Volver FI-2021-RES-063 - 7/04/2021
No hacer lugar a la solicitud de acogimiento a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo, formulada por el señor Antonio David GUZMÁN (DNI: 25.158.704 Legajo: 25.307), de acuerdo a lo detallado en los Considerandos de la presente Resolución, conforme los Artículos 4° y 6° de la Res. N° 2160/2020R AdReferéndum del Consejo Superior.