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16468 Normativas
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CD-2009-ORD-003
8/09/2009
(Carga: 24/05/2012)
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MENDOZA, 08 SEP 2009
VISTO: Las actuaciones que obran en Expte. Nº 9-424-F-2009, en las que el señor Vicedecano de la Facultad de Ingeniería, Ing. Daniel Santiago FERNÁNDEZ eleva el trabajo realizado sobre las Normas de Convivencia de esta Casa de Estudios;
CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Artículo 34º del Estatuto Universitario corresponde al Consejo Directivo reglamentar las obligaciones del personal y alumnado y ejercer la jurisdicción disciplinaria con arreglo al régimen que el mismo Consejo establezca para la Facultad. Que de acuerdo al Artículo 178º del Estatuto Universitario, es el Consejo Superior quien reglamenta el régimen disciplinario para profesores, auxiliares de docencia e investigación y demás personal de la Universidad. Que de acuerdo al Artículo 180º del Estatuto Universitario son los Consejos Directivos quienes proponen el régimen disciplinario para los alumnos de sus respectivos establecimientos y que la sanción de expulsión debe ser ratificada por el Consejo Superior. Que la temática de la formación de valores ha sido y es objeto de estudios científicos y de aplicaciones prácticas de diverso grado de profundidad y alcance, constituyendo hoy una prioridad en la educación, en todos los niveles de enseñanza. Que el interés por la formación axiológica de los jóvenes cobra mayor énfasis ante la presencia de la llamada “crisis de valores”, tanto a nivel mundial como nacional. Que la educación también es un área de la vida social en la cual se generan y circulan elementos significantes y es por esa vía que se contribuye a la formación de los sujetos sociales. Que una posición ética de la pedagogía debe brindar a cada educando la posibilidad de desarrollar su autonomía y responsabilidad ante su propia formación, asumiendo un papel de sujeto de su aprendizaje, estimular el pensamiento reflexivo y crítico ante su realidad y el compromiso en el mejoramiento personal y social. Que tal posición de la pedagogía implica, además, prever las formas, estrategias, contenidos y condiciones de formación de los educadores, que después influirán en la formación de los alumnos. Que todo docente es, por definición, un educador, un agente moral que tiene el compromiso social de contribuir a la formación integral de sus alumnos.
Que el compromiso del docente se hace explícito y supone en el profesor una toma de conciencia del mismo que lo impulse a su autoperfeccionamiento y a ejercer de la forma más adecuada su influencia sobre los estudiantes. Que en el docente está el deber de influir en la formación de sus alumnos, pero creando las condiciones, logrando el clima adecuado y orientando las tareas encaminadas a estimular en sus discípulos la construcción de sus propios valores. Que para que los profesores puedan contribuir al desarrollo de los valores en sus alumnos resulta imprescindible que se impliquen personalmente en esta tarea, vale decir, que pongan en juego su propia jerarquía de valores, su propia formación ética. Que en el proceso interactivo con sus alumnos, el docente puede poner en práctica una concepción de educación dialógica, participativa, estableciendo relaciones horizontales de respeto mutuo y el desarrollo de su competencia comunicativa que le permita el logro de la identificación y la empatía con ellos, posibilitando no sólo la contribución a la formación en valores de los estudiantes, sino también de los propios docentes. Que durante su formación en la Universidad, los alumnos desarrollan actividades coordinadas, supervisadas o que tienen que ver con distintas áreas de la unidad académica y fuera de ella, por ejemplo, con la Dirección de Relaciones Internacionales (becas de estudio), la Dirección de Extensión (prácticas profesionales supervisadas, prácticas rentadas de verano, pasantías), la Biblioteca (préstamos), las Cátedras (ayudantías de segunda categoría) los Grupos de trabajo (participación en proyectos de investigación), el programa de movilidad estudiantil del Rectorado y que por tal motivo es necesario establecer un procedimiento interno de las distintas áreas de la unidad académica para reunir los antecedentes de los estudiantes en la Dirección Alumnos (legajos). Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 25 de agosto del año 2009.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar, en el ámbito de esta Facultad, las Normas de Convivencia de la misma, las que como ANEXO I forman parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Ordenanzas.
