Digesto
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16117 Normativas
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FI-2024-RES-457 1/07/2024 (Carga: 23/07/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 01 JUL 2024
VISTO: El Expediente: 15401/2024, donde obra el pedido de reconocimiento de antigüedad docente, formulado por la Arq. María Florencia OÑA LA MICELA, dependiente de la Facultad de Ingeniería;
CONSIDERANDO: Que lo solicitado encuadra en lo dispuesto por el Artículo 36º del Decreto Nacional Nº 1246/15 (CCT) y Ordenanza Nº 45/97CS. Lo establecido en el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 32/16R, modificado por la Ordenanza Nº 04/2022R. Lo informado por la Dirección de Personal y Dirección General Administrativa.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Reconocer a la Docente María Florencia OÑA LA MICELA (C.U.I.L. Nº 27287741745 – Legajo 36.041), personal de la Facultad de Ingeniería, una antigüedad docente de OCHO (8) años al 31/05/2024, en el marco de lo establecido en el Artículo 36º del Decreto Nacional Nº 1246/15 (CCT) y Ordenanza Nº 45/97CS.
ARTÍCULO 2º. De acuerdo al marco jurídico mencionado en el artículo anterior, corresponde que el adicional o bonificación por antigüedad, según el cómputo detallado en el ANEXO ÚNICO y que forma parte de la presente Resolución, rija a partir de los haberes del mes de JULIO (07) del año 2024.
ARTÍCULO 3º. Corresponde otorgar a la licencia anual ordinaria (vacaciones), el cómputo antes detallado, a partir del receso estival que comienza en el mes de ENERO (01) del año 2025.
ARTÍCULO 4º. El presente COMPUTO DE ANTIGÜEDAD SÓLO TIENE EFECTOS JURÍDICOS PARA PAGO DEL ADICIONAL Y VACACIONES, los cuales en ningún caso producen efectos PREVISIONALES.
ARTÍCULO 5º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 457/2024
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
ANEXO –
RESOLUCIÓN FI Nº 457/2024
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2024-RES-456 1/07/2024 (Carga: 23/07/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 01 JUL 2024
VISTO: El pedido de equivalencias externas por “PASE DE OTRA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA”, formulado en Expediente: 13278/2024, por el señor Jeremías Leandro SORIA APPIOLAZA, alumno de la carrera de Ingeniería Electromecánica de la Facultad Regional Mendoza – Universidad Tecnológica Nacional;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de la Ordenanza Nº 61/91CS y Resolución Nº 39/2007CD, que establecen las normas a las que deberán ajustarse las tramitaciones de equivalencias de materias. Lo dispuesto por Resolución N° 011/2011CD, que establece las condiciones de ingreso directo. Lo informado por la Dirección de Asuntos Estudiantiles y Secretaría Académica.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar la inscripción del señor Jeremías Leandro SORIA APPIOLAZA (DNI: 45.359.416) como alumno regular de esta Facultad, en la carrera de Ingeniería Mecatrónica (Plan de Estudios Ordenanza N° 094/2023CS).
ARTÍCULO 2°. Otorgar al señor Jeremías Leandro SORIA APPIOLAZA, equivalencias externas por “PASE DE OTRA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA”, aprobadas en la carrera de Ingeniería Electromecánica de la Facultad Regional Mendoza – Universidad Tecnológica Nacional, con las correspondientes al Plan de Estudios de la carrera de Ingeniería Mecatrónica (Plan de Estudios Ordenanza N° 094/2023CS): AÑO ACADÉMICO: 2024 MATERIAS DE EQUIVALENCIA INTEGRAL Carrera Ingeniería Mecatrónica Carrera de Origen . ANÁLISIS MATEMÁTICO I por . ANÁLISIS MATEMÁTICO I . FÍSICA I por . FÍSICA I . QUÍMICA GENERAL E INORGÁNICA por . QUÍMICA GENERAL . INTRODUCCIÓN A LA INGENIERÍA por . INGENIERÍA Y SOCIEDAD
El alumno deberá solicitar en la Dirección de Alumnos de Grado, el pedido de equivalencias de las asignaturas “SISTEMAS DE REPRESENTACIÓN” y “REPRESENTACIÓN GRÁFICA”, cuando cumpla con el sistema de correlatividades establecido por Resolución N° 406/2023CD.
