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16468 Normativas
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CD-2012-RES-172
4/07/2012
(Carga: 17/08/2012)
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MENDOZA, 04 JUL 2012
VISTO: El contenido de la NOTA-FIN: 13211/2012, en la que el Dr. Raymundo Quilez FORRADELLAS eleva la nómina de profesionales seleccionados para cursar la carrera de posgrado “Maestría en Logística”;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de la Resolución Nº 69/2008-CD. Lo informado por el Comité Académico de la citada carrera, Dirección de Posgrado y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 19 de junio del año 2012.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a Dirección Alumnos de esta Casa, a inscribir a los profesionales que se indican a continuación, como alumnos de la Carrera de Posgrado “Maestría en Logística”, de acuerdo al Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 01/98-CS, correspondientes a la cohorte 2011:
AÑO 2011 . BERTI, Sebastián DNI: 27.369.906 . CALCAGNO, Pablo Iván DNI: 32.315.709 . DE LA CRUZ, Ana Cristina DNI: 27.325.149 . GUERRA, Nicolás Alberto DNI: 26.119.114 . GUIÑAZU, Marcelo DNI: 21.378.615 . GROSS, Laura Sol DNI: 32.315.850 . MATAMOROS REYES, Juan Sebastián Cedula de Ciudadanía: 1.019.003.624 . PIGNATO, María Fernanda DNI: 28.564.416 . SEROT, Vincent Pasaporte: 07CE87545 . SORIA, Patricia Fernanda DNI: 30.242.392 . TOBARES, Emiliano Daniel DNI: 32.019.567 . VARELA, Sebastián Maximiliano DNI: 26.744.176
ARTÍCULO 2º.- Otorgar a los profesionales detallados en el artículo 1º de la presente Resolución un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumplan con la presentación, en Dirección Alumnos de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 172
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CD-2012-RES-171
4/07/2012
(Carga: 17/08/2012)
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MENDOZA, 04 JUL 2012
VISTO: El contenido de la NOTA – FIN: 11764/2012, en la que el Ing. Luis María MAGISTOCCHI, eleva la nómina de profesionales seleccionados para cursar la carrera de Posgrado “Especialista en Ingeniería Ambiental”;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de la Resolución Nº 69/2008-CD. Lo informado por el Comité Académico de la carrera de referencia, Dirección de Posgrado y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 19 de junio del año 2012.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar, a Dirección Alumnos de esta Casa, a inscribir como alumnos de la carrera de Posgrado “Especialista en Ingeniería Ambiental” a los siguientes profesionales, de acuerdo al Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 14/2002-CS:
AÑO 2012 . OBREDOR, Héctor Martín DNI: 27.568.756 . PACHECO, Eliana Verónica DNI: 26.444.273 . TORRE, Ignacio DNI: 8.582.313
ARTÍCULO 2º.- Otorgar a los profesionales detallados en el artículo 1º de la presente Resolución un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumplan con la presentación, en Dirección Alumnos de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 171
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CD-2012-RES-170
4/07/2012
(Carga: 17/08/2012)
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MENDOZA, 04 JUL 2012
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 15799/2011 en las que, a fs. 154 la Dirección de Asuntos Estudiantiles solicita se reconsidere la situación de alumnos que se encuentran con Rendimiento Académico Negativo;
CONSIDERANDO: Que la mencionada solicitud se fundamenta en el hecho de que los alumnos María Juliana PERIN e Iván ARBET deben rendir un examen global para perder la situación de “Alumnos Pasivos”, según lo establecido en la Ordenanza Nº 24/2007CS. Que ambos alumnos tienen a la fecha un avance significativo de la carrera; la alumna PERIN debe aprobar “Práctica Profesional Supervisada” y el señor ARBET debe aprobar CINCO (5) asignaturas para completar el Plan de Estudios correspondiente. Lo informado por Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 19 de junio del año 1012.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a los siguientes estudiantes, para que rindan un Examen Global, en el presente año académico, para ser readmitidos como “Alumnos Activos” de esta Facultad, según lo establecido en la Ordenanza Nº 24/2007-CS:
. PERIN, María Julia (Legajo 6269) debe rendir, como Examen Global, la asignatura “Práctica Profesional Supervisada”. . ARBET, Iván (Legajo 6141) debe rendir, como Examen Global, la asignatura “Electrotecnia” .
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 170
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CD-2012-RES-169
4/07/2012
(Carga: 26/07/2012)
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MENDOZA, 04 JUL 2012
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 8907/2012, en las que se considera la situación de revista del Ing. José Edgardo LORENZO;
CONSIDERANDO: Que el Consejo Directivo, en sesión del día 22 de mayo del año 2012 aprobó otorgar el Sistema de Asignación de Adicional por carácter Crítico de la Función al mencionado profesional, en relación con las actividades académicas que realiza en las asignaturas “Perforación I” y “Perforación II” con el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos –Dedicación Simple - Interino. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 01/2003-CS. Lo informado por Dirección General Económico Financiera, Dirección General de la carrera de Ingeniería de Petróleos y Secretaría Académica. Lo aprobado por este Cuerpo en sesión del día 05 de junio de 2012.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar, desde el 01 de junio hasta el 31 de diciembre del año 2012, el Sistema de Asignación de Adicional por carácter Crítico de la Función, al profesional que a continuación se indica:
. LORENZO, José Edgardo Legajo 22.482 Jefe de Trabajos Prácticos -Dedicación SimpleAdicional por Carácter Crítico de la Función CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo básico de la categoría de revista
ARTÍCULO 2º.- El gasto del monto emergente de la aplicación del Sistema de Asignación del citado Adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande la presente Asignación se imputará a la Partida Específica del Personal Permanente del Presupuesto Ordinario vigente de esta Facultad.
