Digesto
|
15917 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CD-2010-RES-264 3/12/2010 (Carga: 16/11/2011) |
MENDOZA, 03 DIC 2010
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP-FIN: 15945/2010, en las que se tramita la contratación del Agrim. Rafael Humberto GONZALEZ;
CONSIDERANDO: Los antecedentes del profesional propuesto. Lo informado por Secretaría Académica y Dirección General Económico Financiera de la Facultad. Lo aprobado por este Cuerpo, en sesión del día 16 de noviembre del año 2010. En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Solicitar al Rectorado de la Universidad la contratación del Agrim. Rafael Humberto GONZALEZ (LE: 6.904.944) para desempeñar las funciones que a continuación se indican, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2011: . Docencia en “Topografía”.
ARTÍCULO 2º.- El Agrim. Rafael Humberto GONZALEZ percibirá por el desempeño de sus funciones, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo de Profesor Adjunto con Dedicación Semiexclusiva al que se adicionarán la bonificación correspondiente a su antigüedad docente reconocida, el Sueldo Anual Complementario y las asignaciones familiares que se fijen para el personal docente permanente. Sobre la retribución se practicarán los descuentos que correspondan por la aplicación de normas legales.
ARTÍCULO 3º.- El presente gasto se afectará al inciso 1 - Gastos en Personal Partida Principal 2 - Personal Temporario del Presupuesto Ordinario vigente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 264
PROYECTO DE CONTRATO
- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector Ing. Agr. Arturo Roberto SOMOZA en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 27 - inc. i) y 60 del Estatuto Universitario, en adelante LA UNIVERSIDAD y el Agrimensor Rafael Humberto GONZALEZ (LE: 6.904.944), en adelante EL CONTRATADO, quien establece su domicilio legal a los efectos del presente contrato en el Bº CIRSUBDOZ - calle San Rafael 245 – Monoblock 2 – Dpto. 10 Las Heras - Mendoza, se celebra el siguiente contrato.------------------------------------OBJETO - Artículo 1º- EL CONTRATADO desempeñará las siguientes tareas:------. Docencia en “Topografía”.------------------------------------------------------------------------DEDICACIÓN - Artículo 2º.- Las funciones indicadas en el artículo 1º se cumplirán con Dedicación Semiexclusiva, debiendo el CONTRATADO ajustarse a todas las obligaciones vigentes en LA UNIVERSIDAD para este tipo de dedicación. A su efectivo cumplimiento quedará subordinada la subsistencia de este contrato.-------DURACIÓN - Artículo 3º.- El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (01) de enero y hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre del año dos mil once inclusive.-----------------------------------------------------------------------------------------CONTRIBUCIÓN - Artículo 4º.- EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el Artículo 1º, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo de Profesor Adjunto con la dedicación determinada en el Artículo 2º, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales. -------------------------------------------------------------------------------- -------MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN - Artículo 5º.- La remuneración fijada en el artículo anterior, será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada AL CONTRATADO.---------------------------------------------------------------------------------------NORMAS GENERALES ARTICULO 6º.- EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Ingeniería de LA UNIVERSIDAD, tendrá los derechos que correspondan al personal docente permanente, con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, y deberá cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7º.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa, bajo pena de quedar rescindido por ese solo hecho, este contrato.-------RESCISION ARTICULO 8º.- LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de los causales que, para la remoción del personal docente, estén establecidas legal, estatutaria o reglamentariamente en LA UNIVERSIDAD. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En éste último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO, con TREINTA (30) días corridos de anticipación.---------------------En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Mendoza, a....................................................................
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2010-RES-430 30/11/2010 (Carga: 23/11/2011) |
MENDOZA, 30 NOV 2010
VISTO: Que Dirección de Despacho informa que se ha producido un error al protocolizar la Resolución dictada por Decanato relacionada con el Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos;
CONSIDERANDO: Que el citado error, motivado en las múltiples actividades que se desempeñan en dicha Dirección consistió en asignar a dicha disposición el nº 229 cuando en realidad le correspondía el nº 429. La necesidad de enmendar dicho error. Lo informado por la Dirección General Administrativa.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar la Resolución dictada oportunamente referida al Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos en lo que se refiere a la numeración, según el siguiente detalle:
DONDE DICE: “Resol. Nº 229”…
DEBE DECIR: “Resol. Nº 429”…
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 430
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2010-RES-430 30/11/2010 (Carga: 16/11/2011) |
MENDOZA, 30 NOV 2010
VISTO: Que Dirección de Despacho informa que se ha producido un error al protocolizar la Resolución dictada por Decanato relacionada con el Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos;
CONSIDERANDO: Que el citado error, motivado en las múltiples actividades que se desempeñan en dicha Dirección consistió en asignar a dicha disposición el nº 229 cuando en realidad le correspondía el nº 429. La necesidad de enmendar dicho error. Lo informado por la Dirección General Administrativa.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar la Resolución dictada oportunamente referida al Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos en lo que se refiere a la numeración, según el siguiente detalle:
DONDE DICE: “Resol. Nº 229”…
DEBE DECIR: “Resol. Nº 429”…
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 430
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2010-RES-429 29/11/2010 (Carga: 23/11/2011) |
MENDOZA, 29 NOV 2010
VISTO: Los resultados de la auditoría externa de calidad realizada el día 20 de octubre del 2010 al laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos.
