ordenanza N° 003/2017CD, Art. 30), los siguientes aspectos:
Dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica del espacio curricular / área del conocimiento al que postula. Conocimiento del Plan de Estudio de la/s carrera/s de la/s cual/es forma/n parte la/s asignatura/s base de referencia a los efectos del concurso. Normativa institucional de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Facultad de Ingeniería vinculadas a la categoría del cargo al que postula, funciones y obligaciones inherentes al mismo. Grado de compromiso con la docencia, la innovación pedagógica, la adaptación a las nuevas tecnologías y modalidades educativas. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8º. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el artículo precedente.
ARTÍCULO 9º. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice conforme lo estipulado en el Artículo 10 de la Ordenanza N° 003/2017CD, en el marco de la pandemia por COVID19. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los Concursos Docentes, con visibilidad en la página de Llamados a Concursos del portal Universidad Transparente de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 10°. Autorizar la reproducción, de la normativa emitida en formato digital, en papel y su incorporación en el libro de resoluciones, ordenanzas, circulares.
ARTÍCULO 11º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 225/2022
Resol. CD N° 225/2022
5 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +54‐261‐4494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-224 15/06/2022 (Carga: 21/06/2022) |
2022 LAS MALVINAS SON ARGENTINAS
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 15 JUN 2022
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP_ECUY: 21878/2021, en las que Secretaría Académica propone se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interino UN (1) cargo de Profesor Adjunto Dedicación Simple del ÁREA 22: TEORÍA DE LA COMPUTACIÓN, con "Inteligencia Artificial II” como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interinos, en las categorías de Profesor Titular, Asociado y Adjunto, dispuesto por Ordenanza Nº 003/1986CD y su modificatoria Ordenanza N° 001/1988CD. Que, a los efectos de la organización del desagregado de los antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, regirá el ordenamiento de los ítems propuesto en la Grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes de la Ordenanza N° 023/2010CS, Anexo II. Que, a los efectos considerar los criterios para la evaluación de la calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del Plan de actividades, regirá la Ordenanza N° 023/2010CS, Anexo II. Las disposiciones de la Ordenanza N° 001/2021CD, por la cual se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Las disposiciones de la Ordenanza N° 026/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Que la convocatoria se realiza para un área y espacio curricular de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Lo informado por la Dirección General Económico Financiera respecto de la viabilidad presupuestaria para realizar la convocatoria. El requerimiento de la Dirección General de la Carrera Licenciatura en Ciencias de la Computación y el informe de Secretaría Académica. El protocolo general COVID19 para la Facultad de Ingeniería, aprobado por Resolución N° 053/2020CD, que establece las acciones a implementar con el propósito de disminuir el riesgo de contagio al efectuar tareas vinculadas a las actividades, en el marco de la pandemia por COVID19. Que se ha solicitado incluir en las funciones, del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto, con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma.
Resol. CD N° 224/2022
1 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 LAS MALVINAS SON ARGENTINAS
RESOLUCIÓN DIGITAL
Lo dispuesto por Resolución N° 197/2021CD, sobre la reproducción en papel, de la normativa emitida en formato digital, y su incorporación en el libro de resoluciones. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por unanimidad de los miembros de este Cuerpo, en sesión ordinaria del día 14 de junio del año 2022.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 003/1986CD y su modificatoria Ordenanza N° 001/1988CD, para cubrir con carácter de Interino UN (1) cargo de Profesor Ajunto Dedicación Simple del ÁREA 22: TEORÍA DE LA COMPUTACIÓN, con “Inteligencia Artificial II” como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2°. Autorizar que el concurso convocado en el artículo precedente, se tramite e implemente en la modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 001/2021CD, y la Resolución N° 066/2021CD. De modo particular y mientras las disposiciones sanitarias lo permitan, las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial.