ARTÍCULO 3º. Encomendar a la Dirección de Alumnos de Grado, notificar al señor SORIA APPIOLAZA, lo dispuesto por el Artículo 2° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 456/2024
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 01/ JUL 2024
VISTO: Las actuaciones que obran en el Expediente: 16029/2024, en las que el Dr. Ing. Ricardo Daniel AMBROSINI, solicita autorización para trasladarse y Licencia con goce de haberes por Asistencia a Reuniones de Carácter Académico;
CONSIDERANDO: Que la mencionada solicitud se fundamenta en el hecho de que el Dr. Ing. AMBROSINI viajará a Milán ITALIA, desde el 30 de junio al 05 de julio de 2024, con el objeto de presentar dos trabajos científicos en WCEE 2024 – 18th World Conference on Earthquake Engineering. Lo establecido por el Artículo 50º Punto 3 – Asistencia a Reuniones de Carácter Académico, del Decreto Nacional Nº 1246/2015. Lo informado por la Dirección General de la carrera de Ingeniería Civil, Dirección de Personal, Secretaría Académica, Secretaría Administrativa Económica Financiera y Dirección General Administrativa.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar al Dr. Ing. Ricardo Daniel AMBROSINI (Legajo 27.451), a trasladarse a Italia, desde el 30 de junio al 05 de julio de 2024, a los efectos de participar de WCEE 2024 – 18th World Conference on Earthquake Engineering, Milán – ITALIA.
ARTÍCULO 2º. Otorgar licencia con goce de haberes, por Asistencia a Reuniones de Carácter Académico, al Dr. Ing. Ricardo Daniel AMBROSINI, desde el 30 de junio al 05 de julio de 2024.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 455/2024
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2024-RES-454 1/07/2024 (Carga: 23/07/2024) |
2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 01 JUL 2024
VISTO: El Expediente: 15059/2024, donde obra el pedido de “Solicitud de Pago de Adicional por Título de Posgrado”, presentado por la Docente María Florencia OÑA LA MICELA;
CONSIDERANDO: Que el artículo 38° del Decreto Nacional Nº 1246/2015 prevé el pago del adicional por título de posgrado para aquellos docentes que poseen el título de Especialista, Magister o Doctor. Que el 2do. párrafo del Artículo 38º del Decreto Nacional Nº 1246/2015, establece que la acumulación de títulos no dará lugar a la acumulación de los porcentajes previstos para este adicional. Que este mismo artículo dispone que el pago del adicional se efectúe a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de las certificaciones respectivas. Que en NOTA: 95294/2024, corre agregado el informe favorable de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado del Rectorado. Que en NOTA: 91335/2024, corre agregado el informe de la Dirección de Personal de la Facultad, mediante el cual se detalla que el presente adicional corresponde que sea otorgado a partir del 01 de julio de 2024, teniendo en cuenta que la presentación del mismo tiene fecha 10 de junio de 2024, y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6° de la Ordenanza Nº 43/2022R., se entenderá como la fecha de presentación de las certificaciones respectivas, a la fecha del inicio del expediente electrónico que diera lugar a la solicitud del pago del “Adicional por Título de Posgrado” (Doctorado, Maestría o Especialización), por parte del peticionante. En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Otorgar a partir del 01 de julio de 2024 el Adicional por Título de Posgrado de Especialista en Desarrollo Sustentable del Hábitat Humano conforme a los términos establecidos por el Artículo 38° del Decreto Nacional Nº 1246/2015, al siguiente Personal DOCENTE UNIVERSITARIO:
1. Datos Personales del Docente Apellidos y Nombres OÑA LA MICELA, María Florencia D.N.I 28.774.174 CUIL o CUIT 27287741745 Legajo N° 36.041
El cargo donde se solicita el presente adicional:
Resol. – FI Nº 454/2024
1 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
CARGO N° 1: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Jefe de Trabajos Prácticos Cargo Dedicación(*) Simple Carácter (**) Interino Nº de Resolución 125/2024CD de designación (*) simple, semiexclusiva o exclusiva (**) (efectivo, interino, reemplazante, suplente o contratado)
3. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*) 1) ÁREA 14 – DESARROLLO URBANO Y DISEÑO ARQUITECTÓNICO SUSTENTABLE 2) “Arquitectura V – Taller de Integración Proyectual” 3) (*) Si no encuadra en ninguna de estas clasificaciones consigne la función que cumple.
