Digesto
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17006 Normativas
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CD-2017-RES-358 5/12/2017 (Carga: 28/06/2019) |
2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
MENDOZA, 05 DIC 2017
VISTO: El EXPCUY N° 3917/2017, donde la Secretaría Administrativa Financiera presenta una propuesta de Régimen de Gestión Patrimonial, elaborado conjuntamente con la Dirección General Económica Financiera y el Departamento de Bienes Patrimoniales.
CONSIDERANDO: Que resulta necesario dar a conocer los alcances e importancia de la responsabilidad patrimonial, como así también la implementación de los procedimientos que permitan la custodia y administración que se ejerce sobre los bienes patrimoniales de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, conforme las disposiciones legales vigentes en la materia. Que es imprescindible para cumplir con dicho objetivo, adoptar un sistema que permita la individualización y ubicación física de los bienes, como así también la definición del responsable de la custodia de los bienes patrimoniales de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo. Que el procedimiento debe permitir registrar el ingreso, las transferencias por razones justificadas y las bajas de dichos bienes. Que a tal efecto es menester realizar un control a fin de mantener actualizado el inventario. Que existe la necesidad de realizar una revisión de los procedimientos, encuadrándolos en el marco del Sistema de Registración de Bienes Patrimoniales actualmente implementado en la Universidad Nacional de Cuyo: SIU DIAGUITAS. Que es prioritario disponer de una herramienta que permita contar con información oportuna y confiable, con la adopción de medidas tendientes a optimizar el control que se ejerce sobre los bienes patrimoniales de la Unidad Académica. Que resulta conveniente determinar las responsabilidades y obligaciones de los agentes con bienes a cargo, así como las instancias en que deben cumplir con dichas obligaciones, especificando claramente el rol del Departamento de Bienes Patrimoniales en cada uno de los procesos. Que el presente régimen tendrá una implementación gradual, logrando su plena vigencia, una vez que se termine con la etapa de transición, que implica haber concluido con el Inventario físico Inicial y la respectiva conciliación del mismo por responsable patrimonial. Que la propuesta se encuentra enmarcada dentro del Proyecto 01.01: Fortalecimiento de la Capacidad de Gestión Administrativa y Servicios de Apoyo, dentro del Programa 01: Fortalecimiento Institucional, que forma parte del Plan de Desarrollo Institucional que se está gestando en nuestra Casa de Estudios, aprobado por Resolución 116/2016CD. Que en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 24.156 (Ley de Administración Financiera y Control del Sector Público Nacional), se debe avanzar a un Sistema de Responsabilidad Patrimonial. Lo dispuesto por el Decreto/Ley 23.354/1956 (Ley de Contabilidad Nacional) y sus modificatorias. Lo dispuesto por la LEY Nº 25.188 (Ley de ética de la función pública) y el Decreto 366/2006 (Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal no Docente de las Universidades Nacionales), la Ley N° 25.164 (LEY MARCO DE REGULACION DE EMPLEO PUBLICO NACIONAL).
Resol. – CD Nº 358 / 17
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La Ordenanza N° 83/2015CS vinculada al procedimiento de bajas patrimoniales. Lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 14 de noviembre de 2017. En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTICULO 1º. Establecer un “Régimen de Gestión Patrimonial” en el ámbito de la Facultad de Ingeniería, que regule la administración, custodia y disposición de los bienes susceptible de inventariar, según lo detallado en el Anexo I, que forma la presente Resolución.
ARTICULO 2º: Dejar sin efecto el contenido de la Resolución Nº 155/1998FI.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 358 / 17
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ANEXO I REGIMEN DE GESTIÓN PATRIMONIAL
CAPITULO I: De las definiciones marco
1) Responsable Patrimonial: Se considerará Responsable Patrimonial a aquellas personas que por su cargo o función son responsables primarios del bien; constituyendo la primer opción a partir de la incorporación del mismo. En consecuencia, será responsable de primer grado de todos los bienes que estén en su ámbito, debiendo observar las disposiciones de éste procedimiento.
2) Responsable de Uso: Se considera Responsable de Uso a aquellas personas que hacen uso directo de la cosa. Por lo tanto son responsable de segundo grado, ante el responsable patrimonial y ante las autoridades. Esta figura es una posibilidad que tiene el Responsable Patrimonial para delegar el control de los bienes, cuando la modalidad de uso lo requiera.