ARTÍCULO 3°. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos para el espacio curricular, según el Plan de Estudio vigente aprobado por la Ordenanza Nº 040/2017CS de la carrera Licenciatura en Ciencias de la Computación; condiciones particulares por el rediseño curricular en proceso y considerandos de la presente resolución, para el cargo que se convoca a concurso por el Artículo 1 de la presente Resolución: Requisitos de formación y antecedentes exigidos Título de Grado Universitario: Licenciado en Ciencias de la Computación o Ingeniero en Sistemas de Información o Ingeniero en Informática o Ingeniero Electrónico o Graduado Universitario con competencia en la temática de referencia a los efectos del concurso. En todos los requisitos que se enuncian a continuación, se requiere experiencia mínima de cinco (5) años con carácter excluyente, y preferentemente no menor a diez (10) años con carácter no excluyente. Experiencia docente universitaria con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional, en organizaciones públicas y/o privadas, en la disciplina de la temática de referencia. Experiencia en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia. EXPECTATIVAS DE LOGRO Y CONTENIDOS MÍNIMOS Licenciatura en Ciencias de la Computación
Expectativas de logro (en Plan de Estudios): Conocer un conjunto avanzado de técnicas simbólicas y sub simbólicas abarcando los campos más importantes de la Inteligencia Artificial. Profundizar en las habilidades de análisis, selección de técnicas adecuadas, y desarrollo práctico de soluciones para resolver problemas susceptibles de ser atacados con técnicas avanzadas de IA.
Resol. CD N° 224/2022
2 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 LAS MALVINAS SON ARGENTINAS
RESOLUCIÓN DIGITAL
Aplicar diferentes técnicas de Inteligencia Artificial a la resolución de problemas concretos. Contenidos mínimosDescriptores (en Plan de Estudios): Planificación básica, diferentes enfoques. Planificación avanzada: planificación con recursos y tiempo, planificación y ejecución integradas. Razonamiento probabilista en el tiempo. Agentes basados en la utilidad. Técnicas de búsqueda basadas en meta heurísticas. Aprendizaje de máquinas: conceptos, aprendizaje supervisado, no supervisado, por refuerzo. Redes Neuronales. Funciones a desarrollar La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de la temática de referencia, y la evaluación de desempeño consecuente, se hará conforme a la Dedicación en el cargo: Funciones docentes en la temática de referencia, Asignatura: “Inteligencia Artificial II”. Funciones docentes por extensión en asignaturas del ÁREA 22: TEORÍA DE LA COMPUTACIÓN. Participación en proyectos institucionales de extensión, vinculación, académicos y/o de investigación. Los proyectos deben estar acreditados formalmente por instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, entre otras) y desarrollarse en el ámbito de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES).
Condiciones particulares por el rediseño curricular en proceso Todo aspirante a la convocatoria debe conocer y tener en cuenta que la Facultad de Ingeniería se encuentra en proceso de rediseño curricular de sus carreras de grado en el marco de los estándares de segunda generación. Durante el proceso en curso, el Consejo Directivo ha aprobado las pautas y políticas institucionales para el rediseño curricular de las carreras de grado (Resolución Nº 251/2021CD), la propuesta preliminar de Perfil de Egreso y los Alcances de las Titulaciones de grado (Resolución N° 357/2021CD), y la propuesta preliminar de las competencias de egreso de las titulaciones de grado de las carreras con estándares de segunda generación (Resolución Nº 119/2022CD). Lo expuesto, además de tenerse en cuenta durante el Coloquio, anticipa que la denominación de la asignatura, su programa, carga horaria y su ubicación en el Plan de Estudios podrían modificarse como consecuencia del rediseño curricular en curso.
ARTÍCULO 4°. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes, y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera:
Miembros de la Comisión Asesora e Institución a la que pertenecen TITULARES Dr. Lic. Carlos Adrián CATANIA (Presidente) Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Dra. Lic. Ana Carolina OLIVERA Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Dr. Ing. Sergio Ariel SALINAS Facultad de Ingeniería (UNCUYO)
Resol. CD N° 224/2022
3 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 LAS MALVINAS SON ARGENTINAS
RESOLUCIÓN DIGITAL
SUPLENTES Mgtr. Ing. Osvaldo Lucio MARIANETTI Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Mgtr. Lic. Marisa Fabiana HADERNE Facultad de Ingeniería (UNCUYO)
ARTÍCULO 5°. Fijar como período de inscripción al comprendido entre la hora 08:00 del lunes 1 de agosto de 2022 y la hora 12:00 del viernes 5 de agosto de 2022.
ARTÍCULO 6°. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle: ETAPA I del proceso de inscripción a) Solicitud: formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico.
ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación, a saber: a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción). b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas; de corresponder, podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Plan de actividades enseñanzaaprendizaje.