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERÍA Subdependencia (*) (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
ARTÍCULO 2°. Los datos del Título de Posgrado corresponde al siguiente detalle: Datos del Título de Posgrado del presente adicional Descripción del Título de ESPECIALISTA EN DESARROLLO SUSTENTABLE DEL educación HÁBITAT HUMANO Entidad otorgante UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL
Fecha de emisión del título 03092015 Número de resolución 1555/2016 Ministerial
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 454/2024
2 de 2 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2024-RES-453 1/07/2024 (Carga: 23/07/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 01 JUL 2024
VISTO: El contenido del Expediente: 15472/2024, en el que Secretaría Académica de esta Facultad solicita la gestión de Suplemento al Título de las actividades curriculares cumplimentadas por el Ing. Luciano Andrés LLAMPA;
CONSIDERANDO: Que el Ing. LLAMPA, egresado de la carrera de Ingeniería de Petróleos de esta Facultad, realizó diversas actividades académicas, para que sean acreditadas como “Suplemento al Título”. Que Secretaría Académica del Rectorado, a través de la Dirección de Egresos, es la dependencia encargada de implementar la certificación del “Suplemento al Título”, en el que se incluirán las actividades de docencia, investigación, extensión y vinculación, de innovación, de investigación, de gestión, artísticas y culturales, formación en lenguas extranjeras e interculturalidad, de acuerdo con la Ordenanza Nº 12/2020CS. Lo dispuesto por Resolución Nº 262/2022CD por la que se resuelve la implementación del Suplemento al Título de las carreras de grado que se imparten en esta Casa de Estudios y se puede reconocer trayectos formativos al graduado. Que la Resolución Nº 263/2022CD define el trayecto formativo “Aspectos modernos de la industria del petróleo” como “Suplemento al Título” correspondiente al Plan de Estudios establecido por la Ordenanza 37/2001CS y 26/2011CS. Lo dispuesto por Ordenanza Nº 75/2016CS. Lo informado por la Dirección General de la carrera de Ingeniería en Petróleo.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar el certificado del “Suplemento al Título”, al Ing. Luciano Andrés LLAMPA (Legajo N° 11083) egresado de la carrera de Ingeniería de Petróleos de esta Facultad, con motivo de haber realizado diversas actividades académicas, llevadas a cabo en esta Universidad, de acuerdo con el siguiente detalle: Comportamiento Organizacional Biotecnología del Petróleo Operaciones OffShore Gestión Ambiental
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 453/2024
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2024-RES-452 1/07/2024 (Carga: 23/07/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 01 JUL 2024
VISTO: El contenido del Expediente: 15471/2024, en el que Secretaría Académica de esta Facultad solicita la gestión de Suplemento al Título de las actividades curriculares cumplimentadas por el Ing. Leonel Martín LAZCANO BLANCO;
CONSIDERANDO: Que el Ing. LAZCANO BLANCO, egresado de la carrera de Ingeniería de Petróleos de esta Facultad, realizó diversas actividades académicas, para que sean acreditadas como “Suplemento al Título”. Que Secretaría Académica del Rectorado, a través de la Dirección de Egresos, es la dependencia encargada de implementar la certificación del “Suplemento al Título”, en el que se incluirán las actividades de docencia, investigación, extensión y vinculación, de innovación, de investigación, de gestión, artísticas y culturales, formación en lenguas extranjeras e interculturalidad, de acuerdo con la Ordenanza Nº 12/2020CS. Lo dispuesto por Resolución Nº 262/2022CD por la que se resuelve la implementación del Suplemento al Título de las carreras de grado que se imparten en esta Casa de Estudios y se puede reconocer trayectos formativos al graduado. Que la Resolución Nº 263/2022CD define el trayecto formativo “Aspectos modernos de la industria del petróleo” como “Suplemento al Título” correspondiente al Plan de Estudios establecido por las Ordenanzas 37/2001CS y 26/2011CS. Lo dispuesto por Ordenanza Nº 75/2016CS. Lo informado por la Dirección General de la carrera de Ingeniería en Petróleo.