3) Bien Inventariable: Se considerará un Bien Inventariable a aquellos bienes tangibles o Intangibles que por su naturaleza no se consumen con el primer uso, susceptibles de tener valor y con una vida útil estimada superior a un año. Si existiese el caso de presentarse dudas respecto de la necesidad o no de inventariar un bien, no contemplados en la presente normativa, se procederá a realizar la consulta con la Dirección General de Bienes Patrimoniales de la Universidad Nacional de Cuyo.
4) Bien itinerante: Se entenderá como Bien Itinerante a aquel bien que por distintas causas, no permanece en el mismo lugar, sino que se moviliza transitoriamente de su ubicación física asignada. Todos los bienes itinerantes tendrán asignado un lugar físico y un responsable patrimonial; el cual puede o no designar un responsable de uso.
5) Formulario: Se entenderá por Formulario a los instrumentos administrativos estandarizados para cada trámite específico. Los mismos se encontrarán disponibles en el Departamento de Bienes Patrimoniales.
CAPITULO II: Del Sistema de Registro Patrimonial de Bienes a cargo
1) El presente “Régimen de Gestión Patrimonial” será de cumplimiento obligatorio para todos los responsables patrimoniales, según lo determinado en Resolución de Identificación de sectores por ubicación física y la asignación de su responsable patrimonial.
2) En la medida que el Responsable Patrimonial lo considere necesario, podrá designar un Responsable de Uso de los bienes, conformando el Formulario 1.b: Designación de responsable de uso. Dicho trámite será gestionado en el Departamento de Bienes Patrimoniales de la Facultad.
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3) El Responsable de Uso deberá informar al Responsable Patrimonial las novedades que sean vinculantes para el cumplimiento de las disposiciones emanadas del presente régimen.
4) El Jefe del Departamento de Bienes Patrimoniales de la Facultad proveerá el listado de inventario de los bienes por ubicación física a cada responsable patrimonial; quien deberá aceptar con carácter de declaración jurada el cargo de los mismos.
5) Previo a la aceptación, el Departamento de Bienes Patrimoniales conjuntamente con el responsable patrimonial, deberán realizar una verificación del listado provisto, especificando el estado de conservación. De ésta verificación surgirá un reporte que dará lugar al listado definitivo, suscripto por el Responsable Patrimonial y el Jefe del Departamento de Bienes Patrimoniales.
6) El responsable patrimonial o el responsable de uso deberán informar al Departamento de Bienes Patrimoniales cualquier modificación que se produzca en el listado de bienes a su cargo dentro de las 48 horas hábiles de haber tomado conocimiento fehaciente de la novedad.
7) La Dirección General Administrativa no dará curso a ninguna actuación vinculada a bajas o cambios de funciones, sin que previamente medie un informe del Departamento de Bienes Patrimoniales con el correspondiente deslinde de responsabilidad patrimonial, mediante la conformación del Formulario N° 1a: Cambio de Responsable Patrimonial y/o Ubicación Física de bienes.
8) Previo a conceder licencia por “año sabático”, razones particulares, por estudio o de cualquier otro tipo, siempre que supere un lapso de tres (3) meses, el agente responsable entregará el material bajo custodia al agente que al efecto designe el Decanato, debiendo conformar el Formulario N° 1.a: Cambio de Responsable Patrimonial y/o Ubicación Física de bienes. Excepcionalmente, en el supuesto en que fuera materialmente imposible el trámite administrativo, la persona que ocupe el cargo inmediato superior quedará como responsable patrimonial, debiendo ser notificado en forma fehaciente del hecho.
9) El Departamento de Mesa de Entradas notificará al Departamento de Bienes Patrimoniales, toda vez que se inicie una actuación vinculada a los temas expresados en los puntos II.7 y II.8 precedentes.
10) El Jefe de Departamento de Bienes Patrimoniales, o quién designe en su representación, sin mediar anuncio previo, podrá efectuar inspecciones objetivas y de contralor de los bienes asignados a cada responsable patrimonial, quien deberá colaborar y facilitar la tarea del funcionario interviniente.
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CAPITULO III: Del alta de Bienes Patrimoniales
1) En todo ingreso de bienes que comporte un incremento patrimonial, y sea considerado Inventariable, deberá tomar intervención el Departamento de Bienes Patrimoniales, a los efectos de su registro e identificación de ubicación física.