La documentación (currículum vitae, antecedentes, probanzas, comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin, y plan de actividades de enseñanzaaprendizaje), se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable»), y tendrá carácter de declaración jurada. La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes; en ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción: concurso.docente.21878.2021@ingenieria.uncuyo.edu.ar b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis de los antecedentes por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuesto en la Grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que obra en el Anexo II de la Ordenanza N° 023/2010CS. c) Plan de actividades de enseñanzaaprendizaje Todo aspirante que se presente para cubrir el cargo concursado deberá acompañar, al momento de la inscripción, un Plan de actividades que en líneas generales propone desarrollar en caso de obtener el cargo concursado, que incluirá el desarrollo de una Resol. CD N° 224/2022
4 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 LAS MALVINAS SON ARGENTINAS
RESOLUCIÓN DIGITAL
UNIDAD TEMÁTICA del Programa vigente del espacio curricular, motivo del concurso convocado, y que deberá incluir: Fundamentación. En la misma no podrá faltar el encuadre de la propuesta en relación con el perfil del egresado y la ubicación del espacio curricular en el Plan de Estudios. Objetivos: Deben ser elaborados en función de las expectativas de logro a desarrollar por los estudiantes. Desagregado de contenidos: Consistentes con los contenidos mínimos propuestos en el Plan de Estudios y Programa vigente del espacio curricular. Metodología de desarrollo de los procesos de enseñanzaaprendizaje y de evaluación. Bibliografía general y selección de lecturas bibliográficas.
La calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del Plan de actividades será evaluada según los criterios desagregados en el Grilla para la descripción, el análisis y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que forman parte del Anexo II de la Ordenanza N° 023/2010CS.
ARTÍCULO 7°. Disponer que el concurso incluya un Coloquio que consistirá en una entrevista de los miembros de la Comisión Asesora con los aspirantes, con el objeto de valorar el dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica del espacio curricular al que postula.
La Comisión Asesora tendrá en cuenta aspectos tales como: Importancia relativa y la ubicación de su área en el currículum de la carrera. Visión de conjunto del estado actual del campo del conocimiento del espacio curricular concursado, conocimiento de los principales hitos en la construcción del conocimiento, dominio de los modos particulares de producción del conocimiento en el área disciplinar. Reconocimiento político y social de su campo disciplinar, profesional y docente. Grado de compromiso con la docencia, la innovación pedagógica, la producción del conocimiento y el crecimiento sociocultural. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8°. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el artículo precedente.
ARTÍCULO 9°. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice teniendo en cuenta lo estipulado en el Artículo 4 de la Ordenanza N° 003/1986CD, en el marco de la pandemia por COVID19. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los Concursos Docentes, con visibilidad en la página de Llamados a Concursos del portal Universidad Transparente de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 10°. La presente Resolución, que se emite en formato digital, será reproducida en soporte papel, con el mismo número, cuando concluya la situación de emergencia Resol. CD N° 224/2022
5 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 LAS MALVINAS SON ARGENTINAS
RESOLUCIÓN DIGITAL
sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 11°. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 224/2022
Resol. CD N° 224/2022
6 de 6 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2022-RES-337 14/06/2022 (Carga: 27/06/2022) |
Las actuaciones que obran en EXP-E-CUY: 21696/2022, en las que el Lic. Gustavo Ernesto ZAREV, solicita autorización para el dictado del Curso “Evaluación de la Integridad de pozos mediante Perfilaje
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-223 14/06/2022 (Carga: 21/06/2022) |
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
MENDOZA, 14 JUN 2022.
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP_ECUY: 19644/2022, en las que Secretaría Académica propone se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interino UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple del ÁREA 19: SOPORTE FÍSICO Y LÓGICO DE SISTEMAS MECATRÓNICOS, con "Informática" como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interinos, en la categoría de Jefe de Trabajos Prácticos y Ayudantes de Primera Categoría, dispuesto por Ordenanza N° 003/2017CD. Las disposiciones de la Ordenanza N° 001/2021CD, por la cual se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Las disposiciones de la Ordenanza N° 026/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Que la convocatoria se realiza para un área y espacio curricular de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Lo informado por la Dirección General Económico Financiera respecto de la viabilidad presupuestaria para realizar la convocatoria. El informe de Secretaría Académica y el requerimiento de la Dirección General de la Carrera Ingeniería en Mecatrónica. El protocolo general COVID19 para la Facultad de Ingeniería, aprobado por Resolución N° 053/2020CD, que establece las acciones a implementar con el propósito de disminuir el riesgo de contagio al efectuar tareas vinculadas a las actividades, en el marco de la pandemia por COVID19. Que se ha solicitado incluir en las funciones, del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto en la normativa que rige el concurso (Ordenanza N° 003/2017CD, Art. 30), con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Lo dispuesto por Resolución N° 197/2021CD, sobre la reproducción en papel, de la normativa emitida en formato digital, y su incorporación en el libro de resoluciones. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por unanimidad de los miembros de este Cuerpo en sesión ordinaria del día 31 de mayo de 2022.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
Resol. CD N° 223/2022
1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 003/2017CD, para cubrir con carácter de Interino UN (1) cargo de Jefe Trabajos Prácticos Dedicación Simple del ÁREA 19: SOPORTE FÍSICO Y LÓGICO DE SISTEMAS MECATRÓNICOS, con la asignatura base de referencia "Informática" como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2º. Autorizar que el concurso convocado en el artículo precedente, se tramite e implemente en la modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 001/2021CD, y la Resolución N° 066/2021CD. De modo particular y mientras las disposiciones sanitarias lo permitan, las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial.