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar el certificado del “Suplemento al Título”, al Ing. Leonel Martín LAZCANO BLANCO (Legajo N° 11522) egresado de la carrera de Ingeniería de Petróleos de esta Facultad, con motivo de haber realizado diversas actividades académicas, llevadas a cabo en esta Universidad, de acuerdo con el siguiente detalle: Comportamiento Organizacional Técnicas de Operación en Yacimientos Maduros y No Convencionales Operaciones OffShore Gestión Ambiental
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 452/2024
1 de 1 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2024-RES-153 1/07/2024 (Carga: 4/07/2024) |
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 01 JUL 2024
VISTO: Las actuaciones que obran en expediente: 40626/2023, en las que Dirección General de la carrera de Ingeniería Civil solicita se convoque a concurso para cubrir, con carácter de Interino UN (1) cargo de Profesor Adjunto Dedicación Simple – para el Área 11: CONSTRUCCIONES con “Equipos y Técnicas Constructivas”, como temática de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: El Reglamento de Concursos para cubrir cargos docentes con carácter interino, en las categorías de Profesor Titular, Asociado y Adjunto, dispuesto por Ordenanza Nº 03/1986CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD. Que a los efectos de la organización de desagregado de los antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, regirá el ordenamiento de los ítems propuestos en la grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes de la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Que, a los efectos, se debe considerar los criterios para la evaluación de la calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del plan de actividades que rige en la Ordenanza Nº 23/2010CS – Anexo II. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD, por la que se autoriza la realización de concursos para cubrir cargos docentes de carácter ordinario, tramitados e implementados en la modalidad a distancia, regidos por la normativa vigente al momento de realizar la convocatoria que corresponda a la categoría del cargo concursado. Lo dispuesto por Resolución Nº 66/2021CD sobre la autorización, con carácter excepcional, para la presentación de la certificación de las probanzas por autoridad competente con posterioridad a su inscripción en el concurso docente. Las disposiciones de la Ordenanza N° 26/2020CS sobre la constitución de domicilio especial de notificación electrónica. Que la convocatoria se realiza para un área y espacio curricular de una carrera cuyo título se encuentra en la nómina de los incorporados en el Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Que se ha solicitado incluir en las funciones del docente a designar, su participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para lo cual se solicita al Cuerpo autorizar la inclusión explícita de estos aspectos en el Coloquio previsto con conocimiento a la Comisión Asesora y sin necesidad de modificar la norma. Lo informado por Dirección General Económico Financiera y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 14 de diciembre del año 2023.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Llamar a concurso en el marco de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 03/86CD y su modificatoria Ordenanza Nº 01/1988CD, para cubrir con carácter de interino UN (1) cargo de Profesor Adjunto Dedicación Simple – para el Área 11: CONSTRUCCIONES con “Equipos y Técnicas Constructivas”, como temática de referencia, a los efectos del concurso.
ARTÍCULO 2º. Autorizar que el concurso convocado en el artículo precedente, se tramite e implemente en la modalidad a distancia, conforme las disposiciones de la Ordenanza N° 01/2021CD y su modificatoria 02/2022CD y la Resolución N° 66/2021CD. Las Clases Públicas y Coloquios se implementarán en modalidad presencial.
