Digesto
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FI-2025-RES-875 18/11/2025 (Carga: 27/11/2025) |
MENDOZA, 18 NOV 2025
VISTO: El Expediente: 37481/2025, en el que el egresado Juan Manuel ASPEE ROBERT solicita la extensión de su Diploma de “Ingeniero Industrial”;
CONSIDERANDO: Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 20/22 registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudios de esta Facultad.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Expedir a nombre del egresado Juan Manuel ASPEE ROBERT (DNI: 43.354.705), nacido el 09 de enero de 2001 en Mendoza – República Argentina, el Diploma de “Ingeniero Industrial” de la carrera de grado “Ingeniería Industrial”, con fecha de egreso el 29 de agosto del año 2025.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 875/2025
1 de 1 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2025-RES-874 18/11/2025 (Carga: 27/11/2025) |
MENDOZA, 18 NOV 2025
VISTO: El Expediente: 37469/2025, en el que la egresada Vanesa Analía ABREGO solicita la extensión de su Diploma de “Ingeniera Civil”;
CONSIDERANDO: Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 21/23 registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudios de esta Facultad.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Expedir a nombre de la egresada Vanesa Analía ABREGO (DNI: 37.520.091), nacida el 06 de mayo de 1993 en Mendoza – República Argentina, el Diploma de “Ingeniera Civil” de la carrera de grado “Ingeniería Civil”, con fecha de egreso el 06 de agosto del año 2025.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 874/2025
1 de 1 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2025-RES-873 18/11/2025 (Carga: 27/11/2025) |
MENDOZA, 18 NOV 2025
VISTO: El Expediente: 37483/2025, en el que la egresada Ailín Natalia ALFANDARI PUEBLA solicita la extensión de su Diploma de “Arquitecta”;
CONSIDERANDO: Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 20/22 registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudios de esta Facultad.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Expedir a nombre de la egresada Ailín Natalia ALFANDARI PUEBLA (DNI: 39.379.235), nacida el 23 de febrero de 1996 en Mendoza – República Argentina, el Diploma de “Arquitecta” de la carrera de grado “Arquitectura”, con fecha de egreso el 30 de julio del año 2025.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 873/2025
1 de 1 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2025-RES-872 18/11/2025 (Carga: 1/12/2025) |
MENDOZA, 18 NOV 2025
VISTO: El Expediente: 37478/2025, en el que el egresado Nicolás Eduardo DI CARA solicita la extensión de su Diploma de “Arquitecto”;
CONSIDERANDO: Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 18/20 registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudios de esta Facultad.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Expedir a nombre del egresado Nicolás Eduardo DI CARA (DNI: 41.004.394), nacido el 27 de marzo de 1998 en Mendoza – República Argentina, el Diploma de “Arquitecto” de la carrera de grado “Arquitectura”, con fecha de egreso el 04 de agosto del año 2025.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 872/2025
1 de 1 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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FI-2025-RES-871 18/11/2025 (Carga: 27/11/2025) |
MENDOZA, 18 NOV 2025
VISTO: El Expediente: 37479/2025, en el que el egresado Bruno Gastón CUELLO NARANJO solicita la extensión de su Diploma de “Ingeniero Civil”;
CONSIDERANDO: Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 20/22 registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudios de esta Facultad.
En uso de sus atribuciones, LA DECANA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE: ARTÍCUL.O 1º. Expedir a nombre del egresado Bruno Gastón CUELLO NARANJO (DNI: 41.795.700), nacido el 30 de mayo de 1999 en Mendoza – República Argentina, el Diploma de “Ingeniero Civil” de la carrera de grado “Ingeniería Civil”, con fecha de egreso el 24 de setiembre del año 2025.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 871/2025
1 de 1 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2025-RES-363 18/11/2025 (Carga: 27/11/2025) |
MENDOZA, 18 NOV 2025
VISTO: Las actuaciones que obran en Expediente: 34323/2025, en las que la Dirección de la carrera de Posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental”, propone la aprobación del Director y tema de Trabajo Final del estudiante Horacio Leandro FERRADA, de la citada carrera;
CONSIDERANDO: Las disposiciones de las Ordenanzas Nros. 49/2003CS y 33/2012R y de la Resolución Nº 2600/2023 del Ministerio de Educación de la Nación. Lo informado por el Comité Académico de la citada carrera, Dirección General de Posgrados y Secretaría de Ciencia, Tecnología y Posgrado. Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos Académicos, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 21 de octubre del año 2025.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar, el Director y Tema de Trabajo Final, del siguiente alumno, para la carrera de posgrado “Especialización en Ingeniería Ambiental”, según el siguiente detalle: Horacio Leandro FERRADA (DNI: 28.539.413) Director Trabajo Final
Esp. Ing. Gonzalo Manuel “Evaluación ambiental y análisis de vulnerabilidad de DÁVILA estructuras de puentes frente al emplazamiento de emprendimientos privados dentro de la cuenca del arroyo Las Avispa – Ruta Nacional n°7 km. 1069.51 corredor bioceánico”.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN CD Nº 363/2025