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos para el espacio curricular, según el Plan de Estudio vigente aprobado por la Ordenanza Nº 033/2009CS de la carrera Ingeniería en Mecatrónica; condiciones particulares por el rediseño curricular en proceso y considerandos de la presente resolución, para el cargo que se convoca a concurso por el Artículo 1 de la presente Resolución:
Requisitos de formación y antecedentes exigidos Título de Grado: Licenciado o Ingeniero en Sistemas de Información; Ingeniero en Mecatrónica; o Ingeniero en carreras afines a la Informática (excluyente). En todos los requisitos que se enuncian a continuación, se requiere experiencia no menor a cinco (5) años, preferentemente, no excluyente. Experiencia docente universitaria con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional, en organizaciones públicas y/o privadas, en la disciplina de la temática de referencia. Experiencia en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia.
OBJETIVOS Y CONTENIDOS MÍNIMOS
Ingeniería en Mecatrónica
Objetivos (en Plan de Estudios): Establecer con criterio los ámbitos de aplicación de sistemas de cómputo basados en PC, microcontroladores y arquitecturas especiales, comprendiendo tanto el soporte físico como lógico. Familiarizarse con los sistemas operativos para PC, lenguajes de programación de mayor uso y entornos de desarrollo y depuración de software. Introducir a los lenguajes procedurales de alto nivel para resolución de problemas de cómputo y automatismos, mediante los enfoques Diagrama de Flujo, Diagrama de Estados y Estructurado. Utilizar con solvencia los tipos de datos simples y estructurados. Contenidos mínimos (en Plan de Estudios): Organización y arquitectura de computadores. Sistemas Operativos. Configuración. Programación. Diagramas y algoritmos. Lenguajes de programación. Conceptos y aplicaciones de subrutinas, funciones, tipos de datos. Resolución de ejemplos de
Resol. CD N° 223/2022
2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
automatismos, operación con matrices, transformaciones geométricas y filtros básicos. Uso de lenguajes de alto nivel. Funciones a desarrollar: La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de la temática de referencia y la evaluación de desempeño consecuente, se hará conforme a la dedicación en el cargo: Funciones docentes en la temática de referencia, asignatura: “Informática”. Funciones docentes por extensión en asignaturas del Área 19: SOPORTE FÍSICO Y LÓGICO DE SISTEMAS MECATRÓNICOS. Participación en proyectos institucionales de extensión, vinculación, académicos y/o de investigación. Los proyectos deben estar acreditados formalmente por instituciones reconocidas (Universidades Nacionales, CONICET, AGENCIA, entre otras) y desarrollarse en el ámbito de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la CONEAU, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Condiciones particulares por el rediseño curricular en proceso Todo aspirante a la convocatoria debe conocer y tener en cuenta que la Facultad de Ingeniería se encuentra en proceso de rediseño curricular de sus carreras de grado en el marco de los estándares de segunda generación. Durante el proceso en curso, el Consejo Directivo ha aprobado las pautas y políticas institucionales para el rediseño curricular de las carreras de grado (Resolución Nº 251/2021CD), la propuesta preliminar de Perfil de Egreso y los Alcances de las Titulaciones de grado (Resolución N° 357/2021CD), y la propuesta preliminar de las competencias de egreso de las titulaciones de grado de las carreras con estándares de segunda generación (Resolución Nº 119/2022CD). Lo expuesto, además de tenerse en cuenta durante el Coloquio, anticipa que la denominación de la asignatura, su programa, carga horaria y su ubicación en el Plan de Estudios podrían modificarse como consecuencia del rediseño curricular en curso.