Resol. – CD N° 153/2024 1 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes requisitos de formación y antecedentes exigidos, funciones a desarrollar, contenidos mínimos y objetivos para el espacio curricular, según los Planes de Estudios vigentes aprobados por las Ordenanzas Nros. 03/2003CS y 095/2023CS de la carrera de Ingeniería Civil; y considerandos de la presente Resolución, para el cargo que se convoca a concurso en el Artículo 1º de la misma: Requisitos de formación y antecedentes exigidos: Título de Grado: Ingeniero/a Civil. Experiencia docente universitaria mínima de cinco (5) años con competencias pedagógicas y disciplinares en la temática de referencia. Experiencia profesional mínima de cinco (5) años en organizaciones públicas y/o privadas, en la disciplina de la temática de referencia. Requisitos no excluyentes: Experiencia en proyectos edilicios, edificaciones en altura, trabajo de excavaciones y submuraciones y otros componentes vinculados. Experiencia en proyectos y obras de ingeniería civil vinculados a vías de comunicación, canales, acueductos, redes sanitarias y de saneamiento. Experiencia en movimiento de suelos, excavaciones y terraplenes. Experiencia en la utilización de sistemas industrializados, sistemas modulares, construcciones en seco, sistemas de encofrados, premoldeados y pretensados. Experiencia en investigación, publicaciones, extensión y vinculación, en el campo de aplicación de la temática de referencia. Manejo de herramientas informáticas de aplicación específica en la temática motivo del concurso. Formación y experiencia en enfoques curricular y pedagógico basados en competencias. Formación de aprendizajes centrado en el estudiante. Objetivos/ Expectativas de logro y contenidos mínimos:
CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL – Planes de Estudios vigentes aprobados por Ordenanza N° 03/2003CS y Ordenanza N° 095/2023CS “EQUIPOS Y TÉCNICAS CONSTRUCTIVAS” Objetivos (en el Plan de Estudios): Conocer los conceptos básicos sobre equipos y técnicas a emplear en grandes obras de ingeniería civil y del impacto ambiental de las obras civiles. Demostrar habilidad para organizar el obrador, seleccionar métodos y equipos. Interpretar especificaciones y manuales y estimar costos de operación en casos sencillos. Reconocer la importancia de las técnicas constructivas y los equipos en las obras de ingeniería civil. Contenidos Mínimos (en el Plan de Estudios): Prospección de suelos y de rocas. Equipos y técnicas en la construcción de obras civiles de hormigón, acero, albañilería. Movimiento de suelo y de rocas: equipos y costos. Perforaciones en suelos y en roca. Túneles: perforación y refuerzo. Explosivos y voladuras. Obras hidráulicas fluviales y marítimas: técnicas especiales. Higiene y seguridad. Aspectos ambientales. Funciones a desarrollar La asignación de funciones, inclusive en contra semestre de las temáticas de referencia, y la evaluación de desempeño se hará conforme a la Dedicación en el cargo.
Funciones docentes en la temática de referencia, asignatura: " Equipos y Técnicas Constructivas". Resol. – CD N° 153/2024
2 de 5 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
2024 30° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
Funciones docentes por extensión en asignaturas del ÁREA 11: CONSTRUCCIONES considerando los cambios y adecuaciones requeridos por la implementación del nuevo Plan de Estudios de la carrera. Participación activa y comprometida en el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional, y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43 de la Ley 24.521 (LES).
Condiciones particulares por el rediseño curricular en proceso Teniendo en cuenta que los Planes de estudios de las Carreras de Ingeniería y Licenciatura en Ciencias de la Computación, se derogan progresivamente por la implementación de los nuevos Planes de Estudios, el postulante que sea seleccionado deberá desempeñarse considerando el periodo de transición previsto para el nuevo Plan de Estudios de la carrera que corresponda, considerando cambios en las denominaciones de las asignaturas, sus programas, carga horaria y ubicación en el Plan de Estudios. Por lo precedente, las funciones del docente deberán ajustarse, tanto al Plan de Estudios que se deroga progresivamente como al nuevo Plan de Estudios.
ARTÍCULO 4º. Integrar la Comisión Asesora que entenderá en el concurso de referencia, sobre títulos, requisitos de formación y antecedentes exigidos a los postulantes y aplicación del reglamento de concursos, de la siguiente manera: TITULARES: . MORENO, Jorge Luis (Presidente) . CANTÚ, Alejandro Domingo . SANCHIS, Jorge Horacio
SUPLENTES: . CRISAFULLI, Francisco Javier . GARBUIO, Oscar Martín
ARTÍCULO 5º. Fijar como plazo de inscripción el período comprendido entre la hora 08:00 del lunes 12 y la hora 12:00 lunes 19 de agosto de 2024.
ARTÍCULO 6°. Determinar que la inscripción se realice de acuerdo al siguiente procedimiento que incluye dos etapas: I) Registrar inscripción mediante formulario electrónico; II) Presentar la documentación (incluido el comprobante de registro de inscripción), según el siguiente detalle:
ETAPA I del proceso de inscripción a) Formulario electrónico para el registro de inscripción La solicitud de inscripción se registrará mediante formulario electrónico dispuesto a tal fin, durante el período de inscripción, en la página de Concursos Docentes del sitio web de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante formulario electrónico. ETAPA II del proceso de inscripción En la segunda etapa del proceso de inscripción se debe realizar la presentación de la documentación, a saber:
a) Comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin (en la ETAPA I del proceso de inscripción).