1 de 1 Centro Universitario (M5502), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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CD-2025-ORD-002 18/11/2025 (Carga: 27/11/2025) |
MENDOZA, 18 NOV 2025
VISTO: El contenido del Expediente 35248/2025, en el que se eleva la propuesta de “Reglamento para otorgar la permanencia docente hasta los 70 años” para la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo;
CONSIDERANDO: Que en virtud del art. 1 inc. a) Apartado 2 de la Ley 26.508: “los docentes universitarios podrán optar por permanecer en la actividad laboral durante CINCO (5) años más después de los SESENTA Y CINCO (65) años”. Que el Código Civil y Comercial de la Nación en el Artículo 5° estipula que: “Las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen”. Que en forma concordante el Artículo 103º del Decreto Nacional 1759/72, reglamentario de la Ley 19.549 de Procedimientos Administrativos, dispone que: “Los actos administrativos de alcance general producirán efectos a partir de su publicación oficial y desde el día que en ellos se determine; si no designan tiempo, producirán efectos después de los OCHO (8) días, computados desde el siguiente al de su publicación oficial.” Que a fin de permitir que los docentes efectúen dicha opción, es necesario unificar los criterios estableciendo pautas y procedimientos administrativos, que tornen efectiva la finalidad que se persigue con continuar en la actividad laboral docente hasta los SETENTA (70) años. Que el Artículo 69º del Estatuto Universitario de esta Universidad dispone que el personal docente universitario cesará en sus cargos (1) año después de la fecha en que cumpla SESENTA Y CINCO (65) años de edad. Que mediante la Ordenanza N° 82/2009CS, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo ha fijado las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la Ley referida, que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el Personal Docente de las Universidades Públicas Nacionales, con vigencia a partir del 13 de setiembre de 2009. Que el artículo 5º de la Ordenanza N° 82/2009CS, establece que el docente que optó por la permanencia y obtuvo el beneficio previsional, en todos los casos, la referida opción de permanencia quedará sin efecto en el momento en que la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) o el organismo correspondiente, otorgue el beneficio previsional al docente optante, lo que implicará el cese automático en el cargo en el que se haya acordado la permanencia. Que el artículo 6º de la Ordenanza N° 82/2009CS, delega en los Consejos Directivos de las Unidades Académicas la atribución de resolver mediante el dictado de un acto administrativo las opciones presentadas por los docentes, previo se verifiquen los recaudos establecidos en la citada Ordenanza, en la Ley 26.508 y en el Decreto 1.246/2015. Que el art. 7º de la Ordenanza N° 82/09CS aclara que “las pautas y modalidades establecidas en los artículos precedentes se aplicarán a los docentes efectivos” y que “en cuanto a los docentes interinos, cada Consejo Directivo de las Unidades Académicas o el Rectorado en su caso, deberán resolver las opciones que puedan efectuar estos docentes, las que estarán condicionadas a la vigencia del interinato en cuanto a las permanencias de las cualidades académicas subjetivas del docente interino y de las disponibilidades presupuestarias para la renovación de dichas designaciones.” Ord. – CD N° 002/2025 1 de 4 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
Que, asimismo el art. 8º de la misma ordenanza establece “el cumplimiento de los recaudos previstos para la permanencia del docente implicará su continuidad en el cargo, en las mismas condiciones, carácter y derechos alcanzados, previa resolución del correspondiente Consejo Directivo o del Rectorado en su caso. Cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriéndose intimación previa alguna.” Que la evaluación del desempeño docente se inscribe en la necesidad de la Universidad de promover procesos de evaluación periódica y continua de sus prácticas institucionales en vistas al mejoramiento de la actividad universitaria. Que con el fin de facilitar el seguimiento y evaluación continua de los nuevos planes de estudio en las carreras de la Facultad de Ingeniería esta opción se integra en los procesos de acreditación de las carreras, de autoevaluación institucional y en la evaluación de desempeño docente. Que se debe considerar que en los nuevos planes de estudio se adopta el enfoque curricular basado en las competencias y en el aprendizaje centrado en el estudiante. Lo dispuesto por el Inciso d) del artículo 7º de la Ley 19.549 de Procedimientos Administrativos, modificada por el art. 27 inc d) de la Ley 27.742: certificado de aptitud psicofísico. Lo dispuesto por la Ordenanza N° 68/2013CS que reglamenta el certificado de aptitud psicofísica y la Resolución N° 37/2010 de la SRT Lo dispuesto por el Art. 28° del Decreto 1.246/2015. Lo dispuesto por la Ley de Educación Superior 24.521 art. 29 inc. h). Lo dispuesto por los artículos 44, 61 y 62 del Estatuto Universitario. Lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de la Universidad Nacional de Cuyo en el Dictamen N° 1407/2025 de fecha 2 de octubre de 2025. Lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 11 de noviembre de 2025.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA ORDENA:
ARTÍCULO 1°. Aprobar en la Facultad de Ingeniería el “REGLAMENTO PARA OTORGAR LA PERMANENCIA DOCENTE HASTA LOS 70 AÑOS”, cuyo detalle obra en el ANEXO I que forma parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2°. Comuníquese y archívese en el Libro de Ordenanza.