ARTÍCULO 4º. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes, y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera: Miembros de la Comisión Asesora e Institución a la que pertenecen TITULARES Lic. Javier José ROSENSTEIN (Presidente) Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Ing. César Omar ARANDA Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Ing. Eduardo Enrique IRIARTE Facultad de Ingeniería (UNCUYO)
SUPLENTES Ing. Julio Alfredo ANZOLA Facultad de Ingeniería (UNCUYO) Ing. María Susana BERNASCONI Facultad de Ingeniería (UNCUYO)
ARTÍCULO 5º. Fijar como período de inscripción al comprendido entre la hora 08:00 del lunes 1 de agosto de 2022 y la hora 12:00 del viernes 5 de agosto de 2022.
Resol. CD N° 223/2022
3 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
ARTÍCULO 6º. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle: ETAPA I del proceso de inscripción a) Solicitud: formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación prevista en el Artículo 11 de la Ordenanza N° 003/2017CD, a saber: a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción). b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas; de corresponder, podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Propuesta de planificación de trabajos prácticos.
La documentación se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable»), y tendrá carácter de declaración jurada. La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes: concurso.docente.19644.2022@ingenieria.uncuyo.edu.ar. En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción.
b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis del currículum vitae y los antecedentes, por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuesto en el Artículo 11, inciso b) de la Ordenanza N° 003/2017CD.
c) Propuesta de planificación de trabajos prácticos Todo aspirante que se presente para cubrir el cargo concursado deberá acompañar, al momento de la inscripción, una Propuesta de planificación de trabajos prácticos que describa en líneas generales las actividades prácticas a desarrollar en el marco del Programa vigente del espacio curricular motivo del concurso convocado, que se podrían poner a consideración de la persona responsable a cargo de la asignatura. La propuesta debería fundamentarse considerando el perfil de egresado, el plan de estudios, el programa vigente del espacio curricular motivo del concurso, la disponibilidad horaria esperada de los estudiantes, los criterios de evaluación, y la bibliografía, entre otros aspectos.
Observaciones
Resol. CD N° 223/2022
4 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
RESOLUCIÓN DIGITAL
De modo particular, una vez conocido el tema sorteado para la Clase Pública, para el desarrollo de la Clase Pública, la persona postulante deberá tener en cuenta el nivel de detalle de lo dispuesto en el ANEXO II de la Ordenanza N° 003/2017CD, para la “OPOSICIÓN”. La Comisión Asesora deberá realizar la evaluación y dictamen conforme lo dispuesto en los Artículos 30 y 31 de la Ordenanza N° 003/2017CD.
ARTÍCULO 7°. Incluir en el Coloquio previsto en la normativa que rige el concurso (Ordenanza N° 003/2017CD, Art. 30), los siguientes aspectos:
Dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica del espacio curricular / área del conocimiento al que postula. Conocimiento del Plan de Estudio de la/s carrera/s de la/s cual/es forma/n parte la/s asignatura/s base de referencia a los efectos del concurso. Normativa institucional de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Facultad de Ingeniería vinculadas a la categoría del cargo al que postula, funciones y obligaciones inherentes al mismo. Grado de compromiso con la docencia, la innovación pedagógica, la adaptación a las nuevas tecnologías y modalidades educativas. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8º. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el artículo precedente.
ARTÍCULO 9º. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice conforme lo estipulado en el Artículo 10 de la Ordenanza N° 003/2017CD, en el marco de la pandemia por COVID19. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los Concursos Docentes, con visibilidad en la página de Llamados a Concursos del portal Universidad Transparente de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 10°. Autorizar la reproducción, de la normativa emitida en formato digital, en papel y su incorporación en el libro de resoluciones, ordenanzas, circulares.
ARTÍCULO 11º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 223/2022
Resol. CD N° 223/2022
5 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza. República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-222 14/06/2022 (Carga: 6/07/2022) |
Las actuaciones obrantes en el EXP-E-CUY: 23136/2021, correspondientes a la transformación de la NOTA-CUY: 9376/2020, titulado "S/ Nómina de aspirantes a ingresar a la "Carrera Maestría en Logística"
|
Alumnos de Postgrado | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-221 14/06/2022 (Carga: 27/06/2022) |
El contenido del EXP-E-CUY: 17176/2022, en el que el Cuerpo Académico de la carrera de posgrado “Maestría en Ingeniería Estructural”, propone la designación de profesionales para que integren el Comité Académico de la citada carrera
|
Alumnos de Postgrado | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||