ORDENANZA Nº 03 Lic. NORBERTO F. GIORDANO Ing. DANIEL SANTIAGO FERNANDEZ SECRETARIO ACADEMICO HILDA INES HERRERA VICEDECANO A/C DECANATO DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA
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CD-2009-RES-222
27/08/2009
(Carga: 21/11/2011)
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” 2009 – Año de Homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz “
MENDOZA, 27 AGO 2009
VISTO Las actuaciones que obran en Expte Nº 9-149-F2009 en las que obra el dictamen elaborado por la Comisión de selección de Alumnos (Segundo llamado fs. 63) de las Carreras de Ingeniería Industrial e Ingeniería Civil:
CONSIDERANDO: Que a fs 62 el Alumno Javier BLAUSTEIN, por razones particulares debidamente fundamentadas, desiste de participar de la beca de movilidad para la que había sido seleccionado oportunamente. Que a los fines de designar reemplazante, se realizó una nueva convocatoria. Que la citada selección se realizó entre los alumnos postulantes de las carreras de Ingeniería Industrial e Ingeniería Civil, a efecto de que cursen estudios en la Escuela Superior de Ingenieros de Poitiers (ESIP) Francia. Los acuerdos de cooperación firmados oportunamente. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del dia 25 de agosto del 2009.
En uso de sus atribuciones. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD E INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aceptar la renuncia a la Beca asignada al alumno Javier BLAUSTEIN por Resolución Nº 246/09-FI.
ARTICULO 2º.- Aprobar lo actuado por la Comisión de Selección de alumnos de las carrera de Ingeniería Industrial e Ingeniería Civil, que se trasladarán a la Escuela Superior de Ingenieros de Poitiers (ESIP) Francia, estableciendo el siguiente orden de méritos: 01 - GALINDO PADIN, Paula - Legajo 8682 02 - LOPEZ DE ARMENTIA, Rodrigo - Legajo 8858
ARTICULO 3º . Disponer la adjudicación de una Beca para la Escuela Superior de Ingenieros de Poitiers (ESPIN) – Ingeniería Industrial – desde el 01-09-2009 hasta el 28-02-2010 a la alumna Paula GALINDO PADIN - Legajo 8682
ARTICULO 4º.- A los fines de la Ordenanza Nº 24/2007-CS, Dirección Alumnos registrará la inscripción como alumna regular (Anexo I – Artículo 2º), no computando el Rendimiento Académico Mínimo (Anexo I – Artículo 3º), hasta tanto concluya el período de Becas
ARTÍCULO 5.- Comuníquese y archívese en el Libro de resoluciones
RESOLUCIÓN Nº 222
Centro Universitario (M5502KFA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +54-261-4494169. Fax. +54-261-4380120. Sitio web: www.uncu.edu.ar
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CD-2009-RES-221
27/08/2009
(Carga: 21/11/2011)
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MENDOZA, 27 AGO 2009
VISTO: El Expte. Nº 9-369-A-2008, en el que se tramita la adscripción del Ing. Carlos Mauricio ÁLVAREZ como Auxiliar Docente Adscripto ad-honorem en la asignatura “Tecnología Industrial”, de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que el pedido de adscripción está encuadrado en las disposiciones de la Ordenanza Nº 02/99-CD. El Plan de Labor fijado por el Profesor Titular de la mencionada asignatura Ing. Luis Rafael ROMITO. Lo informado por la Dirección General de la carrera de Ingeniería Industrial y Secretaría Académica. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del día 25 de agosto del año 2009.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Adscribir por el término de UN (1) año, a partir del 26 de agosto del año 2009, como Auxiliar Docente Adscripto ad-honorem, al Ing. Carlos Mauricio ÁLVAREZ (DNI: 29.939.245), en la asignatura “Tecnología Industrial”, de esta Facultad.