ORDENANZA CD N° 002/2025
2 de 4 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
ANEXO I REGLAMENTO PARA OTORGAR LA PERMANENCIA DOCENTE HASTA LOS 70 AÑOS
Condiciones para el otorgamiento de la permanencia docente hasta los SETENTA (70) años 1. Los docentes efectivos e interinos, que hayan cumplido SESENTA Y CINCO (65) años, y se encuentren todavía en relación de dependencia, podrán optar por solicitar la permanencia hasta los SETENTA (70) años de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza N° 82/2009CS. 2. El plazo máximo de presentación de la documentación requerida para la solicitud de la permanencia es hasta SEIS (6) meses posteriores al día en que el docente cumple los SESENTA Y CINCO (65) años. 3. El docente que opte por la permanencia hasta los SETENTA (70) años deberá desempeñar su cargo frente a estudiantes, en clases y/o actividades de enseñanza y aprendizaje. 4. Cumplido los SESENTA Y SEIS (66) años, si no ha optado u otorgado la permanencia docente, y si no se ha iniciado el trámite jubilatorio correspondiente, el cargo se dará de baja automáticamente no requiriéndose intimación previa alguna. 5. El docente que opte por la permanencia deberá iniciar, junto con su solicitud, el trámite del certificado de aptitud psicofísica vigente expedido por la Dirección General de Medicina del Trabajo de la UNCUYO. 6. Con posterioridad, Secretaría Académica deberá incorporar al trámite: Para docentes interinos el Informe de Trayectoria Docente (ITD) que tiene en cuenta las evaluaciones anuales y la disponibilidad presupuestaria para la renovación de la designación. Para docentes efectivos el Informe de Trayectoria Docente (ITD) en la UNCUYO y las DOS (2) últimas evaluaciones de desempeño docente llevadas a cabo por la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ordenanza N° 91/2014CS y Resolución N° 72/2024CD. 7. Una vez que se otorgue el certificado de aptitud psicofísica vigente expedido por la Dirección General de Medicina del Trabajo de la UNCUYO el trámite pasa a tratamiento del Consejo Directivo, quien tiene la atribución de aceptar o rechazar la solicitud realizada por el docente. 8. Serán motivos de no otorgamiento del beneficio de la permanencia hasta los SETENTA (70) años las siguientes situaciones, sin perjuicio que puedan existir otras con causa justificada: La presentación de documentación fuera de los plazos establecidos. Que el ITD del docente interesado sea NO SATISFACTORIO, en cuyo caso podría evaluarse la alternativa de otorgar la permanencia docente por UN (1) año, según el plazo indicado por el artículo 18 de la Ordenanza N° 91/2014CD. Que el docente tenga algún tipo de sanción en su legajo. 9. El cumplimiento de los recaudos previstos para la permanencia del docente implicará su continuidad en el cargo, en las mismas condiciones, carácter y derechos alcanzados, lo que deberá ser resuelto por el Consejo Directivo. 10. En todos los casos la permanencia quedará sin efecto en el momento en que la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) o el organismo correspondiente, otorgue el beneficio previsional al docente, lo que implicará el cese automático en el cargo en el que se haya acordado la permanencia. Anexo I – Ord. – CD N° 002/2025 3 de 4 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
11. Al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, la permanencia otorgada cesará indefectiblemente no requiriéndose intimación previa alguna como se ejemplifica en los siguientes casos: a. El docente que ha presentado la renuncia condicionada posee turno en ANSES, pero aún no ha iniciado el trámite correspondiente. b. El docente que ha presentado la renuncia condicionada e iniciado el trámite en ANSES, pero aún no está resuelto el mismo. c. El docente que registra prestación previsional anterior y presenta la renuncia condicionada para solicitar un complemento de su haber jubilatorio.
ANEXO I ORDENANZA CD N° 002/2025
4 de 4 Centro Universitario (M5502). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
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