CONSIDERANDO: Que se han detectado numerosas no conformidades por incumplimiento de los estándares fijados por la norma ISO 9001/2008 y del sistema de calidad de la Facultad de Ingeniería. Que dichas no conformidades se vienen repitiendo desde hace más de dos años, sin que se logren solucionar las causas raíces de los problemas detectados. Que dichas no conformidades constituyen una no conformidad mayor, poniendo en riesgo el mantenimiento de la Certificación del laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas constructivos. Que las postergaciones reiterados de las auditorías internas, a solicitud de los responsables del laboratorio, dificultaron la valoración del estado de avance en el tratamiento de las acciones de mejora. Que se han tomado medidas de suspensión de actividades para otros laboratorios que no cumplían con los requisitos solicitados, y que constituían no conformidades mayores. Que es responsabilidad de la Facultad de Ingeniería, velar por la trazabilidad y la calidad de prestaciones a los interesados internos y externos. Que es preciso resguardar la información histórica de los registros del Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos, así como los del sistema de calidad, según lo establecen los procedimientos generales de control de documentos y de control de registros. Que la falta de cumplimiento de los estándares, impide asegurar la calidad de los resultados emitidos por el laboratorio. Que dada la fecha de verificación del levantamiento de no conformidades fijada por la auditoría externa, para el 18/01/2011, se hace improbable cumplir con el plazo establecido en las condiciones de funcionamiento actuales. Que el personal a cargo del laboratorio ha tenido tiempo suficiente para salvar las no conformidades, habiendo sido capacitado en reiteradas oportunidades y guiado por el equipo de trabajo de la Facultad. Que pese a ello y a que se incorporó un pasante previo a la auditoría de recertificación, no se logró mejorar la situación existente. Que es intención de Decanato poner a disposición del laboratorio, todos los recursos necesarios para alcanzar los objetivos de calidad definidos.
2010 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCIÓN DE MAYO”
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dar continuidad a las actividades del Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos supeditado a que el área de Calidad de la Facultad certifique el levantamiento de todos los hallazgos abiertos hasta la fecha por las auditorías internas y externas.
ARTICULO 2º.- Establecer el día 13 de diciembre de 2010 como fecha límite de levantamiento de los hallazgos abiertos por las auditorías internas y externas.
ARTICULO 3º.- Disponer la reorganización del Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos, conforme a los puntos siguientes. a) Establecer que el responsable del laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos, Ing. Héctor Raúl ZARADNIK, continúe desempeñando sus funciones interinamente, hasta la transferencia del laboratorio al ITIEM. b) Disponer el cambio de funciones del Sr Héctor Luis HIDALGO de las tareas en el Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos hasta ahora asignadas, estableciendo como nuevas funciones administrativas, las siguientes, 1. Recopilación, clasificación y ordenamiento de la documentación originaria del ITIEM. 2. Archivo y mantenimiento de normas de ensayo e instructivos existentes de ITIEM. c) Disponer que a partir de la fecha, se haga cargo del sistema de calidad del laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos, el Sr. Marcelo Alejandro DEL PÓPOLO, con las siguientes funciones: 1. Poner al día el sistema, documentación y registros del laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos, con el objeto de cumplimentar los requisitos solicitados por las Auditorías externa e interna, con el apoyo del área calidad. 2. Dar continuidad al sistema de calidad, realizando las mejoras necesarias. d) El Sr Héctor Hidalgo deberá proveer toda la documentación existente y archivos de los ensayos y del sistema de calidad, tanto en soporte papel como electrónico al Sr Marcelo Alejandro DEL PÓPOLO.
ARTICULO 4º.- Disponer la realización de una copia de seguridad de los archivos del sistema de calidad y de los registros de ensayos que se encuentran en la PC que opera el Sr Héctor Hidalgo, a realizarse por el área de Informática de la Facultad, en presencia de personal de sector de calidad, labrando un acta como constancia.
ARTICULO 5º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 429
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2010-RES-429 29/11/2010 (Carga: 16/11/2011) |
MENDOZA, 29 NOV 2010
VISTO: Los resultados de la auditoría externa de calidad realizada el día 20 de octubre del 2010 al laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos.
