Volver CD-2016-RES-043 - 15/04/2016

Disponer la aplicación de los puntos que a continuación se indican en la organización de lo referente a Mesas Examinadoras: 1. HORARIOS 1.1. El día dispuesto por calendario y el horario fijado debe ser respetado por docentes y alumnos. Sólo se aceptarán modificaciones de último momento por motivos de fuerza mayor. 1.2. Cada asignatura fijará el día y horario para las Mesas Especiales al inicio de cada semestre en coordinación con el Departamento de Clases Exámenes. 1.3. Se fijan los siguientes horarios para constitución de Mesas Examinadoras (Calendario y Especiales): • Mañana a las 08:00 horas. • Tarde a las 15:00 horas o 18:00 horas.

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