ARTICULO 2º.- EL Ing. ÁLVAREZ deberá presentar en la Dirección de Personal el Seguro de Riesgo del Trabajo, requisito indispensable para desempeñar la adscripción citada en el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Una vez finalizada la presente Adscripción, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el punto 4. DEL TRAMITE FINAL, de la Ordenanza Nº 02/99-CD, requisito indispensable para que dicha Adscripción sea reconocida como antecedente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 221
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CD-2009-RES-220
27/08/2009
(Carga: 21/11/2011)
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MENDOZA, 27 AGO 2009
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente Nº 9-338-H-2009, en las que el Director de Relaciones Internacionales, Dr. Hugo Héctor MARTINEZ solicita la inscripción del señor Victor HOPPE, como alumno vocacional en asignaturas de la carrera de Ingeniería Industrial, de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que el mencionado estudiante es alumno regular del Instituto Nacional de Ciencias Aplicadas de Lyon – Francia (INSA). Que se han cumplido todas las disposiciones de la Resolución Nº 178/2009-CD (Régimen de Alumnos Vocacionales). Lo informado por Secretaría Académica. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del día 25 de agosto del año 2009.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la inscripción del señor Victor HOPPE (Pasaporte 09AP08878), como alumno vocacional de esta Facultad, en asignaturas de la carrera de Ingeniería Industrial, la que deberán formalizar en Dirección Alumnos, de acuerdo a lo dispuesto en las reglamentaciones vigentes:
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 220
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CD-2009-RES-219
27/08/2009
(Carga: 21/11/2011)
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MENDOZA, 27 AGO 2009
VISTO: El contenido de la Nota Nº 631-D-2009, en la que el Director General de Posgrado, Ing. Alejandro Domingo CANTU eleva la nómina de profesionales seleccionados para cursar la carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería”;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de la Resolución Nº 69/2008-CD. Lo informado por el Director de la carrera “Doctorado en Ingeniería” y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 25 de agosto del año 2009.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar, a Dirección Alumnos de esta Casa, a inscribir como alumnos de la carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería”, a los siguientes profesionales, de acuerdo al Plan de Estudios aprobado por Resolución Nº 39/96CS:
Año 2008 . SCOLLO, Leonardo Salvador DNI: 27.612.225
AÑO 2009 . MERCANTE, Irma Teresa DNI: 20.169.102 . PITA, Carlos Martín DNI: 25.957.132
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 219
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CD-2009-RES-218
27/08/2009
(Carga: 21/11/2011)
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MENDOZA, 27 AGO 2009
VISTO: Las actuaciones que obran en Expte. Nº 9-392-F-2009, en las que el Director General de Posgrado, Ing. Alejandro Domingo CANTU propone la aprobación del Proyecto del “Diplomado en Gestión de TICs para la Toma de Decisiones”;
CONSIDERANDO: Que la citada propuesta se ajusta a lo establecido en la Ordenanza Nº 02/2003-CD (Reglamento de Diplomatura en carreras de Posgrado). Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 11 de agosto del año 2009.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el “Diplomado en Gestión de TICs para la Toma de Decisiones”, el que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 218
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CD-2009-RES-217
27/08/2009
(Carga: 21/11/2011)
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MENDOZA, 27 AGO 2009
VISTO: Las actuaciones que obran en Expte. Nº 9-391-F-2009, en las que el Director General de Posgrado, Ing. Alejandro Domingo CANTU propone la aprobación del Proyecto del “Diplomado en Gestión de la Innovación Basada en las Tecnologías”;
CONSIDERANDO: Que la citada propuesta se ajusta a lo establecido en la Ordenanza Nº 02/2003-CD (Reglamento de Diplomatura en carreras de Posgrado). Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 11 de agosto del año 2009.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el “Diplomado en Gestión de la Innovación Basada en las Tecnologías”, el que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 217
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