2) El alta de bienes patrimoniales deberá invocar la modalidad de ingreso, siendo las mismas: ejecución de presupuesto (Caja Chica, contratación directa, Licitación Privada, etc.), ejecución de proyectos, donación y transferencia.
3) Una vez determinada la modalidad de ingreso, el Departamento de Bienes Patrimoniales procederá a dar de alta a los bienes en el Sistema DIAGUITAS, generando la ficha de inventario, con la identificación del lugar físico y responsable patrimonial; debiendo éste último firmar la citada ficha, aceptando el cargo patrimonial de los bienes que se detallen.
4) En el caso particular de los procesos de donación y ejecución de proyectos, la incorporación de los bienes al Patrimonio se dará a partir de la presentación en Mesa de Entradas de la Facultad de Ingeniería del Formulario N° 2: Acta de Donación (Por ejecución de proyecto/Otras donaciones), previa constatación por parte del Departamento de Bienes Patrimoniales de que conste toda la información necesaria para poder dar curso al trámite.
CAPITULO IV: De los movimientos de Bienes Patrimoniales
1) La transferencia de bienes entre responsables patrimoniales se efectuará cuando medien razones de necesidad y/o por desuso del elemento en su ubicación física original; para esto, se confeccionará el Formulario Nº 1: Cambio de Responsable Patrimonial y/o Ubicación Física, con la intervención del Departamento de Bienes Patrimoniales, encomendándose su estricto cumplimiento en todos los casos.
CAPITULO V: De la baja de Bienes Patrimoniales
1) Cada responsable patrimonial será el encargado de solicitar la baja del bien a través de la confección del Formulario N° 3: Planilla de Baja de Bienes Patrimoniales, debiendo distinguir la causa de la misma: a) inutilización o destrucción por el uso, b) rezago o desuso, c) robo, d) donación o e) venta, siguiendo el procedimiento indicado por la Ordenanza N° 83/2015CS o la que oportunamente la reemplace.
2) Cada responsable patrimonial tendrá a su cargo la obligación de informar periódicamente, los bienes que podrían ser susceptibles de dar de baja por su condición, según lo especificado en el Punto V.1) del presente Régimen.
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3) En el caso de producirse faltante de bienes por diferentes motivos (pérdida, sustracción, robo, etc.) el responsable patrimonial, o responsable de uso, deberá radicar la denuncia policial y posteriormente con el comprobante de la misma dar dará conocimiento al Departamento de Bienes Patrimoniales, por escrito, dentro de un plazo no mayor de 48 horas hábiles, de la verificación del hecho (Ley 25.164 art.23 inc. h).
4) El procedimiento de baja seguirá las pautas establecidas por la Ordenanza N° 83/2015CS y la Ordenanza N° 9/2014CS o las que reemplacen o modifiquen las mismas.
5) Lo dispuesto en el Capítulo V 4) se refiere a la baja patrimonial contable. Cuando el bien que se da de baja constituya por sus características un residuo peligroso o residuos tecnológico y requiera condiciones particulares para su disposición final, con posterioridad a lo dispuesto por los artículos precedentes, el Departamento de Bienes Patrimoniales deberá dar aviso al Responsable de su tratamiento en la Facultad de Ingeniería a fin de dar continuidad al procedimiento hasta su disposición final, en función de la normativa vigente.
CAPITULO VI: De la periodicidad del Régimen de Gestión Patrimonial
1) Queda establecido que a partir de la notificación y puesta en vigencia de la presente, el Departamento de Bienes Patrimoniales, con la participación de los responsables patrimoniales, realizarán una revisión anual en el mes de Setiembre a fin de mantener actualizado el Inventario de Bienes Patrimoniales.
2) El Departamento de Bienes Patrimoniales realizará las consultas y comunicaciones pertinentes a cada uno de los responsables patrimoniales a los efectos de verificar nuevas incorporaciones, transferencias y/o bajas que se hubieren producido durante los doce meses previos.
CAPITULO VII: De las penalidades por incumplimientos
1) La no observancia de las presentes disposiciones, motivará la iniciación de las actuaciones administrativas correspondientes, con arreglo a las disposiciones legales en vigencia.
CAPITULO VIII: De la salida de los bienes
1) En los casos en que se den de alta bienes que tengan previsto una permanente movilidad, se deberá dejar constancia de dicho tema en el Formulario de Alta inicial, indicando que se trata de bienes itinerantes y especificando la causa.