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b) Currículum vitae con carácter de declaración jurada, y antecedentes con probanzas certificadas, de corresponder, podrá realizarse conforme lo dispuesto por Resolución N° 066/2021CD. c) Plan de actividades enseñanzaaprendizaje.
La documentación (currículum vitae, antecedentes, probanzas, comprobante de envío de la solicitud de inscripción registrada en el formulario electrónico dispuesto a tal fin y plan de actividades de enseñanzaaprendizaje), se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable») y tendrá carácter de declaración jurada. La presentación se hará enviando la documentación desde la cuenta de correo electrónico que constituirá el domicilio especial de notificación electrónica, durante el período de inscripción, a la cuenta de correo electrónico administrada por el Departamento de Concursos y Evaluaciones Docentes: concurso.docente+406262023@ingenieria.uncuyo.edu.ar En ningún caso se aceptará la incorporación de documentación fuera del período de inscripción.
b) Currículum vitae y antecedentes Para el análisis de los antecedentes por parte de la Comisión Asesora, los aspirantes organizarán el desagregado de sus antecedentes en el texto del currículum vitae, con carácter de declaración jurada, de acuerdo con el ordenamiento de los ítems propuestos en la Grilla para la descripción y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que obra en el Anexo II de la Ordenanza N° 023/2010CS.
c) Plan de actividades de enseñanzaaprendizaje Todo aspirante que se presente, deberá acompañar el Plan de actividades que en líneas generales propone desarrollar en caso de obtener el cargo concursado, que incluirá el desarrollo de una UNIDAD TEMÁTICA del Programa vigente del espacio curricular, motivo del concurso convocado, y deberá incluir: Fundamentación. En la que no podrá faltar el encuadre de la propuesta en relación con el perfil del egresado y la ubicación del espacio curricular en el Plan de Estudios. Objetivos. Deben ser elaborados en función de las expectativas de logro a desarrollar por los alumnos. Desagregado de contenidos. Consistentes con los contenidos mínimos propuestos en el Plan de Estudios y Programa vigente del espacio curricular. Metodología de desarrollo de los procesos de enseñanza–aprendizaje y de evaluación. Bibliografía general y selección de lecturas obligatorias. La calidad, consistencia y pertinencia de la propuesta del Plan de actividades será evaluada según los criterios desagregados en el Grilla para la descripción, el análisis y la ponderación de los antecedentes y actuación de los concursantes que forman parte del Anexo II de la Ordenanza N° 023/2010CS.
ARTÍCULO 7°. Disponer que el concurso incluya un Coloquio que consistirá en una entrevista de los miembros de la Comisión Asesora con los aspirantes, con el objeto de valorar el dominio de la dimensión disciplinar y pedagógica del espacio curricular al que postulan. La Comisión Asesora tendrá en cuenta aspectos tales como: Importancia relativa y la ubicación de su área en la currícula de la carrera. Visión de conjunto del estado actual del campo del conocimiento del espacio curricular concursado, conocimiento de los principales hitos en la construcción del conocimiento, dominio de los modos particulares de producción del conocimiento en el área disciplinar. Reconocimiento político y social de su campo disciplinar, profesional y docente.
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Grado de compromiso en el desarrollo del equipo docente del espacio curricular con la docencia, la innovación pedagógica, la producción del conocimiento y el crecimiento sociocultural. Importancia y compromiso que se asume en relación con el cumplimiento de requerimientos institucionales vinculados con los procesos periódicos de evaluación institucional y autoevaluación y acreditación de la carrera ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en el marco del Artículo 43º de la Ley 24.521 (LES). Cualquier otra información que a juicio de los miembros de la Comisión Asesora sea conveniente requerir.
ARTÍCULO 8º. Disponer que, a los efectos del presente llamado a concurso, el postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica a la única cuenta de correo electrónico que utilice para enviar la documentación requerida, en el Artículo N°6.
ARTÍCULO 9º. Disponer que la publicidad del llamado a concurso se realice teniendo en cuenta lo estipulado en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 03/1986CD. De modo particular, disponer el instructivo general para la presentación en el sitio web de la Facultad de Ingeniería, en la página dispuesta para la publicación de los concursos docentes, con visibilidad en la página de llamados a concursos del portal de la Universidad Transparente de la UNCuyo.
ARTÍCULO 10º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
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