CONSIDERANDO: Que se han detectado numerosas no conformidades por incumplimiento de los estándares fijados por la norma ISO 9001/2008 y del sistema de calidad de la Facultad de Ingeniería. Que dichas no conformidades se vienen repitiendo desde hace más de dos años, sin que se logren solucionar las causas raíces de los problemas detectados. Que dichas no conformidades constituyen una no conformidad mayor, poniendo en riesgo el mantenimiento de la Certificación del laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas constructivos. Que las postergaciones reiterados de las auditorías internas, a solicitud de los responsables del laboratorio, dificultaron la valoración del estado de avance en el tratamiento de las acciones de mejora. Que se han tomado medidas de suspensión de actividades para otros laboratorios que no cumplían con los requisitos solicitados, y que constituían no conformidades mayores. Que es responsabilidad de la Facultad de Ingeniería, velar por la trazabilidad y la calidad de prestaciones a los interesados internos y externos. Que es preciso resguardar la información histórica de los registros del Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos, así como los del sistema de calidad, según lo establecen los procedimientos generales de control de documentos y de control de registros. Que la falta de cumplimiento de los estándares, impide asegurar la calidad de los resultados emitidos por el laboratorio. Que dada la fecha de verificación del levantamiento de no conformidades fijada por la auditoría externa, para el 18/01/2011, se hace improbable cumplir con el plazo establecido en las condiciones de funcionamiento actuales. Que el personal a cargo del laboratorio ha tenido tiempo suficiente para salvar las no conformidades, habiendo sido capacitado en reiteradas oportunidades y guiado por el equipo de trabajo de la Facultad. Que pese a ello y a que se incorporó un pasante previo a la auditoría de recertificación, no se logró mejorar la situación existente. Que es intención de Decanato poner a disposición del laboratorio, todos los recursos necesarios para alcanzar los objetivos de calidad definidos.
2010 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCIÓN DE MAYO”
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dar continuidad a las actividades del Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos supeditado a que el área de Calidad de la Facultad certifique el levantamiento de todos los hallazgos abiertos hasta la fecha por las auditorías internas y externas.
ARTICULO 2º.- Establecer el día 13 de diciembre de 2010 como fecha límite de levantamiento de los hallazgos abiertos por las auditorías internas y externas.
ARTICULO 3º.- Disponer la reorganización del Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos, conforme a los puntos siguientes. a) Establecer que el responsable del laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos, Ing. Héctor Raúl ZARADNIK, continúe desempeñando sus funciones interinamente, hasta la transferencia del laboratorio al ITIEM. b) Disponer el cambio de funciones del Sr Héctor Luis HIDALGO de las tareas en el Laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos hasta ahora asignadas, estableciendo como nuevas funciones administrativas, las siguientes, 1. Recopilación, clasificación y ordenamiento de la documentación originaria del ITIEM. 2. Archivo y mantenimiento de normas de ensayo e instructivos existentes de ITIEM. c) Disponer que a partir de la fecha, se haga cargo del sistema de calidad del laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos, el Sr. Marcelo Alejandro DEL PÓPOLO, con las siguientes funciones: 1. Poner al día el sistema, documentación y registros del laboratorio de Hormigones, Mampostería y Sistemas Constructivos, con el objeto de cumplimentar los requisitos solicitados por las Auditorías externa e interna, con el apoyo del área calidad. 2. Dar continuidad al sistema de calidad, realizando las mejoras necesarias. d) El Sr Héctor Hidalgo deberá proveer toda la documentación existente y archivos de los ensayos y del sistema de calidad, tanto en soporte papel como electrónico al Sr Marcelo Alejandro DEL PÓPOLO.
ARTICULO 4º.- Disponer la realización de una copia de seguridad de los archivos del sistema de calidad y de los registros de ensayos que se encuentran en la PC que opera el Sr Héctor Hidalgo, a realizarse por el área de Informática de la Facultad, en presencia de personal de sector de calidad, labrando un acta como constancia.
ARTICULO 5º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 429
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2010-RES-428 25/11/2010 (Carga: 23/11/2011) |
“2010 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUAICÓN DE MAYO”
MENDOZA, 25 NOV 2010
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 10613/2010, en las que el egresado Adolfo RAED solicita se le entregue el Duplicado del Diploma de “Ingeniero Industrial”;
CONSIDERANDO: Las razones expuestas. Que por Resolución Nº 27/2004-FI se le expidió el Diploma Original a dicho egresado. Lo informado por Dirección Alumnos. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 19/2010-CS.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la entrega del Duplicado del Diploma de “Ingeniero Industrial” al señor Adolfo RAED (DNI: 25.666.811).
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 428
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2010-RES-428 25/11/2010 (Carga: 17/11/2011) |
“2010 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUAICÓN DE MAYO”
MENDOZA, 25 NOV 2010
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 10613/2010, en las que el egresado Adolfo RAED solicita se le entregue el Duplicado del Diploma de “Ingeniero Industrial”;
CONSIDERANDO: Las razones expuestas. Que por Resolución Nº 27/2004-FI se le expidió el Diploma Original a dicho egresado. Lo informado por Dirección Alumnos. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 19/2010-CS.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la entrega del Duplicado del Diploma de “Ingeniero Industrial” al señor Adolfo RAED (DNI: 25.666.811).
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 428
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||