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2) En todos los casos que no esté indicado dicho carácter (bienes itinerantes), se deberá completar el Formulario N° 4: De autorización de salida de bienes patrimoniales, indicando motivo, destino y periodo. El formulario deberá presentarse para su autorización en el Departamento de Bienes Patrimoniales, tanto en el momento de salida del bien como para su posterior reingreso a la Facultad de Ingeniería.
ANEXO I –
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MENDOZA, 05 DIC 2017
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 18272/2017, en las cuales corren agregados los antecedentes relativos al concurso convocado por Resolución Nº 235/2017CD, para la provisión de UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva – Interino, con “Matemática Discreta” como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: Que a fs. 382 la Dirección General Económico Financiera emitió la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. El dictamen de la Comisión Asesora que intervino en el referido concurso. Que a fs. 381 corre agregado el informe de la Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Que a fs. 384 y vta. se adjunta la correspondiente declaración jurada de cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado en fs. 385 por la Dirección de Personal de esta Facultad. Que a fs. 383, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013CS, el Dr. David Antonio MONGE BOSDARI cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 14 de noviembre de 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por Resolución Nº 235/2017CD, para proveer con carácter de Interino UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva –, con “Matemática Discreta” como asignatura base de referencia, a los efectos del concurso y el siguiente Orden de Méritos: 1º MONGE BOSDARI, David Antonio
ARTÍCULO 2º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario:
1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Dr. David Antonio MONGE BOSDARI Nombres Documento D.N.I. 30.536.177 Único: CUIL o CUIT 20305361772 Legajo n° 31.683
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1 de 3 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
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El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Jefe de Trabajos Prácticos Cargo Dedicación Semiexclusiva Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01122017 Hasta el 31122017 y/o hasta tanto el cargo sea concursado con carácter de Efectivo
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) AREA 1 – MATEMÁTICA 2) 3)
ARTÍCULO 3º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 2º (cuadro 5), pertenece a: Códigos Descripción
1 Disciplina:
Subdisciplina: 0 7
Especialidad: 9 9 MATEMÁTICA DISCRETA
ARTÍCULO 4º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 2º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras) Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 2053 LICENCIATURA EN CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN 100
Porcentaje total 100%
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN MATEMÁTICA DISCRETA 2 3 4
Resol. CD Nº 357 / 17
2 de 3 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
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ARTÍCULO 5º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subde Fuente Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función ParticipaApartado penden de grama dad dad ción cia Financia Porcentual miento 44 1 11 03 10 0 05 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 808 Escalafón Personal Docente
ARTÍCULO 7º. De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos agregada a fs. 384 y vta. de estas actuaciones y lo informado a fs. 385 por la Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 8º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 357 / 17
3 de 3 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
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MENDOZA, 05 DIC 2017
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 41519/2017, en la que la Mgter. Ing. Evanna Emalui FUENMAYOR MIRANDA eleva su renuncia al cargo de Profesor Titular – Dedicación Semiexclusiva – Interino Asignatura “Técnicas de Operaciones en Yacimientos Maduros y No Convencionales”, a partir del 11 de octubre del año 2017;
CONSIDERANDO: Que la citada profesional ha sido designada en un cargo de Profesor Titular – Dedicación Exclusiva en la asignatura “Técnicas de Operaciones en Yacimientos Maduros y No Convencionales” y “Operaciones en Yacimientos de Petróleos Pesados” (Resolución Nº 309/2017CD). Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 14 de noviembre del año 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aceptar, a partir del 11 de octubre del año 2017, la renuncia presentada por la Mgter. Ing. Evanna Emalui FUENMAYOR MIRANDA (DNI: 95.571.414 – Legajo: 33.353), al cargo de Profesor Titular – Dedicación Semiexclusiva – Interino Asignatura “Técnicas de Operaciones en Yacimientos Maduros y No Convencionales”, en el que fuera designada por Resolución Nº 305/2017CD.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 356 / 17
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