ARTÍCULO 4º.- El Consejo Directivo, a solicitud del Decanato dispondrá la baja de la asignación complementaria otorgada, cuando a juicio de dichas Autoridades se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º.- Solicitar al señor Rector la ratificación de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 169
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CD-2012-RES-168
4/07/2012
(Carga: 26/07/2012)
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MENDOZA, 04 JUL 2012
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 7604/2012, en las que Secretaría Académica propone al Consejo Directivo el otorgamiento del Sistema de Asignación de Adicional por Carácter Crítico de la Función al Ing. Daniel César VIDELA;
CONSIDERANDO: Que la mencionada propuesta se fundamenta en el hecho de que el Ing. VIDELA, ha realizado actividades académicas en la asignatura “Geometría Analítica”. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 01/2003-CS. Lo informado por la Profesora Titular de la asignatura “Geometría Analítica” y Dirección General Económico Financiera. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 19 de junio del año 2012.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar, desde el 01 de junio hasta el 31 de diciembre del año 2012, el Sistema de Asignación de Adicional por carácter Crítico de la Función, al profesional que a continuación se indica:
. VIDELA, Daniel César Legajo 25.050 Jefe de Trabajos Prácticos -Dedicación SemiexclusivaAdicional por Carácter Crítico de la Función VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del sueldo básico de la categoría de revista
ARTÍCULO 2º.- El gasto del monto emergente de la aplicación del Sistema de Asignación del citado Adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande la presente Asignación se imputará a la Partida Específica del Personal Permanente del Presupuesto Ordinario vigente de esta Facultad.
ARTÍCULO 4º.- El Consejo Directivo, a solicitud del Decanato dispondrá la baja de la asignación complementaria otorgada, cuando a juicio de dichas Autoridades se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º.- Solicitar al señor Rector la ratificación de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 168
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CD-2012-RES-167
4/07/2012
(Carga: 26/07/2012)
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MENDOZA, 04 JUL 2012
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 8895/2012, en las que la Dirección General de la carrera de Ingeniería Civil propone al Consejo Directivo el otorgamiento del Sistema de Asignación de Adicional por Carácter Crítico de la Función a personal docente, que se desempeña en esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que la citada propuesta se fundamenta en la necesidad de contar con docentes para desarrollar actividades, en asignaturas del segundo semestre del presente año. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 01/2003-CS. Lo informado por Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 19 de junio del año 2012.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar, desde el 01 de agosto hasta el 31 de diciembre del año 2012, el Sistema de Asignación de Adicional por carácter Crítico de la Función, a los profesionales que a continuación se indica:
. GIUNTA, José Antonio Legajo 22.353 Profesor Titular –Dedicación SemiexclusivaAdicional por Carácter Crítico de la Función $ 1.500.- mensuales
. LOPEZ, Miriam Cecilia Legajo 21.187 Profesor Adjunto -Dedicación SimpleAdicional por Carácter Crítico de la Función $ 800.- mensuales
ARTÍCULO 2º.- El gasto del monto emergente de la aplicación del Sistema de Asignación del citado Adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demanden las presentes Asignaciones se imputará a la Partida Específica del Personal Permanente del Presupuesto Ordinario vigente de esta Facultad.
ARTÍCULO 4º.- El Consejo Directivo, a solicitud del Decanato dispondrá la baja de la asignación complementaria otorgada, cuando a juicio de dichas Autoridades se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º.- Solicitar al señor Rector la ratificación de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 167
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CD-2012-RES-166
4/07/2012
(Carga: 26/07/2012)
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MENDOZA, 04 JUL 2012
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – FIN: 6611/2012, en las que la Dirección General de la carrera de Ingeniería de Petróleos propone al Consejo Directivo el otorgamiento del Sistema de Asignación de Adicional por Carácter Crítico de la Función al Ing. José Eduardo LOPEZ SACCHETTI;
CONSIDERANDO: Que la mencionada propuesta se fundamenta en el hecho de que el citado profesional coordinará el “Programa Integral de Salidas de Campo” para asignaturas de la carrera de Ingeniería de Petróleos, establecido por la CONEAU. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 01/2003-CS. Lo informado por la Dirección General Económico Financiera y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 19 de junio del año 2012.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar, desde el 01 de junio hasta el 31 de diciembre del año 2012, el Sistema de Asignación de Adicional por carácter Crítico de la Función, al profesional que a continuación se indica:
. LOPEZ SACCHETTI, José Eduardo Legajo 13.390 Coordinador Área de Gestión – Categoría A Tiempo Parcial Adicional por Carácter Crítico de la Función CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo básico de la categoría de revista
ARTÍCULO 2º.- El gasto del monto emergente de la aplicación del Sistema de Asignación del citado Adicional reviste carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande la presente Asignación se imputará a la Partida Específica del Personal Permanente del Presupuesto Ordinario vigente de esta Facultad.
ARTÍCULO 4º.- El Consejo Directivo, a solicitud del Decanato dispondrá la baja de la asignación complementaria otorgada, cuando a juicio de dichas Autoridades se determine que han dejado de cumplirse las condiciones requeridas para su concesión.
ARTÍCULO 5º.- Solicitar al señor Rector la ratificación de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 166
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