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MENDOZA, 05 DIC 2017
VISTO: El contenido de la NOTA – CUY: 40294/2017, en la que el Director de la carrera de posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental”, Ing. Jorge Norberto FUENTES BERAZATEGUI propone el Jurado encargado de evaluar el Trabajo de Tesis de la Ing. Gabriela Nidia PRIETO;
CONSIDERANDO: Que la citada propuesta se realiza teniendo en cuenta las disposiciones de la Ordenanza Nº 49/2003CS, Ordenanza Nº 33/2012R y la Resolución Nº191/2011CD y con el objeto de que dicha profesional defienda la Tesis presentada, a efectos de obtener el grado de “Especialista en Ingeniería Ambiental”. Lo informado por el Comité Académico de la citada carrera, Dirección General de Posgrado y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 14 de noviembre de 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar a los siguientes profesionales, para que integren el Jurado encargado de evaluar el trabajo de Tesis “Alternativa sustentable de transporte de corta distancia: sistema automático de préstamo de bicicletas eléctricas”, presentado por la Ing. Gabriela Nidia PRIETO, para obtener su título de “Especialista en Ingeniería Ambiental”, siendo su Tutor de Tesis el Ing. Luis Enrique GUISASOLA:
Titulares . Dra. María Eugenia POSLEMAN . Mgter. Sebastián Ernesto SEVERINO . Mgter. Mirta Jeannette RENEDO
Suplentes . Dr. Mario Alberto SALOMÓN . Ing. Jorge Norberto FUENTES BERAZATEGUI
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
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MENDOZA, 05 DIC 2017
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – CUY: 23387/2017, en las que Secretaría Académica solicita se designe al Ing. Jorge Norberto FUENTES BERAZATEGÜI en la categoría de Profesor Invitado;
CONSIDERANDO: Los antecedentes del citado profesional. Las disposiciones del TÍTULO IV CAPÍTULO I Artículo 52º del Estatuto Universitario. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 14 de noviembre del año 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar, a partir del 29 de septiembre del año 2017 y por el término de UN (1) año, al Ing. Jorge Norberto FUENTES BERAZATEGÜI (DNI: 8.150.598), en la categoría de Profesor Invitado de esta Facultad, en el Área 4 – OPERACIONES Y CONTROL con “Biotecnología” y “Biotecnología Ambiental”, de acuerdo a las disposiciones del TITULO IV – CAPITULO I – Artículo 52º del Estatuto Universitario.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
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2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
MENDOZA, 05 DIC 2017
VISTO: Las actuaciones que obran en EXP – CUY: 23191/2017, en las que la Dirección General de la carrera Ingeniería de Petróleos solicita se designe al Técnico Enrique Domingo LANZA en la categoría de Profesor Invitado;
CONSIDERANDO: Los antecedentes del citado profesional. Las disposiciones del TÍTULO IV CAPÍTULO I Artículo 52º del Estatuto Universitario. Lo informado por Dirección de Personal. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 14 de noviembre del año 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar, del 01 de noviembre al 31 de diciembre del año 2017, al Técnico Enrique Domingo LANZA (DNI: 11.105.068), en la categoría de Profesor Invitado de esta Facultad, para que realice prácticas de laboratorio en las asignaturas “Reservorios I” y “Reservorios II”, de acuerdo a las disposiciones del TITULO IV – CAPITULO I – Artículo 52º del Estatuto Universitario.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 353 / 17
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Personal y Académicas | Mostrar 1
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CD-2017-RES-352 5/12/2017 (Carga: 15/02/2018) |
2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
MENDOZA, 05 DIC 2017
VISTO: El contenido de la NOTA – CUY: 41098/2017, en la que el Director de la carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería”, Dr. Jorge Horacio BARON eleva la nómina de profesionales seleccionados para cursar la misma;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de las Resoluciones Nros. 191/2011CD y 69/2008CD y las Ordenanzas Nros. 49/2003CS y 33/2012R. Lo informado por el Comité Académico de la citada carrera, la Dirección General de Posgrado y Secretaría Académica. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 14 de noviembre del año 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar, a Dirección Alumnos de esta Casa, a inscribir como alumno de la carrera de Posgrado “Doctorado en Ingeniería”, al siguiente profesional, de acuerdo al Plan de Estudios aprobado por Ordenanza Nº 39/96CS:
AÑO 2017 . MARTÍNEZ JIMÉNEZ, Cristian Camilo D.N.I. 95.078.386
ARTÍCULO 2º. Otorgar al profesional detallado en el Artículo 1º de la presente Resolución un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para que cumpla con la presentación, en Dirección Alumnos de esta Facultad, de la documentación que exigen las reglamentaciones en vigencia.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 352 / 17
1 de 1 CentroUniversitario(M5502JMA).Mendoza.CasilladeCorreos405.RepúblicaArgentina. Tel.+542614494002.Fax.+542614380120.Sitioweb:http://fing.uncu.edu.ar
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